Estancia y disfrute de la práctica de esquí.
- Fines de semana: Jóvenes de 16 a 35 años. Los grupos organizados por asociaciones, centros de información juvenil o centros de enseñanza, cuyos miembros tengan de 11 a 35 años (exceptuando las personas responsables de grupo), también pueden solicitar su inscripción como grupo.
- En el caso de fin de semana, se puede pagar en su totalidad o a plazos: una primera entrega, en concepto de reserva, y el resto, como máximo 15 días antes de la salida.
- En el caso de fines de semana sin bus el pago total se efectuará en el momento de la reserva.
Ver precios en la web del IVAJ.GVA JOVE
Presencial
En el momento de hacer la reserva es necesaria la presentación del DNI y, para obtener el descuento correspondiente, el Carnet Jove.
Los menores de edad deberán presentar, en nuestras oficinas, la autorización incluída en la página web y la fotocopia del DNI del progenitor o tutor que la firme, y entregar al guía la autorización y la ficha médica.
Puedes realizar la inscripción por teléfono o, personalmente, en cualquier oficina IVAJ.GVA JOVE.
Si optas por este sistema, deberás personarte en una de nuestras oficinas en un plazo máximo de dos días para formalizar la reserva.
- En el momento de hacer la reserva es necesaria la presentación del DNI y, para obtener el descuento correspondiente, el Carnet Jove.
- Los menores de edad deberán presentar, en nuestras oficinas, la autorización incluida en el folleto y la fotocopia del DNI del progenitor o tutor que la firme, y entregar al guía la autorización y la ficha médica que en su momento facilite la empresa organizadora.
-También les recordamos la obligación de llevar toda su documentación en regla durante el viaje (DNI/pasaporte), y que, en los viajes al extranjero, los menores de edad deberán traer consigo el pasaporte o el DNI más la autorización materna/paterna expedida por la comisaría de policía correspondiente.
* FINES DE SEMANA CON AUTOBÚS
- FECHAS:
Grand Valira (Andorra) del 29 al 31 de enero (temporada baja)
Grand Valira (Andorra) del 19 al 21 de febrero (temporada alta)
Espot Esquí del 26 al 28 de febrero
- PRECIOS:
P.CJ :
Grand Valira: TB: 132 euros
Grand Valira: TA: 142 euros
Espot: 123 euros
. PVP:
Grand Valira TB: 145 euros
Grand Valira TA: 156 euros
Espot: 135 euros
. Material Alpino:
Grand Valira: 17 euros
Espot: 21 euros
. Material Snow:
Grad Valira: 24 euros
Espot: 28 euros
. Clases Alpino:
Grand Valira: 36 euros
Espot: 20 euros
. Clases Snow:
Grand Valira: ------
Espot: 20 euros
. H. doble x pax:
Grand Valira: ------
Espot: 8 euros
* En el alquiler de material de esquí alpino y snow está incluído el casco
- SERVICIOS INCLUIDOS:
.Transporte en autocar. Salidas desde las estaciones de autobuses de Alicante, Valencia y Castellón. Para grupos de más de 25 jóvenes se podrán organizar, siempre que sea posible, salidas desde otros puntos de origen.
. Alojamiento (viernes y sábado), en los establecimientos indicados, según la distribución siguiente:
GRAND VALIRA: Apartamentos K2 en Pas de la Casa, a pie de pistas, (fianza por apartamento, 150 ?). Distribución en habitaciones múltiples (hay ropa de cama y toallas). Distancia aproximada a las pistas, 150 m.
ESPOT ESQUÍ: hotel** Or Blanc, situado a pie de pistas. Distribución de 4/5 personas por habitación. Distancia aproximada a los remontes, 25 m.
. Media pensión (sábado, desayuno y cena; domingo, desayuno), excepto en los apartamentos , que están totalmente equipados para cocinar.
. Forfait de remontes para 2 días
. Guía acompañante
.Seguro de asistencia y accidentes en el viaje
- SERVICIOS OPCIONALES:
. Material: el alpino, consta de esquís, botas, bastones y casco; el de snow comprende tabla de snow, botas y casco.
. Clases: como norma general, dos horas diarias de esquí alpino o snow. Las clases son colectivas y requieren un grupo mínimo de 10/12 personas por cada nivel.
- SALIDAS:
La presentación para todas las salidas se hará con una antelación de 30 min.
Las salidas al Pirineo y Andorra se harán desde las estaciones de autobuses de las diferentes ciudades:
ALICANTE: Puerto de Alicante, barrio Heliodoro Madrona, muelle de Poniente s/n. Salida: 13:00 h.
VALENCIA: Avda. Menéndez Pidal, 13. Salida: 15:30 h.
CASTELLÓN: C/ Pintor Oliet, s/n. Salida: 16:30 h.
El número de andén para cada viaje se facilitará antes de la salida
Obligaciones
- CONDICIONES GENERALES: Ver enlace web IVAJ.GVA JOVE
- ANULACIONES: Siempre antes de la salida (ver enlace)
Enlaces
Términos y condiciones de la reserva en línea
A partir del dia 16 de noviembre, mientras haya disponibilidad de plazas.
Campaña Hivern 2015-2016Salidas de esquí durante las siguientes semanas: Navidad, Fin de Año, Reyes, Fallas y Semana Santa
Estos viajes están destinados a jóvenes de entre 16 y 35 años.
-Se puede pagar en su totalidad, o a plazos, una primera entrega en concepto de reserva, y el resto en la fecha que se especifique.
-Ver precios en cada viaje, en el enlace a Semanas especiales.
Presencial
Jóvenes con edades comprendidas entre los 16 y 35 años.
Puedes realizar la inscripción por teléfono o, personalmente, en cualquier oficina IVAJ.GVA JOVE.
Si optas por este sistema, deberás personarte en una de nuestras oficinas en un plazo máximo de dos días para formalizar la reserva.
- En el momento de hacer la reserva es necesaria la presentación del DNI y, para obtener el descuento correspondiente, el Carnet Jove.
- Los menores de edad deberán presentar en nuestras oficinas la autorización de viaje para menores y la fotocopia del DNI del progenitor o tutor que la firme.
* NAVIDAD
ESPOT ESQUÍ (Pirineo catalán) :
. 4 noches de alojamiento / 4 días de esquí / media pensión
. Participantes: Jóvenes de 16 a 35 años
. Fechas: del 26 al 30 de diciembre
. Tarifas: Consultar web del IVAJ.GVA JOVE
. La salida será el día 26 de diciembre. Llegada y alojamiento en el hotel** Or Blanc, situado a pie de pistas. Distribución de 3/4 personas por habitación. Distancia aproximada a los remontes, 25 m.
. El viaje incluye la media pensión: el primer servicio será el alojamiento, y el último, el desayuno. El forfait de remontes es para 4 días, del 27 al 30 de diciembre. El día 30 de diciembre, después de esquiar y a la hora acordada previamente, viaje de regreso; llegada por la noche a la Comunitat Valenciana.
SALIDAS
La presentación para todas las salidas se hará con una antelación de 30 min.
Las salidas se harán desde las estaciones de autobuses de las diferentes ciudades:
ALICANTE: Puerto de Alicante, barrio Heliodoro Madrona, muelle de Poniente s/n. Salida: 13.00 h
VALENCIA: Avda. Menéndez Pidal, 13. Salida:15.30 h
CASTELLÓN: C/ Pintor Oliet, s/n. Salida: 16.30 h
El número de andén para cada viaje se facilitará antes de la salida.
* FIN DE AÑO
- GRAND VALIRA (Andorra) del 27 de diciembre al 1 de enero
. 5 noches de alojamiento / 4 días de esquí
. Participantes: jóvenes de 16 a 35 años
. Tarifas: Consultar web del IVAJ.GVA JOVE
. La salida será el día 27 de diciembre. Llegada y alojamiento en los apartamentos K2 situados a pie de pistas, en Pas de la Casa, (fianza 150 euros por apartamento). Distribución en habitaciones múltiples (hay ropa de cama y toallas). Distancia aproximada a los remontes, 150 m.
. El viaje se oferta sin comidas, sólo alojamiento; pero los apartamentos están equipados para cocinar. El forfait de remontes es para 4 días, del 28 al 31 de diciembre. El día 1 de enero a la hora acordada previamente, viaje de regreso; llegada por la noche a la Comunitat Valenciana.
SALIDAS
La presentación para todas las salidas se hará con una antelación de 30 min.
Las salidas se harán desde las estaciones de autobuses de las diferentes ciudades:
ALICANTE: Puerto de Alicante, barrio Heliodoro Madrona, muelle de Poniente s/n. Salida: 09:00 h
VALENCIA: Avda. Menéndez Pidal, 13. Salida:11:00 h
CASTELLÓN: C/ Pintor Oliet, s/n. Salida: 12:00 h
El número de andén para cada viaje se facilitará antes de la salida.
* FIN DE AÑO
- GRAN VALIRA (Andorra) del 28 de diciembre al 1 de enero
. 4 noches de alojamiento / 3 días de esquí
. Participantes: jóvenes de 16 a 35 años
. Tarifas: Consultar web del IVAJ.GVA JOVE
. La salida será el día 28 de diciembre. Llegada y alojamiento en los apartamentos K2, situados a pie de pistas, en Pas de la Casa, (fianza 150,- euros por apartamento). Distribución en habitaciones múltiples (hay ropa de cama y toallas). Distancia aproximada a los remontes, 150 m.
. El viaje se oferta sin comidas, sólo alojamiento; pero los apartamentos están equipados para cocinar. El forfait de remontes es para 3 días, del 29 al 31 de diciembre. El día 1 de enero a la hora acordada previamente, viaje de regreso; llegada por la noche a la Comunitat Valenciana.
SALIDAS
La presentación para todas las salidas se hará con una antelación de 30 min.
Las salidas se harán desde las estaciones de autobuses de las diferentes ciudades:
ALICANTE: Puerto de Alicante, barrio Heliodoro Madrona, muelle de Poniente s/n. Salida: 09:00 h
VALENCIA: Avda. Menéndez Pidal, 13. Salida: 11:00 h
CASTELLÓN: C/ Pintor Oliet, s/n. Salida: 12:00 h
El número de andén para cada viaje se facilitará antes de la salida.
* REYES
- GRAND VALIRA (Andorra) del 2 al 5 de enero
. 3 noches de alojamiento / 3 días de esquí
. Participantes: jóvenes de 16 a 35 años
. Tarifas: Consultar la web del IVAJ.GVA JOVE
. La salida será el día 2 de enero. Llegada y alojamiento en los apartamentos K2, situados a pie de pistas en Pas de la Casa (fianza 150 euros por apartamento). La distribución será en habitaciones múltiples (hay ropa de cama y toallas). Distancia aproximada a los remontes, 150 m.
. El viaje se oferta sin comidas, solo alojamiento, pero los apartamentos están equipados para cocinar. El forfait de remontes es para 3 días, del 3 al 5 de enero. El día 5 de enero, después de esquiar y a la hora acordada previamente, viaje de regreso; llegada por la noche a la Comunitat Valenciana.
SALIDAS
La presentación para todas las salidas se hará con una antelación de 30 min.
Las salidas se harán desde las estaciones de autobuses de las diferentes ciudades:
ALICANTE: Puerto de Alicante, barrio Heliodoro Madrona, muelle de Poniente s/n. Salida: 09:00 h
VALENCIA: Avda. Menéndez Pidal, 13. Salida: 11:00 h
CASTELLÓN: C/ Pintor Oliet, s/n. Salida: 12:00 h
El número de andén para cada viaje se facilitará antes de la salida.
* FALLAS
- GRAND VALIRA (Andorra) del 15 al 19 de marzo
. noches de alojamiento / 3 días de esquí
. Participantes: jóvenes de 16 a 35 años
. Tarifas: Consultar la web del IVAJ.GVA JOVE
. La salida será el día 15 de marzo. Llegada y alojamiento en los apartamentos K2, situados a pie de pistas, en Pas de la Casa, (fianza 150,- ? por apartamento). Distribución en habitaciones múltiples (hay ropa de cama y toallas). Distancia aproximada a los remontes, 150 m.
. l viaje se oferta sin comidas, sólo alojamiento; pero los apartamentos están equipados para cocinar. El forfait de remontes es para 3 días, del 16 al 18 de marzo. El día 19 de marzo a la hora acordada previamente, viaje de regreso; llegada por la noche a la Comunitat Valenciana.
SALIDAS
La presentación para todas las salidas se hará con una antelación de 30 min.
Las salidas se harán desde las estaciones de autobuses de las diferentes ciudades:
ALICANTE: Puerto de Alicante, barrio Heliodoro Madrona, muelle de Poniente s/n. Salida: 09:00 h
VALENCIA: Avda. Menéndez Pidal, 13. Salida: 11:00 h
CASTELLÓN: C/ Pintor Oliet, s/n. Salida: 12:00 h
El número de andén para cada viaje se facilitará antes de la salida
* FALLAS
- GRAND VALIRA (Andorra) del 17 al 20 de marzo
. 3 noches de alojamiento / 3 días de esquí
. Participantes: jóvenes de 16 a 35 años
. Tarifas: Consultar web del IVAJ.GVA JOVE
. La salida será el día 17 de marzo. Llegada y alojamiento en los apartamentos K2, situados a pie de pistas, en Pas de la Casa (fianza 150 ? por apartamento). Distribución en habitaciones múltiples (hay ropa de cama y toallas). Distancia aproximada a los remontes, 150 m.
. El viaje se oferta sin comidas, sólo alojamiento, pero los apartamentos están equipados para cocinar. El forfait de remontes es para 3 días, del 18 al 20 de marzo. El día 20 de marzo, después de esquiar, y a la hora acordada previamente, viaje de regreso; llegada por la noche a la Comunitat Valenciana.
SALIDAS
La presentación para todas las salidas se hará con una antelación de 30 min.
Las salidas se harán desde las estaciones de autobuses de las diferentes ciudades:
ALICANTE: Puerto de Alicante, barrio Heliodoro Madrona, muelle de Poniente s/n. Salida: 09:00 h
VALENCIA: Avda. Menéndez Pidal, 13. Salida:11:00 h
CASTELLÓN: C/ Pintor Oliet, s/n. Salida: 12:00 h
El número de andén para cada viaje se facilitará antes de la salida
* SEMANA SANTA
- GRAND VALIRA (Andorra) del 25 al 28 de marzo
. 3 noches de alojamiento/ 3 días de esquí
. Participantes: jóvenes de 16 a 35 años
. Tarifas: Consultar la web del IVAJ.GVA JOVE
. La salida será el día 25 de marzo. Llegada y alojamiento en los apartamentos K2, situados a pie de pistas, en Pas de la Casa, (fianza 150,- euros por apartamento). Distribución en habitaciones múltiples (hay ropa de cama y toallas). Distancia aproximada a los remontes, 150 m.
. El viaje se oferta sin comidas, sólo alojamiento; pero los apartamentos están equipados para cocinar. El forfait de remontes es para 3 días, del 26 al 28 de marzol. El día 28 de marzo, después de esquiar, y a la hora acordada previamente, viaje de regreso; llegada por la noche a la Comunitat Valenciana.
SALIDAS
La presentación para todas las salidas se hará con una antelación de 30 min.
Las salidas se harán desde las estaciones de autobuses de las diferentes ciudades:
ALICANTE: Puerto de Alicante, barrio Heliodoro Madrona, muelle de Poniente s/n. Salida: 09:00 h
VALENCIA: Avda. Menéndez Pidal, 13. Salida: 11:00 h
CASTELLÓN: C/ Pintor Oliet, s/n. Salida: 12:00 h
El número de andén para cada viaje se facilitará antes de la salida.
Obligaciones
- CONDICIONES GENERALES: Ver enlace web IVAJ.GVA JOVE
- ANULACIONES: Siempre antes de la salida (ver enlace).
Enlaces
Términos y condiciones de la reserva en línea.
Los viajes se podrán solicitar a partir del lunes dia 16 de noviembre, mientras haya disponibilidad de plazas.
Campaña Hivern 2015-2016Estancia y disfrute de la práctica del esquí en la estación de Javalambre o de Valdelinares del 11 de enero al 29 de febrero de 2016 y del 1 al 31 de marzo de 2016. Fechas bajo petición, de lunes a viernes que no sean festivos
Grupos organizados por asociaciones, centros de información juvenil o centros de enseñanza cuyos miembros tengan de 11 a 35 años, exceptuando las personas responsables del grupo.
- Precios: consultar web del IVAJ.GVA JOVE
- Los precios serán válidos para autobús de 45 plazas pagadas.
- Puedes pagarlo en su totalidad o a plazos: una primera entrega, en concepto de reserva, y el resto, como máximo 15 días antes de la salida.
Presencial
Los miembros de dichos grupos deben tener una edad entre 11 y 35 años, exceptuando las personas responsables del grupo.
Puedes realizar la inscripción por teléfono o, personalmente, en cualquier oficina IVAJ.GVA JOVE. Si optas por este sistema, deberás personarte en una de nuestras oficinas en un plazo máximo de dos días para formalizar la reserva.
Las reservas se formalizarán cumplimentando la solicitud de inscripción para grupos. El IVAJ.GVA JOVE comunicará a los grupos la adjudicación de las plazas.
En el momento de hacer la reserva es necesaria la presentación del DNI y, para obtener el descuento correspondiente, el Carnet Jove.
Los menores de edad deberán presentar, en nuestras oficinas, la autorización incluida en la página web y la fotocopia del DNI del progenitor o tutor que la firme, y entregar al guía la autorización y la ficha médica.
Las reservas se formalizarán cumplimentando la solicitud de inscripción para grupos y enviándola a cualquiera de las oficinas IVAJ.GVA JOVE, las cuales comunicarán a los grupos la adjudicación de las plazas.
* VALDELINARES Y JAVALAMBRE - 1, 2 y 3 días laborables
FECHAS:
- Temporada alta: del 11 de enero al 29 de febrero de 2016
- Temporada baja: del 1 al 31 de marzo de 2016
- fechas bajo petición, de lunes a viernes que no sean festivos
SERVICIOS INCLUIDOS PROGRAMA 1 DÍA:
Autocar desde poblaciones de las provincias de Valencia y Castellón (desde la provincia de Alicante, y norte de Castellón consultar precios en función del lugar de origen)
Forfait de remontes de 1 día
2 horas de clases de esquí alpino o de snow (mínimo, 10 personas)
Material de esquí alpino (esquís, bastones, botas y casco) o de snow (tabla, botas y casco)
Seguro de asistencia y accidentes en viaje
1 gratuidad por cada 25 plazas pagadas
Guía acompañante
SERVICIOS INCLUIDOS PROGRAMA 2 DÍAS:
- Autocar desde poblaciones de las provincias de Valencia y Castellón (desde la provincia de Alicante y norte de Castellón, consultar precios en función del lugar de origen)
- Régimen de media pensión (cena y desayuno) y 1 comida en pistas (el primer día, la comida por cuenta de los participantes).
- Alojamiento en habitaciones múltiples para 1 noche en el albergue Camarena, en Camarena de la Sierra, para la estación de Javalambre y en el hotel ***Mora, en Mora de Rubielos, para la estación de Valdelinares
- Forfait de remontes para 2 días
- 4 horas de clases de esquí alpino o de snow,"2 horas diarias" (mínimo 10 personas)
- Material de esquí alpino (esquís, bastones, botas y casco) o de snow (tabla, botas y casco) para dos días
- Guía acompañante
- Seguro de asistencia y accidentes en viaje
- 1 gratuidad por cada 25 plazas pagadas
SERVICIOS INCLUIDOS PROGRAMA 3 DÍAS:
- Autocar desde poblaciones de las provincias de Valencia y Castellón (desde la provincia de Alicante y norte de Castellón, consultar precios en función del lugar de origen)
- Régimen de media pensión (cena y desayuno) y 2 comidas en pistas (el primer día, la comida por cuenta de los participantes)
- Alojamiento en habitaciones múltiples en el albergue Camarena, en Camarena de la Sierra, para la estación de Javalambre y en el Hotel ***Mora, en Mora de Rubielos, para la estación de Valdelinares.
- Forfait de remontes para 3 días
- 6 horas de clases de esquí alpino o de snow "2 horas diarias"(mínimo 10 personas)
- Material de esquí alpino (esquís, bastones, botas y casco) o de snow (tabla, botas y casco) para tres días
- Guía acompañante
- Seguro de asistencia y accidentes en viaje
- 1 gratuidad por cada 25 plazas pagadas
Obligaciones
- CONDICIONES GENERALES: ver enlace web IVAJ.GVA JOVE
- ANULACIONES: siempre antes de la salida (ver enlace)
Enlaces
Enlace: Esquí Valdelinares y Javalambre.
A partir del dia 12 de diciembre, mientras haya disponibilidad de plazas.
Campaña Hivern 2015-2016Nombre del trámite
Campaña de Actividades Náuticas: A la Mar 2019. Programa Azul: semana azul, día azul, fin de semana azul.
Objeto del trámite
Ofrecer a centros docentes y otras entidades la posibilidad de realizar cursos de actividades náuticas de una semana (5 días), un día o varios y de fin de semana, durante el periodo de curso escolar, como contenido dentro de su programación, para conocer y familiarizarse con la práctica de la navegación, posibilitando además que amplíen y consoliden los conocimientos adquiridos en cursos anteriores.
Interesados/Solicitantes
Dirigido a grupos escolares de Primaria, Secundaria, Bachillerato, ciclos formativos, universidades, asociaciones juveniles, ayuntamientos, clubes y otras entidades legalmente constituidas.
Podrá solicitarlo una persona física, mayor de edad, que represente al grupo y a la entidad.
Fines de semana: cualquier persona que tenga al menos 9 años durante el año 2019 ó a partir de 3º curso de Primaria. Se podrá participar en grupo o de forma individual. Los menores de edad deberán asistir acompañados del padre/madre/tutor-a o persona autorizada al objeto de responsabilizarse durante el periodo en el que no se realice actividad náutica.
PRECIOS
Pueden consultar los precios en la base 7ª de la Resolución de 23 de octubre de 2018, por la que se convoca la campaña de actividades náuticas de la Generalitat «A la mar 2019», la cual incluye el Programa Azul.
Se establece un precio especial para entidades colaboradoras. Tendrán tal consideración las siguientes entidades de la Comunitat Valenciana: Centros educativos sostenidos con fondos públicos, ayuntamientos, asociaciones juveniles y entidades deportivas, así como otras entidades con las que la Generalitat haya suscrito acuerdos en relación con la promoción deportiva.
FORMA DE PAGO
- Semana azul y varios días azules:
Realizar un pago en concepto de señal de reserva de 10 euros por participante. Plazo de 7 días naturales a partir del siguiente a la inscripción.
El resto del importe deberá ingresarse con una antelación mínima de 20 días naturales del comienzo de la actividad.
- Un día azul:
Pago de la totalidad en un plazo de 7 días naturales a partir del siguiente a la inscripción.
- Fin de semana azul:
Pago de la totalidad en un plazo de 5 días naturales a partir del siguiente a la inscripción.
Los pagos podrán realizarse por ingreso o transferencia bancaria o bien online en la misma página web.
Plazo de presentación
Las reservas podrán realizarse a partir de las 10:00 horas del día siguiente de la publicación de la campaña "A la Mar 2019" en el DOGV n.º 8412 de 29/10/2018.
El plazo de inscripción permanecerá abierto mientras haya plazas disponibles.
No se requiere. Tan solo hay que cumplimentar la reserva online indicando los datos de la persona solicitante y del centro/entidad que representa (esto último no para fines de semana)
Pasos
- Semana azul y varios días azules:
1º Formalizar la reserva online.
2º Pagar una señal de reserva (10 euros por participante) en los 7 días naturales siguientes.
3º Cumplimentar online los datos de los participantes con una antelación mínima de 20 días naturales al comienzo del curso.
4º Pagar el total de la reserva con una antelación mínima de 20 días naturales al comienzo del curso.
- Día Azul:
1º Formalizar la reserva online. En caso de no ser posible, porque la fecha que interesa está programada para actividad de Semana azul, deberá ponerse en contacto con la Escola de la Mar correspondiente para ver las opciones de reserva.
2º Pago total de reserva en los 7 días naturales siguientes.
3º Cumplimentar online los datos de los participantes con una antelación mínima de 20 días naturales al comienzo del curso.
- Fin de semana azul:
1º Formalizar la reserva online.
2º Cumplimentar online los datos de los participantes y abonar la cuota en un plazo de 5 días naturales.
A través del enlace correspondiente:
* ACTIVIDADES
Se desarrollarán en la Escola de la Mar de Burriana y la Escola de la Mar de Benicàssim.
- Temporalidad:
A partir del mes de febrero hasta noviembre, excepto período del Programa Libre de verano. La oferta concreta por escuela será la recogida en la web escolesdelamar.gva.es. Además de los cursos programados, se podrán organizar cursos en otras fechas a petición.
Se distiguen 3 temporadas en las actividades de Semana Azul y Día Azul:
Temporada baja: de octubre a marzo
Temporada media: abril y septiembre
Temporada alta: mayo y junio
Cada temporada tiene sus correspondientes tarifas.
- Actividad :
Multiactividad náutica que incluye vela y piragüismo y/u otras modalidades (paddle surf o windsurf y, solo en Burriana, remo o kayak polo). Se podrán solicitar cursos de modalidades náuticas y niveles específicos, aceptándose en función de la disponibilidad de la escola de la mar.
- Duración:
Semana Azul: Desde el lunes a las 10:00 horas hasta el viernes a las 18:00 horas.
Día Azul: Un día 10:00 a 18:00 h. ajustable. Se podrán solicitar varios días azules consecutivos.
Fin de semana azul: sábado de 10:00 a 13:00 horas y de 15:00 a 18:00 horas y domingo de 10:00 a 14:00 horas.
- Opción de internado:
Escola de la Mar de Burriana: En la propia escola de la mar.
Escola de la Mar de Benicàssim: En el Albergue Argentina del IVAJ
- Condiciones de participación:
. Grupo de mínimo 10 personas para semana azul y día azul.
. Edad: A partir de 1º curso de Primaria para un día azul y a partir de 3º de Primaria para semana azul, varios días azules y fin de semana.
. Saber nadar correctamente
.No presentar contraindicaciones médico-sanitarias para la práctica de actividades náuticas
- Gratuidades:
Semanas azules y días azules: para responsables de grupo según la siguiente proporción: 1 por grupo menor de 20 alumnos, 2 por grupo igual o superior a 20 alumnos y 3 por grupo con 50 ó más alumnos.
- Devoluciones. No se tendrá derecho a la devolución de la cuota de inscripción salvo las excepciones recogidas en la resolución de convocatoria.
* CENTROS DE INFORMACIÓN
Página web de las Escoles de la Mar: escolesdelamar.gva.es
e-mail: escolesdelamar@gva.es
Escola de la Mar de Burriana
Av. Mediterrània, s/n, 12530 Burriana
Tel. 964 586 160
Correo electrónico: emburriana_dgd@gva.es
Escola de la Mar de Benicàssim
Av. Ferrandis Salvador, 49, 12560 Benicàssim
Tel. 964 303 251
Correo electrónico: embenicassim_dgd@gva.es
Dirección General de Deporte
Av. Campanar, 32, 46015 Valencia
Tel. 961 970 082
Correo electrónico: escolesdelamar@gva.es
Direcciones Territoriales. Secciones de Actividad Física y Deporte
Alicante
Av. Aguilera, 1, 2ª planta 03007 Alicante
Tel. 965 938 339
Castellón
Av. de la Mar, 23, 12003 Castellón de la Plana
Tel. 964 333 925
Valencia
PROP II - C/ Gregorio Gea, 14, 46009 Valencia
Tel. 961 271 432
Institut Valencià de la Joventut.
C/ Hospital, 11, 46001 Valencia
Tel. 963 108 570
Normativa
- Resolución conjunta de 23 de octubre de 2018, del director general de Deporte y del director general del Institut Valencià de la Joventut, por la que se convoca la campaña de actividades náuticas de la Generalitat «A la mar 2019», la cual incluye el Programa Azul (DOGV nº 8412, de 29/10/2018).
Lista de normativa
Ver Resolución de 23 de octubre de 2018 convocatoria campaña actividades náuticas "A la Mar 2019"
Nombre del trámite
Censo para la concreción de necesidades de reconocimiento de la competencia profesional, formación y habilitación de los profesionales del sector de la Atención a Dependientes en la Comunitat Valenciana.
Objeto del trámite
Crear un censo en el sector de la Atención a la Dependencia en el ámbito de la Comunitat Valenciana y convocar a los interesados a inscribirse en él, para concretar las necesidades y planificar la respuesta oportuna de reconocimiento de la competencia profesional, de formación y de habilitación en las cualificaciones y unidades de competencia recogidas en el Anexo I de la Resolución y a los efectos previstos en el Acuerdo de 7 de octubre de 2015, Resolución de 3 de noviembre de 2015, de la Secretaría de Estado de Servicios Sociales e Igualdad y Orden 17/2016, de 21 de septiembre, de la Vicepresidencia y Conselleria de Igualdad y Políticas Inclusivas
Interesados/Solicitantes
1.- Cuidadores/Gerocultores, Auxiliares de Ayuda a Domicilio y Auxiliares Ocupacionales que ejerzan o hayan ejercido en centros y entidades de la Comunitat Valenciana antes del 31 de diciembre de 2015, que cumpliendo los requisitos de participación en un procedimiento de reconocimiento de la competencia profesional adquirida por experiencia laboral y/o formación no formal, recogidos en el Anexo II de la Resolución, no han participado en ninguna de las convocatorias realizadas por las administraciones competentes y desean participar en una de ellas.
2.- Cuidadores/Gerocultores, Auxiliares de Ayuda a Domicilio y Auxiliares Ocupacionales que ejerzan o hayan ejercido en centros de la Comunitat Valenciana antes del 31 de diciembre de 2015, que por formación o por participación en un procedimiento de reconocimiento de la competencia profesional adquirida por experiencia laboral y/o formación no formal, tienen acreditada alguna Unidad de Competencia de las recogidas en el Anexo I de la Resolución, no han obtenido todas las que conforman la Cualificación Profesional y desean obtener la acreditación de las no acreditadas a través de una oferta formativa en centros acreditados por la administración laboral.
3.- Cuidadores/Gerocultores, Auxiliares de Ayuda a Domicilio y Auxiliares Ocupacionales que tengan una edad igual o superior a 55 años a 31 de diciembre de 2015 y que a esa fecha acrediten una experiencia de al menos tres años, con un mínimo de 2.000 horas trabajadas en esas categorías profesionales en los últimos 10 años, y deseen ser habilitados de forma excepcional en la categoría que corresponda, en el ámbito de la Comunitat Valenciana.
Requisitos
a) Poseer la nacionalidad española, haber obtenido el certificado de registro de ciudadanía comunitaria o la tarjeta de familiar de ciudadano de la Unión, o ser titular de una autorización de residencia o, de residencia y trabajo en España en vigor, en los términos establecidos en la normativa española de extranjería e inmigración b) Tener 20 años cumplidos en el momento de realizar la inscripción, para cualificaciones de nivel II y III, y 18 años para cualificaciones de nivel I.
c) Tener experiencia laboral y/o formación relacionada con las competencias profesionales que se quieren acreditar:
- En el caso de experiencia laboral: Justificar en los últimos 10 años transcurridos antes de realizarse la convocatoria, para cualificaciones de nivel II y III, al menos 3 años, con un mínimo de 2000 horas trabajadas en total. Y para cualificaciones de nivel I, al menos 2 años, con un mínimo de 1200 horas trabajadas en total.
- En el caso de formación: Justificar en los últimos 10 años transcurridos antes de realizarse la convocatoria, al menos 300 horas para cualificaciones de nivel II y III, y 200 horas para cualificaciones de nivel I. En los casos en los que los módulos formativos asociados a la unidad de competencia que se pretende acreditar contemplen una duración inferior, se deberán acreditar las horas establecidas en dichos módulos (Ver anexo I en la Corrección de Errores)
Justificación de los requisitos:
1. La justificación de la experiencia laboral se hará con los siguientes documentos:
a) Para trabajadores o trabajadoras asalariados:
Certificación de la Tesorería General de la Seguridad Social, del Instituto Social de la Marina o de la mutualidad a la que estuvieran afiliadas, donde conste la empresa, la categoría laboral (grupo de cotización) y el período de contratación, y contrato de trabajo o certificación de la empresa donde hayan adquirido la experiencia laboral, en la que conste específicamente la duración de los periodos de prestación del contrato, la actividad desarrollada y el intervalo de tiempo en el que se ha realizado dicha actividad.
b) Para trabajadores o trabajadoras autónomos o por cuenta propia:
Certificación de la Tesorería General de la Seguridad Social o del Instituto Social de la Marina de los períodos de alta en la Seguridad Social en el régimen especial correspondiente y descripción de la actividad desarrollada e intervalo de tiempo en el que se ha realizado la misma.
c) Para trabajadores o trabajadoras voluntarios o becarios:
Certificación de la organización donde se haya prestado la asistencia en la que consten, específicamente, las actividades y funciones realizadas, el año en el que se han realizado y el número total de horas dedicadas a las mismas.
2. Para las competencias profesionales adquiridas a través de vías no formales de formación, la justificación se realizará mediante documento que acredite que el aspirante posee formación relacionada con las unidades de competencia que se pretendan acreditar, en el que consten los contenidos y las horas de formación.
Este procedimiento no lleva asociado pago de tasas
Plazo de presentación
El plazo de inscripción en el censo será de 40 días hábiles, excluyéndose del cómputo los sábados, domingos y festivos, a contar desde el día siguiente a la publicación de convocatoria en el DOGV nº 7906, de 28/10/2016.
Formulario telemático.
A través del enlace correspondiente:
Tramitación
- Quienes deseen inscribirse en el censo deberán cumplimentar un formulario telemáticamente según pertenezcan a uno de los colectivos identificados en el apartado "solicitantes" y en consecuencia solicitan, según su situación, alguna de las siguientes opciones:
1) Participar en un procedimiento de reconocimiento de la competencia profesional adquirida por experiencia laboral y/o formación no formal por no tener acreditada la cualificación profesional.
2) Finalizar su formación en la Unidades de Competencia que no tiene acreditadas en centros acreditados por la administración laboral.
3) Una habilitación excepcional por tener una edad igual o superior a 55 años a 31 de diciembre de 2015 y que a esa fecha acrediten una experiencia de al menos tres años, con un mínimo de 2.000 horas trabajadas en esas categorías profesionales en los últimos 10 años. El colectivo perteneciente a esta ultima opción, una vez cumplimentado el formulario, un ejemplar impreso del mismo, junto con los certificados de empresa o copias de contratos laborales que permitan acreditar la experiencia laboral exigida, así como del DNI o certificado de nacimiento e informe de vida laboral, si no ha autorizado su verificación por la Administración, se presentará en la Vicepresidencia y Conselleria de Igualdad y Políticas Inclusivas, en las direcciones territoriales de dicha conselleria o en los demás lugares previstos en la normativa reguladora del procedimiento administrativo común.
Las direcciones de la mencionada conselleria son:
* REGISTRO DE LA DIRECCIÓN TERRITORIAL DE IGUALDAD Y POLÍTICAS INCLUSIVAS - CASTELLÓN
AVDA. HERMANOS BOU, 81. 12003 Castelló de la Plana/Castellón de la Plana. Tel: 964726200
* REGISTRO DE LA DIRECCIÓN TERRITORIAL DE IGUALDAD Y POLÍTICAS INCLUSIVAS - ALICANTE
C/ TEATRO, 37 Y 39. 03001 Alacant/Alicante. Tel: 965936937
* REGISTRO DE LA DIRECCIÓN TERRITORIAL DE IGUALDAD Y POLÍTICAS INCLUSIVAS - VALENCIA
AVDA. BARÓN DE CÁRCER, 36. 46001 Valencia. Tel: 961271532
* REGISTRO GENERAL DE LA CONSELLERIA DE IGUALDAD Y POLÍTICAS INCLUSIVAS
C/ CASTÁN TOBEÑAS,77. CIUDAD ADMINISTRATIVA 9 DE OCTUBRE-TORRE 4. 46018 Valencia. Tel: 012
- En los casos 1) y 3), las opciones que se plantean en la solicitud son excluyentes, por lo que en el caso 1), el solicitante debe elegir sólo Unidades de Competencia (Ucs) de una de las cualificaciones ofertadas. Y en el caso 3), el solicitante debe optar por sola una de las categorías profesionales ofertadas.
- Una vez cumplimentados y remitidos on line los interesados podrán imprimir una copia de la solicitud como comprobante de la remisión y deberán conservarla por si se les requiere en algún momento por la administración.
- La inscripción en el censo se considera condición necesaria, pero no suficiente, para poder participar en cualquier acción promovida por las administraciones competentes en la Comunitat Valenciana dirigidas a obtener la habilitación en la categoría correspondiente o la acreditación de las unidades de competencia de las cualificaciones exigidas en el Acuerdo de 7 de octubre de 2015, por la vía del reconocimiento y/o de la formación.
De acuerdo con lo dispuesto en el Artículo 5 de la Ley Orgánica 15/1999, de Protección de Datos de Carácter Personal, se informa:
Que los datos facilitados en los citados formularios serán incorporados a los ficheros de la administración convocante y que serán objeto de tramitación a fin de determinar los previsto en la presente resolución. Igualmente serán objeto de cesión a las administraciones competentes con la finalidad de poder gestionar los derechos derivados de la solicitud. El interesado podrá ejercer sus derechos ante la propia administración competente.
Obligaciones
Las personas interesadas, al remitir la solicitud declaran que todos los datos consignados son veraces y expresamente que:
- Se comprometen a probar documentalmente los mismos, cuando se le requiera para ello.
- Que son conocedores que en el caso de falsedad en los datos y/o en la documentación aportados u ocultamiento de información, de la que pueda deducirse intención de engaño en beneficio propio o ajeno, podrá ser excluida de los procedimiento que puedan derivarse de la presente convocatoria, ser objeto de sanción y, en su caso, los hechos se pondrán en conocimiento del Ministerio Fiscal por si pudieran ser constitutivos de un ilícito penal.
- Por último las personas que soliciten la habilitación excepcional autorizan a la Subsecretaría de la Vicepresidencia y Conselleria de Igualdad y Políticas Inclusivas para que pueda proceder a la comprobación y verificación de los siguientes datos:
- Los acreditativos de identidad.
- La vida laboral en el que conste la experiencia laboral exigida.
En caso contrario deberá aportar, cuando se le requiera, la siguiente documentación:
- Copia compulsada del DNI/NIE, si no ha autorizado la verificación de la identidad
- Informe de vida laboral en el que conste la experiencia laboral exigida, si no ha autorizado su verificación por la Administración.
- Copias compulsadas de los certificados de empresa y/o contratos que acrediten la experiencia laboral en esa categoría profesional o con esas funciones.
Normativa
- Resolución de 2 de diciembre de 2008, de la Secretaría de Estado de Política Social, Familias y Atención a la Dependencia y a la Discapacidad, por la que se publica el Acuerdo del Consejo Territorial del Sistema para la Autonomía y Atención a la Dependencia, sobre criterios comunes de acreditación para garantizar la calidad de los centros y servicios del Sistema para la Autonomía y Atención a la Dependencia (BOE nº 303, de 17/12/2008).
- Real Decreto 1224/2009, de 17 de julio, de reconocimiento de las competencias profesionales adquiridas por experiencia laboral (BOE nº 205, de 25/08/2009).
- Resolución de 3 de noviembre de 2015, de la Secretaría de Estado de Servicios Sociales e Igualdad, por la que se publica el Acuerdo del Consejo Territorial de Servicios Sociales y del Sistema para la Autonomía y Atención a la Dependencia, que modifica parcialmente el Acuerdo de 27 de noviembre de 2008, sobre acreditación de centros y servicios del Sistema para la Autonomía y Atención a la Dependencia.
- Orden 17/2016, de 21 de septiembre, de la Vicepresidencia y Conselleria de Igualdad y Políticas Inclusivas, por la que se regula la formación complementaria de los Directores y Directoras, los requisitos de cualificación profesional y el procedimiento de habilitación excepcional de los profesionales de mayor edad y experiencia, del personal de los centros y servicios del Sistema para la Autonomía y Atención a la Dependencia de la Comunitat Valenciana (DOCV nº 7889, de 06/10/2016).
- Resolución de 10 de octubre de 2016, de la Dirección General de Formación Profesional y Enseñanzas de Régimen Especial, de la Conselleria de Educación, Investigación, Cultura y Deporte, de la Subsecretaría de la Vicepresidencia y Conselleria de Igualdad y Políticas Inclusivas y de la Dirección General de Empleo y Formación del Servicio Valenciano de Empleo y Formación, por la que se crea en la Comunitat Valenciana un censo y se convoca a los interesados a inscribirse en él, para la concreción de necesidades de reconocimiento de la competencia profesional, formación y habilitación, a los efectos previstos en el Acuerdo de 7 de octubre de 2015 del Consejo Territorial de Servicios Sociales y del Sistema para la Autonomía y Atención a la Dependencia (DOCV nº 7904, de 26/10/2016).
- Corrección de errores de la Resolución de 10 de octubre de 2016, de la Dirección General de Formación Profesional y Enseñanzas de Régimen Especial, de la Conselleria de Educación, Investigación, Cultura y Deporte, de la Subsecretaría de la Vicepresidencia y Conselleria de Igualdad y Políticas Inclusivas y de la Dirección General de Empleo y Formación del Servicio Valenciano de Empleo y Formación, por la que se crea en la Comunitat Valenciana un censo y se convoca a los interesados a inscribirse en él, para la concreción de necesidades de reconocimiento de la competencia profesional, formación y habilitación, a los efectos previstos en el Acuerdo de 7 de octubre de 2015, del Consejo Territorial de Servicios Sociales y del Sistema para la Autonomía y Atención a la Dependencia (DOCV nº 7906, de 28/10/2016).
Lista de normativa
Ver Resolución de 2 de diciembre de 2008
Ver Real Decreto 1224/2009, de 17 de julio
Ver Resolución de 3 de noviembre de 2015
Ver Orden 17/2016, de 21 de septiembre (bases reguladoras)
Ver Resolución de 10 de octubre de 2016 (convocatoria)
Ver Corrección de errores de la Resolución de 10 de octubre de 2016
Nombre del trámite
Compromiso de adhesión, renovación, modificación o baja, de personas físicas o jurídicas a la red del Carnet Jove (IVAJ).
Objeto del trámite
Ofrecer, a través del IVAJ, un servicio a las y los jóvenes para facilitar su movilidad e intercomunicación, así como para posibilitar su acceso, mediante la articulación de determinadas ventajas, a bienes y servicios de carácter social, cultural, económico y educativo, recreativo, deportivo, de consumo, de transporte y similares.
Interesados/Solicitantes
Entidades adheridas como prestadoras de servicios, o suministradoras de bienes.
Requisitos
Tendrán la condición de entidades adheridas al Carnet Jove, en su condición de prestadoras de servicios o suministradoras de bienes, las personas físicas o jurídicas que así lo deseen, previa suscripción del correspondiente compromiso de adhesión con el IVAJ.
Mediante Orden de la conselleria competente en materia de juventud, podrá desarrollarse el procedimiento de adhesión, así como el formulario y documentación a presentar por las entidades adheridas.
Plazo de presentación
En cualquier momento.
La presentación telemática puede realizarse todos los días del año durante las 24 horas del día, siempre que el trámite esté vigente.
Las entidades adheridas también podrán renovar el compromiso ya existente, modificar sus datos o condiciones o proceder a la baja de la entidad en el programa.
Presencial
La documentación puede presentarse en cualquiera de los lugares previstos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y en los registros de las oficinas del IVAJ siguientes:
INSTITUT VALENCIÀ DE LA JOVENTUT (IVAJ)-Valencia
C/ HOSPITAL, 11
46001-València
Telf.: 963108502
Fax: 963108501
REGISTRO GENERAL DE LA UNIDAD TERRITORIAL DEL IVAJ EN CASTELLÓN-Castellón
C/ ORFEBRES SANTALÍNEA, 2
12005-Castelló de la Plana/Castellón de la Plana
Telf.: 964558854
Fax: 964558851
REGISTRO GENERAL DE LA UNIDAD TERRITORIAL DEL IVAJ EN ALICANTE-Alicante
Teléfono de Información 012
RAMBLA MÉNDEZ NÚÑEZ, 41
03002-Alacant/Alicante
Telf.: 966478103 - 966478104
Fax: 966478109
Por internet
A través del enlace correspondiente:
Tramitar con certificado electrónico:https://www.tramita.gva.es/ctt-att-atr/asistente/iniciarTramite.html?tramite=DGM_GEN&version=3&login=c&idioma=es&idCatGuc=PR&idProcGuc=15480
Las entidades adheridas deberán suscribir el correspondiente compromiso de adhesión.
Mediante Orden de la conselleria competente en materia de juventud, podrá desarrollarse el procedimiento de adhesión, así como el formulario y documentación a presentar por las entidades adheridas.
Impresos asociados
COMPROMISO DE ADHESIÓN AL PROGRAMA DE CARNET JOVE
COMPROMISO DE ADHESION AL PROGRAMA CARNET JOVE. RENOVACION, MODIFICACION O BAJA
A través del enlace correspondiente:
Tramitar con certificado electrónico:https://www.tramita.gva.es/ctt-att-atr/asistente/iniciarTramite.html?tramite=DGM_GEN&version=3&login=c&idioma=es&idCatGuc=PR&idProcGuc=15480
Tramitación
1. Acceder a través del icono "Entrar con mi certificado" donde se deberá validar el certificado digital para iniciar el trámite.
2. Completar los datos del "Formulario de datos generales".
3. Elegir mediante el enlace "Selección de formularios" los documentos que se quiera presentar.
4. Anexar los documentos. Las plantillas ofrecen la posibilidad de descargarlas y guardar los documentos en el ordenador personal con los datos ya cumplimentados para, a continuación, en el proceso de solicitud telemática, poder incorporarlos a la solicitud.
5. Para finalizar, el trámite debe firmarse. Si no se realiza este paso el trámite no tendrá validez.
NOTA: Si todavía no dispone de la firma digital de la Generalitat Valenciana, puede obtenerla de forma gratuita en los puntos de registro de usuarios de la Autoridad de Certificación de la Comunidad Valenciana (ACCV).
Puede consultar el punto de registro más cercano en la dirección http://www.accv.es/puntreg_c.htm
* COMPROMISO ENTIDADES ADHERIDAS
- El compromiso de adhesión tendrá una vigencia de dos años a partir de su firma, salvo denuncia expresa de cualquiera de las partes. Podrá prorrogarse por dos años más, de forma automática, salvo denuncia expresa de cualquiera de las partes.
- Las entidades adheridas deberán comunicar, por escrito, cualquier cambio que altere la naturaleza del compromiso de adhesión, ya sea por cese de la actividad o por cambio de la titularidad.
- Las entidades adheridas dispondrán del distintivo acreditativo de pertenencia a la Red de Carnet Jove, que será proporcionado por el IVAJ.
Enlaces
Normativa
- Orden 17/2010, de 14 de julio, de la Conselleria de Bienestar Social, por la que se regula el Carnet Jove en la Comunitat Valenciana (DOCV nº 6316, de 22/07/10). *Nota: el capítulo I y el artículo 8 de esta Orden quedan derogados por la Disposición derogatoria del Decreto 86/2015, de 5 de junio, del Consell, por el que se desarrolla reglamentariamente la Ley 18/2010, de 30 de diciembre, de la Generalitat, de Juventud de la Comunitat Valenciana
- Resolución de 21 de marzo de 2011, de la Dirección General del Institut Valencià de la Joventut.Generalitat Jove de la Conselleria de Bienestar Social, por la que se autoriza la unidad registral telemática del Institut Valencià de la Joventut.Generalitat Jove y su puesta en marcha con la presentación telemática del compromiso de adhesión de personas físicas o jurídicas a la red del Carnet Jove (IVAJ.GVA JOVE) (DOCV nº 6489, de 28/03/11).
- Decreto 86/2015, de 5 de junio, del Consell, por el que se desarrolla reglamentariamente la Ley 18/2010, de 30 de diciembre, de la Generalitat, de Juventud de la Comunitat Valenciana (DOCV nº 7542 de 08/06/2015).
Lista de normativa
Ver Orden 17/2010, de 14 de julio
Nombre del trámite
Comunicación de renovación de la junta directiva de asociaciones, federaciones, confederaciones y uniones de asociaciones.
Objeto del trámite
Comunicación de renovación de la junta directiva de asociaciones, federaciones, confederaciones y uniones de asociaciones.
No sujeto a pago de tasa.
Plazo de presentación
Cualquier alteración sustancial de los datos o documentación que obre en el Registro deberá ser objeto de actualización, previa solicitud de la asociación correspondiente, en el plazo de un mes desde que la misma se produzca.
Presencial
- En los registros de los órganos administrativos a que se dirijan o ante cualquier órgano administrativo que pertenezca a la Administración General del Estado, a la de cualquier administración de las comunidades autónomas, a la de cualquier administración de las diputaciones provinciales, cabildos y consejos insulares, a los ayuntamientos de los municipios a que se refiere el artículo 121 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las bases del régimen local, o a la del resto de las entidades que integran la Administración local, si en este último caso se ha suscrito el oportuno convenio, así como en las representaciones diplomáticas u oficinas consulares de España en el extranjero.
- También en cualquier oficina de correos. En este caso, se deberá presentar en un sobre abierto para que se pueda estampar el sello y la fecha en el impreso de solicitud y en la copia.
- Y, preferentemente, en:
REGISTRO DE LA DIRECCIÓN TERRITORIAL DE JUSTICIA, ADMINISTRACIÓN PÚBLICA, REFORMAS DEMOCRÁTICAS Y LIBERTADES PÚBLICAS - CASTELLÓN
C/ MAJOR, 78
12001 Castelló de la Plana
Tel: 012
REGISTRO DE LA DIRECCIÓN TERRITORIAL DE JUSTICIA, ADMINISTRACIÓN PÚBLICA, REFORMAS DEMOCRÁTICAS Y LIBERTADES PÚBLICAS - ALICANTE
RAMBLA MÉNDEZ NÚÑEZ, 41
03002 Alacant/Alicante
Tel: 012
REGISTRO GENERAL DE LA CONSELLERIA DE JUSTICIA, ADMINISTRACIÓN PÚBLICA, REFORMAS DEMOCRÁTICAS Y LIBERTADES PÚBLICAS
C/ DE LA DEMOCRACIA, 77. CIUDAD ADVA. 9 DE OCTUBRE -TORRE 4
46018 València
Tel: 012
Por internet
A través del enlace correspondiente:
- Impreso de solicitud normalizado.
- Acta de la reunión o acuerdo adoptado según sus Estatutos, o certificado del acta o acuerdo extendido por la persona con facultades para ello según sus Estatutos que ocupe la titularidad en el momento de presentar la solicitud. El acta o certificado debe contener:
* Nombre, apellidos, domicilio y D.N.I. de los participantes, si son personas físicas, salvo que se haya prestado la autorización expresa, en la instancia normalizada, a que el órgano gestor compruebe la identidad de los solicitantes en las bases informáticas correspondientes.
* Razón social o denominación de los titulares, si son personas jurídicas, con los datos de identificación de las personas físicas que actuarán en su nombre.
* Fecha de nombramiento y, en su caso, ratificación y aceptación por los titulares.
* Fecha de la revocación y del cese, en su caso, de los titulares salientes.
* Firmas de los titulares y, en su caso, de los titulares salientes.
* La certificación del acta, extendida por la persona con facultades para ello según sus Estatutos, deberá contener necesariamente la mención: "Consultado el libro de Actas de la Asociación ..... en su página ... resulta que mediante Asamblea General de fecha ... se adoptó como acuerdo renovar el órgano de representación de la Asociación." Dicho certificado contendrá la relación nominal de los miembros afectados.
Impresos asociados
CERTIFICADO DE RENOVACIÓN DE LA JUNTA DIRECTIVA DE UNA ASOCIACIÓN
A través del enlace correspondiente:
Tramitación
Para acceder de forma telemática el solicitante deberá disponer de firma electrónica avanzada, bien con el certificado reconocido de entidad (personas jurídicas) o bien con el certificado reconocido para ciudadanos (persona física), pudiendo utilizar cualquier sistema de firma electrónica admitido por la sede electrónica de la Generalitat.
( https://sede.gva.es/va/web/sede_electronica/sede_certificados ).
IMPORTANTE: Antes de comenzar con la tramitación telemática lea atentamente toda la información de este trámite, con el objeto de preparar la documentación que sea necesaria para su tramitación, ya que accederá a una solicitud general, en el que usted mismo deberá detallar el objeto de su solicitud, rellenar los datos generales y subir toda la documentación. Para ello
habrá que tener en cuenta que:
1- Deberá anotarse el nombre de este trámite que está leyendo.
2- Deberá descargar los formularios o plantillas requeridas, así como
preparar cualesquiera otros documentos que estime necesario,
cumplimentarlos, firmarlos, en su caso, por las personas que, según el tipo
de documento, proceda, y guardarlos en su ordenador para tenerlos preparados para anexarlos en la fase "DOCUMENTAR" de la tramitación telemática.
3- En su caso, deberá proceder al pago telemático correspondiente y guardarse el justificante de pago.
4- Una vez preparada la documentación que se considere necesaria, iniciará el trámite telemático pinchando el icono superior de "Tramitación telemática", que le llevará a identificarse mediante el Asistente de Tramitación.
PASOS DE LA TRAMITACIÓN TELEMÁTICA:
a) Deberá cumplimentar el formulario de datos generales.
b) * Detalle con la mayor concreción posible la materia objeto del trámite
* Cumplimente el nombre del trámite que se ha anotado en el campo
"SOLICITUD"
* Especifique la materia objeto de la solicitud
* Indique igualmente el ámbito geográfico (servicios centrales, Castellón, Valencia o Alicante).
c) Anexe los formularios y la documentación que previamente ha sido descargada y cumplimentada, incluido el justificante del pago de tasas, si procede.
d) Hacer click sobre el botón Registrar (le facilitará el número de registro, fecha, lugar y hora de presentación).
e) Guardar e imprimir (si lo desea) el justificante de registro.
Su presentación telemática habrá finalizado.
Normativa
- Ley Orgánica 1/2002, de 22 de marzo, reguladora del derecho de asociación (BOE nº 73, de 26/03/02).
- Ley 14/2008, de 18 de noviembre de 2008, de la Generalitat, de Asociaciones de la Comunitat Valenciana (DOCV nº 5900, de 25/11/08).
- Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas (BOE nº 236, de 02/10/2015).
Lista de normativa
Ver la Ley Orgánica 1/2002, de 22 de marzo
Comunicar el desplazamiento, por un período inferior a seis meses a un domicilio de la Comunitat Valenciana diferente al que figure en el Sistema de Información Poblacional (SIP), al centro de atención primaria del que requiera asistencia sanitaria.
Usuarios o pacientes del Sistema Valenciano de Salud empadronados en la Comunitat Valenciana que se desplacen a un domicilio diferente, dentro del ámbito territorial de ésta, al que consta en el Sistema de Información Poblacional (SIP).
Presencial
El usuario o paciente del Sistema Valenciano de Salud comunicará al centro de salud del que requiere asistencia sanitaria que se ha desplazado temporalmente por periodo inferior a seis meses.
Impresos asociados
La comunicación del desplazamiento por periodo inferior a seis meses no supondrá ningún cambio de asignación de los recursos asistenciales que tenía asignados de origen (médico de familia o pediatra y centro de salud).
Durante todo el año
COMUNICACIÓN DE DESPLAZAMIENTO TEMPORALComunicar la actividad de venta, al público, sin adaptación individualizada de productos sanitarios en la Comunidad Valenciana.
Las personas físicas o jurídicas que deseen ser titulares de uno o más establecimientos, puntos de venta o secciones de venta al público, sin adaptación individualizada, de productos sanitarios.
Presencial
1.- La comunicación previa al inicio de la actividad, deberá dirigirse al Director/a General de Farmacia y Productos Sanitarios, y será presentada, en las unidades de registro de las correspondientes Direcciones Territoriales de Sanidad o Gerencia de Área, de los Servicios Centrales, de la Conselleria de Sanidad, o siguiendo los criterios previstos en el artículo 38.4 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
2.- La comunicación a que se refiere el apartado 1, se realizará con independencia y sin perjuicio de las restantes autorizaciones o licencias que puedan ser competencia de las distintas Administraciones Públicas.
Las comunicaciones deberán realizarse mediante el impreso de comunicación de la actividad de venta al público, sin adaptación individualizada, de productos sanitarios, acompañado de:
- Relación de tipos de productos sanitarios que se van a vender al público, sin adaptación individualizada.
Obligaciones
a) Las personas físicas o jurídicas que se dediquen a dicha actividad, deberán realizar una previa comunicación de inicio de actividad a las autoridades sanitarias de la Comunidad Autónoma, que contendrá:
1.º Identificación del establecimiento de venta.
2.º Tipos de productos que vende en cada momento.
Quedan exceptuadas de realizar tal declaración de actividad las oficinas de farmacia, salvo que realicen la actividad de venta con adaptación individualizada de productos sanitarios, en cuyo caso deberán solicitar y obtener la autorización de la autoridad sanitaria de esta Comunidad Autónoma
b) Vender al público productos sanitarios conformes con lo establecido en el Real Decreto 1591/2009, de 16 de octubre, así como mantener la validez de los productos hasta su entrega al destinatario.
c) Notificar a la Dirección General de Farmacia y Productos Sanitarios el cambio de titularidad y denominación del establecimiento, punto de venta o sección de venta.
d) Comunicar a la Dirección General de Farmacia y Productos Sanitarios el cierre del establecimiento, punto de venta o sección de venta por cese de actividad o por cualquier otra causa sobrevenida.
e) Facilitar, en cualquier momento en que fuese formalmente requerido para ello, el acceso, a todas las instalaciones y dependencias del establecimiento, punto de venta o sección de venta, de los miembros de los Servicios de Inspección correspondientes, una vez debidamente acreditados, así como la documentación de los productos de acuerdo con lo dispuesto en la legislación estatal aplicable.
La comunicación previa de inicio de la actividad, así como las comunicaciones de los diversos cambios, para la actividad de venta al público, sin adaptación individualizada, de productos sanitarios, no conlleva pago de tasas.
Durante todo el año, siempre se hará una comunicación previa al inicio de la actividad.
COMUNICACIÓN DE ACTIVIDAD DE VENTA AL PÚBLICO, SIN ADAPTACIÓN INDIVIDUALIZADA, DE PRODUCTOS SANITARIOSNombre del trámite
Comunicación previa de inicio de la actividad de venta al público sin adaptación individualizada de productos sanitarios. Cambio de titularidad, de denominación del establecimiento, de domicilio, de productos sanitarios a vender y cese.
Objeto del trámite
Comunicar la actividad de venta, al público, sin adaptación individualizada de productos sanitarios en la Comunidad Valenciana.
Interesados/Solicitantes
Las personas físicas o jurídicas que deseen ser titulares de uno o más establecimientos, puntos de venta o secciones de venta al público, sin adaptación individualizada, de productos sanitarios.
La comunicación previa de inicio de la actividad, así como las comunicaciones de los diversos cambios, para la actividad de venta al público, sin adaptación individualizada, de productos sanitarios, no conlleva pago de tasas.
Plazo de presentación
Durante todo el año, siempre se hará una comunicación previa al inicio de la actividad.
Presencial
A) En los registros de los órganos administrativos a que se dirijan o ante cualquier órgano administrativo que pertenezca a la Administración General del Estado, a la de cualquier administración de las comunidades autónomas, o a la de alguna de las entidades que forman la administración local si, en este último caso, se hubiera suscrito el oportuno convenio, así como en las representaciones diplomáticas u oficinas consulares de España en el extranjero.
B) También en cualquier oficina de correos. En este caso se deberá presentar en sobre abierto para que se pueda estampar el sello y la fecha en el impreso de solicitud y en la copia.
C) Y en los registros oficiales siguientes:
REGISTRO GENERAL DEL DEPARTAMENTO DE SALUD VALENCIA-LA FE
AV. FERNANDO ABRIL MARTORELL, 106
46026 València
Tel: 961244290
REGISTRO GENERAL DE LA CONSELLERIA DE SANIDAD UNIVERSAL Y SALUD PÚBLICA
C/ MISSER MASCÓ, 31-33
46010 València
Tel: 012
REGISTRO DE LA DIRECCIÓN TERRITORIAL DE SANIDAD UNIVERSAL Y SALUD PÚBLICA - VALENCIA
GRAN VIA FERRAN EL CATÒLIC, 74
46008 València
Tel: 012
REGISTRO DE LA DIRECCIÓN TERRITORIAL DE SANIDAD UNIVERSAL Y SALUD PÚBLICA - CASTELLÓN
PL. HORT DELS CORDERS, 12
12001 Castelló de la Plana
Tel: 012
REGISTRO AUXILIAR DE LA DIRECCIÓN TERRITORIAL DE SANIDAD UNIVERSAL Y SALUD PÚBLICA -CASTELLÓN
AV. DEL MAR, 12
12003 Castelló de la Plana
Tel: 012
REGISTRO DE LA DIRECCIÓN TERRITORIAL DE SANIDAD UNIVERSAL Y SALUD PÚBLICA - ALICANTE
C/ GIRONA, 26
03001 Alacant/Alicante
Tel: 012
Las comunicaciones deberán realizarse mediante el impreso de comunicación de la actividad de venta al público, sin adaptación individualizada, de productos sanitarios, acompañado de:
- Relación de tipos de productos sanitarios que se van a vender al público, sin adaptación individualizada.
Impresos asociados
Pasos
1.- La comunicación previa al inicio de la actividad, deberá dirigirse al Director/a General de Farmacia y Productos Sanitarios, y será presentada, en las unidades de registro de las correspondientes Direcciones Territoriales de Sanidad o Gerencia de Área, de los Servicios Centrales, de la Conselleria de Sanidad, o siguiendo los criterios previstos en el artículo 38.4 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
2.- La comunicación a que se refiere el apartado 1, se realizará con independencia y sin perjuicio de las restantes autorizaciones o licencias que puedan ser competencia de las distintas Administraciones Públicas.
Obligaciones
a) Las personas físicas o jurídicas que se dediquen a dicha actividad, deberán realizar una previa comunicación de inicio de actividad a las autoridades sanitarias de la Comunidad Autónoma, que contendrá:
1.º Identificación del establecimiento de venta.
2.º Tipos de productos que vende en cada momento.
Quedan exceptuadas de realizar tal declaración de actividad las oficinas de farmacia, salvo que realicen la actividad de venta con adaptación individualizada de productos sanitarios, en cuyo caso deberán solicitar y obtener la autorización de la autoridad sanitaria de esta Comunidad Autónoma
b) Vender al público productos sanitarios conformes con lo establecido en el Real Decreto 1591/2009, de 16 de octubre, así como mantener la validez de los productos hasta su entrega al destinatario.
c) Notificar a la Dirección General de Farmacia y Productos Sanitarios el cambio de titularidad y denominación del establecimiento, punto de venta o sección de venta.
d) Comunicar a la Dirección General de Farmacia y Productos Sanitarios el cierre del establecimiento, punto de venta o sección de venta por cese de actividad o por cualquier otra causa sobrevenida.
e) Facilitar, en cualquier momento en que fuese formalmente requerido para ello, el acceso, a todas las instalaciones y dependencias del establecimiento, punto de venta o sección de venta, de los miembros de los Servicios de Inspección correspondientes, una vez debidamente acreditados, así como la documentación de los productos de acuerdo con lo dispuesto en la legislación estatal aplicable.
Normativa
- Ley 14/1986, de 25 de abril, General de Sanidad (BOE de 29/04/86).
- Ley 55/1999, de 29 de diciembre, de Medidas fiscales, administrativas y del orden social (BOE de 30/12/99).
- Real Decreto 1591/2009, de 16 de octubre, por el que se regula los productos sanitarios (BOE de 06/11/09).
- Decreto 250/2004, de 5 de noviembre, del Consell de la Generalitat, de ordenación de las actividades de fabricación 'a medida', distribución y venta al público de productos sanitarios en la Comunidad Valenciana (DOCV nº 4879, de 9/11/04).
- Ley 29/2006, de 26 de julio, de garantias y uso racional de los medicamentos y productos sanitarios (BOE de 27/07/06).
- Decreto 89/2010, de 21 de mayo, del Consell, por el que se modifica el Decreto 250/2004, de 5 de noviembre, del Consell de la Generalitat, de ordenación de las actividades de fabricación 'a medida', distribución y venta al público de productos sanitarios en la Comunidad Valenciana.(DOCV nº 6274, de 25/05/10).
Lista de normativa