Gobierno de Cantabria

  • Autorización sanitaria para el funcionamiento de explotaciones aví­colas

    Sin certificado Con certificado Presencial 012

    Consejería:

    Consejerí­a de Medio Rural Pesca y Alimentación

    Dirección General:

    Dirección General Ganaderí­a

    Descripción:

    Autorización sanitaria para el funcionamiento de explotaciones aví­colas que pretendan iniciar su actividad productiva, así­ como nuevas instalaciones ganaderas aví­colas previa inspección e informe favorable por parte del Servicio de Sanidad y Bienestar animal de la D.G. de Ganaderí­a.

    Tipo procedimiento:

    Autorizaciones permisos y licencias

    Tipo de Inicio:

    Instancia de parte

    Tipo de destinatario:

    Ciudadanas/os Personas Fí­sicas y Personas Jurí­dicas

    Impresos:

    Solicitud conforme modelo normalizado.

    Requisitos:

    1-Realización de un programa sanitario encaminado al control de los procesos infectocontagiosos y parasitarios, establecido por el veterinario responsable. 2- Cumplimiento de los requisitos de instalación y condiciones sanitarias de funcionamiento establecidos en los Anexos I y II del RD 328/2003, de 14 de marzo, por el que se establece y regula el Plan Sanitario Aví­cola. 3- Una vez concedida la explotación deberá mantener los requisitos bajo los que se concedió la autorización, cuyo incumplimiento dará lugar a su extinción.

    Documentación:

    a) Solicitud de autorización sanitaria. b) Memoria de la explotación (descripción, localización geográfica, orientación productiva). c) Propuesta de programa sanitario establecido por el veterinario responsable de la granja. d) Programa sanitario de autocontrolespecí­fico frente a salmonelas zoonóticas establecido y supervisado por el veterinario responsable de la granja. e) Código de buenas prácticas de higiene en indicación de las medidas de bioseguridad a adoptar.

    Tasa/Precio público:

    No

    Plazo presentación:

    Durante todo el año

    Fecha:

    27 de febrero del 2007

    Lugar presentación :

    Las solicitudes se presentarán en el Registro de la Consejerí­a de Medio Rural, Pesca y Alimentación, directamente, o en los lugares y forma previstos en el artí­culo 105.4 de la Ley de Cantabria 6/2002, de 10 de diciembre, de R égimen Jurí­dico del Gobierno y de la Administración de la Comunidad Autónoma de Cantabria .

    Órgano instructor / Norma atributiva:

    Servicio de Sanidad y Bienestar Animal / Ley de Cantabria 6/2002 de 10 de diciembre, de R égimen Jurí­dico del Gobierno y de la Administración de la Comunidad Autónoma de Cantabria (BOC nº 242 de 18 de diciembre de 2002). Real Decreto 3114/1982 de traspaso de funciones y servicios del Estado en materia de Agricultura, Ganaderí­a y Pesca (BOE nº.281 de 23 de noviembre de 1982).

    í?rgano resuelve / Norma atributiva:

    Director/a General de Ganaderí­a. / Ley de Cantabria 6/2002 de 10 de diciembre, de R égimen Jurí­dico del Gobierno y de la Administración de la Comunidad Autónoma de Cantabria (BOC nº.242 de 18 de diciembre de 2002).Real Decreto 3114/1982 de traspaso de funciones y servicios del Estado en materia de Agricultura, Ganaderí­a y Pesca (BOE nº 281 de 23 de noviembre de 1982).

    Plazo de resolución:

    Tres meses.

    Efectos del Silencio Administrativo o Inactividad de la Administración:

    Estimatorio.

    Vía administrativa:

    No agota la ví­a Administrativa.

    Recursos:

    Recurso de Alzada / 1 mes si la resolución es expresa y 3 si no lo es / Consejero/a de Medio Rural, Pesca y Alimentación

    Normativa:

    Ley 8/2003 de 24 de abril, de Sanidad Animal (BOE nº 99 de 25 de abril de 2003). Real Decreto 328/2003, de 14 de Marzo, por el que se establece y regula el plan sanitario aví­cola. Real Decreto 328/2003, de 14 de marzo, por el que se establece y regula el plan sanitario aví­col (BOE nº81, de 4 de abril de 2003). Orden PRE/1377/2005, de 16 de mayo, por la que se establecen medidas de vigilancia y control de determinadas salmonelosis en explotaciones de gallinas ponedoras (BOE nº 118 de 18 de mayo de 2005).

    Información al ciudadano:

    Tel éfono de información administrativa: llame al 012 https://www.cantabria.es/web/atencion-a-la-ciudadania .

    3787263

  • Autorización y registro de centros de concentración de ganado bovino.

    Sin certificado Con certificado Presencial 012

    Consejería:

    Consejerí­a de Medio Rural Pesca y Alimentación

    Dirección General:

    Dirección General Ganaderí­a

    Descripción:

    Autorizar los centros de concentración de ganado bovino destinados a la comercialización.

    Tipo procedimiento:

    Autorizaciones permisos y licencias

    Tipo de Inicio:

    Instancia de parte

    Tipo de destinatario:

    Ciudadanas/os Personas Fí­sicas y Personas Jurí­dicas

    Impresos:

    Solicitud conforme modelo normalizado.

    Requisitos:

    Solicitud por parte del interesado. Cuando se trate de explotaciones o recintos cerrados cumplirán los requisitos que, en cuanto a instalaciones e infraestructuras, se exigen para operadores comerciales.

    Documentación:

    a)Plano descriptivo de accesos, situación e instalaciones. b)Memoria t écnica visada por un veterinario que recoja todos los requisitos mencionados en el artí­culo 16 del RD. 1716/2000, relativos a infraestructuras e instalaciones exigibles para intercambios intracomunitarios.

    Tasa/Precio público:

    No

    Plazo presentación:

    Durante todo el año.

    Fecha:

    27 de febrero del 2007

    Lugar presentación :

    Las solicitudes se presentarán en el Registro de la Consejerí­a de Medio Rural, Pesca y Alimentación, directamente, o en los lugares y forma previstos en el artí­culo 105.4 de la Ley de Cantabria 6/2002, de 10 de diciembre, de R égimen Jurí­dico del Gobierno y de la Administración de la Comunidad Autónoma de Cantabria .

    Órgano instructor / Norma atributiva:

    Servicio de Sanidad y Bienestar Animal / Ley de Cantabria 6/2002 de 10 de diciembre, de R égimen Jurí­dico del Gobierno y de la Administración de la Comunidad Autónoma de Cantabria (BOC nº 242 de 18 de diciembre de 2002). Real Decreto 3114/1982 de traspaso de funciones y servicios del Estado en materia de Agricultura, Ganaderí­a y Pesca (BOE nº 281 de 23 de noviembre de 1982).

    í?rgano resuelve / Norma atributiva:

    Director/a General de Ganaderí­a. / Ley de Cantabria 6/2002 de 10 de diciembre, de R égimen Jurí­dico del Gobierno y de la Administración de la Comunidad Autónoma de Cantabria (BOC nº 242 de 18 de diciembre de 2002). Real Decreto 3114/1982 de traspaso de funciones y servicios del Estado en materia de Agricultura, Ganaderí­a y Pesca (BOE nº 281 de 23 de noviembre de 1982).

    Plazo de resolución:

    Tres meses.

    Efectos del Silencio Administrativo o Inactividad de la Administración:

    Estimatorio.

    Vía administrativa:

    No agota la ví­a Administrativa.

    Recursos:

    Recurso de Alzada / 1 mes si la resolución es expresa y 3 si no lo es / Consejero/a de Medio Rural, Pesca y Alimentación

    Normativa:

    Ley 8/2003 de 24 de abril, de Sanidad Animal (BOE nº 99 de 25 de abril de 2003). RD 1716/2000, de 13 de octubre, por el que se establecen las Normas Sanitarias para el intercambio intracomunitario de animales de las especies bovina y porcina.(BOE nº 256 de 25 de octubre de 2000). Orden GAN/38/2007, de 28 de junio, que regula los requisitos sanitarios aplicables a los operadores comerciales y centros de concentración de ganado en la Comunidad Autónoma de Cantabria y se crea su registro.

    Información al ciudadano:

    Tel éfono de información administrativa: llame al 012 https://www.cantabria.es/web/atencion-a-la-ciudadania .

    3787283

  • Autorización y registro de establecimientos para la distribución y/o dispensación de medicamentos veterinarios.

    Sin certificado Con certificado Presencial 012

    Consejería:

    Consejerí­a de Medio Rural Pesca y Alimentación

    Dirección General:

    Dirección General Ganaderí­a

    Descripción:

    Autorización y registro de centros dedicados a la distribución y puesta en el mercado de medicamentos veterinarios.

    Tipo procedimiento:

    Autorizaciones permisos y licencias

    Tipo de Inicio:

    Instancia de parte

    Tipo de destinatario:

    Ciudadanas/os Personas Fí­sicas y Personas Jurí­dicas

    Impresos:

    Sí­.

    Requisitos:

    Locales adecuados, medios para mantenimiento de la cadena del frí­o y para el control de las temperaturas, ubicación diferenciada de medicamentos veterinarios.Disponer de un farmac éutico responsable (presencia permanente en mayoristas). y de un servicio veterinario en el caso de las Cooperativas.Medidas de gestión de residuos.Deberá mantener los registros de entrada y salida de medicamentos y dispensar únicamente contra la presentación de receta veterinaria.

    Documentación:

    Fotocopia de NIF, CIF y, en su caso, de estatutos de constitución.Memoria descriptiva del proyecto y medios disponibles, y planos de las instalaciones.Licencia de autorización municipal.Acreditación del nombramiento de farmac éuticos y, en su caso, de veterinarios.Certificado de colegiación actualizado del farmac éutico responsable, y su plan de trabajo.En el caso de las Agrupaciones ganaderas, el programa zoosanitario.

    Tasa/Precio público:

    No

    Plazo presentación:

    Durante todo el año, antes de la puesta en funcionamiento.

    Fecha:

    19 de marzo del 2012

    Lugar presentación :

    Registro de la Consejerí­a de Medio Rural, Pesca y Alimentación, o en el lugares y forma previstos en el artí­culo 105.4 de la Ley de Cantabria 6/2002, de 10 de diciembre, de R égimen Jurí­dico del Gobierno y de la Administración de la Comunidad Autónoma de Cantabria.

    Órgano instructor / Norma atributiva:

    Servicio de Sanidad y Bienestar Animal / Ley de Cantabria 6/2002, de 10 de diciembre, de R égimen Jurí­dico del Gobierno y de la Administración de la Comunidad Autónoma de Cantabria (BOC nº 242, de 18 de diciembre de 2002). Real Decreto 3114/82 de traspaso de funciones y servicios del Estado en materia de Agricultura, Ganaderí­a y Pesca (BOE nº 281 de 23 de noviembre de 1982).

    í?rgano resuelve / Norma atributiva:

    Dirección General de Ganaderí­a /Ley de Cantabria 6/2002, de 10 de diciembre, de R égimen Jurí­dico del Gobierno y de la Administración de la Comunidad Autónoma de Cantabria (BOC nº 242, de 18 de diciembre de 2002). Real Decreto 3114/82 de traspaso de funciones y servicios del Estado en materia de Agricultura, Ganaderí­a y Pesca (BOE nº 281 de 23 de noviembre de 1982).

    Plazo de resolución:

    Tres meses.

    Efectos del Silencio Administrativo o Inactividad de la Administración:

    Estimatorios.

    Vía administrativa:

    No agota la ví­a administrativa.

    Recursos:

    Recurso de Alzada/1 mes si la resolución es expresa y 3 si no lo es/ Consejero/a de Medio Rural, Pesca y Alimentación

    Normativa:

    Decreto 13/2015, de 19 de marzo, por el que se establece y regula el modelo de receta veterinaria y se crea el sistema informático integral para la prescripción, dispensación y uso del medicamento veterinario y se regula el registro de tratamientos medicamentosos en explotaciones ganaderas, en la Comunidad Autónoma de Cantabria.

    Información al ciudadano:

    Tel éfono de información administrativa: llame al 012 https://www.cantabria.es/web/atencion-a-la-ciudadania .

    3787768

  • Autorización y registro de estaciones de cuarentena para aves distintas de las aves de corral.

    Sin certificado Con certificado Presencial 012

    Consejería:

    Consejerí­a de Medio Rural Pesca y Alimentación

    Dirección General:

    Dirección General Ganaderí­a

    Descripción:

    Autorización y registro de estaciones de cuarentena y certificación veterinaria para aves distintas de las aves de corral.

    Tipo procedimiento:

    Autorizaciones permisos y licencias

    Tipo de Inicio:

    Instancia de parte

    Tipo de destinatario:

    Ciudadanas/os Personas Fí­sicas y Personas Jurí­dicas

    Requisitos:

    Solicitud por parte de una instalación o centro de cuarentena que cumpla los siguientes requisitos: edificio independiente que est é separado de una explotación de aves de corral o de explotaciones de otras aves por una distancia razonable; las puertas de entrada y salida deben poder cerrarse con llave, sistema de doble puerta y llevarán carteles que indiquen "CUARENTENA-Prohibido el paso a cualquier persona no autorizada"; cada unidad de cuarentena debe ocupar un espacio a éreo separado, debe ser a prueba de aves, moscas y alimañas, y debe poder precintarse para permitir su fumigación; equipamiento para lavarse las manos; barreras higi énicas en todas las entradas y salidas; diseño adecuado para poder limpiarse y desinfectarse; almac én de piensos a prueba de aves y roedores y protegido contra los insectos; contenedor para almacenar la cama de las aves; cámara frigorí­fica y/o de un congelador para conservar canales; sistema de control eficaz que garantice la adecuada vigilancia; control y responsabilidad del veterinario oficial.

    Documentación:

    Toda la relativa a la acreditación de los requisitos anteriores.

    Tasa/Precio público:

    Plazo presentación:

    Antes de su puesta en funcionamiento.

    Fecha:

    27 de febrero del 2007

    Lugar presentación :

    Las solicitudes se presentarán en el Registro de la Consejerí­a de Medio Rural, Pesca y Alimentación, directamente, o en los lugares y forma previstos en el artí­culo 105.4 de la Ley de Cantabria 6/2002, de 10 de diciembre, de R égimen Jurí­dico del Gobierno y de la Administración de la Comunidad Autónoma de Cantabria .

    Órgano instructor / Norma atributiva:

    Servicio de Sanidad y Bienestar Animal / Ley de Cantabria 6/2002 de 10 de diciembre, de R égimen Jurí­dico del Gobierno y de la Administración de la Comunidad Autónoma de Cantabria (BOC nº 242 de 18 de diciembre de 2002). Real Decreto 3114/1982 de traspaso de funciones y servicios del Estado en materia de Agricultura, Ganaderí­a y Pesca (BOE nº 281 de 23 de noviembre 1982).

    í?rgano resuelve / Norma atributiva:

    Director/a General de Ganaderí­a. / Ley de Cantabria 6/2002 de 10 de diciembre, de R égimen Jurí­dico del Gobierno y de la Administración de la Comunidad Autónoma de Cantabria (BOC nº 242 de 18 de diciembre de 2002). Real Decreto 3114/1982 de traspaso de funciones y servicios del Estado en materia de Agricultura, Ganaderí­a y Pesca (BOE nº 281 de 23 de noviembre de 1982).

    Plazo de resolución:

    Tres meses.

    Efectos del Silencio Administrativo o Inactividad de la Administración:

    Estimatorio.

    Vía administrativa:

    No agota la ví­a Administrativa.

    Recursos:

    Recurso de Alzada / 1 mes si la resolución es expresa y 3 si no lo es / Consejero/a de Medio Rural, Pesca y Alimentación.

    Normativa:

    Ley 8/2003 de 24 de abril, de Sanidad Animal (BOE nº 99 de 25 de abril de 2003). Reglamento 2013/139/CE, de 7 de enero, que establece las condiciones zoosanitarias para la importación de determinadas aves en la Unión y las correspondientes condiciones de cuarentena.

    Información al ciudadano:

    Tel éfono de información administrativa: llame al 012 https://www.cantabria.es/web/atencion-a-la-ciudadania .

    3787313

  • Autorización y registro de plantas que realicen actividades intermedias y que almacenen subproductos animales no destinados al consumo humano (en adelante SANDACH), y de medios de transporte de SANDACH.

    Sin certificado Con certificado Presencial 012

    Consejería:

    Consejerí­a de Medio Rural Pesca y Alimentación

    Dirección General:

    Dirección General Ganaderí­a

    Descripción:

    Autorización de funcionamiento y registro.

    Tipo procedimiento:

    Autorizaciones permisos y licencias

    Tipo de Inicio:

    Instancia de parte

    Tipo de destinatario:

    Ciudadanas/os Personas Fí­sicas y Personas Jurí­dicas

    Requisitos:

    Acreditar los requisitos de instalaciones y exigencias de funcionamiento.

    Documentación:

    Solicitud; memoria descriptiva y documentos acreditativos de cumplimiento de las exigencias de los Reglamentos 1069/2009 y 142/2011.

    Tasa/Precio público:

    Plazo presentación:

    Durante todo el año.

    Fecha:

    27 de febrero del 2007

    Lugar presentación :

    Las solicitudes se presentarán en el Registro de la Consejerí­a de Medio Rural, Pesca y Alimentación, directamente, o en los lugares y forma previstos en el artí­culo 105.4 de la Ley de Cantabria 6/2002, de 10 de diciembre, de R égimen Jurí­dico del Gobierno y de la Administración de la Comunidad Autónoma de Cantabria .

    Órgano instructor / Norma atributiva:

    Servicio de Sanidad y Bienestar Animal para la tramitación de expedientes de autorización de plantas que realicen actividades intermedias y que almacenen SANDACH y de medios de transporte de SANDACH. Servicio de Producción e Identificación animal: tramitación de expedientes de autorización de plantas de transformación de SANDACH de categorí­a 3 (fábricas de harinas de pescado) /Ley de Cantabria 6/2002 de 10 de diciembre, de R égimen Jurí­dico del Gobierno y de la Administración de la Comunidad Autónoma de Cantabria (BOC nº 242 de 18 de diciembre de 2002). Real Decreto 3114/1982 de traspaso de funciones y servicios del Estado en materia de Agricultura, Ganaderí­a y Pesca (BOE nº 281 de 23 de noviembre de 1982).

    í?rgano resuelve / Norma atributiva:

    Director/a General de Ganaderí­a. / Ley de Cantabria 6/2002 de 10 de diciembre, de R égimen Jurí­dico del Gobierno y de la Administración de la Comunidad Autónoma de Cantabria (BOC nº 242 de 18 de diciembre de 2002). Real Decreto 3114/1982 de traspaso de funciones y servicios del Estado en materia de Agricultura, Ganaderí­a y Pesca (BOE nº 281 de 23 de noviembre de 1982).

    Plazo de resolución:

    Tres meses.

    Efectos del Silencio Administrativo o Inactividad de la Administración:

    Estimatorio.

    Vía administrativa:

    No agota la ví­a Administrativa.

    Recursos:

    Recurso de Alzada / 1 mes si la resolución es expresa y 3 si no lo es / Consejero/a de Medio Rural, Pesca y Alimentación.

    Normativa:

    Ley 8/2003 de 24 de abril, de Sanidad Animal (BOE nº 99 de 25 de abril de 2003). Reglametno (CE) nº 1069/2009 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 21 de octubre de 2009, por el que se establecen las normas sanitarias aplicables a los subproductos animales y los productos derivados no destinados a consumo humano y por el que se deroga el Reglamento (CE) 1774/2002. Reglamento (UE) nº 142/2011, de la Comisión, de 25 de febrero de 2011, por el que se establecen las disposiciones de aplicación del Reglamento (CE) nº 1069/2009 del Parlamento Europeo y del Consejo por el que se establecen las normas sanitarias aplicables a los subproductos animales y los productos derivados no destinados al consumo humano. Real Decreto 1528/2012, de 8 de noviembre, por el que se establecen las normas aplicables a los subproductos animales y los productos derivados no destinados al consumo humano.

    Información al ciudadano:

    Tel éfono de información administrativa: llame al 012 https://www.cantabria.es/web/atencion-a-la-ciudadania .

    3787333

  • Autorización y registro de puntos de parada en el transporte.

    Sin certificado Con certificado Presencial 012

    Consejería:

    Consejerí­a de Medio Rural Pesca y Alimentación

    Dirección General:

    Dirección General Ganaderí­a

    Descripción:

    Autorización y registro de funcionamiento de puestos de control de animales en intercambios intracomunitarios.

    Tipo procedimiento:

    Autorizaciones permisos y licencias

    Tipo de Inicio:

    Instancia de parte

    Tipo de destinatario:

    Ciudadanas/os Personas Fí­sicas y Personas Jurí­dicas

    Requisitos:

    PUESTOS DE CONTROL: situados en una zona no prohibida según legislación vigente; sometidos al control de un veterinario oficial; funcionar de manera que se cumplan todas las disposiciones comunitarias pertinentes en materia de policí­a sanitaria, movimiento de animales y protección de los animales en el momento del sacrificio; provistos de equipo adecuado para la limpieza y desinfección; construidos con materiales que pueden limpiarse y desinfectarse conveniente y fácilmente; provistos del equipo y las instalaciones adecuadas para la descarga y subsiguiente carga de animales en los medios de transporte; instalaciones necesarias para alojar por separado a aquellos animales que se encuentren enfermos o heridos o que precisen cuidados especiales; instalaciones apropiadas para todas las personan que frecuenten y utilicen los locales; dispositivos apropiados para el almacenamiento y la evacuación de los materiales de desecho, así­ como para el almacenamiento de los animales muertos, a la espera de su retirada y eliminación.

    Documentación:

    Toda la documentación pertinente dirigida a poner de manifiesto los requisitos del apartado anterior.

    Tasa/Precio público:

    Plazo presentación:

    Antes de la puesta en funcionamiento de un puesto de control.

    Fecha:

    27 de febrero del 2007

    Lugar presentación :

    Las solicitudes se presentarán en el Registro de la Consejerí­a de Medio Rural, Pesca y Alimentación, directamente, o en los lugares y forma previstos en el artí­culo 105.4 de la Ley de Cantabria 6/2002, de 10 de diciembre, de R égimen Jurí­dico del Gobierno y de la Administración de la Comunidad Autónoma de Cantabria .

    Órgano instructor / Norma atributiva:

    Servicio de Sanidad y Bienestar Animal / Ley de Cantabria 6/2002 de 10 de diciembre, de R égimen Jurí­dico del Gobierno y de la Administración de la Comunidad Autónoma de Cantabria (BOC nº 242 de 18 de diciembre de 2002). Real Decreto 3114/1982 de traspaso de funciones y servicios del Estado en materia de Agricultura, Ganaderí­a y Pesca (BOE nº 281 de 23 de noviembre de 1982).

    í?rgano resuelve / Norma atributiva:

    Director/a General de Ganaderí­a. / Ley de Cantabria 6/2002 de 10 de diciembre, de R égimen Jurí­dico del Gobierno y de la Administración de la Comunidad Autónoma de Cantabria (BOC nº 242 de 18 de diciembre de 2002). Real Decreto 3114/1982 de traspaso de funciones y servicios del Estado en materia de Agricultura, Ganaderí­a y Pesca (BOE nº 281 de 23 de noviembre de 1982).

    Plazo de resolución:

    Tres meses.

    Efectos del Silencio Administrativo o Inactividad de la Administración:

    Estimatorio.

    Vía administrativa:

    No agota la ví­a Administrativa.

    Recursos:

    Recurso de Alzada / 1 mes si la resolución es expresa y 3 si no lo es /Consejero/a de Medio Rural, Pesca y Alimentación

    Normativa:

    Ley 32/2007, de noviembre, para el cuidado de los animales en su explotación, transporte, experimentación y sacrificio. Ley 8/2003, de 24 de abril, de Sanidad Animal (BOE nº 99, de 25 de abril de 2003). Reglamento 1040/2003/CE de 11 de junio, por el que se modifica el Reglamento 1255/1997 en lo que respecta a la utilización de los puntos de parada (DO L151 de 16 de junio de 2003). Reglamento 1/2005/CE, de 22 de diciembre de 2004, relativo a la protección de los animales durante el transporte y las operaciones conexas.

    Información al ciudadano:

    Tel éfono de información administrativa: llame al 012 https://www.cantabria.es/web/atencion-a-la-ciudadania .

    3787343

  • Carn é Joven Europeo - European Youth Card

    Sin certificado Presencial 012

    Consejería:

    Consejerí­a de Educación Cultura y Deporte

    Dirección General:

    Dirección General Juventud y Cooperación al Desarrollo

    Descripción:

    EXPEDICIí?N DE CARNí? JOVEN

    Tipo procedimiento:

    Otros

    Tipo de Inicio:

    Instancia de parte

    Tipo de destinatario:

    Ciudadanas/os Personas Fí­sicas

    Requisitos:

    De 12 a 30 años ambos inclusive.

    Documentación:

    DNI, fotografí­a, solicitud/justificante de pago.

    Tasa/Precio público:

    Plazo presentación:

    Dos Años desde la realización del Ingreso.

    Fecha:

    09 de junio del 2011

    Lugar presentación :

    Gestor de Reservas (aplicación de www.jovenmania.com) , Servicio de Juventud o por cualquiera de los medios establecidos en el artí­culo 105 de la Ley de Cantabria 6/2002, de 10 de diciembre de R égimen Jurí­dico del Gobierno y de la Administración de la Comunidad Autónoma de Cantabria.

    Órgano instructor / Norma atributiva:

    Servicio de Juventud/ Decreto 83/2015, de 31 de julio, por el que se modifica parcialmente la Estructura Básica de las Consejerí­as del Gobierno de Cantabria.

    í?rgano resuelve / Norma atributiva:

    Director/a General de Juventud y Cooperación al Desarrollo/ Decreto 83/2015, de 31 de julio, por el que se modifica parcialmente la Estructura Básica de las Consejerí­as del Gobierno de Cantabria.

    Efectos del Silencio Administrativo o Inactividad de la Administración:

    Caducidad

    Vía administrativa:

    No agota

    Recursos:

    Recurso de alzada / 1 mes si la resolución es expresa y 3 si no lo es / Consejero/a de Eduación, Cultura y Deporte.

    Normativa:

    Ley de Cantabria 4/2010, de 6 de julio, de Educación en el Tiempo Libre.Decreto 85/2010 de 25 noviembre de 2010, por el que se regula el funcionamiento del Carn é Joven de la Comunidad Autónoma de Cantabria. Boc. 01/12/2010

    Información al ciudadano:

    Será necesario el Documento Nacional de Identidad, N.I.E. o Pasaporte para recoger el Carn é Joven Europeo, en cualquiera de las Oficinas de Información Juvenil

    3785383

  • Certificación de calidad de la leche de vaca de Cantabria.

    Consejería:

    Consejerí­a de Medio Rural Pesca y Alimentación

    Dirección General:

    Dirección General Ganaderí­a

    Descripción:

    Aprobar el esquema de certificación de la calidad y establecer el procedimiento para su reconocimiento.

    Tipo procedimiento:

    Registros Administrativos

    Tipo de Inicio:

    Instancia de parte

    Tipo de destinatario:

    Ciudadanas/os Personas Fí­sicas y Personas Jurí­dicas

    Requisitos:

    Cumplir los requisitos recogidos en el artí­culo 2 de la Orden GAN/28/2013, de 19 de abril, por el que se aprueba el esquema de certificación de calidad de Leche de Vacas de Cantabria.

    Documentación:

    Anexo de la Orden.

    Tasa/Precio público:

    No

    Plazo presentación:

    En cualquier momento.

    Fecha:

    09 de octubre del 2013

    Lugar presentación :

    Por cualquiera de los medios establecidos en el artí­culo 105 de la Ley de Cantabria 6/2002, de 10 de diciembre, de R égimen Jurí­dico del Gobierno y de la Administración de la Comunidad Autónoma de Cantabria.

    Órgano instructor / Norma atributiva:

    Dirección General de Ganaderí­a / Orden GAN/28/2013, de 19 de abril, por la que se aprueba el esquema de certificación de calidad de Leche de Vacas de Cantabria.

    í?rgano resuelve / Norma atributiva:

    Dirección General de Ganaderí­a / Orden GAN/28/2013, de 19 de abril, por la que se aprueba el esquema de certificación de calidad de Leche de Vacas de Cantabria.

    Plazo de resolución:

    3 meses desde la fecha de solicitud.

    Efectos del Silencio Administrativo o Inactividad de la Administración:

    Estimatorios.

    Vía administrativa:

    No agota la ví­a administrativa.

    Recursos:

    Recurso de alzada / 1 mes si la resolución es expresa y 3 si no lo es / Consejero/a de Medio Rural, Pesca y Alimentación.

    Normativa:

    Orden GAN/28/2013, de 19 de abril, por la que se aprueba el esquema de certificación de calidad de Leche de Vacas de Cantabria.

    Información al ciudadano:

    Tel éfono de información administrativa: llame al 012 https://www.cantabria.es/web/atencion-a-la-ciudadania .

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      • Cesión temporal de pastos comunales para aprovechamiento por ganado.

        Consejería:

        Consejerí­a de Medio Rural Pesca y Alimentación

        Dirección General:

        Dirección General Ganaderí­a

        Descripción:

        Incorporación temporal de pastos de comunales a explotación ganadera particular.

        Tipo procedimiento:

        Autorizaciones permisos y licencias

        Tipo de Inicio:

        Instancia de parte

        Tipo de destinatario:

        Ciudadanas/os Personas Fí­sicas

        Impresos:

        Solicitud del interesado.Acuero de cesión.

        Requisitos:

        Consentimiento del gestor del pasto comunal.Cierre adecuado del pasto comunal.

        Documentación:

        Solicitud del interesado.Contrato de cesión o arrendamiento para uso exclusivo a favor de un único titular de explotación ganadera por parte del gestor.

        Tasa/Precio público:

        No

        Fecha:

        20 de julio del 2010

        Lugar presentación :

        Registro Auxiliar de la Secretarí­a General de la Consejerí­a dde Medio Rural, Pesca y Alimentación, c/ Alberto Einstein nº2, Edificio Apia. 39011 Santander, o por cualquiera de los medios establecidos en el artí­culo 105 de la Ley de Cantabria 6/2002, de 10 de diciembre, de R égimen Jurí­dico del Gobierno y de la Administración de la Comunidad Autónoma de Cantabria.

        Órgano instructor / Norma atributiva:

        Servicio de Sanidad y Bienestar Animal / Orden DES/8/2010, de 2 de marzo, pro el que se establecen las normas de control sanitario y desarrollo de las campañas de saneamiento de la cabaña, bovina, ovina y caprina.

        í?rgano resuelve / Norma atributiva:

        Director General de Ganaderí­a / Decreto 18/200, de estructura orgánica de la Consejerí­a de Ganderí­a, Agricultura y Pesca; Decreto 9/2007, de 12 de julio, de reorganización de las Consejerí­as de la Administración de la Comunidad Autónoma de Cantabria; Ley 30/ 1992, de 26 de noviembre de R égimen Juridico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común; Ley de Cantabria 662002, de 10 de diciembre, de R égimen Jurí­dico del Gobierno y de la Administración de la Comunidad Autónoma de Cantabria.

        Plazo de resolución:

        3 meses.

        Efectos del Silencio Administrativo o Inactividad de la Administración:

        Desestimatorio

        Vía administrativa:

        No agota

        Recursos:

        Recurso de Alzada / 1 mes / Consejero de Medio Rural, Pesca y Alimentación

        Normativa:

        Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de R égimen Jurí­dico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.Ley de Cantabria 6/2002, de 10 de diciembre, de R égimen Jurí­dico del Gobierno y de la Administración de la Comunidad Autónoma de Cantabria.Orden DES/8/2010, de 2 de marzo, por la que se establecen normas de control sanitario y desarrollo de las campañas de saneamiento de la cabaña, bobina, ovina y caprina.

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      • Comunicación anual de las ECAMAT (Entidades colaboradoras de la Administración en materia de medio ambiente atmosf érico) del Informe de Actividades y Lista de Precios Mí­nimos.

        Sin certificado Con certificado Presencial 012

        Consejería:

        Consejerí­a de Univ. e Investigación Medio Ambiente y Polí­ticas Sociales

        Dirección General:

        Dirección General Medio Ambiente

        Descripción:

        Información a la administración competente por parte del ECAMAT de las tarifas minimas desglosadas por foco de emision continua, discontinua, controles reglamentarios y autocontroles para cada contaminante, que aplicara en cada uno de sus ambitos de actuacion.

        Tipo procedimiento:

        Comunicaciones

        Tipo de Inicio:

        Comunicaciones

        Tipo de destinatario:

        Ciudadanas/os Personas Fí­sicas y Personas Jurí­dicas

        Requisitos:

        Las ECAMAT deberán notificar anualmente sus tarifas a la Consejerí­a competente en materia de protección de ambiente atmosferico al objeto de que esta d é publicidad a las mismas por los medios que considere más adecuados.La tarifas estaran perfectamente desglosadas por foco de emision continua, discontinua, controles reglamentarios y autocontroles para cada contaminante, que aplicara en cada uno de sus ambitos de actuacion, con desglose de las partidas de coste que las componen.

        Documentación:

        Documentación con la información de sus tarifas claramente detalladas.

        Tasa/Precio público:

        No

        Plazo presentación:

        Anualmente.

        Fecha:

        30 de julio del 2010

        Lugar presentación :

        Registro auxiliar de la Consejerí­a; C/ Lealtad nº 24 Santander, o por cualquiera de los medios establecidos en el articulo 105 de la Ley de Cantabria 6/2002, de 10 de diciembre, de R égimen Jurí­dico del Gobierno y de la Administración de la Comunidad Autónoma de Cantabria.

        Órgano instructor / Norma atributiva:

        Consejerí­a de Universidades e Investigación, Medio Ambiente y Polí­tica Social. Dirección General de Medio Ambiente / Decreto 50/2009, de 18 de junio, por el que se regula el control de la contaminación atmosferica industrial en la Comunidad Autonoma de Cantabria (BOE Nº 125 de 1 de julio de 2009), Orden MED/14/2009 de 1 de septiembre, por la que se crea y regula el Registro de Entidades colaboradoras de la Administración en materia de medio ambiente atmosferico (ECAMAT) (BOE Nº 177 de 14 de septiembre de 2009) y Artí­culo 4 del Decreto 73/2005, de 30 de junio, por el que se aprueba la estructura orgánica y modificación de las relaciones de puestos de trabajo de la Consejerí­a de Medio Ambiente (BOC 9 de agosto de 2005).

        Normativa:

        Decreto 50/2009, de 18 de junio, por el que se regula el control de la contaminación atmosferica industrial en la Comunidad autonoma de Cantabria (BOE Nº 125 de 1 de julio de 2009).Orden MED/14/2009 de 1 de septiembre, por la que se crea y regula el Registro de Entidades colaboradoras de la Administración en materia de medio ambiente atmosferico (ECAMAT) (BOE Nº 177 de 14 de septiembre de 2009).

        Información al ciudadano:

        Tel éfono de información administrativa: llame al 012 https://www.cantabria.es/web/atencion-a-la-ciudadania .

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