Adhesión de empresas y profesionales al Sistema Arbitral de Consumo

Actualizado el 7 de marzo de 2025
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Información Rápida

Objetivo

Permite a empresas y profesionales adherirse al Sistema Arbitral de Consumo para resolver conflictos con consumidores de forma extrajudicial, ya sea de manera indefinida, por un tiempo limitado o para un caso concreto.

¿Quién puede solicitarlo?

Empresas y profesionales que deseen resolver conflictos con consumidores a través del Sistema Arbitral de Consumo.

Requisitos principales

  • Ser una empresa o profesional.
  • Aceptar el arbitraje como vía de resolución de conflictos con consumidores.

Plazos

En plazo

Duración del trámite

Variable, dependiendo del caso.

Información adicional

La adhesión al sistema es voluntaria y gratuita. La resolución a través de este sistema impide la interposición de demandas judiciales por los mismos hechos.

Resumen

Este trámite permite a empresas y profesionales adherirse al Sistema Arbitral de Consumo, un mecanismo extrajudicial para resolver conflictos con consumidores. La adhesión puede ser indefinida, por un período limitado o para un caso específico mediante un convenio.

Quién puede usar este servicio:

  • Empresas y profesionales.

Antes de empezar:

  • Tener claro si se desea una adhesión general o un convenio para un caso concreto.
  • Disponer de certificado digital, DNI electrónico o Cl@ve para realizar el trámite online.

Lo que necesitas

Documentación requerida:

Requisitos previos:

  • Disponer de certificado digital, DNI electrónico o Cl@ve.

Costes y plazos:

  • La adhesión es gratuita.

Cómo hacerlo

Paso a paso del proceso:

  1. Preparar la documentación necesaria según el tipo de adhesión o convenio.
  2. Acceder a la sede electrónica del Gobierno de Navarra.
  3. Identificarse con certificado digital, DNI electrónico o Cl@ve.
  4. Completar el formulario correspondiente.
  5. Adjuntar la documentación requerida.
  6. Presentar la solicitud.

Información sobre cada etapa:

  • La solicitud se realiza online a través de la sede electrónica.

Tiempos de espera:

  • No especificado.

Después de hacerlo

Qué sucede después:

  • La empresa o profesional queda adherido al Sistema Arbitral de Consumo o se formaliza el convenio para el caso específico.

Plazos de resolución:

  • No especificado.

Siguientes pasos:

  • En caso de surgir un conflicto con un consumidor, se iniciará el proceso de arbitraje.

Ayuda

Contacto:

  • Servicio de Consumo Sección de Defensa de los Consumidores y Arbitraje de Consumo Junta Arbitral de Consumo Teléfonos: 848 42 77 33 / 848 42 77 58 Correo electrónico: junta.arbitral.consumo@navarra.es

Recursos adicionales:

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