Generalitat de Cataluña

  • El objeto de este servicio es la inscripción del cambio de domicilio social de una federación. Con el fin de hacer efectiva la publicidad registral y disfrutar de todos sus beneficios es necesario mantener actualizados todos los datos inscritos.

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    A quién va dirigido

    En las federaciones, confederaciones y coordinadoras de asociaciones inscritas en el Registro de Asociaciones.

    Organismo responsable

    Normativa

    Inscribir el cambio

    Plazos

    1. Se puede solicitar la inscripción después de haber tomado el acuerdo.

    2. El plazo para presentar la documentación adicional es de 10 días hàbiles tras haber presentado la solicitud.

    Tasas

    No hay tasas asociadas a este trámite.

    Se debe adjuntar a la solicitud el certificado firmado por el secretario con el visto bueno del presidente con indicación del nuevo domicilio y del órgano directivo (junta directiva o asamblea) que ha aprobado el cambio, y la fecha de este acuerdo.

    Por internet

    Los documentos que se deben adjuntar a la solicitud se pueden encontrar en el apartado ?Presencialmente?.

    Presencialmente


    Puntos de tramitación

    Para rellenar correctamente el formulario debe disponer del software Adobe Reader (versión 9.1 o superior)

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    Se puede presentar en los lugares citados en Puntos de tramitación y también por alguna de las diferentes vias que prevé el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre.

    En la Oficina de Atención Ciudadana en Girona se puede pedir cita previa para hacer el trámite.

  • La determinación de la denominación de las entidades y de los núcleos de población corresponde al ayuntamiento de su municipio.

    El procedimiento para la determinación y para el cambio de denominación de las entidades y de los núcleos de población se inicia por un decreto de la alcaldía, con la redacción previa de una memoria que justifique la propuesta. El expediente se tiene que someter a información pública por un plazo de treinta días y posteriormente se tiene que pedir informe en el Instituto de Estudios Catalanes sobre la corrección lingüística de la propuesta.

    El pleno del ayuntamiento tiene que pronunciarse en el plazo de tres meses sobre el cambio de denominación. El acuerdo que se adopte se tiene que notificar al Departamento de Gobernación y Relaciones Institucionales. En caso de que no se pronuncie dentro de este plazo, se tiene que archivar el expediente.

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    Solicitar el cambio de nombre

    Plazos

    Se puede iniciar en cualquier momento.

    Tasas

    No hay tasas asociadas a este trámite.

    Otras informaciones

    El Instituto de Estudios Catalanes se tiene que pronunciar sobre la corrección lingüística de la denominación propuesta.

    Presencialmente


    Puntos de tramitación

    También se puede presentar por alguna de las diferentes vías que prevé el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, de acuerdo con lo establecido en la disposición derogatoria única de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.

  • La denominación de un municipio sólo se puede cambiar si así lo acuerda su ayuntamiento mediante el procedimiento legalmente establecido.
    El acuerdo de cambio de denominación de un municipio tiene que ser adoptado por el pleno del ayuntamiento, previa información pública del acuerdo por un plazo de treinta días. Este acuerdo, junto con el expediente administrativo, se tiene que enviar al Departamento de Gobernación y Relaciones Institucionales para su resolución.
    El Instituto de Estudios Catalanes tiene que prestar a los ayuntamientos interesados que lo soliciten la asistencia y la colaboración necesarias con el fin de elaborar la propuesta de nueva denominación.
    Los cambios de denominación de los municipios se tienen que anotar en el Registro de entes locales de Cataluña y publicarse en el Diario Oficial de la Generalitat de Catalunya. El Departamento de Gobernación y Relaciones Institucionales dará cuenta de estos cambios a la Administración del Estado, a los efectos de la anotación en su registro y de su publicación en el BOE.
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    Solicitar la autorización

    Plazos

    Se tiene que solicitar la autorización antes de la constitución del consorcio o de la adhesión del municipio al consorcio.

    Documentación

    Se tiene que presentar una solicitud al Departamento de Gobernación y Relaciones Institucionales y acreditar la necesidad o conveniencia de la constitución del consorcio o la participación del municipio en el consorcio, junto con los informes de las comarcas y otras administraciones afectadas.

    Tasas

    No hay tasas asociadas a este trámite.

    Otras informaciones

    Este procedimiento requiere el informe previo de la Comisión Jurídica Asesora.

    Presencialmente


    Puntos de tramitación

    También se puede presentar por alguna de las diferentes vías que prevé el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, de acuerdo con lo establecido en la disposición derogatoria única de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.

  • Los establecimientos comerciales con una superficie de venta igual o superior a 400 m2 están sujetos a la presentación de una declaración responsable dirigida al órgano de la dirección general competente en materia de comercio, donde se declare, entre otros, que disponen del documento público o privado acreditativo de la transmisión realizada, firmada por personas con poderes de representación suficientes.

    Entendemos por cambio de titularidad el cambio de titular de la actividad comercial, sin ninguna otra modificación ni en la estructura del establecimiento ni en el producto o gama de productos que esencialmente se ofrecen.

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    A quién va dirigido

    A los nuevos titulares o promotores de los establecimientos comerciales mencionados.

    Organismo responsable

    Normativa

    Trámites relacionados

    Solicitar el cambio de titular

    Plazos

    La declaración del cambio de titularidad se efectuará en el plazo máximo de un mes a contar desde el día siguiente de la fecha en que se haya formalizado el cambio de titularidad correspondiente.

    Tasas

    No hay tasas asociadas a este trámite.

    Otras informaciones

    Los cambios de titularidad deben comunicarse ante el ayuntamiento del municipio donde se lleva a cabo la actividad de acuerdo con el procedimiento que tenga establecido cada entidad local.

    Presencialmente

    Se debe presentar en:

    Por correo postal

    Las solicitudes también se pueden presentar por correo ordinario en las Oficinas de Gestión Empresarial.

  • Los campos de trabajo son estancias de verano en el que se combinan actividades lúdicas y de ocio con la realización de tareas de servicio a la comunidad, ya sea ayudando personas, haciendo tareas de protección de la naturaleza o realizando intervenciones en el patrimonio. Estas actividades son idóneas para los jóvenes, atendiendo al componente social, al intercambio cultural que se propicia y a la relación con el entorno local, y apuestan por la mejora cualitativa de los proyectos.

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    El plazo para realizar las preinscripciones es del 11 al 18 de abril de 2016.

    Por los campos de trabajo de intercambio internacional hay que consultar este enlace y escoger la entidad que gestiona el campo de trabajo que le interesa.

    A quién va dirigido

    El programa de campos de trabajo está dirigido a jóvenes de entre 14 y 29 años (en función de la modalidad de campo de trabajo).

    Organismo responsable

    Normativa

    Inscribirse en el campo de trabajo

    Plazos

    El plazo para inscribirse en los campos de trabajo en Cataluña para menores de edad y los de intercambio con el resto de Comunidades Autónomas es del 11 al 18 de abril de 2016.
    Para los campos de trabajo de intercambio internacional hay que consultar este enlace y escoger la entidad que gestiona el campo de trabajo que le interesa.

    Requisitos

    Hay que tener la edad especificada para cada campo de trabajo el primer día del comienzo de la estancia.

    Tasas

    La cuota de los campos de trabajo en Cataluña varía según su modalidad:

    • Campos de trabajo en Cataluña con participantes residentes en Cataluña: 185 ?.
    • Campos de trabajo de intercambio con el resto de comunidades autónomas: 110 ?.
    • Campos de trabajo de intercambio internacional: 130?. Puede haber campos de trabajo en el extranjero que comporten una cuota extra. Se podrá encontrar esta información en la ficha descriptiva de cada campo de trabajo.

    Para los campos de trabajo en Cataluña para menores de edad y campos de trabajo de intercambio con las comunidades autónomas, la cuota cubre los gastos de alojamiento, de alimentación, la dirección técnica, las actividades de ocio y el seguro de responsabilidad civil. Por otra parte, la cuota no incluye el seguro médico, los desplazamientos de ida y vuelta en el campo de trabajo, así como los gastos fuera del programa previsto.


    Como la cuota no incluye el seguro médico, es necesario que lo aporte la persona participante por si se diera algún caso de accidente o enfermedad. Según cuál sea el destino, para acceder a la sanidad pública gratuita se necesitará llevar los siguientes documentos:

    • En Cataluña, la tarjeta sanitaria individual (TSI) del CatSalut.
    • En el resto de España, la tarjeta sanitaria individual (TSI). También es recomendable llevar la cartilla del INSS (Seguridad Social).
    • En países de la Unión Europea y del espacio económico europeo, la tarjeta sanitaria europea. También se han establecido convenios bilaterales con varios países de fuera de la Unión Europea para poder acceder a las prestaciones de la sanidad pública de cada uno.

    Se recomienda contratar un seguro privado y, en caso de que el destino no sea ninguno de los casos anteriores, será imprescindible hacerlo. En caso de ser beneficiario de una mutua, hay que informarse si ésta cubre el ámbito internacional.

    Para los campos de trabajo de intercambio internacional se debe consultar el apartado de campos de trabajo internacionales de la Dirección General de Juventud y eligir la entidad que gestiona las inscripciones del campo de trabajo que sea de interés, donde se facilitará esta información.

    Otras informaciones

    Recordatorio importante

    • En este programa no hay ni reducciones ni descuentos.
    • Los y las jóvenes catalanes/as interesados/as en participar en este programa deben tener la edad especificada en la descripción del campo de trabajo, el primer día de la estancia.
    • Para campos de trabajo en Cataluña para menores de edad y de intercambio con el resto de Comunidades Autónomas hay que hacer el pago de una sola vez del 100% del importe del campo de trabajo hasta 5 días hábiles a partir del día de las adjudicaciones en el caso de reserva a través del sorteo (adjudicación directa). En el caso de lista de espera o inscripción directa de las plazas que quedan disponibles, habrá que realizar el pago del 100% en un plazo de 24 horas a partir del momento en que se realice la reserva.

    No se devolverá ningún importe excepto por anulación del campo de trabajo.

    Modalidades

    Campos de trabajo para menores de edad:

    Campos de trabajo para mayores de edad:

    Para Campos de trabajo para mayores de edad en el extranjero se debe consultar este enlace y elegir la entidad que gestiona el campo.

    Más información

    Plazos

    Del11.04.2016al 18.04.2016

    Por internet

    En primer lugar hay que realizar el registro de la persona responsable de la inscripción.
    La persona que hace la preinscripción se registrará, a partir del día 16 de marzo, en la web antes de iniciar las preinscripciones. De esta manera obtendrá un usuario y una contraseña y podrá consultar, modificar o anular sus datos en cualquier momento dentro del plazo de preinscripción.
    Si la persona ya está registrada (porque ha participado en anteriores campañas o programas de la Xanascat como "Vacaciones en familia" o "El verano es tuyo"), simplemente se deberá introducir el NIF / NIE / pasaporte y la contraseña .
    Si no se recuerda la contraseña, hay que hacer clic sobre la opción "¿Olvidaste tu contraseña?" e introducir el NIF / NIE / pasaporte. Posteriormente se recibe un correo electrónico en la dirección que se identificó la contraseña.
    En el registro de la persona responsable de la preinscripción se piden los siguientes datos:

    • Número de NIF / NIE / pasaporte
    • Nombre y apellidos
    • Fecha de nacimiento
    • Dirección de correo electrónico
    • Teléfono de contacto (preferiblemente móvil)
    • Dirección completa.

    1. Introducir los datos de las personas participantes
      Una vez registrado, ya se puede hacer la preinscripción de cada una de las personas participantes en el programa Campos de trabajo 2016.
      Datos necesarios para realizar la preinscripción:
      • Nombre, apellidos y NIF / NIE / CIF de la persona física o jurídica legalmente responsable del menor participante.
      • Nombre y apellidos de la persona participante.
      • Fecha de nacimiento de la persona participante.
      • NIF / NIE de la persona participante (obligatorio para mayores de 14 años).
      • Sexo.
      • Dirección completa.
      • Teléfono de contacto (preferiblemente móvil).
      • Dirección de correo electrónico: en esta dirección se recibirá toda la información referente a la plaza adjudicada y su pago.
      • Código de los campos de trabajo solicitados por orden de preferencia (un máximo de tres).
        El sistema permite preinscribir un máximo de dos participantes en el mismo grupo de edad. Este grupo no se separa en el momento de hacer el sorteo.
    2. Generar la preinscripción
      Una vez introducidos los datos, seleccionados los campos de trabajo y validados todos los datos se deberá aceptar la preinscripción y generar los números de sorteo para poder participar en el proceso de preinscripción.
      Si no se han generado los números de sorteo cuando se cierren las preinscripciones, no será posible generarlos. En este caso, el usuario no participará en el sorteo y no se podrá asignar ninguna plaza hasta que todo el proceso haya terminado.

  • El Campus Universitario de la Lengua Catalana, fruto de la colaboración entre el Gobierno de Andorra y el Institut Ramon Llull, ofrece a los estudiantes universitarios no catalanohablantes, gracias a los cursos de lengua ya la participación en un amplio abanico de actividades culturales y de ocio, la posibilidad de integrarse en el tejido social y el contexto natural de Mallorca y Andorra. Esta inmersión lingüística y cultural permite a los participantes poder vivir plenamente en catalán durante unos días. S
    Se ofrecen un total de 30 plazas, tres de ellas reservadas a alumnos provenientes del lectorado de catalán de Praga, lectorado dependiente del Gobierno de Andorra.
    El Institut Ramon Llull ofrece 10 inscripciones gratuitas a estudiantes que quieran participar en el Campus.

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    • Para solicitar la exención del pago de la matrícula, el plazo para la inscripción es del 20 de marzo al 10 de mayo de 2012.
    • Plazo para inscribirse y realizar el pago: del 16 de mayo al 10 de junio de 2012.
    • En caso de que alguna de las personas seleccionadas renuncie a su plaza las personas que están en la lista de reserva podrán inscribirse en el Campus. El plazo para inscribirse y hacer el pago en este caso es del 11 al 22 de junio de 2012.

    A quién va dirigido

    A los estudiantes universitarios no catalanohablantes interesados ??en el catalán y en la cultura que se expresa.

    Organismo responsable

    Documentación relacionada

    Inscribirse al Campus

    Plazos

    • En caso de que se solicite la exención del pago de la matrícula, el plazo para la inscripción del 20 de marzo al 10 de mayo de 2012.
    • El plazo para inscribirse y realizar el pago es del 16 de mayo al 10 de junio de 2012.
    • En caso de que alguna de las personas seleccionadas renuncie a su plaza las personas que están en la lista de reserva podrán inscribirse en el Campus. El plazo para inscribirse y hacer el pago en este caso es del 11 al 22 de junio de 2012.

    Documentación

    Documentación que se debe adjuntar a la solicitud:
    Documentación general
    Acreditación del seguimiento de cursos y del conocimiento de catalán.
    Documentación a aportar en caso de solicitar la inscripción gratuita

    1. Formulario de solicitud de exención del pago de la matrícula
    2. Declaración responsable en que se haga constar que el solicitante no ha recibido ninguna otra ayuda para el mismo curso
    3. Documento del profesor del centro donde se haya estudiado catalán que acredite el grado de aprovechamiento del curso o cursos de catalán en que se esté o se haya sido matriculado.

    Requisitos

    1. Cursar o haber cursado un mínimo de 60 horas de estudios de catalán en cualquier universidad de fuera del dominio lingüístico.
    2. Tener un conocimiento y un dominio básicos de catalán oral.

    Los requisitos se deberán acreditar mediante un documento del profesor del centro donde el solicitante solicitante haya estudiado catalán. En casos que esto no sea posible, la organización determinará otros medios de acreditación de estos requisitos de admisión.

    Tasas

    No hay tasas asociadas a este trámite.

    Otras informaciones

    Lugares de estancia y duración

    • Ordino (Andorra): del 22 al 29 de julio.
      Más información: www.comuordino.ad
    • Artà (Mallorca): del 29 de julio al 8 de agosto
      Más información: www.art-web.com

    Contenido del curso
    El programa contiene los siguientes bloques:

    • Cursos de lengua (nivel elemental y nivel intermedio)
      30 horas de clase con profesorado especializado
    • Curso de cultura
      15 horas sobre aspectos de la cultura de los países que se expresan en lengua catalana con profesorado especializado (sociolingüística, arte, literatura, geografía e historia, cultura popular, música, danza, medio natural, etc.).
    • Actividades culturales y de ocio
      Las tardes y las noches, y los fines de semana, la oferta diversa de actividades culturales y de ocio propicia la práctica de la lengua catalana.
      • Excursiones e itinerarios culturales
      • Visita de monumentos históricos
      • Exploración de espacios naturales
      • Talleres de cultura popular

    ¿Qué incluye la inscripción al Campus?

    • Curso de lengua y cultura
    • Material didáctico
    • Actividades culturales y de ocio
    • Desplazamientos
    • Barcelona - Andorra (07/22/12)
    • Andorra - Artà (Mallorca) (07/29/2012)
    • Artà (Mallorca) - Palma (Mallorca) (08/08/2012)
      Alojamiento en régimen de pensión completa
    • Seguro (cubre todas las actividades docentes, culturales y de ocio que aparezcan citadas expresamente en el programa del Campus).

    Nota importante: Los ciudadanos europeos deben tener la tarjeta sanitaria europea.

    Plazos

    Del21.03.2011al 10.05.2011

    Por correo postal

    Por correo postal
    Descargar el formulario

    Se debe presentar en:

    Institut Ramon Llull (C/Protectora. Núm.10 local 11, 07012 Palma de Mallorca)

    Se entiende como fuera de plazo aquellas solicitudes que no lleguen a la sede del IRL de Palma y tengan registro de entrada con fecha posterior al 10 de mayo de 2012.

  • El canon social del agua es un tipo de gravamen que garantiza la cobertura de las necesidades básicas de agua y establece un valor del canon del agua adaptado a las situaciones de vulnerabilidad de la población menos favorecida.

    Con carácter general la tarifa del primer tramo del canon socia es de 0,3999 ?/m3, valor que se mantiene al precio inicial del año 2011. Este tipo se puede ver afectado por coeficientes reductores en función de los niveles de saneamiento del municipio.

    Se aplicará con carácter general a las facturas de la vivienda habitual que no superen el primer tramo del canon del agua: 18 m3 bimestrals o 27 m3 trimestrales. Este límite variará según el nombre de personas, si el abonado ya dispone de ampliación de tramos del canon del agua.

    Así, la aplicación del canon social depende del consumo de la factura: cuando una factura emetida por el abonado que goza del canon social ha superado la dotación del primer tramo (y por lo tanto, en la factura aparece el segundo tramo del canon del agua), el abonado no gozará de este tratamiento en esta factura y se le aplicarán las modalidades ordinaria vigentes del canon del agua. Este hecho, no cancela el derecho a la aplicacion del canon social en futuras factura si se ajustal al consumo establecido.

    Límites de aplicación por factura (primer tramo del canon del agua)

    Tipo de abonado

    Trimestral

    Bimestral

    Mensual

    Sin ampliacinó

    27 m3

    18 m3

    9 m3

    Ampliación a 4 personas

    36 m3

    24 m3

    12 m3

    Ampliación a 5 personas

    45 m3

    30 m3

    15 m3

    Ampliación a 6 personas

    54 m3

    36 m3

    18 m3

    Ampliación a 7 personas

    63 m3

    42 m3

    21 m3

    Ampliación a n personas

    3(3n)

    2(3n)

    3 n


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    A quién va dirigido

    Personas físicas titulares de un contrato doméstico de suministro de agua (sólo en la vivienda donde están empadronados) o titular de una captación del agua, en las siguientes circunstancias.

    a) Solicitantes que formen parte de una unidad familiar con todos sus miembros en situación de desempleo.
    b) Perceptores de una pensión mínima contributiva o SOVI por jubilación o viudedad.
    c) Perceptores de una pensión mínima contributiva por incapacidad permanente.
    d) Perceptores de una pensión no contributiva por jubilación, jubilación por invalidez e invalidez.
    e) Destinatarios de los fondos de la prestación económica de la renta mínima de inserción (RMI).
    f) Perceptores de las prestaciones sociales de carácter económico para atender determinadas situaciones de necesidades básicas (Ley 13/2006, de 27 de julio).
    g) Perceptores del fondo del régimen Fondo de Asistencia Social (FAS).
    h) Perceptores del fondo de la Ley de Integración Social de los Minusválidos (LISMI).

    Organismo responsable

    Normativa

    Trámites relacionados

    Solicitar el canon social para personas perceptoras de pensiones mínimas contributivas

    Plazos

    Se puede solicitar en cualquier momento.

    Documentación

    La documentación a aportar, depende si la tramitación se realiza en línea o no (ver apartado solicitar):

    a) En el caso de que la tramitación no se haga en línea, la documentación que hay que aportar en este caso a la solicitud es:

    • Formulario G5309 de solicitud para Pensiones Mínimas Contributivas.
    • Certificado emitido por la Secretaría de Estado de la Seguridad Social, del Ministerio de Trabajo e Inmigración, en el que se acredite ser beneficiario de una pensión mínima por jubilación, incapacidad permanente o viudedad, o documentación justificativa.

    b) En caso de que la tramitación se haga en línea, no es necesario aportar ninguna documentación adicional.

    Requisitos

    Los solicitantes deben ser personas físicas titulares de un contrato doméstico de suministro de agua (sólo en la vivienda donde están empadronados) o titular de una captación del agua, y

    - Perceptores de una pensión mínima contributiva o SOVI por jubilación o viudedad, siempre y cuando:

    • tengan una edad mínima de 60 años.
    • los ingresos mensuales de la unidad familiar no superen en dos veces el límite fijado por el indicador de renta de suficiencia de Cataluña (IRSC), incrementado en un 30% del IRSC por cada miembro adicional a partir del segundo.

    - Perceptores de una pensión mínima contributiva por incapacidad permanente, siempre y cuando:

    • los ingresos mensuales de la unidad familiar no superen en dos veces el límite fijado por el indicador de renta de suficiencia de Cataluña (IRSC), incrementado en un 30% de el IRSC por cada miembro adicional a partir del segundo (ver tabla a otras informaciones).

    Tasas

    No existen tasas sujetas a este trámite.

    Ingresos máximos de la unidad familiar

    Tabla de importes máximos de los ingresos que puede tener la unidad familiar:

    Importe máximo de los ingresos de la unidad familiar.

    IRSC 2015: 569,12 ?/mes (30%: 170,74 ?/mes)


    Unidat Familiar

    Límites mensuales

    1 o 2 personas

    1.138,24 ?

    3 personas

    1.308,98 ?

    4 personas

    1.479,71 ?

    5 personas

    1.650,45 ?

    6 personas

    1.821,18 ?

    n personas

    (IRSC * 2)+ [(n-2)*(IRSC*0,30)]

    Por internet

    La tramitación en línea del canon social se puede hacer a través de dos vías:
    a) La tramitación en línea para ciudadanos: que es el acceso a la tramitación en línea para ciudadanos que se puedan beneficiar del canon social.
    b) La tramitación en línea para servicios sociales: que es el acceso a la tramitación en línea en caso de que forma parte de un organismo público vinculado a los servicios sociales. Hay que utilizar este acceso para realizar la tramitación e identificar el organismo al que pertenece el que solicite la tramitación.

    En caso de que la tramitación se haga en línea, no es necesario aportar ninguna documentación adicional. No obstante, el usuario deberá marcar la casilla del formulario que autoriza la Agencia Catalana del Agua a realizar las consultas necesarias a los organismos competentes con el fin de verificar los datos presentados. Si no autoriza, el trámite deberá realizarse presencialmente o por correo postal aportando la documentación oportuna.

    Presencialmente

    Hay que descargar la solicitud, se debe llenar, imprimir y firmar (G5309).
    Hay que aportar:

    • Certificado emitido por la Secretaría de Estado de la Seguridad Social, del Ministerio de Trabajo e Inmigración, en el que se acredite ser beneficiario de una pensión mínima por jubilación, incapacidad permanente o viudedad, o documentación justificativa.

    Se puede presentar en:

    • En cualquiera de los lugares previstos en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, de acuerdo con lo establecido en la disposición derogatoria única de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.

    Por correo postal

    Las solicitudes también se pueden enviar por correo ordinario a cualquiera de las oficinas de la Agencia Catalana del Agua:

    Solicitar el canon social para colectivos de especial protección

    Plazos

    Este trámite se puede solicitar en cualquier momento.

    Documentación

    La documentación a aportar, depende si la tramitación se realiza en línea o no (ver también apartado solicitar):


    a) En el caso de que la tramitación no se haga en línea, la documentación que hay que aportar en este caso a la solicitud es:


    • Formulario de solicitud para Colectivos de especial protección (G5311).
    • Certificado o documentación justificativa que el solicitante pertenece al colectivo que posibilita la aplicación del canon social: puede solicitar estos certificados al Departamento de Bienestar Social y Familia, a excepción de la certificación de la Renta Mínima de Inserción, que es competencia del Departamento de Empresa y Empleo.

    b) En caso de que la tramitación se haga en línea, no es necesario aportar ninguna documentación adicional.

    Requisitos

    Los solicitantes deben ser personas físicas titulares de un contrato doméstico de suministro de agua (sólo en la vivienda donde están empadronados) o titular de una captación del agua, y

    • Perceptores de una pensión no contributiva por jubilación, jubilación por invalidez e invalidez, o
    • Destinatarios de los fondos de la prestación económica de la renta mínima de inserción (RMI), o
    • Perceptores de las prestaciones sociales de carácter económico para atender determinadas situaciones de necesidades básicas (Ley 13/2006, de 27 de julio), o
    • Perceptores del fondo del régimen fondo de Asistencia Social (FAS), o
    • Perceptores del fondo de la Ley de Integración Social de los Minusválidos (LISMI).

    Tasas

    No hay tasas asociadas a este trámite.

    Por internet

    La tramitación en línea del canon social se puede hacer a través de dos vías:
    a) La tramitación en línea para ciudadanos: que es el acceso a la tramitación en línea para ciudadanos que se puedan beneficiar del canon social.
    b) La tramitación en línea para servicios sociales: que es el acceso a la tramitación en línea en caso de que forma parte de un organismo público vinculado a los servicios sociales. Hay que utilizar este acceso para realizar la tramitación e identificar el organismo al que pertenece el que solicite la tramitación.

    En caso de que la tramitación se haga en línea, no es necesario aportar ninguna documentación adicional. No obstante, el usuario deberá marcar la casilla del formulario que autoriza la Agencia Catalana del Agua a realizar las consultas necesarias a los organismos competentes con el fin de verificar los datos presentados. Si no autoriza, el trámite deberá realizarse presencialmente o por correo postal aportando la documentación oportuna.

    Presencialmente

    Hay que descargar la solicitud, se debe llenar, imprimir y firmar (G5311).


    Hay que aportar:

    • Certificado o documentación justificativa que el solicitante pertenece al colectivo que posibilita la aplicación del canon social: puede solicitar estos certificados al Departamento de Bienestar Social y Familia, a excepción de la certificación de la Renta Mínima de Inserción, que es competencia del Departamento de Empresa y Empleo.

    Se puede presentar en:

    • En cualquiera de los lugares previstos en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, de acuerdo con lo establecido en la disposición derogatoria única de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.

    Por correo postal

    Las solicitudes también se pueden enviar por correo ordinario a cualquiera de las oficinas de la Agencia Catalana del Agua:

    Formulario de solicitud en el apartado "Presencial".

    Solicitar el canon social para familias con todos los miembros en paro

    Plazos

    Este trámite se puede solicitar en cualquier momento.

    Documentación

    La documentación a aportar, depende si la tramitación se realiza en línea o no (ver también apartado solicitar):


    a) En el caso de que la tramitación no se haga en línea, la documentación que hay que aportar en este caso a la solicitud es:

    • Formulario de solicitud para Familias con todos los miembros en paro (G5310).


    b) En caso de que la tramitación se haga en línea, no es necesario aportar ninguna documentación adicional.

    Requisitos

    Los solicitantes deben ser personas físicas titulares de un contrato doméstico de suministro de agua (sólo en la vivienda donde están empadronados) o titular de una captación del agua, y

    • Que formen parte de una unidad familiar con todos sus miembros en situación de desempleo, siempre y cuando:
      • los ingresos mensuales de la unidad familiar no superen en dos veces el límite fijado por el indicador de renta de suficiencia de Cataluña (IRSC), incrementado en un 30% de el IRSC por cada miembro adicional a partir del segundo (ver la tabla a otras informaciones).

    Tasas

    No hay tasas asociadas a este trámite.

    Importe máximo de los ingresos de la unidad familiar

    Tabla de importes máximos de los ingresos de la unidad familiar:

    Importe máximo de los ingresos de la unidad familiar.

    IRSC 2015: 569,12 ?/mes (30%: 170,74 ?/mes)


    Unitat Familiar

    Límits mensuals

    1 o 2 personas

    1.138,24 ?

    3 personas

    1.308,98 ?

    4 personas

    1.479,71 ?

    5 personas

    1.650,45 ?

    6 personas

    1.821,18 ?

    n personas

    (IRSC * 2)+ [(n-2)*(IRSC*0,30)]

    Por internet

    La tramitación en línea del canon social se puede hacer a través de dos vías:
    a) La tramitación en línea para ciudadanos: que es el acceso a la tramitación en línea para ciudadanos que se puedan beneficiar del canon social.
    b) La tramitación en línea para servicios sociales: que es el acceso a la tramitación en línea en caso de que forma parte de un organismo público vinculado a los servicios sociales. Hay que utilizar este acceso para realizar la tramitación e identificar el organismo al que pertenece el que solicite la tramitación.

    En caso de que la tramitación se haga e

  • La Agencia Catalana del Agua (ACA) tiene que autorizar el aprovechamiento de aguas superficiales (de lagos, ríos, embalses, etc), de aguas subterráneas (de pozos, minas, fuentes, etc), de aguas procedentes de una depuradora o de aguas procedentes de una desalinizadora. Por ley los usos que se pueden hacer de estas aguas son: abastecimiento de población, regadío, uso ganadero, industrial, acuicultura, usos recreativos y otros.

    Si el aprovechamiento de las aguas subterráneas es por un volumen menor en 7.000 m3/año, o si se quieren aprovechar aguas pluviales, hay que hacer el trámite de Comunicación de aprovechamientos de aguas subterráneas hasta 7000 m3/año y de aguas pluviales.

    La solicitud incluye las siguientes modalidades:

    • Captaciones de aguas (concesiones) y construcción de pozos de más de 7.000 m3/año (H0330)
    • Novación, revisión, modificación o extinción de una concesión (H0337)
    • Cesión temporal de un derecho al uso privativo de las aguas (H0348)
    • Cambio de nombre de una concesión (transmisión) (H0338)
    Leer más

    A quién va dirigido

    • A cualquier persona particular
    • A empresas privadas o públicas
    • A Administraciones

    Organismo responsable

    Normativa

    Documentación relacionada

    Trámites relacionados

    Solicitud de cesión temporal de aguas (H0348)

    Plazos

    Se puede solicitar en cualquier momento.

    Documentación

    Obligatoria:

    1. Copia del contrato de cesión, dentro del plazo de quince días desde su firma, en el cual se hará constar el volumen anual susceptible de cesión (que no podrá superar el realmente utilizado por el cedente), el uso a que se destinará el agua y la duración de la cesión. Tendrá que seguir las especificaciones exigidas por el artículo 344 del Reglamento del dominio público hidráulico .
      En caso de cesión entre usuarios de agua para riego, tendrá que constar en el contrato la identificación expresa de los predios (fincas) que el cedente renuncia a regar o se compromete a regar con menos dotación durante la vigencia del contrato, y también la de los predios (fincas) que regará el adquirido con el caudal cedido.
    2. Memoria técnica con el contenido y formado que se indica en el modelo adjunto: Plantilla de memoria técnica . Especificaciones de la documentación en formato digital
    3. Ficha técnica (llenar y enviar el documento adjunto)

    Opcional:

    1. Si para la realización material de las cesiones acordadas fuera necesario utilizar infraestructuras existentes de terceros, los contratantes tendrán que presentar la autorización del propietario.
    2. Si para la realización material de las cesiones acordadas fuera necesario construir nuevas instalaciones o infraestructuras hidráulicas, los contratantes tendrán que presentar el documento técnico que defina adecuadamente dichas obras e instalaciones.
    3. Cuando las aguas cedidas se tengan que destinar al abastecimiento de poblaciones, se presentará el informe emitido por la Agencia de Protección de la Salud sobre la idoneidad del agua para este uso.

    Requisitos

    Los concesionarios o titulares de algún derecho al uso privativo de las aguas podrán ceder con carácter temporal a otro concesionario o titular de derecho de igual o mayor rango, previa autorización administrativa, la totalidad o parte de los derechos de uso que les corresponda.

    Tasas

    Ver documento de tasas .

    Presencialmente


    Puntos de tramitación

    Una vez se ha rellenado la solicitud, se tiene que imprimir y firmar.

    La solicitud, junto con la documentación necesaria, también se puede presentar en:

    • En cualquiera de los lugares previstos en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, de acuerdo con lo establecido en la disposición derogatoria única de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.

    Cambio de nombre de una concesión (transmisión) (H0338)

    Plazos

    En caso de defunción del titular, dentro del año siguiente a la defunción. En el resto de casos dentro de los 3 meses a partir del cambio.

    Documentación

    1. Copia del DNI del titular si no ha autorizado en el formulario de solicitud que sus datos puedan ser consultados en otras administraciones uno organismos.
    2. Declaración de conformidad:
      • Que la captación se sitúa en el punto señalado en el mapa que adjunta a la solicitud.
      • Que no hay ninguna variación entre las características actuales del aprovechamiento y las inscritas en el Registro de Aguas.
      • Indicar si el aprovechamiento está en condiciones de explotación
    3. Documento público o fehaciente (preferentemente nota simple del Registro de la Propiedad) que acredite el trato sucesivo de la concesión. Si no se puede acreditar de forma fehaciente la transmisión, se hará constar a la declaración jurada y se presentarán los datos registrales del título de propiedad o derecho real del bien inmueble en el cual se destinan las aguas, y, si no hay, de las instalaciones necesarias del aprovechamiento.
    4. Mapa topográfico E1:5.000 con la ubicación exacta del o de los puntos de captación
    5. Croquis y fotografías de los puntos de captación

    Requisitos

    Solicitar el cambio de nombre de una concesión de aguas.

    Tasas

    Ver documento de tasas .

    Presencialmente


    Puntos de tramitación

    Una vez se ha rellenado la solicitud, se tiene que imprimir y firmar.

    La solicitud, junto con la documentación necesaria, también se puede presentar a:

    • En cualquiera de los lugares previstos en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, de acuerdo con lo establecido en la disposición derogatoria única de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.

    Solicitud de concesión de aguas y construcción de pozos de más 7.000 m3/año (H0330)

    Plazos

    Se puede solicitar en cualquier momento, antes de iniciar el aprovechamiento.

    Documentación

    1. Copia del DNI del titular si no ha autorizado en el formulario de solicitud que sus datos puedan ser consultados en otras administraciones uno organismos.
    2. Nota simple del Registro de la Propiedad de la finca donde se ubica la captación.
    3. Cuando el peticionario no es el único propietario de la finca, los copropietarios y también los usufructuarios, tienen que firmar la solicitud o bien tienen que presentar escrito con firma legitimada, autorizando al peticionario del aprovechamiento. En caso de minoría de edad tiene que ser el representante legal.
    4. Cuando el peticionario de la solicitud actúa en representación de una empresa, la cual es la propietaria de los terrenos, será necesaria fotocopia compulsada de la escritura de nombramiento y otorgamiento de poderes.
    5. Memoria técnica en formato digital con el contenido y formato que se indica en el modelo adjunto: Plantilla de memoria técnica . Especificaciones de la documentación en formato digital .
    6. Ficha técnica (llenar y enviar el documento adjunto)

    Requisitos

    Se tiene que solicitar una concesión de aguas cuando se quieran aprovechar:

    • Aguas superficiales (de lagos, ríos, embalses, etc) todos los casos.
    • Aguas subterráneas (de pozos, minas, fuentes, etc) de más de 7.000 m3/año.
    • Aguas subterráneas (de pozos, minas, fuentes, etc) no superiores a 7.000 m3/año, si se aprovechan en una finca diferente en donde se ubica la captación.
    • Aguas residuales depuradas, reutilización de aguas.
    • Aguas desalinizadas

    Por ley los usos que se pueden hacer de estas aguas son: abastecimiento de población (excepto las reutilizadas), regadío, uso ganadero, industrial, acuicultura, usos recreativos y otros.
    Si el aprovechamiento no excede de 7.000 m3/año y se realiza en la misma finca donde se ubicará la captación o si se quieren aprovechar aguas pluviales, hay que hacer el trámite de Comunicación de aprovechamientos de aguas subterráneas hasta 7.000 m3/año y de aguas pluviales.

    Tasas

    Ver documento de Tasas

    Otras informaciones

    También se tiene que obtener concesión administrativa cuando se quiera utilizar las aguas subterráneas con un caudal menor o igual en 7.000 m3/año o las aguas pluviales. Ved los trámites relacionados.
    Criterios y orientaciones técnicas
    ? Criterios para el cálculo de las necesidades de acuerdo con dotaciones estándar
    ? Criterios en función del uso del agua:
    - Consumo humano (abastecimiento o uso doméstico, excepto consumo propio de viviendas):

    Delimitación de perímetros de protección

    Zonas de salvaguarda (Plan de gestión del Distrito de cuenca fluvial de Cataluña)

    Lista de zonas de salvaguarda

    Reial Decret 140/2003 De 7 de febrero, por el cual se establecen los criterios sanitarios de la calidad del agua de consumo humano

    Requisitos para la aprovación de captaciones para el consumo humano

    - Uso agrícola o ganadero:

    Deyecciones ramaderas y fertilizantes nitrogenados

    Zonas de salvaguarda (Plan de gestión del Distrito de cuenca fluvial de Cataluña)

    Lista de zonas de salvaguarda

    - Producción de energía eléctrica:

    Manual de minicentrales

    ? Criterios en función del origen del agua:
    - Aguas depuradas o regeneradas:

    Real Decreto 1620/2008 , por el cual se establece el régimen jurídico de la reutilización de las aguas depuradas
    Criterios para la instalación de lisímetros

    - Aguas subterráneas:

    Es necesaria la autorización previa a la construcción de la captación.
    Para minas y fuentes, puede instalarse contadores o bien realizar aforos. Guía para la limitación de caudales y instalación de contadores en captaciones por gravedad

    Requisitos técnicos de aforos y de ensayos de bombeo de captaciones:

    Guía para realizar ensayos hidráulicos y aforos

    Fichero de datos de ensayos y aforos

    - Aguas superficiales:

    Guía para la limitación de caudales y instalación de contadores en captaciones por gravedad
    Plan sectorial de caudales de mantenimiento

    Guía para obras en Dominio público hidráulico:

    Orientaciones para el diseño de pasos de fauna
    Criterios para obras en DPH vinculadas a una captación

    Presencialmente


    Puntos de tramitación

    Una vez se ha llenado la solicitud, se tiene que imprimir y firmar.
    La solicitud, junto con la documentación necesaria, también se puede presentar a:

    • En cualquiera de los lugares previstos en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, de acuerdo con lo establecido en la disposición derogatoria única de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.

    Solicitud de novación, revisión, modificación o extinción (H0337)

    Plazos

    1. La novación se tiene que solicitar durante los últimos cinco años del plazo de la concesión.
    2. En el resto de casos, se puede solicitar en cualquier momento.

    Documentación

    Documentación opcional, requerida para la las solicitudes de modificación

    Requisitos

    Toda aquella persona que sea titular de una concesión de aguas podrá solicitar a la Agencia Catalana del Agua (ACA) hacer una nueva, revisarla, modificar las características o renunciar a ella:

    1. Novación de la concesión: se trata de que el titular de una concesión de aguas, sólo para los usos de riego o para el abastecimiento de la población, pueda solicitar una concesión nueva con el mismo uso o destinación de las aguas. Esta solicitud se puede hacer durante el trámite de audiencia del expediente de declaración de extinción, o bien durante los últimos cinco años de vigencia del plazo de concesión.
    2. Revisión de la concesión: la puede solicitar la persona concesionaria en los supuestos de fuerza mayor.
    3. Modificación de la concesión: la persona concesionaria está obligada a solicitar una autorización administrativa al ACA, siempre que haya cualquier tipo de modificación de las características de la concesión.
    4. Extinción de la concesión: Las concesiones se extinguen por el transcurso del plazo, por caducidad, por expropiación forzosa o por renuncia del concesionario. El supuesto en que se da a instancia de parte, es cuando el titular de la concesión presenta la renuncia a ésta.

    Tasas

    Ver documento de tasas .

    Presencialmente


    Puntos de tramitación

  • Este carné sirve para autorizar a las personas que se quieren dedicar a conducir vehículos que transporten personal en el interior de una mina.

    Leer más

    A quién va dirigido

    A las personas físicas que quieren ser titulares de este carné para poder conducir los vehículos que transportan el personal en el interior de las explotaciones mineras.

    Organismo responsable

    Normativa

  • El Carné de Alberguista abre las puertas a los albergues de la XANASCAT y, al mismo tiempo, permite disfrutar de más de 4.000 instalaciones de la International Youth Hostel Federation (IYHF) dándo acceso a numerosos descuentos y ofertas en todos los ámbitos vinculados al mundo del alberguismo como turismo, deporte, aventura, ocio, cultura, arte, gastronomía, diversión, etc. Por este motivo se deber i consultando en el web todas las ventajas que contínuamente se van incorporando.

    Leer más

    Para solicitar el Carné de alberguista por Internet es necesario disponer de certificado digital válido.

    A quién va dirigido

    A cualquier persona, familia y grupo que quiera disfrutar de una estancia en un albergue tanto nacional como internacional.

    Las familias numerosas y monoparentales están exentas de tramitar-lo para estancias en los albergues de la XANASCAT.

    Organismo responsable

    Solicitar el carné

    Plazos

    El carné de alberguista puede solicitarse en cualquier momento.

    Documentación

    Para el carné de alberguista joven (para jóvenes de 14 a 29 años), la documentación que se debe presentar es:

    • DNI, NIE o pasaporte (original o fotocopia)

    Para el carné de alberguista de adulto (a partir de los 30 años), la documentación que se debe presentar es:

    • DNI, NIE o pasaporte (original y fotocopia)

    Para el carné de alberguista familiar, la documentación que se debe presentar es

    • DNI, NIE o pasaporte original del padre o de la madre (original o fotocopia)
    • Libro de familia o equivalente. Si es el caso, resolución judicial de tutela.

    Para el carné de alberguista de grupo, la documentación que se debe presentar es:

    • CIF de la entidad, organización o asociación, o bien
    • NIF de la persona física responsable del grupo, o bien
    • Otro documento, aceptado por la administración, que certifique la condición de grupo dónde figure uno de los componentes del grupo como responsable y acreditado mediante su NIF.

    Tasas

    El carné de alberguista familiar es gratuito para las familias numerosas y monoparentales de Cataluña.

    • Para el carné de alberguista juvenil la tarifa es de 6 euros
    • Para el carné de alberguista de adultos la tarifa es de 13 euros
    • Para el carné de alberguista de grupo la tarifa es de 16 euros
    • Para el carné de alberguista familiar la tarifa es de 21 euros

    Todos los precios tienen el IVA incluido.

    Si se tramita el carné por Internet habrá un descuento del 10% en el pvp de la modalidad de carné solicitada.

    Otras informaciones

    Para estancias en albergues de la Xanascat, las familias numerosas y monoparentales están exentas de presentar el carné de alberguista si presentan el original del título o del carné individual de familia numerosa o monoparental.

    Validez

    El periodo de validez de todas las modalidades de carnés es de un año desde la fecha de expedición.

    Modalidades de carnés

    • Carné de alberguista joven: para jóvenes de 14 a 29 años ambos incluidos. Los menores de 14 años no necesitan disponer del carné, están exentos.
    • Carné de alberguista de adulto: a partir de 30 años (sin límite de edad).
    • Carné de alberguista familiar: dirigida a familias formadas por uno o dos adultos, que tengan a su cargo menores de 14 años y que puedan probar su condición de familia mediante el libro de familia o equivalente. El carné familiar podrá ser utilizado de forma individual por cada uno de los adultos que formen la familia. En ningún caso será necesaria la presencia de la familia al completo para utilizar el carné familiar en los albergues. A partir de los 14 años es obligatorio disponer del carné individual. Sólo se podrán incluir en el carné familiar los hijos/as mayores de 14 años si sufren de alguna discapacidad legalmente reconocida. Las familias monoparentales y numerosas están exentas de tramitar el carné de alberguista para estancias en los albergues de la XANASCAT, debiendo presentar el título de familia numerosa o monoparental del Departamento de Bienestar Social y Familia de la Generalitat de Catalunya en el abergue.
    • Carné de alberguista de grupo dirigido a todo tipo de grupo, organización o asociación formado por 10 personas o más. El carné se emitirá, preferiblemente, a nombre de la organización, asociación o grupo, pero también se podrá emitir a nombre de la persona física responsable del grupo que deberá ser mayor de edad. Será necesario presentar el CIF de la entidad o NIF del responsable en la entrada del albergue y facilitar al personal del mismo un listado con los integrantes del grupo que pernocten en cada ocasión. Únicamente se utilizará el carné de grupo si se alojan 10 o más personas.

    Ventajas

    Ventajas deportes de aventura
    Ventajas de ocio
    Ventajas de cultura

    Ventajas y descuentos por países

    Afiliación Hostelling International

    Pérdida o robo de los carnés

    No se efectuará ningún reembolso por pérdida o robo del carné.

    Sólo se podrá efectuar un duplicado en las oficinas centrales de la comunidad autónoma de dónde sea residente el usuario en caso de robo, presentando la denuncia policial en qué se incluya el robo del carné de alberguista.

    Para solicitar por Internet el Carné de alberguista es necesario disponer de certificado digital válido.

    Por internet

    Antes de rellenar el formulario de solicitud, debéis tener disponible en vuestro ordenador la documentación siguiente (también en formato electrónico):

    1. NIE (anverso y reverso del documento), pasaporte (hojas en las qué haya los datos personales) (formato pdf; jpg; doc; docx. Peso máximo 500 kb).
    2. Resolución judicial, si es preciso (formato: pdf; jpg; doc; docx. Peso máximo 1500 kb).
    3. Libro de familia (todas las páginas en qué haya o aparezcan los datos personales de todos los miembros de la familia), si es preciso (formato: pdf; jpg; doc; docx. Peso máximo 1500 kb).

    Una vez finalizado el trámite se generará una carta de pago. El pago se efectuará online mediante tarjeta de crédito y se podrá obtener un descuento del 10% en el precio de la modalidad de carné elegida.

    El plazo para realizar el pago es de un día. Si pasado este plazo no se ha realizado el pago el trámite se dará por finalizado.

    Consultad las condiciones necesarias para hacer trámites en línea en la Oficina Virtual de Trámites.

    Para dudas o incidencias durante la tramitación por Internet podéis llamar al 012.

    Presencialmente

    El carné se puede tramitar presencialmente en:

    • Todos los Albergues de la Xanascat, gestionados directamente por la Agencia Catalana de la Juventud, y en la mayoría de los albergues adheridos.
    • La Oficina Joven de la calle Calabria, 147, de Barcelona. Horario: consultar aquí o bien llamando al teléfono 93 483 83 84 o mediante el correo electrónico barcelona.calabria@oficinajove.cat
    • En muchos Servicios de Información Juvenil de Barcelona (SIJ). Consultad el SIJ más cercano a vuestro domicilio aquí.

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