Generalitat de Cataluña

  • ## Resumen Este trámite permite solicitar o justificar subvenciones para proyectos que promuevan la distribución internacional de producciones de artes escénicas. **¿Quién puede usar este servicio?** Empresas y entidades del sector de las artes escénicas. ## ¿Qué necesitas hacer? Consulta las opciones disponibles: * [Solicitar la subvención](https://web.gencat.cat/es/tramits/tramits-temes/Subvencions-a-projectes-de-distribucio-internacional-de-produccions-arts-esceniques?category=7367b30c-a82c-11e3-a972-000c29052e2c&moda=1) * [Justificar la subvención](https://web.gencat.cat/es/tramits/tramits-temes/Subvencions-a-projectes-de-distribucio-internacional-de-produccions-arts-esceniques?category=7367b30c-a82c-11e3-a972-000c29052e2c&moda=2)

  • ## ¿Qué necesitas hacer? Consulta a continuación todas las opciones vinculadas al trámite. Selecciona la que se corresponda con tu caso y podrás acceder a toda la información y condiciones de tramitación. * [Solicitar la subvención](https://web.gencat.cat/es/tramits/tramits-temes/Subvencions-a-projectes-de-reindustrialitzacio-relocalitzacio-i-inversio-del-sector-industrial-00002?category=741ece3e-a82c-11e3-a972-000c29052e2c&moda=1) * [Aportar documentación](https://web.gencat.cat/es/tramits/tramits-temes/Subvencions-a-projectes-de-reindustrialitzacio-relocalitzacio-i-inversio-del-sector-industrial-00002?category=741ece3e-a82c-11e3-a972-000c29052e2c&moda=2) * [Justificar la subvención](https://web.gencat.cat/es/tramits/tramits-temes/Subvencions-a-projectes-de-reindustrialitzacio-relocalitzacio-i-inversio-del-sector-industrial-00002?category=741ece3e-a82c-11e3-a972-000c29052e2c&moda=3) Fecha de actualización 24.01.2023

  • 1. Estas bases tienen por objeto dar apoyo a las salas privadas de teatro de Cataluña dedicadas a ofrecer con regularidad una programación estable para la exhibición de espectáculos de artes escénicas (teatro, danza y circo) de carácter profesional.
    2. La exhibición debe haberse llevado a cabo durante la temporada del año anterior al de concesión de la subvención, que se extiende entre el 1 de septiembre del año anterior al de la concesión de la subvención y el
    31 de agosto del año de la concesión.
    3. Las subvenciones previstas en estas bases se adecuan al Reglamento (UE) núm. 651/2014 de la Comisión, de 17 de junio de 2014, por el que se declaran determinadas categorías de ayudas compatibles con el mercado interior en aplicación de los artículos 107 y 108 del Tratado.

    Leer más

    El plazo de presentación de solicitudes es del 01 al 21 de setiembre de 2016, ambos incluidos

    Esta ayuda es de tramitación telemática obligatoria

    Consultar las condiciones técnicas necesarias para los trámites en linea

    A quién va dirigido

    1. Podrán optar a estas subvenciones las empresas teatrales privadas domiciliadas en España o en un estado miembro de la Unión Europea o asociado al Espacio Económico Europeo, ya sean personas físicas o jurídicas, que sean propietarias o titulares de la gestión de salas de teatro ubicadas en Cataluña.

    2. Asimismo, podrán optar las agrupaciones de empresas que se constituyan en uniones temporales de empresas (UTE), de acuerdo con la Ley 18/1982, de 26 de mayo, sobre régimen fiscal de agrupaciones y uniones temporales de empresas y de las sociedades de desarrollo industrial regional.

    3. Podrán optar las entidades privadas sin ánimo de lucro que gestionen una sala de teatro de titularidad pública de Cataluña que programen exclusivamente espectáculos de artes escénicas destinadas a público infantil y juvenil. Quedan excluidas las entidades privadas sin ánimo

    Organismo responsable

    Normativa

    Documentación relacionada

    Solicitar la subvención

    Plazos

    El plazo de presentación de solicitudes és del 1 al 21 de setiembre de 2016,

    Documentación

    Documentación administrativa

    En el formulario de solicitud se autoriza al Instituto Catalán de las Empresas Culturales a consultar de oficio los datos establecidos en el punto 7 de las Bases generales reguladoras y no será necesario, por tanto, aportar la documentación administrativa.

    La no autoritzación implicará la presentació correspondiente.

    Documentación específica

    Aparte de la establecida en la base general 7, junto con la solicitud se debe presentar:

    • Cuestionario de información económica de la actividad llevada a cabo durante la temporada del año anterior a la de concesión de la subvención, según modelo del ICEC.
    • Programación, según modelo del ICEC, de la temporada del año anterior a la de concesión
    • Hoja de liquidación de taquilla de las producciones ajenas o de producción propia, en su caso, programadas
      durante la temporada anterior del año de concesión de la subvención, de acuerdo con la base 4.3.a).
    • Si un mismo teatro ha exhibido, durante la temporada del año anterior al de concesión de la subvención, un porcentaje de representaciones de espectáculos de artes escénicas de carácter profesional inferior al 80% de la programación total de la temporada: Declaración firmada en la que se indique el porcentaje de representaciones de artes escénicas de carácter profesional de la programación total de la temporada.
    • En caso de optar a los incentivos establecidos en la base 4.6:
      • Declaración firmada por el representante legal de la compañía de cumplimiento de la base 4.6.A).
      • Declaración firmada conjuntamente por el solicitante y el representante legal de la compañía, conforme se
        ha cumplido con las condiciones establecidas en la base 4.6.C.
      • Plan de comunicación y material promocional editado.
      • Si procede, acuerdo firmado con la compañía para excepcionar el cumplimiento del requisito establecido
        en la base 4.6.C.a).

    Requisitos

    Para optar a estas subvenciones, las personas solicitantes deben cumplir los requisitos y las condiciones que determina la base general 3, así como los establecidos a continuación

    a) Requisito de representaciones exhibidas:

    a.1) Haber exhibido un mínimo de 200 representaciones de artes escénicas de carácter profesional en un mismo teatro de la ciudad de Barcelona, o de 60 representaciones en un mismo teatro de las demás localidades de Cataluña durante la temporada del año anterior al de concesión de la subvención.

    a.2) En el caso de que se produzca un cambio de ubicación del teatro dentro del periodo establecido en la base 1.2), se deben haber exhibido, en el cómputo global de la vieja y la nueva ubicación, un mínimo de 150 representaciones de artes escénicas de carácter profesional en un mismo teatro de la ciudad de Barcelona, o de 45 representaciones en un mismo teatro de las demás localidades de Cataluña durante la temporada del año anterior al de concesión de la subvención. En este caso, el solicitante debe acreditar la continuidad del proyecto mediante el mantenimiento de la dirección artística, del equipo técnico y de gestión.

    a.3) En caso de que un porcentaje de representaciones no inferior al 20% de la programación total de la temporada se destine a nuevas escenas, se deben haber exhibido un mínimo de 140 representaciones de artes escénicas de carácter profesional en un mismo teatro de la ciudad de Barcelona, o de 42 representaciones en un mismo teatro de las demás localidades de Cataluña durante la temporada del año anterior al de concesión de la subvención.

    A los efectos de estas bases, se entiende por nuevas escenas los nuevos lenguajes de artes escénicas contemporáneos que no pertenecen al teatro, la danza y el circo.

    b) Haber exhibido, durante la temporada del año anterior al de concesión de la subvención, un porcentaje de representaciones en catalán o aranés no inferior al 50% de la programación total de la temporada.

    c) Tener derecho a obtener una subvención de, como mínimo, 1.000,00 euros, de acuerdo con la fórmula de cálculo establecida en la base 4.

    d) Tener un resultado de déficit de explotación durante la temporada del año anterior al de la concesión de la subvención. A los efectos de estas bases, se entiende que se ha producido déficit de explotación cuando los gastos de explotación a los que se refiere la base 4.2 son superiores a los ingresos de explotación definidos en la base 4.3

    e) Mantener las condiciones de trabajo pertinentes del personal laboral, de acuerdo con la normativa laboral y social aplicable.

    Tasas

    No hay tasas asociadas a este trámite

    Plazos

    Del01.09.2016al 21.09.2016

    Por internet

    Consultar las condiciones técnicas necesarias para los trámites en linea

  • ## Resumen Este trámite te permite solicitar o justificar subvenciones destinadas a modernizar librerías en Cataluña. Elige la opción que corresponda a tu situación. ## ¿Qué necesitas hacer? Consulta las opciones disponibles: * [Solicitar la subvención](https://web.gencat.cat/es/tramits/tramits-temes/Subvencions-per-a-la-modernitzacio-de-les-llibreries?category=740579c2-a82c-11e3-a972-000c29052e2c&moda=1) * [Justificar la subvención](https://web.gencat.cat/es/tramits/tramits-temes/Subvencions-per-a-la-modernitzacio-de-les-llibreries?category=740579c2-a82c-11e3-a972-000c29052e2c&moda=2)

  • ## Resumen Este trámite permite solicitar subvenciones para apoyar la movilidad de artistas en el ámbito de la música y las artes escénicas para actuaciones y/o giras. La convocatoria de 2023 cubre actividades realizadas entre el 1 de septiembre de 2022 y el 31 de agosto de 2023. ## ¿Quién puede usar este servicio? Empresas, profesionales, ciudadanos y entidades que cumplan con los requisitos especificados en las bases de la convocatoria. ## Lo que necesitas ### Documentación requerida Presentar una solicitud según el formulario normalizado, adjuntando la documentación detallada en la base 7 de la convocatoria. ### Requisitos * Cumplir con los requisitos generales del artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones. * Estar al corriente de las obligaciones tributarias con la Generalidad de Cataluña y con el Estado español, así como con la Seguridad Social. * Presentar una declaración sobre otras ayudas solicitadas u obtenidas para la misma actividad. * Cumplir con la normativa sobre propiedad intelectual si se utilizan elementos susceptibles de generar derechos de autor. * Estar dado de alta en el censo del Impuesto sobre Actividades Económicas (IAE) si es obligatorio. * Estar inscritas en el registro correspondiente (entidades sin ánimo de lucro). * Cumplir con la cuota legal de reserva de puestos de trabajo para personas con discapacidad (empresas con más de 50 empleados). * Indicar los medios para prevenir y detectar casos de acoso sexual y por razón de sexo (empresas con más de 25 empleados). * Cumplir con la Ley de Política Lingüística. * Haber adaptado los Estatutos según la normativa vigente (fundaciones y asociaciones). * Haber presentado las cuentas anuales ante el protectorado (fundaciones). * No haber sido sancionadas por prácticas laborales discriminatorias. * Respetar las condiciones de la Ley de igualdad de trato y no discriminación. * Presentar declaración responsable de otras ayudas de minimis recibidas. * Adherirse al código ético. * Respetar la Ley de igualdad efectiva de mujeres y hombres. ### Costes y plazos * **Coste:** No hay tasas asociadas al trámite. * **Plazo de solicitud:** Del 3 de mayo de 2023 al 17 de mayo de 2023 (Fuera de plazo). * **Plazo de resolución:** Máximo de seis meses desde la publicación de la convocatoria. * **Plazo de justificación:** Un mes a partir de la finalización de la última actividad realizada. ## Cómo hacerlo ### Paso a paso del proceso 1. **Solicitar:** Presentar la solicitud telemáticamente a través de la sede electrónica del Institut Ramon Llull. Las personas físicas empresarias y las personas jurídicas sólo por vía telemática utilizando la sede electrónica del Institut Ramon Llull. Ver Iniciar 2. **Recibir la respuesta de la Administración:** La resolución se notificará a los interesados en el plazo máximo de seis meses. 3. **Justificar la subvención:** Presentar la documentación justificativa en el plazo de un mes desde la finalización de la última actividad. 4. **Realizar el pago:** El Institut Ramon Llull tramitará el pago del 100% del importe otorgado tras la justificación. ## Ayuda ### Contacto * **Institut Ramon Llull:** Más información * **Departament de Cultura:** Más información ### Normativa * RESOLUCIÓN de 14 de abril de 2023 * RESOLUCIÓN de 8 de septiembre de 2023 * RESOLUCIÓN de 9 de enero de 2023 * RESOLUCIÓN de 4 de abril de 2023

  • Son subvenciones que tienen como objeto dar apoyo a la producción y la edición de libros en lengua catalana o aranesa y de fonogramas, relacionados con la difusión de la cultura popular y tradicional catalana o del patrimonio etnológico de Cataluña.

    Esta línea de subvenciones tiene las modalidades siguientes:

    a) Producción y edición de libros en lengua catalana o aranesa.

    b) Producción y edición de fonogramas.

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    Plazo de solicitud: del 5 al 18 de abril de 2016.

    A quién va dirigido

    Pueden optar a estas subvenciones las fundaciones y las asociaciones, con domicilio social en Cataluña, así como las empresas, ya sean personas físicas o jurídicas, con domicilio en un estado miembro de la Unión Europea o asociado al Espacio Económico Europeo.

    No pueden optar a estas subvenciones las federaciones de entidades.

    Organismo responsable

    Normativa

    Documentación relacionada

    Solicitar la subvención

    Plazos

    El plazo para presentar las solicitudes es del 5 al 18 de abril de 2016.

    Documentación

    Documentación que se debe adjuntar a la solicitud:

    1. Proyecto de actividad o actuación
    2. Presupuesto completo y detallado del proyecto
    3. Declaración responsable conforme se trata de una primera edición o una reedición de títulos cuya edición anterior date de más de 10 años.

    A partir del día siguiente de la publicación de la relación provisional de subvenciones concedidas, los solicitantes propuestos dispondrán de 10 días hábiles para presentar la documentación siguiente:

    1. Documento de aceptación de la subvención

    Requisitos

    1. Realizar la actividad subvencionada dentro del año natural.
    2. Realizar la actividad subvencionada en el ámbito territorial de Cataluña.
    3. No encontrarse en ninguna de las circunstancias previstas en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones , que imposibilitan convertirse en beneficiario de las subvenciones.
    4. Estar al corriente de las obligaciones tributarias con la Generalidad de Cataluña, con el Estado y con la Seguridad Social.
    5. Cumplir con los requisitos que la Ley 1/1998, de 7 de enero, de política lingüística , establece en los artículos siguientes:
      • Artículo 36.4, que obliga a que los carteles de los centros de trabajo y las informaciones que haya en su interior, estén por lo menos en catalán.
      • Artículos 32.1 y 32.3, que obligan a que las empresas que tengan establecimientos abiertos al público en Cataluña puedan atenderlo en catalán y que tanto la señalización y carteles como la documentación de su oferta comercial estén al menos en catalán.
    6. Si se dispone de una plantilla igual o superior a 50 personas, dar ocupación, al menos, a un 2% de trabajadores con disminución sobre la plantilla total, o bien aplicar las medidas que establecen el artículo 38 de la Ley 13/1982, de 7 de abril , el Real Decreto 364/2005, de 8 de abril , y el Decreto 322/2011, de 19 de abril .
    7. Si la plantilla es igual o superior a 25 personas, disponer, con el acuerdo de los agentes sociales, de los medios para prevenir y detectar casos de acoso sexual y de acoso por razón de sexo y utilizarlos adecuadamente, tal como disponen los artículos 5 y 29 de la Ley 5/2008, de 24 de abril , del derecho de las mujeres a erradicar la violencia machista.
    8. Si para la realización de la actividad objeto de la subvención se utiliza cualquier elemento susceptible de generar derechos de autor, debe cumplirse con lo que dispone la normativa sobre propiedad intelectual.
    9. Deberán ser primeras ediciones o bien reediciones de títulos cuya edición anterior date de más de 10 años.
    10. Todos los ejemplares de la obra deberán disponer de los números del depósito legal y del ISBN (si procede).
    11. Entregar dos ejemplares de la obra subvencionada.
    12. La subvención mínima por proyecto se establece en 400,00 euros.

    13. Se inadmitirán las solicitudes de subvención de importe inferior a 400,00 euros o que contengan un presupuesto del proyecto inferior a 800,00 euros. Asimismo se denegarán las solicitudes de subvención para proyectos que, una vez valorados, solo puedan obtener una subvención inferior a 400,00 euros.

    Tasas

    No hay tasas asociadas a este trámite.

    Otras informaciones

    Criterios de valoración

    La puntuación máxima del proyecto será de 10 puntos, de acuerdo con los criterios siguientes:

    1. El interés cultural o de referencia del proyecto, teniendo en cuenta su calidad y el tratamiento científico o literario y el universo al cual se dirige (hasta 3 puntos).
    2. El tratamiento de temáticas poco difundidas sobre aspectos de la cultura popular y tradicional catalana y el patrimonio etnológico de Cataluña (hasta 3 puntos).
    3. La viabilidad económica del proyecto, valorada por el plan de financiación (hasta 0,5 puntos).
    4. La trayectoria editorial del solicitante en el ámbito de las actividades objeto de la subvención (hasta 1 punto).
    5. Currículum del autor o autora y de las otras personas con responsabilidad en la edición (hasta 2 puntos).
    6. El plan de comercialización y difusión del trabajo editado (hasta 0,5 puntos).

    Comisión de valoración:

    Los nombres de las personas que forman parte de la comisión de valoración se publicarán en breve.

    Esta línea de subvenciones es de tramitación telemática obligatoria.

    Plazos

    Del05.04.2016al 18.04.2016

    Para tramitar la solicitud necesitará tener un certificado digital.
    El Departamento de Cultura es entidad certificadora para personas físicas. Puede obtener el certificado digital en el mismo Departamento y en los Servicios Territoriales .
    Los entes locales tendrán que presentar las solicitudes a través firma electrónica reconocida.
    Más información sobre los sistemas de firma electrónica

    Por internet

    Consulte las condiciones técnicas necesarias para hacer trámites en línea en Trámites gencat

  • ## Resumen Este trámite permite solicitar o justificar subvenciones destinadas a la restauración y creación de elementos de imaginería festiva y la indumentaria de los grupos de cultura popular y tradicional. ## ¿Qué necesitas hacer? Elige la opción que corresponda a tu situación: * [Solicitar la subvención](https://web.gencat.cat/es/tramits/tramits-temes/Subvencions-per-a-la-restauracio-i-creacio-delements-dimatgeria-festiva-i-de-la-indumentaria-de-les-colles-de-cultura-popular-i-tradicional-CLT526?category=73fa5630-a82c-11e3-a972-000c29052e2c&moda=1) * [Justificar la subvención](https://web.gencat.cat/es/tramits/tramits-temes/Subvencions-per-a-la-restauracio-i-creacio-delements-dimatgeria-festiva-i-de-la-indumentaria-de-les-colles-de-cultura-popular-i-tradicional-CLT526?category=73fa5630-a82c-11e3-a972-000c29052e2c&moda=2)

  • ## ¿Qué necesitas hacer? Consulta a continuación todas las opciones vinculadas al trámite. Selecciona la que se corresponda con tu caso y podrás acceder a toda la información y condiciones de tramitación. [Solicitar la ayuda](https://web.gencat.cat/es/tramits/tramits-temes/23792_Subvencions-per-a-noves-oportunitats-de-negoci-2024?category=1f54214c-36ac-11e5-be5c-005056924a59&moda=1) [Aportar documentación](https://web.gencat.cat/es/tramits/tramits-temes/23792_Subvencions-per-a-noves-oportunitats-de-negoci-2024?category=1f54214c-36ac-11e5-be5c-005056924a59&moda=2) Fecha de actualización 08.07.2024

  • ## ¿Qué necesitas hacer? Consulta las opciones disponibles para este trámite. Elige la que corresponda a tu situación para acceder a la información y los requisitos específicos. * [Licencia para iniciar la actividad de área de acogida de autocaravanas (hasta 1.500 unidades de acogida)](https://web.gencat.cat/es/tramits/tramits-temes/Arees-dacollida-dautocaravanes?category=772cf82a-a82c-11e3-a972-000c29052e2c&moda=1) * [Comunicar el cambio de la persona titular de la actividad de área de acogida de autocaravanas (cualquier número de unidades de acogida)](https://web.gencat.cat/es/tramits/tramits-temes/Arees-dacollida-dautocaravanes?category=772cf82a-a82c-11e3-a972-000c29052e2c&moda=2) * [Licencia para modificar la actividad de área de acogida de autocaravanas (hasta 1500 unidades de acogida)](https://web.gencat.cat/es/tramits/tramits-temes/Arees-dacollida-dautocaravanes?category=772cf82a-a82c-11e3-a972-000c29052e2c&moda=3) * [Comunicar la baja de la actividad de área de acogida de autocaravanas (cualquier número de unidades de acogida)](https://web.gencat.cat/es/tramits/tramits-temes/Arees-dacollida-dautocaravanes?category=772cf82a-a82c-11e3-a972-000c29052e2c&moda=4) *Fecha de actualización 26.07.2024*

  • Los ayuntamientos, de oficio o a petición de clubes deportivos federados, pueden declarar determinados terrenos de su ámbito territorial como áreas de circulación para el ocio y el deporte, así como determinar itinerarios para la práctica de motociclismo de montaña. Fuera de estos espacios y de las vías de circulación autorizadas, la circulación de vehículos motorizados está prohibida en los espacios naturales.

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    A quién va dirigido

    • A ayuntamientos.
    • A clubes deportivos federados.

    Organismo responsable

    Normativa

    Solicitar la autorización

    Plazos

    Se puede solicitar en cualquier momento.

    Documentación

    Documentación que se debe adjuntar a la solicitud:

    1. Para solicitar la declaración de estos espacios:
      • Memoria explicativa de las características del área y de las normas de circulación aplicables.
      • Documentación acreditativa de su titularidad.
      • Plano donde se indique su ubicación.
      • Autorización de las personas titulares de los terrenos afectados.
    2. Para solicitar circuitos permanentes para practicar deportes motorizados:
      • Informe favorable del ayuntamiento o ayuntamientos afectados.
      • Conformidad del titular de los terrenos donde se ubica el circuito.
      • Informe del Departamento de Gobernación de acuerdo con la Ley 8 / 1988, de 7 de abril, del deporte.
      • Informe de evaluación de impacto ambiental, de acuerdo con Decreto 114/1988, de 7 de abril, de evaluación del impacto ambiental.

    Tasas

    No hay tasas asociadas a este trámite.

    Presencialmente

    Hay que confeccionar un escrito y se debe presentarse en:

    Servicios territoriales de Agricultura, Ganadería, Pesca y Alimentación

Cinco Días
Expansión
EFE Emprende
CuatroCasas Telefonica

Empresa participante en Cuatrecasas ACELERA en colaboración con Telefónica Open Future.