Gobierno de Canarias

  • Objeto

    Autorizar el traslado de cadáveres de un municipio a otro dentro de la misma isla.
    A quién está dirigido:
    Empresas y Ciudadanos
    Grado de administración electrónica:
    Nivel 3: Descarga y envío electrónico de formularios
    Se publica en la Ventanilla Única Europea:
    No
    Requisitos previos:
    No se exigen
    Tasas:
    Modelo para la autoliquidación de tasas del SCS

    Medios de presentación

    Electrónico:
    Presencial:
    Diríjase a cualquiera de las oficinas de registro del Gobierno de Canarias, así como a los demás registros regulados por el art 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
    Plazo de presentación:
    Todo el año

    Por internet

      • Solicitud de traslado de cadáveres y otras prácticas de sanidad mortuoria.

      La documentación a aportar deberá ser presentada en alguno de los formatos de documentos aceptados.

    Presencial

    • (Para descargar los formularios, haga clic con el botón derecho del ratón y seleccione "Guardar destino como..." o "Guardar enlace como..." en el menú emergente)

      Es necesario la descarga de Adobe Reader.

    Quién tramita

    • Órgano que tramita:
      PROMOCIÓN DE LA SALUD

    Quién resuelve

    • Órgano que resuelve:
      Dirección General de Salud Pública
      Plazo de resolución:
      3 meses
      Efectos del silencio administrativo:
      Estimatorio
      Recursos:
      Recurso de Alzada

    Normativa

    • Normativa autonómica

      Decreto 404/1985, de 21 de octubre, por el que se dictan normas sobre el traslado de cadáveres. (BOC Nº 130, de 28.10.1985).

      Normativa estatal

      Decreto 2263/1974, de 20 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de Policía Sanitaria Mortuoria. (BOE Nº 197, de 17.8.1974).

  • Trámite electrónico

    Objeto

    • Autorizar el traslado de cadáveres de un municipio a otro dentro de la misma isla.
    A quién está dirigido:
    Ciudadanos y Empresas
    Inicio del trámite:
    Interesado
    Grado de administración electrónica:
    Nivel 3: Descarga y envío electrónico de formularios
    Se publica en la Ventanilla Única Europea:
    No
    Requisitos previos:
    No se exigen
    Tasas:
    Modelo para la autoliquidación de tasas del SCS

    Medios de presentación

    Electrónico:
    Presencial:
    Diríjase a cualquiera de las oficinas de registro del Gobierno de Canarias, así como a los demás registros regulados por el art 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
    Plazo de presentación:
    Todo el año

    Por internet

      • Solicitud de traslado de cadáveres y otras prácticas de sanidad mortuoria.

      La documentación a aportar deberá ser presentada en alguno de los formatos de documentos aceptados.

    Presencial

    Quién tramita

    • Órgano que tramita:
      Promoción de la Salud

    Quién resuelve

    • Órgano que resuelve:
      Dirección General de Salud Pública
      Plazo de resolución:
      3 meses
      Efectos del silencio cuando el trámite se inicia por el interesado:
      Estimatorio
      Recursos:
      Recurso de Alzada

    Normativa

    • Normativa autonómica

      Decreto 404/1985, de 21 de octubre, por el que se dictan normas sobre el traslado de cadáveres. (BOC Nº 130, de 28.10.1985).

      Normativa estatal

      Decreto 2263/1974, de 20 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de Policía Sanitaria Mortuoria. (BOE Nº 197, de 17.8.1974).

  • Objeto

    Autorizar el traslado de cadáveres de una isla a otra y a otras Comunidades Autónomas, siempre dentro del territorio nacional.
    A quién está dirigido:
    Empresas, Administración y Ciudadanos
    Grado de administración electrónica:
    Nivel 3: Descarga y envío electrónico de formularios
    Se publica en la Ventanilla Única Europea:
    No
    Requisitos previos:
    No se exigen
    Tasas:
    Modelo para la autoliquidación de tasas del SCS

    Medios de presentación

    Electrónico:
    Presencial:
    Diríjase a cualquiera de las oficinas de registro del Gobierno de Canarias, así como a los demás registros regulados por el art 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
    Plazo de presentación:
    Todo el año

    Por internet

      • Solicitud de traslado de cadáveres y otras prácticas de Sanidad Mortuoria.

      La documentación a aportar deberá ser presentada en alguno de los formatos de documentos aceptados.

    Presencial

    Quién tramita

    • Órgano que tramita:
      PROMOCIÓN DE LA SALUD

    Quién resuelve

    • Órgano que resuelve:
      Dirección General de Salud Pública
      Plazo de resolución:
      3 meses
      Efectos del silencio administrativo:
      Estimatorio
      Recursos:
      Recurso de Alzada

    Normativa

    • Normativa autonómica

      Decreto 404/1985, de 21 de octubre, por el que se dictan normas sobre el traslado de cadáveres. (BOC Nº 130, de 28.10.1985).

      Normativa estatal

      Decreto 2263/1974, de 20 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de Policía Sanitaria Mortuoria. (BOE Nº 197, de 17.8.1974).

  • Trámite electrónico

    Objeto

    • Obtener las empresas operadoras autorizadas en Canarias la preceptiva autorización para llevar a cabo el traslado de una máquina recreativa desde la Comunidad Autónoma de Canarias a otra Comunidad Autónoma.
    A quién está dirigido:
    Empresas
    Inicio del trámite:
    Interesado
    Grado de administración electrónica:
    Nivel 4: Tramitación electrónica completa
    Se publica en la Ventanilla Única Europea:
    No
    Requisitos previos:
    • El solicitante habrá de estar previamente inscrito, como empresa operadora, en el Registro del Juego
    Tasas:
    (113) Tasa administrativa inherente al juego
    • (19) Autorización para traslado de máquinas a otra Comunidad Autónoma

    Medios de presentación

    Electrónico:
    Presencial:
    Diríjase a cualquiera de las oficinas de registro del Gobierno de Canarias, así como a los demás registros regulados por el art 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
    Plazo de presentación:
    Todo el año

    Por internet

      • de traslado máquinas recreativas a otra Comunidad Autónoma.
      • Autorización de explotación de las máquinas recretivas respecto de las que se solicite su traslado.
      • Tasa Fiscal sobre el Juego de la máquina que desea trasladar, correspondiente al periodo de liquidación del año natural en curso.

      Otra documentación de interés:
      • Justificante de abono de tasa administrativa inherente al juego

      La documentación a aportar deberá ser presentada en alguno de los formatos de documentos aceptados.


      Otra documentación de interés:

    Quién tramita

    • Órgano que tramita:
      Servicio de Gestión del Juego Las Palmas Servicio de Gestión del Juego S/C de Tenerife

    Quién resuelve

    Normativa

  • Objeto

    • Autorizar que en la factura no consten los datos de identificación del destinatario en cuanto a las operaciones cuya contraprestación sea superior a 100 euros, Impuesto General Indirecto Canario (IGIC) no incluido, tratándose de operaciones realizadas para quienes no tengan la condición de empresarios o profesionales actuando como tales, en relación con sectores empresariales o profesionales o empresas determinadas, con el fin de evitar perturbaciones en el desarrollo de las actividades empresariales o profesionales.
    A quién está dirigido:
    Ciudadanos
    Inicio del trámite:
    Interesado
    Grado de administración electrónica:
    Nivel 1: Información
    Se publica en la Ventanilla Única Europea:
    No
    Requisitos previos:
    No se exigen
    Tasas:
    No se exigen

    Medios de presentación

    Presencial:
    Diríjase a cualquiera de las oficinas de registro del Gobierno de Canarias, así como a los demás registros regulados por el art 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
    Plazo de presentación:
    Todo el año

    Por internet

    Presencial

      • Solicitud
      • Documentación acreditativa de la personalidad del interesado y de la persona que lo represente.

    Quién tramita

    Quién resuelve

    • Órgano que resuelve:
      Agencia Tributaria Canaria
      Plazo de resolución:
      6 meses
      Efectos del silencio cuando el trámite se inicia por el interesado:
      Desestimatorio Artículo 48.2 del Reglamento de gestión de los tributos derivados del Régimen Económico y Fiscal de Canarias aprobado por Decreto 268/2001, de 4 de agosto.
      Recursos:
      Reclamación Económica Administrativa
      Potestativo de Reposición

    Observaciones

    • A quién está dirigido:
      Empresarios o profesionales.
      Unidad administrativa gestora: Servicio Central de Asistencia Tributaria y Coordinación Normativa.
      Órgano que resuelve: Director General de Tributos.

    Normativa

    • Normativa autonómica

      Decreto 268/2011, de 4 de agosto, por el que se aprueba el Reglamento de gestión de los tributos derivados del Régimen Económicos y Fiscal de Canarias (BOC 159 de 12/08/2011)

      Normativa estatal

      Real Decreto 1496/2003, de 28 de noviembre por el que se aprueba el Reglamento por el que se regulan las obligaciones de facturación, y se modifica el Reglamento del Impuesto sobre el Valor Añadido. (BOE nº 029, de 29.11.2003).

      Códigos identificativos

      • Sistema de Información de la Comunidad Autónoma de Canarias (SICAC):

        1303
      • Sistema de Información Administrativa del Estado (SIA):

        220392

  • Objeto

    • Autorizar que en la factura no consten los datos de identificación del destinatario en cuanto a las operaciones cuya contraprestación sea superior a 100 euros, Impuesto General Indirecto Canario (IGIC) no incluido, tratándose de operaciones realizadas para quienes no tengan la condición de empresarios o profesionales actuando como tales, en relación con sectores empresariales o profesionales o empresas determinadas, con el fin de evitar perturbaciones en el desarrollo de las actividades empresariales o profesionales.
    A quién está dirigido:
    Ciudadanos
    Inicio del trámite:
    Interesado
    Grado de administración electrónica:
    Nivel 1: Información
    Se publica en la Ventanilla Única Europea:
    No
    Requisitos previos:
    No se exigen
    Tasas:
    No se exigen

    Medios de presentación

    Presencial:
    Diríjase a cualquiera de las oficinas de registro del Gobierno de Canarias, así como a los demás registros regulados por el art 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
    Plazo de presentación:
    Todo el año

    Por internet

    Presencial

      • Solicitud
      • Documentación acreditativa de la personalidad del interesado y de la persona que lo represente.

    Quién tramita

    Quién resuelve

    • Órgano que resuelve:
      Agencia Tributaria Canaria
      Plazo de resolución:
      6 meses
      Efectos del silencio cuando el trámite se inicia por el interesado:
      Desestimatorio Artículo 48.2 del Reglamento de gestión de los tributos derivados del Régimen Económico y Fiscal de Canarias aprobado por Decreto 268/2001, de 4 de agosto.
      Recursos:
      Reclamación Económica Administrativa
      Potestativo de Reposición

    Observaciones

    • A quién está dirigido:
      Empresarios o profesionales.
      Unidad administrativa gestora: Servicio Central de Asistencia Tributaria y Coordinación Normativa.
      Órgano que resuelve: Director General de Tributos.

    Normativa

    • Normativa autonómica

      Decreto 268/2011, de 4 de agosto, por el que se aprueba el Reglamento de gestión de los tributos derivados del Régimen Económicos y Fiscal de Canarias (BOC 159 de 12/08/2011)

      Normativa estatal

      Real Decreto 1496/2003, de 28 de noviembre por el que se aprueba el Reglamento por el que se regulan las obligaciones de facturación, y se modifica el Reglamento del Impuesto sobre el Valor Añadido. (BOE nº 029, de 29.11.2003).

      Códigos identificativos

      • Sistema de Información de la Comunidad Autónoma de Canarias (SICAC):

        1303
      • Sistema de Información Administrativa del Estado (SIA):

        220392

  • Trámite electrónico

    Objeto

    • Autorizar a los hipódromos y a sus locales de apuestas la implantación de sistemas mecanizados e informáticos tanto para la llevanza de ficheros de acceso como para la expedición de las tarjetas de acceso.
    A quién está dirigido:
    Empresas
    Inicio del trámite:
    Interesado
    Grado de administración electrónica:
    Nivel 4: Tramitación electrónica completa
    Se publica en la Ventanilla Única Europea:
    No
    Requisitos previos:
    No se exigen
    Tasas:
    No se exigen

    Medios de presentación

    Electrónico:
    Presencial:
    Diríjase a cualquiera de las oficinas de registro del Gobierno de Canarias, así como a los demás registros regulados por el art 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
    Plazo de presentación:
    Todo el año

    Por internet

      • Autorización para la implantación de sistemas mecanizados e informáticos en hipódromos

      La documentación a aportar deberá ser presentada en alguno de los formatos de documentos aceptados.

    Presencial

    Quién tramita

    • Órgano que tramita:
      Servicio de Gestión del Juego S/C de Tenerife Servicio de Gestión del Juego Las Palmas

    Quién resuelve

    Normativa

  • Trámite electrónico

    Objeto

    • Autorizar a la sociedad titular del Casino, de forma suficientemente motivada, a que se impongan otras prohibiciones o condiciones especiales de admisión a las Salas de Juego.
    A quién está dirigido:
    Empresas
    Inicio del trámite:
    Interesado
    Grado de administración electrónica:
    Nivel 4: Tramitación electrónica completa
    Se publica en la Ventanilla Única Europea:
    No
    Requisitos previos:
    • La solicitante deberá ser la sociedad titular debidamente inscrita en el Registro del Juego.
    Tasas:
    (113) Tasa administrativa inherente al juego
    • (55) Otras autorizaciones

    Medios de presentación

    Electrónico:
    Presencial:
    Diríjase a cualquiera de las oficinas de registro del Gobierno de Canarias, así como a los demás registros regulados por el art 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
    Plazo de presentación:
    Todo el año

    Por internet

      • de autorización para imponer otras prohibiciones o condiciones especiales de admisión a las Salas de Juego de Casinos.

      Otra documentación de interés:
      • Justificante de abono de tasa administrativa inherente al juego

      La documentación a aportar deberá ser presentada en alguno de los formatos de documentos aceptados.

    Presencial

    Quién tramita

    • Órgano que tramita:
      Servicio de Gestión del Juego Las Palmas Servicio de Gestión del Juego S/C de Tenerife

    Quién resuelve

    Normativa

    • Normativa autonómica

      Ley 8/2010, de 15 de julio, de los Juegos y Apuestas.

      Artículo 29 del Reglamento de Casinos de Juego, aprobado por Decreto 204/2001, de 3 de diciembre.

      Resolución, de 20 de mayo de 2014, de la Viceconsejería de Administración Pública, por la que se aprueban diversos modelos normalizados de solicitud en materia de juegos y apuestas.

      Códigos identificativos

      • Sistema de Información de la Comunidad Autónoma de Canarias (SICAC):

        2315
      • Sistema de Información Administrativa del Estado (SIA):

        221004

  • Objeto

    Autorizar a la sociedad titular del Casino, de forma suficientemente motivada, a que se impongan otras prohibiciones o condiciones especiales de admisión a las Salas de Juego.
    A quién está dirigido:
    Empresas
    Grado de administración electrónica:
    Nivel 1: Información
    Se publica en la Ventanilla Única Europea:
    No
    Requisitos previos:
    La solicitante deberá ser la sociedad titular debidamente inscrita en el Registro del Juego.
    Tasas:
    Tasa administrativa inherente al juego
    • Otras autorizaciones

    Medios de presentación

    Presencial:
    Diríjase a cualquiera de las oficinas de registro del Gobierno de Canarias, así como a los demás registros regulados por el art 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
    Plazo de presentación:
    Todo el año

    Por internet

      • de autorización para imponer otras prohibiciones o condiciones especiales de admisión a las Salas de Juego de Casinos.

      Otra documentación de interés:
      • Justificante de abono de tasa administrativa inherente al juego

      La documentación a aportar deberá ser presentada en alguno de los formatos de documentos aceptados.

    Presencial

      • de autorización para imponer otras prohibiciones o condiciones especiales de admisión a las Salas de Juego de Casinos.

      Otra documentación de interés:
      • Justificante de abono de tasa administrativa inherente al juego

    Quién tramita

    • Órgano que tramita:
      Servicio de Gestión del Juego S/C de Tenerife
      Servicio de Gestión del Juego Las Palmas

    Quién resuelve

    • Órgano que resuelve:
      Viceconsejería de Administraciones Publicas y Transparencia
      Plazo de resolución:
      2 meses
      Efectos del silencio administrativo:
      Estimatorio
      Recursos:
      Recurso de Alzada

    Normativa

  • Trámite electrónico

    Objeto

    • Autorizar el inicio de actividad de empresas de trabajo temporal (ETT) para la contratación de trabajadores y posterior cesión a otras empresas, con carácter temporal.
    A quién está dirigido:
    Empresas
    Inicio del trámite:
    Interesado
    Grado de administración electrónica:
    Nivel 4: Tramitación electrónica completa
    Se publica en la Ventanilla Única Europea:
    No
    Requisitos previos:
    No se exigen
    Tasas:
    No se exigen

    Medios de presentación

    Electrónico:
    Presencial:
    Diríjase a cualquiera de las oficinas de registro del Gobierno de Canarias, así como a los demás registros regulados por el art 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
    Plazo de presentación:
    Todo el año

    Por internet

    Presencial

      • Solicitud
      • Información para empresas de trabajo temporal
      • Fotocopia del documento nacional de identidad, pasaporte o permiso de trabajo y residencia del solicitante.
      • Documento acreditativo de la representación legal.
      • Certificado acreditativo de la inscripción en el Registro Mercantil o en el correspondiente Registro de Cooperativas.
      • Copia auténtica de la escritura pública de constitución y, en su caso, estatutos de la sociedad.
      • Certificación de la Agencia Tributaria de hallarse al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias.
      • Certificación de la Tesorería General de la Seguridad Social de hallarse al corriente en el cumplimiento de las obligaciones frente a la Seguridad Social.
      • Certificación de hallarse al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias autonómicas.
      • Documentación acreditativa de haber constituido la garantía financiera (depósito en dinero efectivo o valores públicos, aval o fianza).
      • Memoria de la estructura organizativa con la que cuenta la empresa, detallada por centros de trabajo.

      (Para descargar los formularios, haga clic con el botón derecho del ratón y seleccione "Guardar destino como..." o "Guardar enlace como..." en el menú emergente)

      Es necesario la descarga de Adobe Reader.

    Quién tramita

    Quién resuelve

    • Órgano que resuelve:
      Dirección General de Trabajo
      Plazo de resolución:
      1 mes
      Efectos del silencio cuando el trámite se inicia por el interesado:
      Estimatorio
      Recursos:
      Recurso de Alzada

    Normativa

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Empresa participante en Cuatrecasas ACELERA en colaboración con Telefónica Open Future.