Ayudas a la gestión de los purines que se destinaban a las plantas de secado antes del cierre

Actualizado el 12 de agosto de 2020
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Con estas ayudas se fomenta el cambio de gestión de los purines mediante la subvención de parte del transporte o a determinadas inversiones.

Ante la situación de cierre de las plantas de secado de purines como consecuencia de la publicación de la Orden IET / 1045/2014, de 16 de junio, por la que se aprueban los parámetros retributivos de las instalaciones tipos aplicables a determinadas instalaciones de producción de energía eléctrica a partir de fuentes de energía renovables, cogeneración y residuos, los ganaderos de Cataluña que llevan el purín de sus explotaciones a estas plantas deben cambiar el sistema de gestión que hacían.

En este sentido el Departamento de Agricultura, Ganadería, Pesca y Alimentación, para ofrecer urgentemente soluciones a los problemas de gestión acaecidos, paliar el impacto del cierre de las plantas y incrementar la valorización de las deyecciones de las explotaciones ganaderas, considera conveniente subvencionar una parte del coste del transporte en función de la distancia donde se puedan transportar estos purines, y fomentar las inversiones destinadas a la creación de infraestructuras de gestión de los purines e instalación ción de sistemas de tratamiento, las destinadas a la compra de cisternas para el transporte equipadas con aplicadores de purines al suelo, compra de equipos de aplicación de purines al suelo que se puedan adaptar a cisternas que no lo lleven incorporado, equipos de medida los nutrientes, compra de balsas móviles o la construcción de balsas.

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  • El plazo máximo para ejecutar las actuaciones objeto de ayuda y la fecha límite de las facturas correspondientes es el 30 de junio de 2015.
  • El plazo máximo para realizar los pagos de las facturas, y presentar la documentación al Departamento para justificar todas las inversiones subvencionables es hasta el 31 de julio de 2015.

A quién va dirigido

A las personas físicas o jurídicas titulares de explotaciones ganaderas, asociaciones de defensa sanitaria, agrupaciones de productores, cooperativas, agrupaciones de gestión de purines, sociedades agrarias de transformación, comunidades de bienes y otras entidades, que cumplan los requisitos.

Organismo responsable

Normativa

Documentación relacionada

Solicitar la ayuda para las actuaciones de transporte para la gestión de purines

Plazos

El plazo para presentar la solicitud termina el 22 de diciembre de 2014.

Documentación

Documentación que se debe adjuntar a la solicitud:

  • Certificado del acuerdo del órgano competente para solicitado la ayuda
    Memoria de la actuación de acuerdo con el impreso normalizado (A1072-DO3 )
  • Las declaraciones responsables (A1072-DO4 ) firmadas por cada agricultor y también por el ganadero, con la referencia SIGPAG de las parcelas previstas, la fecha aproximada de aplicación, la distancia, la cantidad de purines prevista a aplicar y que las tierras no están a ninguna PG fecha 02/15/14.
  • Acreditación de que se realizará la entrega y volumen (m3) a entregar al gestor de residuos, en su caso.
  • Documentación acreditativa del cumplimiento de las normas mínimas medioambientales, de higiene y bienestar animal, consistente en la autorización, licencia o comunicación ambiental y el plan de deyecciones ganaderas, si procede.
  • Ofertas de diferentes proveedores, en caso de que el gasto subvencionable sea superior o igual a 50.000? por obras, y superior o igual a 18.000? en el resto de casos.

En el caso de que el Departamento de Agricultura no disponga de la siguiente documentación deberá aportarla:

  • Acreditación de la representación, en su caso.
  • Copia Escritura constitución sociedad o estatutos entidades, en su caso. Si esta información está disponible en el Registro de entidades jurídicas o en el Registro de cooperativas, el DAAM lo verificará de oficio.

Únicamente será necesario aportar la siguiente documentación en caso de no autorizar al Departamento para obtenerla:

  • Copia DNI/NIF/NIE del solicitante i/o representante

Requisitos

Requisitos de los beneficiarios:

  • En su caso, estar legalmente constituidas en el momento de presentar la solicitud.
  • Cumplir las normas vigentes en materia de medio ambiente, higiene y bienestar de los animales.
  • En caso de explotaciones ganaderas intensivas, estas deben estar inscritas en estado de alta en el registro de explotaciones ganaderas de acuerdo con la normativa vigente como explotación de producción y / o reproducción, así como disponer del correspondiente libro de registro de explotaciones ganaderas debidamente actualizado y de las concesiones administrativas correspondientes.
  • En caso de asociaciones, tener los estatutos adaptados a la Ley 5/2011, de 19 de julio, de modificación de la Ley 4/2008, de 24 de abril, del libro tercero del Código civil de Cataluña, relativo a las personas jurídicas, antes del 31 de diciembre de 2012.
  • No incurrir en ninguno de los supuestos del artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones, ni del artículo 99 del Decreto legislativo 3/2002, de 24 de diciembre, por el que se aprueba el Texto refundido de la Ley de finanzas públicas de Cataluña.
  • No tener la consideración de empresa en situación de crisis, de acuerdo con la definición contenida en las directrices comunitarias sobre ayudas estatales de salvamento y de reestructuración de empresas en crisis (DOUE C 244, de 1.10.2004).
  • En el caso de agrupaciones de productores o de agrupaciones de gestión de purines, la agrupación no podrá disolverse hasta que no hayan transcurrido los plazos de prescripción previsto en el artículo 100.4 del Texto refundido de la Ley de finanzas públicas de Cataluña , aprobado por el Decreto legislativo 3/2002, de 24 de diciembre, y el artículo 65 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones.

Requisitos de las actuaciones:

  • Sólo pueden ser beneficiarias las personas físicas o jurídicas titulares de explotaciones ganaderas, respecto del transporte y aplicación de los purines producidos en su explotación.
  • Se podrán transportar y aplicar como máximo los metros cúbicos y su equivalente en kg de nitrógeno que el ganadero tenía contratado con la planta de secado de purines. Este transporte se podrá realizar desde la fecha de presentación de la solicitud y como máximo hasta el 30 de junio de 2015.
  • La distancia mínima entre la explotación ganadera y la parcela donde se apliquen los purines para que el transporte sea una actuación subvencionable será de 10 km, y deberán ser parcelas que en el momento de realizar la aplicación no se encuentren incluidas en ningún plan de gestión de deyecciones ganaderas.
  • Se podrán transportar hasta un centro de gestión de deyecciones o una instalación de tratamiento de residuos como máximo los metros cúbicos y su equivalente en kg de nitrógeno que el ganadero tenía contratado con la planta de secado de purines.

Tasas

No hay tasas asociadas a este trámite.

Otras informaciones

Son actuaciones a subvencionar las dedicadas a transportar y aplicar en campo o transportar a un centro de gestión oa un gestor autorizado de residuos como medida de urgencia los purines porcinos de las explotaciones que llevaban el purín a las plantas de secado. Cuando las parcelas de destino estén ubicadas dentro de zonas vulnerables, es necesario que la carga de nitrógeno ganadero del municipio sea inferior al 80% del cociente resultante de dividir el nitrógeno total producido por el ganado en régimen intensivo de las granjas del municipio y de los municipios adyacentes entre el nitrógeno total admisible por los cultivos en tierras labradas del municipio y de los municipios adyacentes, según las dosis que prevé el Decreto 136/2009, de 1 de septiembre, de aprobación del programa de actuación aplicable a las zonas vulnerables en relación con la contaminación de nitratos que proceden de fuentes agrarias y de gestión de las deyecciones ganaderas.

Plazos

Del22.11.2014al 22.12.2014

Presencialmente

La solicitud se ha de dirigir al Servicio de Suelos y Gestión Medioambiental adjuntando los documentos anteriormente indicados.
Les solicitudes se pueden presentar en diversos lugares:

Solicitar la ayuda para la inversión en infraestructuras y equipos

Plazos

El plazo para presentar la solicitud termina el 22 de diciembre de 2014.

Documentación

Documentación que debe adjuntarse a la solicitud (A1072-DO1 ):

  • Certificado del acuerdo del órgano competente para solicitado la ayuda
  • Factura proforma de las inversiones a realizar
  • Memoria de la actuación de acuerdo con el impreso normalizado (A1072-DO3 )
  • Documentación acreditativa del cumplimiento de las normas mínimas medioambientales, de higiene y bienestar animal, consistente en la autorización, licencia o comunicación ambiental y el plan de deyecciones ganaderas, si procede.
  • Ofertas de diferentes proveedores, en caso de que el gasto subvencionable sea superior o igual a 50.000? por obras, y superior o igual a 18.000? en el resto de casos.

En el caso de que el DAAM no disponga de la siguiente documentación deberá aportarla:

  • Acreditación de la representación, en su caso.
  • Copia Escritura constitución sociedad o estatutos entidades, en su caso. Si esta información está disponible en el Registro de entidades jurídicas o en el Registro de cooperativas, el DAAM lo verificará de oficio.

Únicamente será necesario aportar la siguiente documentación en caso de no autorizar al Departamento de Agricultura, Ganadería, Pesca, Alimentación y Medio Natural para obtenerla:

  • Copia DNI / NIF / NIE del solicitante y / o representante

Requisitos

Requisitos de los beneficiarios:

  • En su caso, estar legalmente constituidas en el momento de presentar la solicitud.
  • Cumplir las normas vigentes en materia de medio ambiente, higiene y bienestar de los animales.
  • En caso de explotaciones ganaderas intensivas, estas deben estar inscritas en estado de alta en el registro de explotaciones ganaderas de acuerdo con la normativa vigente como explotación de producción y / o reproducción, así como disponer del correspondiente libro de registro de explotaciones ganaderas debidamente actualizado y de las concesiones administrativas correspondientes.
  • En caso de asociaciones, tener los estatutos adaptados a la Ley 5/2011, de 19 de julio, de modificación de la Ley 4/2008, de 24 de abril, del libro tercero del Código civil de Cataluña, relativo a las personas jurídicas, antes del 31 de diciembre de 2012.
  • No incurrir en ninguno de los supuestos del artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones, ni del artículo 99 del Decreto legislativo 3/2002, de 24 de diciembre, por el que se aprueba el Texto refundido de la Ley de finanzas públicas de Cataluña.
  • No tener la consideración de empresa en situación de crisis, de acuerdo con la definición contenida en las directrices comunitarias sobre ayudas estatales de salvamento y de reestructuración de empresas en crisis (DOUE C 244, de 1.10.2004).
  • Tener la condición de pymes.
  • En el caso de agrupaciones de productores o de agrupaciones de gestión de purines, la agrupación no podrá disolverse hasta que no hayan transcurrido los plazos de prescripción previsto en el artículo 100.4 del Texto refundido de la Ley de finanzas públicas de Cataluña , aprobado por el Decreto legislativo 3/2002, de 24 de diciembre, y el artículo 65 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones.

Requisitos de las actuaciones:

  • Estas inversiones se realizarán después de la presentación de la solicitud de la ayuda.
  • Las explotaciones ganaderas intensivas de las que provienen los purines deben aplicarse en el momento de la solicitud al menos una dieta con un Nivel 2 o superior de reducción en la excreción de nitrógeno del ganado porcino, de acuerdo con la Orden AAR / 506/2010, de 2 de noviembre, por la que se establecen los criterios para la aplicación de los niveles de reducción en la excreción de nitrógeno del ganado porcino mediante la mejora de la alimentación, de acuerdo con el anexo 2 del Decreto 136/2009, de 1 de septiembre, de aprobación del programa de actuación aplicable a las zonas vulnerables en relación con la contaminación de nitratos que proceden de fuentes agrarias y de gestión de las deyecciones ganaderas.
  • Las balsas deben cumplir los criterios generales para su diseño y construcción de acuerdo con lo establecido en el Decreto 136/2009 y / o la normativa vigente. No serán objeto de ayuda las actuaciones iniciadas con anterioridad a la presentación de la solicitud de ayuda.

Tasas

No hay tasas asociadas a este trámite.

Otras informaciones

Son actuaciones a subvencionar:

Realizar cualquiera de las siguientes actuaciones, tanto individualmente como de forma colectiva. A los efectos de estas bases reguladoras se consideran inversiones colectivas las realizadas por cinco explotaciones o más:

  • Crear infraestructuras de gestión de los purines individuales y / o colectivas.
    Instalar sistemas de tratamiento individuales y / o colectivos que favorezcan la conservación y concentración de los nutrientes presentes en los purines y faciliten su valorización y la exportación (en todo caso, los sistemas de tratamiento subvencionables deberán ser sistemas probados);
  • Adquirir cisternas para el transporte equipadas con aplicadores de purines al suelo.
  • Adquirir equipos de aplicación de purines al suelo equipados con sistemas de aplicación localizada que se puedan adaptar a cisternas que no lo lleven incorporado.
  • Adquirir equipos de medida de los nutrientes;
  • Adquirir balsas móviles;
  • Construir balsas para el almacenamiento de los purines para poder gestionar mejor a lo largo del año los purines de las explotaciones que ya no disponen de capacidad de almacenamiento en las explotaciones. La capacidad de estas balsas no se acumulará a las capacidades necesarias de las explotaciones que marca la normativa que lo regula.

Plazos

Del22.11.2014al 22.12.2014

Presencialmente

Para solicitar la ayuda por la línea de transportes se debe presentar una solicitud dirigida al Servicio de Suelos y Gestión Medioambiental de la Producción Agraria mediante el modelo A1072-DO1 y adjuntando los documentos anteriormente indicados.

Las solicitudes se pueden presentar en diferentes sitios:

Certificar la ayuda para las actuaciones de transporte para la gestión de purines

Plazos

El plazo máximo para ejecutar las actuaciones objeto de ayuda y la fecha límite de las facturas correspondientes es el 30 de junio de 2015.
El plazo máximo para realizar los pagos de las facturas, y presentar la documentación al DAAM para justificar todas las inversiones subvencionables es hasta el 31 de julio de 2015.

Documentación

Documentación que debe adjuntarse a la memoria para justificar las actuaciones de transporte:

  • En caso de que se añadan nuevas parcelas distintas de las solicitadas: Declaración responsable de base territorial (A1072-DO04)
  • Si el transporte ha sido realizado por el mismo ganadero:
    • Declaración responsable del transporte (A1072-DO13)
  • Si el transporte no lo realiza el mismo ganadero:
    • Originales de las facturas de transporte y de los justificantes de pago
    • Cuenta justificativa (G0201.01-DO12).

Tasas

No hi ha taxes associades a aquest tràmit

Otras informaciones

A modo de información de cómo cumplimentar la documentación mencionada, descargue el siguiente documento (A1072-IN1).
En el caso de que la persona beneficiaria quiera realizar cambios en las parcelas o cantidades de purín transportadas, lo comunicará al DAAM.
Se deberá dejar constancia de las cantidades de purín transportadas al Libro de gestión de deyecciones ganaderas del titular de la explotación.

Presencialmente

Para justificar las actuaciones realizadas de la ayuda para la línea de transporte, hay que presentar la memoria de acuerdo con el modelo normalizado (A1072-DO12 o A1072-DO14) dirigida al Servicio de Suelos y Gestión Medioambiental de la Producción Agraria, adjuntando los documentos anteriormente indicados.
La justificación de las actuaciones se puede presentar en diferentes lugares:

Certificar la ayuda para las inversión en infraestructuras y equipos

Plazos

El plazo máximo para ejecutar las actuaciones objeto de ayuda, la fecha límite de las facturas, y plazo máximo para realizar los pagos de las facturas, y presentar la documentación al Departartamento para justificar todas las inversiones subvencionables es hasta el 30 de diciembre de 2015.

Documentación

Documentación que se debe adjuntar a la memoria para justificar las actuaciones de inversión:
· Cuenta justificativa (G0201.01-DO12).
· Acreditación de la titularidad de los terrenos donde se efectuará la inversión, mediante nota simple actualizada del Registro de la propiedad o solicitud a la misma, o en caso de no ser propietario o propietaria copia del contrato de arrendamiento liquidado, cuando se proceda.
· Copia de la licencia municipal de obras expedida y liquidada de acuerdo con el coste de ejecución de obra solicitada o bien certificado del ayuntamiento, acreditativo de su exención, cuando proceda.

Tasas

No hay tasas asociadas a este trámite.

Altres Informacions

A modo de información de cómo cumplimentar la documentación mencionada, descargue el siguiente documento (A1072-IN1)
En el caso de que la persona beneficiaria quiera realizar cambios en las inversiones aprobadas lo comunicará al Departamento, con anterioridad a la realización efectiva.

Presencialmente

Para justificar las actuaciones realizadas de la ayuda para la línea de inversiones, hay que presentar la memoria de acuerdo con el modelo normalizado (A1072-DO15) dirigida al Servicio de Suelos y Gestión Medioambiental de la Producción Agraria, adjuntando los documentos anteriormente indicados .
La justificación de las actuaciones se puede presentar en diferentes lugares:


Oficinas de la administración

Institut de Recerca de L'Energia de Catalunya (IREC)

Otros Jardins de Les Dones de Negre 1, 08930, Sant Adrià de Besòs

Consorci de Comerç, Artesania I Moda de Catalunya

Calle Provença 339, 08037, Barcelona

Grupo de Asisténcia Sanitária y Social (SAGESSA)

Avenida Dr. Josep Laporte 2, 43204, Reus

Consorci Per a la Normalització Lingüística (CPNL)

Calle Mallorca 272, 08037, Barcelona

Tel. 932723100

Consorci Hospitalari de Vic

Calle Francesc Pla, el Vigatà 1, 08500, Vic

Tel. 938891111

Fundación Privada Centro de Investigación en Salud Internacional de Barcelona (CRESIB)

Calle Rosselló 132, 08036, Barcelona

Tel. 932275706

Institut D'Investigacions Biomèdiques August Pi I Sunyer (IDIBAPS)

Calle Rosselló 149-153, 08036, Barcelona

Escola D'Administració Pública de Catalunya (EAPC)

Carrer Girona 20, 08010, Barcelona

Consorci del Parc Fluvial del Llobregat

Otros Torre de L'Amo de Viladomiu Nou s/n, 08680, Gironella

Tel. 938250689

Cataluña Radio

Avinguda Diagonal 614-616, 08021, Barcelona

Institut Català de Ciències del Clima (IC3)

Calle Doctor Trueta 203, 08005, Barcelona

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