Gobierno de la Rioja

  • Establece el procedimiento para solicitar de exención del módulo profesional de Proyecto de los ciclos formativos (LOE) de Grado Superior de Formación Profesional del sistema educativo, en el ámbito de la Comunidad Autónoma de La Rioja.

    Requisitos

    Solicitantes

    Alumnos de los ciclos formativos de grado superior regulados por la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación (LOE).

    Requisitos

    1. Estar matriculado en segundo curso del ciclo formativo de grado superior correspondiente (LOE).
    2. Tener todos los módulos profesionales de segundo curso superados o promocionar al módulo profesional de Formación en centros de trabajo (FCT).
    3. Haber participado en un proyecto de innovación, que tenga un componente integrador de los contenidos de los módulos profesionales que constituyen el ciclo formativo.

    Documentación

    • Solicitud, escrito o comunicación
    • La solicitud deberá ir acompañada de la siguiente documentación:

      • Una fotocopia compulsada del proyecto de innovación.
      • Un documento acreditativo de que el alumno ha participado en el citado proyecto, expedido por su responsable.

      Aportación de documentos junto con la solicitud

      Si el trámite se hace de forma presencial

      Salvo que los documentos originales deban obrar en el procedimiento, los ciudadanos tendrán derecho a aportar -en lugar de copia compulsada- copias de los mismos cuya fidelidad quedará garantizada mediante la aportación de declaración responsable del interesado, sin perjuicio de la posterior facultad de comprobación por parte de la Administración.

      El modelo de declaración responsable se encuentra disponible en Oficinas de Registro

      Si se hace de manera electrónica

      Escanee la documentación y adjúntela a la solicitud.

    Cómo tramitarlo

    La presentación de solicitudes se podrá realizar de dos formas:

    De forma electrónica desde el botón Tramitar

    De forma presencial a través de:

    Si desea información sobre otros lugares de presentación de solicitudes, póngase en contacto con el Servicio de  Atención al Ciudadano

    Téngase en cuenta que el artículo 14.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, establece la obligatoriedad de la gestión electrónica para determinados sujetos como, por ejemplo, las personas jurídicas: ver sujetos obligados

    Plazos

    • Plazo de presentación de solicitudes

      Desde el momento de realizar la matricula hasta un mes antes del período fijado para la realización del módulo profesional de Proyecto.

    Más información

    • Normativa:

      Orden 1/2013, de 11 de enero, por la que se regula el desarrollo del módulo profesional de proyecto de los Ciclos Formativos de Formación Profesional, en el ámbito de la Comunidad Autónoma de La Rioja.

  • Tasas: No tiene tasa

Notificaciones

Organismo

Contacto

Ponemos a su disposición la relación de contactos asociados a esta gestión.

Servicio competente

  • Pilar Barrio Jorge

  • Este carné lo pueden obtener los estudiantes entre 12 y 26 años que así lo acrediten. Da derecho a obtener precios especiales en diferentes medios de transporte y descuentos en entradas a lugares históricos y culturales, así como a obtener asistencia médica y jurídica de emergencia en el extranjero.

  • Este carné lo pueden obtener los estudiantes entre 12 y 26 años que así lo acrediten. Da derecho a obtener precios especiales en diferentes medios de transporte y descuentos en entradas a lugares históricos y culturales, así como a obtener asistencia médica y jurídica de emergencia en el extranjero.

    Requisitos

    Documentación

    Cómo tramitarlo

    La presentación de solicitudes se podrá realizar de dos formas:

    De forma electrónica desde el botón Tramitar

    De forma presencial a través de:

    Si desea información sobre otros lugares de presentación de solicitudes, póngase en contacto con el Servicio de Atención al Ciudadano

    Téngase en cuenta que el artículo 14.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, establece la obligatoriedad de la gestión electrónica para determinados sujetos como, por ejemplo, las personas jurídicas: ver sujetos obligados

    Plazos

    Más información

  • Tasas: 9,00 euros

    Modos de pago:

    Número de Cuenta: ES5420387494856000190181

    Concepto: expedicion carne internacional segun tipología

  • Notificaciones

    Organismo

    Contacto

    Ponemos a su disposición la relación de contactos asociados a esta gestión.

    Servicio competente

    Asistencia técnica

  • Obtención de certificaciones personales para la manipulación de gases fluorados.

    Requisitos

    Debe acreditarse titulación académica, experiencia profesional y/o formación complementaria específica, de conformidad con lo indicado en el Anexo I del Real Decreto 795/2010 de 16 de junio

    Documentación

    Cómo tramitarlo

    La presentación de solicitudes se podrá realizar de dos formas:

    De forma electrónica desde el botón Tramitar

    De forma presencial a través de:

    Si desea información sobre otros lugares de presentación de solicitudes, póngase en contacto con el Servicio de Atención al Ciudadano

    Téngase en cuenta que el artículo 14.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, establece la obligatoriedad de la gestión electrónica para determinados sujetos como, por ejemplo, las personas jurídicas: ver sujetos obligados

    Si vd no es un sujeto obligado, se recomienda la presentación de forma presencial, en tanto se habilita el sistema de pago electrónico de las tasas del Servicio de Industria y Energía

    Plazos

    Más información

  • Tasas: 22,88 euros

    Modos de pago:

  • Notificaciones

    Organismo

    Contacto

    Ponemos a su disposición la relación de contactos asociados a esta gestión.

    Servicio competente

    José Luis Martínez Martínez. 941291741

    Gerardo Pérez Garrido:941291158

    Asistencia técnica

  • Para la conducción de vehículos que realizan transporte por ciudadanos de terceros países será necesario estar en posesión del certificado de conductor de terceros países

    Requisitos

    Se trata de un certificado que permite a los nacionales de fuera de la CEE llevar vehículos de carga.

    Documentación

    Cómo tramitarlo

    La presentación de solicitudes se realizará de forma electrónica desde el botón TRAMITAR

    Téngase en cuenta que el artículo 56 de la Ley 16/1987, de 30 de julio, de Ordenación de los Transportes Terrestres, establece la obligatoriedad de la gestión electrónica para los titulares o solicitantes de las distintas autorizaciones y habilitaciones contempladas en la citada Ley.

    Plazos

    Más información

  • Tasas: No tiene tasa
  • Notificaciones

    Organismo

    Contacto

    Ponemos a su disposición la relación de contactos asociados a esta gestión.

    Servicio competente

    Asistencia técnica

  • Toda infracción urbanística lleva consigo la imposición de sanciones a los responsables, así como la obligación de resarcimiento de daños e indemnización de los perjuicios a cargo de los mismos, con independencia de las medidas de restablecimiento de la legalidad urbanística.

    Requisitos

    Tipificación de las infracciones

    1. Son infracciones muy graves las que afecten a zonas verdes, espacios libres, dotaciones, equipamientos o suelo no urbanizable especial. Constituye también infracción muy grave la parcelación urbanística en suelo no urbanizable y la realización de obras de urbanización sin la aprobación del planeamiento y del proyecto de urbanización exigibles.
    2. Son infracciones graves las que, no estando incluidas en el número anterior, vulneren normas relativas a parcelaciones, uso del suelo, altura, volumen, situación de las edificacionesy ocupación permitida de la superficie de las parcelas, salvo que se demuestre la escasa entidad del daño producido o del riesgo creado.
    3. Son infracciones leves las que no tengan el carácter de graves o muy graves y, en todo caso, la ejecución de obras o el uso del suelo realizados sin licencia u orden de ejecución cuando sean legalizables por ser conformes con la legislación y el planeamiento urbanístico, así como el incumplimiento del deber de conservación previsto en esta Ley.

    En los supuestos en que se instruyera expediente sancionador por dos o más infracciones entre las que exista conexión de causa a efecto, se impondrá una sola sanción, y será la correspondiente a las actuaciones que supongan el resultado final perseguido, en su cuantía máxima. En los demás casos, a los responsables de dos o más infracciones se les impondrán las multas correspondientes a cada una de las diversas infracciones cometidas.

    Personas responsables

    1. En las obras o usos del suelo que se ejecuten sin licencia o con inobservancia de sus condiciones, serán sancionados el promotor, el empresario de las obras y el técnico director de las mismas.
    2. En las obras o usos del suelo amparados en una licencia cuyo contenido sea manifiestamente constitutivo de una infracción urbanística grave o muy grave, serán igualmente sancionados con multa:
      • El facultativo que hubiere informado favorablemente el proyecto.
      • Los miembros de la Corporación que hubiesen votado a favor del otorgamiento de la licencia, sin los informes previos exigibles, o cuando éstos fueran desfavorables en razón de aquella infracción.
    3. Las personas jurídicas serán sancionadas por las infracciones cometidas por sus órganos o agentes, y asumirán el coste de las medidas de reparación del orden urbanístico vulnerado.
    4. Los que como consecuencia de una infracción urbanística sufrieren daño o perjuicio podrán exigir de cualquiera de los infractores, con carácter solidario, el resarcimiento e indemnización.
    5. Las multas que se impongan a los distintos sujetos por una misma infracción tendrán entre sí carácter independiente.

    Documentación

    Cómo tramitarlo

    La presentación de solicitudes se podrá realizar:

    De forma presencial a través de:

    Si desea información sobre otros lugares de presentación de solicitudes, póngase en contacto con el Servicio de Atención al Ciudadano

    Téngase en cuenta que el artículo 14.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, establece la obligatoriedad de la gestión electrónica para determinados sujetos como, por ejemplo, las personas jurídicas: ver sujetos obligados

    Plazos

    Más información

  • Tasas: No tiene tasa
  • Notificaciones

    Organismo

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    Servicio competente

    Asistencia técnica

  • Instrucción de expedientes de expropiación forzosa para la imposición de servidumbre de paso de instalaciones energéticas

    Requisitos

    En el curso del procedimiento, el beneficiario de la expropiación deberá aportar mutuos acuerdos obtenidos e instar la continuación del expediente expropiatorio con los titulares de las fincas que no hayan accedido a la imposición de servidumbre de paso de instalaciones energéticas

    Documentación

    Cómo tramitarlo

    La presentación de solicitudes se podrá realizar de forma electrónica desde el botón Tramitar

    Téngase en cuenta que el artículo 14.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, establece la obligatoriedad de la gestión electrónica para determinados sujetos como, por ejemplo, las personas jurídicas: ver sujetos obligados

    Plazos

    Más información

  • Tasas: 45,86 euros

    Concepto: Se trata de un importe unitario por parcela expropiada

  • Notificaciones

    Organismo

    Contacto

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    Servicio de Industria y Energía

    Asistencia técnica

  • Se podrán extender las disposiciones de un convenio colectivo en vigor de ámbito superior al de empresa a una pluralidad de empresas y trabajadores o a un sector o subsector de actividad pertenecientes al mismo o a similar ámbito funcional o con características económico-laborales equiparables.

    Requisitos

    Con los efectos previstos en el artículo 82.3 del texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, se podrán extender las disposiciones de un convenio colectivo en vigor de ámbito superior al de empresa a una pluralidad de empresas y trabajadores o a un sector o subsector de actividad pertenecientes al mismo o a similar ámbito funcional o con características económico-laborales equiparables, teniendo en cuenta la actividad donde vaya a ser aplicado y que no estén vinculados por convenio colectivo, cualquiera que fuese su ámbito, por los perjuicios derivados para aquéllos de la imposibilidad de suscribir en dicho ámbito un convenio colectivo de los previstos en el título III del texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, debida a la ausencia de partes legitimadas para ello.

    En el caso de inexistencia de convenio colectivo que se pueda extender con ámbito de aplicación superior al de empresa, se podrá extender subsidiariamente, con carácter excepcional, un convenio de empresa a una pluralidad de empresas y de trabajadores o a un sector o subsector de actividad de análogas condiciones económicas.

    Sujetos con capacidad para solicitar la extensión

    Quienes se hallen legitimados para promover la negociación colectiva en el correspondiente ámbito de la extensión, conforme a lo dispuesto en el artículo 87.2 y 3 del texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores.

    Documentación

    Cómo tramitarlo

    La presentación de la solicitud y documentación prevista en el artículo 4 del Real Decreto 718/2005, de 20 de junio, por el que se aprueba el procedimiento de extensión de convenios colectivos, se realizará a través de medios electrónicos conforme a lo dispuesto en el artículo 1 y 2.c) del Real Decreto 713/2010, de 28 de mayo, sobre registro y depósito de convenios y acuerdos colectivos de trabajo.

    Serán objeto de inscripción en el registro de convenios y acuerdos colectivos de trabajo de la Comunidad Autónoma de La Rioja (REGCON), las disposiciones sobre extensión de un convenio, previstas en el artículo 92.2 del Estatuto de los Trabajadores.

    El Registro se hará exclusivamente por medios electrónicos, desde el botón "Tramitar".

    Plazos

    Más información

  • Tasas: No tiene tasa
  • Notificaciones

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    Servicio competente

    Asistencia técnica

  • Las transmisiones de propiedad o derechos reales de viviendas protegidas están sujetas a limitación de precio de venta y renta durante el periodo que este sujeta al régimen de protección oficial.

    Requisitos

    Mientras subsista el régimen de protección, las viviendas de protección oficial se podrán transmitir intervivos y ceder el uso, con sujección a un precio máximo de venta y renta.

    Los precios máximos de venta y renta de viviendas de protección oficial, serán los establecidos en el Anexo I del Decreto 33/2013, de 11 de octubre, por el que se regula la vivienda de protección oficial en la Comunidad Autónoma de La Rioja.

    Documentación

    Cómo tramitarlo

    La presentación de solicitudes se podrá realizar de dos formas:

    De forma electrónica desde el botón Tramitar

    De forma presencial a través de:

    Si desea información sobre otros lugares de presentación de solicitudes, póngase en contacto con el Servicio de Atención al Ciudadano

    Téngase en cuenta que el artículo 14.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, establece la obligatoriedad de la gestión electrónica para determinados sujetos como, por ejemplo, las personas jurídicas: ver sujetos obligados

    Plazos

    Más información

  • Tasas: 11,45 euros

    Modos de pago:

    Número de Cuenta: ES1120387494876000153027

  • Notificaciones

    Organismo

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    Servicio competente

    Asistencia técnica

  • Autorización de modificaciones sustanciales de las licencias de fabricación de productos sanitarios a medida y autorización de cese de actividad.

    Requisitos

    Autorización de modificaciones sustanciales

    La realización de las siguientes modificaciones requerirá la concesión de una nueva licencia.

    Las licencias sanitarias quedarán sin efecto si se alteran de forma sustancial las condiciones que fundamentaron su otorgamiento, sin perjuicio de la iniciación, si procede, del correspondiente expediente sancionador.

    El resto de modificaciones se considerarán modificaciones no sustanciales y sólo precisan comunicación.

    Autorización de cese
    Cuando se pretenda cesar en la actividad para la que fue otorgada la licencia, su titular, con, al menos, un mes de antelación, lo solicitará a la Dirección General competente en materia de farmacia. El plazo de resolución y notificación será de tres meses. El vencimiento de dicho plazo sin que se haya notificado la resolución faculta al interesado a entender su solicitud estimada por silencio administrativo.

    Documentación

    Cómo tramitarlo

    La presentación de solicitudes se podrá realizar de dos formas:

    De forma electrónica desde el botón Tramitar

    De forma presencial a través de:

    Si desea información sobre otros lugares de presentación de solicitudes, póngase en contacto con el Servicio de Atención al Ciudadano

    Téngase en cuenta que el artículo 14.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, establece la obligatoriedad de la gestión electrónica para determinados sujetos como, por ejemplo, las personas jurídicas: ver sujetos obligados

    Plazos

    Más información

  • Tasas:
  • Notificaciones

    Organismo

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    Servicio competente

    Asistencia técnica

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