Generalitat de Cataluña

  • ## Resumen Este trámite te permite acceder a las diferentes opciones relacionadas con las subvenciones para la contratación de personal investigador en formación (PIF-Salut). ## ¿Qué necesitas hacer? Elige la opción que corresponda a tu situación: * [Solicitar la subvención](/es/tramits/tramits-temes/22089_-_Subvencions_per_a_la_contractacio_de_personal_investigador_en_formacio_PIF-Salut-Codi-SLT017?category=76080094-a82c-11e3-a972-000c29052e2c&moda=1) * [Aportar documentación de la subvención](/es/tramits/tramits-temes/22089_-_Subvencions_per_a_la_contractacio_de_personal_investigador_en_formacio_PIF-Salut-Codi-SLT017?category=76080094-a82c-11e3-a972-000c29052e2c&moda=2) * [Justificar la subvención](/es/tramits/tramits-temes/22089_-_Subvencions_per_a_la_contractacio_de_personal_investigador_en_formacio_PIF-Salut-Codi-SLT017?category=76080094-a82c-11e3-a972-000c29052e2c&moda=3) ## Trámites relacionados * [Subvenciones para la incorporación de personal de apoyo a los grupos de investigación - (Código SLT028)](/es/tramits/tramits-temes/Subvencions-per-a-la-incorporacio-de-personal-de-suport-als-grups-de-recerca-Codi-SLT028?category=76080094-a82c-11e3-a972-000c29052e2c) * [Subvenciones para el impulso de la unidades de proyectos de R+D+I internacionales (Go Europe) - (Codi SLT028)](/es/tramits/tramits-temes/21453_-_Subvencions-per-a-limpuls-de-les-unitats-de-projectes-dRDI-internacionals-Go-Europe-Codi-SLT028?category=76080094-a82c-11e3-a972-000c29052e2c) * [Subvenciones para la financiación de pruebas de validación (2024-2026). (Código SLT036)](/es/tramits/tramits-temes/Subvencions-per-al-financament-de-proves-de-validacio-2024-2026.-Codi-SLT036?category=76080094-a82c-11e3-a972-000c29052e2c) * [Subvenciones para la financiación de pruebas de validación (2023-2024) (Código SLT033)](/es/tramits/tramits-temes/Subvencions-per-al-financament-de-proves-de-validacio-2022-2027-Codi-SLT033?category=76080094-a82c-11e3-a972-000c29052e2c) * [Subvenciones para proyectos de investigación orientados en el ámbito de la atención primaria (Codi SLT021)](/es/tramits/tramits-temes/Subvencions-per-a-projectes-de-recerca-orientats-modalitat-atencio-primaria-Codi-SLT021?category=76080094-a82c-11e3-a972-000c29052e2c) * [Subvenciones para la intensificación de enfermería 2024-2026 (Código SLT035)](/es/tramits/tramits-temes/Subvencions-per-a-la-intensificacio-dinfermeres-i-infermers-2024-2026.-Codi-SLT035?category=76080094-a82c-11e3-a972-000c29052e2c)

  • Subvenciones para la realización de planes de empleo para las entidades locales de las comarcas de Cataluña que en marzo de 2011 tenían una tasa de paro registral y / o un porcentaje de paro registrado de personas desempleadas sin ningún tipo de prestación o subsidio por desempleo por encima de la media de Cataluña de acuerdo con el Diagnóstico para la estrategia catalana para el empleo 2012-2020.

    El objetivo de estas subvenciones es la contratación de personas desempleadas que hayan agotado la prestación por desempleo o el subsidio de paro mediante planes de empleo dirigidos a entidades locales.

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    A quién va dirigido

    • A los ayuntamientos y sus organismos y entidades dependientes o vinculadas a éstas, con competencia en materia de empleo y desarrollo local.
    • A las entidades locales de ámbito supramunicipal con personalidad jurídica propia.
    • A las entidades jurídicas de creación voluntaria de ámbito supramunicipal con participación mayoritaria por parte de administraciones públicas y competencias en políticas activas de empleo y promoción económica y desarrollo local, podrán participar en la convocatoria cuando soliciten proyectos que se desarrollen los municipios del grupo 1 de su comarca.

    Organismo responsable

    Normativa

    Solicitar la subvención

    Plazos

    El plazo para presentar la solicitud es del 15 al 30 de noviembre de 2011.

    Documentación

    Documentación que se debe adjuntar a la solicitud:

    1. Documentación de la acreditación de las facultades del representante de la entidad que solicita para actuar en nombre de la entidad, y escritura o estatutos de la entidad en su caso.
    2. Hoja de domiciliación bancaria debidamente formalizado
    3. Memoria donde se tendrán que desarrollar, como mínimo, los siguientes aspectos:
      • Necesidades en el ámbito de actuación del proyecto de planes de empleo.
      • Grupo de cotización, CCAE, y perfil profesional de los / las trabajadores / as a contratar.
      • Modalidad contractual, jornada laboral y duración de los contratos de trabajo solicitados, indicando en su caso la jornada o duración a subvencionar por el Servicio Público de Ocupación de Cataluña y la jornada o duración que financia la entidad.
      • Justificación del interés general y la repercusión social de la realización del proyecto de planes de empleo.
      • Resultados esperados en cuanto a la inserción laboral y mejora de la ocupabilidad haciendo explícita la relación causa-efecto entre las actuaciones propuestas y los resultados esperados.
      • Acreditación de la capacidad técnica de la entidad solicitante para gestionar el projecteque propone, con indicación de los recursos técnicos, materiales y humanos de que dispone para hacerlo.
      • Presupuesto total desglosado del proyecto de planes de empleo, en el que se especifiquen todos los costes del proyecto, tanto los gastos a financiar por el Servicio Público de Ocupación de Cataluña como las que sean la aportación de la entidad.
      • Programa temporizado del proyecto de planes de empleo.
      • Descripción del tipo de experiencia y práctica profesional que adquirirán los/las trabajadores/as contratados.
      • Acciones previstas de formación, información y orientación laboral, programación de módulos específicos de seguridad y salud laboral, igualdad de oportunidades, módulos de sensibilización y concienciación del medio ambiente, acciones de conocimiento del catalán, entre otros, en su caso.
      • Promoción de la emprendeduría, en su caso.
      • Incorporación de nuevas tecnologías de la información y la comunicación.
      • Cualquier aspecto que sea de interés y no conste en los otros apartados.

    La documentación del apartado 1. sólo se deberá aportar en el caso de cambio de datos o si es la primera vez que se solicita una ayuda al Servicio Público de Ocupación de Cataluña.

    En el caso de documentos que ya estén en poder del Servicio Público de Ocupación de Cataluña, en aplicación de lo previsto en el artículo 35.f) de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, su aportación se puede sustituir por una declaración de la entidad solicitante conforme no ha habido modificaciones en la fecha de presentación de la solicitud, haciendo constar el lugar, la fecha y el órgano ante el cual se presentó la documentación. Esta declaración se anexará al formulario de solicitud.

    Requisitos

    1. Los proyectos de planes de empleo deberán cumplir los requisitos previstos en el artículo 21.1 de la Orden TRE/235/2009, de 8 de mayo, y serán analizados y valorados técnicamente mediante la aplicación de los criterios de selección previstos en el artículo 14 de la Orden mencionada.
    2. Cada entidad solicitante podrá solicitar un número máximo de contratos de trabajo proporcional al paro registrado del municipio donde se realiza el proyecto de acuerdo con los intervalos que se detallan a continuación y la relación que consta en el anexo 2 de esta Resolución.

    Tasas

    No hay tasas asociadas a este trámite.

    Otras informaciones

    Beneficiarios
    Los proyectos de planes de empleo de esta convocatoria se dirigirán exclusivamente a los trabajadores/as desocupados/as, inscritos como demandantes de empleo en el servicio público de empleo, que hayan agotado la prestación por desempleo sin derecho al subsidio de desempleo, o hayan agotado este subsidio en el momento de la presentación de la oferta de empleo.

    Contratos de trabajo

    • Para ejecutar los proyectos, se formalizarán contratos de obra o servicio determinado, de acuerdo con el modelo de contrato de trabajo de duración determinada de interés social.
    • Los contratos de trabajo deberán iniciarse antes del 31 de diciembre de 2011 y estar finalizados antes del 30 de junio de 2012, salvo que sean superiores a 6 meses.
    • En este caso la parte subvencionada por el Servicio Público de Ocupación de Cataluña no podrá ir más allá del 30 de junio de 2012.

    Criterios de valoración
    Los criterios de valoración se puntuarán y acreditarán de la siguiente manera:

    1. Actuaciones de mayor interés general y social: hasta un máximo de 70 puntos.
      • Aquellas que en su ejecución tienen una repercusión directa en la mejora de las condiciones de vida, sociales y laborales de los ciudadanos: hasta un máximo de 10 puntos.
      • Aquellas actuaciones que permitan la mayor participación de trabajadores/as parados/as mediante la utilización de contratos a tiempo parcial de jornada entre el 70 y el 80%: máximo 30 puntos.
    2. Proyectos que acrediten un nivel de inserción laboral más alto: hasta un máximo de 15 puntos.
      • Experiencia y dirección técnica adecuada para conseguir los objetivos técnicos y ocupacionales propuestos hasta un máximo 10 puntos.
      • Incorporación directa de trabajadores/as al finalizar el plan de empleo o creación o apoyo de puestos de trabajo permanente: máximo 5 puntos.
    3. Proyectos que cuenten con alguna cofinanciación de las entidades solicitantes hasta un máximo de 10 puntos.
    4. Se valorarán los periodos de contratación a cargo del'entitat, ya sea mediante realización de contratos con duración o jornada superior a la subvencionada: máximo 10 puntos.

    La puntuación mínima de los proyectos para ser subvencionados debe ser de 60 puntos.
    En caso de que la subvención de los proyectos con más de 60 puntos de un grupo de una comarca supere el importe presupuestado en el artículo 3, se comenzará la asignación de la subvención para los proyectos de mayor puntuación hasta agotar el importe asignado.
    En caso de que en un grupo de una comarca quede presupuesto sin asignar, el importe restante pasará al otro grupo de la comarca con el mismo criterio de asignación, y en caso de que éste tampoco cubra el total presupuestado, pasará en la comarca con mayor paro registrado de la misma demarcación territorial. Si finalmente quedaran importes sin asignar, estos se podrán incorporar a otras demarcaciones territoriales de acuerdo con su volumen de solicitudes y proyectos o contratos de trabajo no subvencionados.

    Cuantía de la subvención
    El salario bruto máximo a subvencionar incluida la prorrata de las pagas extraordinarias es:

    • Grupo de cotización 10-11: máximo 931,89 euros.
    • Grupo de cotización 05-09: máximo 1.242,52 euros.
    • Grupo de cotización 01-04: máximo 1.863,78 euros.

    Estos importes a subvencionar se incrementarán con la cuantía que corresponda por los gastos de cotización a la Seguridad Social.

    Plazos

    Del15.11.2011al 30.11.2011

    Presencialmente


    Puntos de tramitación

    Las entidades solicitantes deben obtener los documentos de solicitud mediante la página web del Servicio Público de Ocupación de Cataluña, en el apartado de Ayudas y Subvenciones, donde han de mecanizar las datos de la entidad, los proyectos y los contratos de trabajo para los que solicitan la subvención. Los impresos de solicitud normalizados, debidamente cumplimentados para presentar en el registro, se imprimen finalizada la mecanización de los datos indicados.

    Las entidades solicitantes deberán presentar el/los proyecto/s de planes de empleo mediante una única solicitud de subvención.

  • ## Resumen Este trámite permite acceder a las subvenciones ofrecidas por el Departament d'Agricultura, Ramaderia, Pesca i Alimentació para la contratación de seguros forestales. A continuación, encontrarás las opciones para solicitar la ayuda según el año de la convocatoria. ## Cómo hacerlo Consulta las opciones disponibles y selecciona el año correspondiente a tu solicitud: * [Solicitar ayuda para la contratación de seguros para el año 2024](/es/tramits/tramits-temes/Subvencions-per-a-la-contractacio-dassegurances-forestals?category=75c244ce-a82c-11e3-a972-000c29052e2c&moda=1) * [Solicitar la ayuda para la contratació de seguros para el año 2023](/es/tramits/tramits-temes/Subvencions-per-a-la-contractacio-dassegurances-forestals?category=75c244ce-a82c-11e3-a972-000c29052e2c&moda=2) * [Sol·licitar ajut per a la contractació d’assegurances per a l’any 2022](/es/tramits/tramits-temes/Subvencions-per-a-la-contractacio-dassegurances-forestals?category=75c244ce-a82c-11e3-a972-000c29052e2c&moda=3) Cada enlace te dirigirá a la información y condiciones específicas de tramitación para ese año.

  • ## Resumen Este trámite permite acceder a las subvenciones destinadas a la contratación de técnicos de integración social en centros privados concertados. **Quién puede usar este servicio:** Centros privados concertados. **Antes de empezar:** Consulta las opciones vinculadas al trámite según el curso escolar para acceder a la información y condiciones específicas. ## Lo que necesitas **Documentos requeridos:** Varían según la convocatoria. Consulta la información específica de cada curso escolar. **Requisitos previos:** Cumplir con los requisitos establecidos en la convocatoria correspondiente al curso escolar. **Costes y plazos:** El trámite es gratuito (subvencionado). Los plazos varían según la convocatoria. ## Cómo hacerlo **Paso a paso del proceso:** 1. **Consulta las opciones:** Selecciona el curso escolar que te corresponda. 2. **Accede a la información:** Revisa los requisitos, plazos y documentación necesaria. 3. **Realiza la solicitud:** Sigue las instrucciones indicadas en la convocatoria. **Información sobre cada etapa:** La información detallada se encuentra en los enlaces correspondientes a cada curso escolar: * [Curso 2021-2022](/es/tramits/tramits-temes/subvencions-contractacio-tecnics-integracio-social?category=bd1b6d64-ca6f-11e5-8c48-005056924a59&moda=1) * [Curso 2020-2021](/es/tramits/tramits-temes/subvencions-contractacio-tecnics-integracio-social?category=bd1b6d64-ca6f-11e5-8c48-005056924a59&moda=2) **Tiempos de espera:** Varían según la convocatoria. ## Ayuda **Contacto:** Departament d'Educació i Formació Professional. **Recursos adicionales:** Consultar las bases de la convocatoria de cada curso escolar.

  • ## Resumen Este trámite permite a las empresas solicitar subvenciones para la contratación laboral de personas de 30 años o más. También permite aportar documentación relacionada con la convocatoria anticipada de 2022. **Quién puede usar este servicio:** Empresas que contraten trabajadores de 30 años o más. ## Lo que necesitas **Documentos requeridos:** La documentación necesaria variará según la opción de trámite seleccionada (solicitud o aportación de documentos). Consulta los requisitos específicos al iniciar el trámite. ## Cómo hacerlo **Paso a paso del proceso:** 1. Consulta las opciones disponibles en la página del trámite. 2. Selecciona la opción que corresponda a tu caso (solicitar la subvención o aportar documentación). 3. Sigue las instrucciones específicas para cada caso. **Opciones disponibles:** * [Solicitar la subvención. Convocatoria anticipada 2022](/es/tramits/tramits-temes/Subvencions-per-a-la-contractacio-laboral-de-persones-de-30-i-mes-anys?category=&temesNom=Treball&moda=1) * [Aportar documentación. Convocatoria anticipada 2022](/es/tramits/tramits-temes/Subvencions-per-a-la-contractacio-laboral-de-persones-de-30-i-mes-anys?category=&temesNom=Treball&moda=2) ## Información Adicional **Fecha de actualización:** 11.10.2022

  • ## Resumen Este trámite ofrece información sobre las subvenciones destinadas a corregir las líneas de alta tensión que representan un peligro para las aves. ## ¿Qué necesitas hacer? Consulta las diferentes opciones disponibles para este trámite: * [Solicitar la subvención](/es/tramits/tramits-temes/23325-Subvencions-per-a-la-correccio-de-les-linies-dalta-tensio-que-suposen-perill-per-a-lavifauna-ca?category=75236c7c-a82c-11e3-a972-000c29052e2c&moda=1) * [Aportar la documentación](/es/tramits/tramits-temes/23325-Subvencions-per-a-la-correccio-de-les-linies-dalta-tensio-que-suposen-perill-per-a-lavifauna-ca?category=75236c7c-a82c-11e3-a972-000c29052e2c&moda=2) * [Justificar](/es/tramits/tramits-temes/23325-Subvencions-per-a-la-correccio-de-les-linies-dalta-tensio-que-suposen-perill-per-a-lavifauna-ca?category=75236c7c-a82c-11e3-a972-000c29052e2c&moda=3)

  • ## Resumen Este trámite te permite solicitar o justificar subvenciones para la creación de obras literarias en catalán y occitano. Elige la opción que corresponda a tu necesidad. ## ¿Qué necesitas hacer? Consulta las opciones disponibles: * [Solicitar la subvención](/es/tramits/tramits-temes/Subvencions-per-a-la-creacio-dobres-literaries-en-llengua-catalana-i-occitana?category=7563a9f2-a82c-11e3-a972-000c29052e2c&moda=1) * [Justificar la subvención](/es/tramits/tramits-temes/Subvencions-per-a-la-creacio-dobres-literaries-en-llengua-catalana-i-occitana?category=7563a9f2-a82c-11e3-a972-000c29052e2c&moda=2)

  • Estas bases tienen por objeto la concesión de subvenciones para el fomento de proyectos y actividades dirigidos a la creación, captación o incremento de públicos de la cultura en Cataluña atendiendo a las siguientes modalidades:

    a) Proyectos y actividades profesionales del ámbito de las artes escénicas (danza, teatro o circo), las artes visuales, o la música que tengan como objetivo la formación, dirigidos a personas que no sean profesionales de los ámbitos indicados.

    Se pueden subvencionar actividades concretas o proyectos que incluyan un conjunto de actividades dentro de una estrategia con un objetivo común. Las actividades pueden consistir en jornadas, talleres, cursos, congresos, seminarios, encuentros u otras actuaciones en el ámbito de la formación reglada o no reglada.

    No son objeto de estas subvenciones los proyectos o actividades desarrollados en las enseñanzas de ciclos formativos de grado medio y superior de las especialidades de artes plásticas y diseño, de las enseñanzas artísticas superiores y de las enseñanzas universitarias.

    b) Apoyo a la organización de premios, concursos o galas de inauguración de temporada que fomenten todo un sector de los ámbitos de las artes escénicas, las artes visuales, el audiovisual o la música.

    Quedan excluidos los premios cuya organización tenga un presupuesto superior a 200.000 euros.

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    El plazo para solicitar la subvención es del 19 de enero al 16 de febrero de 2016, ambos incluidos.

    Esta ayuda es de tramitación telemática obligatoria:

    Consultar las condiciones técnicas necesarias para los trámites en linea

    A quién va dirigido

    1. De la modalidad a) de la base 1.1) (formación de públicos no profesionales), pueden ser beneficiarias de las subvenciones las siguientes personas:

    a) Empresas privadas, ya sean personas físicas o jurídicas, o entidades privadas sin ánimo de lucro, que realicen la totalidad o parte de su actividad en el ámbito de la formación.

    b) Agrupaciones de las empresas o entidades citadas en el apartado a), aunque no tengan personalidad jurídica.

    2. De la modalidad b) de la base 1.1) (organización de premios, concursos o galas de inauguración de temporada) pueden ser beneficiarias de las subvenciones las siguientes personas:

    a) Empresas privadas, ya sean personas físicas o jurídicas, o entidades privadas sin ánimo de lucro, que desarrollen su actividad en los ámbitos de las artes escénicas, las artes visuales, el audiovisual o la música.

    b) Agrupaciones de las empresas o entidades citadas en el apartado a), aunque no tengan personalidad jurídica.

    3. Cuando se trate de agrupaciones sin personalidad jurídica, se deben hacer constar expresamente, tanto al formalizar la solicitud como en el acuerdo de concesión, los compromisos de ejecución asumidos por cada miembro de la agrupación, así como el importe de la ayuda que debe aplicar cada uno, ya que también tienen la consideración de beneficiarios. La agrupación no se puede disolver hasta que no hayan transcurrido los plazos de prescripción establecidos en el artículo 100.4 del texto refundido de la Ley de finanzas públicas de Cataluña, aprobado por el Decreto legislativo 3/2002, de 24 de diciembre, y el artículo 65 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones.

    Organismo responsable

    Normativa

    Documentación relacionada

    Solicitar la subvención

    Plazos

    El plazo de presentación de solicitudes es del 19 de enero al 16 de febrero de 2016, ambos incluidos.

    Documentación

    Documentación administrativa:

    En el formulario de solicitud se autoriza al Instituto Catalán de las Empresas Culturales a consultar de oficio los datos establecidos en el punto 7 de las Bases generales reguladoras .
    La no autorización implicará la presentación correspondiente .

    Documentación a presentar con la solicitud

    1. Memoria del proyecto
    2. Presupuesto del proyecto

    Documentación addicional

    Las empresas propuestas como beneficiarias en la resolución provisional han de presentar addicionalmente, en el caso de agrupaciones de personas sin personalidad jurídica han de presentar el documento de nombramiento de la persona representante o apoderado único de la agrupación

    Las personas jurídicas propuestas como beneficiarias en la resolución provisional con una ayuda de importe superior a 10.000? han de presentar adicionalmente una declaración de las retribuciones de los órganos de dirección o administración

    Requisitos

    1. Para poder optar a las subvenciones deberán cumplirse, aparte de los previstos en la base general 3, los siguientes requisitos y condiciones:

    a) Llevar a cabo la actividad en Cataluña.

    b) Utilizar el catalán como lengua vehicular de la actividad como mínimo en un 50%.

    c) Realizar la actividad dentro del plazo comprendido entre el primer día hábil del mes de octubre del año anterior al de concesión de la subvención y el último día hábil del mes de septiembre del año de concesión de la subvención.
    2. Respecto a la modalidad a) de la base 1.1, además de lo establecido en el apartado 1, se debe acreditar un mínimo de un año de experiencia en la actividad concreta que se ha de subvencionar, o, en su defecto, acreditar experiencia en la actividad concreta subvencionada de, al menos, un año de las personas responsables del proyecto o actividad.
    3. Con respecto de la modalidad b) de la base 1.1, además de lo establecido en el apartado 1, debe acreditarse un mínimo de dos años consecutivos de experiencia en la actividad concreta a subvencionar.

    Tasas

    No hay tasas asociadas a este trámite

    Altres Informacions

    Gastos subvencionables

    Respecto a las dos modalidades previstas son subvencionables:

    a) Los gastos de desplazamiento, alojamiento y manutención del personal de la empresa o entidad solicitante y de los ponentes, formadores, presentadores y jurados que participen directamente en el proyecto o actividad propuesta. Los gastos deben ser imputables a actividades específicas y claramente identificables.

    b) El alquiler de salas.

    c) El alquiler de equipo, maquinaria y mobiliario.

    d) Los gastos de promoción, publicidad y publicaciones.

    e) Hasta un 10% de los gastos indirectos o generales, de acuerdo con la base general 5.4.

    Respecto a la modalidad a) formación de públicos no profesionales, son también subvencionables:

    a) Los honorarios o retribuciones de los formadores, ponentes y personal.

    b) El material didáctico: los gastos de preparación y la reproducción.

    Respecto a la modalidad b) organización de premios, concursos o galas de inauguración de temporada, son también subvencionables:

    a) Los honorarios o retribuciones de los trabajadores participantes en la organización de los premios o del concurso.

    b) La compra de material fungible.

    No son subvencionables las dotaciones económicas o en especie de los premios, si las hubiere.

    Criterios de valoración

    Las solicitudes se valoran de acuerdo con los siguientes criterios:

    a) Capacidad de impacto en la ciudadanía. Hasta 2 puntos. En el caso de propuestas de la modalidad a) formación de públicos no profesional, este criterio se concreta en los siguientes subcriterios:

    - Que se propongan actividades o proyectos de colaboración con otros agentes culturales existentes.

    - Con proyección pedagógica de población en edad escolar y juvenil, y en el ámbito de los ciclos formativos y la formación no reglada.

    - El equilibrio territorial y/o el número de habitantes potencialmente destinatarios.

    - Acciones de inclusión social o actividades dirigidas a los colectivos más vulnerables o con más dificultad como la tercera edad, las personas con discapacidad y los colectivos en riesgo de exclusión social.

    - Que cubran un nicho de mercado desatendido hasta el momento.

    - Que tengan una continuidad en el tiempo.

    b) Interés cultural y calidad artística de la propuesta. Hasta 1 punto. En el caso de propuestas de la modalidad a) formación de públicos no profesional, este criterio se concreta en los siguientes subcriterios:

    - La innovación, la investigación y el uso de las nuevas tecnologías.

    - La participación de profesionales del ámbito en el proyecto o actividad.

    - La existencia de una metodología de pedagogía del arte.

    c) Viabilidad del proyecto y calidad de la gestión. Hasta 2 puntos.

    - Adecuación del presupuesto a los recursos.

    - Plan de financiación y explotación.

    - Grado de financiación previsto al margen de la ayuda.

    d) Comunicación y marketing: se valora positivamente el desarrollo de una estrategia de comunicación y marketing. Hasta 1 punto.

    e) Trayectoria del proyecto o actividad. Hasta 1 punto. Se tiene en cuenta lo siguiente:

    - Años de existencia del proyecto o actividad.

    - Evolución del proyecto o actividad.

    - Resultados económicos y sociales del proyecto o actividad.

    f) Otras líneas de actividad de la empresa o entidad solicitante: se valora positivamente que la entidad o empresa solicitante tenga otras líneas de trabajo en ámbitos culturales y del desarrollo de públicos. Hasta 1 punto.

    g) La formación y la experiencia de los responsables de la propuesta en las actividades que deban desarrollarse. Hasta 2 puntos.

    Se debe obtener un mínimo del 50% de puntuación para poder obtener la subvención.

    Plazos

    Del19.01.2016al 16.02.2016

    Por internet

    Consultar las condiciones técnicas necesarias para los trámites en linea

  • El objeto de esta línea de subvenciones es la digitalización de contenidos editoriales, la edición electrónica de libros id'audiollibres y su difusión y comercialización digital, siempre que se inscriba en alguno de los siguientes:

    • Digitalización de contenidos editoriales:
      • Digitalización de colecciones, títulos u otros contenidos editoriales.
      • Transformación de recursos digitales existentes en recursos digitales accesibles en un repositorio (Open Archives Initiative-OAI u otros).
    • Edición electrónica de libros id'audiollibres.
    • Difusión y comercialización:
      • Marketing, difusión y comercialización digital a través de Internet (incorporación de blogs, podcasts, descargas, widgets, etc.), móviles u otros medios electrónicos.
      • Proyectos de impresión por demanda.
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    Plazo: hasta el 30 de abril de 2011.

    A quién va dirigido

    • A las empresas editoriales con sede social en Cataluña y las que, domiciliadas en un estado miembro de la Unión Europea o del Espacio Económico Europeo, tengan un establecimiento permanente en Cataluña.
    • A las empresas editoriales con sede social en otros territorios del dominio lingüístico catalán o occitano, o bien con sede social en un Estado miembro de la Unión Europea o del Espacio Económico Europeo y que tengan un establecimiento permanente en los territorios mencionados, siempre que se trate de la edición electrónica de libros o audiolibros y que se acredite distribución y comercialización en Cataluña.
    • A las empresas titulares de librerías y otros puntos de venta de libros ubicados en Cataluña.
    • A las entidades privadas sin ánimo de lucro corporativas o representativas del sector editorial o productoras de contenidos para la industria editorial domiciliadas en Cataluña.

    Organismo responsable

    Normativa

    Solicitar la subvención

    Plazos

    El plazo para presentar la solicitud finaliza el 30 de abril de 2011.

    Documentación

    Documentación que debe adjuntarse a la solicitud:
    Documentación general

    1. Copia compulsada del DNI y número de identificación fiscal de la persona solicitante.
    2. En caso de que sea una persona jurídica, copia compulsada de la documentación que acredite la personalidad jurídica de la entidad, inscrita en el registro correspondiente.
    3. Cuando se actúe en nombre de otros:
      • Copia compulsada del DNI de la persona firmante de la solicitud.
      • Copia compulsada de la documentación acreditativa de la representación con que actúa, debidamente inscrita en el registro correspondiente, si procede.
    4. Declaración de medidas de prevención y detección de los casos de acoso sexual y de acoso por razón de sexo.
    5. En el caso de entidades sin ánimo de lucro certificado del acuerdo del órgano competente donde se aprobó la actividad para la que se solicita la subvención, así como donde se acredite que hay previsto crédito suficiente para atender a la aportación propia, en su caso, que prevé el plan de financiación.
    6. Otros documentos incluidos en el formulario de solicitud.

    No es necesario aportar los documentos 1, 2 y 3 en caso de que la persona solicitante ya los haya presentado anteriormente en la Administración de la Generalidad o al Instituto Catalán de las Empresas Culturales, siempre que no hayan transcurrido más de cinco años desde de su presentación y no hayan experimentado ninguna modificación. En este supuesto debe indicarse claramente la fecha y el órgano o dependencia en que fueron presentados y el procedimiento al que hacían referencia. Si el Insituto Catalán de las Empresas Culturales, por causas ajenas a su actuación, no puede conseguir los documentos, debe requerir a la persona solicitante que los aporte en el plazo de diez días hábiles.

    Documentación sobre el proyecto

    1. Memoria completa y detallada de la actividad de que se trate, de acuerdo con el modelo normalizado del ICEC, que debe incluir:
      • Diagnóstico de situación, con planificación de objetivos estratégicos y operativos.
      • Plan detallado de financiación con relación de los gastos previstos y de las fuentes de financiación, con detalle de los recursos propios, de otras subvenciones solicitadas y/o recibidas y con indicación de la subvención que se solicita. En su caso, aportar la relación de gastos en inversiones vinculadas al proyecto.
      • Plan de distribución, comercialización y difusión de los contenidos digitales desde Internet.
      • Calendario detallado de las actuaciones, con indicación de las fases, en su caso.
      • Explicación del repositorio utilizado, para valorar la accesibilidad y visibilidad de los recursos digitales.
      • En su caso, certificado sobre la sujeción a la norma ISO 15836 (Dublin Core) en un repositorio OAI, definido de acuerdo con las especificaciones The Open Archives Initivative Protocolo for Metadata harvesting.

    Tasas

    No hay tasas asociadas a este trámite.

    Otras informaciones

    • Son subvencionables las actuaciones llevadas a cabo durante el 2010, que no hayan obtenido subvención de esta línea de ayuda por el mismo concepto, y las que se lleven a cabo hasta el 31 de mayo de 2011.
    • Las personas beneficiarias deberán presentar la justificación del gasto antes del 30 de junio de 2011

    Las solicitudes son valoradas por la comisión que establece la base 8.2, de acuerdo con los criterios siguientes:

    1. Viabilidad y alcance de la actuación. En este apartado, se valorarán:
      • Financiación, incluido el grado de aportación de recursos propios y de terceros.
      • Gastos en inversiones, en su caso, aunque no son subvencionables.
      • Plan de distribución, comercialización y difusión de los contenidos digitales desde Internet.
    2. Se valorará el sistema de comercialización (ya sea de acceso libre, de pago o con soluciones mixtas) y la inclusión de servicios de impresión a demanda con implicación de librerías.
    3. Alianzas o iniciativas conjuntas entre los agentes de la cadena de valor del libro.
    4. Públicos. En este apartado se valorará la accesibilidad a los públicos de:
      • Libros dirigidos a públicos especializados.
      • Libros adaptados (de signos, de lectura fácil, hablados, etc.).
      • Contenidos. En este apartado se valorarán:
        • Títulos de literatura catalana.
        • Títulos con dificultades de comercialización y de visibilidad en los puntos de venta o libros de difícil acceso (descatalogados y / o agotados o que ya no se distribuyan).

    Plazos

    Hasta al 30.04.2011

    Por internet

    Consultad las condiciones técnicas necesarias para hacer trámites en línea en la Oficina Virtual de Trámites

    Presencialmente

    Descargar el formulario

    Se dirigirá al Director del ICEC y se puede presentar en varios lugares:

    • Registro general del Departamento de Cultura (Rambla de Santa Mónica, 8 08002 Barcelona. 93316 27 00)
    • Servicios Territoriales de Cultura
    • En cualquiera de los lugares que prevé el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

  • El objeto de esta línea se subvencionar la adquisición de un equipamiento audiovisual para cine, independientemente del número de salas que éste tenga, necesario para la realización de proyecciones digitales con calidad 2K o superior
    para dar apoyo a la modernización de las salas de exhibición cinematográfica situadas en zonas de Cataluña con acceso limitado a la oferta en formato digital

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    El plazo de solicitud es del 22 de abril al 22 de mayo de 2014.

    Esta ayuda es de tramitación telemática obligatoria:

    Consultad las condiciones técnicas necesarias para realizar los trámites en línea en la Oficina Virtual de Trámites

    A quién va dirigido

    • A los titulares de salas de exhibición cinematográfica radicadas en municipios de Cataluña con una población inferior a 100.000 habitantes y :
      • Salas de exhibición que pertenezcan a un cine con un máximo de 4 salas.
      • Titulares inscritos en el Registro de Empresas Audiovisuales de Cataluña como exhibidores o Domiciliados en un Estado Miembro de la Unión Europea y responsables directos de la actividad de la sala cinematográfica

    Quedan excluidas las salas de exhibición cinematográfica de municipios que ya dispongan de una sala de exhibición cinematográfica digital.

    Organismo responsable

    Normativa

    Solicitar

    Plazos

    El plazo de solicitud es del 22 de abril al 22 de mayo de 2014.

    Documentación

    Documentación administrativa

    En el formulario de solicitud se autoriza a l'Institut Català de las Empresas Culturales a consultar de oficio los datos establecidos en el punt 7 de las Bases generales reguladoras.

    Documentación sobre el proyecto

    1. Plan de financiación. En el caso de haber recibido subvenciones procedentes de otras administraciones públicas para la misma finalidad, acreditación de éstas mediante las correspondientes resoluciones de concesión
    2. Memoria económico que muestre el plan de amortización de la inversión y las expectativas de explotación de la sala de cine a medio plazo.
    3. Memoria técnica del proyecto de digitalización con especificación del equipamiento audiovisual y de las características técnicas y prestaciones y requerimientos para un funcionamiento correcto.
    4. Potestativamente, la cuenta justificativa prevista en la base 8.

    Requisitos

    1. Para optar a las ayudas, las personas solicitantes deberán cumplir los requisitos y las condiciones que determina la base general 3 , así como los que se establecen a continuación :
      • a) La sala de exhibición cinematográfica objeto de la solicitud debe obtener al menos 11 puntos de acuerdo con el sistema de cálculo:
        • 0,33 puntos por cada kilómetro de distancia respecto de la sala digitalizada más cercana , con un máximo de 10 puntos . Para hacer este cálculo se tendrá en cuenta la distancia general entre términos municipales
        • 0,033 puntos por cada sesión programada por la sala objeto de solicitud del año anterior al de concesión de la subvención con un máximo de 10 puntos . Las sesiones de obras cinematográficas realizadas en versión original catalana , las producidas en Cataluña en cualquier lengua así como las dobladas o subtituladas en catalán tienen puntuación doble . A efectos de este cómputo , se tendrán en cuenta las declaraciones semanales de actividad de las salas que sus titulares deben presentar a la ICEC en el plazo de diez días desde la finalización de la semana correspondiente, de acuerdo con el artículo 18 del Decreto 267 /1999, de 28 de septiembre, sobre régimen administrativo de la cinematografía y el audiovisual . En el caso de que el cine tenga más de una sala , se tendrá en cuenta la sala que haya hecho más sesiones.
          En el caso de que, en comarcas sin salas de exhibición cinematográfica digitales en el momento de publicación de la convocatoria , ninguna sala obtenga 11 puntos , tendrá derecho a la subvención la sala que obtenga una mayor puntuación . A efectos de lo previsto en la base 5.2 , se considerará que ha obtenido 11 puntos .
      • b ) Acreditar que se dispone de los recursos económicos y financieros para hacer la inversión descrita en la solicitud.
      • c ) El proyecto de digitalización se llevará a cabo en el período comprendido entre el 1 de enero y el 1 de diciembre del año de concesión de la subvención.
    2. Los titulares de salas de exhibición cinematográfica sólo pueden presentar una solicitud para cine . Por tanto, en caso de que se trate de un complejo cinematográfico, sólo se puede presentar una solicitud para una sala

    Tasas

    No hay tasas asociadas a este trámite.

    Otras informaciones

    A los efectos de estas bases, se entiende por :

    • a) Titular de una sala de exhibición cinematográfica : la persona física o jurídica cuya actividad u objeto social es la proyección comercial de obras cinematográficas o audiovisuales en salas de exhibición cinematográfica .
    • b) Sala de exhibición cinematográfica : el local o recinto abierto al público donde , de acuerdo con la normativa aplicable , se proyectan obras cinematográficas a cambio del abono previo de un precio o una contraprestación , sin perjuicio de que se ' puedan programar otros contenidos, de acuerdo con el artículo 3.m de la Ley 20/ 2010, de 7 de julio , del cine.
    • c) Cine: el local o recinto donde se realiza la proyección comercial de obras cinematográficas o audiovisuales a través de una o varias salas de exhibición.
    • d) Complejo cinematográfico: cine que tiene dos o más salas de exhibición cinematográfica y la explotación se hace bajo la titularidad de una misma persona física o jurídica con el mismo rótulo de identificación

    Plazos

    Del22.04.2014al 22.05.2014

    Por internet

    Entes locales

    Los entes locales deben presentar la solicitud a través del EACAT

    Consultad las condiciones técnicas necesarias para hacer trámites en línea en la Oficina Virtual de Trámites

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Empresa participante en Cuatrecasas ACELERA en colaboración con Telefónica Open Future.