AYUDAS DEL PROGRAMA DE APOYO A LA INNOVACIÓN DE LAS PEQUEÑAS Y MEDIANAS EMPRESAS 2011 (InnoEmpresa 2011)

Actualizado el 18 de diciembre de 2019
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Denominación

AYUDAS DEL PROGRAMA DE APOYO A LA INNOVACIÓN DE LAS PEQUEí?AS Y MEDIANAS EMPRESAS 2011 (InnoEmpresa 2011)

Departamento responsable

ECONOMÍA, INDUSTRIA Y EMPLEO

¿Qué requisitos debo cumplir?

1- Presentación por parte del promotor del proyecto de la correspondiente solicitud
2 -El proyecto deberá financiarse al menos en un 25% por parte del promotor sin ningún tipo de ayuda pública.
3 -El proyecto deberá necesariamente juzgarse viable, técnica, económica y financieramente.
4- El proyecto debe ser completo, es decir, que aunque ampliable y mejorable en un futuro, sea ya totalmente suficiente para su aplicación.
5- El número de pymes participantes ha de ser superior a 5 si el proyecto es presentado por un organismo intermedio y superior a 3 en proyectos colaborativos presentados por un conjunto de pymes participantes
6- Asimismo, los beneficiarios deberán cumplir las siguientes condiciones:
a) No haber sido condenadas mediante sentencia firme a la pena de pérdida de la posibilidad de obtener subvenciones o ayudas públicas.
b) No haber solicitado la declaración de concurso, no haber sido declarados insolventes en cualquier procedimiento, no hallarse declarados en concurso, no estar sujetos a intervención judicial o no haber sido inhabilitados conforme a la Ley Concursal sin que haya concluido el perí­odo de inhabilitación fijado en la sentencia de calificación del concurso.
c) No haber dado lugar, por causa de la que hubiesen sido declarados culpables, a la resolución firme de cualquier contrato celebrado con la Administración.
d) No estar incursa la persona fí­sica, los administradores de las sociedades mercantiles o aquellos que ostentan la representación legal de otras personas jurí­dicas, en alguno de los supuestos de la Ley 5/2006, de 10 de abril, reguladora de los Conflictos de Intereses de los Miembros del Gobierno y de los Altos Cargos de la Administración General del Estado, de la Ley 53/1984, de 26 de diciembre, de Incompatibilidades del Personal
7- El perí­odo de cobertura de los gastos relativos a las actividades de los proyectos será desde la fecha de presentación de la solicitud de subvención hasta el 31 de diciembre de 2011.

¿Quién lo puede solicitar?

Las pequeí±as y medianas empresas (Pymes) y los Organismos Intermedios que promuevan proyectos con Pymes.

Normativa aplicable

1- Real Decreto 1579/2006, de 22 de diciembre (BOE nº 29 de 2 de febrero de 2007)
por el que se establece el régimen de ayudas y el sistema de gestión del Programa de apoyo a la innovación de las pequeí±as y medianas empresas 2007-2013.
2- Decreto 230/2007, de 18 de septiembre (BOA nº 117 de 3 de octubre), por el que se establece el régimen de ayudas del programa de apoyo a la Innovación de las Pequeí±as y Medianas Empresas (InnoEmpresa) para el periodo 2007-2013
modificado por Decreto 78/2008, de 29 de abril (BOA nº 63 de 21 de mayo) .
3- ORDEN de 28 de septiembre de 2010, del Consejero de Industria, Comercio y Turismo, por la que se aprueba la convocatoria de las ayudas del Programa de Apoyo a la Innovación de las Pequeí±as y Medianas Empresas (Innoempresa) para el aí±o 2011.

¿Qué documentación necesito?

Las solicitudes se presentarán en el modelo oficial según convocatoria, al que deberá acompaí±arse la siguiente documentación:
- Memoria del proyecto a subvencionar, de acuerdo con el guión orientativo establecido en la convocatoria, acompaí±ado en su caso de al menos tres ofertas de diferentes proveedores, en forma de presupuestos o facturas pro forma, cuando se trate de ejecución de obra cuya cuantí­a supere 30.000 euros, y 12.000 euros en el caso de suministro de bienes o prestación de servicios por empresas de consultorí­a o asistencia técnica. No obstante, se podrán admitir inversiones que no vayan acompaí±adas de estas tres ofertas cuando por las especiales caracterí­sticas de los gastos subvencionables no exista en el mercado suficiente número de entidades que lo suministren o presten.
- Copia compulsada del C.I.F. o del D.N.I., según sea el solicitante persona jurí­dica o fí­sica. En el caso de que el solicitante sea una Comunidad de Bienes o Sociedad Civil se deberá aportar además del C.I.F. de la Sociedad el D.N.I. de cada uno de los socios, asimismo deberá nombrarse un representante o apoderado único de la entidad, con poderes bastantes para cumplir con las obligaciones que, como beneficiario corresponden a dicha entidad, salvo que dicho requisito figure en los Estatutos o Contrato de Constitución.
- Copia compulsada de la Escritura de constitución de la sociedad y en su caso, de modificaciones posteriores cuando el solicitante sea persona jurí­dica u organismo intermedio.
- Alta de Terceros cumplimentada en original.
No será necesaria la presentación de la documentación que estuviere ya en poder de la Dirección General de Industria y de la Pequeí±a y Mediana Empresa, siempre que se cumplan los siguientes requisitos:
- Que se haga constar en la solicitud la fecha y número del expediente en que fueron presentados.
- Que no hayan transcurrido más de tres aí±os desde la fecha de presentación del documento.
- Que no se hubieran producido modificaciones en los hechos que resulten acreditados por los mismos, o caducados los perí­odos de validez de éstos.
El interesado facilitará las inspecciones y otros actos de investigación que la Dirección General de Industria y de la Pequeí±a y Mediana Empresa disponga a través de sus propios servicios y está obligado a aportar los documentos fiscales, tributarios, de carácter contable o de cualquier otra í­ndole que se le requieran, en orden a la determinación y comprobación de los datos en virtud de los cuales deba pronunciarse la resolución.

Plazo abierto desde

26/11/2010

Plazo abierto hasta

26/12/2010

Observaciones

1 Presentación por parte del promotor del proyecto de la correspondiente solicitud.
2 El proyecto deberá financiarse al menos en un 25% por parte del promotor sin ningún tipo de ayuda pública.
3 El proyecto de inversión deberá necesariamente juzgarse viable, técnica, económica y financieramente.
4 El proyecto debe ser completo, es decir, que aunque ampliable y mejorable en un futuro, sea ya totalmente suficiente para su aplicación.
5 El número de pymes participantes ha de ser superior a 5 si el proyecto es presentado por un organismo intermedio y superior a 3 en proyectos colaborativos presentados por un conjunto de pymes participantes
6 Asimismo, los beneficiarios deberán cumplir las siguientes condiciones:
a) No haber sido condenadas mediante sentencia firme a la pena de pérdida de la posibilidad de obtener subvenciones o ayudas públicas.
b) No haber solicitado la declaración de concurso, no haber sido declarados insolventes en cualquier procedimiento, no hallarse declarados en concurso, no estar sujetos a intervención judicial o no haber sido inhabilitados conforme a la Ley Concursal sin que haya concluido el perí­odo de inhabilitación fijado en la sentencia de calificación del concurso.
c) No haber dado lugar, por causa de la que hubiesen sido declarados culpables, a la resolución firme de cualquier contrato celebrado con la Administración.
d) No estar incursa la persona fí­sica, los administradores de las sociedades mercantiles o aquellos que ostentan la representación legal de otras personas jurí­dicas, en alguno de los supuestos de la Ley 5/2006, de 10 de abril, reguladora de los Conflictos de Intereses de los Miembros del Gobierno y de los Altos Cargos de la Administración General del Estado, de la Ley 53/1984, de 26 de diciembre, de Incompatibilidades

Plazo de resolución

6 Meses

Accesible en eugo.es

N

Códigos vuds

N

Lugar y forma de presentación

Presentar el formulario siguiente cumplimentado y la documentación asociada.
Formularios:

Información adicional de interés

http://www.boa.aragon.es/cgi-bin/EBOA/BRSCGI?CMD=VERDOC&BASE=BOLE&PIECE=BOLE&DOCS=1-55&DOCR=20&SEC=FIRMA&RNG=200&SEPARADOR=&&PUBL=20101115


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