Subvenciones para proyectos de reinserción para menores y jóvenes sometidos a medidas judiciales

Actualizado el 18 de diciembre de 2019
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Convocatoria para el otorgamiento, mediante concurrencia competitiva, de subvenciones a entidades sin ánimo de lucro para las actuaciones realizadas durante el año 2015 en el marco de programas de reinserción social.

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Presentación de solicitudes: del 15 de mayo al 13 de junio 2015.

El plazo de presentación de solicitudes en línea se alarga hasta el día 18 de junio incluido, dado que la plataforma de tramitación electrónica no funcionará desde el viernes 12 de junio a las 20 h hasta el lunes 15 de junio a las 8 h.

No se modifica el plazo de presentación de solicitudes de manera presencial, que finaliza el 13 de junio.

A quién va dirigido

A las fundaciones, asociaciones, instituciones, organizaciones no gubernamentales y entidades de iniciativa social sin ánimo de lucro que realicen actuaciones destinadas a promover la reinserción social de las personas en riesgo de exclusión social.

Organismo responsable

Normativa

Solicitar la subvención

Plazos

Solicitud presencial: del 15 de mayo al 13 de junio de 2015.

Solicitud en línia: del 15 de mayo al 18 de junio de 2015.

El plazo para presentar la documentación justificativa, a partir del otorgamiento de la subvención, finaliza el 30 de enero de 2016.

Documentación

Aparte de la documentación especificada respectivamente en los apartados 'Por Internet' y 'Presencialmente' hay que aportar con la solicitud (excepto en los supuestos establecidos en el punto 8.5 de estas bases):
  1. Solicitud de transferencia bancaria para pagos de la Tesorería de la Generalidad de Cataluña a acreedores particulares, excepto en los supuestos previstos en la base 8.5 de esta convocatoria.
  2. Documentación que sólo se deberá aportar en el caso de que no se autorice la consulta telemática a la Administración de la Generalidad y así se indique expresamente en el impreso de solicitud, excepto en los supuestos previstos en la base 8.5 de esta convocatoria:
  • Original y fotocopia o bien fotocopia compulsada del CIF de la entidad.
  • Original y fotocopia o bien fotocopia compulsada de los estatutos de la entidad. En caso de que la entidad esté registrada en un registro ajeno al Departamento de Justicia hay que aportar una fotocopia compulsada de los estatutos de la entidad.
  • Documentación acreditativa del representante legal de la entidad, excepto en el caso de la presentación por medios telemáticos cuando la firma electrónica acredite también que el firmante tiene poderes suficientes para actuar en nombre de la entidad representada, es decir, cuando el certificado de firma electrónica sea de persona jurídica.
- Si se hace el trámite en línea se han de cumplimentar los documentos especificados en el apartado 'Por Internet' y adjuntar los modelos Memoria 
explicativa de la entidad y Memoria sobre los programas y servicios para los que se solicita la subvención y Presupuesto, que constan en el apartado 'Presencialmente'.
- La Memoria justificativa (Paso 4) se pedirá cuando se haya resuelto la convocatoria y se abra el periodo de justificación. Por tanto, no se debe adjuntar a la solicitud.

Requisitos

Las entidades tienen que reunir los requisitos establecidos en el punto 3 de las bases.

Tasas

No hay tasas asociadas a este trámite.

Otras informaciones

La cuantía máxima total que se destina a esta convocatoria es de 156.500 euros, con cargo a la partida presupuestaria D/482000100/2120/0000 de los presupuestos, del centro gestor JU04 (Dirección General de Ejecución Penal a la Comunidad y Justicia Juvenil).

Plazos

Del15.05.2015al 18.06.2015

Por internet

Aparte de los documentos específicos para el trámite en línea, hay que presentar también los modelos Memoria explicativa de la entidad, Memoria sobre programas y servicios para los cuales se solicita la subvención y Presupuesto que son comunes a los del apartado siguiente, 'Presencialmente'.

La persona o entidad solicitante se puede identificar mediante cualquiera de los sistemas de firma electrónica admitidos por la sede electrónica corporativa de la Generalidad de Cataluña. El tipo de certificado de que dispondrá la persona que firma la solicitud debe ser necesariamente de persona jurídica, es decir, que vincule la persona física a la entidad que representa. Un certificado de persona física no es suficiente, ya que el programa comprueba la vinculación de la persona firmante con su DNI a la vez con el NIF de la entidad.

Deben descargarse estos modelos de documentos previamente a efectuar la solicitud, rellenarlos debidamente y guardarlos en el ordenador, para que en el momento de rellenar la solicitud estén disponibles para anexarlos. Una vez rellenada la solicitud, se adjuntará por vía electrónica la documentación exigida (anexo de datos específicos a la solicitud, memoria explicativa de la entidad y memoria sobre los programas y servicios para los cuales se solicita la subvención), y de manera opcional toda aquella cuya consulta no se haya autorizado bien por interoperabilidad o bien para que ésta no sea posible.

A continuación hay que firmar la solicitud. Desde el apartado firma se pulsa sobre la pequeña flecha de color naranja del recuadro 'firma de la persona'. Una vez firmada la solicitud, es necesario guardar una copia y ya se puede enviar a tramitar. Si se ha tramitado con éxito, se obtiene el correspondiente acuse de recibo, que también hay que guardar en el ordenador.

La presentación de solicitudes a través de los medios telemáticos se puede llevar a cabo todos los días del año durante las veinticuatro horas del día, en los términos de esta convocatoria. A efectos de cómputo de plazos, la recepción de una solicitud en un día inhábil se entenderá efectuada en el primer día hábil siguiente.

Consultad las condiciones técnicas necesarias para hacer trámites en línea en Trámites gencat:
http://gencat.cat/especial/tramitarenlinia/cas/index.htm

Presencialmente


Puntos de tramitación

Se puede presentar en los lugares citados en Puntos de tramitación y también por algunas de las vías previstas por el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre.


Oficinas de la administración

Institut de Recerca de L'Energia de Catalunya (IREC)

Otros Jardins de Les Dones de Negre 1, 08930, Sant Adrià de Besòs

Consorci de Comerç, Artesania I Moda de Catalunya

Calle Provença 339, 08037, Barcelona

Grupo de Asisténcia Sanitária y Social (SAGESSA)

Avenida Dr. Josep Laporte 2, 43204, Reus

Consorci Per a la Normalització Lingüística (CPNL)

Calle Mallorca 272, 08037, Barcelona

Tel. 932723100

Consorci Hospitalari de Vic

Calle Francesc Pla, el Vigatà 1, 08500, Vic

Tel. 938891111

Fundación Privada Centro de Investigación en Salud Internacional de Barcelona (CRESIB)

Calle Rosselló 132, 08036, Barcelona

Tel. 932275706

Institut D'Investigacions Biomèdiques August Pi I Sunyer (IDIBAPS)

Calle Rosselló 149-153, 08036, Barcelona

Escola D'Administració Pública de Catalunya (EAPC)

Carrer Girona 20, 08010, Barcelona

Consorci del Parc Fluvial del Llobregat

Otros Torre de L'Amo de Viladomiu Nou s/n, 08680, Gironella

Tel. 938250689

Cataluña Radio

Avinguda Diagonal 614-616, 08021, Barcelona

Institut Català de Ciències del Clima (IC3)

Calle Doctor Trueta 203, 08005, Barcelona

Autoritat Territorial de la Mobilitat (ATM). Àrea de Girona

Plaza Pompeu Fabra 1, 17002, Girona

Tel. 902627781

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