L?objectiu de l?ajut és per reduir l?alt risc d?abandonament d?aquest cultiu. I per produir tomàquets amb destinació a indústria sempre que compleixin les condicions establertes en la normativa comunitària i nacional.
Leer más Plazo ordinario: del 1 de febrero hasta el 15 de junio de 2016.
Plazo extraordinario con penalización: hasta el 10 de julio de 2016.
A quién va dirigido
A productors de tomàquet amb destinació a indústria.
Organismo responsable
Normativa
Trámites relacionados
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Plazos
Plazo ordinario: del 1 de febrero hasta el 15 de junio de 2016.
Plazo extraordinario con penalización: hasta el 10 de julio de 2016.
Requisitos
- Destinar la producción de tomate en la transformación industrial estableciendo antes de 15 de febrero de cada año un contrato que incluya:
- La identificación de las partes contratantes.
- Superficie total de las parcelas de donde procedan los tomates entregados.
- La cantidad de materia prima a entregar para la transformación.
- El período de entrega a las industrias de transformación.
- El precio de compraventa de la materia prima.
- Realizar una siembra mínima de 30.000 semillas por ha o una plantación mínima de 20.000 plantas por ha.
- Realizar las entregas de producción en las industrias transformadoras entre el 15 de junio y 15 de noviembre de cada año.
Tasas
No hi ha taxes associades a aquest tràmit.
Plazos
Del01.02.2016al 15.06.2016
Por internet
Hay que marcar la casilla al trámite de la DUN, al que se encuentra vinculado porque para solicitar la ayuda hay que recoger los datos de la superficie.
L'objectiu és contribuir a l?autonomia alimentària del sector ramader basada en els cultius d?alt contingut proteic amb destinació a la seva utilització en alimentació animal.
Leer más Plazo ordinario: del 1 de febrero hasta el 15 de junio de 2016.
Plazo extraordinario con penalización: hasta el 10 de julio de 2016.
A quién va dirigido
A productors dels següents conreus proteics, amb destinació l?alimentació animal:
- Proteaginoses: pèsols, faves, tramussos dolços.
- Lleguminoses: veces, erbs, guixes, fenigrec, garlanda, alfals (només en secà), trepadella, enclova, sulla.
- Oleaginoses: gira-sol, colza, soia, camelina i càrtam.
Organismo responsable
Normativa
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Plazos
Plazo ordinario: del 1 de febrero hasta el 15 de junio de 2016.
Plazo extraordinario con penalización: hasta el 10 de julio de 2016.
Requisitos
- Superficie mínima de ayuda de 0,5 ha en regadío.
- Emplear semilla de variedades o especies recogidas en el catálogo común de variedades de especies de plantas agrícolas de la Unión Europea o de los Estados Miembros.
- Cultivar en parcelas agrícolas de regadío, o de secano con Índice de Rendimiento Comarcal superior a los 2.000 kg / ha.
- Mantener el cultivo en el terreno hasta el estado fenológico indicado:
- Proteaginosas, leguminosas grano y soja: hasta estado de grano lechoso.
- Proteaginosas y leguminosas forrajeras anuales: hasta inicio de floración.
- Leguminosas forrajeras plurianuales: todo el año, excepto en el año de siembra y de levantamiento del cultivo, que se harán según la práctica de la zona.
- Oleaginosas excepto soja: hasta cuajado del grano.
- Se permitirá el aprovechamiento por el ganado directamente sobre el terreno siempre que el cultivo se mantenga al menos hasta el inicio de la floración.
- Quedan excluidas de la ayuda las superficies la producción de la que se utilice como abonado en verde.
Tasas
No hi ha taxes associades a aquest tràmit.
Plazos
Del01.02.2016al 15.06.2016
Por internet
Hay que marcar la casilla al trámite de la DUN, al que se encuentra vinculado porque para solicitar la ayuda hay que recoger los datos de la superficie.
L?objectiu és garantir la viabilitat econòmica d?aquestes explotacions.
Leer más Plazo ordinario: del 1 de febrero hasta el 15 de junio de 2016.
Plazo extraordinario con penalización: hasta el 10 de julio de 2016.
A quién va dirigido
A ramaders titulars d'explotacions de bovins.
Organismo responsable
Normativa
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Plazos
Plazo ordinario: del 1 de febrero hasta el 15 de junio de 2016.
Plazo extraordinario con penalización: hasta el 10 de julio de 2016.
Requisitos
- Son animales elegibles los bovinos entre 6 y 24 meses engordados entre el 1 de octubre del año anterior a la solicitud y el 30 de septiembre del año de la solicitud en la explotación beneficiaria o en un cebadero comunitario de donde hayan salido con destino sacrificio o exportación.
- El destino y fechas de entrada y salida de los animales se determinarán mediante consulta al SITRAN. Entre la fecha de entrada y de salida de la explotación deberá haber una diferencia mínima de tres meses.
- Las explotaciones deben constar en el Registro de explotaciones ganaderas (REGA), como explotaciones de vacuno con clasificación de: reproducción para producción de carne o reproducción para producción de leche o reproducción para producción mixta o engorde y deben ser la última explotación donde se localizaban los animales antes de su destino a sacrificio o exportación.
- Si los animales pasan por una explotación intermedia, como un tratando de ganado o centro de concentración, y después salen con destino sacrificio o exportación, no pueden permanecer en esta explotación intermedia más de 15 días.
- Cada beneficiario debe presentar un mínimo de 3 animales elegibles y año.
- Los animales objeto de ayuda deberán estar identificados y registrados de acuerdo con la normativa.
- No podrán optar los solicitantes que hayan tenido derechos especiales en 2014 y que en la DUN de cada campaña no declaren hectáreas admisibles sobre las que se puedan activar derechos de pago base.
Tasas
No hay tasas asociadas a este trámite.
Plazos
Del01.02.2016al 15.06.2016
Por internet
Hay que marcar la casilla en el trámite de la DUN, al cual se halla vinculado.
L?objectiu és garantir la viabilitat econòmica d?aquestes explotacions i reduir el risc d?abandonament de l?activitat.
Leer más Plazo ordinario: del 1 de febrero hasta el 15 de junio de 2016.
Plazo extraordinario con penalización: hasta el 10 de julio de 2016.
A quién va dirigido
A ramaders titulars d'explotacions de boví.
Organismo responsable
Normativa
Trámites relacionados
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Plazos
Plazo ordinario: del 1 de febrero hasta el 15 de junio de 2016.
Plazo extraordinario con penalización: hasta el 10 de julio de 2016.
Requisitos
- Se consideran animales elegibles las vacas de aptitud láctea de 24 meses o más en la fecha final del plazo de solicitud de la ayuda.
- Son animales elegibles los jefes presentes en la explotación en las 4 fechas: 1 de enero, 30 de abril y dos fechas más dentro de este periodo.
- Las explotaciones deben constar en el Registro de explotaciones ganaderas (REGA) como explotaciones de vacuno con clasificación de: reproducción para producción de leche o reproducción para producción mixta y deben haber realizado entregas de leche a compradores o ventas directas al menos durante 6 meses entre el 1 de octubre del año anterior a la solicitud y el 30 septiembre del año de solicitud.
- En explotaciones con más de una unidad de producción ubicada en zonas de montaña y en zonas distintas de las de montaña, se determinará el número de animales elegibles en cada una y la explotación se entenderá ubicada allí donde haya el mayor número de animales elegibles, de forma que todos los animales recibirán el importe correspondiente a esta zona.
- No podrán optar los solicitantes que hayan tenido derechos especiales en 2014 y que en la DUN de cada campaña no declaren hectáreas admisibles sobre las que se puedan activar derechos de pago básico.
Tasas
No hay tasas asociadas a este trámite.
Plazos
Del01.02.2016al 15.06.2016
Por internet
Hay que marcar la casilla en el trámite de la DUN, al cual se halla vinculado.
L?objectiu és garantir la viabilitat econòmica d?aquestes explotacions i reduir el risc d?abandonament d?aquesta activitat productiva.
Leer más Plazo ordinario: del 1 de febrero hasta el 15 de junio de 2016.
Plazo extraordinario con penalización: hasta el 10 de julio de 2016.
A quién va dirigido
A ramaders titulars d?explotacions de cabrum.
Organismo responsable
Normativa
Trámites relacionados
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Plazos
Plazo ordinario: del 1 de febrero hasta el 15 de junio de 2016.
Plazo extraordinario con penalización: hasta el 10 de julio de 2016.
Requisitos
- Son animales elegibles las hembras reproductoras que estén debidamente identificadas y registradas según normativa vigente, a 1 de enero del año de presentación de la ayuda.
- Cada año hay que hacer la actualización de censo a fecha 1 de enero del año en curso, en la oficina comarcal. Este censo se comunicará a partir del 1 de enero y siempre antes del 1 de marzo.
- Tener un censo de hembras elegibles igual o superior a 10.
- Las explotaciones donde se ubiquen los animales elegibles deben constar en el Registro de explotaciones ganaderas (REGA) como explotaciones de caprino con clasificación de: reproducción para producción de carne, o reproducción para producción de leche o reproducción para producción mixta (leche y carne).
- Es necesario haber comunicado movimientos de salida de la explotación de al menos 0,4 cabritos por hembra elegible y año. Estas comunicaciones, así como el resto de comunicaciones de movimientos de salida de la explotación, se deben hacer en la oficina comarcal del DARP a partir del 1 de enero del año de solicitud, en el plazo máximo de 7 días naturales a contar a partir de la fecha del movimiento.
- Las explotaciones podrán, alternativamente, cumplir el requisito anterior si tienen una producción mínima de leche de 100 litros por reproductora y año.
- No podrán optar los solicitantes que hayan tenido derechos especiales en 2014 y que en la DUN de cada campaña no declaren de hectáreas admisibles sobre las que se puedan activar derechos de pago base.
Tasas
No hay tasas asociadas a este trámite.
DUN 2015
Plazos
Del01.02.2016al 15.06.2016
Por internet
Hay que marcar la casilla del trámite de la DUN, al cual se halla vinculado.
L?objectiu és garantir la viabilitat econòmica d?aquestes explotacions i reduir el risc d?abandonament de l?activitat.
Leer más Plazo ordinario: del 1 de febrero hasta el 15 de junio de 2016.
Plazo extraordinario con penalización: hasta el 10 de julio de 2016.
A quién va dirigido
A ramaders que mantinguin vaques alletants.
Organismo responsable
Normativa
Trámites relacionados
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Plazos
Plazo ordinario: del 1 de febrero hasta el 15 de junio de 2016.
Plazo extraordinario con penalización: hasta el 10 de julio de 2016.
Requisitos
- La ayuda se concede por animal elegible y año. Son animales elegibles las vacas lactantes que se encuentren inscritas en el Registro General de Identificación Individual de Animales (RIIA).
- Mantener un rebaño de vacas destinado a la cría de terneros para la producción de carne. Se consideran animales elegibles para la ayuda:
- Vaca nodriza: hembra de raza cárnica o cruce con alguna de estas razas, que forme parte de un rebaño dedicado a la cría de terneros para la producción de carne y que haya parido en los 20 meses previos a la fecha final de solicitud anual de la ayuda.
- Brava: el número de novillas elegibles para explotación no será superior al 15% de las vacas lactantes elegibles. Si el cálculo del número máximo de novillas expresado en porcentaje es un nº fraccionario se redondeará a la unidad inferior si es menor a 0,5 ya la unidad superior si es mayor a 0,5.
- Animales presentes en la explotación a 1 de enero, 30 de abril y en dos fechas más dentro de este periodo. Los animales a computar serán los presentes en las cuatro comprobaciones realizadas.
- Las explotaciones ganaderas donde se ubiquen los animales elegibles deben constar en el Registro de explotaciones ganaderas (REGA) como explotaciones de vacuno con clasificación de: reproducción para la producción de carne o reproducción para producción mixta.
- Si la explotación vende leche, se determina el número de cabezas con derecho a la ayuda asociado, mediante la relación entre la cantidad de leche comercializada (de 1 de octubre a 30 de septiembre del año siguiente) y el rendimiento lechero medio, establecido en 6.500 kg anuales (por rendimientos lecheros superiores habrá acreditarlo).
Tasas
No hay tasas asociadas a este trámite.
Plazos
Del01.02.2016al 15.06.2016
Por internet
Hay que marcar la casilla en el trámite de la DUN, al cual se halla vinculado.
El règim de pagament bàsic és el sistema d?ajudes directes de la PAC 2014-2020. Aquest règim consta de l?ajut de pagament bàsic, l?ajut de pagament verd i l?ajut complementari al pagament bàsic per als joves agricultors que compleixin determinats requisits. S?introdueix un nou règim simplificat per a petits agricultors que comporta certs avantatges respecte als requisits i obligacions.
Leer más Termini ordinari: de l?1 de febrer fins al 15 de juny del 2016.
Termini extraordinari amb penalització: fins al 10 de juliol del 2016
A quién va dirigido
Als agricultors que disposin de drets de pagament bàsic. Han de ser agricultors actius i mantenir l?activitat agrària en la totalitat de l?explotació.
Poden ser assignataris de drets per assignació inicial (d?acord amb les dades de referència d?assignació), per ser perceptor d? al·legacions per canvi de titularitat (campanya 2015) o cessions de drets (campanya 2016 en endavant), o per tenir dret a rebre?n de la Reserva Nacional.
Organismo responsable
Normativa
Trámites relacionados
Solicitar la ayuda
Plazos
- Plazo ordinario: del 1 de febrero hasta el 15 de junio de 2016.
- Plazo extraordinario con penalización: hasta el 10 de julio de 2016.
Documentación
Aplicación DUN 2016. http://agricultura.gencat.cat/dun
Requisitos
Disponer de derechos de pago básico
Tasas
No hay tasas asociadas a este trámite.
Plazos
Del01.02.2016al 15.06.2016
Por internet
Hay que descargarse el programa DUN 2016 para poder hacer la declaración electrónicamente. Para descargar los datos de retorno de la DUN 2015, es necesario disponer de un código de usuario/usuaria y de una clave de acceso, datos que el DARP facilitará por carta.
Para presentar por Internet la DUN, es necesario el certificado de firma electrónica reconocido por la Agencia Catalana de Certificación.
Las entidades colaboradoras también pueden enviar las declaraciones firmadas electrónicamente, siempre que, previamente, dispongan de la autorización correspondiente de la persona declarante.
Consultar las entidades colaboradoras. http://agricultura.gencat.cat/dun
Hay que marcar la casilla en el trámite de la DUN, al cual se halla vinculado
Comunicar cesiones de derechos de pago básico
Plazos
Del 1 de febrero de 2016 hasta el 15 de junio de 2016.
Requisitos
Ser cedente y cesionario de derechos de pago básico
Tasas
No hi ha taxes associades a aquest tràmit
La comunicación de la cesión de derechos la hará el cedente y el cesionario a través de la DUN 2016 del cesionario dentro de los plazos establecidos para la solicitud única. Esta comunicación corresponde al documento impreso de la DUN (PB2) que se entregará a la OC firmado por todas las partes que intervengan en la cesión.
Tipo de Cesiones
- Compraventa de derechos con tierra
- Compraventa de derechos sin tierra (20% peaje)
- Arrendamiento de derechos con tierra
- Arrendamiento de derechos sin tierra (20% peaje)
- Finalización de arrendamiento con tierra
- Finalización del arrendamiento de tierras con devolución al propietario de las tierras y la cesión definitiva de derechos.
- Finalización anticipada de un arrendamiento de derechos con tierras
- Traspaso definitivo de derechos con tierra
- Acuerdo en tres partes
- Traspaso de derechos con concesión de pastos comunales
- Arrendamiento de herederos no Agricultores Activos
- Otros cambios de titularidad
- Cesión de la totalidad de los derechos con importe inferior a 300 ?
- Venta de derechos sin tierra a un agricultor que inicia la actividad agraria
- Herencias, legados y usufructos de derechos de pago básico
- Transmisiones intervivos: Jubilación de la actividad agraria o incapacidad laboral permanente
- Cambios de Régimen o estatuto jurídico
- Fusiones / Absorciones
- escisiones
Plazos
Del01.02.2016al 15.06.2016
Presencialmente
En el caso de comunicaciones de cesiones de derechos de pago básico se deberá entregar en la Oficina Comarcal el documento impreso de la DUN. El documento recogerá la firma del / de transmisor / a y el / la receptor / a o de sus representantes legales que intervengan en la cesión.
El solicitante presentará la documentación necesaria que consta en el ORDEN AAM / 31/2015, de 19 de febrero, en el anexo 6 ORDEN ARP / 12/2016, de 27 de enero, por la que se establece y se regula la declaración única agraria de 2016.
Para acreditar las condiciones y requisitos de los hechos que alega. Los órganos competentes del DARP podrán pedir a la persona solicitante cualquier otra documentación necesaria.
Se debe presentar en:
Solicitar derechos de pago básico de la reserva nacional
Plazos
Plazo ordinario: del 1 de febrero hasta el 15 de junio de 2016.
Plazo extraordinario con penalización: hasta el 10 de julio de 2016.
Documentación
Aplicación DUN 2016 http://agricultura.gencat.cat/dun
Requisitos
Es necesario cumplir alguno de los requisitos siguientes:
- Tener la condición de jóvenes agricultores / as que empiezan su actividad agrícola y que cumplan con los requisitos establecidos.
- Tener la condición de agricultores / as que comienzan su actividad agrícola y que cumplan con los requisitos establecidos.
- Tener la condición de agricultores / as legitimadas para recibir derechos de ayuda o para aumentar el valor de los derechos existentes por sentencias judiciales firmes o actos administrativos firmes.
- Agricultores / as, que no hayan tenido acceso a la primera asignación de derechos de pago básico 2015 por causas de fuerza mayor o circunstancias excepcionales.
Tasas
No hi ha taxes associades a aquest tràmit
La solicitud de derechos de pago básico de la reserva nacional permite conceder importes de referencia a agricultores / as que, por encontrarse en unos situación especial, no disponen de derechos por asignación directa o disponen de menos o de un valor nominal menor de los que les correspondería.
La solicitud se realizará junto con la DUN.
Plazos
Del01.02.2016al 15.06.2016
Por internet
Hay que descargarse el programa DUN 2016 para poder hacer la declaración electrónicamente. Para descargar los datos de retorno de la DUN 2015, es necesario disponer de un código de usuario / usuaria y de una clave de acceso, datos que el DARP facilitará por carta.
Para presentar por Internet la DUN, es necesario el certificado de firma electrónica reconocido por el IdCAT y la Agencia Catalana de Certificación.
Las entidades colaboradoras también pueden enviar las declaraciones firmadas electrónicamente, siempre que, previamente, dispongan de la autorización correspondiente de la persona declarante.
Consultar las entidades colaboradoras
Se debe marcar la casilla al trámite de la DUN, al que se encuentra vinculado.
Presencialmente
L?objectiu d?aquesta línia d?ajut és millorar la viabilitat i la competitivitat de les explotacions agràries, així com promoure l?ús de tecnologies agrícoles innovadores o donar suport econòmic a les inversions dirigides a complir nous requisits imposats per normativa europea, amb l?objectiu de millorar els resultats econòmics de les explotacions, facilitar-ne la reestructuració i la modernització i incrementar-ne la participació i l?orientació al mercat agrari.
Leer más Termini: de l?1 de febrer al 15 de juny del 2016.
A quién va dirigido
A persones físiques i jurídiques titulars d?explotacions agràries.
Organismo responsable
Normativa
Solicitar la ayuda
Plazos
El plazo de presentación de solicitudes es del 1 de febrero hasta el 15 de junio de 2016.
Documentación
- La solicitud, el diagnóstico previo y el plan de explotación se presentará mediante la Declaración Única Agraria (DUN2015).
- Memoria de las actuaciones con planos y croquis detallado, presupuesto de las actuaciones a realizar, así como el resto de documentación común a las ayudas asociadas a CGE y DUN.
Requisitos
- Cumplir con la definición de agricultor profesional.
- Cumplir con la definición de agricultor activo.
- En caso de persona física, tener entre 18 y 64 años en el momento de la solicitud.
- En caso de comunidades de bienes, todos los comuneros deben cumplir con los requisitos de persona física.
- En caso de sociedades, esta debe tener la condición de explotación agraria prioritaria o cumplir con los requisitos.
- La explotación donde se realizan las inversiones debe obtener una renta Unitaria de trabajo que sea igual o superior al 35% de la renta de referencia e inferior al 120% de la misma.
- Las inversiones deben suponer una mejora del rendimiento global de la explotación.
- Las inversiones no se pueden realizar antes de la solicitud de la ayuda ni de la visita de los técnicos del DAAM.
Tasas
No hay tasas asociadas a este trámite.
Contrato global de explotación
Plazos
Del01.02.2016al 15.06.2016
Por internet
Hay que marcar la casilla en el trámite de la DUN, al cual se haya vinculado.
Solicitar el pago
Plazos
Plazo: hasta el 15 de septiembre de 2016 cuando se resuelva con presupuesto de la anualidad 2016, y el 15 de enero de 2017 y 2018 cuando se resuelva con presupuesto de la anualidad 2017 y 2018 respectivamente.
Documentación
Para justificar los requisitos de la ayuda debe presentarse con el documento de sol icitud de pago, la siguiente documentación que acredita el inicio del Plan de Empresa:
1. Copia de la concesión de regadío o del último recibo de la comunidad de regantes, cuando proceda.
2. Copia de la legalización del pozo, cuando proceda
3. En caso de formalizar préstamo bajo el convenio entre el DARP, el Instituto Catalán de Finanzas (ICF) y las entidades adheridas, se debe adjuntar copia de la póliza del préstamo.
4. Cuenta justificativa. Memoria explicativa de las ayudas de inversiones en competitividad
5. Cuenta justificativa. Relación de gastos de la inversión
Tasas
No hi ha taxes associades a aquest tràmit
Plazos
Del08.06.2016al 15.09.2016
Presencialmente
Puntos de tramitación:
Los cuerpos enteros o partes de animales muertos pueden alimentar especies en peligro o protegidas de aves necrófagas y otras especies que viven en su hábitat natural, colaborando en la conservación de la fauna.
Al mismo tiempo puede facilitar a la explotación ganadera la liberación controlada de estos subproductos, ahorrando gastos de transporte.
Hay dos procedimientos posibles:
- La autorización de no recogida de los animales muertos en las explotaciones ganaderas ubicadas en zonas de protección (tramitan las oficinas comarcales del DAAM).
- La autorización de muladares o lugares determinados, la cual puede ser renovada (tramita el Servicio de Biodiversidad y Protección de los animales).
Leer más
A quién va dirigido
- A los titulares de las explotaciones ganaderas o pastos de bovinos, ovinos, caprinos y equinos situadas dentro de las zonas de protección para la alimentación de aves necrófagas, en el caso de la autorización de no recogida.
- A instituciones, asociaciones o particulares, en el caso de los muladares.
Organismo responsable
Normativa
Renovación de muladares
Los ingredientes y los aditivos utilizados en la alimentación agraria ecológica siguen modalidades de tramitación diferentes.
- El uso de aditivos restringidos (E250 y E252) se ha de solicitar siempre expresamente.
- Los ingredientes sólo necesitarán autorización si no están incluidos en los listados reglamentarios existentes de producción agraria ecológica. La autorización sólo podrá ser provisional.
Cuando un ingrediente de origen agrario no esté incluido en la reglamentación sólo se podrá utilizar en las siguientes condiciones:
- si el operador ha notificado todas las pruebas necesarias que demuestren que el ingrediente de que se trata no se produce abastecimiento en la Comunidad Europea de conformidad con las normas de producción ecológicas o no se puede importar de terceros países;
- si se ha autorizado provisionalmente su utilización durante un periodo máximo de 12 meses, después de haber comprobado que el operador ha establecido los contactos necesarios con proveedores de la Comunidad Europea, asegurando la no disponibilidad de los ingredientes en cuestión con las condiciones de calidad necesarias;
- si no se ha adoptado, ninguna decisión relativa a la retirada de la autorización concedida con respecto al ingrediente en cuestión.
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A quién va dirigido
A personas físicas o jurídicas que produzcan, elaboren o importen de países terceros productos agrarios y alimenticios ecológicos para su comercialización, o que comercialice estos productos.
Organismo responsable
Plazos
Se puede solicitar en cualquier momento.
Documentación
Hay que adjuntar a la solicitud:
Fotocopia del DNI / NIF / NIE del solicitante y del representante, salvo que se hayan presentado al departamento de agricultura o al Consejo (CCPAE).
Tasas
No hay tasas asociadas a este trámite.
Presencialmente
Se puede presentar en:
Autorizar el uso de ingredientes alimentarios de origen agrario no ecológicos
Plazos
Se puede solicitar en cualquier momento.
Documentación
- Copia de los pedidos del ingrediente realizadas a los principales proveedores ecológicos de la Comunidad Europea.
- Copia de las respuestas a los pedidos que acreditan la falta de disponibilidad (mínimo de 3).
- Ficha técnica del ingrediente solicitado o documento emitido por el fabricante manifestando que no ha elaborado la ficha técnica del ingrediente.
- Copia DNI/NIF/NIE (si ya se ha presentado previamente esta documentación al departamento, sigue vigente y se autoriza al departamento para efectuar la consulta por medios telemáticos, no es necesario volverla a presentar, en este caso debe indicar el procedimiento (nombre de la solicitud), año y lugar (OC, ST o SC) donde se presentó la copia del DNI/NIF/NIE).
Tasas
No hay tasas asociadas a este trámite
Presencialmente
Se puede presentar en: