Subvención para el fomento de la difusión de cine en versión catalana, original, doblada o subtitulada, y de producción catalana, en salas de exhibición
Información Rápida
Objetivo
Apoyar económicamente a las salas de cine en Cataluña que proyecten películas en catalán (versión original, doblada o subtitulada) o producciones catalanas en otros idiomas.
¿Quién puede solicitarlo?
Empresas o entidades titulares de salas de exhibición cinematográfica ubicadas en Cataluña, inscritas en los registros correspondientes.
Requisitos principales
- La exhibición de las películas debe realizarse durante el período especificado en la convocatoria.
- Mantener las condiciones laborales del personal.
- Incompatibilidad con otras ayudas para la misma finalidad.
Plazos
El plazo de presentación de solicitudes es del 25 de septiembre al 10 de octubre de 2024.
Duración del trámite
6 meses
Información adicional
Las subvenciones se adecuan al Reglamento (UE) núm. 651/2014 de la Comisión.
Resumen
Subvención destinada a fomentar la difusión de cine en versión catalana (original, doblada o subtitulada) y de producción catalana en salas de exhibición ubicadas en Cataluña.
Quién puede usar este servicio:
Empresas y entidades titulares de la explotación de salas de exhibición cinematográfica en Cataluña.
Antes de empezar:
- Es necesario disponer de certificado digital para realizar el trámite online.
- El plazo de presentación de solicitudes es del 25 de septiembre al 10 de octubre de 2024.
Lo que necesitas
Documentos requeridos:
- Declaración responsable de mantener las condiciones laborales del personal.
- Si aplica, declaración responsable del número de entradas vendidas a centros escolares para sesiones matinales.
Requisitos previos:
- Estar inscrito en el Registro de Empresas Audiovisuales de Cataluña o en el Registro Administrativo de Empresas Cinematográficas y Audiovisuales (ICAA).
- Cumplir con los requisitos especificados en las bases generales y específicas de la convocatoria.
Costes y plazos:
- El trámite no tiene coste.
- El plazo de resolución es de 6 meses desde la publicación de la convocatoria.
Cómo hacerlo
Paso a paso del proceso:
- Solicitar: Presentar la solicitud online a través de Tramits gencat, dentro del plazo establecido.
- Consultar el estado del trámite: Verificar el estado de la solicitud en Estado de mis gestiones.
- Recibir la respuesta: La resolución provisional se publicará en el Tablón de la Sede electrónica de la Generalitat de Cataluña. Los beneficiarios tendrán 10 días hábiles para presentar reformulaciones, renuncias o documentación adicional.
- Recibir la subvención: El pago del 100% de la ayuda se tramita a partir de la publicación de la concesión.
- Justificación: Presentar la documentación justificativa a través de Tramites gencat/Estado de mis gestiones.
Información sobre cada etapa:
- Solicitud: Se realiza online con certificado digital a través de los siguientes enlaces:
- Respuesta: La resolución se publica en el tablón electrónico de la Generalitat.
Tiempos de espera:
- El plazo máximo para dictar y notificar la resolución es de seis meses desde la publicación de la convocatoria.
Después de hacerlo
Qué sucede después:
- Una vez concedida la subvención, se procede al pago del 100% de la ayuda.
- Los beneficiarios deben justificar la subvención presentando la documentación requerida.
Plazos de resolución:
- El plazo máximo para dictar y notificar la resolución es de seis meses desde la publicación de la convocatoria.
Siguientes pasos:
- Presentar la documentación justificativa en el plazo establecido.
Ayuda
Contacto:
- Consultas sobre los contenidos de la subvención: 93 316 28 08, xus.sanchez@gencat.cat
- Consultas técnicas sobre la tramitación telemática: 93 552 91 66
Recursos adicionales:
- Convocatoria
- Texto refundido de las bases específicas
- Modificación de las bases específicas
- Bases específicas
- Text refós de les Bases Generals reguladores dels procediments per a la concessió d’ajuts en règim de concurrència tramitats per l’ICEC
- Segunda modificación de las bases generales reguladoras de los procedimientos para la concesión de ayudas en régimen de concurrencia del Instituto Catalán de las Empresas Culturales
- Modificación de las bases generales reguladoras de los procedimientos para la concesión de ayudas en régimen de concurrencia
- Bases generales reguladoras de los procedimientos para la concessión de ayudas en régimen de concurrència
Normativa
- Convocatoria
- Texto refundido de las bases específicas
- Modificación de las bases específicas
- Bases específicas
- Text refós de les Bases Generals reguladores dels procediments per a la concessió d’ajuts en règim de concurrència tramitats per l’ICEC
- Segunda modificación de las bases generales reguladoras de los procedimientos para la concesión de ayudas en régimen de concurrencia del Instituto Catalán de las Empresas Culturales
- Modificación de las bases generales reguladoras de los procedimientos para la concesión de ayudas en régimen de concurrencia
- Bases generales reguladoras de los procedimientos para la concessión de ayudas en régimen de concurrència