## Resumen Este trámite permite obtener la aprobación del proyecto de ejecución para construir, ampliar o modificar instalaciones de gas, siempre que la competencia corresponda a la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha. **Quién puede usar este servicio:** * Titulares de instalaciones de transporte secundario de gas natural. * Titulares de instalaciones de distribución de combustibles gaseosos. ## Lo que necesitas * Cumplir los requisitos técnicos y administrativos. * Tener la documentación necesaria en formato electrónico. * Realizar el pago de las tasas correspondientes. **Documentos requeridos:** * Proyecto de ejecución de las instalaciones. * Separatas técnicas (si el proyecto afecta a otras administraciones u organismos). * Justificante del pago de las tasas. **Costes:** * Tarifa 7.2 de la Ley 7/2008, de 13 de noviembre, de Regulación de Tasas en materia de Industria, Energía y Minas de Castilla-La Mancha. ## Cómo hacerlo 1. **Online:** A través de la sede electrónica de la JCCM con certificado digital o Clave de firma: [Tramitar](https://registrounicociudadanos.jccm.es/registrounicociudadanos/acceso.do?id=J9Q) 2. **Presencial:** En los lugares de presentación indicados: [lugares de presentación](https://www.jccm.es/tramites/lugares-de-presentacion) **Plazo de presentación:** Abierto todo el año. ## Después de hacerlo * El plazo de resolución es de 3 meses. * El silencio administrativo es desestimatorio. ## Ayuda * **Servicio de Alertas Informativas:** Para recibir notificaciones sobre este trámite: [Accede al Servicio de Alertas Informativas](https://www.jccm.es/servicios/alertas-informativas) * **Requisitos técnicos:** [requisitos técnicos](https://www.jccm.es/utilidades/verificacion-requisitos-tecnicos) * **Sistemas de identificación y firma admitidos:** [Sistemas de identificación y firma admitidos](https://www.jccm.es/ayuda/certificados-electronicos-admitidos) ## Información Adicional * La solicitud de aprobación del proyecto puede hacerse junto con la solicitud de autorización administrativa de la instalación. * En caso de ampliaciones de redes existentes, la autorización administrativa previa se solicitará en base a una memoria general con las previsiones anuales de construcción. El distribuidor deberá enviar un proyecto con la documentación técnica de las obras realizadas el año anterior, indicando la fecha de puesta en servicio, durante el primer trimestre de cada año.
## Resumen Este trámite permite solicitar la aprobación de proyectos para realizar sondeos o pozos para el uso de aguas subterráneas. **Quién puede usar este servicio:** * Personas físicas * Personas jurídicas ## Lo que necesitas * Ser el dueño del terreno donde se hará la extracción de agua. * Pagar las tasas correspondientes. * Tener el proyecto técnico. **Costes:** Las tasas varían según el presupuesto total del proyecto: * Hasta 6.000 euros: 138,78 euros. * De 6.001 a 15.000 euros: 194,51 euros * De 15.001 a 60.000 euros: 250,27 euros. * De 60.001 a 120.000 euros: 306,01 euros. * Más de 120.000 euros: 306,01 euros + 5,23 euros por cada 6.000 euros adicionales. **Plazos:** * El plazo de resolución es de 3 meses. * Puedes presentar la solicitud durante todo el año. ## Cómo hacerlo 1. **Online:** A través de la sede electrónica de la JCCM con certificado digital o Clave de firma: [Tramitar](https://registrounicociudadanos.jccm.es/registrounicociudadanos/acceso.do?id=J8Q) 2. **Presencial:** En los lugares de presentación indicados: [lugares de presentación](https://www.jccm.es/tramites/lugares-de-presentacion) **Antes de empezar:** * Asegúrate de cumplir los requisitos técnicos y administrativos. * Prepara la documentación necesaria en formato electrónico. * Realiza el pago de las tasas. ## Después de hacerlo * El silencio administrativo es desestimatorio. ## Ayuda * **Información adicional:** * Albacete: minas-ab@jccm.es * Ciudad Real: minas-cr@jccm.es * Cuenca: minas-cu@jccm.es * Guadalajara: minas-gu@jccm.es * Toledo: minas-to@jccm.es * **Marco legal:** * [Ley 2/2020, de 7 de febrero, de Evaluación Ambiental de Castilla-La Mancha.](https://docm.jccm.es/portaldocm/detalleDocumento.do?idDisposicion=1581338411062900436) * [Real Decreto 863/1985, de 2 de abril, por el que se aprueba el Reglamento General de Normas Básicas de Seguridad Minera.](https://www.boe.es/eli/es/rd/1985/04/02/863)
## Autoliquidación canon eólico El periodo impositivo coincidirá con los trimestres de cada año natural,produciéndose el devengo el primer día de los meses de enero,abril,julio y octubre de cada año natural. ## Antes de empezar el trámite debes tener en cuenta ### Asegúrate de que cumples los plazos y requisitos Antes de comenzar la tramitación online,asegúrate que estás dentro de los plazos establecidos y que cumples todos los requisitos para completar con éxito su tramitación,requisitos técnicos así como los requisitos administrativos. Sólo en caso de que el trámite deseado no figure en el catálogo,podrá emplear la solicitud genérica. ### Prepara la documentación necesaria Antes de empezar,revisa qué documentación adicional debes aportar y procura disponer de ella en formato electrónico. En aquellos trámites que lo requieran podrás acreditar tu identidad mediante alguno de los Sistemas de identificación y firma admitidos y,dependiendo del trámite,también puede ser necesaria la firma electrónica mediante alguno de los medios de firma reconocidos. ### Pago de tasas,en caso de que el trámite lo requiera La cumplimentación del modelo se realiza en el programa que permitirá,bien la impresión del modelo 046 para su pago en entidad de crédito colaboradora,en cualquiera de las Delegaciones Provinciales de la Consejería de Hacienda y Administraciones Públicas,o bien su pago de forma electrónica. Las solicitudes de subvención se presentarán únicamente de forma telemática,con firma electrónica en la **sede electrónica de la JCLM** ## Objeto Constituye el hecho imponible del canon eólico la generación de afecciones e impactos adversos sobre el medio natural y sobre el territorio,como consecuencia de la instalación en parques eólicos de aerogeneradores afectos a la producción de energía eléctrica,y situados en el territorio de la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha. ## Destinatarios Son sujetos pasivos del canon en calidad de contribuyentes las personas físicas o jurídicas o entidades del artículo 35.4 de la Ley 58/2003,de 17 de diciembre,General Tributaria,que,bajo cualquier título,lleven a cabo la explotación de un parque eólico o instalaciones de generación eólica aunque no sean titulares de una autorización administrativa para su instalación. ## Información adicional La autoliquidación deberá presentarse en el modelo aprobado en la Orden de 18/05/2011. Sólo serán válidas las autoliquidaciones debidamente suscritas que,ajustadas a los contenidos del modelo aprobado en dicha Orden,se generen mediante la utilización de los programas informáticos de ayuda al contribuyente habilitados por la Consejería de Fomento. Los pagos derivados de las autoliquidaciones del canon eólico se efectuarán en cualquiera de las oficinas de las entidades de crédito autorizadas para la colaboración en la gestión recaudatoria de la JCCM. Una vez efectuado el pago del canon eólico el ejemplar para la JCCM deberá presentarse en la Dirección General competente en materia de energía en el plazo máximo de 10 días desde la realización del ingreso. ## Marco legal * Ley 9/2011,de 21 de marzo,por la que se crean el Canon Eólico y el Fondo para el Desarrollo Tecnológico de las Energías Renovables y el Uso Racional de la Energía en Castilla-La Mancha. * Orden de 18/05/2011,de la Dirección General de Industria,Energía y Minas,por la que se aprueban los modelos de declaración de alta,modificación y baja y de autoliquidación del canon eólico y se dictan las normas para su gestión. * Orden de 12/12/2014,de la Consejería de Fomento,por la que se aprueban los modelos de declaración de alta,modificación y baja y de autoliquidación del canon eólico y se dictan las normas para su gestión.
## Autorizaciones de transporte sanitario publico (vs) y privado complementario (vspc) Si deseas recibir alertas sobre actualización de este trámite (alertas,notificaciones,comunicaciones)… [Accede al Servicio de Alertas Informativas](https://www.jccm.es/servicios/alertas-informativas) [Tramitar](https://sede.fomento.gob.es/SEDE_ELECTRONICA/LANG_CASTELLANO/OFICINAS_SECTORIALES/TTE_CTRA/GESTION_AUTORIZACIONES/) Plazo abierto de forma continua. ## Antes de empezar el trámite debes tener en cuenta ### Asegúrate de que cumples los plazos y requisitos Antes de comenzar la tramitación online,asegúrate que estás dentro de los plazos establecidos y que cumples todos los requisitos para completar con éxito su tramitación,[requisitos técnicos](https://www.jccm.es/utilidades/verificacion-requisitos-tecnicos) así como los requisitos administrativos. Sólo en caso de que el trámite deseado no figure en el catálogo,podrá emplear la solicitud genérica. ### Prepara la documentación necesaria Antes de empezar,revisa qué documentación adicional debes aportar y procura disponer de ella en formato electrónico. En aquellos trámites que lo requieran podrás acreditar tu identidad mediante alguno de los [Sistemas de identificación y firma admitidos](https://www.jccm.es/ayuda/certificados-electronicos-admitidos) y,dependiendo del trámite,también puede ser necesaria la firma electrónica mediante alguno de los medios de firma reconocidos. ### Pago de tasas,en caso de que el trámite lo requiera La cumplimentación del modelo se realiza en el programa que permitirá,bien la impresión del modelo 046 para su pago en entidad de crédito colaboradora,en cualquiera de las Delegaciones Provinciales de la Consejería de Hacienda y Administraciones Públicas,o bien su pago de forma electrónica. Las solicitudes de subvención se presentarán únicamente de forma telemática,con firma electrónica en la **sede electrónica de la JCLM** ## Objeto El objeto de este proceso es la obtención de la autorización administrativa necesaria para la realización de transporte sanitario público y privado complementario. ## Destinatarios Empresas de ambulancias. ## Requisitos Cumplir las obligaciones de carácter fiscal,laboral y social establecidas en la legislación vigente. Disponer del número mínimo de vehículos exigido por la normativa aplicable. Los vehículos no podrán continuar dedicándose a transporte sanitario cuando superen la antigüedad de ocho años contados desde su primera matriculación ## Plazo de resolución 5 MESES ## Tasas TASA:36,41 E. PAGO TASA a) Por Internet: 1. Entre en el módulo de Pago de Tasas que aparece en la Oficina Virtual de Fomento - directamente accediendo a la siguiente dirección http://indu1.jccm.es/pagoTasas/ - a través del portal corporativo www.castillalamancha.es - Gobierno - Fomento - Pago de Tasas y Sanciones - Pago Tasas 2. Seleccione la opción Autoliquidación de Tasas y,dentro pestaña Transportes,acceder a Tarifa 3. Expedición de autorización de transporte regular temporal o de uso especial,transporte sanitario.... Y rellenar la inf. de las 3 pestañas:Tasas,Solicitante y Pago. 3. Puede encontrar toda la ayuda necesaria sobre el proceso de autoliquidación en el apart. Información. 4. Si decide realizar el pago telemático debe indicar en la solicitud el nº de referencia de la autoliquidación. b) Presencialmente,mediante ingreso en cuenta o con tarjeta de crédito en las Oficinas de Registro de C-LM (adjuntar copia autoliquidación). ## Sentido del silencio Desestimatorio ## Documentación a aportar - Solicitud. - Justificante de abono de la tasa. - Permiso de circulación,Tarjeta de inspección técnica y seguro de los vehículos. - Alta censo de actividades económicas. - Alta en Seguridad Social - Certificado Técnico-Sanitario ## Marco legal * [Ley 16/1987,de 30 de julio,de Ordenación de los Transportes Terrestres.](https://www.boe.es/eli/es/l/1987/07/30/16) * [Real Decreto 1136/1997,de 11 de julio,por el que se modifica parcialmente el Reglamento de la Ley de Ordenación de los Transportes Terrestres.](https://www.boe.es/eli/es/rd/1997/07/11/1136) * [Orden Ministerial de 3 de septiembre de 1998,que desarrollaReglamento de la Ley deOrdenación de los Transportes Terrestres (BOE nº 215,de 8 de septiembre).](https://www.boe.es/eli/es/o/1998/09/03/(2)) ## Tú opinión nos interesa [Sólo dos preguntas](https://encuestas-gen.castillalamancha.es/index.php/222211/newtest/Y?222211X641X11680=S273)
## Resumen Este trámite permite solicitar la autorización para explotar recursos de la Sección A), según la Ley de Minas. **Quién puede usar este servicio:** Personas físicas y jurídicas. **Antes de empezar:** * Asegúrate de cumplir los plazos y requisitos. * Prepara la documentación necesaria en formato electrónico. * Realiza el pago de tasas si es necesario. ## Lo que necesitas * **Documentación requerida:** Ver la lista detallada en la sección correspondiente. * **Requisitos previos:** Ser el dueño del terreno o tener la cesión de derechos del dueño. * **Costes:** Justificante del pago de tasas (modelo 046). ## Cómo hacerlo 1. **Online:** A través de la sede electrónica de la JCCM con certificado digital o Clave de firma: [Tramitar](https://registrounicociudadanos.jccm.es/registrounicociudadanos/acceso.do?id=J93) 2. **Presencial:** En los [lugares de presentación](https://www.jccm.es/tramites/lugares-de-presentacion) indicados. ## Después de hacerlo * **Plazo de resolución:** 6 meses. * **Sentido del silencio administrativo:** Desestimatorio (si no hay respuesta en 6 meses, se considera denegada). ## Ayuda * **Contacto:** * Albacete: minas-ab@jccm.es * Ciudad Real: minas-cr@jccm.es * Cuenca: minas-cu@jccm.es * Guadalajara: minas-gu@jccm.es * Toledo: minas-to@jccm.es * **Recursos adicionales:** * [Servicio de Alertas Informativas](https://www.jccm.es/servicios/alertas-informativas) * [Requisitos técnicos](https://www.jccm.es/utilidades/verificacion-requisitos-tecnicos) * [Sistemas de identificación y firma admitidos](https://www.jccm.es/ayuda/certificados-electronicos-admitidos) ## Modelos del trámite * [Declaración Responsable](https://www.jccm.es/tramites/descarga/3232/SJ93_35149.DOCX) (50 KB) * [Solicitud](https://www.jccm.es/tramites/descarga/3233/SJ93_31165.DOC) (210 KB)
## Resumen Este trámite permite solicitar autorización para el aprovechamiento de recursos de la Sección B) (excepto Aguas Minerales) según la Ley de Minas. ## Lo que necesitas * **Documentación a aportar:** * Fotocopia del DNI (si te opones a la consulta de datos por la Administración) o escritura de constitución de la sociedad (si eres persona jurídica). * Información ambiental básica. * Justificante del pago de tasas. * Documentación específica según el tipo de yacimiento: * **Yacimientos de origen no natural:** Memoria razonada, programa de explotación, estudio económico, acreditación del derecho de aprovechamiento previo (si existe), proyecto de instalaciones. * **Estructuras subterráneas:** Documentación justificativa de capacidad técnica y económica, memoria justificativa de la conveniencia de la utilización, proyecto de utilización, propuesta de indemnización a terceros. * Declaración responsable de los técnicos competentes. ## Cómo hacerlo 1. **Online:** A través de la sede electrónica de la JCCM con certificado digital o Clave de firma: [Tramitar](https://registrounicociudadanos.jccm.es/registrounicociudadanos/acceso.do?id=J94) 2. **Presencial:** En los lugares de presentación indicados: [lugares de presentación](https://www.jccm.es/tramites/lugares-de-presentacion) * **Plazo de presentación:** Abierto todo el año. ## Después de hacerlo * **Plazo de resolución:** 6 meses. * **Sentido del silencio administrativo:** Desestimatorio. ## Ayuda * **Información adicional:** * Albacete: minas-ab@jccm.es * Ciudad Real: minas-cr@jccm.es * Cuenca: minas-cu@jccm.es * Guadalajara: minas-gu@jccm.es * Toledo: minas-to@jccm.es ## Marco legal * [Ley 22/1973, de 21 de julio, de Minas.](https://www.boe.es/eli/es/l/1973/07/21/22) * [Ley 54/1980, de 5 de noviembre, de modificación de la Ley de Minas.](https://www.boe.es/eli/es/l/1980/11/05/54) * [Ley 2/2020, de 7 de febrero, de Evaluación Ambiental de Castilla-La Mancha.](https://docm.jccm.es/portaldocm/detalleDocumento.do?idDisposicion=1581338411062900436) * [Real Decreto 863/1985, de 2 de abril, Reglamento General de Normas Básicas de Seguridad Minera.](https://www.boe.es/eli/es/rd/1985/04/02/863) * [Real Decreto 975/2009, de 12 de junio, sobre gestión de los residuos de las industrias extractivas.](https://www.boe.es/eli/es/rd/2009/06/12/975) * [Real Decreto 2857/1978, de 25 de agosto, Reglamento General para el Régimen de la Minería.](https://www.boe.es/eli/es/rd/1978/08/25/2857)
## Autorización administrativa de centros sociales ### Antes de empezar el trámite debes tener en cuenta 1. Asegúrate de que cumples los plazos y requisitos Antes de comenzar la tramitación online,asegúrate que estás dentro de los plazos establecidos y que cumples todos los requisitos para completar con éxito su tramitación,requisitos técnicos así como los requisitos administrativos. Sólo en caso de que el trámite deseado no figure en el catálogo,podrá emplear la solicitud genérica. 2. Prepara la documentación necesaria Antes de empezar,revisa qué documentación adicional debes aportar y procura disponer de ella en formato electrónico. En aquellos trámites que lo requieran podrás acreditar tu identidad mediante alguno de los Sistemas de identificación y firma admitidos y,dependiendo del trámite,también puede ser necesaria la firma electrónica mediante alguno de los medios de firma reconocidos. 3. Pago de tasas,en caso de que el trámite lo requiera La cumplimentación del modelo se realiza en el programa que permitirá,bien la impresión del modelo 046 para su pago en entidad de crédito colaboradora,en cualquiera de las Delegaciones Provinciales de la Consejería de Hacienda y Administraciones Públicas,o bien su pago de forma electrónica. Las solicitudes de subvención se presentarán únicamente de forma telemática,con firma electrónica en la **sede electrónica de la JCLM** ## Objeto Tramitar solicitud de autorización de puesta en funcionamiento,modificación y cierre de un centro. Inspección del Centro,levantar Acta,Propuesta y Resolución de expediente. Inscripción,modificación o cancelación del centro en el Registro de Servicios Sociales. ## Destinatarios Entidades Físicas o Jurídicas. ## Requisitos - Cumplimiento de los requisitos establecidos en el Decreto 45/2022,de 1 de junio,del régimen de autorización administrativa y comunicación,acreditación,registro e inspección de los servicios sociales en Castilla-La Mancha - Cumplimiento de los requisitos establecidos en el Decreto 88/2017,de 5 de diciembre,en su Capítulo II (Condiciones Generales),así como en el Anexo (Condiciones específicas de los centros y servicios para personas con discapacidad) - Cumplimiento de los requisitos establecidos en el Decreto 2/2022,de 18 de enero,en su Capítulo II (Condiciones básicas de los centros),así como en el Anexo II.A (Condiciones materiales y arquitectónicas de los centros) - Cumplimiento de los requisitos establecidos en la Orden de 31 de marzo de 1992 en su Anexo 1 (Condiciones Generales Mínimas para todo tipo de Centros) y Anexo 5 (Centros de Acogida a Menores) ## Criterios Cumplimiento de la normativa vigente. ## Plazo de resolución 4 MESES ## Sentido del silencio Estimatorio ## Documentación a aportar Puesta en funcionamiento: - Escritura de constitución modificación o acto fundacional,Estatutos y Certificaciones pertinentes - Copia de la tarjeta de identificación fiscal - Proyecto global de intervención social del servicio - Proyecto técnico visado o documentación técnica de la reforma y Certificación final de obras (si se necesita realizar obras) - Memoria descriptiva de las características materiales y arquitectónicas,incluidos planos levantados del estado actual del edificio (si no se necesita realizar obras) - Copia del título de propiedad del edificio o acreditación de su disponibilidad - Proyecto de equipamiento - Contrato tipo y tarifas - Otra documentación Modificación: - Memoria explicativa de los motivos que justifiquen la modificación,instalaciones afectadas y el número de plazas afectadas - Proyecto técnico visado o documentación técnica de la reforma y Certificación final de obras (si afecta a las características arquitectónicas) - Memoria descriptiva de las características materiales y arquitectónicas,incluidos planos levantados del estado actual del edificio (si no afecta a las características arquitectónicas) - Proyecto del nuevo equipamiento - Proyecto de plantilla del personal con el organigrama y funciones del personal,si existen modificaciones - Otra documentación Cierre: - Memoria explicativa del servicio que se pretende cesar (causas del cese y fecha prevista,fases para el proceso,personas afectadas y propuestas alternativas para su reubicación en otros recursos) - Documentación justificativa de que se ha comunicado el cese del servicio a las personas usuarias,familiares o representantes legales - Otra documentación ## Información adicional Delegaciones Provinciales de la Consejería de Bienestar Social: Albacete:967558011 Ciudad Real:926276201 Cuenca:969176851 Guadalajara:949 88 58 00 Toledo:925267686 ## Marco legal - Ley 14/2010,de 16 de diciembre,de Servicios Sociales de Castilla-La Mancha. - Decreto 45/2022,de 1 de junio,del régimen de autorización administrativa y comunicación,acreditación,registro e inspección de los servicios sociales en Castilla-La Mancha. - Decreto 2/2022,de 18 de enero,por el que se establecen las condiciones básicas de los centros de servicios sociales de atención especializada,destinados a las personas mayores en Castilla-La Mancha. - Decreto 88/2017,de 5 de diciembre,por el que se regulan las condiciones mínimas exigibles a los centros y servicios destinados a la atención a personas con discapacidad en Castilla-La Mancha. - Orden de 31/03/1992,Consejería de Bienestar Social,POR LA QUE SE REGULA ACREDITACION DE ESTABLECIMIENTOS DE TERCERA EDAD,MINUSVALIDOS,INFANCIA Y MENORES
## Resumen Este trámite permite obtener la autorización para construir nuevas instalaciones eléctricas o modificar sustancialmente las existentes, siempre que pertenezcan al grupo primero según el Decreto 80/2007 de Castilla-La Mancha. **Quién puede solicitarlo:** Los dueños de instalaciones eléctricas de alta tensión que estén dentro del grupo primero definido en el artículo 3 del Decreto 80/2007. ## Lo que necesitas * Haber obtenido la autorización administrativa previa o estar tramitándola al mismo tiempo. * Pago de las tasas correspondientes (ver art. 3, tarifa 3.3 de la Ley 7/2008). ## Cómo hacerlo 1. **Preparar la documentación:** Reúne todos los documentos necesarios en formato electrónico. 2. **Tramitación online:** Accede a la sede electrónica de la JCCM con certificado digital o Clave de firma. 3. **Tramitación presencial:** Presenta la documentación en los lugares de presentación habilitados. ## Documentación a aportar * Solicitud de autorización administrativa de construcción. * Proyecto de ejecución de la instalación, firmado por técnico competente y visado por su Colegio Oficial, que incluya: * Memoria con ubicación, finalidad y características de la instalación. * Planos a escala mínima 1:50.000. * Pliego de condiciones. * Estudio de seguridad y salud. * Separatas del proyecto que afecten a otras administraciones u organismos. * Declaración responsable del técnico firmante del proyecto (si está visado). * Declaración responsable de cumplimiento de la normativa. * Justificante de pago de tasas. ## Después de hacerlo La autorización permite construir la instalación cumpliendo los requisitos técnicos. **Plazo de resolución:** 3 meses. **Sentido del silencio administrativo:** Desestimatorio. ## Ayuda * Servicio de Alertas Informativas para recibir actualizaciones del trámite. ## Marco legal * Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del Sector Eléctrico. * Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. * Ley 7/2008, de 13/11/2008, de las Cortes de Castilla-La Mancha, DE REGULACION DE TASAS EN MATERIA DE INDUSTRIA, ENERGIA Y MINAS DE CASTILLA-LA MANCHA * Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica. * Decreto 80/2007, de 19/06/2007, Consejo de Gobierno, POR EL QUE SE REGULAN LOS PROCEDIMIENTOS DE AUTORIZACION DE INSTALACIONES DE ENERGIA ELECTRICA A TRAMITAR POR LA JUNTA DE COMUNIDADES DE CASTILLA-LA MANCHA Y SU REGIMEN DE REVISION E INSPECCION
## Resumen Este trámite permite solicitar la autorización administrativa para cerrar instalaciones de gas cuya competencia recae en la Comunidad Autónoma. **Quién puede usar este servicio:** * Titulares de instalaciones de transporte secundario de gas natural o distribución de combustibles gaseosos. ## Lo que necesitas **Documentación requerida:** * Solicitud normalizada. * Memoria de cierre que detalle las razones técnicas, económicas, ambientales, etc., para el cierre. * Planos actualizados de la instalación a escala adecuada. * (Opcional) Plan de desmantelamiento de la instalación. ## Cómo hacerlo **Paso a paso del proceso:** 1. Preparar la documentación requerida. 2. Presentar la solicitud y la documentación a través de la sede electrónica o presencialmente en los lugares habilitados. 3. Esperar la resolución de la administración. 4. En caso de autorización, proceder al cierre y, si se requiere, al desmantelamiento de la instalación en el plazo indicado. 5. Levantar acta de cierre una vez finalizado el proceso. ## Después de hacerlo * La administración puede obligar al titular a desmantelar la instalación. * La resolución indicará el plazo para el cierre y, en su caso, el desmantelamiento. * Si no se cumple el plazo, la autorización caducará. ## Ayuda * Servicio de Alertas Informativas * Lugares de presentación * requisitos técnicos * Sistemas de identificación y firma admitidos
## Resumen Este trámite permite obtener la autorización administrativa necesaria para construir, ampliar o modificar de forma importante las instalaciones de distribución de gas que son competencia de la Comunidad Autónoma. **Quién puede usar este servicio:** * Titulares de instalaciones de distribución de combustibles gaseosos. **Antes de empezar:** * Asegúrate de cumplir los plazos y requisitos. * Prepara la documentación necesaria en formato electrónico. * Realiza el pago de tasas si es necesario. ## Lo que necesitas **Documentos requeridos:** * Solicitud normalizada. * Documentación que acredite la capacidad del solicitante. * Proyecto de la instalación con el contenido mínimo establecido en la normativa. * Justificante del pago de tasas. * Documentación ambiental (si es necesario). ## Cómo hacerlo **Paso a paso del proceso:** 1. Reúne la documentación necesaria. 2. Presenta la solicitud y la documentación a través de la sede electrónica o de forma presencial en los lugares habilitados. 3. Realiza el pago de las tasas correspondientes. ## Después de hacerlo **Qué sucede después:** * La administración revisará la solicitud y la documentación. * Se emitirá una resolución en un plazo máximo de 6 meses. * El silencio administrativo es desestimatorio. ## Ayuda * Para más información, consulta la normativa aplicable.