Generalitat de Cataluña

  • Los proyectos se tienen que destinar, como mínimo, a una veintena jóvenes inscritos en el programa de Garantía Juvenil y tienen que estar basados en las fortalezas del territorio: aquellas características sociales y económicas de cada territorio que repercutan claramente en su economía haciéndolo más competitivo.

    Los proyectos constarán de tres fases. En la primera se identificará y se visualizará la fortaleza territorial y se seleccionarán las personas jóvenes que participarán en el programa. En la segunda fase se ofrecerá a las personas jóvenes participantes formación en tecnología e innovación aplicada en la fortaleza territorial (70%) y en gestión empresarial (30%). En la tercera fase se seguirá un proceso de tutorización por parte de expertos en emprendedoría a fin de que los participantes puedan desarrollar su proyecto de empresa. Cada fase tendrá una duración aproximada de dos meses.

    Los proyectos tendrán que estar enmarcados, preferiblemente, en la estrategia RIS3CAT.

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    A quién va dirigido

    • A los ayuntamientos y entes vinculados o dependientes, a los consejos comarcales, a los consorcios locales, a las diputaciones, a los entes de gestión locales, a las entidades metropolitanas, a las entidades municipales descentralizadas, a las mancomunidades y a las sociedades públicas locales de Cataluña.
    • A las entidades sin finalidad de lucro.
    • A las universidades o las entidades que dependan.
    • A las escuelas de negocio, los colegios profesionales y los gremios.

    Organismo responsable

    Normativa

    Comunicación de la ejecución de las actuaciones

    Plazos

    El plazo para presentar la solicitud es del 22 al 29 de febrero de 2016.

    Documentación

    Documentación que se debe adjuntar a la solicitud:

    1. Un convenio regulador del acuerdo entre las diferentes partes,en caso de que no se haya presentado con la solicitud (G146NCAEM-031).
    2. Detalle y concreción de la fortaleza territorial objeto de este programa.
    3. Lista identificativa de los jóvenes seleccionados para participar en el programa.
    4. Plan de formación definitivo que incluya: objectivos, contenidos, metodología y evaluación, duración/horas y horario, con especificación de la formación en tecnología y/o innovación (70%) y la formación en gestión empresarial (30%).
    5. En caso de que haya nuevo personal asignado a las actuaciones, aportar su curriculum vitae.
    6. Identificación de los tutores asignados a los diferentes proyectos con indicación de la experiencia concreta en este ámbito de actuación.
    7. En el supuesto de subcontratación donde la actividad concertada con terceros supere el 20% del importe de la subvención y la cuantía sea superior a 60.000,00 euros, solicitud de autorización para formalizar el contrato (G346NCAEM-034).

    En el caso de la subcontratación de una entidad vinculada al beneficiario/aria, se tendrá que presentar la documentación siguiente:

    1. Solicitud de autorización para formalizar el contrato.
    2. Tres ofertas que garanticen las condiciones normales de mercado, aunque el importe de la subcontratación no supere los 18.000,00 euros.

    Tasas

    No hay tasas asociadas a este trámite.

    Plazos

    Del22.02.2016al 29.02.2016

    Por internet

    Consulte las condiciones técnicas para tramitar en línea

    Solicitar la ayuda

    Plazos

    El plazo para presentar la solicitud es del 6 al 20 de noviembre de 2015.

    Documentación

    Documentación que hay que adjuntar a la solicitud:

    1. Plan de trabajo (G346NCAEM-029).
    2. Ficha de las entidades conveniadas (G346NCAEM-030). Cada entidad de la agrupación tendrá que rellenar una ficha con sus datos (incluyendo la entidad promotora). Todas las fichas se tendrán que presentar en un solo archivo comprimido (.zip).
    3. Presupuesto previsto para la ejecución del plan de trabajo (que incluye el detalle individual de todas las entidades de la agrupación y el global de todo el proyecto). G146NCAEM-032.
    4. Curriculum vitae del personal técnico asignado a cada una de las actividades del programa donde conste la formación y la experiencia en las tareas encomendadas. El currículum tendrán que estar firmados por cada persona técnica, con firma de certificado digital o bien firmado manualmente y escaneado. Todos los currículums a presentar se tendrán que unir en un solo fichero (zip).
    5. Convenio regulador, según modelo normalizado, del acuerdo entre las diferentes entidades de la agrupación. Este convenio podrá entregarse en el momento de la solicitud o junto con la presentación de la documentación que establece la base 15 de la convocatoria. G146NCAEM-031.
    6. La hoja de domiciliación bancaria debidamente formalizada, de acuerdo con el modelo del Departamento de Economía y Conocimiento.

    Requisitos

    1. Dar ocupación, al menos, a un 2% de trabajadores/oras con discapacidad sobre el número total de trabajadores/oras de la entidad, o bien aplicar las medidas alternativas de acuerdo con lo que dispone el artículo 42 del Real decreto legislativo 1/2013, de 29 de noviembre, por el cual se aprueba el Texto refundido de la Ley general de derechos de las personas con discapacidad y su inclusión social; el Real decreto 364/2005, de 8 de abril, y el Decreto 86/2015, de 2 de junio. Este requisito sólo es aplicable en el caso de empresas con una plantilla igual o superior a cincuenta personas.
    2. Cumplir las obligaciones tributarias ante el Estado y la Generalitat y las obligaciones ante la Seguridad Social. Este cumplimiento se tendrá que mantener durante todo el procedimiento: en el momento de presentación de la solicitud, previamente a la resolución de otorgamiento, y antes de recibir cualquier pago.
    3. No encontrarse en ninguna de las circunstancias que impiden adquirir la condición beneficiaria que prevea el artículo 13 de la Ley 38/2003, general de subvenciones (BOE nº. 276, de 18.11.2003).
    4. Indicar, de acuerdo con los agentes sociales, los medios que utilizan para prevenir y detectar casos de acoso sexual y de acoso en razón de sexo y de intervenir en sus centros de trabajo, de conformidad con la Ley 5/2008, de 24 de abril, del derecho de las mujeres a erradicar la violencia machista. Este requisito sólo es aplicable en el caso de empresas con una plantilla igual o superior a veinticinco personas.
    5. Cumplir los requisitos que establecen los artículos 32.1, 32.3 y 36.4 de la Ley 1/1998, de 7 de enero, de política lingüística (DOGC nº. 2553, de 7.1.1998).
    6. No haber sido sancionada, en resolución firme, por la comisión de infracción grave en materia de integración laboral de discapacidades o muy grave en materia de relaciones laborales o en materia de seguridad y salud en el trabajo durante el año anterior a la convocatoria, de conformidad con el Texto refundido de la Ley sobre infracciones y sanciones del orden social, aprobado por Real decreto legislativo 5/2000, de 4 de agosto o, si han sido sancionadas, hayan aplicado las medidas correctoras previstas y abonado las cantidades requeridas por este concepto.
    7. Cumplir las obligaciones y no incurrir en los supuestos de prohibición que establecen los artículos 90.bis y 92.bis del Decreto legislativo 3/2002, de 24 de diciembre, por el cual se aprueba el Texto refundido de la Ley de finanzas públicas de Cataluña (DOGC nº. 3791ª, de 31.12.2002).
    8. Acreditar que disponen de un sistema de organización y de gestión de la prevención, de acuerdo con la Ley 31/1995, de prevención de riesgos laborales; con el Real decreto 39/1997, de 1 de enero, por el cual se aprueba el Reglamento de los servicios de prevención; así como de acuerdo con las modificaciones posteriores introducidas por la Ley 54/2003, de 12 de diciembre, de reforma del marco normativo de la prevención de riesgos laborales.
    9. Cumplir la obligación de respetar la igualdad de trato y de oportunidades en el ámbito laboral y, con esta finalidad, adoptar medidas dirigidas a evitar cualquier tipo de discriminación laboral entre hombres y mujeres. En el caso de las empresas de más de 250 trabajadores/oras, se tendrá que elaborar y aplicar con carácter obligatorio un plan de igualdad, de acuerdo con lo que establece el artículo 45 de la Ley orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva entre hombres y mujeres (BOE nº. 71, de 23.3.2007).
    10. Estar legalmente constituida e inscrita en los registros correspondientes, y a los específicos en función de su actividad.
    11. En el caso de las fundaciones y las asociaciones: haber adaptado sus estatutos según la disposición transitoria primera de la Ley 4/2008, de 24 de abril, del libro tercero del Código Civil de Cataluña, relativo a las personas jurídicas, y a la Ley 5/2011, de 19 de julio, de modificación del anterior.
    12. En el caso de las fundaciones: haber cumplido el deber de presentar las cuentas anuales delante del protectorado, de acuerdo con el artículo 336.3 del libro tercero del Código Civil de Cataluña, aprobado por la Ley 4/2008, de 24 de abril.
    13. Disponer de los libros contables, de los registros tramitados y de otros documentos debidamente auditados, en los términos que exige la legislación mercantil y sectorial aplicable.
    14. Declaración, en el caso de las entidades privadas, que el objeto social de sus estatutos y/o el epígrafe de la actividad en la cual se encuadran en el CNAE o CCAE le permite la realización de acciones de este tipo.

    Los requisitos se tendrán que acreditar a través de una declaración responsable en el formulario de solicitud y, en algunos casos, a través del resto de documentación a aportar.

    Requisitos específicos:

    1. Los proyectos tendrán que estar enmarcados preferentemente en la estrategia RIS3CAT.
    2. El número mínimo de jóvenes destinatarios a los cuales se tiene que dirigir el plan de trabajo presentado es de 20 personas.
    3. Todas las entidades beneficiarias tendrán que disponer de establecimiento a Cataluña, y su ámbito de actuación tendrá que ser, como mínimo, el territorio catalán.
    4. Tener un mínimo de 3 años de pericia en programas similares, en el ámbito del asesoramiento y/o acompañamiento de las personas emprendedoras, con servicios estables, continuados, estructurados y profesionales.
    5. Las entidades tendrán que disponer, como mínimo, de un local que tenga un despacho para la atención individual, una sala de reuniones y los servicios anexos necesarios para las actividades que soliciten llevar a cabo.
    6. El personal destinado al desarrollo del proyecto tienen que tener formación y experiencia en relación con el plan de trabajo a desarrollar.
    7. Las entidades tienen que garantizar que la realización de las acciones previstas en el proyecto respondan a las necesidades detectadas entre los jóvenes y en el ámbito territorial objeto del programa, y los proyectos presentados tienen que tener una coherencia entre los objetivos, los recursos destinados y las acciones a desarrollar.
    8. Las personas jóvenes estarán cubiertas por un seguro de accidentes y, si se requiere de responsabilidad civil, además de las incidencias in itinere. En el supuesto de contratación de servicios formativos externos, se tendrá que hacer extensivo el seguro de accidentes de los participantes en el lugar donde se impartan las acciones formativas.

    En el caso de subcontratación, la entidad subcontratada tendrá que garantizar y acreditar a la entidad promotora que las instalaciones reúnen las condiciones adecuadas de solidez y seguridad.

    Tasas

    No hay tasas asociadas a este trámite.

    Otras informaciones

    Datos disponibles del Observatorio de Empresa y Ocupación correspondientes al mes de junio de 2015. Se valora según los demandantes de ocupación menores de 30 años inscritos en las oficinas de trabajo del SOC expresados en términos de la población del municipio menor de 30 años en el ámbito territorial donde se desarrolla el proyecto (se tendrán en cuenta para valorar el interés socioeconómico de los proyectos presentados).

    Entidades destinatarias
    Las entidades solicitantes tendrán que presentar los proyectos de forma agrupada (no se admiten los proyectos de un solo solicitante). Una de las entidades de la agrupación será la encargada de presentar el proyecto como promotora de la solicitud conjunta.

    Personas beneficiarias
    Los destinatarios de las acciones que las entidades beneficiarias tienen que realizar son los jóvenes NOEF (desocupados o inactivos y que no estudian ni realizan ningún tipo de formación) de entre 18 y 29 años que estén interesados en iniciar un proyecto empresarial o de autoempleo, que estén inscritos en el sistema de garantía juvenil, y que por lo tanto cumplan los requisitos que prevé la Ley 18/2014, de 15 de octubre, de aprobación de medidas urgentes para el crecimiento, la competitividad y la eficacia.

    Estos jóvenes tendrán que tener preferentemente una formación professionalitzadora o de grado superior.
    Los jóvenes destinatarios tendrán que acreditar ante las entidades beneficiarias la inscripción al sistema de garantía juvenil previamente a su incorporación al programa.

    Plazos

    Del06.11.2015al 20.11.2015

    Por internet

    Las entidades locales tienen que tramitar la solicitud a través de la plataforma de EACAT.

    ¿Cómo hacerlo?

    Los pasos a seguir son los siguientes:

    1. Descargar el formulario (se puede acceder haciendo clic el enlace que hay en este mismo apartado).
    2. Rellenar el formulario y adjuntar los documentos:
      Plan de trabajo.
      Fitxas de las entidades conveniadas.
      Presupuesto.
      Hoja de domiciliación bancaria.
    3. Validar el formulario, firmarlo con certificado digital y guardarlo.
    4. Volver a la página de tramitación a través del enlace del propio formulario (al final del documento, justo antes del botón de guardar), y enviar el formulario.

    En el momento de enviar el formulario, la persona solicitante recibirá el acuse de recibo y copia del formulario enviado. También recibirá un requerimiento automático de documentación. Hará falta que envíe en este momento:

    • Convenio regulador de las entidades conveniadas (si no se dipone de este documento en el momento de la solicitud, se puede aportar a posteriori con la documentación de la base 15 de la convocatoria).
    • Currículum del personal técnico.

    Consultad las condiciciones técnicas necesarias para realitzar trámites en línea en Trámites gencat

    Justificar la ayuda

    Plazos

    Del 1 de julio de 2016 a 31 de julio de 2016

    Documentación

    Se recomienda seguir las Instrucciones de justificación para las entidades beneficiarias que indican la documentación a aportar.
    Se detallan a continuación únicamente los modelos normalitzados a rellenar y adjuntar a la solicitud:

    Tasas

    No hay tasas asociadas a este trámite

    Plazos

    Del01.07.2016al 31.07.2016

    Por internet

    Consulten las condiciones técnicas necesarias para tramitar en línia en Tràmits gencat

    Solicitar la autorización para subcontratar

    Plazos

    El plazo para presentar la solicitud es del 1 de marzo al 30 de abril de 2016.

    Documentación

    Documentación que se debe adjuntar a la solicitud:

    • Solicitud de autorización de subcontratación (G346NCAEM-034).
    • Declaración responsable de la entidad a subcontratar que cumple los requisitos que señala el artículo 29 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones, y el resto de requisitos exigibles al beneficiario en la base 3 de la Orden EMO/336/2015, de 29 de octubre (G346NCAEM-036).

    Tasas

    No hay tasas asociadas a este trámite.

    Plazos

    Del01.03.2016al 30.04.2016

    Por internet

    Las entidades locales deben tramitar a través de la plataforma EACAT.

    Consulte las condiciones técnicas para tramitar en línea

    Comunicación de cambios, desistimiento o renuncia

    Plazos

    El plazo para presentar la solicitud es del 23 de febrero al 31 de diciembre de 2016.

    Documentación

    Documentación que se debe adjuntar a la solicitud:

    1. Anexo a la comunicación de cambios, desistimiento o renuncia (G346NCAEM-035) (en catalán).

    Tasas

    No hay tasas asociadas a este trámite.

    Plazos

    Del23.02.2016al 31.12.2016

    Por internet

    Consulte las condiciones técnicas para tramitar en línea

  • ## Resumen Este trámite permite solicitar subvenciones para impulsar la presencia internacional de los entes de la administración local de Cataluña. **¿Quién puede solicitarlo?** Ayuntamientos, entidades municipales descentralizadas, mancomunidades de municipios, consejos comarcales y organismos dependientes que sean miembros de organismos y redes europeos o internacionales. ## Lo que necesitas * Cumplir con los requisitos del artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones. * Cumplir con los requisitos del apartado 4 del anexo del Acuerdo del Gobierno GOV/85/2016. ## Cómo hacerlo 1. **Solicitar:** Presentar la solicitud electrónicamente a través de la plataforma EACAT. ## Ayuda * **Formulario de contacto:** Formulario de contacto ## Normativa * RESOLUCIÓN XGO/2590/2022, de 26 de julio * ORDEN XGO/174/2022, de 15 de julio

  • El objeto de estas subvenciones es promover proyectos artísticos profesionales de formación, producción, exhibición y difusión vinculados al ámbito de la música. Asimismo, se dirige a proyectos multidisciplinares o de nuevas tendencias que tengan como base el lenguaje musical.

    Hay cuatro modalidades:

    a) Apoyo a la organización de un programa de actividades de formación para profesionales o de dinamización y de iniciación a la música para todo tipo de públicos en formato de seminarios, jornadas, talleres, cursos, etc.

    b) Apoyo a producciones musicales promovidas por formaciones estables profesionales.

    c) Apoyo a la organización de un concurso musical para intérpretes y creadores profesionales.

    d) Apoyo a la realización de un proyecto en formato de publicación, web o cualquier otro vinculado a la comunicación que suponga una herramienta de apoyo y difusión para el sector de la música.

    Leer más

    Plazo de solicitud: del 1 de abril al 15 de abril de 2014.

    Estas subvenciones son de tramitación telemática obligatoria y necesitará disponer de un certificado digital para poder hacer la solicitud.

    Ofrecemos un servicio para ayudarle a cumplimentar y tramitar las solicitudes telemáticamente. Puede pedir cita previa para hacer uso de este servicio.

    A quién va dirigido

    • A empresas, ya sean personas físicas o jurídicas, que realicen la totalidad o parte de su actividad en el ámbito de la música, con domicilio en un estado miembro de la Unión Europea o asociado al Espacio Económico Europeo.
    • A entidades privadas sin ánimo de lucro con domicilio en Cataluña que lleven a cabo la totalidad o parte de su actividad en el ámbito de la música.
    • A agrupaciones sin personalidad jurídica que se reúnen para proyectos conjuntos, siempre que todos sus miembros, que tendrán la consideración de beneficiarios, reúnan las condiciones que exigen las bases.

    Organismo responsable

    Normativa

    Documentación relacionada

    Solicitar la subvención

    Plazos

    El plazo para presentar las solicitudes es del 1 al 15 abril de 2014.

    Documentación

    Documentación que debe acompañar a la solicitud:

    1. Proyecto de actividad o actuación
    2. Presupuesto completo y detallado del proyecto
    3. Memoria explicativa de las actividades que en el ámbito de la música se hayan llevado a cabo durante el último año o dos años, en función de las modalidades a que se opta. Hace falta cuantificar las actividades realizadas y el número de asistentes y/o participantes.

    Requisitos

    1. Realizar la actividad subvencionada dentro del año natural.
    2. Realizar la actividad subvencionada en el ámbito territorial de Cataluña, otras comunidades autónomas del Estado o el extranjero.
    3. No encontrarse en ninguna de las circunstancias previstas en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones , que imposibilitan convertirse en beneficiario de las subvenciones.
    4. Cumplir con las obligaciones tributarias ante el Estado y la Generalidad de Cataluña, y con las obligaciones de la Seguridad Social.
    5. Cumplir con los requisitos que la Ley 1/1998, de 7 de enero, de política lingüística , establece en los artículos siguientes:
      • Artículo 36.4, que obliga a que los carteles de los centros de trabajo y las informaciones que haya en su interior, estén por lo menos en catalán.
      • Artículos 32.1 y 32.3, que obligan a que las empresas que tengan establecimientos abiertos al público en Cataluña puedan atenderlo en catalán y que tanto la señalización y carteles como la documentación de su oferta comercial estén al menos en catalán.
    6. Si se dispone de una plantilla igual o superior a 50 personas, dar ocupación, al menos, a un 2% de trabajadores con disminución sobre la plantilla total, o bien aplicar las medidas que establecen el artículo 38 de la Ley 13/1982, de 7 de abril , el Real Decreto 364/2005, de 8 de abril , y el Decreto 322/2011, de 19 de abril .
    7. Si la plantilla es igual o superior a 25 personas, disponer, con el acuerdo de los agentes sociales, de los medios para prevenir y detectar casos de acoso sexual y de acoso por razón de sexo y utilizarlos adecuadamente, tal como disponen los artículos 5 y 29 de la Ley 5/2008, de 24 de abril , del derecho de las mujeres a erradicar la violencia machista.
    8. Si para la realización de la actividad objeto de la subvención se utiliza cualquier elemento susceptible de generar derechos de autor, debe cumplirse con lo que dispone la normativa sobre propiedad intelectual.
    9. Los solicitantes deben presentar una única solicitud para un máximo de dos modalidades que incluya la actividad o actividades, sea cual sea la naturaleza: formación, producción, exhibición y difusión.
    10. Para optar a la modalidad a) y b), los solicitantes deben acreditar un mínimo de dos años de experiencia.
    11. Para optar a dos modalidades, los solicitantes deben acreditar como mínimo un año de actividad continuada en el ámbito de la música.
    12. La actividad se puede llevar a cabo en el ámbito territorial de Cataluña, en otras comunidades autónomas del Estado o en el extranjero.

    13. Si la solicitud incluye más de una modalidad, la Oficina de Apoyo a la Iniciativa Cultural puede denegar o conceder subvención para una sola modalidad con independencia de haber denegado o concedido la otra.

    14. Estas subvenciones son incompatibles con la convocatoria de subvenciones de la Oficina de Apoyo a la Iniciativa Cultural para proyectos artísticos que articulen los sectores profesionales en los ámbitos de las artes escénicas, la música y las artes visuales, aunque la finalidad sea diferente.

    Tasas

    No hay tasas asociadas a este trámite.

    Otras informaciones

    Criterios de valoración

    La puntuación máxima del proyecto será de 10 puntos, de acuerdo con los criterios siguientes:

    1. El interés cultural y artístico del proyecto (hasta 4 puntos):
      • Trayectoria profesional del solicitante y de los integrantes del equipo de dirección y artístico.
      • Relevancia, grado de interés del proyecto y coherencia en su desarrollo.
      • Aportación significativa de contenidos al contexto artístico.
      • Contribución a la innovación en el ámbito de la creación art??stica y fomento de artistas emergentes.
    2. Impacto del programa de actividades (hasta 3 puntos):
      • Contribución a la creación ya la alfabetización de públicos, al equilibrio territorial, con la inclusión de aspectos que favorezcan el acercamiento del proyecto al público no especializado, a la población en edad escolar y el favorecimiento del diálogo intercultural y la cohesión social en el entorno cultural catalán.
      • Coherencia del plan de comunicación con las actividades propuestas.
      • Impacto del plan de explotación. En el caso de la modalidad b), el número de actuaciones previstas.
      • Número de participantes o asistentes a la actividad o actividades.
      • Continuidad del proyecto.
    3. Viabilidad del proyecto y calidad de la gestión (hasta 3 puntos):
      • Adecuación del presupuesto a los recursos necesarios para la realización del proyecto artístico.
      • Adecuación de la planificación de los recursos humanos y económicos a los objetivos propuestos.
      • Existencia de unas condiciones laborales de contratación favorables de acuerdo con los honorarios estipulados por los acuerdos laborales del sector y los códigos de buenas prácticas.
      • Financiación prevista al margen de la Oficina de Apoyo a la Iniciativa Cultural de carácter público y privado.
      • Generación de recursos propios.

    Comisión de valoración:

    Los nombres de las personas que forman parte de la comisión de valoración se pueden consultar en la Resolución CTL/1269/2014, de 30 de abril.

    Plazos

    Del01.04.2014al 15.04.2014

    Por internet

    Este formulario requiere la identificación y autentificación a través de firma electrónica.

    El Departamento de Cultura es entidad certificadora para personas físicas. Puede obtener el certificado digital en el mismo Departamento y en los Servicios Territoriales .

    Más información sobre los sistemas de firma electrónica

    Consulte las condiciones técnicas necesarias para hacer trámites en línea en la Oficina Virtual de Trámites

  • ## Resumen Este trámite te permite acceder a las subvenciones ofrecidas por el Departamento de Cultura para proyectos artísticos profesionales en el ámbito de las artes visuales. ## ¿Qué necesitas hacer? Elige la opción que corresponda a tu situación: * [Solicitar la subvención](https://web.gencat.cat/es/tramits/tramits-temes/Subvencions-per-a-projectes-de-caracter-professional-en-lambit-de-les-arts-visuals-CLT015?category=7381f1d4-a82c-11e3-a972-000c29052e2c&moda=1) * [Justificar la subvención](https://web.gencat.cat/es/tramits/tramits-temes/Subvencions-per-a-projectes-de-caracter-professional-en-lambit-de-les-arts-visuals-CLT015?category=7381f1d4-a82c-11e3-a972-000c29052e2c&moda=2)

  • El objeto de estas subvenciones es promover proyectos de actividades que, con continuidad durante el año natural de la concesión de la subvención, apoyen a los sectores profesionales catalanes en los ámbitos de las artes escénicas, la música, las artes visuales y la librería.

    Estas subvenciones son de tramitación telemática obligatoria y necesitará disponer de un certificado digital para poder hacer la solicitud


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    Plazo de solicitud: del 12 al 18 de abril de 2016


    A quién va dirigido

    Pueden optar a estas subvenciones

    a) Asociaciones profesionales altamente representativas de los sectores de las artes escénicas, de las artes visuales , de la música o de los libreros, que tengan domicilio en Cataluña.

    b) Colegios profesionales de ámbito territorial catalán y colegios únicos de ámbito estatal con delegaciones de ámbito territorial catalán.

    No pueden optar a estas subvenciones

    a) Las entidades públicas.

    b) Las entidades de fomento de la cultura popular y tradicional catalana y del patrimonio cultural.

    c) Las empresas , ya sean personas físicas o jurídicas.

    d) Las entidades del libro de viejo. A los efectos de estas bases se consideran libros de viejo , los libros antiguos o de ediciones agotadas y los libros usados.

    Organismo responsable

    Normativa

    Documentación relacionada

    Solicitar la subvención

    Plazos

    El plazo para presentar las solicitudes es del 12 al 25 de abril de 2016


    Documentación

    Documentación que debe acompañar a la solicitud:

    1. Proyecto de actividad o actuación.
    2. Presupuesto completo y detallado del proyecto.
    3. En el caso de las asociaciones profesionales hace falta aportar información sobre el número de socios que forman parte de las mismas y especificar el nivel de representatividad que suponen en el conjunto del sector. Además, descripción de los recursos y de las infraestructuras, si procede, a disposición de los profesionales.
    4. Memoria explicativa que acredite que la entidad solicitante tiene un mínimo de tres años de actividad continuada en el ámbito correspondiente. No se aportará este documento en caso de que la persona solicitante haya obtenido una subvención por esta línea en la anualidad anterior.

      En caso de que la persona haya solicitado una subvención por esta línea en la anualidad anterior, pero no haya resultado beneficiaria de la ayuda, es necesario presentar una memoria explicativa que acredite la actividad de la entidad solicitante en el ámbito correspondiente, solo durante el último año.

    Requisitos

    1. Realizar la actividad subvencionada dentro del año natural.
    2. Realizar la actividad subvencionada en el ámbito territorial de Cataluña, otras comunidades autónomas del Estado o el extranjero.
    3. No encontrarse en ninguna de las circunstancias previstas en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones , que imposibilitan convertirse en beneficiario de las subvenciones.
    4. Cumplir con las obligaciones tributarias ante el Estado y la Generalidad de Cataluña, y con las obligaciones de la Seguridad Social.
    5. Cumplir con los requisitos que la Ley 1/1998, de 7 de enero, de política lingüística , establece en los artículos siguientes:
      • Artículo 36.4, que obliga a que los carteles de los centros de trabajo y las informaciones que haya en su interior, estén por lo menos en catalán.
      • Artículos 32.1 y 32.3, que obligan a que las empresas que tengan establecimientos abiertos al público en Cataluña puedan atenderlo en catalán y que tanto la señalización y carteles como la documentación de su oferta comercial estén al menos en catalán.
    6. Si se dispone de una plantilla igual o superior a 50 personas, dar ocupación, al menos, a un 2% de trabajadores con disminución sobre la plantilla total, o bien aplicar las medidas que establecen el artículo 38 de la Ley 13/1982, de 7 de abril , el Real Decreto 364/2005, de 8 de abril , y el Decreto 322/2011, de 19 de abril .
    7. Si la plantilla es igual o superior a 25 personas, disponer, con el acuerdo de los agentes sociales, de los medios para prevenir y detectar casos de acoso sexual y de acoso por razón de sexo y utilizarlos adecuadamente, tal como disponen los artículos 5 y 29 de la Ley 5/2008, de 24 de abril , del derecho de las mujeres a erradicar la violencia machista.
    8. Si para la realización de la actividad objeto de la subvención se utiliza cualquier elemento susceptible de generar derechos de autor, debe cumplirse con lo que dispone la normativa sobre propiedad intelectual.
    9. Los solicitantes deben acreditar como mínimo tres años de actividad continuada en el ámbito correspondiente.

    Tasas

    No hay tasas asociadas a este trámite.

    Otras informaciones

    Criterios de valoración

    La valoración de los proyectos se realizará de acuerdo con los siguientes criterios:

    Criterios generales:

    a) El interés del proyecto y su impacto (hasta 4 puntos):

    Adecuación del proyecto propuesto al sector artístico y cultural al que va dirigido.

    Contribución al desarrollo, profesionalización, perfeccionamiento y apoyo a los profesionales del sector al que se dirige el proyecto.

    Fomento de la difusión y visibilidad pública del sector al que se dirige el proyecto.

    Grado de impulso y cohesión del sector al que se dirige el proyecto.

    Inclusión de otras instituciones y colectivos en el desarrollo del proyecto.

    b) Viabilidad del proyecto y calidad de la gestión (hasta 3 puntos):

    Adecuación de los objetivos del proyecto a los de la entidad promotora.

    Adecuación del presupuesto a los recursos necesarios para hacer el proyecto.

    Financiación prevista, al margen de la Oficina, de carácter público y privado.

    Planificación correcta de los recursos humanos y económicos en relación con los objetivos propuestos.

    c) Nivel de representatividad y trayectoria (hasta 3 puntos):

    Trayectoria de la entidad.

    Experiencia en proyectos similares y resultados positivos obtenidos.

    Número de socios, artistas o creadores que representa la institución y que se beneficiarán directamente del proyecto.

    Criterios adicionales:

    a) Repercusión importante de la actividad en una zona del territorio catalán donde es poco habitual este tipo de iniciativas (hasta 1 punto).

    b) Vinculación de la actividad de residencia en el marco de un acuerdo o convenio de carácter internacional de intercambio de artistas (hasta 0,5 puntos).

    2. Para optar a las subvenciones, las solicitudes deberán obtener una puntuación mínima de 5 puntos en el conjunto de los criterios generales. A esta puntuación se sumará la puntuación obtenida en el conjunto de los criterios adicionales


    Comisión de valoración:

    Los nombres de las personas que forman parte de la comisión de valoración se podrán consultar en breve.

    Plazos

    Del12.04.2016al 25.04.2016

    Por internet

    Este formulario requiere la identificación y autentificación a través de firma electrónica.

    El Departamento de Cultura es entidad certificadora para personas físicas. Puede obtener el certificado digital en el mismo Departamento y en los Servicios Territoriales .

    Más información sobre los sistemas de firma electrónica

    Consulte las condiciones técnicas necesarias para hacer trámites en línea

  • ## Resumen Este trámite permite solicitar o justificar subvenciones para proyectos de investigación de cuatro años en arqueología y paleontología. ## ¿Qué necesitas hacer? Elige la opción que corresponda: * [Solicitar la subvención](https://web.gencat.cat/es/tramits/tramits-temes/Subvencions-per-a-projectes-quadriennals-de-recerca-en-materia-darqueologia-i-paleontologia?category=740af80a-a82c-11e3-a972-000c29052e2c&moda=1) * [Justificar la subvención](https://web.gencat.cat/es/tramits/tramits-temes/Subvencions-per-a-projectes-quadriennals-de-recerca-en-materia-darqueologia-i-paleontologia?category=740af80a-a82c-11e3-a972-000c29052e2c&moda=2)

  • ## Resumen Este trámite te permite solicitar o justificar subvenciones para proyectos culturales que incorporen tecnología inmersiva. ## ¿Qué necesitas hacer? Elige la opción que corresponda a tu situación: * [Solicitar la subvención](https://web.gencat.cat/es/tramits/tramits-temes/Subvencions-per-a-projectes-culturals-que-facin-servir-tecnologia-immersiva-CLT502?category=&temesNom=Cultura&moda=1) * [Justificar la subvención](https://web.gencat.cat/es/tramits/tramits-temes/Subvencions-per-a-projectes-culturals-que-facin-servir-tecnologia-immersiva-CLT502?category=&temesNom=Cultura&moda=2)

  • ## Resumen Este trámite te permite acceder a las diferentes opciones relacionadas con las subvenciones para proyectos de Multilocalización. * [Solicitar la ayuda](https://web.gencat.cat/es/tramits/tramits-temes/Subvencions-per-a-projectes-de-multilocalitzacio-2023-00001?category=741c362a-a82c-11e3-a972-000c29052e2c&moda=1) * [Aportar documentación](https://web.gencat.cat/es/tramits/tramits-temes/Subvencions-per-a-projectes-de-multilocalitzacio-2023-00001?category=741c362a-a82c-11e3-a972-000c29052e2c&moda=2) * [Justificar la ayuda](https://web.gencat.cat/es/tramits/tramits-temes/Subvencions-per-a-projectes-de-multilocalitzacio-2023-00001?category=741c362a-a82c-11e3-a972-000c29052e2c&moda=3)

  • ## Resumen Este trámite te permite solicitar o justificar subvenciones para proyectos que apoyen la investigación y la creación en artes escénicas y visuales de carácter profesional. **¿Quién puede usar este servicio?** Profesionales del sector de las artes escénicas y visuales. ## ¿Qué necesitas hacer? Consulta las opciones disponibles: * [Solicitar la subvención](https://web.gencat.cat/es/tramits/tramits-temes/Subvencions-per-a-projectes-de-suport-a-la-recerca-i-la-creacio-darts-esceniques-i-arts-visuals-de-caracter-professional-CLT509?category=&temesNom=Cultura&moda=1) * [Justificar la subvención](https://web.gencat.cat/es/tramits/tramits-temes/Subvencions-per-a-projectes-de-suport-a-la-recerca-i-la-creacio-darts-esceniques-i-arts-visuals-de-caracter-professional-CLT509?category=&temesNom=Cultura&moda=2)

  • ## ¿Qué necesitas hacer? Consulta a continuación todas las opciones vinculadas al trámite. Selecciona la que se corresponda con tu caso y podrás acceder a toda la información y condiciones de tramitación. [solicitar la ayuda](https://web.gencat.cat/es/tramits/tramits-temes/23170-Subvencions-per-projectes-dassessorament-per-a-lacceleracio-de-la-innovacio-de-lempresa-a-traves-del-desenvolupament-de-noves-iniciatives-disruptives-2022?category=2e3b7018-36ac-11e5-be5c-005056924a59&moda=1) [Aportar documentación](https://web.gencat.cat/es/tramits/tramits-temes/23170-Subvencions-per-projectes-dassessorament-per-a-lacceleracio-de-la-innovacio-de-lempresa-a-traves-del-desenvolupament-de-noves-iniciatives-disruptives-2022?category=2e3b7018-36ac-11e5-be5c-005056924a59&moda=2) [Justificar la ayuda ](https://web.gencat.cat/es/tramits/tramits-temes/23170-Subvencions-per-projectes-dassessorament-per-a-lacceleracio-de-la-innovacio-de-lempresa-a-traves-del-desenvolupament-de-noves-iniciatives-disruptives-2022?category=2e3b7018-36ac-11e5-be5c-005056924a59&moda=3) Fecha de actualización 24.05.2023

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