Gobierno de Navarra

  • Plazo

    Abierto todo el año.

    Presentación

    Presentación

    Dirigido a

    • Administraciones públicas.
    • Instituciones u organismos representativos de sectores o intereses sociales, laborales, empresariales o profesionales.
    • Representantes que esten dados de alta en los Grupos 811, 812, 834, 841, 842 o en los epigrafes 849.7 y 849.9 de la Sección Primera; o en las Agrupaciones 73 y 74 o en los grupos 722, 723, 726, o 799 de la Sección Segunda del Anexo I de la Ley Foral 7/1996 de 28 de mayo.

    Más información

    • Para adherirse al acuerdo se precisa obtener un certificado electónico reconocido por la Hacienda Tributaria de Navarra, en los términos establecidos en el Decreto Foral 50/2006, de 17 de julio por el que se regula el uso de medios electrónicos, informáticos y telemáticos (EIT) en el ámbito de la Hacienda Tributaria de Navarra.
    • Entidades emisoras de certificaciones válidas para utilizar los servicios on-line

    Documentación y tramitación

    Documentación

    Los solicitantes deberán enviar a través del botón "Tramitar" una instancia, a la que adjuntarán la siguiente documentación:

    • Certificado de estar al corriente en su Administración Tributaria.
    • Certificado emitido por su Administración Tributaria, que pruebe el epígrafe de IAE de la actividad empresarial o profesional en el que se encuentra de alta, en la fecha de solicitud de adhesión.
    • Copia del DNI / CIF .
    • Documento individualizado de adhesión.

    ¿Cómo tramitar?

    Por internet

    Tramitar

    Puede tramitar:

    1. Con certificado digital o DNI electrónico.
    2. Con DNI + PIN. Cómo obtener el PIN
    3. Con Sistema Cl@ve.

    Pulse "Tramitar". Incorpore a su solicitud la documentación debidamente cumplimentada o escaneada. Puede adjuntar archivos de hasta 20 MB. Consulte formatos admitidos.

    Si tiene problemas informáticos, escriba a soportec@navarra.es o llame al 948013555 de 8:30 a 17:30 h. de lunes a jueves. Los viernes y de julio a septiembre el horario será de 8:30 a 15:00 h.

    Ayuda para tramitación telemática

    Normativa

    Orden Foral 130/2009, de 29 de junio (BON nº 100 de 14/08/2009)

    Contacto

    • Para consultas fiscales sobre este tema puede dirigirse a:
      Teléfono de atención al contribuyente: 948 50 51 52
      Correo electrónico: atencion.asesorias@navarra.es
    • Para resolver problemas informáticos:
      Teléfono: 948 013 555
      Correo electrónico: soporte.tecnico.hacienda@navarra.es
      Horario: lunes a jueves de 8:30 a 17:30 (viernes y de julio a septiembre, de 8:30 a 15:00)

    Organismo responsable - convocante
    Economía y Hacienda
    Hacienda Foral de Navarra


  • En el ámbito de la Dirección General de Industria, Energía e Innovación y de la Dirección General de Política Económica y Empresarial y Trabajo.

    Plazo

    Abierto todo el año.

    Presentación

    Presentación

    Dirigido a

    • Instituciones y organismos representativos de sectores o intereses sociales, laborales, empresariales o profesionales.
    • Representantes que estén dados de alta en un grupo o epígrafe del IAE o Licencia Fiscal.

    Más información

    La colaboración puede tener el siguiente alcance:

    • Representación de terceros para la presentación por vía telemática de solicitudes, comunicaciones y otros documentos relativos a procedimientos de ayudas competencia de las Direcciones Generales indicadas anteriormente.
    • Asesoramiento y puesta a disposición de terceros de puntos de acceso para realizar la presentación.

    La adhesión como entidad colaboradora conlleva la publicidad de la misma a fin de que los terceros interesados puedan acudir a ellas para realizar los trámites u obtener asesoramiento.

    • Entidades tramitadoras.
    • Entidades asesoras y puntos de acceso para realizar la tramitación.

    Para adherirse al sistema se precisa disponer del certificado clase 2CA emitido por la Fábrica Nacional de Moneda y Timbre.

    Documentación y tramitación

    Documentación

    ¿Cómo tramitar?

    Por internet

    Solicitud

    Puede tramitar:

    1. Con certificado digital o DNI electrónico.
    2. Con DNI + PIN. Cómo obtener el PIN
    3. Con Cl@ve.

    Pulse "Tramitar". Incorpore a su solicitud la documentación debidamente cumplimentada o escaneada. Puede adjuntar archivos de hasta 20 MB. Consulte formatos admitidos.

    Si tiene problemas informáticos, escriba a soportec@navarra.es o llame al 948013555.

    Horario de atención: Lunes-jueves 8:30-17:30 h. Viernes y julio-septiembre 8:30-15:00 h.

    Ayuda para tramitación telemática

    En las oficinas

    Las solicitudes se presentarán de manera telemática, siguiendo las indicaciones del apartado "Tramitación online".

    Normativa

    Contacto

    Dirección General de Industria, Empresa e Innovación
    Parque Tomás Caballero, 1 - 4ª planta
    31005 Pamplona (Navarra)

    • Para consultas sobre: requisitos, tramitación y posibilidades que ofrece el Acuerdo, puede dirigirse al tfno 848 42 1390 o a través de este correo electrónico.
    • Para la resolución de problemas informáticos, puede dirigirse a:
      Teléfono: 948 013 555
      Correo electrónico: soporte.tecnico.hacienda@cfnavarra.es

  • Para las empresas y profesionales que quieran someterse al arbitraje, bien de forma puntual, aceptando el arbitraje solicitado por un consumidor para la resolución de un caso concreto (convenio), o bien de forma estable, mediante la adhesión al Sistema Arbitral de Consumo y la aceptación del arbitraje como vía de resolución de sus conflictos con los consumidores (adhesión).

    Plazo

    Abierto todo el año.

    Presentación

    Presentación

    Dirigido a

    • Empresas y profesionales

    Más información

    La adhesión es voluntaria y gratuita. La resolución de un conflicto a través de este sistema implica que no podrá interponer demanda en la vía judicial por los mismos hechos.

    Documentación y tramitación

    Documentación

    Formularios de adhesión:

    Convenios puntuales:

    ¿Cómo tramitar?

    Por internet

    Trámite

    Puede tramitar de dos formas:

    1. Con certificado digital o DNI electrónico.
    2. Con DNI + PIN. Cómo obtener el PIN

    Pulse "Tramitar". Incorpore a su solicitud la documentación debidamente cumplimentada o escaneada. Puede adjuntar archivos de hasta 20 MB. Consulte formatos admitidos.

    Si tiene problemas informáticos, escriba a soportec@navarra.es o llame al 948013555.

    Horario de atención: Lunes-jueves 8:30-17:30 h. Viernes y julio-septiembre 8:30-15:00 h.

    Ayuda para tramitación telemática

    Otros lugares de presentación.

    Normativa

    Contacto


  • Constituir listados de aspirantes a la cobertura temporal, mediante sustituci?n, de puestos de los Cuerpos de Gesti?n Procesal y Administrativa y de Tramitaci?n Procesal y Administrativa, del personal funcionario al servicio de la Administraci?n de Justicia de la Comunidad Foral de Navarra.

  • Convocatoria para actualizar los méritos de los aspirantes incluidos en las listas "Relación II" e incorporar a nuevas personas interesadas, para ocupar temporalmente puestos de trabajo al servicio de la Administración de Justicia de Navarra.

  • Ver localidades y partidos judiciales para elegir destino en "Más Información"

  • Adquisición, reparación y renovación de diversos productos ortoprotésicos

    Plazo

    Abierto todo el año.

    Presentación

    Presentación

    ¿Cómo tramitar?

    En las oficinas

    ADQUISICIONES

    1. El facultativo especialista realiza la prescripción en el modelo oficial del SNS-O. Nota: Excepcionalmente podrán realizar la prescripción los Médicos de Atención Primaria.
    2. El solicitante acude con la prescripción al establecimiento que elija, donde comprará y abonará el producto prescrito.
    3. El facultativo entrega el modelo cumplimentado al solicitante. En caso de accidente debe presentarse una declaración en la que indique si la lesión fue motivada por enfermedad, accidente de trabajo, accidente de tráfico, etcétera.
    4. Cuando el producto sea susceptible de comprobación, el solicitante tendrá que regresar al facultativo prescriptor, quién rellenará el apartado referente a la comprobación del producto adquirido. En el caso de que el resultado de la comprobación sea negativo, el médico especialista informará de las posibles rectificaciones necesarias del producto.
    5. Si el producto no es susceptible de comprobación o si el resultado de la comprobación es positivo, el solicitante entregará en el Servicio de Prestaciones y Conciertos:
      • Solicitud de reintegro de gastos cumplimentada.
      • Informe del médico, con la comprobación (si es necesaria).
      • TIS.
      • En los casos de lesión producida por accidente, declaración escrita indicando el origen del mismo.
    6. El Servicio de Prestaciones y Conciertos, tras valorar la solicitud, autorizará o denegará el reembolso del producto solicitado.
    7. Una vez realizados los trámites se reembolsará el importe de la factura, el cual no superará el precio máximo establecido en el catálogo para cada producto. Nota: en los productos que figure en el catálogo "aportación del usuario", la cuantía a reintegrar = factura - aportaciones del usuario.
    8. Una vez concluida su utilización, si el producto está catalogado como "reutilizable", el usuario lo devolverá.

    REPARACIONES

    Si es necesaria la reparación de productos, se adjuntarán a la documentación 2 presupuestos de 2 establecimientos distintos. De esta forma, el importe a reembolsar no superará el menor de los 2 presupuestos, sin exceder, en ningún caso, el precio máximo del producto recogido en el catálogo de productos.

    Nota: No se abonarán reparaciones en productos en periodo de garantía.

    RENOVACIÓN DE PRODUCTOS

    Esta necesidad se justifica mediante informe médico. El SNS-O podrá comprobar el estado de los materiales a sustituir, ordenando si es preciso, su reparación en vez de su sustitución.

    Nota: No se procederá al reembolso por renovación antes de transcurrido el periodo mínimo señalado en el catálogo.

    PRODUCTOS REUTILIZABLES

    Una vez concluida su utilización usted tiene que devolver estos productos ortoprotésicos en las condiciones que le indique el SNS-O.

    Nota: El usuario será informado de que el producto es reutilizable en el momento de la prescripción y en el de la dispensación.

    Normativa

    • Decreto Foral 17/1998, de 26 de enero por el que se regula la prestación ortoprotésica del Sistema Navarro de Salud
    • Decreto Foral 224/2000 de 19 de junio por el que se modifica el Decreto Foral 17/1998, de 26 de enero
    • Decreto Foral 233/2001, de 27 de agosto, por el que se modifica el Decreto Foral 17/1998, de 26 de enero
    • Orden Foral 170/1998, de 16 de noviembre, del consejero de salud, por la que se establece el programa de detección precoz de hipoacusias en periodo neonatal.
    • Real Decreto 1030/2006, de 15 de septiembre, por el que se establece la cartera de servicios comunes del Sistema Nacional de Salud y el procedimiento para su actualización

    Contacto

    Sección: Servicio de Prestaciones y Conciertos
    Teléfono: 848 429004 - Fax: 848 429055
    Dirección: Ambulatorio Conde Oliveto, 3ª Planta, Plaza de la Paz s/n
    Horario: De lunes a viernes de 8:30 a 14:30 horas


  • Plazo

    Abierto todo el año.

    Presentación

    Presentación

    Dirigido a

    Personas menores de 17 años.

    ¿Cómo tramitar?

    En las oficinas

    Acudir al centro concertado para adquir, renovar o reparar la protesis auditiva. El centro concertado será el encargado de tramitar la factura con el SNS-O.

    Normativa

    • Decreto Foral 17/1998, de 26 de enero por el que se regula la prestación ortoprotésica del Sistema Navarro de Salud
    • Decreto Foral 224/2000 de 19 de junio por el que se modifica el Decreto Foral 17/1998, de 26 de enero
    • Decreto Foral 233/2001, de 27 de agosto, por el que se modifica el Decreto Foral 17/1998, de 26 de enero
    • Orden Foral 170/1998, de 16 de noviembre, del consejero de salud, por la que se establece el programa de detección precoz de hipoacusias en periodo neonatal.
    • Real Decreto 1030/2006, de 15 de septiembre, por el que se establece la cartera de servicios comunes del Sistema Nacional de Salud y el procedimiento para su actualización

    Contacto

    Servicio de Prestaciones y Conciertos
    Ambulatorio Conde Oliveto, 3ª Planta
    Plaza de la Paz s/n - Pamplona
    Teléfono: 848 429004 - Fax: 848 429055
    Horario: De lunes a viernes de 8:30 a 14:30 horas

    Organismo responsable - convocante
    Servicio Navarro de Salud-Osasunbidea (SNS-O)


  • Plazo

    Abierto todo el año.

    Presentación

    Presentación

    ¿Cómo tramitar?

    En las oficinas

    Presentar la solicitud para su resolución en el Servicio de Gestión de Prestaciones y Conciertos, situado en la Plaza de la Paz s/n, 3ª planta. También puede tramitarlo a través de su Centro de Salud.

    La solicitud debe incluir la siguiente documentación:

    • Modelo de solicitud de prestación ortoprotésica (se obtiene en los Centros Sanitarios, Centros de Salud y Consultorios del Servicio Navarro de Salud-Osasunbidea).
    • Informe del médico especialista, indicando la necesidad de utilizar silla de ruedas eléctrica.
    • Informe social justificativo de la utilidad y necesidad del producto, emitido por el Trabajador Social.
    • Cualquier otro documento o informe que pueda servir de apoyo a la solicitud.

    Una vez valorada la solicitud, recibirá en su domicilio la comunicación de la resolución del Servicio de Gestión de Prestaciones y Conciertos. Si es FAVORABLE, la autorización está sujeta a las siguientes condiciones:

    • El máximo a reembolsar por parte del Servicio Navarro de Salud-Osasunbidea es 3.305,47 €.
    • Puede acudir a cualquier establecimiento autorizado para la adquisición de su silla.
    • El abono se realiza tras la tramitación de la solicitud de reintegro de gastos.
    • Debe presentar con su solicitud, la factura original y como mínimo, dos presupuestos de dos establecimientos distintos con el fin de autorizar el producto que mejor se adapte a sus necesidades y al mejor precio y el justificante bancario de haber efectuado el pago.

    La empresa le informará sobre la garantía y forma correcta de utilización y mantenimiento del producto.

    Condiciones para su autorización:

    Las sillas de ruedas eléctricas se financian para pacientes con limitaciones funcionales graves del aparato locomotor por enfermedad, malformación o accidente que cumplan todos y cada uno de los requisitos siguientes:

    • Incapacidad permanente para la marcha independiente.
    • Incapacidad funcional permanente para la propulsión con las extremidades superiores de sillas de ruedas manuales.
    • Suficiente capacidad visual, mental y de control que permita el manejo de silla de ruedas eléctricas y ello no suponga un riesgo añadido para su integridad o la de otras personas.

    Reparaciones

    La silla de ruedas eléctrica tiene aproximadamente una vida calculada de cinco años y durante este periodo el Servicio Navarro de Salud-Osasunbidea, podrá atender las facturas por reparaciones que precise y sean indicadas por el médico especialista que ha prescrito la silla.

    Renovación

    Transcurridos 5 años y si el médico especialista considera necesaria la renovación de la silla, el paciente puede solicitarlo en las mismas condiciones que la primera solicitud.

    Normativa

    Contacto

    Servicio de Gestión de Prestaciones y Conciertos

    Pamplona:

    Ambulatorio Conde Oliveto, 3ª Planta, Plaza de la Paz s/n
    Teléfono: 848429004
    Fax: 848429055
    Horario: De lunes a viernes de 8:30 a 14:30 horas

    Tudela:

    Ambulatorio de Santa Ana,
    Juan Antonio Fernandez nº 12 Tudela
    Tudela 948848203
    Fax 948848204
    Horario: De lunes a viernes de 8:30 a 14:30 horas

    Organismo responsable - convocante
    Servicio Navarro de Salud-Osasunbidea


  • Las entidades que deseen actuar como agencias de colocación deben presentar con carácter previo una declaración responsable.

    Plazo

    Abierto todo el año.

    Presentación

    Presentación

    Dirigido a

    Personas físicas o jurídicas, incluidas las empresas de trabajo temporal, que deseen actuar como agencias de colocación.

    Más información

    Las Agencias de Colocación son entidades públicas o privadas, con o sin ánimo de lucro, que en coordinación y, en su caso, colaboración con los Servicios Públicos de Empleo, realizan actividades de intermediación laboral. Persiguen:

    • Proporcionar a las personas trabajadoras un empleo adecuado a sus características.
    • Facilitar a los empleadores las personas trabajadoras más apropiadas a sus requerimientos y necesidades.

    Además, pueden desarrollar actuaciones relacionadas con la búsqueda de empleo, tales como orientación e información profesional, y con la selección de personal.

    Las personas físicas o jurídicas que deseen actuar como agencias de colocación deberán presentar previamente una declaración responsable.

    Las agencias de colocación podrán iniciar su actividad desde el día de la presentación de la declaración responsable. Las administraciones competentes pueden comprobar, controlar e inspeccionar a las agencias.

    La inexactitud o falsedad en cualquier dato, manifestación o documento, de carácter esencial, que se hubiera acompañado o incorporado a la declaración responsable, impiden continuar con la actividad como agencia de colocación, sin perjuicio de las responsabilidades penales, civiles o administrativas a que hubiere lugar.

    Documentación y tramitación

    Documentación

    La Agencia de Colocación debe presentar la declaración responsable inicial ante el Servicio Público de Empleo que corresponda de acuerdo con los siguientes criterios:

    • En cualquier Comunidad Autónoma donde tenga algún centro de trabajo.
    • Agencias de Colocación que operen exclusivamente por medios telemáticos: en la Comunidad Autónoma que considere.

    Declaración Responsable para operar como Agencia de Colocación.

    ¿Cómo tramitar?

    Por internet

    Solicitud

    Puede tramitar de dos formas:

    1. Con certificado digital o DNI electrónico.
    2. Con DNI + PIN. Cómo obtener el PIN

    Pulse "Tramitar". Incorpore a su solicitud la documentación debidamente cumplimentada o escaneada. Puede adjuntar archivos de hasta 20 MB. Consulte formatos admitidos.

    Si tiene problemas informáticos, escriba a soportec@navarra.es o llame al 948013555.

    Horario de atención: Lunes-jueves 8:30-17:30 h. Viernes y julio-septiembre 8:30-15:00 h.

    Ayuda para tramitación telemática

    En las oficinas

    La declaración responsable deberá de presentarse ante el Servicio Público de Empleo Estatal si la agencia exclusivamente tiene centros de trabajo en las Ciudades Autónomas de Ceuta y/o Melilla, o bien, teniendo centro de trabajo en Ceuta y/o Melilla y alguna Comunidad Autónoma, la agencia opte por presentar la declaración responsable en el SEPE.

    En cualquier otro caso deberá presentarse ante el Servicio Navarro de Empleo-Nafar Lansare:

    Personas jurídicas: Obligatoriamente de forma telemática.

    Personas físicas: De forma telemática o presencialmente en:

    Registro de Servicios Centrales del Servicio Navarro de Empleo
    Parque Tomás Caballero, 1
    Edificio "Fuerte del Príncipe II" - 3ª Planta
    31005 Pamplona (Navarra)

    Otros lugares de presentación.

    Pasos siguientes

    - Con periodicidad mensual: información individual por cada persona trabajadora atendida, con indicación expresa de la fecha del contrato de trabajo si se hubiera producido colocación, así como información acumulada de las mismas, incluyendo la referida a las ofertas y puestos de trabajo captados y cubiertos.

    - Con periodicidad anual y dentro del primer trimestre del año:información relativa a la memoria anual de la actividad de la agencia en el año anterior, así como el fichero acumulado anual.

    Listado de Agencias de colocación

    Normativa

    Contacto

    • Sección de Orientación del Servicio Navarro de Empleo-Nafar Lansare (SNE-NL)
    Teléfono: 848 42 58 50
    Correo electrónico: orientacion@navarra.es
    • Para resolver problemas técnicos (certificado digital y tramitación de la declaración por internet):
    Teléfono: 948 013 555
    Correo electrónico: soportec@navarra.es

    • Servicio de soporte para los envíos de los datos en ficheros XML al Espacio Telemático Común


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