Canon social del agua

Actualizado el 21 de mayo de 2020
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El canon social del agua es un tipo de gravamen que garantiza la cobertura de las necesidades básicas de agua y establece un valor del canon del agua adaptado a las situaciones de vulnerabilidad de la población menos favorecida.

Con carácter general la tarifa del primer tramo del canon socia es de 0,3999 ?/m3, valor que se mantiene al precio inicial del año 2011. Este tipo se puede ver afectado por coeficientes reductores en función de los niveles de saneamiento del municipio.

Se aplicará con carácter general a las facturas de la vivienda habitual que no superen el primer tramo del canon del agua: 18 m3 bimestrals o 27 m3 trimestrales. Este límite variará según el nombre de personas, si el abonado ya dispone de ampliación de tramos del canon del agua.

Así, la aplicación del canon social depende del consumo de la factura: cuando una factura emetida por el abonado que goza del canon social ha superado la dotación del primer tramo (y por lo tanto, en la factura aparece el segundo tramo del canon del agua), el abonado no gozará de este tratamiento en esta factura y se le aplicarán las modalidades ordinaria vigentes del canon del agua. Este hecho, no cancela el derecho a la aplicacion del canon social en futuras factura si se ajustal al consumo establecido.

Límites de aplicación por factura (primer tramo del canon del agua)

Tipo de abonado

Trimestral

Bimestral

Mensual

Sin ampliacinó

27 m3

18 m3

9 m3

Ampliación a 4 personas

36 m3

24 m3

12 m3

Ampliación a 5 personas

45 m3

30 m3

15 m3

Ampliación a 6 personas

54 m3

36 m3

18 m3

Ampliación a 7 personas

63 m3

42 m3

21 m3

Ampliación a n personas

3(3n)

2(3n)

3 n


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A quién va dirigido

Personas físicas titulares de un contrato doméstico de suministro de agua (sólo en la vivienda donde están empadronados) o titular de una captación del agua, en las siguientes circunstancias.

a) Solicitantes que formen parte de una unidad familiar con todos sus miembros en situación de desempleo.
b) Perceptores de una pensión mínima contributiva o SOVI por jubilación o viudedad.
c) Perceptores de una pensión mínima contributiva por incapacidad permanente.
d) Perceptores de una pensión no contributiva por jubilación, jubilación por invalidez e invalidez.
e) Destinatarios de los fondos de la prestación económica de la renta mínima de inserción (RMI).
f) Perceptores de las prestaciones sociales de carácter económico para atender determinadas situaciones de necesidades básicas (Ley 13/2006, de 27 de julio).
g) Perceptores del fondo del régimen Fondo de Asistencia Social (FAS).
h) Perceptores del fondo de la Ley de Integración Social de los Minusválidos (LISMI).

Organismo responsable

Normativa

Trámites relacionados

Solicitar el canon social para personas perceptoras de pensiones mínimas contributivas

Plazos

Se puede solicitar en cualquier momento.

Documentación

La documentación a aportar, depende si la tramitación se realiza en línea o no (ver apartado solicitar):

a) En el caso de que la tramitación no se haga en línea, la documentación que hay que aportar en este caso a la solicitud es:

  • Formulario G5309 de solicitud para Pensiones Mínimas Contributivas.
  • Certificado emitido por la Secretaría de Estado de la Seguridad Social, del Ministerio de Trabajo e Inmigración, en el que se acredite ser beneficiario de una pensión mínima por jubilación, incapacidad permanente o viudedad, o documentación justificativa.

b) En caso de que la tramitación se haga en línea, no es necesario aportar ninguna documentación adicional.

Requisitos

Los solicitantes deben ser personas físicas titulares de un contrato doméstico de suministro de agua (sólo en la vivienda donde están empadronados) o titular de una captación del agua, y

- Perceptores de una pensión mínima contributiva o SOVI por jubilación o viudedad, siempre y cuando:

  • tengan una edad mínima de 60 años.
  • los ingresos mensuales de la unidad familiar no superen en dos veces el límite fijado por el indicador de renta de suficiencia de Cataluña (IRSC), incrementado en un 30% del IRSC por cada miembro adicional a partir del segundo.

- Perceptores de una pensión mínima contributiva por incapacidad permanente, siempre y cuando:

  • los ingresos mensuales de la unidad familiar no superen en dos veces el límite fijado por el indicador de renta de suficiencia de Cataluña (IRSC), incrementado en un 30% de el IRSC por cada miembro adicional a partir del segundo (ver tabla a otras informaciones).

Tasas

No existen tasas sujetas a este trámite.

Ingresos máximos de la unidad familiar

Tabla de importes máximos de los ingresos que puede tener la unidad familiar:

Importe máximo de los ingresos de la unidad familiar.

IRSC 2015: 569,12 ?/mes (30%: 170,74 ?/mes)


Unidat Familiar

Límites mensuales

1 o 2 personas

1.138,24 ?

3 personas

1.308,98 ?

4 personas

1.479,71 ?

5 personas

1.650,45 ?

6 personas

1.821,18 ?

n personas

(IRSC * 2)+ [(n-2)*(IRSC*0,30)]

Por internet

La tramitación en línea del canon social se puede hacer a través de dos vías:
a) La tramitación en línea para ciudadanos: que es el acceso a la tramitación en línea para ciudadanos que se puedan beneficiar del canon social.
b) La tramitación en línea para servicios sociales: que es el acceso a la tramitación en línea en caso de que forma parte de un organismo público vinculado a los servicios sociales. Hay que utilizar este acceso para realizar la tramitación e identificar el organismo al que pertenece el que solicite la tramitación.

En caso de que la tramitación se haga en línea, no es necesario aportar ninguna documentación adicional. No obstante, el usuario deberá marcar la casilla del formulario que autoriza la Agencia Catalana del Agua a realizar las consultas necesarias a los organismos competentes con el fin de verificar los datos presentados. Si no autoriza, el trámite deberá realizarse presencialmente o por correo postal aportando la documentación oportuna.

Presencialmente

Hay que descargar la solicitud, se debe llenar, imprimir y firmar (G5309).
Hay que aportar:

  • Certificado emitido por la Secretaría de Estado de la Seguridad Social, del Ministerio de Trabajo e Inmigración, en el que se acredite ser beneficiario de una pensión mínima por jubilación, incapacidad permanente o viudedad, o documentación justificativa.

Se puede presentar en:

  • En cualquiera de los lugares previstos en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, de acuerdo con lo establecido en la disposición derogatoria única de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.

Por correo postal

Las solicitudes también se pueden enviar por correo ordinario a cualquiera de las oficinas de la Agencia Catalana del Agua:

Solicitar el canon social para colectivos de especial protección

Plazos

Este trámite se puede solicitar en cualquier momento.

Documentación

La documentación a aportar, depende si la tramitación se realiza en línea o no (ver también apartado solicitar):


a) En el caso de que la tramitación no se haga en línea, la documentación que hay que aportar en este caso a la solicitud es:


  • Formulario de solicitud para Colectivos de especial protección (G5311).
  • Certificado o documentación justificativa que el solicitante pertenece al colectivo que posibilita la aplicación del canon social: puede solicitar estos certificados al Departamento de Bienestar Social y Familia, a excepción de la certificación de la Renta Mínima de Inserción, que es competencia del Departamento de Empresa y Empleo.

b) En caso de que la tramitación se haga en línea, no es necesario aportar ninguna documentación adicional.

Requisitos

Los solicitantes deben ser personas físicas titulares de un contrato doméstico de suministro de agua (sólo en la vivienda donde están empadronados) o titular de una captación del agua, y

  • Perceptores de una pensión no contributiva por jubilación, jubilación por invalidez e invalidez, o
  • Destinatarios de los fondos de la prestación económica de la renta mínima de inserción (RMI), o
  • Perceptores de las prestaciones sociales de carácter económico para atender determinadas situaciones de necesidades básicas (Ley 13/2006, de 27 de julio), o
  • Perceptores del fondo del régimen fondo de Asistencia Social (FAS), o
  • Perceptores del fondo de la Ley de Integración Social de los Minusválidos (LISMI).

Tasas

No hay tasas asociadas a este trámite.

Por internet

La tramitación en línea del canon social se puede hacer a través de dos vías:
a) La tramitación en línea para ciudadanos: que es el acceso a la tramitación en línea para ciudadanos que se puedan beneficiar del canon social.
b) La tramitación en línea para servicios sociales: que es el acceso a la tramitación en línea en caso de que forma parte de un organismo público vinculado a los servicios sociales. Hay que utilizar este acceso para realizar la tramitación e identificar el organismo al que pertenece el que solicite la tramitación.

En caso de que la tramitación se haga en línea, no es necesario aportar ninguna documentación adicional. No obstante, el usuario deberá marcar la casilla del formulario que autoriza la Agencia Catalana del Agua a realizar las consultas necesarias a los organismos competentes con el fin de verificar los datos presentados. Si no autoriza, el trámite deberá realizarse presencialmente o por correo postal aportando la documentación oportuna.

Presencialmente

Hay que descargar la solicitud, se debe llenar, imprimir y firmar (G5311).


Hay que aportar:

  • Certificado o documentación justificativa que el solicitante pertenece al colectivo que posibilita la aplicación del canon social: puede solicitar estos certificados al Departamento de Bienestar Social y Familia, a excepción de la certificación de la Renta Mínima de Inserción, que es competencia del Departamento de Empresa y Empleo.

Se puede presentar en:

  • En cualquiera de los lugares previstos en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, de acuerdo con lo establecido en la disposición derogatoria única de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.

Por correo postal

Las solicitudes también se pueden enviar por correo ordinario a cualquiera de las oficinas de la Agencia Catalana del Agua:

Formulario de solicitud en el apartado "Presencial".

Solicitar el canon social para familias con todos los miembros en paro

Plazos

Este trámite se puede solicitar en cualquier momento.

Documentación

La documentación a aportar, depende si la tramitación se realiza en línea o no (ver también apartado solicitar):


a) En el caso de que la tramitación no se haga en línea, la documentación que hay que aportar en este caso a la solicitud es:

  • Formulario de solicitud para Familias con todos los miembros en paro (G5310).


b) En caso de que la tramitación se haga en línea, no es necesario aportar ninguna documentación adicional.

Requisitos

Los solicitantes deben ser personas físicas titulares de un contrato doméstico de suministro de agua (sólo en la vivienda donde están empadronados) o titular de una captación del agua, y

  • Que formen parte de una unidad familiar con todos sus miembros en situación de desempleo, siempre y cuando:
    • los ingresos mensuales de la unidad familiar no superen en dos veces el límite fijado por el indicador de renta de suficiencia de Cataluña (IRSC), incrementado en un 30% de el IRSC por cada miembro adicional a partir del segundo (ver la tabla a otras informaciones).

Tasas

No hay tasas asociadas a este trámite.

Importe máximo de los ingresos de la unidad familiar

Tabla de importes máximos de los ingresos de la unidad familiar:

Importe máximo de los ingresos de la unidad familiar.

IRSC 2015: 569,12 ?/mes (30%: 170,74 ?/mes)


Unitat Familiar

Límits mensuals

1 o 2 personas

1.138,24 ?

3 personas

1.308,98 ?

4 personas

1.479,71 ?

5 personas

1.650,45 ?

6 personas

1.821,18 ?

n personas

(IRSC * 2)+ [(n-2)*(IRSC*0,30)]

Por internet

La tramitación en línea del canon social se puede hacer a través de dos vías:
a) La tramitación en línea para ciudadanos: que es el acceso a la tramitación en línea para ciudadanos que se puedan beneficiar del canon social.
b) La tramitación en línea para servicios sociales: que es el acceso a la tramitación en línea en caso de que forma parte de un organismo público vinculado a los servicios sociales. Hay que utilizar este acceso para realizar la tramitación e identificar el organismo al que pertenece el que solicite la tramitación.

En caso de que la tramitación se haga e


Oficinas de la administración

Institut de Recerca de L'Energia de Catalunya (IREC)

Otros Jardins de Les Dones de Negre 1, 08930, Sant Adrià de Besòs

Consorci de Comerç, Artesania I Moda de Catalunya

Calle Provença 339, 08037, Barcelona

Grupo de Asisténcia Sanitária y Social (SAGESSA)

Avenida Dr. Josep Laporte 2, 43204, Reus

Consorci Per a la Normalització Lingüística (CPNL)

Calle Mallorca 272, 08037, Barcelona

Tel. 932723100

Consorci Hospitalari de Vic

Calle Francesc Pla, el Vigatà 1, 08500, Vic

Tel. 938891111

Fundación Privada Centro de Investigación en Salud Internacional de Barcelona (CRESIB)

Calle Rosselló 132, 08036, Barcelona

Tel. 932275706

Institut D'Investigacions Biomèdiques August Pi I Sunyer (IDIBAPS)

Calle Rosselló 149-153, 08036, Barcelona

Escola D'Administració Pública de Catalunya (EAPC)

Carrer Girona 20, 08010, Barcelona

Consorci del Parc Fluvial del Llobregat

Otros Torre de L'Amo de Viladomiu Nou s/n, 08680, Gironella

Tel. 938250689

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