Gobierno de Canarias

  • Trámite electrónico

    Objeto

    • Inscripción en el registro oficial de certificados de eficiencia energética de edificios.
    A quién está dirigido:
    Ciudadanos, Administración, Empresas y Asociaciones
    Inicio del trámite:
    Interesado
    Grado de administración electrónica:
    Nivel 4: Tramitación electrónica completa
    Se publica en la Ventanilla Única Europea:
    No
    Requisitos previos:
    No se exigen
    Tasas:
    No se exigen

    Medios de presentación

    Electrónico:
    Plazo de presentación:
    Todo el año

    Por internet

      • Documentos utilizados que permitan comprobar calificación energética (formato pdf).
      • Justificante de la autorización del titular para realizar el trámite (formato pdf).

      La documentación a aportar deberá ser presentada en alguno de los formatos de documentos aceptados.

    Quién tramita

    • Órgano que tramita:
      Servicio de Eficiencia Energ. y Nuevas Energ.

    Quién resuelve

    • Recursos:
      No cabe recurso

    Observaciones

    • Debido al volumen de trámites recibidos, se informa que el Registro de Eficiencia Energética de edificios tendrá un tiempo de emisión de hasta 2 días laborales. Transcurrido dicho plazo, rogamos lo comuníque vía formulario de contacto de la sede electrónica de la Consejería.

    Normativa

    • Normativa autonómica

      Decreto 13/2012 de 17 de febrero, por el que se aprueba el Reglamento por el que se regula el procedimiento de Registro del certificado de eficiencia energética de edificios en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Canarias

      Normativa estatal

      Real Decreto 235/2013, de 5 de abril, por el que se aprueba el procedimiento básico para la certificación de la eficiencia energética de los edificios.

      Códigos identificativos

      • Sistema de Información de la Comunidad Autónoma de Canarias (SICAC):

        3137
      • Sistema de Información Administrativa del Estado (SIA):

        221255

  • Trámite electrónico

    Objeto

    • Proceder a la inscripción de empresas en el registro de empresas con riesgo por amianto, así como la modificación de datos y la baja de las ya inscritas. Todas las empresas que vayan a realizar actividades u operaciones con riesgo por amianto deberán inscribirse en el registro de empresas con riesgo por amianto existente en los órganos correspondientes de la autoridad laboral del territorio donde radiquen sus instalaciones principales.
    A quién está dirigido:
    Empresas
    Inicio del trámite:
    Interesado
    Grado de administración electrónica:
    Nivel 4: Tramitación electrónica completa
    Se publica en la Ventanilla Única Europea:
    No
    Requisitos previos:
    No se exigen
    Tasas:
    (170) Tasa por servicios administrativos
    • (4) Inscripción en registros oficiales

    Medios de presentación

    Electrónico:
    Plazo de presentación:
    Todo el año

    Por internet

      • Solicitud
      • Tasa por servicios administrativos (Concepto 170. 4 - Inscripción en registros oficiales)
      • Escritura de constitución
      • Acreditación de la representación (escritura pública, poder notarial, apud acta)
      • Número de identificación fiscal
      • Declaración responsable: En relación con los requisitos y obligaciones que se exigen en el Real Decreto 396/2006, de 31 de marzo.
      • Anexo III Registro de empresas con riesgo por amianto (RERA)

      La documentación a aportar deberá ser presentada en alguno de los formatos de documentos aceptados.

    Quién tramita

    Quién resuelve

    • Órgano que resuelve:
      Dirección General de Trabajo
      Plazo de resolución:
      3 meses
      Efectos del silencio cuando el trámite se inicia por el interesado:
      Estimatorio
      Recursos:
      Recurso de Alzada

    Normativa

    • Normativa estatal

      Real Decreto 396/2006, de 31 de marzo, por el que se establecen las disposiciones mínimas de seguridad y salud aplicables a los trabajos con riesgo de exposición al amianto. (BOE Nº 086, de 11.4.2006).

      Códigos identificativos

      • Sistema de Información de la Comunidad Autónoma de Canarias (SICAC):

        2222
      • Sistema de Información Administrativa del Estado (SIA):

        221115

  • Trámite electrónico

    Objeto

    • Inscribir y emitir certificados relativos a las entidades urbanísticas de gestión y las entidades urbanísticas de conservación previstas legalmente.
    A quién está dirigido:
    Administración
    Inicio del trámite:
    Interesado
    Grado de administración electrónica:
    Nivel 4: Tramitación electrónica completa
    Se publica en la Ventanilla Única Europea:
    No
    Requisitos previos:
    No se exigen
    Tasas:
    No se exigen

    Medios de presentación

    Electrónico:
    Presencial:
    Diríjase a cualquiera de las oficinas de registro del Gobierno de Canarias, así como a los demás registros regulados por el art 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
    Plazo de presentación:
    Todo el año

    Por internet

      • Solicitud
      • Estatutos y bases de actuación.
      • Acuerdos de constitución de la entidad y designación de su Junta Directiva y domicilio

      La documentación a aportar deberá ser presentada en alguno de los formatos de documentos aceptados.

    Presencial

      • Solicitud
      • Estatutos y bases de actuación.
      • Acuerdos de constitución de la entidad y designación de su Junta Directiva y domicilio

      (Para descargar los formularios, haga clic con el botón derecho del ratón y seleccione "Guardar destino como..." o "Guardar enlace como..." en el menú emergente)

      Es necesario la descarga de Adobe Reader.

    Quién tramita

    Quién resuelve

    • Órgano que resuelve:
      Dirección General de Ordenación del Territorio
      Plazo de resolución:
      3 meses
      Efectos del silencio cuando el trámite se inicia por el interesado:
      Desestimatorio Ley 39/2015, de Procedimiento Administrativo Común de las AAPP
      Recursos:
      Recurso de Alzada

    Normativa

    • Normativa autonómica

      Ley 4/2017, 13 julio, del Suelo y de los Espacios Naturales Protegidos de Canarias

      Códigos identificativos

      • Sistema de Información de la Comunidad Autónoma de Canarias (SICAC):

        1683
      • Sistema de Información Administrativa del Estado (SIA):

        220540

  • Objeto

    • Tomar conocimiento de los datos comunicados por los titulares de las instalaciones incluidas en el ámbito del Real Decreto 117/2003, de 31 de enero, sobre limitación de emisiones de compuestos orgánicos volátiles debidas al uso de disolventes en determinadas actividades
    A quién está dirigido:
    Empresas
    Inicio del trámite:
    Interesado
    Grado de administración electrónica:
    Nivel 2: Descarga formularios
    Se publica en la Ventanilla Única Europea:
    No
    Requisitos previos:
    No se exigen
    Tasas:
    No se exigen

    Medios de presentación

    Presencial:
    Diríjase a cualquiera de las oficinas de registro del Gobierno de Canarias, así como a los demás registros regulados por el art 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
    Plazo de presentación:
    Periodo cada año

    Fecha Inicio: 1/1/

    Fecha Fin: 31/3/

  • Observaciones:
    • Durante el primer trimestre de cada año.
  • Por internet

    Presencial

    Quién tramita

    Quién resuelve

    Normativa

  • Trámite electrónico

    Objeto

    • Emitir y/o renovar el certificado de profesional habilitado en distintas especialidades y categorías; Admitir a la realización de ejercicios de acreditación profesional de determinadas actividades; y solicitudes de canje de certificados expedidos en otra Comunidad Autónomas.
    A quién está dirigido:
    Ciudadanos
    Inicio del trámite:
    Interesado
    Grado de administración electrónica:
    Nivel 4: Tramitación electrónica completa
    Se publica en la Ventanilla Única Europea:
    No
    Requisitos previos:
    • Los especificados en la normativa sectorial correspondiente
    Tasas:
    (118) Tasas en materia de industria y energía

    Medios de presentación

    Electrónico:
    Presencial:
    Diríjase a cualquiera de las oficinas de registro del Gobierno de Canarias, así como a los demás registros regulados por el art 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
    Plazo de presentación:
    Todo el año

    Por internet

      • Solicitud
      • Documentación acreditativa de la personalidad del interesado y de la persona que lo represente.
      • Emisión del certificado de profesional habilitado (personas exentas de la realización de exámenes): Certificado(s) de experiencia profesional acompañado de certificado de la seguridad social de ese período, u otros.
      • Emisión del certificado de profesional habilitado (personas exentas de la realización de exámenes): Copia compulsada del título o certificado requerido para la solicitud.
      • Impreso de autoliquidación de tasas (Modelo 700 concepto 118, tasa 4.1.
      • Fotografía tamaño carnet
      • Canje del certificado de otra Comunidad Autónoma: Certificado (s) original(es) para el/los que se solicita canje.
      • Admisión a la realización de ejercicios (sirve como primera solicitud de certificado de cualificación individual): Certificado de experiencia profesional acompañado de certificado de la seguridad social de ese período.
      • Admisión a la realización de ejercicios (sirve como primera solicitud de certificado de cualificación individual): Fotocopia compulsada del certificado de superación de un curso homologado.
      • Admisión a la realización de ejercicios (sirve como primera solicitud de certificado de cualificación individual): Fotocopia compulsada del título oficial de estudios.
      • Canje del certificado de otra Comunidad Autónoma: Certificado de no estar sancionado ni inhabilitado para el desempeño de las actividades que se solicita.
      • Canje del certificado de otra Comunidad Autónoma: Justificación acreditativa del cambio de residencia o de lugar de ejercicio profesional.

      La documentación a aportar deberá ser presentada en alguno de los formatos de documentos aceptados.

    Presencial

      • Solicitud
      • Documentación acreditativa de la personalidad del interesado y de la persona que lo represente.
      • Emisión del certificado de profesional habilitado (personas exentas de la realización de exámenes): Certificado(s) de experiencia profesional acompañado de certificado de la seguridad social de ese período, u otros.
      • Emisión del certificado de profesional habilitado (personas exentas de la realización de exámenes): Copia compulsada del título o certificado requerido para la solicitud.
      • Impreso de autoliquidación de tasas (Modelo 700 concepto 118, tasa 4.1.
      • Fotografía tamaño carnet
      • Canje del certificado de otra Comunidad Autónoma: Certificado (s) original(es) para el/los que se solicita canje.
      • Admisión a la realización de ejercicios (sirve como primera solicitud de certificado de cualificación individual): Certificado de experiencia profesional acompañado de certificado de la seguridad social de ese período.
      • Admisión a la realización de ejercicios (sirve como primera solicitud de certificado de cualificación individual): Fotocopia compulsada del certificado de superación de un curso homologado.
      • Admisión a la realización de ejercicios (sirve como primera solicitud de certificado de cualificación individual): Fotocopia compulsada del título oficial de estudios.
      • Canje del certificado de otra Comunidad Autónoma: Certificado de no estar sancionado ni inhabilitado para el desempeño de las actividades que se solicita.
      • Canje del certificado de otra Comunidad Autónoma: Justificación acreditativa del cambio de residencia o de lugar de ejercicio profesional.

      (Para descargar los formularios, haga clic con el botón derecho del ratón y seleccione "Guardar destino como..." o "Guardar enlace como..." en el menú emergente)

      Es necesario la descarga de Adobe Reader.

    Quién tramita

    Quién resuelve

    Observaciones

    • Modelo 700 concepto 118, tasa 4.1

    Normativa

    • Normativa autonómica

      Orden de 13 de octubre de 2004, por la que se modifica la Orden de 25 de junio de 2002, de la Consejería de Presidencia e Innovación Tecnológica, que establece los requisitos para la obtención del carné de operador de grúas torre (B.O.C. de 3 de julio de 2002), y se dictan otras disposiciones relativas a grúas torre.(BOC Nº 205, de 22.10.2004)

      Decreto 134/2011, de 17 de mayo, por el que se aprueba el Reglamento por el que se regulan las instalaciones interiores de suministro de agua y de evacuación de aguas en los edificios.(BOC Nº 122, de 22.06.2011)

      Orden de 25 de junio de 2002, de la Consejeria de Presidencia e Innovacion Tecnologica, por la que se establecen los requisitos para la obtencion del Carnet de operador de gruas torre. (BOC Nº 091, de 3.7.2002)

      Normativa estatal

      Real Decreto 1027/2007, de 20 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de Instalaciones Térmicas en los Edificios. (BOE Nº 207, de 29.8.2007).

      Real Decreto 2060/2008, de 12 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de equipos a presión y sus instrucciones técnicas complementarias.(BOE Nº 031, de 5.2.2009)

      Real Decreto 249/2010, de 5 de marzo, por el que se adaptan determinadas disposiciones en materia de energía y minas a lo dispuesto en la Ley 17/2009, de 23 de noviembre, sobre el libre acceso a las actividades de servicios y su ejercicio, y la Ley 25/2009, de 22 de diciembre, de modificación de diversas leyes para su adaptación a la Ley sobre el libre acceso a las actividades de servicios y su ejercicio.(BOE Nº 067, de 18.3.2010)

      Orden de 24 de Enero de 1978, por la que se aprueban las Instrucciones Complementarias denominadas Instrucciones MI-IF con arreglo a lo dispuesto en el Reglamento de seguridad para plantas e instalaciones frigoríficas. (BOE Nº 029, de 3.12.1978).

      Real Decreto 560/2010, de 7 de mayo, por el que se modifican diversas normas reglamentarias en materia de seguridad industrial para adecuarlas a la Ley 17/2009, de 23 de noviembre, sobre el libre acceso a las actividades de servicios y su ejercicio, y a la Ley 25/2009, de 22 de diciembre, de modificación de diversas leyes para su adaptación a la Ley sobre el libre acceso a las actividades de servicios y su ejercicio.(BOE Nº 125, de 22.5.2010)

      Real Decreto 837/2003, de 27 de junio, por el que se aprueba el nuevo texto modificado y refundido de la Instrucción técnica complementaria MIE-AEM-4 del Reglamento de aparatos de elevación y manutención, referente a grúas móviles autopropulsadas. (BOE Nº 170, de 17.7.2003)

      Real Decreto 836/2003, de 27 de junio, por el que se aprueba una nueva Instrucción técnica complementaria «MIE-AEM-2» del Reglamento de aparatos de elevación y manutención, referente a grúas torre para obras u otras aplicaciones. (BOE Nº 170, de 17.7.2003)

      Códigos identificativos

      • Sistema de Información de la Comunidad Autónoma de Canarias (SICAC):

        2290
      • Sistema de Información Administrativa del Estado (SIA):

        220409

  • Trámite electrónico

    Objeto

    • Inscribir en los registros correspondientes los acuerdos y convenios colectivos de trabajo en sus respectivos ámbitos territoriales y la pública información pertinente al acto registral.
    A quién está dirigido:
    Administración y Empresas
    Inicio del trámite:
    Interesado
    Grado de administración electrónica:
    Nivel 4: Tramitación electrónica completa
    Se publica en la Ventanilla Única Europea:
    No
    Requisitos previos:
    No se exigen
    Tasas:
    No se exigen

    Medios de presentación

    Electrónico:
    Plazo de presentación:
    Periodo cada año

    Fecha Inicio: 1/1/

    Fecha Fin: 31/12/

  • Condición:
    • La solicitud debe presentarse dentro del plazo de quince días a partir de la firma del convenio o acuerdo colectivo
  • Por internet

      • Texto original del convenio, acuerdo o comunicación firmado por los componentes de la comisión negociadora o de la parte que formule la solicitud.
      • Delegación de la Comisión Negociadora en el firmante de la solicitud.
      • Actas de las distintas sesiones celebradas, incluyendo las referentes a las de la Constitución de la Comisión y firma del convenio.
      • Revisión por cláusula de garantía salarial (anexo 2.III RD 713/2010).
      • Revisión salarial anual de convenios (anexo 2.IV RD 713/2010).

      La documentación a aportar deberá ser presentada en alguno de los formatos de documentos aceptados.

    Quién tramita

    • Órgano que tramita:
      Servicio Promoción Laboral Las Palmas Servicio de Promoción Laboral de Santa Cruz de Tenerife Servicio de Régimen Jurídico y Coordinación

    Quién resuelve

    • Órgano que resuelve:
      Dirección General de Trabajo
      Plazo de resolución:
      20 días
      Efectos del silencio cuando el trámite se inicia por el interesado:
      Estimatorio
      Recursos:
      Recurso de Alzada

    Normativa

    • Normativa estatal

      Real Decreto 713/2010, de 28 de mayo, sobre registro y depósito de convenios y acuerdos colectivos de trabajo.

      Real Decreto-ley 7/2011, de 10 de junio, de medidas urgentes para la reforma de la negociación colectiva

      Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores

      Códigos identificativos

      • Sistema de Información de la Comunidad Autónoma de Canarias (SICAC):

        1158
      • Sistema de Información Administrativa del Estado (SIA):

        220675

  • Trámite electrónico

    Objeto

    • Solicitar la puesta en funcionamiento de ascensores y justificar el cumplimiento de los preceptos técnicos y de seguridad de este tipo de instalaciones
    A quién está dirigido:
    Administración, Ciudadanos, Asociaciones y Empresas
    Inicio del trámite:
    Interesado
    Grado de administración electrónica:
    Nivel 4: Tramitación electrónica completa
    Se publica en la Ventanilla Única Europea:
    No
    Requisitos previos:
    • Las instalaciones deberán cumplir los requisitos del Reglamento de Aparatos de Elevacion y Manutención y su Instrucción Técnica Complementaria ITC AEM 1.
    Tasas:
    (118) Tasas en materia de industria y energía

    Medios de presentación

    Electrónico:
    Presencial:
    Diríjase a cualquiera de las oficinas de registro del Gobierno de Canarias, así como a los demás registros regulados por el art 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
    Plazo de presentación:
    Todo el año

    Por internet

      • Comunicación previa.
      • Fotocopia del Poder del representante, en su caso.
      • Ficha técnica.
      • Planos de situación, ubicación en el edificio, instalación y esquemas eléctricos y de circuitos de seguridad.
      • Declaración CE de conformidad.
      • Contrato de mantenimiento
      • Actas de ensayos relacionados con el control final.
      • Impreso de autoliquidación de tasas (modelo 700, concepto 118, tasa 2.2.).

      La documentación a aportar deberá ser presentada en alguno de los formatos de documentos aceptados.

    Presencial

      • Comunicación previa.
      • Fotocopia del Poder del representante, en su caso.
      • Ficha técnica.
      • Planos de situación, ubicación en el edificio, instalación y esquemas eléctricos y de circuitos de seguridad.
      • Declaración CE de conformidad.
      • Contrato de mantenimiento
      • Actas de ensayos relacionados con el control final.
      • Impreso de autoliquidación de tasas (modelo 700, concepto 118, tasa 2.2.).

      (Para descargar los formularios, haga clic con el botón derecho del ratón y seleccione "Guardar destino como..." o "Guardar enlace como..." en el menú emergente)

      Es necesario la descarga de Adobe Reader.

    Quién tramita

    • Órgano que tramita:
      Servicio de Seguridad Industrial

    Quién resuelve

    • Recursos:
      No cabe recurso

    Observaciones

    • La puesta en funcionamiento de las instalaciones podrá realizarse con la simple presentación de la comunicación, sin que sea necesaria la emisión de una resolución administrativa. No obstante, la Administración Pública podrá realizar posteriormente los controles e inspecciones que estime necesarias para comprobar el cumplimiento de los requisitos exigidos.

    Normativa

    • Normativa estatal

      Resolución de 10 de diciembre de 2014

      Real Decreto 88/2013, de 8 de febrero, por el que se aprueba la Instrucción Técnica Complementaria AEM 1 «Ascensores» del Reglamento de aparatos de elevación y manutención, aprobado por Real Decreto 2291/1985, de 8 de noviembre.

      Real Decreto 2291/1985, de 8 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de Aparatos de Elevación y Manutención de los mismos.

      Real Decreto 560/2010, de 7 de mayo, por el que se modifican diversas normas reglamentarias en materia de seguridad industrial para adecuarlas a la Ley 17/2009, de 23 de noviembre, sobre el libre acceso a las actividades de servicios y su ejercicio, y a la Ley 25/2009, de 22 de diciembre, de modificación de diversas leyes para su adaptación a la Ley sobre el libre acceso a las actividades de servicios y su ejercicio.

      Códigos identificativos

      • Sistema de Información de la Comunidad Autónoma de Canarias (SICAC):

        3600
      • Sistema de Información Administrativa del Estado (SIA):

        221156

  • Objeto

    • Regularizar la situación jurídica de los ocupantes que hayan accedido, sin título de adjudicación, a una vivienda protegida de promoción pública, con anterioridad al 31 de diciembre de 2010.
    A quién está dirigido:
    Ciudadanos
    Inicio del trámite:
    Interesado
    Grado de administración electrónica:
    Nivel 2: Descarga formularios
    Se publica en la Ventanilla Única Europea:
    No
    Requisitos previos:
    • a) Que la ocupación ilegal se haya producido antes del 31 de diciembre de 2010.
    • b) Que dicha vivienda constituya domicilio habitual y permanente del solicitante de la regularización.
    • c) Que concurran los siguientes requisitos, previstos, en el artículo 3 del Decreto 138/2007, de 24 de mayo, por el que se establece el régimen de adjudicación de las viviendas protegidas de promoción pública titularidad del Instituto Canario de la Vivienda:
    • - Ostentar la mayoría de edad.
    • - Contar la unidad familiar con ingresos ponderados no superiores a 1,5 veces el IPREM. del ejercicio fiscal que le correspondiese en función de la fecha de la solicitud.
    • - No ser titular ninguno de los miembros de la unidad familiar de vivienda protegida o libre, ni titular de un derecho real de uso y disfrute, o de opción de compra sobre las mismas. En este último caso sólo cuando este derecho se configure con carácter real y se halle inscrito en el registro correspondiente. Este requisito no será exigible cuando se haya declarado la pérdida del derecho de uso de la vivienda habitual por resolución judicial firme, como consecuencia de disolución matrimonial o de la pareja de hecho.
    • - Que el valor del Patrimonio de la unidad familiar, salvo que constituya la única fuente de ingresos de la misma, no supere el 50% del precio máximo de venta en primera transmisión de una vivienda protegida de promoción pública con una superficie útil de 68 m2.
    Tasas:
    No se exigen

    Medios de presentación

    Presencial:
    Diríjase a cualquiera de las oficinas de registro del Gobierno de Canarias, así como a los demás registros regulados por el art 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
    Plazo de presentación:
    Fecha Inicio: 2/7/2012 0:0
    Fecha Fin: 28/6/2015 23:59

    Por internet

    Presencial

      • Solicitud
      • Documentación acreditativa de la identidad del interesado (DNI, NIE o pasaporte)
      • según corresponda
      • Certificado de empadronamiento
      • Certificación catastral relativa a los bienes de la unidad familiar.
      • Declaración del impuesto sobre la renta de las personas físicas
      • Certificado de vida laboral
      • Certificado de reconocimiento de discapacidad
      • De destinar la vivienda a domicilio habitual y permanente.

      (Para descargar los formularios, haga clic con el botón derecho del ratón y seleccione "Guardar destino como..." o "Guardar enlace como..." en el menú emergente)

      Es necesario la descarga de Adobe Reader.

    Quién tramita

    • Órgano que tramita:
      Unidad de Apoyo del Director del Instituto Canario de Vivienda

    Quién resuelve

    • Órgano que resuelve:
      Instituto Canario de la Vivienda (ICV)
      Plazo de resolución:
      6 meses
      Efectos del silencio cuando el trámite se inicia por el interesado:
      DesestimatorioApartado 4 de la Disposición Adicional Decimoquinta de la Ley 2/2003, de 30 de enero, de Vivienda de Canarias
      Recursos:
      Recurso de Alzada

    Normativa

    • Normativa autonómica

      Ley 2/2003, de 30 de enero, de Vivienda de Canarias.

      Normativa estatal

      Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

  • Trámite electrónico

    Objeto

    • Reintegrar el exceso de aportación por la adquisición de productos farmacéuticos de conformidad con lo previsto en el Real Decreto-Ley 16/2012 de 20 de abril.
    A quién está dirigido:
    Ciudadanos
    Inicio del trámite:
    Interesado
    Grado de administración electrónica:
    Nivel 4: Tramitación electrónica completa
    Se publica en la Ventanilla Única Europea:
    No
    Requisitos previos:
    • Que los pensionistas y sus beneficiarios hayan superado el tope máximo de aportación mensual. Asimismo beneficiarios que de conformidad con la normativa hayan hecho realizado aportaciones indebidas.
    Tasas:
    No se exigen

    Medios de presentación

    Electrónico:
    Presencial:
    Diríjase a cualquiera de las oficinas de registro del Gobierno de Canarias, así como a los demás registros regulados por el art 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
    Plazo de presentación:
    Todo el año

    Por internet

      • Solicitud
      • Documentación acreditativa de la identidad del interesado (DNI, NIE o pasaporte)
      • Fotocopia de la tarjeta sanitaria en vigor del titular, o en su defecto documento acreditativo del derecho del paciente a la asistencia sanitaria pública.
      • Acreditación de la relación de patria potestad o tutela, si procede
      • Documento de alta a terceros cuando se solicite por primera vez un reintegro.
      • Focotopia de la libreta de ahorro o de extracto bancario donde conste el nombre del titular de la prestación y el número de la cuenta bancaria con 20 dígitos.
      • Justificantes de la prescripción: copia de la receta o de la hoja informativa.

      La documentación a aportar deberá ser presentada en alguno de los formatos de documentos aceptados.

    Presencial

      • Solicitud
      • Documentación acreditativa de la identidad del interesado (DNI, NIE o pasaporte)
      • Fotocopia de la tarjeta sanitaria en vigor del titular, o en su defecto documento acreditativo del derecho del paciente a la asistencia sanitaria pública.
      • Acreditación de la relación de patria potestad o tutela, si procede
      • Documento de alta a terceros cuando se solicite por primera vez un reintegro.
      • Focotopia de la libreta de ahorro o de extracto bancario donde conste el nombre del titular de la prestación y el número de la cuenta bancaria con 20 dígitos.
      • Justificantes de la prescripción: copia de la receta o de la hoja informativa.

      (Para descargar los formularios, haga clic con el botón derecho del ratón y seleccione "Guardar destino como..." o "Guardar enlace como..." en el menú emergente)

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    Quién tramita

    Quién resuelve

    Normativa

    • Normativa autonómica

      Instrucción 4/2013, de 28 de febrero, de la Directora del Servicio Canario de la Salud, por la que se establece el procedimiento de gestión para el reintegro de exceso de aportación de la prestación farmacéutica ambulatoria.

      Normativa estatal

      Real Decreto -Ley 16/2012 de 20 de abril de medidas urgentes para garantizar la sostenibilidad del Sistema Nacional de Salud y mejorar la calidad y seguridad de sus prestaciones.

      Preguntas Frecuentes

      • Preguntas y respuestas sobre la aplicación del Real Decreto Ley 16/2012 en materia de aportación farmacéutica.
        https://www3.gobiernodecanarias.org/sanidad/scs/content/e0183db9-24e2-11e2-9c51-f31d4d9afd02/Preguntas_respuestas_aplicacion_RDL_aportacion_farmaceutica.pdf
        Tabla con tipos de aportación farmacéutica, según ususario.
        https://www3.gobiernodecanarias.org/sanidad/scs/content/2d235687-24e4-11e2-9c51-f31d4d9afd02/Tabla_tipo_aportacion_farmaceutica_%20segun_%20usuario.pdf

      Códigos identificativos

      • Sistema de Información de la Comunidad Autónoma de Canarias (SICAC):

        3406
      • Sistema de Información Administrativa del Estado (SIA):

        220673

  • Trámite electrónico

    Objeto

    • Reintegrar el exceso de aportación por la adquisición de productos farmacéuticos de conformidad con lo previsto en el Real Decreto-Ley 16/2012 de 20 de abril.
    A quién está dirigido:
    Ciudadanos
    Inicio del trámite:
    Interesado
    Grado de administración electrónica:
    Nivel 4: Tramitación electrónica completa
    Se publica en la Ventanilla Única Europea:
    No
    Requisitos previos:
    • Que los pensionistas y sus beneficiarios hayan superado el tope máximo de aportación mensual. Asimismo beneficiarios que de conformidad con la normativa hayan hecho realizado aportaciones indebidas.
    Tasas:
    No se exigen

    Medios de presentación

    Electrónico:
    Presencial:
    Diríjase a cualquiera de las oficinas de registro del Gobierno de Canarias, así como a los demás registros regulados por el art 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
    Plazo de presentación:
    Todo el año

    Por internet

      • Solicitud
      • Documentación acreditativa de la identidad del interesado (DNI, NIE o pasaporte)
      • Fotocopia de la tarjeta sanitaria en vigor del titular, o en su defecto documento acreditativo del derecho del paciente a la asistencia sanitaria pública.
      • Acreditación de la relación de patria potestad o tutela, si procede
      • Documento de alta a terceros cuando se solicite por primera vez un reintegro.
      • Focotopia de la libreta de ahorro o de extracto bancario donde conste el nombre del titular de la prestación y el número de la cuenta bancaria con 20 dígitos.
      • Justificantes de la prescripción: copia de la receta o de la hoja informativa.

      La documentación a aportar deberá ser presentada en alguno de los formatos de documentos aceptados.

    Presencial

      • Solicitud
      • Documentación acreditativa de la identidad del interesado (DNI, NIE o pasaporte)
      • Fotocopia de la tarjeta sanitaria en vigor del titular, o en su defecto documento acreditativo del derecho del paciente a la asistencia sanitaria pública.
      • Acreditación de la relación de patria potestad o tutela, si procede
      • Documento de alta a terceros cuando se solicite por primera vez un reintegro.
      • Focotopia de la libreta de ahorro o de extracto bancario donde conste el nombre del titular de la prestación y el número de la cuenta bancaria con 20 dígitos.
      • Justificantes de la prescripción: copia de la receta o de la hoja informativa.

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    Normativa

    • Normativa autonómica

      Instrucción 4/2013, de 28 de febrero, de la Directora del Servicio Canario de la Salud, por la que se establece el procedimiento de gestión para el reintegro de exceso de aportación de la prestación farmacéutica ambulatoria.

      Normativa estatal

      Real Decreto -Ley 16/2012 de 20 de abril de medidas urgentes para garantizar la sostenibilidad del Sistema Nacional de Salud y mejorar la calidad y seguridad de sus prestaciones.

      Preguntas Frecuentes

      • Preguntas y respuestas sobre la aplicación del Real Decreto Ley 16/2012 en materia de aportación farmacéutica.
        https://www3.gobiernodecanarias.org/sanidad/scs/content/e0183db9-24e2-11e2-9c51-f31d4d9afd02/Preguntas_respuestas_aplicacion_RDL_aportacion_farmaceutica.pdf
        Tabla con tipos de aportación farmacéutica, según ususario.
        https://www3.gobiernodecanarias.org/sanidad/scs/content/2d235687-24e4-11e2-9c51-f31d4d9afd02/Tabla_tipo_aportacion_farmaceutica_%20segun_%20usuario.pdf

      Códigos identificativos

      • Sistema de Información de la Comunidad Autónoma de Canarias (SICAC):

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