Se entiende por cetrería el adiestramiento de aves rapaces con el fin de hacerlas volar libremente y/o cazar. Dado que casi todas las especies con las que se practica la cetrería están protegidas, se requiere de una autorización para su tenencia, que otorga el Departamento de Territorio y Sostenibilidad.
Esta autorización es para todas las especies de rapaces, independientemente de que sean protegidas o no, y se hace efectiva mediante la alta del pájaro en el Registro de aves rapaces para la práctica de la cetrería, y el otorgamiento al tenedor de un permiso de tenencia para cada ave.
Cualquier persona que quiera tener una rapaz sólo la puede tener para la práctica de la cetrería; otros fines (por ejemplo zoológicos) requerirán de otras autorizaciones.
En los casos de cesión definitiva, muerte o desaparición del ejemplar, se comunicará inmediatamente la baja en la Sección de Biodiversidad y Actividades Cinegéticas de los servicios territoriales correspondientes del Departamento de Territorio y Sostenibilidad (Servicio de Biodiversidad y Protección de los Animales, en el caso los tenedores de las comarcas de Barcelona y de la Cataluña Central).
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A las personas que tienen aves rapaces para la práctica de la cetrería.
Se debe solicitar con la máxima celeridad desde la adquisición del ejemplar.
De acuerdo con la Ley 3/2015, del 11 de marzo, de medidas fiscales, financieras y administrativas, a fin de inscribir el ejemplar al Registro de cetrería y obtener el correspondiente permiso de tenencia a realizar el pago previo de la Tasa para la inscripción, anillamiento y control de ejemplares de aves y de las instalaciones donde se encuentran alojados (50 euros por ejemplar).
La solicitud se puede presentar en la oficina de registro de los puntos de tramitación y también por los medios que prevee el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común.
El Servicio de Biodiversidad y Protección de los Animales es el punto de tramitación para los solicitantes de las comarcas de Barcelona y de la Cataluña Central. Para el resto de comarcas, los puntos de tramitación son los servicios territoriales correspondientes del Departamento de Territorio y Sostenibilidad.
Se debe solicitar con la máxima celeridad después del hecho causante de baja.
No hay tasas asociadas a este trámite
Tenencias o cesiones temporales:
La solicitud se puede presentar en la oficina de registro de los puntos de tramitación y también por los medios que prevee el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común.
El Servicio de Biodiversidad y Protección de los Animales es el punto de tramitación para los solicitantes de las comarcas de Barcelona y de la Cataluña Central. Para el resto de comarcas, los puntos de tramitación son los servicios territoriales correspondientes del Departamento de Territorio y Sostenibilidad.
El registro de catalanes y catalanas residentes en el exterior, de inscripción voluntaria, integra los datos de todas aquellas personas de nacionalidad española que residen fuera del Estado español y que tienen la condición política de catalán de acuerdo con el Estatuto de Autonomía de Cataluña o bien tienen como municipio de adscripción cualquiera de las poblaciones catalanas.
Las finalidades del registro son conocer las demandas y necesidades de los catalanes y catalanas residentes en el exterior y posibilitar el ejercicio de sus derechos en tanto que catalanes y catalanas y, en cualquier caso, que las actuaciones de la Generalitat dirigidas a estos colectivos sean más efectivas.
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A los ciudadanos y ciudadanas que tengan la condición política de catalán de acuerdo con el Estatuto de Autonomía de Cataluña y que residan en el exterior.
Este trámite se puede solicitar en cualquier momento.
Documentación que debe acompañar a la solicitud:
Documentación general
Documentación en caso de personas solicitantes menores de edades
Documentación en caso de personas solicitantes incapacitadas legalmente
1.Fotocopia de la documentación de identidad del padre, madre o tutor/a del/de la menor.
2.En caso que el/la representante legal sea el padre o la madre de la persona solicitante, fotocopias del libro de familia expedido por el Estado español donde conste el nombre del padre/madre y el nombre del/de la menor.
3.En caso de que el representante legal sea el tutor/a de la persona solicitante, fotocopia de la documentación acreditativa de la condición de tutor/a del/de la menor.
Documentación en caso de personas solicitantes incapacitadas legalmente:
1.Fotocopia de la documentación de identidad del/de la representante legal.
2.Fotocopia del documento que acredite la condición de representante legal de la persona solicitante incapacitada legalmente.
No hay tasas asociadas a este trámite.
Baja por defunción
Sólo en el caso de baja por defunción de la persona inscrita habrá que aportar la documentación que acredite la defunción. Si el difunto es menor de edad o incapacidad legalmente no habrá que aportar la documentación de representación legal.
La documentación también se puede presentar a cualquiera de los lugares que prevé el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común.
El formulario de solicitud junto con la documentación acreditativa se puede enviar por correo postal o servicio de mensajería privada a las direcciones:
Catalanes residentes en el continente europeo:
Registro de la Secretaría de Asuntos Exteriores y de la Unión Europea
Calle Sant Honorat, 1-3
08002 Barcelona
Catalanes residentes en el resto del mundo:
Registro de la Secretaría de Asuntos Exteriores y de la Unión Europea
Vía Laietana, 14
08003 Barcelona
Conozca las condiciones técnicas y la configuración de los navegadores que le permitirá ver y descargar los documentos en formato pdf.
Este trámite se puede solicitar en cualquier momento.
Documentación que hay que adjuntar a la solicitud:
Documentación general
Documentación en caso de personas solicitantes menores de edad
Documentación en caso de personas solicitantes incapacitadas legalmente
Fotocopia de la documentación de identidad del/de la representante legal.
Fotocopia del documento que acredite la condición de representante legal de la persona solicitante incapacitada legalmente.
No hay tasas asociadas a este trámite.
Tienen la condición política de catalán las personas que cumplan alguno de los requisitos siguientes:
Una vez realizada la preinscripción en línea, aparecerá el siguiente mensaje: "El formulario de solicitud se ha enviado correctamente".
El formulario de solicitud debe descargarse e imprimirse. La solicitud no tendrá efectos si no se envía firmada, por correo postal, junto con la documentación requerida a la Secretaría de Asuntos Exteriores y de la UE o se presenta en uno de los registros de entrada de documentación aceptados (ver PASO 2. Inscribirse).
Consulte las condiciones técnicas para tramitar en línea en la Oficina Virtual de Trámites.
Este trámite se puede solicitar en cualquier momento.
Documentación que debe acompañar a la solicitud:
Documentación general
Documentación en caso de personas solicitantes menores de edades
Documentación en caso de personas solicitantes incapacitadas legalmente
No hay tasas asociadas a este trámite.
La documentación también se puede presentar a cualquiera de los lugares que prevé el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común.
También es posible enviar el formulario de solicitud de modificación junto con la documentación acreditativa por correo postal o servicio de mensajería privada a las direcciones:
Catalanes residentes en el continente europeo:
Registro de la Secretaría de Asuntos Exteriores y de la Unión Europea
Calle Sant Honorat, 1-3
08002 Barcelona
Catalanes residentes en el resto del mundo:
Registro de la Secretaría de Asuntos Exteriores y de la Unión Europea
Vía Laietana, 14
08003 Barcelona
Conozca las condiciones técnicas y la configuración de los navegadores que le permitirá ver y descargar los documentos en formato pdf.
Los centros y entidades que quieren impartir formación profesional para la ocupación tienen que estar inscritos y/o acreditados en el Registro de centros y entidades de formación del Servicio Público de Empleo de Cataluña con las especialidades formativas que quieren impartir.
Los trámites que están asociados en este Registro son:
A centros y entidades de formación ya sean de titularidad pública o privada, que quieran impartir formación profesional para la ocupación en alguna de las especialidades del Fichero Catalán de especialidades formativas.
Este trámite se puede comunicar en cualquier momento.
Documentación que se debe adjuntar a la solicitud:
[1] En caso de que ahora no se haya autorizado su consulta telemática o informado donde se ha presentado ya esta documentación.
Para la comunicación de modificación de cambio de datos que no requiere resolución:
Este trámite se puede solicitar en cualquier momento.
No hay tasas asociadas a este trámite.
Este trámite se puede solicitar en cualquier momento.
Documentación que se debe adjuntar a la solicitud:
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[1] En caso de que ahora no se haya autorizado su consulta telemática o informado donde se ha presentado ya esta documentación.
[2] Están exentos de la presentación de esta documentación los centros o entidades dependientes de cualquier administración pública.
Los definidos en el artículo 35 de la Orden TRE/338/2008, de 4 de julio.
El personal técnico del Servicio Público de Empleo de Cataluña realizará una visita con el fin de verificar si el centro o entidad dispone de los espacios, instalaciones y equipamientos necesarios para impartir la formación (sólo en la solicitud de alta en el Registro y en las modificaciones de instalaciones o especialidades formativas a impartir).
La tramitación de las solicitudes se efectuará preferentemente mediante el siguiente procedimiento:
Este trámite se puede solicitar en cualquier momento.
Documentación que se debe adjuntar a la solicitud:
En el caso del supuesto 1 (ver el apartado 'Otras informaciones'), se tiene que presentar la siguiente documentación:
En los casos de los supuestos 4, 5 y 6 (ver el apartado 'Otras informaciones') se tiene que presentar la siguiente documentación:
En los casos de los supuestos 7 y 8 (ver el apartado 'Otras informaciones'), se tiene que presentar la siguiente documentación:
[1] En caso de que ahora no se haya autorizado su consulta telemática o informado donde se ha presentado ya esta documentación.
[2] Están exentos de la presentación de esta documentación los centros o entidades dependientes de cualquier administración pública.
Los definidos en el artículo 35 de la Orden TRE/338/2008, de 4 de julio.
Las tipologías de modificaciones que entran dentro de esta modalidad son las siguientes:
El personal técnico del Servicio Público de Empleo de Cataluña realizará una visita con el fin de verificar si el centro o entidad dispone de los espacios, instalaciones y equipamientos necesarios para impartir la formación (sólo en la solicitud de alta en el Registro y en las modificaciones de instalaciones o especialidades formativas a impartir de las modificaciones de los supuestos 5 al 8).
En los casos de modificaciones de los puntos 1 a 4 (ver tipologías en el apartado 'Otras informaciones'), la tramitación se tiene que hacer mediante el siguiente procedimiento:
En los casos de las modificaciones de los puntos 5 al 8 (ver tipologías en el apartado 'Otras informaciones'), la tramitación se tiene que hacer preferentemente mediante el siguiente procedimiento:
En los casos que se quieran hacer solicitudes de modificaciones de los supuestos 1 a 4 y del 5 al 8, se rellenarán los dos formularios (el formulario PDF descargado y el formulario que salga para el GIA respectivamente) y, se presentarán conjuntamente en la OGE a fin de que se considere una tramitación única.
?El Registro de convenios de colaboración y cooperación emite informes de todos los convenios que firma la Generalitat de Catalunya con el Estado, otras comunidades autónomas, y con órganos constitucionales y estatutarios. También emite informes de los acuerdos de colaboración entre la Generalitat y los entes públicos de otros estados y organismos internacionales.
El Registro de convenios tiene como objetivo ser un instrumento de publicidad y transpàrència dónde se inscriben todos los protocolos, convenios y acuerdos que son objeto del Decreto 52/2005, de 5 de abril, y del Decreto 322/2006, de 22 de agosto.
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A todo el mundo.
Se puede consultar en cualquier momento.
No hay tasas asociadas a este trámite.
?Tiene carácter público y se puede consultar telemáticamente y presencialmente. Los convenios se pueden encontrar desglosados en cuatro secciones:
Para más información puede consultar la página web del Departamento de Gobernación y Relaciones Institucionales .
?Os podéis dirigir a:
Dirección General de Relaciones Institucionales y con el Parlamento
Recoge los datos que facilitan la identificación electrónica de las personas que quieren comunicarse digitalmente con la Generalitat de Catalunya.
Leer másLa inscripción en el registro es indispensable para utilizar el Servicio de identificación idCAT SMS.
A las personas que se relacionan con la Generalitat de Catalunya y sus organismos vinculados y que tengan más de 16 años.
Este trámite se puede solicitar en cualquier momento.
Es necesario rellenar, firmar y entregar el formulario correspondiente.Debe acreditar su identidad con el documento nacional de identidad, el NIE o el pasaporte.
No hay tasas asociadas a este trámite.
En ambos casos, el formulario se debe presentar presencialmente en cualquiera de las oficinas indicadas
Este trámite se puede solicitar en cualquier momento.
Es necesario rellenar, firmar y entregar el formulario correspondiente. Debe acreditar su identidad con el documento nacional de identidad, el NIE o el pasaporte.
No hay tasas asociadas a este trámite.
En ambos casos, el formulario se debe presentar presencialmente en cualquiera de las oficinas indicadas
Este trámite se puede solicitar en cualquier momento.
Es necesario rellenar, firmar y entregar el formulario correspondiente. Debe acreditar su identidad con el documento nacional de identidad, el NIE o el pasaporte.
No hay tasas asociadas a este trámite.
En ambos casos, el formulario se debe presentar presencialmente en cualquiera de las oficinas indicadas
Este trámite se puede solicitar en cualquier momento.
Es necesario rellenar, firmar y entregar el formulario correspondiente. Debe acreditar su identidad con el documento nacional de identidad, el NIE o el pasaporte.
No hay tasas asociadas a este trámite.
En ambos casos, el formulario se debe presentar presencialmente en cualquiera de las oficina indicadas.
Comunicación a la Autoridad Laboral por parte de las empresas inscritas en el RERA que hayan ejecutado un plan de trabajo dentro del ámbito de aplicación del Real Decreto 396/2006, de 31 de marzo.
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A las empresas inscritas en el RERA que hayan ejecutado planes de trabajo.
Las fichas para el registro de los datos de evaluación de la exposición en los trabajos con amianto deberán remitirse, una vez se hayan ejecutado los planes de trabajo. En el caso, de planes de trabajo únicos, estas fichas para el registro deberán remitirse antes de finalizar el año natural.
Haber ejecutado el plan de trabajo.
No hay tasas asociadas a este trámite.
La empresa deberá conservar este documento 40 años y en el caso de cierre de la empresa lo remitirá a la Autoridad Laboral.
El modelo de ficha está establecido en el anexo IV del Real Decreto 396/2006, de 31 de marzo.
El objetivo de este registro es recoger las comunicaciones a la autoridad laboral de todos aquellos trabajadores/oras que hayan sido designados como delegados/as de prevención de riesgos laborales de acuerdo con lo establecido en el Decreto 171/2010, de 16 de noviembre, sobre el registro de delegados y delegadas de prevención.
Si los datos comunicados son correctos, los/las delegados/as de prevención pueden pedir, previa petición individualizada ante el Servicio Territorial que corresponda del Departamento responsable del trámite, un certificado conforme constan registrados/as como delegados/as de prevención.
A los/las trabajadores/as designados/as como delegados/as de prevención de riesgos laborales.
El plazo máximo para solicitar la inscripción en el registro es de un mes, a contar desde la fecha de elección de los/las delegados/as de prevención.
Documentación que se debe adjuntar a la solicitud:
No hay tasas asociadas a este trámite
Puntos de tramitación
La solicitud se tiene que rellenar de maneras diferentes según los casos:
El original del comunicado de elección de delegados/as de prevención y dos copias se tendrán que presentar ante el Servicio Territorial del Departamento - Ámbito de Trabajo que corresponda de acuerdo con la ubicación del centro de trabajo o empresa en el plazo máximo de un mes desde la fecha de la elección.
Las dos copias presentadas se sellarán en los registros correspondientes del Departamento en el que se presente el formulario original. Una copia será para el/la empresario/a y la otra para la representación legal de los/las trabajadores/as. Estas copias servirán de justificante del cumplimiento del trámite de presentación.
Una vez rellenada la solicitud, se puede presentar en diferentes lugares:
Las empresas inscritas en el Registro de Empresas de Venta y/o Asistencia Técnica de Equipos de Instalaciones de Rayo X (RX) para el diagnóstico médico son las únicas entidades que de acuerdo con la Reglamentación vigente pueden realizar actuaciones con esta finalidad.
Las principales actividades que llevan a cabo estas empresas son:
A entidades que quieran desarrollar actuaciones de venta y asistencia técnica de equipos e instalaciones de RX.
Se puede solicitar en cualquier momento.
Documentación que se debe adjuntar a la solicitud:
Las tasas se pueden consultar en la web de la OGE.
Se puede solicitar en cualquier momento.
Documentación que se debe adjuntar a la solicitud:
Las tasas se pueden consultar en la web de la OGE.
Se puede solicitar en cualquier momento.
Documentación que se debe adjuntar a la solicitud:
No hay tasas asociadas a este trámite.
Se debe presentar un escrito en el que se indiquen el nombre y los apellidos de la persona, los hechos y las razones de la petición, la dirección en la que se deben notificar las respuestas de la Administración, lugar y fecha, firma de la persona solicitante y nombre del órgano al que se dirige la solicitud, tal como explica el artículo 70 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre.
Se puede presentar en varios lugares:
Se puede solicitar en cualquier momento.
Documentación que se debe adjuntar a la solicitud:
No hay tasas asociadas a este trámite.
Se puede solicitar en cualquier momento.
Documentación que se debe adjuntar a la solicitud:
Las tasas se pueden consultar en la web de la OGE.
Se puede solicitar en cualquier momento.
Documentación que se debe adjuntar a la solicitud:
Las tasas se pueden consultar en la web de la OGE.
Para ejercer un control adecuado del juego, la Dirección General de Tributos y Juego inscribe en este Registro las personas, empresas y entidades titulares de juegos y apuestas y los establecimientos o locales donde se llevan a cabo estas actividades.
La inscripción en el Registro de empresas tiene una validez de diez años, excepto para las empresas titulares o de servicios de salas de bingo y para los casinos, en los que la inscripción es válida si las autorizaciones de instalación, gestión o funcionamiento están vigentes. La renovación se debe solicitar, como mínimo, seis meses antes de que expire la validez de la inscripción.
Leer másLa inscripción en este Registro constituye una exigencia previa al ejercicio de la actividad.
A empresas del juego.
Se incluyen las personas físicas o jurídicas que quieran obtener una autorización, en el ámbito de Cataluña, para fabricar, importar, exportar, distribuir o instalar máquinas recreativas y de azar, o para hacer la comercialización, operar en él, o prestar el servicio técnico.
A partir del momento en que se hace una modificación, se dispone de un plazo de 10 días para comunicarla. La modificación tiene que consistir en alguno o en varios de los aspectos siguientes: cambio de domicilio de la empresa o de los locales que tiene; cambio en la distribución de las acciones o participaciones; variaciones de capital social; cambios en el tipo de órgano de administración o en su composición, u otorgamiento o revocación de poderes.
Documentos que se deben adjuntar al formulario de solicitud:
59,10 ? euros.
La tasa se aplica a cada documento acreditativo que se presenta, independientemente que las modificaciones se comuniquen mediante un único formulario o diversos formularios de solicitud.
La renovación se tiene que hacer como mínimo seis meses antes de que expire el plazo de inscripción o de la última de las renovaciones que se haya hecho.
La solicitud se tiene que acompañar con el justificante del pago de la correspondiente tasa administrativa (el importe es el mismo que el que corresponde a la inscripción). Para más información, se puede consultar el paso 3 "Hacer el pago".
296,25 euros.
Alcance de la renovación
Cada renovación tiene una validez de 10 años y sólo se puede llevar a cabo si se cumplen los requisitos que exige la normativa vigente en el momento de solicitarla.
¿Qué ocurre si no se solicita la renovación?
Se inicia el expediente de cancelación de la inscripción.
Para mantener las condiciones de la inscripción en el Registro de empresas de máquinas recreativas y de azar se tienen que llevar a cabo las actuaciones siguientes:
La cancelación de la inscripción se puede solicitar en cualquier momento.
No hay tasas asociadas a este trámite.
Las inscripciones en el Registro de empresas de máquinas recreativas y de azar sólo se podrán cancelar a petición de las personas titulares o de la Administración, mediante una resolución motivada, adoptada de acuerdo con el procedimiento correspondiente, por alguna de las siguientes causas:
La inscripción se puede hacer en cualquier momento.
En caso de que parte de la documentación requerida esté ya a disposición de la Administración, se podrá autorizar a la Generalitat de Catalunya, mediante el formulario de solicitud, a acceder por medios telemáticos (Ley 11 /2007, de 22 de junio, de acceso electrónico de los ciudadanos a los servicios públicos).
Documentación que debe adjuntarse al formulario de solicitud:
Fotocopia del DNI / NIF / NIE o pasaporte de la persona solicitante, si es persona física, o de los socios, administradores, consejeros y directivos, en el supuesto de personas jurídicas (salvo que se autorice a la Administración a hacer la consulta por medios telemáticos).
Las personas jurídicas, original y copia (para poder hacer la compulsa), o testimonio notarial, de la escritura de constitución de la sociedad, debidamente inscrita, en su caso, en el Registro mercantil (salvo que se autorice a la Administración consultar su inscripción por medios telemáticos) , en el que consten los datos referentes al capital social y a la forma en que se distribuye entre los socios.
Las personas jurídicas, una copia de los estatutos.
Una memoria explicativa de las actividades empresariales y de la estructura de la empresa: medios humanos, técnicos y financieros; también se incluirán los intermediarios que pueda haber y una descripción de la experiencia profesional de las personas interesadas; se incluirá la de los locales de que dispone para desarrollar la actividad.
El justificante del pago de la correspondiente tasa administrativa (para más información, consulte el apartado "Realizar el pago") .
Alta en la Seguridad Social, tanto en el caso de las personas físicas como en el de las jurídicas, y también alta de los trabajadores de la empresa al régimen de la Seguridad Social.
296,25 ? por cada inscripción en el Registro.
El Registro se estructura en tres secciones. Se debe solicitar una inscripción por cada ámbito de actuación en que esté interesada la empresa.
Fianzas o garantías
Las deben constituir las empresas para poder inscribirse en el Registro de empresas de máquinas recreativas y de azar.
Cuantía:
2. Para poder operar con máquinas
Cuantía: en función del número de máquinas de las que sea titular la empresa y del tipo de máquinas que tenga autorizadas.
Las empresas dedicadas a la actividad de venta a distancia están obligadas a comunicar sus datos en el Registro de empresas de venta a distancia del Ministerio de Economía y Competitividad.
También es necesario que se comuniquen las modificaciones que se produzcan en los datos informados en el registro, especialmente en los casos en que los cambios afecten a la naturaleza de la empresa, el objeto o actividad de venta o domicilio social.
Para garantizar que se está utilizando la última versión de los formularios en el momento de la tramitación, hace falta que cada vez que se tengan que utilizar, los descargéis. Si reutilizáis los documentos para otras ocasiones, puede pasar que se prente una versión obsoleta.
A empresas dedicadas a la actividad de venta a distancia.
Puede inscribirse en el plazo máximo de tres meses desde el inicio de la actividad.
Documentación que se debe adjuntar:
No hay tasas asociadas a este trámite.
Una empresa dedicada a la actividad de venta a distancia tiene la obligación de comunicar sus datos en el registro, una vez constituida la empresa y, dentro de los tres meses desde el inicio de su actividad.
Puntos de tramitación
El formulario de comunicación de datos y el escrito de solicitud se pueden entregar en el registro de entrada de la Dirección General de Comercio para su envío al Ministerio.
El formulario de comunicación de datos y el escrito de solicitud se tienen que enviar al Ministerio de Economía y Competitividad (Paseo de la Castellana, 162, 28046 Madrid).
Cualquier modificación que afecte a la naturaleza de la empresa, objeto, orientación o actividad de venta, o domicilio social, se debe comunicar en el plazo de tres meses desde que haya tenido lugar.
No hay tasas asociadas a este trámite.
Puntos de tramitación
El formulario de actualización de datos se puede entregar en el registro de entrada de la Dirección General de Comercio para su envío al Ministerio.
Por correo postal
El formulario de actualización de datos se debe enviar al Ministerio de Economía y Competitividad (Paseo de la Castellana, 162, 28046 Madrid).