Subvenciones para la contratación de personas desempleadas que hayan agotado la prestación por desempleo o el subsidio de paro, mediante planes de empleo a entidades locales
Subvenciones para la realización de planes de empleo para las entidades locales de las comarcas de Cataluña que en marzo de 2011 tenían una tasa de paro registral y / o un porcentaje de paro registrado de personas desempleadas sin ningún tipo de prestación o subsidio por desempleo por encima de la media de Cataluña de acuerdo con el Diagnóstico para la estrategia catalana para el empleo 2012-2020.
El objetivo de estas subvenciones es la contratación de personas desempleadas que hayan agotado la prestación por desempleo o el subsidio de paro mediante planes de empleo dirigidos a entidades locales.
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A quién va dirigido
- A los ayuntamientos y sus organismos y entidades dependientes o vinculadas a éstas, con competencia en materia de empleo y desarrollo local.
- A las entidades locales de ámbito supramunicipal con personalidad jurídica propia.
- A las entidades jurídicas de creación voluntaria de ámbito supramunicipal con participación mayoritaria por parte de administraciones públicas y competencias en políticas activas de empleo y promoción económica y desarrollo local, podrán participar en la convocatoria cuando soliciten proyectos que se desarrollen los municipios del grupo 1 de su comarca.
Organismo responsable
- Departament de Treball, Afers Socials i Famílies
- Secretaria General de Treball, Afers Socials i Famílies
- Servei Public d'Ocupacio de Catalunya (SOC)
Normativa
Solicitar la subvención
Plazos
El plazo para presentar la solicitud es del 15 al 30 de noviembre de 2011.
Documentación
Documentación que se debe adjuntar a la solicitud:
- Documentación de la acreditación de las facultades del representante de la entidad que solicita para actuar en nombre de la entidad, y escritura o estatutos de la entidad en su caso.
- Hoja de domiciliación bancaria debidamente formalizado
- Memoria donde se tendrán que desarrollar, como mínimo, los siguientes aspectos:
- Necesidades en el ámbito de actuación del proyecto de planes de empleo.
- Grupo de cotización, CCAE, y perfil profesional de los / las trabajadores / as a contratar.
- Modalidad contractual, jornada laboral y duración de los contratos de trabajo solicitados, indicando en su caso la jornada o duración a subvencionar por el Servicio Público de Ocupación de Cataluña y la jornada o duración que financia la entidad.
- Justificación del interés general y la repercusión social de la realización del proyecto de planes de empleo.
- Resultados esperados en cuanto a la inserción laboral y mejora de la ocupabilidad haciendo explícita la relación causa-efecto entre las actuaciones propuestas y los resultados esperados.
- Acreditación de la capacidad técnica de la entidad solicitante para gestionar el projecteque propone, con indicación de los recursos técnicos, materiales y humanos de que dispone para hacerlo.
- Presupuesto total desglosado del proyecto de planes de empleo, en el que se especifiquen todos los costes del proyecto, tanto los gastos a financiar por el Servicio Público de Ocupación de Cataluña como las que sean la aportación de la entidad.
- Programa temporizado del proyecto de planes de empleo.
- Descripción del tipo de experiencia y práctica profesional que adquirirán los/las trabajadores/as contratados.
- Acciones previstas de formación, información y orientación laboral, programación de módulos específicos de seguridad y salud laboral, igualdad de oportunidades, módulos de sensibilización y concienciación del medio ambiente, acciones de conocimiento del catalán, entre otros, en su caso.
- Promoción de la emprendeduría, en su caso.
- Incorporación de nuevas tecnologías de la información y la comunicación.
- Cualquier aspecto que sea de interés y no conste en los otros apartados.
La documentación del apartado 1. sólo se deberá aportar en el caso de cambio de datos o si es la primera vez que se solicita una ayuda al Servicio Público de Ocupación de Cataluña.
En el caso de documentos que ya estén en poder del Servicio Público de Ocupación de Cataluña, en aplicación de lo previsto en el artículo 35.f) de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, su aportación se puede sustituir por una declaración de la entidad solicitante conforme no ha habido modificaciones en la fecha de presentación de la solicitud, haciendo constar el lugar, la fecha y el órgano ante el cual se presentó la documentación. Esta declaración se anexará al formulario de solicitud.
Requisitos
- Los proyectos de planes de empleo deberán cumplir los requisitos previstos en el artículo 21.1 de la Orden TRE/235/2009, de 8 de mayo, y serán analizados y valorados técnicamente mediante la aplicación de los criterios de selección previstos en el artículo 14 de la Orden mencionada.
- Cada entidad solicitante podrá solicitar un número máximo de contratos de trabajo proporcional al paro registrado del municipio donde se realiza el proyecto de acuerdo con los intervalos que se detallan a continuación y la relación que consta en el anexo 2 de esta Resolución.
Tasas
No hay tasas asociadas a este trámite.
Otras informaciones
Beneficiarios
Los proyectos de planes de empleo de esta convocatoria se dirigirán exclusivamente a los trabajadores/as desocupados/as, inscritos como demandantes de empleo en el servicio público de empleo, que hayan agotado la prestación por desempleo sin derecho al subsidio de desempleo, o hayan agotado este subsidio en el momento de la presentación de la oferta de empleo.
Contratos de trabajo
- Para ejecutar los proyectos, se formalizarán contratos de obra o servicio determinado, de acuerdo con el modelo de contrato de trabajo de duración determinada de interés social.
- Los contratos de trabajo deberán iniciarse antes del 31 de diciembre de 2011 y estar finalizados antes del 30 de junio de 2012, salvo que sean superiores a 6 meses.
- En este caso la parte subvencionada por el Servicio Público de Ocupación de Cataluña no podrá ir más allá del 30 de junio de 2012.
Criterios de valoración
Los criterios de valoración se puntuarán y acreditarán de la siguiente manera:
- Actuaciones de mayor interés general y social: hasta un máximo de 70 puntos.
- Aquellas que en su ejecución tienen una repercusión directa en la mejora de las condiciones de vida, sociales y laborales de los ciudadanos: hasta un máximo de 10 puntos.
- Aquellas actuaciones que permitan la mayor participación de trabajadores/as parados/as mediante la utilización de contratos a tiempo parcial de jornada entre el 70 y el 80%: máximo 30 puntos.
- Proyectos que acrediten un nivel de inserción laboral más alto: hasta un máximo de 15 puntos.
- Experiencia y dirección técnica adecuada para conseguir los objetivos técnicos y ocupacionales propuestos hasta un máximo 10 puntos.
- Incorporación directa de trabajadores/as al finalizar el plan de empleo o creación o apoyo de puestos de trabajo permanente: máximo 5 puntos.
- Proyectos que cuenten con alguna cofinanciación de las entidades solicitantes hasta un máximo de 10 puntos.
- Se valorarán los periodos de contratación a cargo del'entitat, ya sea mediante realización de contratos con duración o jornada superior a la subvencionada: máximo 10 puntos.
La puntuación mínima de los proyectos para ser subvencionados debe ser de 60 puntos.
En caso de que la subvención de los proyectos con más de 60 puntos de un grupo de una comarca supere el importe presupuestado en el artículo 3, se comenzará la asignación de la subvención para los proyectos de mayor puntuación hasta agotar el importe asignado.
En caso de que en un grupo de una comarca quede presupuesto sin asignar, el importe restante pasará al otro grupo de la comarca con el mismo criterio de asignación, y en caso de que éste tampoco cubra el total presupuestado, pasará en la comarca con mayor paro registrado de la misma demarcación territorial. Si finalmente quedaran importes sin asignar, estos se podrán incorporar a otras demarcaciones territoriales de acuerdo con su volumen de solicitudes y proyectos o contratos de trabajo no subvencionados.
Cuantía de la subvención
El salario bruto máximo a subvencionar incluida la prorrata de las pagas extraordinarias es:
- Grupo de cotización 10-11: máximo 931,89 euros.
- Grupo de cotización 05-09: máximo 1.242,52 euros.
- Grupo de cotización 01-04: máximo 1.863,78 euros.
Estos importes a subvencionar se incrementarán con la cuantía que corresponda por los gastos de cotización a la Seguridad Social.
Plazos
Del15.11.2011al 30.11.2011
Presencialmente
Puntos de tramitación
- Direcció Territorial de Barcelona del Servei d'Ocupació de Catalunya (SOC)
- Direcció Territorial de Girona del Servei d'Ocupació de Catalunya (SOC)
- Direcció Territorial de Lleida del Servei d'Ocupació de Catalunya (SOC)
- Direcció Territorial de Tarragona del Servei d'Ocupació de Catalunya (SOC)
- Direcció Territorial de les Terres de l'Ebre del Servei d'Ocupació de Catalunya (SOC)
Las entidades solicitantes deben obtener los documentos de solicitud mediante la página web del Servicio Público de Ocupación de Cataluña, en el apartado de Ayudas y Subvenciones, donde han de mecanizar las datos de la entidad, los proyectos y los contratos de trabajo para los que solicitan la subvención. Los impresos de solicitud normalizados, debidamente cumplimentados para presentar en el registro, se imprimen finalizada la mecanización de los datos indicados.
Las entidades solicitantes deberán presentar el/los proyecto/s de planes de empleo mediante una única solicitud de subvención.
Trámites relacionados
Oficinas de la administración
Institut de Recerca de L'Energia de Catalunya (IREC)
Otros Jardins de Les Dones de Negre 1, 08930, Sant Adrià de Besòs
Consorci de Comerç, Artesania I Moda de Catalunya
Calle Provença 339, 08037, Barcelona
Grupo de Asisténcia Sanitária y Social (SAGESSA)
Avenida Dr. Josep Laporte 2, 43204, Reus
Consorci Per a la Normalització Lingüística (CPNL)
Calle Mallorca 272, 08037, Barcelona
Tel. 932723100
Consorci Hospitalari de Vic
Calle Francesc Pla, el Vigatà 1, 08500, Vic
Tel. 938891111
Fundación Privada Centro de Investigación en Salud Internacional de Barcelona (CRESIB)
Calle Rosselló 132, 08036, Barcelona
Tel. 932275706
Institut D'Investigacions Biomèdiques August Pi I Sunyer (IDIBAPS)
Calle Rosselló 149-153, 08036, Barcelona
Escola D'Administració Pública de Catalunya (EAPC)
Carrer Girona 20, 08010, Barcelona
Consorci del Parc Fluvial del Llobregat
Otros Torre de L'Amo de Viladomiu Nou s/n, 08680, Gironella
Tel. 938250689
Cataluña Radio
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