Donación con derecho a deducción (modelo 182)

Actualizado el 18 de diciembre de 2019
Ver en la web de la administración

Plazo

Abierto todo el año.

Deberá presentarse entre el 1 de enero y el 5 de febrero de cada año inmediato siguiente al que se refiera la declaración.

Presentación

Dirigido a

Están obligados a presentar la declaración todas aquellas entidades que perciban donativos que den derecho a deducir en el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, tengan la consideración de partida fiscalmente deducible en la base imponible del Impuesto de Sociedades, o den derecho a deducir en el Impuesto sobre la Renta de no Residentes, siempre que dichas entidades receptoras de donativos hayan expedido certificación acreditativa de la donación efectuada.

Más información

Deberán hacerse constar en la declaración informativa de donaciones, además de los datos de indentificación de la entidad perceptora de los donativos y de la indicación de si se hallan o no acogidas al régimen de deducciones establecido por la Ley foral 10/1996, de 2 de julio, reguladora del régimen tributario de las fundaciones y de las actividades de patrocinio, los siguientes datos referidos a los donantes:

  • Nombre y apellidos o razón social
  • Número de identificación fiscal
  • Importe del donativo
  • Valor de lo donado cuando se trate de donaciones en especie
  • Información sobre las revocaciones de donaciones que , en su caso, se hayan producido en el año natural.

Documentación y tramitación

Documentación

  • Impreso modelo 182.
  • La presentación deberá realizarse obligatoriamente por vía telemática en aquellas declaraciones que contengan más de 15 personas relacionadas.

¿Cómo tramitar?

Por internet

Trámite

Puede acceder a la aplicación que le permitirá realizar la tramitación on line desde aquí.

Ayuda para tramitación telemática

En las oficinas

Entregar en cualquiera de las oficinas de Hacienda Tributaria el impreso debidamente cumplimentado o en cualquiera de las entidades bancarias colaboradoras donde se haya realizado el correspondiente pago.

Normativa

Acceso a la normativa que regula el modelo 182

Presentación telemática

Contacto

  • Para consultas fiscales sobre este tema puede dirigirse a:
    Teléfono de atención al contribuyente: 948 505 152
    Correo electrónico: hacienda.tributaria.navarra@navarra.es
  • Para la resolución de problemas informáticos:
    Teléfono de soporte técnico: 948 013 555
    Correo electrónico: soporte.tecnico.hacienda@navarra.es
    Horario: lunes a viernes de 8:30 a 17:30 (agosto y septiembre, de 8:30 a 15:00).

Organismo responsable - convocante
Economía y Hacienda
Hacienda Tributaria de Navarra.



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