Autorización para expedir facturas superiores a 100 euros, sin que consten los datos de identificación del destinatario, cuando estos no tengan la condición de empresarios o profesionales, y actúen como tales.
Actualizado el 3 de agosto de 2020
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Objeto
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- Autorizar que en la factura no consten los datos de identificación del destinatario en cuanto a las operaciones cuya contraprestación sea superior a 100 euros, Impuesto General Indirecto Canario (IGIC) no incluido, tratándose de operaciones realizadas para quienes no tengan la condición de empresarios o profesionales actuando como tales, en relación con sectores empresariales o profesionales o empresas determinadas, con el fin de evitar perturbaciones en el desarrollo de las actividades empresariales o profesionales.
- A quién está dirigido:
- Ciudadanos
- Inicio del trámite:
- Interesado
- Grado de administración electrónica:
- Nivel 1: Información
- Se publica en la Ventanilla Única Europea:
- No
- Requisitos previos:
- No se exigen
- Tasas:
- No se exigen
Medios de presentación
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- Presencial:
- Diríjase a cualquiera de las oficinas de registro del Gobierno de Canarias, así como a los demás registros regulados por el art 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
- Plazo de presentación:
- Todo el año
Por internet
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La documentación a aportar deberá ser presentada en alguno de los formatos de documentos aceptados.
Presencial
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- Solicitud
- Documentación acreditativa de la personalidad del interesado y de la persona que lo represente.
Quién tramita
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- Órgano que tramita:
- Agencia Tributaria Canaria
Quién resuelve
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- Órgano que resuelve:
- Agencia Tributaria Canaria
- Plazo de resolución:
- 6 meses
- Efectos del silencio cuando el trámite se inicia por el interesado:
- Desestimatorio Artículo 48.2 del Reglamento de gestión de los tributos derivados del Régimen Económico y Fiscal de Canarias aprobado por Decreto 268/2001, de 4 de agosto.
- Recursos:
- Reclamación Económica Administrativa
Potestativo de Reposición
Observaciones
- A quién está dirigido:
Empresarios o profesionales.
Unidad administrativa gestora: Servicio Central de Asistencia Tributaria y Coordinación Normativa.
Órgano que resuelve: Director General de Tributos.
Normativa
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Normativa autonómica
Decreto 268/2011, de 4 de agosto, por el que se aprueba el Reglamento de gestión de los tributos derivados del Régimen Económicos y Fiscal de Canarias (BOC 159 de 12/08/2011)
Normativa estatal
Real Decreto 1496/2003, de 28 de noviembre por el que se aprueba el Reglamento por el que se regulan las obligaciones de facturación, y se modifica el Reglamento del Impuesto sobre el Valor Añadido. (BOE nº 029, de 29.11.2003).
Códigos identificativos
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Sistema de Información de la Comunidad Autónoma de Canarias (SICAC):
1303
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Sistema de Información Administrativa del Estado (SIA):
220392
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