Solicitud de ayudas para la promoción asociativa y representativa de los jóvenes agricultores.

Actualizado el 3 de agosto de 2020
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  • ¿Qué se puede solicitar?

    Nombre del trámite

    Solicitud de ayudas para la promoción asociativa y representativa de los jóvenes agricultores.

    Objeto del trámite

    Se concederán ayudas, para realización de las actividades que figuran en el apartado "Información Complementaria", que fomente la promoción asociativa y representativa de los jóvenes agricultores.

  • ¿Quién puede iniciarlo?

    Interesados/Solicitantes

    Organizaciones Profesionales Agrarias de la Comunidad Valenciana.

    Requisitos

    - Con ámbito mínimo el provincial, en todo caso dentro de la Comunidad Valenciana.
    - Que integren organizaciones de jóvenes agricultores. A los efectos de esta ayuda, se consideran jóvenes a aquellos que tengan menos de cuarenta años de edad.
    - Que promuevan la asociación representativa de los jóvenes agricultores.

  • ¿Cuándo solicitarlo?

    Plazo de presentación

    El plazo de presentación de solicitudes para el ejercicio de 2017 será de un mes a contar desde el día siguiente al de la publicación de la convocatoria en el Diario Oficial de la Generalitat Valenciana núm. 8037, de 11/05/2017.

  • ¿Qué documentación se debe presentar?

    Las solicitudes se acompañarán de la siguiente documentación:
    a) Acreditación de la representación del solicitante
    b) Copia del CIF
    c) Copia del documento de constitución y/o estatutos de la entidad
    d) Relación de los miembros de sus órganos directivos y ejecutivos en el momento de la solicitud.
    e) Memoria detallada de los gastos objeto de la subvención solicitada
    Para su aplicación en la distribución de las ayudas, a la solicitud se acompañará también la siguiente documentación:
    a) Certificación emitida por entidad bancaria acerca de las cuotas pagadas por los afiliados de la organización a través de la misma.
    b) Declaración en la que conste el número de sedes abiertas a la fecha de entrada en vigor de la convocatoria, ya sean propiedad de la organización o en régimen de alquiler, en cesión por organismo público, con horario fijo y continuado.
    c) Declaración sobre la plantilla de la organización y cualificación de los trabajadores, referida a la fecha de entrada en vigor de esta disposición, adjuntando los correspondientes documentos acreditativos (TC1 y TC2).
    A los efectos de la convocatoria podrá ser considerada plantilla de la organización, las de aquellas sociedades participadas por la OPA en su totalidad y cuyo fin sea el de prestar servicios agrarios a los afiliados de ésta. En este caso, se adjuntará también copia de la escritura de constitución de dichas sociedades.
    Salvo en el caso de la memoria detallada de los gastos, que siempre debe adjuntarse, no será necesaria la presentación de esta documentación, si ya ha sido presentada en solicitud de las ayudas establecidas en la Orden 24/2010, de la Conselleria de Agricultura, Pesca y Alimentación, por la que se regula la concesión de ayudas a las organizaciones profesionales agrarias, debiendo en tal caso indicarse esa circunstancia en la solicitud actual.

    Impresos asociados

    SOLICITUD DE AYUDAS PARA LA PROMOCIÓN ASOCIATIVA Y REPRESENTATIVA DE LOS JÓVENES AGRICULTORES

    DECLARACIÓN RESPONSABLE SOBRE LA OBLIGACIÓN DE PRESENTAR DECLARACIÓN-LIQUIDACIÓN DE IVA

    SUBSANACIÓN O MEJORA DE LA SOLICITUD / APORTACIÓN DOCUMENTAL ADICIONAL

    SOLICITUD DE PAGO - AYUDAS PARA LA PROMOCIÓN ASOCIATIVA Y REPRESENTATIVA DE LOS JÓVENES AGRICULTORES

    MODELO DE DOMICILIACIÓN BANCARIA

  • ¿Cómo se tramita?

    Pasos

    - El procedimiento de la concesión de las subvenciones se tramitará en régimen de concurrencia competitiva,. El criterio para la distribución de las ayudas será el número de afiliados, el número de sedes y la plantilla de la organización, a los que se aplicará la siguiente ponderación: 70% del importe máximo de la línea, por número de afiliados, 20% por número de sedes, 10% por plantilla de la organización.
    - La resolución de los expedientes está delegada en la persona titular de la Dirección General de Agricultura, Ganadería y
    Pesca, a propuesta del órgano colegiado definido en las bases reguladoras.
    - Se establece un plazo de 6 meses para resolver y notificar la resolución dictada en relación con las solicitudes contados a partir de la publicación de la convocatoria, entendiéndose desestimadas las subvenciones no resueltas de forma expresa.

    Recursos que proceden contra la resolución

    Las resoluciones de concesión, pago, revocación y reintegro podrán fin a la vía administrativa. Contra ellas, los interesados podrán interponer recurso de reposición ante el mismo órgano que los hubiese dictado, en el plazo de un mes o, directamente, recurso contencioso administrativo

  • ¿Cómo se tramita telemáticamente?

    A través del enlace correspondiente:

    Tramitar con certificado electrónico:https://www.tramita.gva.es/ctt-att-atr/asistente/iniciarTramite.html?tramite=DGM_GEN&version=3&login=c&idioma=es&idCatGuc=PR&idProcGuc=1578

    Tramitación

    Dado que los solicitantes son personas jurídicas, en virtud del artículo 14.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, están obligadas a relacionarse con ellas a través de medios electrónicos, por lo que la presentación de solicitudes debe realizarse electrónicamente a través de la sede electrónica de la Generalitat en la siguiente URL http://www.gva.es/proc1578.
    Para acceder de forma telemática el solicitante deberá disponer de firma electrónica avanzada, bien con el certificado reconocido de entidad (personas jurídicas) o bien con el certificado reconocido para ciudadanos (persona física), ambos emitidos por la Autoridad de Certificación de la Comunitat Valenciana, pudiendo utilizar cualquier sistema de firma electrónica admitido por la sede electrónica de la Generalitat, entre ellos el certificado emitido por la Autoridad de Certificación de la Comunitat Valenciana (https://sede.gva.es/va/web/sede_electronica/sede_certificados).
    En caso de que la solicitud se hiciera presencialmente, se requerirá al interesado para que la subsane a través de su presentación electrónica. A estos efectos, se considerará como fecha de presentación de la solicitud aquella en la que haya sido realizada la subsanación.

  • Información complementaria

    * ACTIVIDADES OBJETO DE AYUDA
    1. Jornadas de encuentro de jóvenes agricultores de distintas comarcas en el ámbito de la Comunidad Valenciana.
    Asistencia a jornadas o actos por representantes de las organizaciones solicitantes, cuando éstos se celebren fuera de la Comunidad Valenciana.
    En la realización de jornadas de encuentro en el ámbito de la Comunidad Valenciana, la subvención podrá ser hasta un máximo del 100% por lo que respecta al pago de los gastos correspondientes a ponentes que, en el caso de personal propio de la organización deberán tratarse de pagos no comprendidos en las retribuciones correspondientes a la relación laboral que mantengan con la organización, y hasta un máximo del 70% para el resto de los gastos que se imputen.
    2. Cursos específicos sobre problemática propia de los jóvenes agricultores.
    La subvención será hasta de un máximo del 80% del coste correspondiente al pago del profesorado, que el caso del personal propio de la organización deberá tratarse de pagos no comprendidos en las retribuciones correspondientes a la relación laboral que mantenga con la organización, y hasta un 70% para el resto de los gastos que se imputen.
    3. Edición de material de divulgación y su distribución.
    Por la edición de material de divulgación y su distribución la subvención máxima será del 70%.
    4. Viajes de estudio e intercambio en otras zonas geográficas (ámbito español o superior).
    Por la realización de viajes de estudio e intercambio en otras zonas geográficas la subvención será hasta un máximo del 70% del coste. Cuando se trate de grupos superiores a 10 personas, podrán incluirse los gastos correspondientes a técnicos o coordinadores de la organización que no cumpliendo la condición de joven agricultor no superen el número de 2 personas.

    Criterios de valoración

    El procedimiento de la concesión de las subvenciones se tramitará en régimen de concurrencia competitiva, siendo el número de afiliados, el número de sedes y la plantilla de la organización, el criterio para la distribución de las ayudas, a los que se aplicará la siguiente ponderación: 70% del importe máximo de la línea, por número de afiliados, 20% por número de sedes, 10% por plantilla de la organización.

    Obligaciones

    - Las organizaciones subvencionadas deberán justificar, para la efectividad del pago, con fecha límite el 15 de noviembre del correspondiente ejercicio, la correcta aplicación de las ayudas concedidas.
    - Deberán presentar juntamente con los justificantes de pago, una cuenta justificativa que contendrá la relación pormenorizada de las actividades y gastos en que se haya concretado la actuación subvencionada.
    - Estas ayudas serán compatibles con cualquier subvención o ayuda que financien las acciones subvencionadas, sin que en su conjunto superen el costo de las mismas. El beneficiario deberá comunicar estas ayudas, subvenciones, ingresos o recursos, tan pronto como se conozca y, en todo caso, con anterioridad a la justificación de la aplicación dada a los fondos, asimismo el beneficiario deberá declarar con la justificación el importe, procedencia y aplicación de tales fondos a las actividades subvencionadas.

    Enlaces

    Simulación de Tramitación Telemática en la Generalitat Valenciana (Cl@ve-firma)

    Sistemas de Firma Electrónica admitidos y/o usados en la Sede

    Sistemas de verificación de Firma

  • Fuentes jurídicas y/o documentales

    Normativa

    - Orden de 4 de abril de 2006, de la Conselleria de Agricultura, Pesca y Alimentación, por la que se regula la concesión de ayudas para la promoción asociativa y representativa de los jóvenes agricultores (DOGV núm. 5240, de 18/04/2006).
    - Orden de 22 de julio de 2008, de la Conselleria de Agricultura, Pesca y Alimentación, por la que se modifica la Orden de 4 de abril de 2006, de la Conselleria de Agricultura, Pesca y Alimentación, por la se regula la concesión de ayudas para la promoción asociativa y representativa de los jóvenes agricultores, y se convocan dichas ayudas para el ejercicio 2008 (DOCV núm. 5815, de 28/07/2008).
    - Orden 2/2016, de 22 de febrero, de la Conselleria de Agricultura, Medio Ambiente, Cambio Climático y Desarrollo Rural, por la que se modifican las órdenes de regulación de concesión de ayudas, para la promoción asociativa y representativa de los jóvenes agricultores, a las organizaciones profesionales agrarias, y a actuaciones que promuevan la integración de la mujer en el ámbito rural (DOCV núm. 7730, de 29/02/2016).
    - Resolución de 4 de mayo de 2017, de la Conselleria de Agricultura, Medio Ambiente, Cambio Climático y Desarrollo Rural, por la que se convocan para 2017 ayudas a organizaciones profesionales agrarias (ayudas para la promoción asociativa y representativa de los jóvenes agricultores) (DOGV núm. 8037, de 11/05/2017).
    - Extracto de la Resolución de 4 de mayo de 2017, de la Conselleria de Agricultura, Medio Ambiente, Cambio Climático y Desarrollo Rural, por la que se convocan para 2017 las ayudas a organizaciones profesionales agrarias (ayudas para la promoción asociativa y representativa de jóvenes agricultores) (DOGV núm. 8037, de 11/05/2017).

    Lista de normativa

    Ver Orden de 22 de julio de 2008

    Ver Orden de 4 de abril de 2006

    Ver Orden 2/2016, de 22 de febrero

    Ver Resolución de 4 de mayo de 2017 (convocatoria)

    Ver Extracto de la Resolución de 4 de mayo de 2017


Oficinas de la administración

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Carretera Corbera Km. 1, 46600, Alzira

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Avinguda de la Medicina 6, 46702, Gandia

Tel. 962849500

Entidad de Infraestructuras de la Generalitat

Calle Vinatea 14, 46001, Valencia

Tel. 961964700

Departamento de Salud de Alicante - Hospital General

Calle pintor baeza 12, 03010, Alicante/Alacant

Tel. 965933000

Unidad del Cuerpo Nacional de Policía Adscrita a la Comunidad Valenciana

Calle C/ CRONISTA RIVELLES, 1 1, 46009, Valencia

Tel. 963175400

Centro Territorial de Seguridad y Salud en el Trabajo (INVASSAT) - Alicante

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Tel. 965934922

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