Ayudas a Ayuntamientos para fomento de movilidad sostenible
Ayudas destinadas a entidades locales con una población inferior a 25.000 habitantes para la instalación de puntos de recarga de vehículos eléctricos de uso público y libre acceso en suelo urbano de La Rioja.
Requisitos
Beneficiarios
Entidades locales con una población inferior a 25.000 habitantes
Objeto
Las actuaciones objeto de subvención son la instalación de puntos de recarga semi rápida de vehículos eléctricos para uso público, que deberán estar situados en espacios públicos catalogados como suelo urbano de La Rioja y ser de libre acceso.
Actuaciones Subvencionables
La instalación de un punto de recarga semi rápida para vehículos eléctricos de única o de doble toma, ubicados en suelo urbano de La Rioja, incluyendo la obra civil, el cableado y su instalación desde el cuadro eléctrico final del que deriva el circuito hasta el punto de conexión, y el propio punto de conexión para la recarga.
Los gastos de honorarios del proyecto, dirección de obra y otros gastos inherentes a la inversión e imprevistos serán subvencionables hasta un 8% del presupuesto de ejecución material del proyecto.
Cuantía subvencionable
La cuantía subvencionable vendrá determinada por el presupuesto de la memoria valorada o proyecto, con una cuantía equivalente al 90%, siendo el importe máximo subvencionable por beneficiario de 12.000 euros por punto de recarga semi rápida tipo pilona de doble toma, 10.000 euros por punto de recarga semi rápida de tipo pilona y toma única y 4.000 euros por punto de recarga de tipo pared.
Documentación
- Solicitud
La solicitud deberá ir acompañada de los documentos que se detallan a continuación:
- En caso de que la solicitud no se realice electrónicamente por la propia entidad local, documento acreditativo de la representación que ostenta la persona física que la presente.
- Ficha de alta a terceros según Anexo II, excepto si obra en poder de la administración y no ha sufrido modificación alguna. .
- Certificación acreditativa del acuerdo o resolución del órgano municipal competente donde conste la decisión de solicitar la subvención y compromiso de financiar el gasto no amparado por la subvención que pudiera obtenerse.
- Certificado emitido por el secretario/interventor municipal en el que se acredite que la inversión propuesta cumple con el plan de estabilidad presupuestaria.
- Certificación de la intervención local sobre el periodo medio de pago a proveedores.
- Memoria valorada o proyecto según el Reglamento Electrotécnico de Baja Tensión y de la parte aplicable de la norma UNE-EN 61851, justificación de la elección de la ubicación del punto de recarga, características del punto, tipo de vehículo que se puede cargar, y sistema de gestión y control.
- Declaración responsable suscrita por el representante de la entidad donde conste detallado que la entidad solicitante:
- No se encuentra en ninguna de las situaciones previstas en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, haciendo mención expresa respecto a la inexistencia o fiel cumplimiento de sus obligaciones de reintegro de otras subvenciones o ayudas, conforme a los términos establecidos en el artículo 21 del Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley General de Subvenciones.
- No ha solicitado o recibido otras ayudas para la misma actuación o finalidad o, si las ha solicitado, se indique el importe de la ayuda solicitada y, si es el caso, obtenida, así como la Administración, organismo o entidad pública concedente.
- No estar incursa en ninguno de los supuestos regulados en el artículo 53 del Texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales ni en los regulados en el artículo 13.5 de la Ley Orgánica 2/2012, de 27 de abril, de Estabilidad Presupuestaria y Sostenibilidad Financiera.
Modelo de solicitud ( 65.5 Kb)
Protocolo de actuación de la ayuda ( 66.4 Kb)
Sujetos obligados a recibir notificación electrónica ( 37 Kb)
Cómo tramitarlo
La presentación de solicitudes se podrá realizar:
De forma electrónica desde el botón Tramitar
Téngase en cuenta que el artículo 14.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, establece la obligatoriedad de la gestión electrónica para determinados sujetos como, por ejemplo, las personas jurídicas: ver sujetos obligados
Plazos
- Plazo de presentación de solicitudes
Las solicitudes se podrán presentar hasta el 15 de julio de 2019
- Otros plazos
El plazo para la realización y acreditación de las obras subvencionadas finalizará el 30 de noviembre de 2019.
Más información
- Normativa:
Orden Orden AGR/43/2018, de 28 de junio, por la que se aprueban las bases de las ayudas para fomentar proyectos de movilidad sostenible en entidades locales
Orden AGR/15/2019, de 2 de abril, por la que se modifica la Orden AGR/43/2018, de 28 de junio, por la que se aprueban las bases de las ayudas para fomentar proyectos de movilidad sostenible en entidades locales.
Resolución 990/2019, de 14 de mayo, (Extracto) por la que se aprueba la convocatoria pública para 2019 de las ayudas para el fomento de proyectos de movilidad sostenible en entidades locales
Resolución 990/2019, de 14 de mayo, (Texto completo) por la que se aprueba la convocatoria pública para 2019 de las ayudas para el fomento de proyectos de movilidad sostenible en entidades locales
Resolución de 11 de octubre de 2019, Propuesta de Resolución provisional para la concesión de ayudas para fomentar proyectos de movilidad sostenible en entidades locales
Resolución 157/2019, de 7 de noviembre, de la Consejería de Sostenibilidad y Transición Ecológica, por la que se amplía el plazo de justificación de las ayudas para fomentar proyectos de movilidad sostenible en entidades locales
- Sentido de silencio (silencio administrativo):
Según normativa aplicable
- Recurso que procede:
Reposición Potestativo/Contencioso Administrativo
Notificaciones
La regulación sobre las notificaciones está contenida en los artículos 40 a 45 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre del Procedimiento administrativo común de las Administraciones Públicas.
Téngase en cuenta que para acceder a la notificación electrónica será necesario disponer de un DNI electrónico o disponer de uno de los certificados reconocidos por el Gobierno de la Rioja. Información sobre firma electrónica.
Organismo
- Consejería competente: Consejería de Sostenibilidad y Transición Ecológica
- Órgano competente: Dirección General de Calidad Ambiental y Recursos Hídricos
- Unidad tramitadora: Servicio de Integración Ambiental
- Cargo que resuelve: Consejero/a
Contacto
Ponemos a su disposición la relación de contactos asociados a esta gestión.
Servicio competente
Servicio de Integración Ambiental
- Susana Gómez Urizarna (941 291707)
- María Victoria Salazar Romo (941291100 extensión 33593)
Oficinas de la administración
Instituto de la Vivienda de La Rioja, S.A.
Calle General Urrutia 10-12, 26005, Logroño
Instituto de Educación Secundaria Batalla de Clavijo
Calle General Urrutia 4, 26005, Logroño
Centro de Día Ciudad de Arnedo de Arnedo
Avenida Polideportivo 18, 26580, Arnedo
Instituto de Educación Secundaria Ciudad de Haro
Calle El Mazo 11, 26200, Haro
Servicio de Comercio
Calle Marqués de la Ensenada 13-15, 26003, Logroño
Sección de Colocación y de Asesoramiento a Empresas
Calle Calvo Sotelo 28, 26003, Logroño
Sección de Inserción Laboral y Desarrollo Local
Calle Presidente Leopoldo Calvo Sotelo 8-10, 26003, Logroño
Servicio de Defensa de la Naturaleza, Caza y Pesca
Calle Prado Viejo 62 bis, 26007, Logroño
Oficina de Atención al Ciudadano de Santo Domingo de la Calzada
Calle Sor María de Leiva 14-16, 26250, Santo Domingo de la Calzada
Instituto de Educación Secundaria Inventor Cosme García
Calle República Argentina 68, 26006, Logroño
Oficina de Empleo de Logroño
Calle Calvo Sotelo 27, 26003, Logroño
Sección de Coordinación y Promoción Deportiva
Calle Muro de Francisco de la Mata 8, 26005, Logroño