Generalitat de Cataluña

  • Se subvenciona la cuota de la base de cotización mínima del régimen de la Seguridad Social que corresponda a las personas destinatarias de la renta mínima de inserción y personas en riesgo de exclusión procedentes de una empresa de inserción y que presenten un proyecto de autoempleo.

    Esta subvención tiene una duración inicial desde la fecha de efectos del alta en la Seguridad Social, que puede ser a partir del 1 de enero de 2015 y hasta el 31 de diciembre de 2015 o fecha de baja si es anterior.

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    Para garantizar que se está utilizando la última versión de los formularios en el momento de la tramitación, hace falta que cada vez que se tengan que utilizar, los descarguéis. Si reutilizáis los documentos para otras ocasiones, puede pasar que se presente una versión obsoleta.

    Plazo: del 1 de agosto de 2015 hasta el 15 de octubre de 2015

    A quién va dirigido

    A personas destinatarias del RMI, y personas en riesgo de exclusión procedentes de una empresa de inserción.

    Organismo responsable

    Normativa

    Solicitar la ayuda

    Plazos

    El plazo para presentar la solicitud finaliza el 15 de octubre de 2015.

    Documentación

    Documentación que se debe adjuntar a la solicitud:

    1. Hoja de domiciliación bancaria debidamente rellenada, según el modelo del Departamento de la Vicepresidencia y de Economía y Hacienda.
    2. Plan de empresa o resumen que explique el proyecto de autoempleo
    3. Copia compulsada del alta por cuenta propia en el régimen especial de la Seguridad Social.
    4. En el caso de que se trate de una persona en riesgo de exclusión procednt de una empresa de inserción que no conste en la base de datos del Departamento de Trabajo, Asuntos Sociales y Familias como destinataria de las subvenciones en las empresas de inserción, hará falta que aporte un certificado de exclusión actualizado emitido por|para los servicios sociales.

    Requisitos

    Las personas solicitantes tendrán que cumplir los requisitos siguientes:

    1. Disponer de la declaración censal donde comunica el alta de la actividad y solicita la asignación del número de identificación fiscal provisional o definitivo a la Agencia Tributaria.
    2. Cumplir las obligaciones tributarias ante el Estado y la Generalitat y las obligaciones ante la Seguridad Social. Este cumplimiento se tendrá que mantener a lo largo de todo el procedimiento, en el momento de presentación de solicitud, previo a la resolución de otorgamiento, y antes de recibir cualquier pago.
    3. No encontrarse en ninguna de las circunstancias que prevé el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones (BOE 276 de 18 de noviembre de 2003).
    4. Cumplir los requisitos que establecen los artículos 32.1, 32.3 y 36.4 de la Ley 1/1998, de 7 de enero, de política lingüística (DOGC 2553 de 7 de enero de 1998).
    5. Cumplir con las obligaciones y no incurrir en los supuestos de prohibición establecidos en los artículos 90.bis y 92.bis del Decreto legislativo 3/2002, de 24 de diciembre, por|para el cual se aprueba el Texto refundido de la Ley de finanzas públicas de Cataluña (DOGC nº. 3791ª, de 31/12/2002).
    6. Cumplir cualquier otra obligación legal o reglamentaria que pueda afectar.
    7. Declarar la existencia de otras subvenciones o ayudas públicas y/o privadas, nacionales o internacionales, para el mismo concepto, con indicación del programa al cual se acoge, de la cuantía solicitada, del porcentaje que suponen respecto del coste total del proyecto, si se encuentran en fase de solicitud o concesión y la entidad pública o privada concedente. En caso de no haberse solicitado otros, habrá que adjuntar una declaración responsable en este sentido.

    Tasas

    No hay tasas asociadas a este trámite.

    Otras informaciones

    Instrucciones
    Se puede encontrar más información sobre la tramitación de estas ayudas en las instrucciones publicadas en el Catálogo de formularios del Departamento (G146NRMI-217-00) para personas destinatarias de la RMI y (G146NRMI-305-00) para personas en riesgo de exclusión procedentes de una empresa de inserción.

    Obligaciones específicas
    Será condición necesaria que las personas destinatarias del RMI formen parte de un expediente del RMI que se encuentre en estado vigente o que se haya suspendido o extinguido por motivo de esta alta como autónomo.
    En el caso de personas en riesgo de exclusión procedentes de una empresa de inserción, la finalización del contrato tendrá que haber sido posterior al 31 de diciembre de 2014.

    Plazos

    Del01.08.2015al 15.10.2015

    Presencialmente


    Puntos de tramitación

    Dependiendo de la procedencia de las personas, se tendrá que llenar un formulario u otro (se encuentran en este apartado), y posteriormente se tendrá que presentar en cualquier oficina de la red de Oficinas de Gestión Empresarial.

  • ## Resumen Este trámite te permite acceder a las diferentes opciones relacionadas con la subvención para proyectos singulares de reactivación socioeconómica Covid-19, específicamente para empresas cooperativas (Línea 2). Puedes solicitar la subvención, aportar documentación o justificar la subvención tanto para la convocatoria de 2020 como para la de 2021. ## ¿Qué necesitas hacer? Selecciona la opción que corresponda a tu caso: * [Solicitar la subvención 2021](https://web.gencat.cat/es/tramits/tramits-temes/22410-subvencio-mesures-suport-projectes-singulars-reactivacio-socioeconomica-covid19?category=768916d0-a82c-11e3-a972-000c29052e2c&moda=1) * [Aportar documentación 2021](https://web.gencat.cat/es/tramits/tramits-temes/22410-subvencio-mesures-suport-projectes-singulars-reactivacio-socioeconomica-covid19?category=768916d0-a82c-11e3-a972-000c29052e2c&moda=2) * [Justificar la subvención 2021](https://web.gencat.cat/es/tramits/tramits-temes/22410-subvencio-mesures-suport-projectes-singulars-reactivacio-socioeconomica-covid19?category=768916d0-a82c-11e3-a972-000c29052e2c&moda=3) * [Solicitar la subvención 2020](https://web.gencat.cat/es/tramits/tramits-temes/22410-subvencio-mesures-suport-projectes-singulars-reactivacio-socioeconomica-covid19?category=768916d0-a82c-11e3-a972-000c29052e2c&moda=4) * [Aportar documentación 2020](https://web.gencat.cat/es/tramits/tramits-temes/22410-subvencio-mesures-suport-projectes-singulars-reactivacio-socioeconomica-covid19?category=768916d0-a82c-11e3-a972-000c29052e2c&moda=5) * [Justificar la subvención 2020](https://web.gencat.cat/es/tramits/tramits-temes/22410-subvencio-mesures-suport-projectes-singulars-reactivacio-socioeconomica-covid19?category=768916d0-a82c-11e3-a972-000c29052e2c&moda=6)

  • ## Resumen Este trámite permite solicitar, aportar documentación o justificar actuaciones relacionadas con subvenciones para proyectos cooperativos que impulsen una nueva actividad de comercialización online y distribución de productos agroalimentarios. ## ¿Qué necesitas hacer? Elige la opción que corresponda a tu situación: * [Solicitar la ayuda](https://web.gencat.cat/es/tramits/tramits-temes/23725-_-subvencions_projectes-singulars-cooperatius-nova-activitat?category=7280fc48-a82c-11e3-a972-000c29052e2c&moda=1) * [Aportar documentación, alegar o desistir ](https://web.gencat.cat/es/tramits/tramits-temes/23725-_-subvencions_projectes-singulars-cooperatius-nova-activitat?category=7280fc48-a82c-11e3-a972-000c29052e2c&moda=2) * [Justificar las actuaciones objetos de la ayuda](https://web.gencat.cat/es/tramits/tramits-temes/23725-_-subvencions_projectes-singulars-cooperatius-nova-activitat?category=7280fc48-a82c-11e3-a972-000c29052e2c&moda=3)

  • ## Resumen Este trámite permite solicitar, justificar o aportar documentación relacionada con la subvención del Programa de medidas activas de inserción. Este programa está dirigido a personas que reciben la renta garantizada de ciudadanía o que se encuentran en riesgo o situación de exclusión social. ## ¿Qué necesitas hacer? Elige la opción que corresponda a tu situación: * [Solicitar la subvención](https://web.gencat.cat/es/tramits/tramits-temes/Programa-de-mesures-actives-dinsercio-per-a-persones-destinataries-de-la-renda-minima-dinsercio?category=&temesNom=Treball&moda=1) * [Justificar la subvención 2022](https://web.gencat.cat/es/tramits/tramits-temes/Programa-de-mesures-actives-dinsercio-per-a-persones-destinataries-de-la-renda-minima-dinsercio?category=&temesNom=Treball&moda=2) * [Aportación de documentación y otras peticiones 2021](https://web.gencat.cat/es/tramits/tramits-temes/Programa-de-mesures-actives-dinsercio-per-a-persones-destinataries-de-la-renda-minima-dinsercio?category=&temesNom=Treball&moda=3) * [Aportación de documentación y otras peticiones 2020](https://web.gencat.cat/es/tramits/tramits-temes/Programa-de-mesures-actives-dinsercio-per-a-persones-destinataries-de-la-renda-minima-dinsercio?category=&temesNom=Treball&moda=4) * [Aportación de documentación y otras peticiones 2019](https://web.gencat.cat/es/tramits/tramits-temes/Programa-de-mesures-actives-dinsercio-per-a-persones-destinataries-de-la-renda-minima-dinsercio?category=&temesNom=Treball&moda=5) * [Aportación de documentación y otras peticiones 2017](https://web.gencat.cat/es/tramits/tramits-temes/Programa-de-mesures-actives-dinsercio-per-a-persones-destinataries-de-la-renda-minima-dinsercio?category=&temesNom=Treball&moda=6) * [Justificar la subvención 2021](https://web.gencat.cat/es/tramits/tramits-temes/Programa-de-mesures-actives-dinsercio-per-a-persones-destinataries-de-la-renda-minima-dinsercio?category=&temesNom=Treball&moda=7) * [Justificar la subvención 2019](https://web.gencat.cat/es/tramits/tramits-temes/Programa-de-mesures-actives-dinsercio-per-a-persones-destinataries-de-la-renda-minima-dinsercio?category=&temesNom=Treball&moda=8)

  • Subvenciones para la realización del programa de medidas activas de inserción que permitan incrementar el grado de ocupabilidad y la inserción laboral de las personas destinatarias de la renta mínima de inserción.

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    Para garantizar que se está utilizando la última versión de los formularios en el momento de la tramitación, hace falta que cada vez que se tengan que utilizar, los descargéis. Si reutilizáis los documentos para otras ocasiones, puede pasar que se prente una versión obsoleta.

    Plazo para solicitar la subvención: del 8 al 17 de julio de 2015.

    Plazo para comunicar el inicio de la actividad: hasta el 7 de diciembre.

    A quién va dirigido

    A las corporaciones locales y a las entidades públicas o privadas sin afán de lucro, con personalidad jurídica propia y con ámbito de actuación en Cataluña, que tengan experiencia en la realización de acciones de inserción laboral para colectivos en riesgo o situación de exclusión social.

    Organismo responsable

    Normativa

    Presentar los indicadores

    Plazos

    Los indicadores comunes de ejecución del Programa MARMI 2015-2016 se presentarán trimestralmente. Para la convocatoria 2015-2016 se deben enviar estos indicadores en dos plazos:

    • Para las altas y bajas de los participantes del 1/01/2016 hasta 03/30/2016, el plazo será hasta el 30/06/2016.
    • Para las altas y bajas de los participantes del 1/04/2016 en 30/06/2016, el plazo será de 1 mes desde la finalización de la actuación, es decir, el 30/07/2016.
      Se podrá conceder una ampliación de plazo a petición de las entidades interesadas siempre y cuando el plazo ampliado no exceda de la mitad del plazo establecido inicialmente.

    Documentación

    Documentación que se debe adjuntar al formulario "Presentar los indicadores comunes de ejecución (trimestrales)":

    Para solicitar la ampliación de plazo se debe rellenar el formulario "Solicitud de ampliación del plazo para presentar los indicadores" que se encuentra en el Paso 1 (Por internet).

    Tasas

    No hay tasas asociadas a este trámite.

    Otras informaciones

    Para el primer envío, se debe informar de las altas y bajas de los participantes inscritos en el GIA del 1/01/2016 al 31/03/2016.

    Para el segundo envío, se debe informar de las altas y bajas de los participantes inscritos en el GIA del 1/04/2016 al 30/06/2016.

    Plazos

    Del01.01.2016al 30.07.2016

    Por internet

    Consultad las condiciciones técnicas para realitzar trámites en línea

    Solicitar la subvención

    Plazos

    El plazo para presentar la solicitud es del 8 al 17 de julio de 2015.

    Documentación

    Documentación que se debe adjuntar a la solicitud:

    1. Declaraciones responsables anexas a la solicitud (G146NRMI-282)
    2. Detalle del importe solicitado (G146NRM-220)
    3. Proyecto explicativo y detallado de la acción (G346NRMI-283)
    4. Otra documentación, si procede: documentación acreditativa de prórroga, aplazamiento, moratoria o cualquier otra condición especial que se haya negociado con la administración, o bien las cartas de apoyo, convenios o compromisos de contratación, que se señalan en el punto C2 de la base 9 de la orden de convocatoria.

    Requisitos

    Las entidades solicitantes tendrán que cumplir los requisitos establecidos en la Base 3 de la Orden de bases.

    Tasas

    No hay tasas asociadas a este trámite.

    Otras Informaciones

    Personas destinatarias
    Se consideran destinatarias de estas subvenciones:
    Las personas acogidas a la Ley 10/1997, de 3 de julio, de la renta mínima de inserción (RMI).
    Tendrán carácter preferente las personas destinatarias de la RMI que reúnan alguna de estas características:

    • Aquéllas a las cuales les reste menos tiempo de permanencia para agotar al periodo máximo de cobro de la renta mínima de inserción.
    • Aquéllas con un grado de ocupabilidad que se puede ver incrementado si participan en medidas activas de inserción.
    • Las que tengan una edad comprendida entre 31 años y 60 años.
    • Mujeres.
    • Que tengan cargas familiares.
    • Las personas destinatarias tienen que estar inscritas en la oficina de trabajo como demandantes de ocupación no ocupadas.

    Plazos

    Del08.07.2015al 17.07.2015

    Consultad las condiciciones técnicas necesarias para realitzar trámites en línea en Trámites gencat

    Por internet

    Comunicar el inicio de la actividad

    Plazos

    La comunicación se tiene que hacer efectiva en los 5 días después de iniciar las actuaciones subvencionables, que se tienen que empezar antes del 1 de diciembre. Por lo tanto, el último día para hacer la comunicación de inicio es el 7 de diciembre.

    Documentación

    Tasas

    No hay tasas asociadas a este trámite.

    Plazos

    Hasta al 07.12.2015

    Para garantizar que se está utilizando la última versión de los formularios en el momento de la tramitación, es necesario que cada vez que los haya de utilizar se los descargue. Si reutiliza los documentos para otras ocasiones se puede dar el caso de que presente una versión obsoleta.

    Por internet

    • En el caso de entidades públicas, por Eacat
    • En el caso de entidades privadas, por Canal Empresa y siguiendo los siguientes pasos:


    ¿Cómo hacerlo?
    Los pasos a seguir son los siguientes:

    • Descargar el formulario (se puede acceder haciendo clic en el enlace que hay en este mismo apartado)
    • Rellenar el formulario y adjuntar:
      • Declaración y autorización de las personas contratadas (hace falta que cada persona llene y firme el documento, y que se presenten todos escaneados y comprimidos en un solo archivo).
      • Certificado de seguro de accidentes personales.
      • Comunicación de inicio.
      • Hoja de domiciliación bancaria.
    • Validar el formulario, firmarlo con certificado digital y guardarlo.
    • Volver a la página de tramitación a través del enlace del propio formulario (al final del documento, justo antes del botón de guardar), y enviar el formulario.
    • En el momento de enviar el formulario, la persona solicitante recibirá el acuse de recibo y copia del formulario enviado. También recibirá un requerimiento automático de documentación. Hará falta que envíe en este momento:
      • Copia digitalizada de la propiedad del local o contrato de arrendamiento, o bien el acuerdo de disponibilidad firmado por el propietario y el certificado de solidez del inmueble/s donde se impartirán las acciones, expedido con posterioridad al año 2011. Una vez digitalizados los documentos y antes de adjuntarlo, hace falta que la persona beneficiaria lo firme electrónicamente.
      • Contratos de trabajo debidamente comunicados en el SOC.
      • Titulación y currículum de las personas técnicas contratadas (sólo de personas nuevas).


    Justificar la subvención

    Plazos

    Justificación: se puede presentar el formulario de justificación y la documentación relacionada hasta el 30 de septiembre de 2016, siempre que antes se haya solicitado la ampliación del plazo para la justificación.

    Solicitud de ampliación del plazo de justificación: se puede solicitar hasta el 31 de agosto de 2016.

    Documentación

    La cuenta justificativa deberá incluir la siguiente documentación, que se deberá anexar al "Formulario para presentar la justificación" que se puede encontrar en el Paso 1 (Por internet).

    Modelos de documentos:

    1. Control de asistencia mensual de prácticas en empresas (G146NRMI-239).
    2. Convenio de prácticas. Hoja resumen de prácticas en empresas (G146NRMI-241).
    3. Convenio de prácticas. Valoración final de las prácticas (G146NRMI-240).
    4. Relación clasificada de gastos (G146NRMI-281).
    5. Temporalització mensual de cada persona treballadora (G146NRMI-242).
    6. Declaración responsable de los importes liquidados con Hacienda en cuanto a la retención de IRPF (G146NRMI-329)
    7. Modelo de memoria valorativa del proyecto o actuación subvencionada (G146NRMI-330-00).

    Instrucciones:

    • Instrucciones para la justificación técnica (G143NRMI-270).
    • Instrucciones para la justificación económica (G143NRMI-280).

    Una vez finalizadas las actuaciones, la persona beneficiaria deberá presentar una cuenta justificativa donde acredite la realización de las actuaciones subvencionadas, así como los gastos generados por las acciones mencionadas y la correcta aplicación de los fondos percibidos.

    Para solicitar la ampliación de plazo debe rellenar el formulario "Solicitud de ampliación del plazo para presentar la justificación" que se encuentra en el Paso 1 (por internet).

    Tasas

    No hay tasas asociadas a este trámite.

    Plazos

    Del01.07.2016al 30.09.2016

    Por internet

    Consultad las condiciones técnicas para hacer trámites en línea

    Presencialmente

    En cuanto a los anexos de seguimiento y de evaluación que se generan mediante la aplicación Gestión Integrada de Acciones (GIA), y los documentos probatorios de los gastos (facturas, nóminas, etc.), deberán presentarse en soporte papel original, presencialmente, en la red de oficinas OGE que se puede consultar en http://canalempresa.gencat.cat o bien a los registros administrativos, en el caso de los entes locales.

  • Se prevé crear una cátedra de seguridad vial de motocicletas para la investigación de los accidentes de tráfico en motocicletas que profundice en la obtención, el procesamiento y el análisis de este tipo de accidentes y en la difusión de su conocimiento.

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    El plazo de presentación de las solicitudes es del 22 de mayo al 10 de junio de 2015.

    A quién va dirigido

    Puede ser beneficiaria de esta subvención cualquier universidad pública que cumpla los requisitos establecidos a la convocatoria.

    Solicitar subvención

    Plazos

    Se puede solicitar en cualquier momento.

    Documentación

    Documentación que debe adjuntarse a la solicitud

    a) Copia compulsada de la escritura de constitución y de los estatutos, copia compulsada del documento acreditativo de poderes para actuar como representante legal de la empresa o entidad, documentos acreditativos de la inscripción de la entidad en el registro correspondiente y documento acreditativo del número de identificación fiscal de la persona jurídica.
    b) Fotocopia compulsada del documento de identidad y acreditación del número de identificación fiscal de la persona que actúa en nombre y representación de la persona jurídica solicitante. No deberá aportar si en el momento de la solicitud se da el consentimiento para que la Administración la compruebe de forma electrónica.
    c) Declaración expresa conforme no incurre en ninguno de los supuestos previstos en el artículo 13 de la Ley estatal 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones.
    d) Declaración responsable de estar al corriente de las obligaciones tributarias con la Generalidad de Cataluña y con el Estado, así como de las obligaciones con la Seguridad Social. La firma de la solicitud de la subvención implica la autorización a la Administración de la Generalidad de Cataluña para la función de comprobación de los datos relativos al cumplimiento de las obligaciones tributarias con el Estado, con la Seguridad Social y con la Generalidad de Cataluña. En el supuesto de que el interesado deniegue de forma expresa, en la solicitud, su consentimiento para la comprobación de oficio conforme está al corriente de las obligaciones tributarias con el Estado, la Generalidad de Cataluña y la Seguridad Social, éste se compromete a presentar la documentación acreditativa de estas situaciones, en todo caso, antes del pago de la subvención.
    e) En caso de que la solicitante sea una empresa con una plantilla igual o superior a veinte y cinco personas, indicación, con el acuerdo de los agentes sociales, de los medios que utilizan para prevenir y detectar casos de acoso sexual y de acoso por razón de sexo y de los medios que utilizan para intervenir en sus centros de trabajo.
    f) Declaración conforme el solicitante cumple los requisitos establecidos en el artículo 22 de la Ley de política lingüística.
    g) Declaración de la existencia de otras subvenciones o ayudas, ya sean públicas o privadas, nacionales o internacionales, por el mismo concepto, con indicación del programa al que se acogen, de la cuantía solicitada, del porcentaje que suponen del coste total del proyecto, de si se encuentran en fase de solicitud o concesión y con cargo a qué entidad pública o privada se han solicitado. En caso de que no se hayan solicitado otras, se deberá adjuntar una declaración responsable en este sentido.
    h) Hoja de domiciliación bancaria debidamente cumplimentada, de acuerdo con el modelo del Servicio Catalán de Tráfico disponible en la dirección de Internet http://transit.gencat.cat/ca/gestions/formularis/.
    e) Designación de la persona responsable del grupo, que actuará como interlocutora con el Servicio Catalán de Tráfico.
    j) Relación de los componentes que formarán parte del grupo de investigación, especificando nombre, apellidos y número de DNI o NIE y los currículos de los componentes del equipo. En los currículos se deben especificar la titulación, los trabajos realizados, publicados o inéditos, y la experiencia académica y profesional en el campo de la materia de investigación (máximo tres hojas a una sola cara entre todos los componentes). El Servicio Catalán de Tráfico puede pedir en todo momento los documentos acreditativos de los méritos alegados.
    k) Enumeración de los recursos disponibles, en particular aportación de la documentación acreditativa sobre la disponibilidad de laboratorio de pruebas de impacto de vehículos, en su caso.
    l) Proyecto de creación de la cátedra a presentar (máximo cinco hojas a una sola cara), redactado en lengua catalana, en el que se indicará: - El título, la justificación y los objetivos de la cátedra - Justificación de la coherencia del equipo con los ámbitos que se enumeran - Los medios de que se dispone para llevarlo a cabo - Calendario de ejecución previsto - Presupuesto completo y detallado del proyecto por anualidades, en el que figuren todos los gastos y ingresos previstos, la cuantía de la subvención que se solicita y el detalle de las fuentes de financiación, en el que se reflejen los gastos subvencionables. El presupuesto se desglosará por actuaciones y por conceptos de gasto, de acuerdo con las actuaciones previstas en el apartado 3.1.e).
    m) Plan de trabajo hasta el 31 de diciembre de 2016 especificando (máximo cinco hojas a una sola cara):
    - Objetivos establecidos en calendario
    Detalle de los estudios / proyectos concretos que se pretenden llevar a cabo, de acuerdo con los ámbitos anteriores, y estimación de horas-persona y recursos dedicados
    La metodología propuesta en cada caso
    Listado de los documentos y entregables en general como fruto de cada proyecto - Definición de la aplicabilidad y mejora esperada de los resultados - Listado de un mínimo de cinco temas, dentro de los ámbitos mencionados, susceptibles de ser diseminados mediante la publicación de su artículo científico correspondiente -
    Listado de revistas científicas indexadas para la eventual publicación de los resultados 5.5 Las declaraciones previstas en las letras d), e), f), h) ei) del apartado anterior se incluyen dentro del impreso normalizado de solicitud tud. La documentación del apartado j) sólo se deberá aportar en el caso de cambio de datos o si es la primera vez que se solicita una subvención al Servicio Catalán de Tráfico.
    No se deberán presentar aquellos documentos que la entidad solicitante ya haya presentado anteriormente a la Administración de la Generalidad, siempre que no hayan transcurrido más de cinco años desde la presentación y no hayan experimentado ninguna modificación. En este supuesto hay que indicar claramente la fecha y el órgano o dependencia en que se presentaron y el procedimiento al que hacían referencia. Si el órgano gestor, por causas ajenas a su actuación, no puede conseguir los documentos, requerirá a la solicitante que los aporte.

    Si la solicitud no reúne los requisitos establecidos en esta base, se requerirá al solicitante que, en el plazo de diez días hábiles, subsane el defecto o adjunte los documento preceptivos, con indicación de que, si no lo hace, se considerará que desiste de su petición, previa resolución, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 71 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común

    Requisitos

    Las entidades solicitantes deben cumplir los siguientes requisitos:

    a) No encontrarse en ninguna de las circunstancias previstas en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones.

    b) Cumplir las obligaciones tributarias ante el Estado y la Generalidad y las obligaciones ante la Seguridad Social.

    c) Cumplir los requisitos establecidos en el artículo 22 de la Ley 1/1998, de 7 de enero, de política lingüística (DOGC núm. 2553, de 01.07.1998).

    d) La universidad debe disponer de personal docente e investigador, de acuerdo con los siguientes requisitos:

    La colaboración de al menos un doctor en ingeniería de caminos, canales y puertos y un doctor en ingeniería industrial, ambos con currículum relacionado con el tráfico, la seguridad vial o la ingeniería del vehículo.
    Existencia de al menos un perfil profesional adecuado para cada uno de los ámbitos que se proponen.
    Publicación de al menos tres artículos en los últimos cinco años sobre materia de tráfico o seguridad vial en revistas indexadas.
    e) La entidad solicitante deberá presentar un proyecto, redactado como mínimo en catalán, para la creación y funcionamiento de una cátedra de seguridad vial de motocicletas, que deberá tratar los ámbitos y temáticas que se enumeran a continuación y concretar las actuaciones que se llevarán a cabo:

    Ámbito del benchmarking Una de las tareas más importantes en la mejora de la seguridad vial es el análisis de las mejores prácticas internacionales.
    Ámbito de recogida y tratamiento de la información para el análisis de los accidentes de tráfico con motocicletas implicadas orientada a la reconstrucción de accidentes (urbanos e interurbanos). Creación de un sistema de información en profundidad.
    Ámbito de la movilidad y el tráfico necesario analizar la exposición al riesgo de las motocicletas (urbana e interurbana) y su relación con la infraestructura, particularmente con las intersecciones, así como la compatibilización de los diferentes usos del espacio viario.
    Ámbito de investigación de accidentes de motocicletas Análisis de la microaccidentalitat orientada a la generación de un modelo de datos complementario al SIDAT para la identificación y seguimiento de las principales causas de lesividad grave, así como de la macroaccidentalitat y epidemiología de los accidentes de motocicleta en su conjunto. En este ámbito también se deberá considerar la mejora continua de la seguridad de la motocicleta como vehículo.
    Ámbito de enforcement y política de seguridad vial Respecto al medio / largo plazo, diseño de políticas de seguridad vial y movilidad para la reducción de este tipo de accidentes; y en cuanto al corto plazo, diseño de directrices de patrullaje de tráfico y enforcement. Hay que incorporar también en este apartado la mejora continua de la eficacia y eficiencia del sistema de sanciones para este tipo de vehículos.
    Ámbito de la comunicación Detección de los canales y métodos adecuados para llegar a los motociclistas.
    Ámbito de simulación y modelística Incorporación de la metodología HSM (Highway Safety Manual) para la prognosis de accidentalidad de este tipo de vehículos ante las políticas y medidas planificadas orientado al cálculo del coste / beneficio o coste / eficacia siguiente.
    Ámbito del coste-beneficio Toda medida o recomendación efectuada deberá ir acompañada de una valoración de los costes de implementación (en euros) y los beneficios esperados en términos de número de accidentes graves ahorrados, número de muertos y heridos graves ahorrados por cada vehículo / km, respectivamente.
    f) Presupuesto completo y detallado del proyecto por anualidades, en el que figuren todos los gastos e ingresos previstos, la cuantía de la subvención que se solicita y el detalle de las fuentes de financiación, en el que se reflejen los gastos subvencionables. El presupuesto se desglosará por actuaciones y por conceptos de gasto, de acuerdo con las actuaciones previstas en el punto e) anterior. 3.2 El cumplimiento de estos requisitos se acreditará mediante la aportación de la documentación prevista en la base 5.4.

    Tasas

    No hay tasas asociadas a este trámite

    Plazos
    Del22.05.2015al 10.06.2015

    Por internet

    Puede descargarse los formularios relacionados con esta convocatoria pero no presentarlos telemáticamente.

    Presencialmente


    Puntos de tramitación

    Las solicitudes de la subvención se presentarán según el modelo normalizado, que estará a disposición de los interesados en la página web del Servicio Catalán de Tráfico en cualquiera de las siguientes direcciones:

    Sede del Departamento de Interior (Diputació, 355, 08009 Barcelona
    Servicio Territorial de Tráfico en Barcelona (plaza España, 1, 08015 Barcelona - Barcelona)
    Servicio Territorial de Tráfico en Girona (plaza Pompeu Fabra, 1, 17002 Girona - Girona)
    Servicio Territorial de Tráfico en Lleida (Rambla Ferran, 1, 25007 Lleida - Segrià)
    Servicio Territorial de Tráfico en Tarragona (avenida Roma, 7-9, 43005 Tarragona - Tarragona)

    Las solicitudes, escritos y comunicaciones que los ciudadanos dirijan a los órganos de
    las administraciones públicas podrán presentarse:


    a) En los registros de los órganos administrativos a que se dirijan.

    b) En los registros de cualquier órgano administrativo, que pertenezca a la Administración General del Estado, a la de cualquier administración de las comunidades autónomas, a la de cualquier administración de las diputaciones provinciales, cabildos y consejos insulares, los ayuntamientos de los municipios a que se refiere el artículo 121 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las bases del régimen local, o en la del resto de las entidades que integran la Administración Local si,
    en este último caso, se ha suscrito el convenio oportú.23

    c) En las oficinas de correos, en la forma que reglamentariamente se establezca.

    d) En las representaciones diplomáticas u oficinas consulares de España en el extranjero.

    e) En cualquier otro que establezcan las disposiciones vigentes. Mediante convenios de colaboración suscritos entre las administraciones públicas, se han
    establecer sistemas de intercomunicación y coordinación de registros que garanticen la compatibilidad informática, así como la transmisión telemática de los asientos registrales y de las solicitudes, escritos, comunicaciones y documentos que se presenten en cualquiera de los registros.

  • ## Resumen Esta subvención apoya a las salas de cine en Cataluña que proyectan películas en catalán (original, doblada o subtitulada) y producciones catalanas en cualquier idioma. El objetivo es promover el cine en catalán y la producción cinematográfica catalana. **Quién puede solicitarla:** Empresas o entidades que gestionan salas de cine en Cataluña. **Plazo:** Del 25 de septiembre al 10 de octubre de 2024. ## Lo que necesitas * Declaración responsable de mantener las condiciones laborales del personal. * Si vendiste entradas a centros escolares para sesiones matinales, declaración responsable con el número de entradas vendidas y su acreditación. ## Cómo hacerlo 1. **Solicitar:** * El trámite se realiza online con certificado digital. * Accede al formulario de solicitud: [Formulario de solicitud](https://ovt.gencat.cat/gsitgf/AppJava/traint/renderitzar.do?reqCode=inicial&set-locale=es_ES&idioma=es_ES&idServei=TEC060SOLC&urlRetorn=https%3A%2F%2Fweb.gencat.cat%2Fes%2Ftramits%2Ftramits-temes%2FSubvencio-per-al-foment-de-la-difusio-de-cinema-en-versio-catalana-original-doblada-o-subtitulada-i-de-produccio-catalana-en-sales-dexhibicio%3Fcategory%3D73da721c-a82c-11e3-a972-000c29052e2c&tpst=ae56fd5821cffc7f4784ac8db0c0e1a0) * Entes locales: [Solicitar (para entes locales)](http://www.eacat.cat) 2. **Consultar el estado del trámite:** * Puedes verificar el estado de tu solicitud en [Estado de mis gestiones](https://ovt.gencat.cat/gsitfc/AppJava/tramit/quepro.do?reqCode=list&set-locale=ca_ES&portalId=1) con el identificador del trámite y tu DNI/NIF. 3. **Recibir la respuesta:** * La resolución provisional se publicará en el [Tablón de la Sede electrónica](https://tauler.seu.cat/inici.do?idens=1). * Si es necesario, tendrás 10 días hábiles para presentar una reformulación o renuncia, y la documentación adicional requerida. 4. **Recibir la subvención:** * El pago del 100% de la ayuda se realiza tras la publicación de la concesión. 5. **Justificación:** * Presenta la documentación requerida en las bases específicas a través de [Estado de mis gestiones](https://ovt.gencat.cat/gsitfc/AppJava/tramit/quepro.do?reqCode=list&set-locale=es_ES&portalId=1). ## Después de hacerlo * El plazo máximo para resolver es de seis meses desde la publicación de la convocatoria. Si no recibes respuesta en este tiempo, se considera que tu solicitud ha sido denegada. * Puedes presentar un recurso de alzada ante el/la consejero/a de Cultura en el plazo de un mes a partir de la recepción de la notificación. ## Ayuda * **Consultas sobre la subvención:** 93 316 28 08, [xus.sanchez@gencat.cat](mailto:xus.sanchez@gencat.cat) * **Consultas técnicas sobre la tramitación telemática:** 93 552 91 66 * [Normativa aplicable](https://web.gencat.cat/es/tramits/tramits-temes/Subvencio-per-al-foment-de-la-difusio-de-cinema-en-versio-catalana-original-doblada-o-subtitulada-i-de-produccio-catalana-en-sales-dexhibicio?category=73da721c-a82c-11e3-a972-000c29052e2c#normativa)

  • Se subvenciona la contratación laboral de personas destinatarias de la renta mínima de inserción (RMI), así como de otros colectivos en riesgo de exclusión social procedentes de una empresa de inserción, por parte de las empresas y entidades col colaboradoras de inserción, y los proyectos de autoempleo que emprenden estos colectivos.

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    Plazo: del 20 de octubre al 3 de noviembre de 2016
    Para garantizar que se está utilizando la última versión de los formularios en el momento de la tramitación, hace falta que cada vez que se tengan que utilizar, los descarguéis. Si reutilizáis los documentos para otras ocasiones, puede pasar que se presente una versión obsoleta.

    A quién va dirigido

    • A cualquier empresa, ya sea persona física o jurídica, con excepción de las empresas de trabajo temporal.
    • A entidades constituidas legalmente.
    • A las administraciones públicas.
    • A las personas destinatarias de la RMI que se autoemplean.
    • A las personas en riesgo o situación de exclusión social procedentes de empresas de inserción que se autoemplean.

    Organismo responsable

    Normativa

    Solicitar la ayuda

    Plazos

    El plazo para presentar la solicitud es del 20 de octubre al 3 de noviembre de 2016.

    Documentación

    Documentación que se debe adjuntar a la solicitud:
    Para el Programa A:

    1. Hoja de domiciliación bancaria debidamente diligenciada, de acuerdo con el modelo del Departamento de la Vicepresidencia y de Economía y Hacienda, firmada y sellada por la entidad financiera y firmada por la persona solicitante. Esta hoja solo se deberá aportar en el caso de cambio de datos o si es la primera vez que se solicita una subvención al Departamento de Trabajo, Asuntos Sociales y Familias.
    2. Los/las solicitantes que hayan negociado con la Administración una prórroga, un aplazamiento, una moratoria o cualquier otra condición especial, deben aportar la documentación que acredite esta prerrogativa especial.

    Para el Programa B

    1. Hoja de domiciliación bancaria debidamente diligenciada, de acuerdo con el modelo del Departamento de la Vicepresidencia y de Economía y Hacienda, firmada y sellada por la entidad financiera y firmada por la persona solicitante. Esta hoja solo se deberá aportar en el caso de cambio de datos o si es la primera vez que se solicita una subvención al Departamento de Trabajo, Asuntos Sociales y Familias.
    2. Los/las solicitantes que hayan negociado con la Administración una prórroga, un aplazamiento, una moratoria o cualquier otra condición especial, deben aportar la documentación que acredite esta prerrogativa especial.
    3. Certificado de exclusión actualizado emitido por los servicios sociales públicos para cada trabajador/a que se quiera contratar, en caso que la empresa de inserción de origen no haya recibido ayudas a la contratación de esta misma persona, y por tanto, la persona no conste en la base de datos del Departamento de Trabajo, Asuntos Sociales y Familias como destinataria de subvenciones a las empresas de inserción.

    Para el Programa C

    1. Proyecto de autoempleo, en caso de solicitud inicial de la subvención.
    2. Memoria justificativa de la actividad que se ha realizado y una previsión para los próximos meses, en caso de solicitud para continuar el ejercicio de una actividad subvencionada en convocatorias anteriores.
    3. Hoja de domiciliación bancaria debidamente diligenciada, de acuerdo con el modelo del Departamento de la Vicepresidencia y de Economía y Hacienda, firmada y sellada por la entidad financiera y firmada por la persona solicitante. Esta hoja solo se deberá aportar en el caso de cambio de datos o si es la primera vez que se solicita una subvención al Departamento de Trabajo, Asuntos Sociales y Familias.
    4. Certificado de exclusión actualizado emitido por los servicios sociales públicos, en caso de que se trate de una persona perteneciente al colectivo de las personas en riesgo o situación de exclusión social procedentes de una empresa de inserción y no conste en la base de datos del Departamento de Trabajo, Asuntos Sociales y Familias como destinataria de las subvenciones a las empresas de inserción.
    5. Documentación que acredite una prórroga, un aplazamiento, una moratoria o cualquier otra condición especial que se haya negociado con la Administración, si procede.

    Requisitos

    Las entidades solicitantes tendrán que cumplir los requisitos siguientes:

    1. Dar ocupación, al menos, a un 2% de trabajadores y trabajadoras con discapacidad sobre el número total de trabajadores de la entidad, o bien aplicar las medidas alternativas de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 42 del Real decreto legislativo 1/2013, de 29 de noviembre, por el que se aprueba el Texto refundido de la Ley general de derechos de las personas con discapacidad y su inclusión social; el Real decreto 364/2005, de 8 de abril, por el que se regula el cumplimiento alternativo con carácter excepcional de la cuota de reserva a favor de trabajadores con discapacidad, y el Decreto 86/2015, de 2 de junio, sobre la aplicación de la cuota de reserva del 2% a favor de personas con discapacidad en empresas de 50 o más personas trabajadoras y de las medidas alternativas de carácter excepcional a su cumplimiento.
    2. Cumplir las obligaciones tributarias ante el Estado y la Generalidad y las obligaciones ante la Seguridad Social. Este cumplimiento deberá mantenerse a lo largo de todo el procedimiento: en el momento de presentación de la solicitud, previamente a la resolución de otorgamiento, y antes de recibir cualquier pago.
    3. No encontrarse en ninguna de las circunstancias que impiden adquirir la condición de beneficiario previstas en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones (BOE núm. 276, de 18.11.2003).
    4. Indicar, de acuerdo con los agentes sociales, los medios que utilizan para prevenir y detectar casos de acoso sexual y de acoso por razón de sexo y para intervenir en sus centros de trabajo. Este requisito sólo es aplicable en el caso de empresas con una plantilla igual o superior a veinticinco personas, tal como establece el artículo 29 de la Ley 5/2008, de 24 de abril, del derecho de las mujeres a erradicar la violencia machista.
    5. Cumplir los requisitos establecidos en los artículos 32.1, 32.3 y 36.4 de la Ley 1/1998, de 7 de enero, de política lingüística (DOGC núm. 2553, de 9.1.1998).
    6. No haber sido sancionadas, en resolución firme, por cometer una infracción grave en materia de integración laboral de personas con discapacidad o muy grave en materia de relaciones laborales o en materia de seguridad y salud en el trabajo, de conformidad con el Texto refundido de la Ley sobre infracciones y sanciones del orden social, aprobado por el Real decreto legislativo 5/2000, de 4 de agosto (BOE núm. 189, de 8.8.2000), o, si han sido sancionadas, haber aplicado las medidas correctoras previstas y abonado las cantidades requeridas por este concepto.
    7. Cumplir las obligaciones y no incurrir en los supuestos de prohibición establecidos en los artículos 90 bis y 92 bis del Decreto legislativo 3/2002, de 24 de diciembre, por el que se aprueba el Texto refundido de la Ley de finanzas públicas de Cataluña (DOGC núm. 3791A, de 31.12.2002).
    8. Disponer de un sistema de organización y de gestión de la prevención de acuerdo con la Ley 31/1995, de 8 de noviembre, de prevención de riesgos laborales; el Real decreto 39/1997, de 1 de enero, por el que se aprueba el Reglamento de los servicios de prevención, y las modificaciones posteriores introducidas por la Ley 54/2003, de 12 de diciembre, de reforma del marco normativo de la prevención de riesgos laborales.
    9. Cumplir la obligación de respetar la igualdad de trato y de oportunidades en el ámbito laboral y, con esta finalidad, adoptar medidas dirigidas a evitar cualquier tipo de discriminación laboral entre hombres y mujeres. En el caso de las empresas de más de 250 trabajadores y trabajadoras, deben elaborar y aplicar con carácter obligatorio un plan de igualdad, de acuerdo con lo establecido en el artículo 45 de la Ley orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva entre hombres y mujeres (BOE núm. 71, de 23.3.2007).
    10. En caso de que los beneficiarios sean fundaciones, adaptar sus estatutos según la disposición transitoria primera de la Ley 4/2008, de 24 de abril, del libro tercero del Código civil de Cataluña, relativo a las personas jurídicas, y a la Ley 5/2011, de 19 de julio, de modificación de la anterior.
    11. En caso de que los beneficiarios sean fundaciones, haber cumplido el deber de presentar las cuentas anuales ante el Protectorado, de acuerdo con el artículo 336.3 del libro tercero del Código civil de Cataluña, aprobado por la Ley 4/2008, de 24 de abril.
    12. En caso de que los beneficiarios sean asociaciones, acreditar la adaptación de sus estatutos a las disposiciones del libro tercero del Código civil de Cataluña.
    13. No haber superado la cuantía máxima de las ayudas de minimis que puede recibir una empresa en el periodo de tres ejercicios fiscales.
    14. En caso de que los beneficiarios sean personas físicas empresarias, estar dado de alta en el censo del impuesto sobre actividades económicas.
    15. En caso de que los beneficiarios sean entidades sin ánimo de lucro, estar inscritas en el registro correspondiente.
    16. Cumplir con las reglas de conducta y los principios éticos, de acuerdo con la Ley 19/2014, de 29 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno, para regular y garantizar la transparencia de la actividad pública y el derecho de acceso de las personas a la información y la documentación públicas.
    17. Las personas solicitantes respetarán lo establecido en la Ley 17/2015, de 21 de julio, de igualdad efectiva de mujeres y hombres.
    18. No haber sido objeto de sanciones administrativas firmes ni de sentencias firmes condenatorias por haber ejercido o tolerado prácticas laborales consideradas discriminatorias por razón de sexo o de género, tal como establece el artículo 11 de la Ley 17/2015, del 21 de julio, de igualdad efectiva de mujeres y hombres.
    19. Cumplir la obligación que establece el artículo 13.5 de la Ley 26/2015, de 28 de julio, de modificación del sistema de protección a la infancia y la adolescencia, de que el personal de las entidades cuyas actividades supongan el acceso y el ejercicio de las profesiones, los oficios y las actividades que impliquen contacto habitual con menores, no puede haber sido condenado por sentencia firme por algún delito contra la libertad y la indemnidad sexual, que incluye la agresión y el abuso sexual, el acoso sexual, el exhibicionismo y la provocación sexual, la prostitución y la explotación sexual y la corrupción de menores, así como por tráfico de seres humanos.
    20. Cumplir cualquier otra obligación legal o reglamentaria que les pueda afectar.

    Tasas

    No hay tasas asociadas a este trámite.

    Otras informaciones

    Personas beneficiarias de estas subvenciones:

    • Las personas acogidas a la Ley 10/1997, de 3 de julio, de la renta mínima de inserción (RMI).
    • Las personas en situación de exclusión social procedentes de empresas de inserción.


    Obligaciones específicas de la empresa o entidad que solicita la subvención

    1. Contratar a la persona beneficiaria del RMI o procedente de la empresa de inserción y asumir las obligaciones derivadas de la ley, del convenio colectivo y del contrato de trabajo que se ha firmado.
    2. Abonar las cuotas de la Seguridad Social correspondientes.
    3. Satisfacer el salario a la persona contratada.

    Será condición necesaria que las personas destinatarias del RMI formen parte de un expediente del RMI que se encuentre en estado vigente o que se haya suspendido o extinguido por motivo de la inserción laboral derivada de la contratación laboral que da derecho a esta subvención.
    Las personas procedentes de una empresa de inserción tendrán que haber finalizado su contrato con la empresa posteriormente al 14 de octubre de 2015.

    Plazos

    Del20.10.2016al 03.11.2016

    Presencialmente


    Puntos de tramitación

    Se debe rellenar el formulario de solicitud y anexar la documentación que corresponda (ver apartado Documentación) y presentar toda la documentación en cualquier oficina de la red de Oficinas de Gestión Empresarial.

  • ## Resumen Esta página ofrece información sobre las subvenciones disponibles para jóvenes que deseen iniciar su propio negocio en el marco del programa REACT-UE. Proporciona enlaces para solicitar la ayuda y para aportar documentación de años anteriores. ## ¿Qué necesitas hacer? Consulta las opciones disponibles y selecciona la que corresponda a tu situación para acceder a la información y condiciones de tramitación: * [Solicitar la ayuda](https://web.gencat.cat/es/tramits/tramits-temes/Subvencions_afavorir_incorporacio_mercat_treball_joves_acollits_Programa_Garantia_Juvenil-00002?category=&temesNom=Treball&moda=1) * [Aportación de documentación 2021](https://web.gencat.cat/es/tramits/tramits-temes/Subvencions_afavorir_incorporacio_mercat_treball_joves_acollits_Programa_Garantia_Juvenil-00002?category=&temesNom=Treball&moda=2) * [Aportación de documentación 2020](https://web.gencat.cat/es/tramits/tramits-temes/Subvencions_afavorir_incorporacio_mercat_treball_joves_acollits_Programa_Garantia_Juvenil-00002?category=&temesNom=Treball&moda=3) * [Aportación de documentación de años anteriores](https://web.gencat.cat/es/tramits/tramits-temes/Subvencions_afavorir_incorporacio_mercat_treball_joves_acollits_Programa_Garantia_Juvenil-00002?category=&temesNom=Treball&moda=4) *Fecha de actualización: 23.07.2024*

  • ## Resumen Esta subvención busca impulsar el desarrollo de un centro financiero en Cataluña, promoviendo la innovación, la sostenibilidad y el emprendimiento en el sector. **Quién puede usar este servicio:** Empresas y profesionales del sector financiero. **Plazo:** La convocatoria estuvo abierta del 8 de septiembre al 31 de octubre de 2023. ## Lo que necesitas **Documentos requeridos:** * La documentación específica se detalla en el formulario de solicitud. **Requisitos previos:** * Estar legalmente constituido como empresa o profesional. * Ejercer una actividad económica relacionada con el sector financiero. **Costes:** * Este trámite no tiene tasas. ## Cómo hacerlo **Paso a paso del proceso:** 1. **Solicitar la subvención:** A través del formulario online (Iniciar). 2. **Aportar documentación:** Adjuntar la documentación requerida a través del formulario online (Iniciar). 3. **Consultar el estado del trámite:** A través del Área privada (Área privada) o el Estado de mis gestiones (Estado de mis gestiones). 4. **Recibir la respuesta de la Administración:** La resolución se publicará en el Tablón electrónico de la Administración de la Generalitat (Tablón electrónico). ## Después de hacerlo **Plazos de resolución:** * Propuesta de resolución provisional: 2 meses. * Resolución definitiva: 1 mes. **Siguientes pasos:** * En caso de disconformidad, se puede interponer un recurso de reposición o un recurso contencioso administrativo. ## Ayuda * Para resolver dudas, puedes enviar un correo electrónico a gabinet.tecnic.eco@gencat.cat. * Teléfono 012 ## Normativa * ORDEN ECO/202/2023, de 1 de agosto * RESOLUCIÓN ECO/3054/2023, de 6 de septiembre * CORRECCIÓN DE ERRORES en la Orden ECO/202/2023, de 1 de agosto

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