Generalitat de Cataluña

  • ## Resumen Este trámite permite solicitar o justificar subvenciones destinadas al inventario y documentación de bienes culturales en museos catalanes. ## ¿Qué necesitas hacer? Elige la opción que corresponda a tu situación: * [Solicitar la subvención](/es/tramits/tramits-temes/Subvencions-per-a-linventari-i-documentacio-dels-bens-culturals-que-integren-els-museus-catalans?category=740af80a-a82c-11e3-a972-000c29052e2c&moda=1) * [Justificar la subvención](/es/tramits/tramits-temes/Subvencions-per-a-linventari-i-documentacio-dels-bens-culturals-que-integren-els-museus-catalans?category=740af80a-a82c-11e3-a972-000c29052e2c&moda=2)

  • ## Resumen Este trámite permite acceder a subvenciones para el pago del alquiler, dirigidas a diferentes grupos de edad. A continuación, puedes consultar las opciones disponibles y acceder a la información y condiciones de cada una. ## ¿Quién puede usar este servicio? * Personas jóvenes hasta 35 años. * Personas entre 36 y 64 años. * Personas de 65 años o más. ## ¿Qué necesitas hacer? Consulta las opciones vinculadas al trámite y selecciona la que corresponda con tu caso para acceder a toda la información y condiciones de tramitación: * [Personas jovenes hasta 35 años a fecha 26/02/2024. Año 2024](/es/tramits/tramits-temes/20246_Subvencions-per-al-pagament-del-lloguer?category=74aba454-a82c-11e3-a972-000c29052e2c&moda=1) * [Personas entre 36 i 64 años, ambos incluidos, a fecha 31/01/2025.](/es/tramits/tramits-temes/20246_Subvencions-per-al-pagament-del-lloguer?category=74aba454-a82c-11e3-a972-000c29052e2c&moda=2) * [Personas de 65 años o mas a fecha 31/01/2025](/es/tramits/tramits-temes/20246_Subvencions-per-al-pagament-del-lloguer?category=74aba454-a82c-11e3-a972-000c29052e2c&moda=3) * [Presentación de recibos para resoluciones favorables o presentación de documentación](/es/tramits/tramits-temes/20246_Subvencions-per-al-pagament-del-lloguer?category=74aba454-a82c-11e3-a972-000c29052e2c&moda=4) ## Ayuda Si deseas dar tu opinión sobre esta información, puedes hacerlo a través del siguiente enlace: [Da tu opinión sobre esta información.](https://foq.youreurope.europa.eu/info-service-noft?lang=es&url=https://web.gencat.cat/es/tramits/tramits-temes/20246_Subvencions-per-al-pagament-del-lloguer)

  • ## Resumen Esta página ofrece información sobre las subvenciones destinadas al pago del alquiler de viviendas para personas en situación de emergencia económica y social, o en riesgo de exclusión residencial. Aquí encontrarás los enlaces para solicitar la ayuda y para presentar los recibos o justificaciones correspondientes. ## ¿Qué necesitas hacer? Consulta las opciones disponibles y selecciona la que corresponda a tu caso para acceder a la información y condiciones de tramitación. * [Solicitar](/es/tramits/tramits-temes/Subvencions_lloguer_mesa?category=747fd95a-a82c-11e3-a972-000c29052e2c&moda=1) * [Presentación de recibos o justificaciones](/es/tramits/tramits-temes/Subvencions_lloguer_mesa?category=747fd95a-a82c-11e3-a972-000c29052e2c&moda=2)

  • ## Resumen Este trámite permite acceder a las subvenciones del programa Consolida't, diseñado para apoyar a los trabajadores autónomos en Cataluña. El programa busca fortalecer y consolidar sus negocios, así como fomentar la reinvención de sus actividades. **¿Quién puede usar este servicio?** Trabajadores autónomos dados de alta en Cataluña que cumplan con los requisitos específicos de cada convocatoria. **Antes de empezar** * Revisa las diferentes opciones disponibles según la acción que necesites realizar (solicitar, aportar documentación, justificar). * Identifica la convocatoria que corresponde a tu situación. * Asegúrate de cumplir con todos los requisitos de la convocatoria. ## Lo que necesitas * **Documentos requeridos:** Varían según la convocatoria. Consulta la documentación específica solicitada en cada caso. * **Requisitos previos:** Ser trabajador autónomo en Cataluña y cumplir con los criterios de elegibilidad de la convocatoria. * **Costes y plazos:** El trámite es gratuito, pero los plazos de solicitud y justificación varían según la convocatoria. ## Cómo hacerlo 1. **Selecciona la opción correspondiente:** Elige la opción que se ajuste a tu necesidad: solicitar la ayuda, aportar documentación o justificar la ayuda. 2. **Accede al trámite:** Haz clic en el enlace correspondiente a la convocatoria a la que deseas aplicar. 3. **Sigue las instrucciones:** Completa el formulario y adjunta la documentación requerida según las indicaciones de la convocatoria. ## Trámites relacionados * [Participación en el Programa Consolida't](/es/tramits/tramits-temes/Programa-consolidat-segona-fase?category=768baee4-a82c-11e3-a972-000c29052e2c)

  • ## Resumen Subvenciones destinadas a empresas de atracciones y servicios de restauración en ferias, verbenas y fiestas mayores afectadas por la COVID-19. Quién puede usar este servicio: * Empresas y profesionales autónomos o pymes del sector. Antes de empezar: * Este trámite solo puede realizarse online. * El plazo de solicitud fue del 18 al 30 de diciembre de 2020. ## Lo que necesitas Documentos requeridos: * Manual de Instrucciones de la instalación de feria, que contenga una fotografía de la misma. * IAE. * Certificados de montaje y recibos justificativos de instalación en un mínimo de 3 ferias de atracciones en fiestas mayores desde el 1 de enero de 2019 hasta la declaración del estado de alarma, en fecha 14 de marzo de 2020. Requisitos previos: * Estar domiciliado en Cataluña. * Estar dado de alta en el censo del impuesto de actividades económicas. * Haber ejercido la actividad en un mínimo de 3 ferias desde el 1 de enero de 2019 hasta el 14 de marzo de 2020. * Acreditar una reducción de la actividad de al menos el 50% respecto al año anterior. Costes y plazos: * Este trámite no tiene tasas. ## Cómo hacerlo Paso a paso del proceso: 1. **Solicitar:** * Plazo: Del 18/12/2020 al 30/12/2020. * Tramitación online con idCAT Móvil o certificado digital. * Descargar, rellenar y enviar el formulario. * [Descargar el formulario con certificado digital](https://ovt.gencat.cat/gsitgf/AppJava/ce/traint/renderitzarCE.do?reqCode=inicial&set-locale=es_ES&idServei=COM066SOLC&urlRetorn=https%3A%2F%2Fweb.gencat.cat%2Fes%2Ftramits%2Ftramits-temes%2FSubvencions-en-lambit-de-les-empreses-datraccions-i-serveis-de-restauracio-propis-de-fires-datraccions-revetlles-i-festes-majors-a-la-via-publica-fora-destabliments-permanents-afectades-economicament-per-la-COVID-19%3Fcategory%3D72fbd1ca-a82c-11e3-a972-000c29052e2c) * [Descargar el formulario con IdCat Móvil](https://ovt.gencat.cat/gsitgf/AppJava/ce/traint/renderitzarCE.do?reqCode=inicial&set-locale=es_ES&idServei=COM067SOLC&urlRetorn=https%3A%2F%2Fweb.gencat.cat%2Fes%2Ftramits%2Ftramits-temes%2FSubvencions-en-lambit-de-les-empreses-datraccions-i-serveis-de-restauracio-propis-de-fires-datraccions-revetlles-i-festes-majors-a-la-via-publica-fora-destabliments-permanents-afectades-economicament-per-la-COVID-19%3Fcategory%3D72fbd1ca-a82c-11e3-a972-000c29052e2c) 2. **Consultar el estado del trámite:** * Canal Empresa (con idCat Móvil o certificado digital). * [Estado de mis gestiones](https://ovt.gencat.cat/gsitfc/AppJava/ce/tramit/queproCE.do?set-locale=ca_ES) (con identificador del trámite y DNI/NIF). * Teléfono 012 (con identificador del trámite y DNI/NIF). 3. **Recibir la respuesta de la Administración:** * Plazo máximo: 6 meses desde la publicación de la convocatoria. * La resolución se publica en el [Tablón electrónico de la Administración de la Generalitat de Cataluña](http://tauler.seu.cat/). * Posibilidad de recurso de alzada ante el Departamento de Empresa y Conocimiento. ## Después de hacerlo Plazos de resolución: * El plazo máximo para resolver y notificar la resolución es de seis meses desde la publicación de la convocatoria. Siguientes pasos: * Si transcurrido el plazo de seis meses no se ha recibido notificación, la solicitud se entenderá desestimada por silencio administrativo. ## Ayuda Contacto: * [Consultas sobre las subvenciones para el sector de ferias, verbenas y fiestas mayores afectado por la Covid-19](https://ovt.gencat.cat/gsitfc/AppJava/generic/conqxsGeneric.do?webFormId=231&set-locale=ca_ES?reqCode=newCqs&topicLevel1.id=706&topicLevel2.id=30459) Recursos adicionales: * [Preguntas frecuentes](http://ccam.gencat.cat/ca/detalls/noticia/20201215_faqs_sector_fires) Normativa: * [Resolució per la qual s’aproven les bases reguladores per a la concessió de subvencions en l’àmbit de les empreses d’atraccions i serveis de restauració propis de fires, revetlles i festes majors a la via pública, fora d’establiments permanents, afectades econòmicament per les mesures de salut pública decretades per pal·liar els efectes de la COVID-19](https://dogc.gencat.cat/ca/pdogc_canals_interns/pdogc_resultats_fitxa/?action=fitxa&documentId=888965&language=ca_ES) * [Resolució de 15 de desembre de 2020, per la qual s’obre la convocatòria per a la concessió de subvencions en l’àmbit de les empreses d’atraccions i serveis de restauració propis de fires i revetlles, fora d’establiments permanents, afectats econòmicament per les mesures de tancament decretades per pal·liar els efectes de la COVID-19 (ref. BDNS 539630).](https://dogc.gencat.cat/ca/pdogc_canals_interns/pdogc_resultats_fitxa/?action=fitxa&documentId=889194&language=ca_ES)

  • Son subvenciones a los entes locales para el año 2017 para el tratamiento de la vegetación en las franjas exteriores de protección en las urbanizaciones o núcleos de población afectados por la Ley 5/2003.

    Se establecen dos tipos de ayudas, que comprenden las siguientes actuaciones:

    • Tratamiento de vegetación con desbroce de matorral y corta de arbolado.

    • Tratamiento de vegetación con desbroce de matorral.

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    • Plazos: del 3 de noviembre al 2 de diciembre de 2016

    A quién va dirigido

    A entes locales que tengan en su ámbito territorial urbanizaciones o núcleos urbanos afectados por la Ley 5/2003.

    Organismo responsable

    Normativa

    Solicitar la subvención

    Plazos

    • El plazo para presentar la solicitud finaliza el 2 de diciembre de 2016.
    • El plazo para ejecutar las actuaciones finaliza el 15 de junio de 2017.
    • El plazo para justificar las subvenciones finaliza el 30 de agosto de 2017.

    Documentación

    Documentación que debe adjuntarse al formulario de solicitud:

    a) Acuerdo del órgano competente para solicitar la ayuda y aceptar los compromisos correspondientes.

    b) Descripción de las actuaciones para las que se solicita ayuda, incluyendo las fechas de inicio y finalización previstas:

    • Memoria descriptiva de la actuación y mediciones.
    • Mapa de detalle, preferentemente a escalas 1: 10000 o 1: 5000, de la actuación y donde esté definida claramente la actuación o actuaciones a realizar.
    • Fotografías o imágenes de la franja antes de realizar las actuaciones con la indicación de la fecha y de las coordenadas donde han sido tomadas o localizadas sobre un mapa.

    c) Presupuesto completo y detallado de las actuaciones en el que figuren todos los gastos y los ingresos previstos, la cuantía de la ayuda que se solicita y el detalle de las fuentes de financiación de la línea de subvenciones correspondiente. En caso de que la actividad subvencionada consista en diferentes actuaciones, el presupuesto se desglosará por actuaciones y por conceptos de gasto.

    d) Certificado emitido por la entidad local solicitante que acredite que dispone de la autorización de los propietarios de los terrenos donde se ejecutarán las actuaciones para las que se solicita la ayuda; o bien el listado de los propietarios de los terrenos donde se ejecutarán las actuaciones y de las superficies y ubicaciones respectivas afectadas -en base a la información disponible or el ayuntamiento- con expresión de si se dispone o no de la autorización pertinente para realizar las actuaciones, a los efectos de ejecución de los trabajos y determinación de la indemnización correspondiente, en su caso.

    e) Si las actuaciones afectan a más de un ente local, deberá presentar copia del convenio interadministrativo que prevé la Ley 5/2003, de 22 de abril, donde se especifique qué parte de las actuaciones corresponde al solicitante.

    f) Si las actuaciones deben hacerse en terrenos con pendientes superiores al 40%, es necesario un informe técnico de un facultativo forestal sobre las medidas necesarias para minimizar los efectos de las actuaciones. El contenido de este informe es el indicado en el anexo 2 del Decreto 123/2005 y la superficie de franja de protección que presenta una pendiente superior al 40% debe delimitarse en la cartografía adjunta a la solicitud de ayuda.

    Requisitos

    Para obtener la condición de beneficiarios de las subvenciones, los entes locales solicitantes deben cumplir los requisitos y condiciones generales establecidos en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones que le sean aplicables , y los siguientes:
    a) La cuenta donde se debe ingresar el importe de la ayuda incluida en el impreso de solicitud debe pertenecer al ente local beneficiario de la ayuda.
    b) Presentar declaración sobre si se han solicitado y/u obtenido otras ayudas públicas o privadas para la misma actividad, haciendo constar la relación detallada con la entidad concedente y la cantidad solicitada y/u obtenida.
    c) El cumplimiento de la cuota de reserva para la integración social del personal discapacitado que establece la legislación vigente, si procede.
    d) En el supuesto de que la entidad tenga una plantilla igual o superior a veinticinco personas, la entidad beneficiaria debe prever, conjuntamente con los agentes sociales, los medios oportunos en sus centros de trabajo para prevenir y detectar casos de acoso sexual y de acoso por razón de sexo e intervenir.
    e) Cumplir con la normativa de política lingüística haciendo constar, al menos en catalán, los rótulos y las informaciones de carácter fijo y que contengan texto que deben figurar en el interior de los centros laborales dirigidos a las personas que trabajan en ellos.
    f) Cumplir con la normativa de política lingüística atendiendo en cualquiera de las lenguas oficiales de Cataluña y redactando, al menos en catalán, la señalización y los carteles de información general de carácter fijo y los documentos de oferta de servicios para las personas usuarias y consumidoras de los establecimientos abiertos al público.
    g) Cumplir las obligaciones que establece el artículo 6.1 de la Ley 17/2015, de 21 de julio, de igualdad efectiva de mujeres y hombres.
    h) Cumplir con las obligaciones establecidas en la Ley 17/2015, de 21 de julio, referentes a los planes de políticas de igualdad de género de las administraciones locales de Cataluña.
    e) Cumplir las obligaciones de facilitar la información que la legislación de transparencia impone a los beneficiarios en relación con la Administración o Administraciones de referencia, sin perjuicio del cumplimiento de las obligaciones de transparencia que les correspondan de forma directa de acuerdo con la Ley 19 / 2014, de 29 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno, así como los demás principios éticos y reglas de conducta establecidos en la mencionada Ley.

    Tasas

    No hay tasas asociadas a este trámite.

    Plazos

    Del03.11.2016al 02.12.2016

    Por internet

    Las solicitudes para acogerse a estas ayudas se formalizarán en impreso normalizado que se podrá descargar desde la extranet de las administraciones públicas catalanas (EaCat), dirección https://www.eacat.cat. En esta misma dirección se encontrarán las instrucciones para cumplimentarlo. Sólo se admitirán a trámite las solicitudes presentadas telemáticamente a través de la plataforma EaCat.

  • ## Resumen Este trámite te permite solicitar o aportar documentación para las subvenciones destinadas a reducir la brecha de género en el ámbito de las Tecnologías de la Información y la Comunicación (TIC). ## ¿Qué necesitas hacer? Elige la opción que corresponda a tu situación: * [Solicitar la subvención](/es/tramits/tramits-temes/Subvencions-per-a-lambit-de-les-TIC-Bretxa-de-genere?category=2e3b7018-36ac-11e5-be5c-005056924a59&moda=1) * [Aportar documentación](/es/tramits/tramits-temes/Subvencions-per-a-lambit-de-les-TIC-Bretxa-de-genere?category=2e3b7018-36ac-11e5-be5c-005056924a59&moda=2) *Última actualización: 14.01.2025*

  • ## ¿Qué necesitas hacer? Consulta a continuación todas las opciones vinculadas al trámite. Selecciona la que se corresponda con tu caso y podrás acceder a toda la información y condiciones de tramitación. * [Solicitar la subvención](https://web.gencat.cat/es/tramits/tramits-temes/Subvencions-per-a-lambit-de-les-TIC-Bretxa-de-genere?category=2e3b7018-36ac-11e5-be5c-005056924a59&moda=1) * [Aportar documentación](https://web.gencat.cat/es/tramits/tramits-temes/Subvencions-per-a-lambit-de-les-TIC-Bretxa-de-genere?category=2e3b7018-36ac-11e5-be5c-005056924a59&moda=2) Fecha de actualización 14.01.2025

  • ## Resumen Este trámite te permite acceder a las subvenciones destinadas a reducir la brecha digital en el ámbito de las Tecnologías de la Información y la Comunicación (TIC). **¿Quién puede usar este servicio?** * Beneficiarios de las subvenciones. ## Cómo hacerlo El trámite se divide en tres opciones principales: * **Solicitar la subvención:** Inicia el proceso de solicitud. * **Aportar documentación:** Entrega la documentación requerida para tu solicitud. * **Justificar la subvención:** Presenta la justificación del uso de los fondos recibidos. Para cada una de estas opciones, puedes acceder a la información y condiciones específicas a través de los siguientes enlaces: * [Solicitar la subvención](/es/tramits/tramits-temes/23744-Subvencions-per-a-lambit-de-les-TIC-Bretxa-digital?category=2e3b7018-36ac-11e5-be5c-005056924a59&moda=1) * [Aportar documentació](/es/tramits/tramits-temes/23744-Subvencions-per-a-lambit-de-les-TIC-Bretxa-digital?category=2e3b7018-36ac-11e5-be5c-005056924a59&moda=2) * [Justificar la subvención](/es/tramits/tramits-temes/23744-Subvencions-per-a-lambit-de-les-TIC-Bretxa-digital?category=2e3b7018-36ac-11e5-be5c-005056924a59&moda=3)

  • ## Resumen Este trámite permite a las entidades solicitar, aportar documentación, o justificar subvenciones provenientes de fondos del Pacto de Estado contra la Violencia de Género. ## ¿Qué necesitas hacer? Consulta las siguientes opciones según tu necesidad: * [Solicitar la subvención](/es/tramits/tramits-temes/Subvencions-amb-fons-provinents-del-Pacte-dEstat-contra-la-violencia-de-genere?category=76531384-a82c-11e3-a972-000c29052e2c&moda=1) * [Aportar documentación (convocatoria 2020)](/es/tramits/tramits-temes/Subvencions-amb-fons-provinents-del-Pacte-dEstat-contra-la-violencia-de-genere?category=76531384-a82c-11e3-a972-000c29052e2c&moda=2) * [Aportar documentación (convocatorias anteriores al año 2020)](/es/tramits/tramits-temes/Subvencions-amb-fons-provinents-del-Pacte-dEstat-contra-la-violencia-de-genere?category=76531384-a82c-11e3-a972-000c29052e2c&moda=3) * [Justificar la subvención](/es/tramits/tramits-temes/Subvencions-amb-fons-provinents-del-Pacte-dEstat-contra-la-violencia-de-genere?category=76531384-a82c-11e3-a972-000c29052e2c&moda=4)

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