Gobierno de la Rioja

  • Tiene por objeto financiar los gastos corrientes derivados de la realización de un estudio de investigación individual sobre un tema arnedano.

  • Tiene por objeto financiar los gastos corrientes derivados de la realización, por parte de un equipo de investigadores, de un estudio de investigación sobre un tema arnedano

  • Tiene por objeto financiar los gastos corrientes derivados de la realización, por parte de un equipo de investigadores, de un estudio sobre el yacimiento de Contrebia Leucade

  • Tiene por objeto financiar los gastos corrientes derivados de la realización de un estudio de investigación individual sobre el yacimiento de Contrebia Leucade

    Requisitos

    Beneficiarios

    Personas individuales cuyo fin primordial sea la investigación y que cumplan los siguientes requisitos:

    • Ser español o extranjero residente en España. En este último caso, deberá aportarse certificación del empadronamiento en algún municipio español.
    • Estar en posesión del título de doctor, grado, licenciado, ingeniero o arquitecto superior, diplomado, ingeniero o arquitecto técnico, o equivalente, con anterioridad a la fecha de conclusión del plazo de presentación de solicitudes.
    • Estar inscrito o haber solicitado la inscripción en el Registro de Investigación y Desarrollo Tecnológico de la Comunidad Autónoma de La Rioja, con anterioridad a la fecha de conclusión del plazo de presentación de solicitudes.

    Documentación

    • Solicitud
    • La solicitud deberá ir acompañada de la siguiente documentación:

    1. Fotocopia del DNI del solicitante.
    2. Título de doctor, grado, licenciado, ingeniero o arquitecto superior, diplomado, ingeniero o arquitecto técnico, o equivalente y Certificado académico personal, acreditados mediante fotocopia compulsada por el mismo ente expedidor o funcionario del IER, o mediante declaración responsable del interesado en el sentido de la autenticidad de las copias aportadas, referidos a cada solicitante y, en su caso, a cada uno de los miembros del equipo de investigación. Para solicitar ayudas a investigadores profesionales, se presumirá la profesionalidad de cuantos presenten el Título de Doctor, en cuyo caso quedarán eximidos de la obligación de presentar cualquier otro título y la Certificación Académica personal. Cuando el solicitante fuera extranjero, deberá aportar, en original o en copia compulsada, el documento de homologación del Título correspondiente, salvo que éste fuera reconocido por disposición normativa del ordenamiento jurídico español.
      • Para solicitar ayudas a investigadores profesionales, se presumirá la profesionalidad de cuantos presenten el Título de Doctor, en cuyo caso quedarán eximidos de la obligación de presentar el de Licenciado y la Certificación Académica personal.
      • Cuando el solicitante fuera extranjero, deberá aportar, en original o en copia compulsada, el documento de homologación del Título correspondiente, salvo que éste fuera reconocido por disposición normativa del ordenamiento jurídico español.
    3. Memoria relativa al estudio o investigación programada con el siguiente contenido mínimo:
    • Interés de la investigación que se plantea.
    • Objetivos que se propone alcanzar.
    • Materiales a emplear y metodología a seguir.
    • Esquema de trabajo planteado.
    • Estado de los estudios existentes sobre el tema que se propone.
    • Bibliografía básica inicial para el estudio.
    • Presupuesto detallado.
  • Declaración relativa a las Ayudas o Becas que con el mismo objeto se hubieran solicitado u obtenido de esta u otras Administraciones Públicas o de otros Entes públicos o privados, nacionales o internacionales.
  • Informe relativo al lugar en que se desarrollará el trabajo, incluyendo la aceptación expresa de la persona o entidad titular del mismo.
  • En los casos de ayudas a postgraduados, informe de aval científico emitido por persona que ostente el grado académico de Doctor.
  • Declaración responsable del beneficiario de la ayuda de que no incurre en ninguna de las prohibiciones señaladas en el artículo 13 de la Ley 38/2003, General de Subvenciones (Anexo I o Anexo II).
  • Declaración responsable del beneficiario de no tener deudas pendientes por reintegro de subvenciones en periodo ejecutivo (Anexo I o Anexo II).
  • Declaración responsable del beneficiario de que asume todas las obligaciones establecidas en el Decreto 14/2006, de 16 de febrero, así como en la Orden por la que se regulan las bases de las Ayudas (Anexo I o Anexo II).
  • Aportación de documentos junto con la solicitud

    Si el trámite se hace de forma presencial

    Salvo que los documentos originales deban obrar en el procedimiento, los ciudadanos tendrán derecho a aportar -en lugar de copia compulsada- copias de los mismos cuya fidelidad quedará garantizada mediante la aportación de declaración responsable del interesado, sin perjuicio de la posterior facultad de comprobación por parte de la Administración.

    El modelo de declaración responsable se encuentra disponible en Oficinas de Registro

    Si se hace de manera electrónica

    Escanee la documentación y adjúntela a la solicitud.

    Modelo de solicitud individual ( 38 Kb)
    Modelo de justificación ( 140.4 Kb)
    Consentimiento para la notificación electrónica ( 37 Kb)
    Solicitud de cambio de medio de notificación ( 128.8 Kb)
    Sujetos obligados a recibir notificación electrónica ( 37 Kb)

Cómo tramitarlo

La presentación de solicitudes se podrá realizar de dos formas:

De forma electrónica desde el botón Tramitar

De forma presencial a través de:

Si desea información sobre otros lugares de presentación de solicitudes, póngase en contacto con el Servicio de  Atención al Ciudadano

Téngase en cuenta que el artículo 14.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, establece la obligatoriedad de la gestión electrónica para determinados sujetos como, por ejemplo, las personas jurídicas: ver sujetos obligados

Plazos

  • Plazo de presentación de solicitudes

    Un mes, a partir del día siguiente al de la publicación del extracto de la convocatoria en el Boletín Oficial de La Rioja (Fecha de publicación 10 de marzo de 2017)

    El plazo comienza el 11 de marzo y finaliza el 10 de abril de 2017

  • Plazo de resolución y notificación
    Seis meses, contados desde la publicación de la resolución de convocatoria en el BOR. Convocatoria desierta

Más información

  • Normativa:

    Orden 21/2013, de 10 de julio, de la Consejería de Educación, Cultura y Turismo, por la que se aprueban las bases reguladoras de la concesión de una ayuda para el estudio del yacimiento de Contrebia Leucade

    Resolución 15/2017, de 21 de febrero, de la Presidencia del Instituto de Estudios Riojanos para la convocatoria y aprobación del gasto correspondiente a la concesión de una Ayuda para el estudio del Yacimiento de Contrebia Leucade. Año 2017-2018 (Texto íntegro de la Resolución)

    Resolución 15/2017, de 21 de febrero, Extracto de la Resolución de convocatoria

  • Sentido de silencio (silencio administrativo):
    Negativo
  • Recurso que procede:
    Reposición Potestativo/Contencioso Administrativo
  • Tasas: No tiene tasa
  • Notificaciones

    Organismo

    Contacto

    Ponemos a su disposición la relación de contactos asociados a esta gestión.

    Instituto de Estudios Riojanos

    • María Azucena Calvo Aedo
    • María Ángeles Giménez Sánchez

  • El objeto de las ayudas es favorecer la preparación de nuevas estrategias de desarrollo rural, sufragando los gastos derivados de asistencias técnicas y estudios necesarios para la elaboración de las estrategias de desarrollo local participativas.

    Requisitos

    Beneficiarios

    Los Grupos de Acción Local presentes en La Rioja.

    Gastos subvencionables

    1. Los gastos necesarios para la preparación de las estrategias de desarrollo local participativas.
    2. En caso de imputar sueldo de trabajadores, deberá justificarse mediante memoria al efecto donde consten las tareas realizadas aportando contrato de trabajo.
    3. Los gastos de desplazamiento, manutención y alojamiento solo serán elegibles para aquellas personas que tengan vinculación contractual con el Grupo de Acción Local.

    La cuantía máxima individual por beneficiario será de 49.000 euros.

    No serán subvencionables los siguientes gastos:

    1. Gastos correspondientes del Responsable Administrativo Financiero.
    2. Gastos relacionados con sedes sociales de los GAL.
    3. Indemnizaciones por asistencia a reuniones, excepto los indicados en el punto 3.
    4. Impuestos.
    5. Gastos financieros.

    Documentación

    • Solicitud
    • La solicitud de estas ayudas se acompañará de un presupuesto de los gastos. Dicha memoria contendrá la relación de las actividades a realizar con una estimación de los gastos de cada una de ellas.

      Para la justificación de gastos se presentará:

      • Facturas originales y fotocopia compulsada, así como la justificación de pago de las mismas.
      • Cuenta justificativa (descargar en el apartado de impresos).
      • En el caso de imputar sueldo de trabajadores, justificación de las tareas realizadas por los mismos
      • El beneficiario de las ayudas deberá presentar, como mínimo, tres ofertas de diferentes proveedores cuando el importe del gasto subvencionable supere la cuantía de 18.000 euros en el caso de servicios o suministro de material o equipamiento o los 50.000 euros en los supuestos de ejecución de obra, salvo que se justifique que por las especiales características de los gastos subvencionables no exista en el mercado suficiente número de entidades que los suministren o los presten, de acuerdo con lo previsto en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

       

      Aportación de documentos junto con la solicitud

      Si el trámite se hace de forma presencial

      Salvo que los documentos originales deban obrar en el procedimiento, los ciudadanos tendrán derecho a aportar -en lugar de copia compulsada- copias de los mismos cuya fidelidad quedará garantizada mediante la aportación de declaración responsable del interesado, sin perjuicio de la posterior facultad de comprobación por parte de la Administración.

      El modelo de declaración responsable se encuentra disponible en Oficinas de Registro

      Si se hace de manera electrónica

      Escanee la documentación y adjúntela a la solicitud.

      Modelo de solicitud ( 836.1 Kb)
      Cuenta justificativa ( 261.1 Kb)
      Solicitud de pago ( 188 Kb)
      Ficha de terceros ( 105.7 Kb)

    Cómo tramitarlo

    La presentación de solicitudes se podrá realizar de dos formas:

    De forma electrónica desde el botón Tramitar

    De forma presencial a través de:

    Si desea información sobre otros lugares de presentación de solicitudes, póngase en contacto con el Servicio de  Atención al Ciudadano

    Téngase en cuenta que el artículo 14.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, establece la obligatoriedad de la gestión electrónica para determinados sujetos como, por ejemplo, las personas jurídicas: ver sujetos obligados

    Plazos

    • Plazo de presentación de solicitudes

      Veinte días hábiles desde el día siguiente al de la publicación de la convocatoria (Publicación BOR: 8 de enero de 2015)

      Fin de plazo: 1 de febrero de 2015.

    • Plazo de resolución y notificación
      La resolución de concesión o denegación de las ayudas se notificará antes de que transcurran seis meses desde el inicio del procedimiento.

    Más información

    • Normativa:

      Orden 6/2015, de 30 de marzo, de la Consejería de Agricultura, Ganadería y Medio Ambiente, por la que se establece la convocatoria pública para la selección de Grupos de Acción Local que gestionarán en la Comunidad Autónoma de La Rioja las estrategias de desarrollo rural en el periodo 2014-2020 y se establecen las bases de su ayuda preparatoria.

      Resolución 1630/2015, de 30 de diciembre, de la Consejería de Agricultura, Ganadería y Medio Ambiente, por la que se aprueba la convocatoria pública 2016 de la ayuda preparatoria para la realización de la estrategia local participativa LEADER

    • Sentido de silencio (silencio administrativo):
      Negativo
    • Recurso que procede:
      Reposición Potestativo/Contencioso Administrativo
  • Tasas: No tiene tasa
  • Notificaciones

    Organismo

    Contacto

    Ponemos a su disposición la relación de contactos asociados a esta gestión.

    Servicio competente

  • Establecer las bases reguladoras que regirán el programa de ayudas Bono Infantil destinado a la escolarización del alumnado de 0 a 3 años, matriculado en escuelas infantiles municipales y en centros docentes privados autorizados para impartir el primer ciclo de educación infantil, de la Comunidad Autónoma de La Rioja.

    Requisitos

    Beneficiarios: Escuelas infantiles municipales y los centros docentes privados autorizados para impartir el primer ciclo de educación infantil de la Comunidad Autónoma de La Rioja. El destinatario último de estas ayudas será el alumnado matriculado que tendrá financiado el coste de su escolarización, en los términos que se fijan en la orden reguladora de las bases y en los que se determinan en esta convocatoria.

    Los solicitantes de estas subvenciones deberán cumplir a la fecha de publicación de la convocatoria en el Boletín Oficial de La Rioja, los requisitos detallados en artículo 3 de la Orden EDU/23/2019, de 24 de mayo.

    Requisitos del alumno para ser destinatario del Bono Infantil:

    1. Estar escolarizado en alguno de los siguientes cursos del primer ciclo de educación infantil.

    En los municipios de menos de 5.000 habitantes, el Bono Infantil se implantará en los tres cursos del primer ciclo de educación infantil, afectando a las siguientes unidades de 0 a 3 años:

    a) Unidades escolares ?puras?

    1. Unidades para niños de 0 a 1 años.
    2. Unidades para niños de 1 a 2 años.
    3. Unidades para niños de 2 a 3 años.

    b) Unidades escolares que agrupen a niños de distintas edades (?Mixtas?)

    1. Unidades "mixtas" que agrupen niños de 0 y 1 años
    2. Unidades "mixtas" que agrupen niños de 1 y 2 años
    3. Unidades "mixtas" que agrupen niños de 0, 1 y 2 años.

    2. En los municipios de 5.000 o más habitantes, de la Comunidad Autónoma de La Rioja, el Bono Infantil se implantará en el tercer curso del primer ciclo de educación infantil, afectando a las siguientes unidades escolares:

    a) Unidades escolares ?puras? para niños de 2 a 3 años.

    b) Unidades escolares que agrupen a niños de distintas edades (?Mixtas?)

    1. Unidades "mixtas" que agrupen niños de 1 y 2 años.
    2. Unidades "mixtas" que agrupen niños de 0, 1 y 2 años.

    2. Solo puede ser destinatario de un único Bono Infantil.

    3. Todos los miembros de la unidad familiar deben estar empadronados en la Comunidad Autónoma de La Rioja.

    4. Asistir al centro privado o escuela infantil de forma habitual y constante, durante al menos el horario mínimo subvencionable y como mínimo un mes natural completo.

    Cuantía de las ayudas:

    Dos tipos de horarios subvencionables:

    Documentación

    Cómo tramitarlo

    La presentación de solicitudes se realizará:

    *De forma electrónica desde el botón Tramitar

    Téngase en cuenta que el artículo 14.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, establece la obligatoriedad de la gestión electrónica para determinados sujetos como, por ejemplo, las personas jurídicas: ver sujetos obligados

    Plazos

    Más información

  • Tasas: No tiene tasa
  • Notificaciones

    Organismo

    Contacto

    Ponemos a su disposición la relación de contactos asociados a esta gestión.

    Servicio de Enseñanzas Concertadas y Subvenciones Educativas

    Óscar María Puente 35378

    Álvaro Peña Ulecia 35683

  • Aumentar la competitividad y la orientación al mercado del sector, para contribuir a una producción sostenible que sea competitiva tanto en el mercado interior como en los mercados exteriores; reducir las fluctuaciones que sufren las rentas de los productores como consecuencia de las crisis del mercado e incrementar el consumo de frutas y hortalizas en la Comunidad y proseguir los esfuerzos realizados por el sector para conservar y proteger el medio ambiente.

  • Ayudas destinadas a entidades locales con una población inferior a 25.000 habitantes para la instalación de puntos de recarga de vehículos eléctricos de uso público y libre acceso en suelo urbano de La Rioja.

    Requisitos

    Beneficiarios
    Entidades locales con una población inferior a 25.000 habitantes

    Objeto

    Las actuaciones objeto de subvención son la instalación de puntos de recarga semi rápida de vehículos eléctricos para uso público, que deberán estar situados en espacios públicos catalogados como suelo urbano de La Rioja y ser de libre acceso.

    Actuaciones Subvencionables

    La instalación de un punto de recarga semi rápida para vehículos eléctricos de única o de doble toma, ubicados en suelo urbano de La Rioja, incluyendo la obra civil, el cableado y su instalación desde el cuadro eléctrico final del que deriva el circuito hasta el punto de conexión, y el propio punto de conexión para la recarga.

    Los gastos de honorarios del proyecto, dirección de obra y otros gastos inherentes a la inversión e imprevistos serán subvencionables hasta un 8% del presupuesto de ejecución material del proyecto.

    Cuantía subvencionable

    La cuantía subvencionable vendrá determinada por el presupuesto de la memoria valorada o proyecto, con una cuantía equivalente al 90%, siendo el importe máximo subvencionable por beneficiario de 12.000 euros por punto de recarga semi rápida tipo pilona de doble toma, 10.000 euros por punto de recarga semi rápida de tipo pilona y toma única y 4.000 euros por punto de recarga de tipo pared.

    Documentación

    1. En caso de que la solicitud no se realice electrónicamente por la propia entidad local, documento acreditativo de la representación que ostenta la persona física que la presente.
    2. Ficha de alta a terceros según Anexo II, excepto si obra en poder de la administración y no ha sufrido modificación alguna. .
    3. Certificación acreditativa del acuerdo o resolución del órgano municipal competente donde conste la decisión de solicitar la subvención y compromiso de financiar el gasto no amparado por la subvención que pudiera obtenerse.
    4. Certificado emitido por el secretario/interventor municipal en el que se acredite que la inversión propuesta cumple con el plan de estabilidad presupuestaria.
    5. Certificación de la intervención local sobre el periodo medio de pago a proveedores.
    6. Memoria valorada o proyecto según el Reglamento Electrotécnico de Baja Tensión y de la parte aplicable de la norma UNE-EN 61851, justificación de la elección de la ubicación del punto de recarga, características del punto, tipo de vehículo que se puede cargar, y sistema de gestión y control.
    7. Declaración responsable suscrita por el representante de la entidad donde conste detallado que la entidad solicitante:
      1. No se encuentra en ninguna de las situaciones previstas en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, haciendo mención expresa respecto a la inexistencia o fiel cumplimiento de sus obligaciones de reintegro de otras subvenciones o ayudas, conforme a los términos establecidos en el artículo 21 del Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley General de Subvenciones.
      2. No ha solicitado o recibido otras ayudas para la misma actuación o finalidad o, si las ha solicitado, se indique el importe de la ayuda solicitada y, si es el caso, obtenida, así como la Administración, organismo o entidad pública concedente.
      3. No estar incursa en ninguno de los supuestos regulados en el artículo 53 del Texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales ni en los regulados en el artículo 13.5 de la Ley Orgánica 2/2012, de 27 de abril, de Estabilidad Presupuestaria y Sostenibilidad Financiera.

    Modelo de solicitud ( 65.5 Kb)

    Protocolo de actuación de la ayuda ( 66.4 Kb)

    Sujetos obligados a recibir notificación electrónica ( 37 Kb)

    Cómo tramitarlo

    La presentación de solicitudes se podrá realizar:

    De forma electrónica desde el botón Tramitar

    Téngase en cuenta que el artículo 14.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, establece la obligatoriedad de la gestión electrónica para determinados sujetos como, por ejemplo, las personas jurídicas: ver sujetos obligados

    Plazos

    Más información

  • Tasas: No tiene tasa
  • Notificaciones

    Organismo

    Contacto

    Ponemos a su disposición la relación de contactos asociados a esta gestión.

    Servicio competente

    Servicio de Integración Ambiental

    Asistencia técnica

  • Ayudas destinadas a Ayuntamientos para adquirir equipamiento urbano y otros productos fabricados con residuos de plástico y residuos de envases de plástico generados en la Comunidad Autónoma de La Rioja.

    Requisitos

    Beneficiarios
    Ayuntamientos de la Comunidad Autónoma de La Rioja.

    Actuaciones Subvencionables

    • La adquisición de equipamiento urbano y otros productos fabricados con residuos de plástico y residuos de envases de plástico generados en la Comunidad Autónoma.

    No es objeto de subvención la obra civil asociada a la colocación del equipamiento urbano y otros productos fabricados con residuos de plástico reciclado.

    No serán subvencionables aquellas actuaciones propuestas por los Ayuntamientos que no se ajusten a los objetivos de la ayuda, en especial, cuando pudieran afectar negativamente a infraestructuras, bienes de terceros, o bien provocar impactos paisajísticos o medioambientales negativos.

    Documentación

    • Solicitud
    • La solicitud deberá ir acompañada de los documentos que se detallan a continuación:

    1. Memoria descriptiva del equipamiento urbano y otros productos fabricados con residuos de plástico y residuos de envases de plástico generados en la Comunidad Autónoma.
    2. Presupuesto del equipamiento urbano y otros productos fabricados con residuos de plástico y residuos de envases de plástico generados en la Comunidad Autónoma emitida por el proveedor.

    Aportación de documentos junto con la solicitud

    Si el trámite se hace de forma presencial

    Salvo que los documentos originales deban obrar en el procedimiento, los ciudadanos tendrán derecho a aportar -en lugar de copia compulsada- copias de los mismos cuya fidelidad quedará garantizada mediante la aportación de declaración responsable del interesado, sin perjuicio de la posterior facultad de comprobación por parte de la Administración.

    El modelo de declaración responsable se encuentra disponible en Oficinas de Registro

    Si se hace de manera electrónica

    Escanee la documentación y adjúntela a la solicitud.

    Modelo de solicitud ( 440.4 Kb)
    Protocolo de actuación de la ayuda ( 66.4 Kb)
    Consentimiento para la notificación electrónica ( 37 Kb)
    Solicitud de cambio de medio de notificación ( 128.8 Kb)
    Sujetos obligados a recibir notificación electrónica ( 37 Kb)

    Cómo tramitarlo

    La presentación de solicitudes se podrá realizar de dos formas:

    De forma electrónica desde el botón Tramitar

    De forma presencial a través de:

    Si desea información sobre otros lugares de presentación de solicitudes, póngase en contacto con el Servicio de  Atención al Ciudadano

    Téngase en cuenta que el artículo 14.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, establece la obligatoriedad de la gestión electrónica para determinados sujetos como, por ejemplo, las personas jurídicas: ver sujetos obligados

    Plazos

    • Plazo de presentación de solicitudes

      Fin de plazo: 30 de mayo de 2014.

    Más información

    • Normativa:
    • Sentido de silencio (silencio administrativo):
      Según normativa aplicable
    • Recurso que procede:
      Reposición Potestativo/Contencioso Administrativo
  • Tasas: No tiene tasa
  • Notificaciones

    Organismo

    Contacto

    Ponemos a su disposición la relación de contactos asociados a esta gestión.

    Servicio competente

    Servicio de Gestión y Control de Residuos

  • Ayudas para el desarrollo de iniciativas emblemáticas para el reto demográfico.

    Requisitos

    Beneficiarios

    1. Podrá ser beneficiaria de las ayudas cualquier persona física o jurídica de naturaleza pública o privada.
    2. Destacando la importancia del desarrollo de las iniciativas emblemáticas en entornos colaborativos, en cada iniciativa deberán intervenir junto al solicitante, otros dos agentes que se comprometan con la ajecución d ela iniciativa. Estos agentes, en adelante agentes cooperadores, qeu nuevamente podrán tener naturaleza pública o privada, suscribirán una carta de apoyo al proyecto, describiendo la aportación de medios que en su caso realizarán. El Gobierno de La Rioja puede figurar como uno de estos agentes cooperadores, a través de aquellas Consejerías que estén implicadas sectorialmente en la iniciativa, si bien en este caso se declara incompatible cualquier ayuda complementaria a la solicitada en la iniciativa. Estos agentes cooperadores no tendrán en ningún caso la condición de beneficiarios de la ayuda, no pudiendo percibir el importe de la misma, no siendo tampoco entidad cocolaboradora a efectos de lo previsto en la normativa vigente en materia de subvenciones.

    Documentación

    1. Ficha de alta de terceros, excepto si obra en poder de la administración y no ha sufrido modificación alguna.
    2. Solicitud, debidamente firmada por el agente de la iniciativa según modelo señalado en el anexo que se adjunte a la convocatoria.
    3. Documento de compromiso con la iniciativa de los agentes cooperadores en el que se explicite el contenido y alcance de la colaboración, según modelo anexo que se adjunte a la convocatoria.
    4. Memoria técnica de la iniciativa emblemática en la que se especifiquen detalladamente las líneas generales de la misma que deberá tener el contenido del anexo correspondiente de la convocatoria.
    5. Memoria económica de la iniciativa emblemática en la que se desglosen las diferentes partidas de los ingresos y los gastos previstos en el desarrollo de la misma que deberá tener el contenido señalado en el anexo adjunto a la convocatoria.
    6. Cada iniciativa emblemática deberá tener un presupuesto mínimo de 30.000 euros y detallar la cuantía de las aportaciones privadas, o de otras administraciones públicas.
    7. Declaración expresa del solicitante de las ayudas solicitadas y/o concedidas con la misma finalidad.

    Modelo de solicitud ( 1040 Kb)

    Documento de compromiso con la iniciativa (carta de apoyo iniciativa) ( 1007 Kb)

    Memoria técnica de la iniciativa emblemática ( 1010 Kb)

    Memoria económica de la iniciativa emblemática ( 1015 Kb)

    Informe justificativo final ( 1013.5 Kb)

    Ficha Alta Terceros ( 148.9 Kb)

    Solicitud autorización subcontratación ( 1029 Kb)

    Cómo tramitarlo

    La presentación de solicitudes se podrá realizar de dos formas:

    De forma electrónica desde el botón Tramitar

    De forma presencial a través de:

    Si desea información sobre otros lugares de presentación de solicitudes, póngase en contacto con el Servicio de Atención al Ciudadano

    Téngase en cuenta que el artículo 14.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, establece la obligatoriedad de la gestión electrónica para determinados sujetos como, por ejemplo, las personas jurídicas: ver sujetos obligados

    Plazos

    Más información

  • Tasas: No tiene tasa
  • Notificaciones

    Organismo

    Contacto

    Ponemos a su disposición la relación de contactos asociados a esta gestión.

    Servicio competente

    Daniel del Río de Pablo. Tf. 941 29 1 100 (Ext. 33336)

    Asistencia técnica

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    Expansión
    EFE Emprende
    CuatroCasas Telefonica

    Empresa participante en Cuatrecasas ACELERA en colaboración con Telefónica Open Future.