Gobierno de Navarra

  • Solicitar la adquisición de documentos para una biblioteca pública

    Plazo

    Abierto todo el año.

    Presentación

    Presentación

    Dirigido a

    Personas e instituciones identificadas como usuarios del sistema.

    ¿Cómo tramitar?

    Por internet

    • Puede realizar su solicitud pulsando la opción "Tramitar"
    • Tras identificarse como usuario registrado de las Bibliotecas Públicas de Navarra, el lector puede solicitar la adquisición de documentos en su biblioteca añadiendo los datos del documento a través de la opción "Desideratas".
    • No es necesario cumplimentar todos los datos que requiere el formulario pero sí aquellos que identifiquen suficientemente el documento, sobre todo, título y autor.

    Trámite

    Ayuda para tramitación telemática

    Contacto

    • Servicio de Bibliotecas
      Paseo Antonio Pérez Goyena, 3
      31008 Pamplona
      Teléfono: 848 427797
      Fax: 848 427788
    • Si quiere enviar alguna sugerencia, consulta o reclamación puede utilizar esta dirección de correo bibliotecas.publicas@cfnavarra.es o cumplimentar este formulario (Castellano) (Euskera). Que podrá enviar vía: correo ordinario, fax o adjuntándolo al correo electrónico.

    Organismo responsable - convocante
    Dirección General de Cultura-Institución Príncipe de Viana
    Servicio de Bibliotecas


  • Solicitud de la devolución del IVA soportado por empresarios o profesionales establecidos en territorio de aplicación del impuesto, Islas Canarias, Ceuta y Melilla, al realizar adquisiciones o importaciones de bienes o servicios efectuadas en el resto de la Comunidad

    Plazo

    Abierto todo el año.

    El plazo para la presentación de la solicitud de devolución (modelo 360) se iniciará el día siguiente al final del período de devolución y concluirá el 30 de septiembre siguiente al año natural en el que se hayan soportado las cuotas a que se refiera.

    Presentación

    Dirigido a

    Empresarios o profesionales establecidos en territorio de aplicación del Impuesto, Islas Canarias, Ceuta y Melilla, que cumpliendo los requisitos exigidos en la normativa aplicable, hayan efectuado adquisiciones o importaciones de bienes o servicios en otro Estado miembro de la Unión Europea.
    NOTA: Los empresarios o profesionales establecidos en el resto de Estados Miembros, así como los establecidos en países terceros, deberán informarse del procedimiento a seguir para la recuperación de cuotas de IVA soportado por adquisiciones o importaciones realizadas en el territorio de aplicación del impuesto en la Agencia Estatal de Administración Tributaria (https://www.agenciatributaria.gob.es/)

    ¿Cómo tramitar?

    Por internet

    Trámite

    • Las solicitudes se presentarán por vía electrónica a través de los formularios dispuestos al efecto en el portal electrónico de la Agencia Estatal de Administración Tributaria (puede acceder a través de la opción "Tramitar") en el apartado "Impuestos/IVA/ Gestión de devoluciones de IVA a empresarios o profesionales no establecidos en el territorio en el que soportan el Impuesto"
    • Debe seleccionar el formulario específico a transmitir correspondiente a la solicitud de devolución del IVA soportado por empresarios o profesionales establecidos en el territorio de aplicación del Impuesto, Islas Canarias, Ceuta y Melilla, por operaciones efectuadas en otros Estados miembros de la Comunidad (Modelo 360)

    Ayuda para tramitación telemática

    Normativa

    • Real Decreto 192/2010 (BOE nº 53 de 2/3/2010 de modificación del Reglamento del IVA.
    • Ley 2/2010 (BOE nº 53 de 2 de marzo) por la que se transponen determinadas directivas en el ámbito de la imposición indirecta.
    • Orden EHA/789/2010 (BOE nº 77 de 30 marzo) de aprobación de los formularios 360 y 361.

    Contacto

    • Órgano competente: AEAT. Puede encontrar información en el siguiente enlace https://www.agenciatributaria.gob.es/AEAT.sede/tramitacion/GZ09.shtml Asimismo puede dirigirse al teléfono 901 335 533 (accesible también a través del 91 554 87 70) Horario: De lunes a viernes, de 9 a 19 horas (hasta las 15 horas en agosto).
    • Para consultas fiscales sobre este tema, en caso de que la competencia corresponda a Hacienda Tributaria de Navarra, puede dirigirse a:
      Teléfono de atención al contribuyente: 948 505 152
      Correo electrónico: hacienda.tributaria.navarra@navarra.es
    • Para la resolución de problemas informáticos:
      Teléfono de soporte técnico: 948 013 555
      Correo electrónico: soporte.tecnico.hacienda@navarra.es
      Horario: lunes a viernes de 8:30 a 17:30 (agosto y septiembre, de 8:30 a 15:00).

    Organismo responsable - convocante
    AEAT. Agencia Estatal de Administración Tributaria


  • Permite solicitar la devolución del llamado "céntimo sanitario", anulado por la Unión Europea.

    Plazo

    Abierto todo el año.

    Presentación

    Dirigido a

    • Modalidad individual: quien hubiera soportado la repercusión del impuesto o su representante (colaborador).
    • Modalidad colectiva: en los casos en que se solicita la devolución en nombre de varias personas.

    Más información

    Caracteristicas y peguntas frecuentes

    Documentación y tramitación

    Documentación

    • Formulario (ver "Tramitación online"),
    • Facturas (salvo que quien presente la solicitud sea quien efectuó la repercusión de las cuotas) o,
    • Tickets y acreditación los consumos realizados

    ¿Cómo tramitar?

    Por internet

    Solicitud

    Ayuda para tramitación telemática

    En las oficinas

    La solicitud se hace por internet (ver "Tramitación online").

    Normativa

    Acceder a la normativa.

    Contacto

    • Para consultas fiscales sobre este tema puede dirigirse a:
      Teléfono de atención al contribuyente: 948 505 152
      Correo electrónico: hacienda.tributaria.navarra@navarra.es
    • Para la resolución de problemas informáticos:
      Teléfono de soporte técnico: 948 013 555
      Correo electrónico: soporte.tecnico.hacienda@navarra.es
      Horario: lunes a viernes de 8:30 a 17:30 (agosto y septiembre, de 8:30 a 15:00).

    Organismo responsable - convocante
    Hacienda Tributaria de Navarra


  • Plazo

    Abierto todo el año.

    Presentación

    Presentación

    Dirigido a

    Empresas promotoras que soliciten que se diligencien como "libres de precio limitado" las primeras transmisiones de contratos de adquisición de vivienda libre nueva que cumplan los requisitos para poder ser así considerada. Dentro de una misma promoción pueden coexistir viviendas libres y libres de precio limitado.

    Más información

    Detalle de las características, entre las que destacan las siguientes:

    • Los compradores de estas viviendas, libres a todos los efectos, no tienen que cumplir ningún requisito, ni condiciones de renta ni pasar por proceso de adjudicación.
    • Los compradores pueden acceder a los préstamos cualificados en las condiciones previstas para los adjudicatarios de vivienda protegida.
    • El precio máximo regulado es:
      • Pamplona y Comarca: 2.370 euros metro cuadrado útil de vivienda y garaje
      • Resto de Navarra: 2.031,43 euros metro cuadrado útil de vivienda y garaje

    Documentación y tramitación

    Documentación

    ¿Cómo tramitar?

    Por internet

    Solicitud

    Puede tramitar:

    1. Con certificado digital o DNI electrónico.
    2. Con DNI + PIN. Cómo obtener el PIN
    3. Con Cl@ve.

    Pulse "Tramitar". Incorpore a su solicitud la documentación debidamente cumplimentada o escaneada. Puede adjuntar archivos de hasta 20 MB. Consulte formatos admitidos.

    Si tiene problemas informáticos, escriba a soportec@navarra.es o llame al 948013555.

    Horario de atención: Lunes-jueves 8:30-17:30 h. Viernes y julio-septiembre 8:30-15:00 h.

    Ayuda para tramitación telemática

    En las oficinas

    Registro del Departamento de Fomento
    C/ Alhóndiga, 1 - 1º
    31002 Pamplona (Navarra)

    Otros lugares de presentación.

    Normativa

    Artículo 78 del Decreto Foral 61/2013, de 18 de septiembre, (BON nº 185 de 25/09/2013)

    Contacto

    Sección de Gestión Económica y Planificación
    Teléfono: 848 426812
    Correo electrónico: vivienda@navarra.es

    Organismo responsable - convocante
    Sección de Gestión Económica


  • Permite inscribir la disolución de una asociación y su posterior baja registral.

    Tramitar

    Plazo

    Abierto todo el año.

    Presentación

    Presentación

    Dirigido a

    Asociaciones inscritas en el Registro que se disuelven por los motivos expuestos en el apartado primero de "Más información".

    Más información

    1. La disolución de una Asociación se produce habitualmente por los siguientes motivos:

    • Causas previstas en los Estatutos.
    • Voluntad de las personas asociadas expresada en Asamblea General convocada al efecto.
    • Causas establecidas en el artículo 39 del Código Civil.

    2. La disolución de la Asociación conlleva:

    • El cese de las personas titulares de los órganos de gobierno y representación.
    • La realización del balance de la Asociación.
    • La apertura, en su caso, del periodo de liquidación.
    • La entrega, en su caso, del patrimonio resultante.

    3. A la solicitud de inscripción de la disolución de la asociación y de baja de los asientos registrales, se deberá adjuntar la documentación cumplimentada en función de la causa que determina la petición.

    4. El Registro inscribirá conjuntamente la disolución y la baja de la asociación, si no existiese patrimonio a la fecha de la disolución. En caso de que existiera patrimonio resultante, para poder dar de baja a la asociación, deberá aportarse al Registro un escrito firmado por todos/as los/as liquidadores/as en el que se haga constar que se ha dado a dicho patrimonio el destino previsto en los Estatutos.

    Documentación y tramitación

    Documentación

    1. Instancia general, firmada por el/la Presidente/a o el/la Secretario/a cesantes.
    2. Certificado del acuerdo de la Asamblea General o Acta de la reunión en la que se acuerda la disolución.
    3. Copia de los DNIs o DAIs de los/as liquidadores/as, si la comisión liquidadora no está formada por miembros de la Junta Directiva cesante.(o consentimiento expreso para que la Administración encargada de la inscripción registral, pueda comprobar sus datos de identidad mediante los Servicios de Verificación y Consulta de Datos (SVCD) o sistemas equivalentes).
    4. Escrito firmado por todos/as los/as liquidadores/as indicando el destino que se le ha dado al patrimonio resultante tras la liquidación.
    5. Resguardo carta de pago de la tasa de disolución.
    6. Si la Junta Directiva actuante no está registrada, deberán promover simultáneamente su inscripción.

    En caso de realizar el trámite online, se aportarán para su calificación registral las copias escaneadas de los originales del Certificado o del Acta y, en su caso, del resto de documentación requerida. Una vez que la documentación sea calificada como correcta, para proceder a la inscripción deberán presentar los documentos originales debidamente firmados (firmas manuscritas o electrónicas) por todas las personas obligadas a esas firmas. Información sobre firma de archivos PDF proporcionada por Adobe Reader.

    ¿Cómo tramitar?

    Por internet

    Tramitar Ayuda para tramitación telemática

    Trámite

    Puede tramitar:

    1. Con certificado digital o DNI electrónico.
    2. Con DNI + PIN. Cómo obtener el PIN
    3. Con Cl@ve.

    Pulse "Tramitar". Incorpore a su solicitud la documentación debidamente cumplimentada o escaneada. Puede adjuntar archivos de hasta 20 MB. Consulte formatos admitidos.

    Si tiene problemas informáticos, escriba a soportec@navarra.es o llame al 948013555.

    Horario de atención: Lunes-jueves 8:30-17:30 h. Viernes y julio-septiembre 8:30-15:00 h.

    Pago

    En las oficinas

    Negociado de Asociaciones, Fundaciones y Colegios Profesionales.
    Avda. Carlos III, 2 bajo.
    31002 Pamplona/Iruña

    Otros lugares de presentación.

    Pasos siguientes

    1. Análisis de la solicitud: el Registro de Asociaciones podrá requerir a la Asociación la subsanación de los documentos aportados, con suspensión del plazo para resolver. Si transcurrido el plazo otorgado no se ha llevado a cabo la subsanación, se procederá al archivo de las actuaciones y a la caducidad del procedimiento.
    2. Resolución de la solicitud: el plazo de resolución de la solicitud de inscripción será de tres meses desde la fecha de su entrada en el registro del órgano competente para resolver sobre la misma.
    3. Falta de resolución en plazo: transcurrido el plazo de inscripción sin que se haya notificado resolución expresa, se entenderá estimada la solicitud de inscripción.

    Normativa

    Contacto

    Negociado de Asociaciones, Fundaciones y Colegios Profesionales.
    Avda. Carlos III, 2 bajo.
    31002 PAMPLONA/IRUÑA
    Teléfonos: 848 42 66 45 // 848 42 51 36
    Correo electrónico: asociaciones@navarra.es


  • Facilita a productores y gestores de residuos peligrosos tanto la generación como la cumplimentación del documento de control y seguimiento por el que se comunican los datos del traslado de residuos peligrosos a la Administración de la Comunidad Foral de Navarra.

    Plazo

    Abierto todo el año.

    Presentación

    Dirigido a

    Productores, pequeños productores y gestores de residuos peligrosos que participen en la entrega y/o recepción de los mismos en la Comunidad Foral de Navarra.

    ¿Cómo tramitar?

    Por internet

    Manual de uso para la tramitación

    Acceso al formulario

    Para tramitar por internet:

    1. Consulte la Guía para tramitar por internet con certificado digital o DNI electrónico.
    2. Pulse "Tramitar". Incorpore a su solicitud la documentación debidamente cumplimentada o escaneada.

    Ayuda para tramitación telemática

    En las oficinas

    El acceso se hace exclusivamente por internet.

    Normativa

    Contacto

    Servicio de Economía Circular y Agua
    Sección de Residuos
    C/ González Tablas, 9 Planta baja
    31005 Pamplona (Navarra)
    Teléfono: 848 421 490
    Correo electrónico: residuos@navarra.es

    Organismo responsable - convocante
    Departamento de Desarrollo Rural, Medio Ambiente y Administración Local
    Dirección General de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio


  • Permite al contribuyente navarro modificar los datos bancarios para la devolución de impuestos o de los aplazamientos o fraccionamientos de deudas.

    Plazo

    Abierto todo el año.

    Presentación

    Presentación

    Dirigido a

    Contribuyentes navarros.

    Más información

    Si se cambia la domiciliación durante el periodo de presentación de la declaración de la renta es necesario, si se opta por la modalidad conjunta, que el cambio lo realice quien figure como declarante (no el cónyuge).

    Documentación y tramitación

    Documentación

    Documento de la domiciliación bancaria cumplimentado y sellado por la entidad bancaria.

    ¿Cómo tramitar?

    Por internet

    Trámite

    Para acceder a la aplicación puede identificarse mediante:

    Ayuda para tramitación telemática

    En las oficinas

    Presentar el documento sellado por la entidad bancaria en cualquiera de las oficinas de la Hacienda Tributaria.

    Contacto

    Horario telefónico: lunes a jueves de 8:30 a 17:30; viernes y de julio a septiembre de 8:30 a 15:00 h.

    Organismo responsable - convocante
    Hacienda Tributaria de Navarra.


  • Plazo

    Abierto todo el año.

    Deberá presentarse entre el 1 de enero y el 5 de febrero de cada año inmediato siguiente al que se refiera la declaración.

    Presentación

    Dirigido a

    Están obligados a presentar la declaración todas aquellas entidades que perciban donativos que den derecho a deducir en el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, tengan la consideración de partida fiscalmente deducible en la base imponible del Impuesto de Sociedades, o den derecho a deducir en el Impuesto sobre la Renta de no Residentes, siempre que dichas entidades receptoras de donativos hayan expedido certificación acreditativa de la donación efectuada.

    Más información

    Deberán hacerse constar en la declaración informativa de donaciones, además de los datos de indentificación de la entidad perceptora de los donativos y de la indicación de si se hallan o no acogidas al régimen de deducciones establecido por la Ley foral 10/1996, de 2 de julio, reguladora del régimen tributario de las fundaciones y de las actividades de patrocinio, los siguientes datos referidos a los donantes:

    • Nombre y apellidos o razón social
    • Número de identificación fiscal
    • Importe del donativo
    • Valor de lo donado cuando se trate de donaciones en especie
    • Información sobre las revocaciones de donaciones que , en su caso, se hayan producido en el año natural.

    Documentación y tramitación

    Documentación

    • Impreso modelo 182.
    • La presentación deberá realizarse obligatoriamente por vía telemática en aquellas declaraciones que contengan más de 15 personas relacionadas.

    ¿Cómo tramitar?

    Por internet

    Trámite

    Puede acceder a la aplicación que le permitirá realizar la tramitación on line desde aquí.

    Ayuda para tramitación telemática

    En las oficinas

    Entregar en cualquiera de las oficinas de Hacienda Tributaria el impreso debidamente cumplimentado o en cualquiera de las entidades bancarias colaboradoras donde se haya realizado el correspondiente pago.

    Normativa

    Acceso a la normativa que regula el modelo 182

    Presentación telemática

    Contacto

    • Para consultas fiscales sobre este tema puede dirigirse a:
      Teléfono de atención al contribuyente: 948 505 152
      Correo electrónico: hacienda.tributaria.navarra@navarra.es
    • Para la resolución de problemas informáticos:
      Teléfono de soporte técnico: 948 013 555
      Correo electrónico: soporte.tecnico.hacienda@navarra.es
      Horario: lunes a viernes de 8:30 a 17:30 (agosto y septiembre, de 8:30 a 15:00).

    Organismo responsable - convocante
    Economía y Hacienda
    Hacienda Tributaria de Navarra.


  • Plazo

    Del 20-11-2019 al 09-12-2019

    Presentación

    Presentación

    Dirigido a

    Personas tituladas universitarias que hayan obtenido su título dentro de los tres años inmediatamente anteriores a la publicación de la presente convocatoria.

    Más información

    Las becas de formación tendrán una duración que se extenderá desde la fecha que se indique en la resolución de concesión hasta el 31 de diciembre de 2020. Podrán ser prorrogadas por períodos de 12 meses hasta un máximo total de tres años entre el período inicial y las prórrogas.

    Las becas estarán dotadas con una cuantía de 1.050 euros brutos mensuales, que se abonarán a mes vencido.

    Las actividades que realicen las personas beneficiarias de las becas serán dirigidas y supervisadas por la Dirección del Servicio de Archivos y Patrimonio Documental, orientadas a la formación en las tareas y funciones que se prestan en el Archivo Real y General de Navarra y el Archivo de la Administración de la Comunidad Foral.

    Documentación y tramitación

    Documentación

    La instancia general debe ir acompañada de los siguientes documentos:

    • Impreso de solicitud
    • Curriculum vitae de la persona solicitante, en el que se relacionen detalladamente todos los méritos referidos con las oportunas certificaciones
    • Certificación del expediente académico que incluirá las calificaciones de todas las materias de cada curso, con mención expresa de la convocatoria en que fueron aprobadas e indicación clara de la nota media de dicho expediente
    • Fotocopia del título oficial indicado en la base primera
    • Fotocopia del Documento Nacional de Identidad/Pasaporte
    • Certificado de empadronamiento en Navarra, detallando la antigüedad del mismo
    • Declaración responsable del solicitante de no estar incurso en ninguna de las circunstancias que impiden acceder a la condición de beneficiario de subvenciones públicas, de conformidad con el artículo 13.2 de la Ley Foral 11/2005, de 9 de noviembre, de Subvenciones
    • Documentación y fotocopias de las acreditaciones sobre los méritos alegados, para su valoración según la base séptima

    ¿Cómo tramitar?

    Por internet

    Tramitar

    Puede tramitar:

    1. Con certificado digital o DNI electrónico.
    2. Con DNI + PIN.
    3. Con Sistema Cl@ve.

    Pulse "Tramitar". Incorpore a su solicitud la documentación debidamente cumplimentada o escaneada. Puede adjuntar archivos de hasta 20 MB. Consulte formatos admitidos.

    Si tiene problemas informáticos, escriba a soportec@navarra.es o llame al 948013555 de 8:30 a 17:30 h. de lunes a jueves. Los viernes y de julio a septiembre el horario será de 8:30 a 15:00 h.

    Ayuda para tramitación telemática

    En las oficinas

    Preferentemente, en el Registro del Departamento de Cultura y Deporte, situado en la calle Navarrería, 39, de Pamplona.

    Otros lugares de presentación.

    Pasos siguientes

    El órgano competente revisará las solicitudes presentadas en plazo. Si alguna no reuniera los requisitos indicados en los números anteriores, se requerirá de la persona interesada su subsanación en el plazo máximo de diez días hábiles, indicándole que de no hacerlo así se le tendrá por desistido y se dictará la resolución de archivo del expediente, que le será notificada.

    Normativa

    Contacto

    Servicio de Archivos y Patrimonio Documental
    c/ Dos de Mayo s/n
    31001 Pamplona

    Correo electrónico: servicio.archivos@cfnavarra.es

    Organismo responsable - convocante
    Departamento de Cultura y Deporte


  • Dos becas para postgraduados, con destino en la Sección de Producción y Sanidad Vegetal (Servicio de Agricultura) de la Dirección General de Desarrollo Rural, Agricultura y Ganadería del Departamento de Desarrollo Rural, Medio Ambiente y Administración Local.

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