Ayudas a la contratación de seguros para las estructuras, coberturas e instalaciones de invernaderos, umbráculos y túneles

Actualizado el 12 de agosto de 2020
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El objetivo es el impulso y el fomento de la contratación de seguros para las estructuras, coberturas e instalaciones de invernaderos, umbráculos y túneles, independientes de las pólizas suscritas para el aseguramiento de la producción que protegen.

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Está abierta la convocatoria para los seguros para las estructuras, coberturas e instalaciones de invernaderos, umbráculos y túneles contratados entre el 1 de octubre de 2015 y el 30 de septiembre de 2016.

A quién va dirigido

A las personas físicas o jurídicas titulares de explotaciones agrarias que cumplan los requisitos correspondientes.

Organismo responsable

Normativa

Documentación relacionada

Trámites relacionados

Solicitar

Plazos

Un mes, contado a partir de la fecha en que se haya suscrito y pagado la póliza.
Si la suscripción y el pago de la prima de la póliza es anterior a la publicación de la convocatoria, el mes computa desde el día siguiente a la fecha de publicación de la Orden en el DOGC.

Documentación

Documentación que se debe adjuntar a la solicitud:

  1. DNI/NIF/NIE u otro documento que lo acredite, en su caso, si no ha autorizado al DARP a obtener esta información.
  2. Copia del seguro suscrito, en su caso.
  3. Copia del/de los recibo/s de pago del seguro. En caso de que en la misma póliza de seguro se cubran otros conceptos diferentes, esta debe especificar el coste de la parte objeto de ayuda.
  4. Certificado de la entidad aseguradora en el que conste desglosado el importe de la prima correspondiente a la parte de la estructura, la cobertura y las instalaciones del invernadero, umbráculo o túnel tanto del capital asegurado como del de la prima.
  5. Declaración responsable de la persona solicitante que debe ratificar, mediante la firma del formulario de solicitud, las siguientes cuestiones:
    • La cuenta corriente donde se ingresará el importe de la subvención incluido en el impreso de solicitud pertenece a la persona beneficiaria de la ayuda.
    • Es titular de la explotación.
    • No está sometido/a las causas que impiden adquirir la condición de beneficiario establecidas en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, ni en el artículo 99 del Decreto legislativo 3/2002, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de finanzas públicas de Cataluña.
    • Ayudas de mínimos u otras ayudas recibidas, ya sean de Estado o no, en el ejercicio actual y en los dos años fiscales anteriores.
    • No haber recibido ayudas que hayan sido declaradas ilegales o incompatibles por la Comisión Europea, excepto su reembolso.
    • No tiene concedida ninguna ayuda económica por el mismo concepto público o privado aparte del concedido por ENESA. En caso contrario, debe presentar una declaración que se debe adjuntar al impreso de solicitud con los datos sobre la entidad subvencionando y el importe de la subvención.
    • Cumple la cuota de reserva para la integración social de la persona con disminución que establece la legislación vigente, si procede.
    • En los supuestos que la empresa tenga una plantilla igual o superior a veinticinco personas, declaración conforme la empresa beneficiaria ha previsto, conjuntamente con los agentes sociales, los medios oportunos en sus centros de trabajo para prevenir y detectar casos de acoso sexual y de acoso por razón de sexo e intervenir.
    • Sobre la conformidad de las copias aportadas en el procedimiento.
  6. En caso de persona jurídica, además de la documentación indicada anteriormente, es necesario que aporte la siguiente:
    • Estatutos de la entidad, así como su modificación, si procede. Si esta documentación está disponible en el Registro de entidades jurídicas o en el Registro de cooperativas el DARP lo verificará de oficio.
    • Cualquier documento admitido en derecho que acredite que la persona física que firma la solicitud actúa en nombre y representación de la entidad solicitante, si procede.

Requisitos

  1. Tener parcelas o cabezas de ganado ubicados en el territorio de Cataluña.
  2. Si las líneas cubren garantías adicionales aplicables a las organizaciones de productores, estas deberán tener domicilio social en Cataluña.
  3. Contratar los seguros para las estructuras, coberturas e instalaciones de invernaderos, umbráculos y túneles, independientes de las pólizas suscritas para el aseguramiento de la producción que protegen, desde el 1 de octubre de 2015 hasta el 30 de septiembre de 2016.
  4. Que no incurran en ninguna de las causas que impidan adquirir la condición de beneficiario del artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones, ni el artículo 99 del Decreto legislativo 3/2002, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de finanzas públicas de Cataluña.

Tasas

No hay tasas asociadas a este trámite.

Otras informaciones

La última convocatoria de la ayuda a los seguros de invernaderos correspondiente a la campaña 2016-2017 es la Orden ARP/2625/2016, de 17 de noviembre, y tal como se establece en su punto 2, la tramitación de estas ayudas se realiza de acuerdo con las bases reguladoras contenidas en el anexo 1 de la Orden ARP/90/2016, de 18 d?abril.

Deberá presentar la solicitud por vía telemática utilizando la sede electrónica de la Generalidad de Cataluña, en el canal que corresponda, mediante los formularios normalizados que se facilitan a través de esta página web, o bien presentando la solicitud mediante impreso normalizado que se podrá obtener en las dependencias del DARP o bien en la web http://agricultura.gencat.cat/ajutsentermini, o bien descargarlo en la sede electrónica https://seu.gencat.cat

Presencialmente

Debe presentarse en:

  • Preferentemente, en las Oficinas comarcales del Departamento de Agricultura, Ganadería, Pesca y Alimentación
  • También se puede presentar por alguna de las diferentes vías que prevé el artículo 38.4 de la ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, de acuerdo con lo que establece la disposición derogatpria única de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.


Oficinas de la administración

Institut de Recerca de L'Energia de Catalunya (IREC)

Otros Jardins de Les Dones de Negre 1, 08930, Sant Adrià de Besòs

Consorci de Comerç, Artesania I Moda de Catalunya

Calle Provença 339, 08037, Barcelona

Grupo de Asisténcia Sanitária y Social (SAGESSA)

Avenida Dr. Josep Laporte 2, 43204, Reus

Consorci Per a la Normalització Lingüística (CPNL)

Calle Mallorca 272, 08037, Barcelona

Tel. 932723100

Consorci Hospitalari de Vic

Calle Francesc Pla, el Vigatà 1, 08500, Vic

Tel. 938891111

Fundación Privada Centro de Investigación en Salud Internacional de Barcelona (CRESIB)

Calle Rosselló 132, 08036, Barcelona

Tel. 932275706

Institut D'Investigacions Biomèdiques August Pi I Sunyer (IDIBAPS)

Calle Rosselló 149-153, 08036, Barcelona

Escola D'Administració Pública de Catalunya (EAPC)

Carrer Girona 20, 08010, Barcelona

Consorci del Parc Fluvial del Llobregat

Otros Torre de L'Amo de Viladomiu Nou s/n, 08680, Gironella

Tel. 938250689

Cataluña Radio

Avinguda Diagonal 614-616, 08021, Barcelona

Institut Català de Ciències del Clima (IC3)

Calle Doctor Trueta 203, 08005, Barcelona

Autoritat Territorial de la Mobilitat (ATM). Àrea de Girona

Plaza Pompeu Fabra 1, 17002, Girona

Tel. 902627781

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