Autorización administrativa de construcción de nueva instalación o modificación sustancial de instalación eléctrica del grupo primero
Información Rápida
Objetivo
Permite obtener la autorización para construir o modificar instalaciones eléctricas del grupo primero, según el Decreto 80/2007 de Castilla-La Mancha.
¿Quién puede solicitarlo?
Dueños de instalaciones eléctricas de alta tensión incluidas en el grupo primero definido en el artículo 3 del Decreto 80/2007.
Requisitos principales
- Haber obtenido la autorización administrativa previa, o estar tramitándola simultáneamente.
Plazos
Plazo abierto todo el año.
Duración del trámite
3 MESES
Información adicional
La autorización permite construir la instalación cumpliendo los requisitos técnicos exigibles.
Resumen
Este trámite permite obtener la autorización para construir nuevas instalaciones eléctricas o modificar sustancialmente las existentes, siempre que pertenezcan al grupo primero según el Decreto 80/2007 de Castilla-La Mancha.
Quién puede solicitarlo:
Los dueños de instalaciones eléctricas de alta tensión que estén dentro del grupo primero definido en el artículo 3 del Decreto 80/2007.
Lo que necesitas
- Haber obtenido la autorización administrativa previa o estar tramitándola al mismo tiempo.
- Pago de las tasas correspondientes (ver art. 3, tarifa 3.3 de la Ley 7/2008).
Cómo hacerlo
- Preparar la documentación: Reúne todos los documentos necesarios en formato electrónico.
- Tramitación online: Accede a la sede electrónica de la JCCM con certificado digital o Clave de firma.
- Tramitación presencial: Presenta la documentación en los lugares de presentación habilitados.
Documentación a aportar
- Solicitud de autorización administrativa de construcción.
- Proyecto de ejecución de la instalación, firmado por técnico competente y visado por su Colegio Oficial, que incluya:
- Memoria con ubicación, finalidad y características de la instalación.
- Planos a escala mínima 1:50.000.
- Pliego de condiciones.
- Estudio de seguridad y salud.
- Separatas del proyecto que afecten a otras administraciones u organismos.
- Declaración responsable del técnico firmante del proyecto (si está visado).
- Declaración responsable de cumplimiento de la normativa.
- Justificante de pago de tasas.
Después de hacerlo
La autorización permite construir la instalación cumpliendo los requisitos técnicos.
Plazo de resolución: 3 meses.
Sentido del silencio administrativo: Desestimatorio.
Ayuda
- Servicio de Alertas Informativas para recibir actualizaciones del trámite.
Marco legal
- Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del Sector Eléctrico.
- Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
- Ley 7/2008, de 13/11/2008, de las Cortes de Castilla-La Mancha, DE REGULACION DE TASAS EN MATERIA DE INDUSTRIA, ENERGIA Y MINAS DE CASTILLA-LA MANCHA
- Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica.
- Decreto 80/2007, de 19/06/2007, Consejo de Gobierno, POR EL QUE SE REGULAN LOS PROCEDIMIENTOS DE AUTORIZACION DE INSTALACIONES DE ENERGIA ELECTRICA A TRAMITAR POR LA JUNTA DE COMUNIDADES DE CASTILLA-LA MANCHA Y SU REGIMEN DE REVISION E INSPECCION