Generalitat de Cataluña

  • ## Resumen Este trámite permite solicitar ayudas para la apicultura sostenible, fomentando su contribución ambiental y ecológica. Está dirigido a empresas y profesionales titulares de explotaciones apícolas que cumplan con los requisitos establecidos. ## Lo que necesitas * **Requisitos:** * Número mínimo de 150 colmenas. * Uso de la raza autóctona *Apis mellifera iberiensis*. * Colmenas registradas en el Registro de explotaciones ganaderas (RER) antes del 31 de diciembre del año anterior a la convocatoria. * **Plazos:** Del 1 de febrero al 30 de abril de 2025. * **Costes:** El trámite es gratuito. ## Cómo hacerlo 1. **Solicitar:** * Accede a la aplicación informática del Departamento de Agricultura a través de este enlace: [https://aplicacions.agricultura.gencat.cat/dunweb](https://aplicacions.agricultura.gencat.cat/dunweb). * Identifícate con un certificado digital. * Las entidades colaboradoras también pueden presentar declaraciones firmadas electrónicamente, siempre y cuando dispongan de la autorización de la persona declarante. Consulta las entidades colaboradoras aquí: [https://agricultura.gencat.cat/dun](https://agricultura.gencat.cat/dun) 2. **Consultar el expediente y aportar documentación:** * Accede a LaMevaDUN a través de este enlace: [https://lamevadun.agricultura.gencat.cat/](https://lamevadun.agricultura.gencat.cat/). 3. **Recibir respuesta de la Administración:** * La resolución de los expedientes corresponde a la Dirección General de Desarrollo Rural. * La notificación de la resolución y el pago de las ayudas se realizará entre el 1 de diciembre de 2023 y el 30 de junio de 2024. * Contra la resolución, se puede interponer recurso de alzada ante la persona titular del Departamento de Agricultura, Ganadería, Pesca y Alimentación en el plazo de un mes. ## Ayuda * **Organismos responsables:** * [Departament d'Agricultura, Ramaderia, Pesca i Alimentació](https://web.gencat.cat/ca/adreces-i-telefons/detall/index.html?codInf=4163) * [Servei de Coordinació d'Ajuts i Registres](https://web.gencat.cat/ca/adreces-i-telefons/detall/index.html?codInf=18259) ## Normativa * [ORDEN ACC/34/2024, de 26 de febrero](http://dogc.gencat.cat/ca/pdogc_canals_interns/pdogc_resultats_fitxa/?action=fitxa&documentId=979730) ## Trámites relacionados * [DUN - Declaración agraria](https://web.gencat.cat/es/tramits/tramits-temes/6497_Declaracio-unica-Agraria-DUN?category=7280fc48-a82c-11e3-a972-000c29052e2c)

  • ## Resumen Este trámite ofrece información sobre las ayudas disponibles para la contratación de seguros destinados a proteger las estructuras, coberturas e instalaciones de invernaderos, umbráculos y túneles. **Quién puede usar este servicio:** * Agricultores y otros profesionales del sector. **Antes de empezar:** * Es importante revisar las bases de cada convocatoria para conocer los requisitos específicos y la documentación necesaria. ## Lo que necesitas **Documentos requeridos:** * La documentación varía según la convocatoria. Consulte los detalles en los enlaces proporcionados. **Costes y plazos:** * El coste depende de la póliza de seguro. Los plazos de solicitud varían según la convocatoria. ## Cómo hacerlo **Paso a paso del proceso:** 1. **Consulta las opciones:** Selecciona la convocatoria que corresponda a tu caso. 2. **Solicita la ayuda:** Accede al enlace de la convocatoria y sigue las instrucciones. 3. **Aporta documentación:** Si es necesario, aporta la documentación y los justificantes de pago a través del enlace correspondiente. ## Trámites relacionados * Ayudas a los seguros agrarios combinados incluidos en el Plan 2024

  • ## Resumen Este trámite permite acceder a las ayudas ofrecidas por el Departament d'Empresa i Treball para fomentar la contratación de personas en situación de vulnerabilidad en el mercado ordinario de trabajo. **Quién puede usar este servicio:** Empresas que contraten trabajadores que cumplan con los requisitos de vulnerabilidad establecidos en cada convocatoria. ## ¿Qué necesitas hacer? Consulta las opciones disponibles a continuación y selecciona la que corresponda a tu caso para acceder a la información y condiciones de tramitación: * [Solicitar la ayuda 2023](https://web.gencat.cat/es/tramits/tramits-temes/Ajuts_contractacio_mercat_ordinari_treball_persones_amb_discapacitat?category=76ec4590-a82c-11e3-a972-000c29052e2c&moda=1) * [Aportación de documentación 2023](https://web.gencat.cat/es/tramits/tramits-temes/Ajuts_contractacio_mercat_ordinari_treball_persones_amb_discapacitat?category=76ec4590-a82c-11e3-a972-000c29052e2c&moda=2) * [Aportación de documentación 2021](https://web.gencat.cat/es/tramits/tramits-temes/Ajuts_contractacio_mercat_ordinari_treball_persones_amb_discapacitat?category=76ec4590-a82c-11e3-a972-000c29052e2c&moda=3) * [Aportació de documentació 2020](https://web.gencat.cat/es/tramits/tramits-temes/Ajuts_contractacio_mercat_ordinari_treball_persones_amb_discapacitat?category=76ec4590-a82c-11e3-a972-000c29052e2c&moda=4) * [Aportación de documentación 2019](https://web.gencat.cat/es/tramits/tramits-temes/Ajuts_contractacio_mercat_ordinari_treball_persones_amb_discapacitat?category=76ec4590-a82c-11e3-a972-000c29052e2c&moda=5) * [Aportación de documentación 2018](https://web.gencat.cat/es/tramits/tramits-temes/Ajuts_contractacio_mercat_ordinari_treball_persones_amb_discapacitat?category=76ec4590-a82c-11e3-a972-000c29052e2c&moda=6) **Fecha de actualización:** 12.05.2023

  • Las aportaciones reintegrables son unas ayudas económicas en forma de "cofinanciación" que permiten a la empresa disponer de financiación a priori para un proyecto cultural.

    El objeto de estas bases es la concesión de ayudas con las siguientes tipologías:

    • Ayudas a proyectos de distribución y explotación de espectáculos en toda Cataluña en localidades diferentes de la ciudad de Barcelona de los ámbitos del teatro, la danza, el circo y la música en vivo, excepto los conciertos de orquestas sinfónicas.
    • Ayudas a proyectos de distribución y explotación de giras de conciertos de orquestas sinfónicas en toda Cataluña. A efectos de estas bases, se entiende por concierto de orquesta sinfónica el ejecutado por una orquesta de un mínimo de 12 músicos.
    • Ayudas a proyectos de explotación de espectáculos de los ámbitos del teatro, la danza, el circo y la música en vivo en el municipio de Barcelona y fuera de Cataluña.

    No son objeto de estas ayudas los proyectos relativos a espectáculos incluidos en los programas de fiestas mayores municipales.

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    SEGUNDA CONVOCATÒRIA

    El plazo para presentar la solicitud es del 14 de julio al 15 de setiembre de 2016

    Esta ayuda es de tramitación telemática obligatoria

    Consultad las condiciones técnicas necesarias para los trámites en línea

    El teléfono de contacto para consultas sobre les lineas de subvenciones: 935 529 167 y para consultas sobre la tramitación telemática: 935 529 166

    Horario: de 9 a 14 h. de lunes a viernes

    A quién va dirigido

    A empresas privadas, ya sean personas físicas o jurídicas, que tengan como objeto la promoción de espectáculos de música en vivo, o la producción o la distribución de espectáculos y las compañías profesionales de teatro, de danza o de circo, que cumplan los requisitos de la base 3.

    Las empresas exhibidoras de teatro, música, circo o danza no pueden solicitar ayuda.

    En cuanto a la tipología establecida en la base 1.1.b), además de las establecidas en el punto anterior, pueden presentar solicitudes las entidades privadas sin ánimo de lucro.

    También pueden presentar solicitudes las agrupaciones de empresas que se constituyan en uniones temporales de empresas (UTE) que cumplan los requisitos establecidos en las bases generales y en las presentes bases específicas.

    Organismo responsable

    Normativa

    Documentación relacionada

    Solicitar la ayuda

    Plazos

    El plazo para presentar la solicitud es del 14 de julio al 15 de setiembre de 2016

    Documentación

    Documentación administrativa

    En el formulario de solicitud se autoriza al Instituto Catalán de las Empresas Culturales a consultar de oficio los datos establecidos en el punto 7 de las bases generales reguladoras y no será necesaria aportar la documentación administrativa.
    La no autorización implicará la presentación correspondiente.

    Documentación específica

    1. En el caso de personas jurídicas, cuentas anuales relativas a los dos ejercicios anteriores al de la concessión de la ayuda. En el caso de empresarios personas físicas, liquidaciones trimestrales de la activitat económica correspondiente a los dos ejerccios anteriores al de concessión de la ayuda.
    2. Historial del solicitante y historial profesional del representante legal y de los cuadros de empresa.
    3. Declaración de la parte de gasto interno y externo en recursos y proveedores catalanes que haya hecho la empresa en el año anterior al de la solicitud del total de gasto de la empresa o bien la parte de actividad llevada a cabo en Cataluña del total de actividad durante el mismo plazo.

    Documentación sobre el proyecto

    Memoria del proyecto, según modelo facilitado por el ICEC.

    Presupuesto del proyecto, en el que figuren tanto los gastos como los ingresos, cuantía de la ayuda que se solicita y detalle de las fuentes de financiación previstas.

    Plan de distribución, comercialización y/o exhibición, así como el plan de medios que incluya las actividades previstas de comunicación y publicidad.

    Únicamente respecto a la tipología establecida en la base 1.1.a): documentación acreditativa del compromiso de los ayuntamientos o entes municipales para contratar las actuaciones.

    Escrito de autorización del representante legal de la empresa o entidad solicitante para que cualquier entidad gestora de derechos de propiedad intelectual o empresa pueda facilitar información al ICEC sobre la comercialización del producto cultural correspondiente al proyecto para el que se solicita la ayuda, así como de los productos culturales similares comercializados en los dos ejercicios anteriores al de concesión de la ayuda.

    En caso de proyectos en régimen de coproducción, hay que aportar el contrato de coproducción en el que deberá constar el porcentaje de participación de cada empresa o entidad coproductora.

    Requisitos

    Requisitos de las personas solicitantes

    Poseer solvencia económica y técnica contrastada. No se considera que se tiene solvencia económica si el balance de la empresa del último ejercicio cerrado presenta fondos propios negativos. En caso de variaciones patrimoniales posteriores, se aceptaran siempre que se presente la acreditación formal correspondiente.

    Tener una antigüedad mínima en su actividad de dos años y/o poder demostrar que los profesionales directivos de la empresa, tienen una antigüedad mínima en actividades similares del mismo tiempo.

    Participar en riesgo en el proyecto objeto de la ayuda.

    Mantener las condiciones de trabajo pertinentes del personal laboral, de acuerdo con la normativa laboral y social aplicable.

    Requisitos de los proyectos de explotación

    Los proyectos presentados deben cumplir los siguientes requisitos para cualquiera de las tipologías establecidas en la base 1.1:
    a) Establecer el calendario de la explotación del proyecto teniendo en cuenta que ha de realizarse dentro del plazo que establezca la convocatoria.corespondiente.
    b) El proyecto debe referirse a la explotación de un solo espectáculo.

    Respecto a la tipología establecida en la base 1.1.a), el espectáculo debe contar con un plan de explotación y un calendario de exhibición en espacios urbanos de uso escénico o equipamientos escénicos y musicales públicos o privados de Cataluña, que contemple localidades diferentes a la ciudad de Barcelona y a aquellas donde se haya exhibido el espectáculo hasta el año anterior al de la concesión de la ayuda. El plan de explotación debe incluir, como mínimo, la representación del espectáculo en cuatro localidades. El espectáculo debe haberse estrenado en el momento de presentación de la solicitud.

    Respecto a la tipología establecida en la base 1.1.b), el espectáculo debe contar con un plan de explotación y un calendario de exhibición de dos o más actuaciones, sin contar el estreno de la producción, en equipamientos escénicos y musicales de Cataluña. El solicitante debe asumir el riesgo de recuperación, como mínimo, del 50% de los gastos específicos de las actuaciones mediante los ingresos por taquillaje.

    Respecto a la tipología establecida en la base 1.1.c), el espectáculo debe contar con un plan de explotación y un calendario de exhibición, sin contar el estreno de la producción, en espacios urbanos de uso escénico o en un equipamiento escénico de Barcelona o de fuera de Cataluña.

    Las ayudas de cualquier tipología prevista en la base 1.1 son compatibles con otras ayudas para el mismo proyecto de la Oficina de Apoyo a la Iniciativa Cultural y con otras ayudas de la Generalitat de Catalunya y organismos dependientes, así como de otras administraciones públicas y entidades públicas o privadas, y con otros ingresos o recursos para el mismo fin.

    Tasas

    No hay tasas asociadas a este trámite.

    Plazos

    Del14.07.2016al 15.09.2016

    Por internet

    Consultar las condiciones técnicas necesarias para los trámites en línea

  • ## Resumen Este trámite ofrece acceso a las diferentes opciones relacionadas con las ayudas para la ejecución de obras de instalaciones para la inyección de biometano durante el periodo 2023-2025. Quién puede usar este servicio: * Entidades o personas que deseen solicitar la ayuda. * Entidades o personas que necesiten aportar documentación relacionada con la ayuda. * Entidades o personas que deban justificar la subvención recibida. ## Lo que necesitas * Documentación requerida: La documentación específica se detalla al seleccionar la opción correspondiente (Solicitar, Aportar documentación, Justificar). * Requisitos previos: Los requisitos se especifican al seleccionar la opción 'Solicitar la ayuda'. ## Cómo hacerlo * Paso 1: Selecciona la opción que corresponda a tu necesidad: * [Solicitar la ayuda](https://web.gencat.cat/es/tramits/tramits-temes/23733-Ajuts-a-obres-installacions-per-a-la-injeccio-de-biometa-2023-2025?category=75236c7c-a82c-11e3-a972-000c29052e2c&moda=1) * [Aportar documentación](https://web.gencat.cat/es/tramits/tramits-temes/23733-Ajuts-a-obres-installacions-per-a-la-injeccio-de-biometa-2023-2025?category=75236c7c-a82c-11e3-a972-000c29052e2c&moda=2) * [Justificar la subvención](https://web.gencat.cat/es/tramits/tramits-temes/23733-Ajuts-a-obres-installacions-per-a-la-injeccio-de-biometa-2023-2025?category=75236c7c-a82c-11e3-a972-000c29052e2c&moda=3) * Paso 2: Sigue las instrucciones y proporciona la información requerida en cada opción. ## Ayuda * Contacto: Departamento de Territorio, Vivienda y Transición Ecológica.

  • ## Resumen Ayudas destinadas a compensar a los ganaderos ecológicos por los costes adicionales y la pérdida de ingresos derivados de la adopción de prácticas respetuosas con el medio ambiente. ### ¿Quién puede usar este servicio? Empresas y profesionales del sector ganadero que sean agricultores activos y cumplan con los requisitos establecidos. ### Antes de empezar Es necesario disponer de un certificado digital para realizar la solicitud por internet. ## Lo que necesitas ### Documentación requerida * Si es solicitante de superficies provenientes de subrogación, el plan agroambiental. * En caso de que los animales se lleven a un matadero fuera del ámbito del CCPAE, documentación que acredite la certificación europea del matadero. ### Requisitos previos * Estar inscrito en el CCPAE. * Cumplir con las obligaciones derivadas de la inscripción en el CCPAE. * Tener las superficies mínimas requeridas por UGM. * Mantener los censos ganaderos mínimos. ### Costes y plazos * Este trámite no tiene costes asociados. * El plazo ordinario de solicitud es del 1 de febrero al 31 de mayo de 2024. ## Cómo hacerlo ### Paso a paso del proceso 1. **Solicitar la ayuda:** A través de la aplicación informática del Departamento de Agricultura, Ganadería, Pesca y Alimentación (Iniciar). 2. **Consultar el expediente y aportar documentación:** A través de la aplicación LaMevaDUN (Iniciar). 3. **Recibir la respuesta de la Administración:** La resolución se notificará en un plazo máximo de seis meses. ### Información sobre cada etapa * **Solicitud:** Se realiza online con certificado digital. * **Consulta y aportación:** Se utiliza la plataforma LaMevaDUN. * **Resolución:** Se notifica por escrito en el plazo establecido. ### Tiempos de espera El plazo máximo para la resolución es de seis meses. ## Después de hacerlo ### Qué sucede después Una vez notificada la resolución, se procederá al pago de la ayuda si es aprobada. ### Plazos de resolución El plazo máximo es de seis meses desde la finalización del plazo de solicitud. ### Siguiente pasos En caso de disconformidad con la resolución, se puede interponer un recurso de alzada. ## Ayuda ### Contacto * Departament d'Agricultura, Ramaderia, Pesca i Alimentació * Servei d'Ajuts a la Sostenibilitat Agrària ### Recursos adicionales * Aplicación para la solicitud * Certificado digital ### Normativa * Real Decreto 408/2024 * ORDEN ACC/72/2024 * ORDEN ACC/22/2024 * RESOLUCIÓN ACC/752/2024 ### Trámites relacionados * DUN - Declaración agraria

  • Con estas ayudas se fomenta el cambio de gestión de los purines mediante la subvención de parte del transporte o a determinadas inversiones.

    Ante la situación de cierre de las plantas de secado de purines como consecuencia de la publicación de la Orden IET / 1045/2014, de 16 de junio, por la que se aprueban los parámetros retributivos de las instalaciones tipos aplicables a determinadas instalaciones de producción de energía eléctrica a partir de fuentes de energía renovables, cogeneración y residuos, los ganaderos de Cataluña que llevan el purín de sus explotaciones a estas plantas deben cambiar el sistema de gestión que hacían.

    En este sentido el Departamento de Agricultura, Ganadería, Pesca y Alimentación, para ofrecer urgentemente soluciones a los problemas de gestión acaecidos, paliar el impacto del cierre de las plantas y incrementar la valorización de las deyecciones de las explotaciones ganaderas, considera conveniente subvencionar una parte del coste del transporte en función de la distancia donde se puedan transportar estos purines, y fomentar las inversiones destinadas a la creación de infraestructuras de gestión de los purines e instalación ción de sistemas de tratamiento, las destinadas a la compra de cisternas para el transporte equipadas con aplicadores de purines al suelo, compra de equipos de aplicación de purines al suelo que se puedan adaptar a cisternas que no lo lleven incorporado, equipos de medida los nutrientes, compra de balsas móviles o la construcción de balsas.

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    • El plazo máximo para ejecutar las actuaciones objeto de ayuda y la fecha límite de las facturas correspondientes es el 30 de junio de 2015.
    • El plazo máximo para realizar los pagos de las facturas, y presentar la documentación al Departamento para justificar todas las inversiones subvencionables es hasta el 31 de julio de 2015.

    A quién va dirigido

    A las personas físicas o jurídicas titulares de explotaciones ganaderas, asociaciones de defensa sanitaria, agrupaciones de productores, cooperativas, agrupaciones de gestión de purines, sociedades agrarias de transformación, comunidades de bienes y otras entidades, que cumplan los requisitos.

    Organismo responsable

    Normativa

    Documentación relacionada

    Solicitar la ayuda para las actuaciones de transporte para la gestión de purines

    Plazos

    El plazo para presentar la solicitud termina el 22 de diciembre de 2014.

    Documentación

    Documentación que se debe adjuntar a la solicitud:

    • Certificado del acuerdo del órgano competente para solicitado la ayuda
      Memoria de la actuación de acuerdo con el impreso normalizado (A1072-DO3 )
    • Las declaraciones responsables (A1072-DO4 ) firmadas por cada agricultor y también por el ganadero, con la referencia SIGPAG de las parcelas previstas, la fecha aproximada de aplicación, la distancia, la cantidad de purines prevista a aplicar y que las tierras no están a ninguna PG fecha 02/15/14.
    • Acreditación de que se realizará la entrega y volumen (m3) a entregar al gestor de residuos, en su caso.
    • Documentación acreditativa del cumplimiento de las normas mínimas medioambientales, de higiene y bienestar animal, consistente en la autorización, licencia o comunicación ambiental y el plan de deyecciones ganaderas, si procede.
    • Ofertas de diferentes proveedores, en caso de que el gasto subvencionable sea superior o igual a 50.000? por obras, y superior o igual a 18.000? en el resto de casos.

    En el caso de que el Departamento de Agricultura no disponga de la siguiente documentación deberá aportarla:

    • Acreditación de la representación, en su caso.
    • Copia Escritura constitución sociedad o estatutos entidades, en su caso. Si esta información está disponible en el Registro de entidades jurídicas o en el Registro de cooperativas, el DAAM lo verificará de oficio.

    Únicamente será necesario aportar la siguiente documentación en caso de no autorizar al Departamento para obtenerla:

    • Copia DNI/NIF/NIE del solicitante i/o representante

    Requisitos

    Requisitos de los beneficiarios:

    • En su caso, estar legalmente constituidas en el momento de presentar la solicitud.
    • Cumplir las normas vigentes en materia de medio ambiente, higiene y bienestar de los animales.
    • En caso de explotaciones ganaderas intensivas, estas deben estar inscritas en estado de alta en el registro de explotaciones ganaderas de acuerdo con la normativa vigente como explotación de producción y / o reproducción, así como disponer del correspondiente libro de registro de explotaciones ganaderas debidamente actualizado y de las concesiones administrativas correspondientes.
    • En caso de asociaciones, tener los estatutos adaptados a la Ley 5/2011, de 19 de julio, de modificación de la Ley 4/2008, de 24 de abril, del libro tercero del Código civil de Cataluña, relativo a las personas jurídicas, antes del 31 de diciembre de 2012.
    • No incurrir en ninguno de los supuestos del artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones, ni del artículo 99 del Decreto legislativo 3/2002, de 24 de diciembre, por el que se aprueba el Texto refundido de la Ley de finanzas públicas de Cataluña.
    • No tener la consideración de empresa en situación de crisis, de acuerdo con la definición contenida en las directrices comunitarias sobre ayudas estatales de salvamento y de reestructuración de empresas en crisis (DOUE C 244, de 1.10.2004).
    • En el caso de agrupaciones de productores o de agrupaciones de gestión de purines, la agrupación no podrá disolverse hasta que no hayan transcurrido los plazos de prescripción previsto en el artículo 100.4 del Texto refundido de la Ley de finanzas públicas de Cataluña , aprobado por el Decreto legislativo 3/2002, de 24 de diciembre, y el artículo 65 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones.

    Requisitos de las actuaciones:

    • Sólo pueden ser beneficiarias las personas físicas o jurídicas titulares de explotaciones ganaderas, respecto del transporte y aplicación de los purines producidos en su explotación.
    • Se podrán transportar y aplicar como máximo los metros cúbicos y su equivalente en kg de nitrógeno que el ganadero tenía contratado con la planta de secado de purines. Este transporte se podrá realizar desde la fecha de presentación de la solicitud y como máximo hasta el 30 de junio de 2015.
    • La distancia mínima entre la explotación ganadera y la parcela donde se apliquen los purines para que el transporte sea una actuación subvencionable será de 10 km, y deberán ser parcelas que en el momento de realizar la aplicación no se encuentren incluidas en ningún plan de gestión de deyecciones ganaderas.
    • Se podrán transportar hasta un centro de gestión de deyecciones o una instalación de tratamiento de residuos como máximo los metros cúbicos y su equivalente en kg de nitrógeno que el ganadero tenía contratado con la planta de secado de purines.

    Tasas

    No hay tasas asociadas a este trámite.

    Otras informaciones

    Son actuaciones a subvencionar las dedicadas a transportar y aplicar en campo o transportar a un centro de gestión oa un gestor autorizado de residuos como medida de urgencia los purines porcinos de las explotaciones que llevaban el purín a las plantas de secado. Cuando las parcelas de destino estén ubicadas dentro de zonas vulnerables, es necesario que la carga de nitrógeno ganadero del municipio sea inferior al 80% del cociente resultante de dividir el nitrógeno total producido por el ganado en régimen intensivo de las granjas del municipio y de los municipios adyacentes entre el nitrógeno total admisible por los cultivos en tierras labradas del municipio y de los municipios adyacentes, según las dosis que prevé el Decreto 136/2009, de 1 de septiembre, de aprobación del programa de actuación aplicable a las zonas vulnerables en relación con la contaminación de nitratos que proceden de fuentes agrarias y de gestión de las deyecciones ganaderas.

    Plazos

    Del22.11.2014al 22.12.2014

    Presencialmente

    La solicitud se ha de dirigir al Servicio de Suelos y Gestión Medioambiental adjuntando los documentos anteriormente indicados.
    Les solicitudes se pueden presentar en diversos lugares:

    Solicitar la ayuda para la inversión en infraestructuras y equipos

    Plazos

    El plazo para presentar la solicitud termina el 22 de diciembre de 2014.

    Documentación

    Documentación que debe adjuntarse a la solicitud (A1072-DO1 ):

    • Certificado del acuerdo del órgano competente para solicitado la ayuda
    • Factura proforma de las inversiones a realizar
    • Memoria de la actuación de acuerdo con el impreso normalizado (A1072-DO3 )
    • Documentación acreditativa del cumplimiento de las normas mínimas medioambientales, de higiene y bienestar animal, consistente en la autorización, licencia o comunicación ambiental y el plan de deyecciones ganaderas, si procede.
    • Ofertas de diferentes proveedores, en caso de que el gasto subvencionable sea superior o igual a 50.000? por obras, y superior o igual a 18.000? en el resto de casos.

    En el caso de que el DAAM no disponga de la siguiente documentación deberá aportarla:

    • Acreditación de la representación, en su caso.
    • Copia Escritura constitución sociedad o estatutos entidades, en su caso. Si esta información está disponible en el Registro de entidades jurídicas o en el Registro de cooperativas, el DAAM lo verificará de oficio.

    Únicamente será necesario aportar la siguiente documentación en caso de no autorizar al Departamento de Agricultura, Ganadería, Pesca, Alimentación y Medio Natural para obtenerla:

    • Copia DNI / NIF / NIE del solicitante y / o representante

    Requisitos

    Requisitos de los beneficiarios:

    • En su caso, estar legalmente constituidas en el momento de presentar la solicitud.
    • Cumplir las normas vigentes en materia de medio ambiente, higiene y bienestar de los animales.
    • En caso de explotaciones ganaderas intensivas, estas deben estar inscritas en estado de alta en el registro de explotaciones ganaderas de acuerdo con la normativa vigente como explotación de producción y / o reproducción, así como disponer del correspondiente libro de registro de explotaciones ganaderas debidamente actualizado y de las concesiones administrativas correspondientes.
    • En caso de asociaciones, tener los estatutos adaptados a la Ley 5/2011, de 19 de julio, de modificación de la Ley 4/2008, de 24 de abril, del libro tercero del Código civil de Cataluña, relativo a las personas jurídicas, antes del 31 de diciembre de 2012.
    • No incurrir en ninguno de los supuestos del artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones, ni del artículo 99 del Decreto legislativo 3/2002, de 24 de diciembre, por el que se aprueba el Texto refundido de la Ley de finanzas públicas de Cataluña.
    • No tener la consideración de empresa en situación de crisis, de acuerdo con la definición contenida en las directrices comunitarias sobre ayudas estatales de salvamento y de reestructuración de empresas en crisis (DOUE C 244, de 1.10.2004).
    • Tener la condición de pymes.
    • En el caso de agrupaciones de productores o de agrupaciones de gestión de purines, la agrupación no podrá disolverse hasta que no hayan transcurrido los plazos de prescripción previsto en el artículo 100.4 del Texto refundido de la Ley de finanzas públicas de Cataluña , aprobado por el Decreto legislativo 3/2002, de 24 de diciembre, y el artículo 65 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones.

    Requisitos de las actuaciones:

    • Estas inversiones se realizarán después de la presentación de la solicitud de la ayuda.
    • Las explotaciones ganaderas intensivas de las que provienen los purines deben aplicarse en el momento de la solicitud al menos una dieta con un Nivel 2 o superior de reducción en la excreción de nitrógeno del ganado porcino, de acuerdo con la Orden AAR / 506/2010, de 2 de noviembre, por la que se establecen los criterios para la aplicación de los niveles de reducción en la excreción de nitrógeno del ganado porcino mediante la mejora de la alimentación, de acuerdo con el anexo 2 del Decreto 136/2009, de 1 de septiembre, de aprobación del programa de actuación aplicable a las zonas vulnerables en relación con la contaminación de nitratos que proceden de fuentes agrarias y de gestión de las deyecciones ganaderas.
    • Las balsas deben cumplir los criterios generales para su diseño y construcción de acuerdo con lo establecido en el Decreto 136/2009 y / o la normativa vigente. No serán objeto de ayuda las actuaciones iniciadas con anterioridad a la presentación de la solicitud de ayuda.

    Tasas

    No hay tasas asociadas a este trámite.

    Otras informaciones

    Son actuaciones a subvencionar:

    Realizar cualquiera de las siguientes actuaciones, tanto individualmente como de forma colectiva. A los efectos de estas bases reguladoras se consideran inversiones colectivas las realizadas por cinco explotaciones o más:

    • Crear infraestructuras de gestión de los purines individuales y / o colectivas.
      Instalar sistemas de tratamiento individuales y / o colectivos que favorezcan la conservación y concentración de los nutrientes presentes en los purines y faciliten su valorización y la exportación (en todo caso, los sistemas de tratamiento subvencionables deberán ser sistemas probados);
    • Adquirir cisternas para el transporte equipadas con aplicadores de purines al suelo.
    • Adquirir equipos de aplicación de purines al suelo equipados con sistemas de aplicación localizada que se puedan adaptar a cisternas que no lo lleven incorporado.
    • Adquirir equipos de medida de los nutrientes;
    • Adquirir balsas móviles;
    • Construir balsas para el almacenamiento de los purines para poder gestionar mejor a lo largo del año los purines de las explotaciones que ya no disponen de capacidad de almacenamiento en las explotaciones. La capacidad de estas balsas no se acumulará a las capacidades necesarias de las explotaciones que marca la normativa que lo regula.

    Plazos

    Del22.11.2014al 22.12.2014

    Presencialmente

    Para solicitar la ayuda por la línea de transportes se debe presentar una solicitud dirigida al Servicio de Suelos y Gestión Medioambiental de la Producción Agraria mediante el modelo A1072-DO1 y adjuntando los documentos anteriormente indicados.

    Las solicitudes se pueden presentar en diferentes sitios:

    Certificar la ayuda para las actuaciones de transporte para la gestión de purines

    Plazos

    El plazo máximo para ejecutar las actuaciones objeto de ayuda y la fecha límite de las facturas correspondientes es el 30 de junio de 2015.
    El plazo máximo para realizar los pagos de las facturas, y presentar la documentación al DAAM para justificar todas las inversiones subvencionables es hasta el 31 de julio de 2015.

    Documentación

    Documentación que debe adjuntarse a la memoria para justificar las actuaciones de transporte:

    • En caso de que se añadan nuevas parcelas distintas de las solicitadas: Declaración responsable de base territorial (A1072-DO04)
    • Si el transporte ha sido realizado por el mismo ganadero:
      • Declaración responsable del transporte (A1072-DO13)
    • Si el transporte no lo realiza el mismo ganadero:
      • Originales de las facturas de transporte y de los justificantes de pago
      • Cuenta justificativa (G0201.01-DO12).

    Tasas

    No hi ha taxes associades a aquest tràmit

    Otras informaciones

    A modo de información de cómo cumplimentar la documentación mencionada, descargue el siguiente documento (A1072-IN1).
    En el caso de que la persona beneficiaria quiera realizar cambios en las parcelas o cantidades de purín transportadas, lo comunicará al DAAM.
    Se deberá dejar constancia de las cantidades de purín transportadas al Libro de gestión de deyecciones ganaderas del titular de la explotación.

    Presencialmente

    Para justificar las actuaciones realizadas de la ayuda para la línea de transporte, hay que presentar la memoria de acuerdo con el modelo normalizado (A1072-DO12 o A1072-DO14) dirigida al Servicio de Suelos y Gestión Medioambiental de la Producción Agraria, adjuntando los documentos anteriormente indicados.
    La justificación de las actuaciones se puede presentar en diferentes lugares:

    Certificar la ayuda para las inversión en infraestructuras y equipos

    Plazos

    El plazo máximo para ejecutar las actuaciones objeto de ayuda, la fecha límite de las facturas, y plazo máximo para realizar los pagos de las facturas, y presentar la documentación al Departartamento para justificar todas las inversiones subvencionables es hasta el 30 de diciembre de 2015.

    Documentación

    Documentación que se debe adjuntar a la memoria para justificar las actuaciones de inversión:
    · Cuenta justificativa (G0201.01-DO12).
    · Acreditación de la titularidad de los terrenos donde se efectuará la inversión, mediante nota simple actualizada del Registro de la propiedad o solicitud a la misma, o en caso de no ser propietario o propietaria copia del contrato de arrendamiento liquidado, cuando se proceda.
    · Copia de la licencia municipal de obras expedida y liquidada de acuerdo con el coste de ejecución de obra solicitada o bien certificado del ayuntamiento, acreditativo de su exención, cuando proceda.

    Tasas

    No hay tasas asociadas a este trámite.

    Altres Informacions

    A modo de información de cómo cumplimentar la documentación mencionada, descargue el siguiente documento (A1072-IN1)
    En el caso de que la persona beneficiaria quiera realizar cambios en las inversiones aprobadas lo comunicará al Departamento, con anterioridad a la realización efectiva.

    Presencialmente

    Para justificar las actuaciones realizadas de la ayuda para la línea de inversiones, hay que presentar la memoria de acuerdo con el modelo normalizado (A1072-DO15) dirigida al Servicio de Suelos y Gestión Medioambiental de la Producción Agraria, adjuntando los documentos anteriormente indicados .
    La justificación de las actuaciones se puede presentar en diferentes lugares:

  • Las nuevas ayudas a la gestión forestal sostenible se encuentran en el marco de aplicación del Programa de desarrollo rural para el periodo 2014-2020.
    En el marco de la gestión forestal sostenible se han publicado las ayudas para fincas forestales de titularidad privada y para fomentar las actuaciones silvícolas de mejora, la red vial para la gestión de los bosques, las reforestaciones de coníferas y planifolios, la producción de trufa y el fomento de la contratación de los seguros contra incendios forestales para el año 2016.
    En este sentido, las ayudas para las actuaciones silvícolas y la mejora de la red vial para la gestión de los bosques se encuentran incluidas en el Programa de desarrollo rural para el periodo 2014 a 2020 (PDR.cat20) dentro de las medidas 04 de inversión en activos físicos y la medida 08 de inversiones en el desarrollo de zonas forestales y mejora de la viabilidad de los bosques. Concretamente en las operaciones 08.05.01 de actuaciones silvícolas de mejora y generación de ciclos ecosistémicos, y en la operación 04.03.03 de red vial para la gestión de los bosques. Estas operaciones dan respuesta al foco área P4 de restaurar, preservar y mejorar las ecosistemas relacionadas con la agricultura y la silvicultura y al foco área 2ª correspondiente a la competitividad agraria y forestal establecidos en el PDR 2014-2020, y están cofinanciadas por el fondo FEADER de la Unión Europea. (Link PDR1420).

    Leer más

    Plazo de las convocatorias de 2016:

    • Plantaciones y producción de trufa: del 28 de junio al 27 de julio de 2016
    • Actuaciones silvícolas: del 28 de junio al 27 de julio de 2016.

    A quién va dirigido

    • A personas físicas y jurídicas y agrupaciones sin personalidad jurídica, titulares de terrenos forestales o agrícolas.
    • A asociaciones de propietarios forestales legalmente constituidas y con personalidad jurídica propia e inscritas en el registro correspondiente.

    Organismo responsable

    Normativa

    Documentación relacionada

    Trámites relacionados

    Convocatoria 2016 (Actuaciones silvícolas i red viaria)

    Plazos

    El plazo de presentación de solicitudes finaliza el 27 de julio de 2016.

    Documentación

    Documentación que debe adjuntarse a la solicitud:

    1. Copia del DNI/ NIF/NIE del solicitante, en caso de que el CPF no esté autorizado a solicitar directamente.
    2. En el caso de que haya un representante que firme en nombre de la persona solicitante, copia del DNI / NIF / NIE, en caso de que el CPF no esté autorizado a solicitar directamente.
    3. En el caso de que haya un representante que firme en nombre del solicitante, copia de la acreditación de la capacidad del representante por cualquier medio válido en derecho que deje constancia. (Poderes notariales o escritura inscrita en el registro que corresponda).
    4. En el caso de personas jurídicas, certificado del acuerdo del órgano competente según los estatutos de la entidad para solicitar la ayuda y aceptar los compromisos correspondientes.
    5. En el caso de asociaciones forestales, autorización de los propietarios a la asociación para solicitar y percibir la ayuda.
    6. En el caso de personas jurídicas y asociaciones forestales, copia de las escrituras y / o estatutos registrados de la entidad solicitante, si procede.
    7. Certificado actualizado de inscripción en el registro administrativo correspondiente en el año de la convocatoria, o, en su defecto, el año anterior.
    8. En el caso de copropiedad de los terrenos, autorización de todos los propietarios a uno de ellos para solicitar y percibir la ayuda.
    9. Memoria de la actuación a realizar, firmada por la persona solicitante o por quien ostenta la representación.
    10. Presupuesto de la actuación a realizar, desglosado por partidas y conceptos de gasto y firmado por el solicitante o representante.
    11. Mapa topográfico o ortofotomapa a escala 1/25000 o 1/50000 donde estén claramente definidos los límites de la finca o fincas forestales.
    12. Mapa topográfico a escala 1/10000 o 1/5000 donde se encuentre claramente definida.
    13. Autorización de asociación
    14. Autorización copropietarios

    En caso de que los documentos que deben adjuntarse a la solicitud de acuerdo con las bases ya figurase en poder del Centro de la Propiedad Forestal, el solicitante podrá no presentarlos declarando la fecha y el órgano o dependencia en que fueron presentados, siempre que no se hayan producido modificaciones, no haya prescrito su periodo de vigencia y no hayan transcurrido más de 5 años desde la finalización del procedimiento por el que se entregó.

    Requisitos

    Para todas las personas solicitantes:

    1. Estar al corriente del cumplimiento de las obligaciones tributarias con el Estado, con la Generalidad de Cataluña y de las obligaciones con la Seguridad Social impuestas por las disposiciones vigentes.
    2. No encontrarse en ninguna de las circunstancias previstas en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones.
    3. Cumplir las obligaciones establecidas en los artículos 32.1, 32.3 y 36.4 de la Ley 1/1998, de 7 de enero, de política lingüística, en su caso.
    4. El cumplimiento de la cuota de reserva para la integración social del personal discapacitado que establece la legislación vigente, si procede.
    5. La catalogación de finca rústica no urbanizable de los terrenos objeto de subvención.
    6. Cumplir con lo previsto en la Ley 5/2008, de 24 de abril, para prevenir y detectar casos de acoso sexual y de acoso por razón de género, en su caso.
    7. En caso de empresa, no tener la consideración de empresa en situación de crisis, de acuerdo con la definición contenida en las directrices comunitarias sobre las ayudas estatales de salvamento y de reestructuración de empresas en crisis.
    8. En el caso de empresas y entidades, no haber sido sancionada o condenada por haber ejercido o tolerado prácticas laborales consideradas discriminatorias por razón de sexo o de género, sancionada por resolución administrativa firme o condenada por sentencia judicial firme. En caso de empresas de más de 250 trabajadores, además, hay que disponer de un plan de igualdad entre hombres y mujeres según lo dispuesto en la Ley 17/2015, de 21 de julio, de igualdad efectiva de mujeres y hombres .
    9. Ser titular de los terrenos forestales objetos de subvención, a excepción de las asociaciones de propietarios.
    10. Si el solicitante es una empresa, que esta no tenga la condición de empresa en situación de crisis, de acuerdo con la definición contenida en las directrices comunitarias sobre ayudas estatales de salvamento y de reestructuración de empresas en crisis.

    Tasas

    No hay tasas asociadas a este trámite.

    Otras Informaciones

    Gestión forestal sostenible

    Mejora de la red viaria forestal
    1) Construcción de viales necesarios para la GFS.
    2) Arreglo sustancial de viales necesarios para la GFS.
    3) Actuaciones puntuales y construcción de obra civil y / o de bioingeniería por los conceptos.

    Actuaciones silvícolas de mejora
    1) Clareo.
    2) Despeje de mejora.
    3) Tallada selectiva.
    4) Selección de rebrotes.
    5) Podas de formación y de calidad.
    6) Desbroce de sotobosque.
    7) Pela de corcho de calidad reducida y / o corcho quemado y / o desbornizado.
    8) Tratamiento fitosanitario para la extracción del corcho.
    9) El desembosque con cable y / o tracción animal.

    Plazos

    Del28.06.2016al 27.07.2016

    Presencialmente


    Puntos de tramitación

    Convocatoria 2015 (plantaciones y producción de trufa)

    Plazos

    El plazo para presentar las solicitudes finaliza el 27 de julio de 2016.

    Documentación

    Documentación que debe adjuntarse a la solicitud:

    1. DNI/NIF/NIE del solicitante, en caso de que el CPF no esté autorizado a solicitar directamente.
    2. En el caso de que haya un representante que firme en como del solicitante, copia del DNI/NIF/NIE, en caso de que el CPF no esté autorizado a solicitar directamente.
    3. En el caso de que haya un representante que firme en nombre del solicitante, copia de la acreditación de la capacidad del representante por cualquier medio válido en derecho que deje constancia de ello. (Poderes notariales o escritura inscrita en el registro que corresponda).
    4. En el caso de personas jurídicas, certificado del acuerdo del órgano competente según los estatutos de la entidad para solicitar la ayuda y aceptar los compromisos correspondientes.
    5. En el caso de asociaciones forestales, autorización de los propietarios a la asociación para solicitar y percibir la ayuda.
    6. En el caso de personas jurídicas y asociaciones forestales, copia de las escrituras y/o estatutos registrados de la entidad solicitante, si procede.
    7. Certificado actualizado de inscripción en el registro administrativo correspondiente en el año de la convocatoria, o, en su defecto, el año anterior.
    8. En el caso de copropiedad de los terrenos, autorización de todos los propietarios a uno de ellos para solicitar y percibir la ayuda.
    9. Memoria de la actuación a realizar, firmada por la persona solicitante o por quien ostenta la representación.
    10. Presupuesto de la actuación a realizar, desglosado por partidas y conceptos de gasto y firmado por el solicitante o representante.
    11. Mapa topográfico o ortofotomapa a escala 1/25000 o 1/50000 donde estén claramente definidos los límites de la finca o fincas forestales.
    12. Mapa topográfico a escala 1/10000 o 1/5000 donde se encuentre claramente definida.
    13. Autorización de asociación
    14. Autorización copropietarios

    En caso de que los documentos que deben adjuntarse a la solicitud de acuerdo con las bases ya figurase en poder del Centro de la Propiedad Forestal, el solicitante podrá no presentarlos declarando la fecha y el órgano o dependencia en que fueron presentados, siempre que no se hayan producido modificaciones, no haya prescrito su periodo de vigencia y no hayan transcurrido más de 5 años desde la finalización del procedimiento por el que se entregó.

    Requisitos

    Para todas las personas solicitantes:

    1. Estar al corriente del cumplimiento de las obligaciones tributarias con el Estado, con la Generalidad de Cataluña y de las obligaciones con la Seguridad Social impuestas por las disposiciones vigentes.
    2. No encontrarse en ninguna de las circunstancias previstas en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones.
    3. Cumplir las obligaciones establecidas en los artículos 32.1, 32.3 y 36.4 de la Ley 1/1998, de 7 de enero, de política lingüística, en su caso.
    4. El cumplimiento de la cuota de reserva para la integración social del personal discapacitado que establece la legislación vigente, si procede.
    5. La catalogación de finca rústica no urbanizable de los terrenos objeto de subvención.
    6. Cumplir con lo previsto en la Ley 5/2008 de 24 de abril para prevenir y detectar casos de acoso sexual y de acoso por razón de género, en su caso.
    7. Las ayudas de minimis recibidas por la persona solicitante en el ejercicio fiscal actual y en los dos anteriores no deben superar la cuantía global que establece el regalamos (UE) núm.1407 / 2013 de la Comisión de 18 de diciembre de 2013, sobre la aplicación de los artículos 107 y 108 del tratado de funcionamiento de la Unión Europea a las ayudas de minimis.
    8. La persona solicitante debe ser el titular de la finca forestal objeto de subvención.
    9. En el caso de empresas y entidades, no haber sido sancionada o condenada por haber ejercido o tolerado prácticas laborales consideradas discriminatorias por razón de sexo o de género, sancionada por resolución administrativa firme o condenada por sentencia judicial firme. En caso de empresas de más de 250 trabajadores, además, hay que disponer de un plan de igualdad entre hombres y mujeres según lo dispuesto en la Ley 17/2015, de 21 de julio, de igualdad efectiva de mujeres y hombres .
    10. Si el solicitante es una empresa, que ésta no tenga la condición de empresa en situación de crisis, de acuerdo con la definición contenida en las directrices comunitarias sobre ayudas estatales de salvamento y de reestructuración de empresas en crisis.
    11. El material vegetal de reproducción a utilizar debe cumplir la normativa vigente sobre comercialización, de acuerdo con el Real Decreto 289/2003, de 7 de marzo, sobre comercialización de los materiales forestales de reproducción.

    Tasas

    No hay tasas asociadas a este trámite.

    Otras informaciones

    Gestión forestal sostenible

    Reforestaciones
    1) Plantaciones de coníferas y frondosas.
    2) Reposición de fallos.
    3) Mantenimiento de plantaciones.
    4) Instalación de protectores para con la fauna.

    Producción de trufa y piñón
    1) Plantación de especies micorrizadas para el cultivo de la trufa.
    2) Cerrar perimetral de protección.

    Plazos

    Del28.06.2016al 27.07.2016

    Presencialmente


    Puntos de tramitación

  • ## Resumen Este trámite ofrece acceso a las ayudas para la gestión forestal sostenible en fincas de titularidad privada, con el objetivo de recuperar el potencial forestal. Quién puede usar este servicio: * Propietarios de fincas forestales privadas. ## ¿Qué necesitas hacer? Consulta las opciones disponibles y selecciona la que corresponda a tu caso: * [Solicitar la ayuda de recuperación del potencial forestal - 2020](https://web.gencat.cat/es/tramits/tramits-temes/21040-Ajuts-gestio-forestal-sostenible-finques-privades-recuperacio-potencial?category=767b5c1e-a82c-11e3-a972-000c29052e2c&moda=1) * [Solicitar el pago de la ayda de recuperación del potencial forestal 2020 y/o aportar documentación](https://web.gencat.cat/es/tramits/tramits-temes/21040-Ajuts-gestio-forestal-sostenible-finques-privades-recuperacio-potencial?category=767b5c1e-a82c-11e3-a972-000c29052e2c&moda=2) Fecha de actualización: 15.03.2023

  • ## Resumen Este trámite permite a los propietarios de fincas forestales privadas solicitar ayudas para la gestión forestal sostenible, financiadas por los fondos Next Generation EU. Quién puede usar este servicio: * Propietarios de fincas forestales privadas. ## Lo que necesitas * Cumplir con los requisitos establecidos en la convocatoria. * Documentación específica que se indicará durante el proceso de tramitación. ## Cómo hacerlo 1. **Solicitar la ayuda:** Accede al trámite a través del enlace: [Sol·licitar l’ajut](https://web.gencat.cat/es/tramits/tramits-temes/22675-Ajuts-GFS-titularitat-preivada-2021-Next-Generation-EU?category=767b5c1e-a82c-11e3-a972-000c29052e2c&moda=1) 2. **Solicitar el pago o aportar documentación:** Accede al trámite a través del enlace: [Solicitar el pago de la ayuda y/o aportar documentación](https://web.gencat.cat/es/tramits/tramits-temes/22675-Ajuts-GFS-titularitat-preivada-2021-Next-Generation-EU?category=767b5c1e-a82c-11e3-a972-000c29052e2c&moda=2) ## Ayuda * Para más información, contacta con el Departament d'Agricultura, Ramaderia, Pesca i Alimentació.

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