Cambio de domicilio social de una federación
Información Rápida
Objetivo
Este trámite permite inscribir en el registro el cambio de domicilio social de una federación, confederación o coordinadora de asociaciones.
¿Quién puede solicitarlo?
Federaciones, confederaciones y coordinadoras de asociaciones inscritas en el Registro de Asociaciones.
Requisitos principales
- Ser una federación, confederación o coordinadora de asociaciones inscrita en el Registro de Asociaciones.
- Haber tomado el acuerdo de cambio de domicilio social.
Plazos
Se puede solicitar la inscripción después de haber tomado el acuerdo de cambio de domicilio social.
Duración del trámite
Máximo 3 meses.
Información adicional
Este trámite solo se puede realizar por internet con certificado digital. No se tendrá en cuenta la documentación que no se entregue por este canal.
Resumen
Este trámite permite inscribir el cambio de domicilio social de una federación, confederación o coordinadora de asociaciones en el registro correspondiente. Es importante mantener los datos actualizados para asegurar la validez de la información pública.
Quién puede usar este servicio:
- Federaciones, confederaciones y coordinadoras de asociaciones inscritas en el Registro de Asociaciones.
Lo que necesitas
Documentación requerida:
- Certificado firmado por el secretario con el visto bueno del presidente, indicando el nuevo domicilio, el órgano directivo que aprobó el cambio (junta directiva o asamblea) y la fecha del acuerdo.
Requisitos previos:
- Ser una entidad inscrita en el Registro de Asociaciones.
- Haber tomado el acuerdo de cambio de domicilio social.
Costes y plazos:
- Este trámite no tiene tasas asociadas.
Cómo hacerlo
Paso a paso del proceso:
- Inscribir el cambio:
- Realizar la solicitud a través de internet en el siguiente enlace: Iniciar
- Descargar el formulario, rellenarlo, validarlo y guardarlo.
- Enviar el formulario y recibir el acuse de recibo.
- Consultar el estado del trámite:
- A través del Área privada.
- Recibir la respuesta de la Administración:
- Si se cumplen los requisitos, se recibirá la notificación de la inscripción del nuevo domicilio social en el Registro.
- Si no se cumplen los requisitos, se recibirá un escrito detallando los aspectos a rectificar y/o la documentación necesaria.
Tiempos de espera:
- La notificación sobre el cambio de domicilio social se da en un plazo máximo de 3 meses, después de recibir toda la documentación ajustada a la normativa de asociaciones.
- Si en estos meses no hay respuesta de la Administración, se entenderá que la solicitud ha sido estimada por silencio administrativo.
Después de hacerlo
Qué sucede después:
- Se recibe un mensaje por SMS o correo electrónico avisando de la disponibilidad de una notificación electrónica.
- Se puede acceder a la notificación a través del servicio e-NOTUM o entrando en el Área privada.
- En ambos casos, es necesario identificarse mediante el idCAT Móvil y/o certificado digital.
Ayuda
Contacto:
- Departament de Justícia i Qualitat Democràtica
- Direcció General de Dret, Entitats Jurídiques i Mediació
Recursos adicionales:
Normativa
- Ley Orgánica 1/2002, de 22 de marzo, reguladora del Derecho de Asociación.
- LEY 4/2008, de 24 de abril, del libro tercero del Código civil de Cataluña, relativo a las personas jurídicas.
- CORRECCIÓN DE ERRATA en la Ley 4/2008, de 24 de abril, del libro tercero del Código civil de Cataluña, relativo a las personas jurídicas (DOGC núm. 5123, pág. 34378, de 2.5.2008).