Ayudas Bono Infantil
Establecer las bases reguladoras que regirán el programa de ayudas Bono Infantil destinado a la escolarización del alumnado de 0 a 3 años, matriculado en escuelas infantiles municipales y en centros docentes privados autorizados para impartir el primer ciclo de educación infantil, de la Comunidad Autónoma de La Rioja.
Requisitos
Beneficiarios: Escuelas infantiles municipales y los centros docentes privados autorizados para impartir el primer ciclo de educación infantil de la Comunidad Autónoma de La Rioja. El destinatario último de estas ayudas será el alumnado matriculado que tendrá financiado el coste de su escolarización, en los términos que se fijan en la orden reguladora de las bases y en los que se determinan en esta convocatoria.
Los solicitantes de estas subvenciones deberán cumplir a la fecha de publicación de la convocatoria en el Boletín Oficial de La Rioja, los requisitos detallados en artículo 3 de la Orden EDU/23/2019, de 24 de mayo.
Requisitos del alumno para ser destinatario del Bono Infantil:
1. Estar escolarizado en alguno de los siguientes cursos del primer ciclo de educación infantil.
En los municipios de menos de 5.000 habitantes, el Bono Infantil se implantará en los tres cursos del primer ciclo de educación infantil, afectando a las siguientes unidades de 0 a 3 años:
a) Unidades escolares ?puras?
- Unidades para niños de 0 a 1 años.
- Unidades para niños de 1 a 2 años.
- Unidades para niños de 2 a 3 años.
b) Unidades escolares que agrupen a niños de distintas edades (?Mixtas?)
- Unidades "mixtas" que agrupen niños de 0 y 1 años
- Unidades "mixtas" que agrupen niños de 1 y 2 años
- Unidades "mixtas" que agrupen niños de 0, 1 y 2 años.
2. En los municipios de 5.000 o más habitantes, de la Comunidad Autónoma de La Rioja, el Bono Infantil se implantará en el tercer curso del primer ciclo de educación infantil, afectando a las siguientes unidades escolares:
a) Unidades escolares ?puras? para niños de 2 a 3 años.
b) Unidades escolares que agrupen a niños de distintas edades (?Mixtas?)
- Unidades "mixtas" que agrupen niños de 1 y 2 años.
- Unidades "mixtas" que agrupen niños de 0, 1 y 2 años.
2. Solo puede ser destinatario de un único Bono Infantil.
3. Todos los miembros de la unidad familiar deben estar empadronados en la Comunidad Autónoma de La Rioja.
4. Asistir al centro privado o escuela infantil de forma habitual y constante, durante al menos el horario mínimo subvencionable y como mínimo un mes natural completo.
Cuantía de las ayudas:
Dos tipos de horarios subvencionables:
- Tipo 1: Cuatro horas mínimo sin servicio de comedor: 260 euros mes.
- Tipo 2: Cuatro horas y media mínimo con servicio de comedor: 350 euros mes.
Documentación
- Solicitud, escrito o comunicación
La solicitud deberá ir acompañada de los siguientes documentos:
a) Relación nominal de alumnos matriculados que cumplan los requisitos exigidos en el artículo 4 de la orden, junto con el libro de familia, o documento equivalente y el volante de empadronamiento de la unidad familiar de fecha de expedición no anterior al 27 de mayo de 2019, y la indicación del horario de asistencia al centro o escuela.
b) Certificado sobre el precio mensual por alumno de las jornadas que comprendan cuando menos el horario de cuatro horas sin comedor.
En el caso de escuelas infantiles municipales se deberá presentar un certificado del interventor de la corporación local u órgano de control equivalente, que acredite el precio público correspondiente. Junto con el mismo deberán presentar las ordenanzas municipales que regulen el precio público y la ordenanza que regule la organización y el funcionamiento de la escuela infantil o, en su caso, un acuerdo del pleno.
Sólo en el caso de que la gestión de una escuela infantil se realice a través de alguna modalidad de gestión indirecta y no se disponga de ordenanzas o, en su caso, un acuerdo del pleno que regule el precio público, el titular de la escuela aportará el documento equivalente que acredite el precio de las jornadas correspondientes, junto con un certificado que acredite la relación jurídica con la entidad que gestiona la escuela.
c) Certificado que acredite que la totalidad del personal está dado de alta en el régimen de la Seguridad Social y que se cumple, respecto del mismo, la normativa en materia de protección del menor.
d) Declaración responsable del solicitante acerca de las ayudas y subvenciones que, en su caso, haya obtenido con la misma finalidad con expresión de la cuantía y la entidad concedente.
e) Declaración acreditativa de estar al corriente en el cumplimiento de las obligaciones por reintegro de subvenciones y que no está incursa en ninguna de las prohibiciones previstas en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
f) Certificado de estar al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social, así como en relación con los demás recursos de naturaleza pública cuya recaudación corresponda a la Comunidad Autónoma de La Rioja.
De acuerdo con lo establecido en el artículo 28 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, los interesados tienen derecho a no aportar documentos que ya se encuentren en poder de la Administración actuante o hayan sido elaborados por cualquier otra Administración. La administración actuante recabará dichos documentos, salvo que el interesado se opusiera a ello. En este caso, deberá aportarse la documentación correspondiente.
Solicitud inicial del procedimiento ( 57.1 Kb)
Certificado del Precio según Jornada ( 90 Kb)
Certificado de alta en Seguridad Social del personal ( 102 Kb)
Certificación negativa de Registro de delincuentes sexuales ( 104 Kb)
Declaración responsable de existencia o no existencia de otras ayudas ( 106.5 Kb)
Certificado Interventor del precio Publico segun Jornada ( 86.5 Kb)
Cómo tramitarlo
La presentación de solicitudes se realizará:
*De forma electrónica desde el botón Tramitar
Téngase en cuenta que el artículo 14.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, establece la obligatoriedad de la gestión electrónica para determinados sujetos como, por ejemplo, las personas jurídicas: ver sujetos obligados
Plazos
- Plazo de presentación de solicitudes
Las solicitudes se presentarán en el plazo de 10 días hábiles desde la publicación del extracto de la resolución de convocatoria en el BOR. El plazo comienza desde el 27 de junio al 10 de julio.
Excepcionalmente existe un plazo de presentación de solicitudes extraordinario para los alumnos que se matriculen en el curso o escuela a lo largo del curso escolar. Durante los primeros cinco días del mes siguiente al de formalización de la matrícula, el centro introducirá las altas del nuevo alumnado en la aplicación informática habilitada.
- Plazo de resolución y notificación
La resolución de concesión se publicará en el Tablón de anuncios virtual de la sede electrónica del Gobierno de La Rioja (www.larioja.org/tablondeanuncios), en el plazo máximo de seis meses a contar desde el día siguiente a la publicación del extracto de la resolución de convocatoria en el Boletín Oficial de La Rioja.
Más información
- Normativa:
Orden EDU/23/2019, de 24 de mayo, de la Consejería de Educación, Formación y Empleo, por la que se establecen las bases reguladoras del programa de ayudas Bono Infantil, destinado a la escolarización del alumnado en el primer ciclo de educación infantil en la Comunidad Autónoma de La Rioja.
Resolución de 20 de junio de 2019, del Consejero de Educación, Formación y Empleo, por la que se convoca en el Curso 2019-2020 el programa de ayudas Bono Infantil, destinado a la escolarización del alumnado en el primer ciclo de educación infantil en la Comunidad Autónoma de La Rioja.
- Sentido de silencio (silencio administrativo):
Negativo
- Recurso que procede:
Reposición Potestativo/Contencioso Administrativo
La resolución de concesión que se dicte pondrá fin a la vía administrativa. Contra ella podrán los interesados interponer recurso potestativo de reposición ante el mismo órgano que las dictó, en el plazo de un mes desde el día siguiente a su publicación en el Boletín Oficial de La Rioja, de acuerdo con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, o, en su caso, podrán interponer directamente recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses desde el día siguiente a su notificación
- Otros enlaces:
Acceso a aplicación informática Bono Infantil
Notificaciones
La regulación sobre las notificaciones está contenida en los artículos 40 a 45 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre del Procedimiento administrativo común de las Administraciones Públicas.
Téngase en cuenta que para acceder a la notificación electrónica será necesario disponer de un DNI electrónico o disponer de uno de los certificados reconocidos por el Gobierno de la Rioja. Información sobre firma electrónica.
Organismo
- Consejería competente: Consejería de Educación y Cultura
- Órgano competente: Dirección General de Educación
- Unidad tramitadora: Servicio de Enseñanza Concertada
- Cargo que resuelve: Consejero de Educación, Formación y Empleo
Contacto
Ponemos a su disposición la relación de contactos asociados a esta gestión.
Servicio de Enseñanzas Concertadas y Subvenciones Educativas
Óscar María Puente 35378
Álvaro Peña Ulecia 35683
Oficinas de la administración
Instituto de la Vivienda de La Rioja, S.A.
Calle General Urrutia 10-12, 26005, Logroño
Instituto de Educación Secundaria Batalla de Clavijo
Calle General Urrutia 4, 26005, Logroño
Centro de Día Ciudad de Arnedo de Arnedo
Avenida Polideportivo 18, 26580, Arnedo
Instituto de Educación Secundaria Ciudad de Haro
Calle El Mazo 11, 26200, Haro
Servicio de Comercio
Calle Marqués de la Ensenada 13-15, 26003, Logroño
Sección de Colocación y de Asesoramiento a Empresas
Calle Calvo Sotelo 28, 26003, Logroño
Sección de Inserción Laboral y Desarrollo Local
Calle Presidente Leopoldo Calvo Sotelo 8-10, 26003, Logroño
Servicio de Defensa de la Naturaleza, Caza y Pesca
Calle Prado Viejo 62 bis, 26007, Logroño
Oficina de Atención al Ciudadano de Santo Domingo de la Calzada
Calle Sor María de Leiva 14-16, 26250, Santo Domingo de la Calzada
Instituto de Educación Secundaria Inventor Cosme García
Calle República Argentina 68, 26006, Logroño
Oficina de Empleo de Logroño
Calle Calvo Sotelo 27, 26003, Logroño
Sección de Coordinación y Promoción Deportiva
Calle Muro de Francisco de la Mata 8, 26005, Logroño