## Resumen Este trámite permite solicitar subvenciones para proyectos de investigación educativa en niveles no universitarios en Cataluña. Se excluyen proyectos que organicen cursos, seminarios o congresos. Las investigaciones deben estar relacionadas con el sistema educativo catalán. Hay tres líneas de investigación: * Línea A: Investigación con datos cuantitativos y metodologías experimentales. * Línea B: Revisión de literatura con análisis de casos y propuestas. * Línea C: Aplicación de resultados de investigación en centros educativos. ## Lo que necesitas * **Documentación:** * Memoria del proyecto (catalán e inglés para líneas A y C). * Presupuesto. * Cronograma. * Compromisos de ejecución (si aplica). * Currículums del equipo. * Autorización del investigador principal (si aplica). * Título de doctor (línea B). * Copia del libro de familia (si aplica). * Estatutos de la entidad. * Acreditación de representación. * Solicitud de acceso a centros educativos (si aplica). * Solicitud de acceso a datos confidenciales (si aplica). * **Plazos:** La convocatoria de 2023 estuvo abierta del 1 al 21 de septiembre. * **Tasas:** Este trámite no tiene tasas. ## Cómo hacerlo 1. **Solicitar la subvención:** Presentar la solicitud con la documentación requerida a través del formulario online. 2. **Recibir respuesta:** La administración notificará la resolución provisional y definitiva a través del Tablón electrónico de la Generalitat y EACAT. 3. **Aportar documentación adicional:** En caso de ser requerida, presentar la documentación en el plazo indicado. ## Después de hacerlo * La resolución definitiva se publica en el Tablón electrónico y EACAT. * Si no hay resolución en 6 meses, la solicitud se considera rechazada. ## Ayuda * **Organismo responsable:** Departament d'Educació i Formació Professional, Direcció General d'Innovació, Digitalització i Currículum. * **Normativa:** * ORDEN EDF/249/2024 * RESOLUCIÓN EDU/2903/2023 * ORDEN EDU/176/2023
## Resumen Este trámite te permite acceder a las diferentes opciones relacionadas con las subvenciones para proyectos de investigación en medicina personalizada (EP PerMed). Puedes solicitar la subvención, aportar documentación adicional o justificar la subvención recibida. ## Cómo hacerlo Elige la opción que corresponda a tu situación: * **Solicitar la subvención:** Inicia el proceso para optar a la subvención. * **Aportar documentación:** Entrega documentos adicionales requeridos para tu solicitud. * **Justificar la subvención:** Presenta la documentación necesaria para justificar el uso de los fondos recibidos. ## Enlaces de interés * [Solicitar la subvención](https://web.gencat.cat/es/tramits/tramits-temes/Subvencions-per-a-projectes-de-recerca-en-medicina-personalitzada-EP-PerMed?category=76080094-a82c-11e3-a972-000c29052e2c&moda=1) * [Aportar documentación](https://web.gencat.cat/es/tramits/tramits-temes/Subvencions-per-a-projectes-de-recerca-en-medicina-personalitzada-EP-PerMed?category=76080094-a82c-11e3-a972-000c29052e2c&moda=2) * [Justificar la subvención](https://web.gencat.cat/es/tramits/tramits-temes/Subvencions-per-a-projectes-de-recerca-en-medicina-personalitzada-EP-PerMed?category=76080094-a82c-11e3-a972-000c29052e2c&moda=3)
Subvenciones de uno a tres años de duración para la financiación de proyectos de investigación orientados a la atención primaria, para su transferencia a la práctica clínica en modalidades individuales y/o coordinados. Estos proyectos permitirán la contratación de personal vinculado y la adquisición de bienes y servicios y gastos de movilidad.
Con esta línea de subvenciones se pretende:
Financiar una línea de investigación de calidad estable en el área de la atención primaria, y fomentar la colaboración de diferentes equipos de investigación.
Impulsar la financiación de proyectos de investigación solicitados por investigadores nacidos en el año 1971 o en una fecha posterior que han desarrollado una línea de investigación de
Fomentar la presentación de proyectos multicéntricos que hagan posible la creación de contextos de cooperación científica en el ámbito de la atención primaria.
Incentivar la participación del personal investigador que realiza tareas asistenciales en centros del SISCAT como investigadores principales de proyectos.
Puede consultar la lista provisional de admitidos y excuídos enmendables (requerimiento) en el Tablón electrónico de la Administración de la Generalitat de Catalunya. Recuerde que dispone de 10 días hábiles (del 1 al 16 de diciembre de 2016, ambos incluidos) para realizar la tramitación correspondiente a través de la modalidad de "Aportar documentos de la subvención". Consulte el Paso 2. Consulte la Resolución provisional de admitidos y excluídos enmendables.
Para rellenar correctamente los formularios es necesario que los guarde, en formato PDF, en su ordenador con el nombre que quiera y los abra con una versión actualizada del programa Adobe Reader (versión 9.1 o superior). Es importante que recuerde la carpeta donde haya guardado los ficheros. En caso de duda sobre la tramitación en línea, consulte los subapartados Cómo tramitar en línea y las recomendaciones de Privacidad y seguridad disponibles en el apartado Trámites del portal Gencat o bien llame al 012.
También puede enviar un correo electrónico a: peris@gencat.cat
A las instituciones que gestionen actividades de investigación en centros del ámbito asistencial del SISCAT o del ámbito de la salud pública, incluyendo los institutos de investigación sanitaria acreditados (IRS). En este caso, los IRS pueden presentar solicitudes para los grupos de investigación pertenecientes a cualquiera de las instituciones signatarias de su convenio de constitución. El centro de realización de la actividad tiene que ser el citado IRS.
El plazo para presentar la solicitud es del 28 de octubre al 17 de noviembre de 2016, ambos días incluidos.
Documentación que hay que presentar en el paso 1, Solicitar la subvención:
Solicitud de la subvención. Se tiene que presentar una solicitud separada para cada proyecto de investigación orientado por el que se pide la ayuda.
Memoria científico-técnica, en que se describa el proyecto en el ámbito de la investigación e innovación para el que se pide la subvención, de acuerdo con el modelo normalizado. Se tiene que presentar una memoria para cada uno de los proyectos presentados, de acuerdo con el modelo normalizado.
Currículum del investigador o investigadora principal, de acuerdo con el modelo normalizado que se puede crear/descargar a través de la página web de la Fundación Española para la Ciencia y la Tecnología.
Importante: la memoria científico-técnica y el currículum del investigador o investigadora principal no tienen carácter enmendable una vez finalizado el periodo de presentación de solicitudes.
Requisitos del proyecto de investigación:
Es necesario que cumpla los principios y disposiciones legales y reglamentarias vigentes y, en concreto, los del punto 4 de la
Tiene que disponer del informe de la comisión de investigación u órgano equivalente del centro al cual pertenezca el investigador o investigadora principal, que debe declarar la viabilidad de los programas en todos sus términos.
Es necesario que disponga de los informes y las autorizaciones del comité ético de investigación clínica y los demás órganos colegiados responsables de velar por el cumplimiento de los convenios y las normas existentes en materia de investigación que se consideren necesarios. En caso de que no se disponga de este informe en el momento de finalización del plazo de solicitud, es suficiente la posesión de su certificado de presentación al citado Comité. Se deberá disponer de la autorización correspondiente en el momento en que se resuelva la convocatoria.
Los proyectos se deberán presentar en forma de proyectos multicéntricos (realizados de acuerdo con un protocolo único, en más de un centro). En este tipo de proyectos, deberán presentar una única solicitud las fundaciones que gestionen la actividad de investigación del centro al que esté vinculado el investigador o investigadora principal, que deberá actuar como coordinador o coordinadora, y figurar en un mismo equipo todos los investigadores colaboradores, con independencia del centro desde el que participen (multicéntrico con un centro beneficiario de la subvención). En aquellos proyectos en los que participen centros hospitalarios, estos deberán estar coordinados con la atención primaria y el liderazgo del proyecto siempre deberá ser de un grupo de investigación en el ámbito de la atención primaria.
Requisitos de los participantes en los equipos de investigación:
Deben tener formalizada su vinculación funcionarial, estatutaria, laboral o de formación remunerada con cualquiera de las entidades que pueden presentar solicitudes para esta actuación, como mínimo durante todo el periodo comprendido entre el plazo para la presentación de solicitudes y el momento de la resolución de concesión.En el momento en que pierdan esta vinculación con posterioridad a la notificación de la resolución de concesión, dejan de pertenecer al equipo de investigación.
En caso de investigadores colaboradores, la pérdida de la vinculación exigida antes de la resolución de concesión supondrá la exclusión del equipo investigador del proyecto.
En casos excepcionales, cuando su contribución se considere necesaria para la viabilidad del programa, los equipos de investigación pueden incorporar a personal cuya vinculación contractual sea con entidades sin domicilio social en Cataluña. Este tipo de personal no puede superar el 25% del total de los miembros del equipo.
Requisitos de los investigadores principales:
Pertenecer a la plantilla del centro asistencial del SISCAT que coordina el proyecto y tener formalizado con él su vinculación funcionarial, estatutaria o laboral, como mínimo durante todo el periodo comprendido entre el plazo para la presentación de solicitudes y el momento de la resolución de concesión. La pérdida de la vinculación del investigador o investigadora principal antes de la resolución de concesión determina su baja en el proyecto, y no es posible sustituirlo, lo que conlleva que no se valore el proyecto y se desestime la solicitud.
No estar realizando un programa de formación sanitaria especializada (FSE), ni un contrato de formación predoctoral o de perfeccionamiento posdoctoral de cualquier naturaleza, ni un contrato Río Hortega de formación en investigación para profesionales que hayan finalizado la FSE.
Deben dedicarse únicamente al proyecto solicitado.
Requisitos de la entidad beneficiaria:
El objeto social de la entidad tiene que ser conforme con la actuación subvencionable de acuerdo con los programas en función de los cuales se pide la subvención.
La entidad debe estar dada de alta en el censo del impuesto sobre actividades económicas en los supuestos en que sea obligatorio, y tiene que estar inscrita, en su caso, en el registro correspondiente.
En caso de que la entidad tenga una plantilla igual o superior a cincuenta personas, es necesario que cumpla lo que establece el artículo 42 del Real decreto legislativo 1/2013, de 24 de abril, por el que se aprueba el Texto refundido de la Ley general de derechos de las personas con discapacidad y de su inclusión social y, en su caso, el Real decreto 364/2005, de 8 de abril, por el que se regula el cumplimiento alternativo con carácter excepcional de la cuota de reserva a favor de los trabajadores con discapacidad.
En caso de que la entidad tenga una plantilla igual o superior a veinticinco personas, es necesario que presente una declaración de los medios que se utilizan para prevenir y detectar casos de acoso sexual y de acoso por razón de género, y para intervenir en ellos, de acuerdo con el artículo 29 de la Ley 5/2008, de 24 de abril, del derecho de las mujeres a erradicar la violencia machista.
Tiene que cumplir lo que establecen los artículos 33 y 36.4 de la Ley 1/1998, de 7 de enero, de política lingüística.
No se puede encontrar en ninguna de las circunstancias que prevé el artículo 13.2 y 3 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones.
No puede haber sido sancionada por una resolución firme, durante los últimos tres años, por la comisión de una infracción grave en materia de integración laboral de las personas discapacitadas, o por la comisión de una infracción muy grave en materia de relaciones laborales o en materia de prevención de riesgos laborales, de conformidad con el Texto refundido de la Ley sobre infracciones y sanciones del orden social, aprobado por el Real decreto legislativo 5/2000, de 4 de agosto, y la Ley 31/1995, de 8 de noviembre, de prevención de riesgos laborales.
No ha haber sido sancionada o condenada por una resolución administrativa o sentencia firme, durante los últimos tres años, por haber ejercido o tolerado prácticas laborales consideradas discriminatorias por razón de sexo o de género, de conformidad con la Ley 17/2015, de 21 de julio, de igualdad efectiva de hombres y mujeres.
Es necesario que disponga de los medios humanos y materiales necesarios y que tenga asignados los recursos económicos necesarios para realizar la actividad de prevención de riesgos laborales en la empresa, de acuerdo con lo que dispone la Ley 31/1995, de 8 de noviembre.
No tiene que haber recibido ni pedido subvenciones por la misma actividad que puedan otorgar la Administración de la Generalitat de Catalunya, la Administración del Estado o las demás administraciones públicas o entes de naturaleza pública o privada, nacionales o internacionales.
Es necesario que cumpla la normativa sobre propiedad intelectual.
En el caso de asociaciones y fundaciones, debe tener adaptados sus estatutos de acuerdo con la disposición transitoria primera de la Ley 4/2008, de 24 de abril, del libro tercero del Código civil de Cataluña, relativo a las personas jurídicas.
En el caso de las fundaciones, tiene que cumplir el deber de presentar las cuentas anuales ante el protectorado, de acuerdo con el artículo 336-3 del libro tercero del Código civil de Cataluña, aprobado por la Ley 4/2008, de 24 de abril.
Se tiene que adherir al código ético que se incorpora como anexo 2 de las bases reguladoras de estas subvenciones, y que recoge el anexo del Acuerdo del Gobierno GOV/85/2016, de 28 de junio, por el que se aprueba la modificación del modelo tipo de bases reguladoras aprobado por el Acuerdo del Gobierno GOV/110/2014, de 22 de julio, por el que se aprueba el modelo tipo de bases reguladoras de los procedimientos para la concesión de subvenciones en régimen de concurrencia competitiva, tramitados por la Administración de la Generalidad y su sector público, y se aprueba su texto íntegro, al amparo de lo que establece el artículo 55.2 de la Ley 19/2014, de 29 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno.
En el caso de las subvenciones para acciones plurienales, es necesario que acredite documentalmente que el proyecto tiene continuidad al menos durante el periodo para el cual se ha solicitado la plurienalidad, con indicación de los fondos de financiación previstos, así como la viabilidad económica para desarrollar el proyecto durante el periodo para el cual se solicita la plurienalidad.
En el caso de proyectos o actuaciones que impliquen contacto habitual con menores, tiene que presentar una declaración responsable conforme se dispone de las certificaciones que regula el artículo 13.5 de la Ley orgánica 1/1996, de 15 de enero, de protección jurídica del menor, de modificación parcial del Código civil y de la ley de enjuiciamiento criminal, o bien conforme se han solicitado previamente en la publicación de la propuesta de resolución provisional de concesión, para acreditar que el personal de las entidades cuyas actividades supongan el acceso y ejercicio en las profesiones, oficios y actividades que impliquen contacto habitual con menores no ha sido condenado por ninguna sentencia firme con respecto a delitos contra la libertad e indemnidad sexual, que incluyen la agresión y abuso sexual, el acoso sexual, el exhibicionismo y la provocación sexual, la prostitución y la explotación sexual y la corrupción de menores, así como por tráfico de seres humanos, y que, en caso de que cambie alguna persona adscrita al proyecto, se compromete a realizar la comprobación oportuna con respecto al caso.
Las personas jurídicas que puedan percibir una subvención por un importe superior a 10.000 euros tienen que comunicar al órgano concedente, mediante una declaración responsable, la información relativa a las retribuciones de sus órganos de dirección o administración, a fin de que el órgano concedente las haga públicas.
Tiene que cumplir los requisitos de estas bases generales, así como cualquier otra obligación legal o reglamentaria que pueda afectarlos.
Adicionalmente, y con respecto al régimen de incompatibilidades, no tiene que estar inmersa en ninguno de los supuestos que prevé el régimen de incompatibilidades que establece el punto 24 de la convocatoria.
La Administración está facultada para verificar los datos declarados. La inexactitud, falsedad u omisión de carácter esencial en cualquier dato o documento que acompañe esta declaración conllevan, previa audiencia de la persona interesada, que se deje sin efecto este trámite e impiden el ejercicio del derecho o la actividad afectada desde el momento en que se conocen.
No hay tasas asociadas a este trámite.
La entidad coordinadora solicitante tiene que presentar una solicitud para cada proyecto por el que pide una ayuda.
Son susceptibles de financiación los proyectos de calidad contrastada que tengan como objetivos principales los siguientes:
Encargarse de la transferencia y aplicación del conocimiento científico-técnico a la mejora en la prevención, diagnóstico y tratamiento de las enfermedades y a las actividades de promoción de la salud pública y los servicios de salud, en el ámbito de la atención primaria.
Fomentar las sinergias, impulsar el talento y fortalecer las estructuras de gobernanza que agreguen las capacidades científico-técnicas de los centros asistenciales del SISCAT.
Promover la financiación del primer proyecto de investigación de calidad contrastada de investigadores nacidos en 1971 o en una
Aspectos importantes para rellenar el formulario de solicitud:
En el apartado ?Datos de identificación de la persona, institución o entidad solicitante?, tiene que mantener seleccionado el tipo de persona ?Persona jurídica? que está seleccionado por defecto.
Después del apartado ?Datos de la propuesta, proyecto o programa de investigación e innovación en salud,? y antes del apartado ?Solicitud del anticipo del 80% de la subvención otorgada?, encontrará datos específicos de cada una de las líneas de la convocatoria SLT/2381/2016, de 19 d'octubre. Sólo debe rellenar los datos de la línea concreta por la que pide la subvención.
En el apartado ?Subvenciones para la investigación e innovación 2017-2019?, es necesario que dé de alta un bloque de información para cada una de las anualidades para las que se solicita la subvención. Es decir, es necesario que rellene los datos para el año 2017, para el año 2018 y para el año 2019.
Si quiere el anticipo del 80% de la subvención otorgada, debe seleccionar la casilla del apartado ?Solicitud del anticipo del 80% de la subvención otorgada?.
En el apartado ?Declaración de otras subvenciones o ayudas para la misma actividad procedentes de otros departamentos, administraciones y entidades públicas o privadas?, en el epígrafe ?Ha recibido o pedido otras ayudas para la misma finalidad?, tiene que marcar la opción ?No?.
En el apartado de "Declaración" hay que indicar la opción que aplica a la entidad solicitante en cada una de las declaraciones de las materias siguientes: ocupación de personas discapacitadas, prevención de riesgos laborales y retribuciones de los cargos directivos.
Procedimiento de concesión
El procedimiento de concesión de las subvenciones se tramita en régimen de concurrencia competitiva.
Gastos subvencionables
Los gastos subvencionables son los indicados en el punto 38 de la convocatoria.
En todo caso tienen que ser gastos que, de forma, inequívoca, respondan a la naturaleza de la actividad subvencionada.
Puede consultar las tablas de costes máximos de contratación imputables a la subvención.
Criterios de valoración y puntuación
En relación con la entidad solicitante y el proyecto respectivo, se consideran los siguientes criterios de valoración y la puntuación que se les atribuye:
Valoración del equipo de investigación: hasta 35 puntos.
Se valoran: historial científico (proyectos, publicaciones y patentes) del investigador o investigadora principal y del equipo de investigación en relación con la temática del proyecto; participación en programas internacionales de R+D+I; calidad y liderazgo; capacidad formativa del investigador o investigadora principal y del equipo y financiación obtenida de recursos humanos en convocatorias competitivas. Resultados previos obtenidos en el ámbito de la propuesta; trayectoria contrastada o potencial del investigador o investigadora principal y del equipo de investigación en el desarrollo de actividades de R+D+I en el marco de la Acción estratégica en salud.
Valoración del proyecto: hasta 65 puntos.
Se valoran: calidad, viabilidad, relevancia, interés, aplicabilidad y capacidad de transferencia del proyecto; capacidad del proyecto para generar mejoras en la prevención, diagnóstico y tratamiento de las enfermedades y en las actividades de promoción de la salud pública y los servicios de salud y para generar sinergias, impulsar el talento y la empleabilidad y fortalecer las estructuras de gobernanza que agregan las capacidades científico-técnicas de los centros asistenciales en Cataluña; impacto; plan de difusión y de transferencia de tecnología y de resultados; adecuación de la propuesta a los objetivos y prioridades que establece el PERIS en las diferentes actuaciones y complementariedad de la propuesta con otras actuaciones de R+D+I nacionales, internacionales o autonómicas.
Notificaciones electrónicas
Los requerimientos y demás actos administrativos se notifican a las personas interesadas por medios electrónicos en los términos que establecen los apartados 3 y 5 del artículo 43 de la Ley 26/2010, de 3 de agosto, de régimen jurídico y de procedimiento de las administraciones públicas de Cataluña.
Para más información, consulte el apartado de Notificaciones electrónicas de la web del Departamento de Salud.
Seguimiento del estado de la tramitación
Si ha iniciado el trámite mediante el canal telemático, puede realizar el seguimiento del estado de la solicitud en Trámites gencat, accediendo al espacio Mi carpeta, mediante firma electrónica, o bien accediendo al espacio Estado de mis gestiones, sin firma electrónica.
Plazos
Del28.10.2016al 17.11.2016
Descargue el formulario de solicitud y rellénelo. Este formulario requiere la identificación y autenticación mediante la firma electrónica de la persona representante legal de la entidad. En este caso, la firma de la solicitud también implica la firma de los documentos que se adjuntan.
Se tiene que presentar una solicitud separada para cada uno de los proyectos por los que se pide la ayuda.
Previamente, es necesario que descargue, rellene y guarde los siguientes documentos, que tienen que anexarse al formulario de solicitud:
Memoria científico-técnica, en que se describa la propuesta en el ámbito de la investigación e innovación en la cual se incorpora el científico o científica o el tecnólogo o tecnóloga, de acuerdo con el modelo normalizado.
Currículum del investigador o investigadora principal, de acuerdo con el modelo normalizado que se puede crear/descargar a través de la página web de la Fundación Española para la Ciencia y la Tecnología.
Importante: la memoria científico-técnica y el currículum del investigador o investigadora principal no tienen carácter enmendable una vez finalizado el periodo de presentación de solicitudes.
El tamaño total del fichero informático del formulario con sus ficheros adjuntos no puede superar los 5 MB. En caso de que se supere este tamaño, es necesario los ficheros adjuntos estén comprimidos (.zip o .rar). Si no dispone de un programa de compresión de ficheros, puede descargarse una versión gratuita en www.winzip.com o en www.winrar.es.
Descargue el formulario de solicitud y rellénelo. Este formulario requiere la identificación y autenticación mediante la firma electrónica de la persona representante legal de la entidad. En este caso, la firma de la solicitud también implica la firma de los documentos que se adjuntan.
Se tiene que presentar una solicitud separada para cada uno de los proyectos por los que se pide la ayuda.
Previamente, es necesario que descargue, rellene y guarde los siguientes documentos, que tienen que anexarse al formulario de solicitud:
## Resumen Este trámite te permite acceder a las subvenciones para proyectos de investigación enfocados en la atención primaria. ## ¿Qué necesitas hacer? Elige la opción que corresponda a tu situación: * [Solicitar](https://web.gencat.cat/es/tramits/tramits-temes/Subvencions-per-a-projectes-de-recerca-orientats-modalitat-atencio-primaria-Codi-SLT021?category=76080094-a82c-11e3-a972-000c29052e2c&moda=1) * [Aportar documentación de la subvención](https://web.gencat.cat/es/tramits/tramits-temes/Subvencions-per-a-projectes-de-recerca-orientats-modalitat-atencio-primaria-Codi-SLT021?category=76080094-a82c-11e3-a972-000c29052e2c&moda=2) * [Justificar la subvención](https://web.gencat.cat/es/tramits/tramits-temes/Subvencions-per-a-projectes-de-recerca-orientats-modalitat-atencio-primaria-Codi-SLT021?category=76080094-a82c-11e3-a972-000c29052e2c&moda=3) ## Trámites relacionados * [Subvenciones para la contratación de personal investigador en formación (PIF-Salut) - (Codi SLT017)](https://web.gencat.cat/es/tramits/tramits-temes/22089_-_Subvencions_per_a_la_contractacio_de_personal_investigador_en_formacio_PIF-Salut-Codi-SLT017?category=76080094-a82c-11e3-a972-000c29052e2c) * [Subvenciones para la incorporación de personal de apoyo a los grupos de investigación - (Código SLT028)](https://web.gencat.cat/es/tramits/tramits-temes/Subvencions-per-a-la-incorporacio-de-personal-de-suport-als-grups-de-recerca-Codi-SLT028?category=76080094-a82c-11e3-a972-000c29052e2c) * [Subvenciones para el impulso de la unidades de proyectos de R+D+I internacionales (Go Europe) - (Codi SLT028)](https://web.gencat.cat/es/tramits/tramits-temes/21453_-_Subvencions-per-a-limpuls-de-les-unitats-de-projectes-dRDI-internacionals-Go-Europe-Codi-SLT028?category=76080094-a82c-11e3-a972-000c29052e2c) * [Subvenciones para la financiación de pruebas de validación (2023-2024) (Código SLT033)](https://web.gencat.cat/es/tramits/tramits-temes/Subvencions-per-al-financament-de-proves-de-validacio-2022-2027-Codi-SLT033?category=76080094-a82c-11e3-a972-000c29052e2c) * [Subvenciones para la intensificación de enfermería 2024-2026 (Código SLT035)](https://web.gencat.cat/es/tramits/tramits-temes/Subvencions-per-a-la-intensificacio-dinfermeres-i-infermers-2024-2026.-Codi-SLT035?category=76080094-a82c-11e3-a972-000c29052e2c) * [Subvenciones para la financiación de pruebas de validación (2024-2026). (Código SLT036)](https://web.gencat.cat/es/tramits/tramits-temes/Subvencions-per-al-financament-de-proves-de-validacio-2024-2026.-Codi-SLT036?category=76080094-a82c-11e3-a972-000c29052e2c)
## ¿Qué necesitas hacer? Consulta a continuación todas las opciones vinculadas al trámite. Selecciona la que se corresponda con tu caso y podrás acceder a toda la información y condiciones de tramitación. * [Solicitar la subvención. Convocatoria 2022](https://web.gencat.cat/es/tramits/tramits-temes/22608_Subvencions-per-a-projectes-de-mobilitat-transnacional-Programa-TLN-Mobilicat?category=771159ce-a82c-11e3-a972-000c29052e2c&moda=1) * [Aportar documentación. Convocatoria 2022](https://web.gencat.cat/es/tramits/tramits-temes/22608_Subvencions-per-a-projectes-de-mobilitat-transnacional-Programa-TLN-Mobilicat?category=771159ce-a82c-11e3-a972-000c29052e2c&moda=2) * [Aportar documentación. Convocatoria 2021](https://web.gencat.cat/es/tramits/tramits-temes/22608_Subvencions-per-a-projectes-de-mobilitat-transnacional-Programa-TLN-Mobilicat?category=771159ce-a82c-11e3-a972-000c29052e2c&moda=3) * [Aportación de documentación. Convocatoria 2019](https://web.gencat.cat/es/tramits/tramits-temes/22608_Subvencions-per-a-projectes-de-mobilitat-transnacional-Programa-TLN-Mobilicat?category=771159ce-a82c-11e3-a972-000c29052e2c&moda=4) * [Presentación de la documentación de justificación de 2017](https://web.gencat.cat/es/tramits/tramits-temes/22608_Subvencions-per-a-projectes-de-mobilitat-transnacional-Programa-TLN-Mobilicat?category=771159ce-a82c-11e3-a972-000c29052e2c&moda=5)
El Programa TLN Mobilicat apoya a las entidades que dispongan de proyectos de movilidad transnacional, para que las personas jóvenes realicen prácticas formativas no remuneradas en entidades o empresas, públicas o privadas, de Estados miembros de la Unión Europea.
El objetivo es facilitar la inserción laboral de las personas participantes mediante un itinerario personalizado de acompañamiento y apoyo, con aprendizaje práctico y formativo en el extranjero, a partir de sus intereses, motivaciones y preparación, a fin de facilitar su inserción en el mundo laboral con expectativas de empleo de calidad.
A entidades de titularidad pública o privada sin ánimo de lucro con sede permanente en Cataluña, y residencia fiscal en territorio español, y que hayan llevado a cabo con anterioridad acciones de movilidad transnacional.
El plazo para presentar la solicitud es del 31 de octubre al 14 de noviembre de 2015.
Documentación que se debe adjuntar a la solicitud:
No hay tasas asociadas a este trámite.
Personas beneficiarias de las subvenciones
Personas mayores de edad y menores de 30 años inscritas en el Sistema Nacional de Garantía Juvenil e inscritas también como demandantes de empleo no ocupados en el Servicio Público de Empleo de Cataluña, con estudios de especialización de grado medio o superior abandonados prematuramente o terminados pero sin experiencia laboral en el ámbito de la especialidad. No se tendrá en consideración una experiencia laboral inferior a tres meses.
El Programa TLN Mobilicat ofrecerá servicios de orientación y capacitación lingüística e intercultural a los participantes, como elementos previos y preparatorios para la adquisición de experiencia laboral práctica en un país de la Unión Europea. Una vez superada la fase de preparación y capacitación se realizará un período de prácticas profesionales no remuneradas en países de la Unión Europea.
Plazos
Del31.10.2015al 14.11.2015
¿Cómo hacerlo?
El plazo para presentar la justificación es del 1 al 30 de septiembre de 2016.
La documentació que se tendrá que presentar es la siguiente:
No hay tasas asociadas a este trámite
Formularios Justificación
El tutor del proyecto, al llegar al país donde se haya realizado la estancia para organizar el proceso de retorno, debe pedir a cada una de las personas participantes una valoración personal firmada sobre el aprendizaje y la rentabilidad que esta fase del Programa TLN Mobilicat ha tenido según el documento normalizado disponible en el Canal Empresa (norma 4.5).
El tutor del proyecto ha de elaborar un informe individual para cada participante sobre el aprovecho de la estancia, según el documento normalizado, mediante la información que aporten la empresa y el tutor de acogida sobre el aprendizaje práctico en el lugar de trabajo y sobre la participación y los resultados obtenidos en las actividades formativas y pedagógicas complementarias (norma 4.4)
Hay que escanear todos los documentos y adjuntarlos al formulario que se puede descargar a continuación.
A partir del momento que se acredite y justifique la finalización de la fase de preparación y capacitación de las personas participantes, si así lo solicita la entidad. La fecha límite de presentación de solicitudes finaliza el 30 de julio de 2016.
Documentación que se debe adjuntar a la solicitud:
No hay tasas asociadas a este trámite.
El pago de la subvención se tramitará a partir de la concesión mediante un adelanto del 50% del importe otorgado para el cual no se exigen garantías.
Un pago intermedio del 30% a partir del momento que se acredite y justifique la finalización de la fase de preparación y capacitación de las personas participantes, si así lo solicita la entidad.
En caso de no solicitar el pago intermedio, este 30% se liquidará junto con el 20% restante una vez la actividad subvencionada se justifique debidamente de acuerdo con lo que se establece en las bases de esta convocatoria.
Plazos
Hasta al 30.07.2016
¿Cómo hacerlo?
Consulte las condiciones técnicas para tramitar en línea
El plazo para presentar la solicitud finaliza el 30 de julio de 2016.
El periodo de ejecución de los proyectos finaliza el 30 de julio de 2016, y el proyecto se considera finalizado cuando finaliza la estancia del último flujo de envío previsto.
Documentación que se debe adjuntar a la solicitud:
No hay tasas asociadas a este trámite.
Plazos
Del18.04.2016al 30.07.2016
Consultad las condiciciones técnicas para realitzar trámites en línea
## Resumen Este trámite te permite acceder a las subvenciones del Departament d'Empresa i Treball para proyectos de multilocalización. Consulta las opciones disponibles y tramita la ayuda o aporta documentación según tu caso. ## ¿Qué necesitas hacer? Consulta las opciones disponibles: * [Solicitar la ayuda](https://web.gencat.cat/es/tramits/tramits-temes/23825-Subvencions-per-a-projectes-de-multilocalitzacio-2024?category=741c362a-a82c-11e3-a972-000c29052e2c&moda=1) * [Aportar documentación](https://web.gencat.cat/es/tramits/tramits-temes/23825-Subvencions-per-a-projectes-de-multilocalitzacio-2024?category=741c362a-a82c-11e3-a972-000c29052e2c&moda=2)
El objeto es regular las subvenciones a proyectos destinados al fomento de la paz. En concreto, se da apoyo a las líneas de actuación siguientes:
El importe global máximo destinado a esta convocatoria es de 40.000 euros.
Leer másPlazo de presentación de solicitudes: del 16 de noviembre al 15 de diciembre de 2016.
A las entidades, fundaciones o cooperativas sin ánimo de lucro, con sede en Cataluña, con actividad previa constatable (en la memoria o recopilación de actividades de los últimos dos años) en el ámbito de la promoción de la paz, la construcción de la paz, la resolución de conflictos y, en general, el fomento de la cultura de la paz.
Quedan expresamente excluidas de estas subvenciones las universidades, los partidos políticos, los sindicatos y las fundaciones orgánicamente vinculadas a ellos, las administraciones públicas o las asociaciones empresariales.
Quedan excluidas de estas subvenciones las entidades, fundaciones o cooperativas que tengan alguna relación contractual con el ICIP en el año en curso.
El plazo de presentación de la solicitud es del 16 de noviembre al 15 de diciembre de 2016, ambos incluidos.
Documentación que debe adjuntarse al formulario de solicitud:
1. Memoria explicativa y detallada de la actividad para la que se solicita la subvención, según modelo normalizado.
2. Presupuesto completo y detallado de ingresos y gastos, según el modelo normalizado.
El formulario de solicitud incorpora una autorización al del ICIP para hacer las consultas necesarias para verificar los datos de identidad de la persona firmante y los datos de identificación fiscal de la entidad solicitante, así como comprobar que la entidad solicitante está al corriente de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social. En caso de que no se autorice la comprobación, la entidad debe enviar, junto con la solicitud, una fotocopia compulsada del documento de identidad de la persona firmante y del documento de identificación fiscal de la entidad solicitante, y de los certificados acreditativos correspondientes.
Para obtener la condición de beneficiarias de las subvenciones, las entidades solicitantes deben cumplir los requisitos y las condiciones generales establecidos en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones y los siguientes:
a) Información sobre concurrencia de ayudas para la misma actividad. Deben presentar una declaración en la que especifiquen si han pedido y/o han obtenido otras ayudas públicas o privadas para la misma actividad, y hacer constar la relación detallada de las entidades concedentes y la cantidad solicitada y/o obtenida.b) En caso de que la realización de la actividad objeto de la subvención utilice cualquier elemento susceptible de generar derechos de autor, las personas solicitantes deben cumplir la normativa sobre propiedad intelectual.
c) Las entidades sin ánimo de lucro deberán estar inscritas en el registro correspondiente.
d) En el caso de empresas con 50 o más trabajadores, es necesario que cumplan la cuota legal de reserva de puestos de trabajo en la plantilla de la empresa prevista por el artículo 42.1 del Texto refundido de la Ley general de las personas con discapacidad y de su inclusión social, aprobado por Real Decreto legislativo 1/2013, de 29 de noviembre, o con las medidas alternativas de carácter excepcional previstas por el Real Decreto 364/2005, de 8 de abril, y por el Decreto 86/2015 , de 2 de junio.
e) En el caso de empresas de plantilla igual o superior a 25 personas, hay que indicar los medios para prevenir y detectar casos de acoso sexual y de acoso por razón de sexo, y para intervenir en sus centros de trabajo , de acuerdo con los agentes sociales, de conformidad con la Ley 5/2008, de 24 de abril, del derecho de las mujeres a erradicar la violencia machista.
f) Los centros laborales deben cumplir la normativa de política lingüística siguiente:
Hacer constar, al menos en catalán, los rótulos y las informaciones de carácter fijo y que contengan texto que deben figurar en el interior de los centros laborales dirigidos a las personas que trabajan, de acuerdo con la Ley 1/1998, de 7 de enero, de política lingüística.
g) Las fundaciones y asociaciones deben haber adaptado los estatutos según la disposición transitoria primera de la Ley 4/2008, de 24 de abril, del libro tercero del Código civil de Cataluña, relativo a las personas jurídicas, modificada por la Ley 5/2011, del 19 de julio.
h) Las fundaciones deben cumplir el deber de haber presentado las cuentas anuales ante el Protectorado, de acuerdo con el artículo 336-3 del libro tercero del Código civil de Cataluña, aprobado por la Ley 4/2008, de 24 de abril.
i) Los centros y establecimientos abiertos al público deben atender a los consumidores en cualquiera de las lenguas oficiales de Cataluña y redactar, al menos en catalán, la señalización y los carteles de información general de carácter fijo y los documentos de oferta de servicios para las personas usuarias y consumidoras de los establecimientos abiertos al público, de acuerdo con la Ley 1/1998, de 7 de enero, de política lingüística.
j) Las empresas no deben haber sido objeto de sanciones administrativas firmes ni de sentencias firmes condenatorias por haber ejercido o tolerado prácticas laborales consideradas discriminatorias por razón de sexo o de género.
Las subvenciones que se concedan de acuerdo con estas bases son compatibles con las ayudas complementarias públicos y privados, que se han de explicitar en el momento de la solicitud.
?No hay tasas asociadas a este trámite.
Las áreas temáticas de interés del ICIP son:
a) Seguimiento de conflictos armados y de procesos de paz (incluye: transformación de conflictos, problemas actuales del derecho internacional humanitario y de guerra, papel de los actores privados en conflictos armados, conflictos armados vinculados a recursos naturales y seguimiento de procesos de paz y de su implementación).
b) Campañas concretas del movimiento por la paz, orientadas a alguna temática o situación/región conflictiva.
c) Políticas de seguridad y defensa (particularmente: gasto militar y ciclo armamentístico, políticas de seguridad humana, sobre todo en el campo de liberarse del miedo ?freedom from fear?, y herramientas de prevención de conflictos violentos).
d) Construcción de paz (incluye: seguimiento y valoración de herramientas de construcción de paz; seguimiento de implementación de procesos de paz; experiencias de construcción de paz en países o zonas concretas; políticas del pasado y procesos de reconciliación, como justicia transicional, comisiones de la verdad y justicia penal internacional; programas de desarme, desmovilización y reinserción (DDR) y su relación con construcción de paz y la seguridad humana, y casos de aplicación de la responsabilidad de proteger).
e) Experiencias y lecciones aprendidas del uso de la no violencia en casos concretos.
Plazos de ejecución:
Los proyectos objeto de estas subvenciones deben realizarse íntegramente en el período de los doce meses siguientes a la fecha de publicación de esta Resolución.
Importe de las subvenciones:
El importe de las subvenciones no podrá ser inferior a 3.000 euros ni superar en ningún caso la cantidad de 8.000 euros.
Plazos
Del16.11.2016al 15.12.2016
También se puede presentar por alguna de las diferentes vías que prevé el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, de acuerdo con lo establecido en la disposición derogatoria única de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.
## Resumen Este trámite permite solicitar o justificar subvenciones para proyectos que impulsen la promoción internacional de empresas. ## ¿Qué necesitas hacer? Elige la opción que corresponda: * [Solicitar la ayuda](https://web.gencat.cat/es/tramits/tramits-temes/23621-Subvencions-per-a-projectes-de-realitzacio-dactivitats-de-promocio-internacional?category=741c362a-a82c-11e3-a972-000c29052e2c&moda=1) * [Justificar la ayuda](https://web.gencat.cat/es/tramits/tramits-temes/23621-Subvencions-per-a-projectes-de-realitzacio-dactivitats-de-promocio-internacional?category=741c362a-a82c-11e3-a972-000c29052e2c&moda=2)
Convocatoria para el otorgamiento, mediante concurrencia competitiva, de subvenciones a entidades sin ánimo de lucro para las actuaciones realizadas durante el año 2015 en el marco de programas de reinserción social.
Leer másPresentación de solicitudes: del 15 de mayo al 13 de junio 2015.
El plazo de presentación de solicitudes en línea se alarga hasta el día 18 de junio incluido, dado que la plataforma de tramitación electrónica no funcionará desde el viernes 12 de junio a las 20 h hasta el lunes 15 de junio a las 8 h.
No se modifica el plazo de presentación de solicitudes de manera presencial, que finaliza el 13 de junio.
A las fundaciones, asociaciones, instituciones, organizaciones no gubernamentales y entidades de iniciativa social sin ánimo de lucro que realicen actuaciones destinadas a promover la reinserción social de las personas en riesgo de exclusión social.
Solicitud presencial: del 15 de mayo al 13 de junio de 2015.
Solicitud en línia: del 15 de mayo al 18 de junio de 2015.
El plazo para presentar la documentación justificativa, a partir del otorgamiento de la subvención, finaliza el 30 de enero de 2016.
Aparte de la documentación especificada respectivamente en los apartados 'Por Internet' y 'Presencialmente' hay que aportar con la solicitud (excepto en los supuestos establecidos en el punto 8.5 de estas bases):
- Si se hace el trámite en línea se han de cumplimentar los documentos especificados en el apartado 'Por Internet' y adjuntar los modelos Memoria
explicativa de la entidad y Memoria sobre los programas y servicios para los que se solicita la subvención y Presupuesto, que constan en el apartado 'Presencialmente'.
- La Memoria justificativa (Paso 4) se pedirá cuando se haya resuelto la convocatoria y se abra el periodo de justificación. Por tanto, no se debe adjuntar a la solicitud.
Las entidades tienen que reunir los requisitos establecidos en el punto 3 de las bases.
No hay tasas asociadas a este trámite.
La cuantía máxima total que se destina a esta convocatoria es de 156.500 euros, con cargo a la partida presupuestaria D/482000100/2120/0000 de los presupuestos, del centro gestor JU04 (Dirección General de Ejecución Penal a la Comunidad y Justicia Juvenil).
Plazos
Del15.05.2015al 18.06.2015
Aparte de los documentos específicos para el trámite en línea, hay que presentar también los modelos Memoria explicativa de la entidad, Memoria sobre programas y servicios para los cuales se solicita la subvención y Presupuesto que son comunes a los del apartado siguiente, 'Presencialmente'.
La persona o entidad solicitante se puede identificar mediante cualquiera de los sistemas de firma electrónica admitidos por la sede electrónica corporativa de la Generalidad de Cataluña. El tipo de certificado de que dispondrá la persona que firma la solicitud debe ser necesariamente de persona jurídica, es decir, que vincule la persona física a la entidad que representa. Un certificado de persona física no es suficiente, ya que el programa comprueba la vinculación de la persona firmante con su DNI a la vez con el NIF de la entidad.
Deben descargarse estos modelos de documentos previamente a efectuar la solicitud, rellenarlos debidamente y guardarlos en el ordenador, para que en el momento de rellenar la solicitud estén disponibles para anexarlos. Una vez rellenada la solicitud, se adjuntará por vía electrónica la documentación exigida (anexo de datos específicos a la solicitud, memoria explicativa de la entidad y memoria sobre los programas y servicios para los cuales se solicita la subvención), y de manera opcional toda aquella cuya consulta no se haya autorizado bien por interoperabilidad o bien para que ésta no sea posible.
A continuación hay que firmar la solicitud. Desde el apartado firma se pulsa sobre la pequeña flecha de color naranja del recuadro 'firma de la persona'. Una vez firmada la solicitud, es necesario guardar una copia y ya se puede enviar a tramitar. Si se ha tramitado con éxito, se obtiene el correspondiente acuse de recibo, que también hay que guardar en el ordenador.
La presentación de solicitudes a través de los medios telemáticos se puede llevar a cabo todos los días del año durante las veinticuatro horas del día, en los términos de esta convocatoria. A efectos de cómputo de plazos, la recepción de una solicitud en un día inhábil se entenderá efectuada en el primer día hábil siguiente.
Consultad las condiciones técnicas necesarias para hacer trámites en línea en Trámites gencat:
http://gencat.cat/especial/tramitarenlinia/cas/index.htm
Se puede presentar en los lugares citados en Puntos de tramitación y también por algunas de las vías previstas por el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre.