Registro de aves rapaces para la práctica de la cetrería (alta o baja)

Actualizado el 21 de mayo de 2020
Ver en la web de la administración

Se entiende por cetrería el adiestramiento de aves rapaces con el fin de hacerlas volar libremente y/o cazar. Dado que casi todas las especies con las que se practica la cetrería están protegidas, se requiere de una autorización para su tenencia, que otorga el Departamento de Territorio y Sostenibilidad.

Esta autorización es para todas las especies de rapaces, independientemente de que sean protegidas o no, y se hace efectiva mediante la alta del pájaro en el Registro de aves rapaces para la práctica de la cetrería, y el otorgamiento al tenedor de un permiso de tenencia para cada ave.

Cualquier persona que quiera tener una rapaz sólo la puede tener para la práctica de la cetrería; otros fines (por ejemplo zoológicos) requerirán de otras autorizaciones.

En los casos de cesión definitiva, muerte o desaparición del ejemplar, se comunicará inmediatamente la baja en la Sección de Biodiversidad y Actividades Cinegéticas de los servicios territoriales correspondientes del Departamento de Territorio y Sostenibilidad (Servicio de Biodiversidad y Protección de los Animales, en el caso los tenedores de las comarcas de Barcelona y de la Cataluña Central).

Leer más

A quién va dirigido

A las personas que tienen aves rapaces para la práctica de la cetrería.

Organismo responsable

Normativa

Trámites relacionados

Solicitar el alta

Plazos

Se debe solicitar con la máxima celeridad desde la adquisición del ejemplar.

Documentación

  1. Formulario de solicitud del 'PASO 1. Presentar la solicitud'.
  2. Copia del NIF/NIE del solicitante.
  3. Copia del documento de cesión o compra (en caso de que el animal venga de Cataluña).
  4. Copia del certificado CITES (en caso de que el ejemplar lo requiera).

Requisitos

  • El propietario del animal que figura en el Registro debe ser una persona física mayor de 14 años.
  • Todos los pájaros registrados deben estar identificados con un marcaje inviolable (anilla cerrada metálica y/o microchip).

Tasas

De acuerdo con la Ley 3/2015, del 11 de marzo, de medidas fiscales, financieras y administrativas, a fin de inscribir el ejemplar al Registro de cetrería y obtener el correspondiente permiso de tenencia a realizar el pago previo de la Tasa para la inscripción, anillamiento y control de ejemplares de aves y de las instalaciones donde se encuentran alojados (50 euros por ejemplar).

Otras informaciones

  1. Quedan exentos de solicitar el alta de un ejemplar al Registro:
    • El tenedor residente fuera de Cataluña que permanezca por períodos de tiempo inferiores a los dos meses. No obstante, este tenedor deberá disponer del resto de documentación que acredite la legalidad del ejemplar.
    • La persona residente en Cataluña que tenga temporalmente el ejemplar: para ser intermediaria en una transacción económica, para disponer del animal durante un periodo de tiempo inferior a los dos meses o por haberle sido cedido al animal durante el tiempo equivalente a la temporada de cría en curso. No obstante, este tenedor deberá disponer del resto de documentación que acredite la legalidad del ejemplar.
  2. Las tenencias o cesiones temporales deben comunicarse a la Sección de Biodiversidad y Actividades Cinegéticas de los servicios territoriales correspondientes del Departamento de Territorio y Sostenibilidad (Servicio de Biodiversidad y Protección de los Animales en el caso de los tenedores de las comarcas de Barcelona y de la Cataluña central), y también deben estar reflejadas en el libro de registro del núcleo zoológico. Si la tenencia o cesión exceden los períodos de tiempo indicados, es obligatorio solicitar las altas o bajas que correspondan.
  3. A efectos de identificación, el permiso de tenencia debe ir acompañado del DNI o pasaporte del tenedor. En el caso de cesión temporal del ejemplar, sólo hay la fotocopia del DNI del titular.
  4. Cuando la tenencia enmarca en una actividad de educación ambiental o de conservación, hay que solicitar, además, otra autorización distinta de la indicada. Asimismo, el hecho de poseer un permiso de tenencia no autoriza la cría en cautividad de ejemplares destinados a la práctica de la cetrería, la exhibición pública de especies autóctonas de cetrería ni el uso de la cetrería para el control de avifauna, actividades para las que también hay que solicitar las autorizaciones correspondientes.
  5. Las especies cazables y los períodos durante los que se puede cazar con aves de cetrería establecen anualmente mediante la resolución por la que se fijan las especies objeto de aprovechamiento cinegético, los periodos hábiles de caza y las vedas especiales para la temporada en curso. Las posibles limitaciones de la práctica de la cetrería en determinadas zonas (protegidas o de ordenación cinegética) las establece el órgano gestor del espacio, al que se debe consultar cualquier duda al respecto.
  6. Para garantizar su bienestar, el ejemplar debe tener un espacio de uso exclusivo e individual. Las medidas mínimas de este espacio son:
    • En el caso de espacios cerrados, 6 m3 en que ningún lado debe ser inferior a 1 m para las especies pequeñas (inferiores a 400 g); 8 m3 en que ningún lado debe ser inferior a 1,5 m por especies medianas (de 400 a 1.200 g) y 15 m3 en que ningún lado debe ser inferior a 2 m para las especies grandes (superior a 1.200 g).
    • En el caso de espacios abiertos, es necesario que sea una zona de jardín o terraza donde cada ejemplar pueda disponer de una superficie mínima de 9 m2.
  7. Una vez expirado el plazo de 5 años, el permiso de tenencia pierde la validez y el interesado deberá solicitar la renovación para mantener la legalidad de la tenencia. Para la renovación no hay que pagar tasa.

Presencialmente


Puntos de tramitación

La solicitud se puede presentar en la oficina de registro de los puntos de tramitación y también por los medios que prevee el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común.

El Servicio de Biodiversidad y Protección de los Animales es el punto de tramitación para los solicitantes de las comarcas de Barcelona y de la Cataluña Central. Para el resto de comarcas, los puntos de tramitación son los servicios territoriales correspondientes del Departamento de Territorio y Sostenibilidad.

Solicitar la baja

Plazos

Se debe solicitar con la máxima celeridad después del hecho causante de baja.

Documentación

  1. Formulario de solicitud del 'PASO 1. Presentar la solicitud'.
  2. Retorno del permiso de tenencia original.
  3. En caso de muerte de un ejemplar hay que devolver también la anilla (excepto si el tenedor quiere llevar a cabo la taxidermia del animal muerto o de sus restos) y el certificado CITES (a no ser que se haya devuelto al SOIVRE).

Tasas

No hay tasas asociadas a este trámite

Otras informaciones

  • En los casos de cesión definitiva, muerte o desaparición del ejemplar, debe comunicarse inmediatamente la baja en la Sección de Biodiversidad y Actividades Cinegéticas de los servicios territoriales correspondientes del Departamento de Territorio y Sostenibilidad (Servicio de Biodiversidad y Protección de los Animales en el caso de los tenedores de las comarcas de Barcelona y de la Cataluña Central).
  • En caso de muerte, si el tenedor quiere llevar a cabo la taxidermia del animal o de sus restos, se aplica la normativa relativa a taxidermia.
  • La recuperación del ejemplar perdido que haya podido ingresar a un centro de recuperación del Departamento conllevará el pago de los gastos.
  • Si el ejemplar perdido se recupera una vez dado de baja, el alta no conllevará el pago de la tasa.
  • En caso de fuga, se comunicará por escrito a la Sección de Biodiversidad y Actividades Cinegéticas de los servicios territoriales correspondientes del Departamento de Territorio y Sostenibilidad (Servicio de Biodiversidad y Protección de los Animales en el caso de los tenedores de las comarcas de Barcelona y de la Cataluña Central), en un plazo máximo de 72 horas desde el momento de la pérdida.

Tenencias o cesiones temporales:

  • No deben solicitar la baja de un ejemplar al Registro los tenedores que cedan temporalmente el animal para el tiempo equivalente a la temporada de cría en curso o durante un periodo de tiempo inferior a los dos meses, tanto si lo cede a una persona residente en Cataluña como una persona residente fuera de Cataluña.
  • Las tenencias o cesiones temporales deben comunicarse a la Sección de Biodiversidad y Actividades Cinegéticas de los Servicios Territoriales correspondientes del Departamento de Territorio y Sostenibilidad, y también deben estar reflejadas en el libro de registro del núcleo zoológico. Si la tenencia o cesión exceden los períodos de tiempo indicados, es obligatorio solicitar las altas o bajas que correspondan.

Presencialmente


Puntos de tramitación

La solicitud se puede presentar en la oficina de registro de los puntos de tramitación y también por los medios que prevee el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común.

El Servicio de Biodiversidad y Protección de los Animales es el punto de tramitación para los solicitantes de las comarcas de Barcelona y de la Cataluña Central. Para el resto de comarcas, los puntos de tramitación son los servicios territoriales correspondientes del Departamento de Territorio y Sostenibilidad.


Oficinas de la administración

Institut de Recerca de L'Energia de Catalunya (IREC)

Otros Jardins de Les Dones de Negre 1, 08930, Sant Adrià de Besòs

Consorci de Comerç, Artesania I Moda de Catalunya

Calle Provença 339, 08037, Barcelona

Grupo de Asisténcia Sanitária y Social (SAGESSA)

Avenida Dr. Josep Laporte 2, 43204, Reus

Consorci Per a la Normalització Lingüística (CPNL)

Calle Mallorca 272, 08037, Barcelona

Tel. 932723100

Consorci Hospitalari de Vic

Calle Francesc Pla, el Vigatà 1, 08500, Vic

Tel. 938891111

Fundación Privada Centro de Investigación en Salud Internacional de Barcelona (CRESIB)

Calle Rosselló 132, 08036, Barcelona

Tel. 932275706

Institut D'Investigacions Biomèdiques August Pi I Sunyer (IDIBAPS)

Calle Rosselló 149-153, 08036, Barcelona

Escola D'Administració Pública de Catalunya (EAPC)

Carrer Girona 20, 08010, Barcelona

Consorci del Parc Fluvial del Llobregat

Otros Torre de L'Amo de Viladomiu Nou s/n, 08680, Gironella

Tel. 938250689

Cataluña Radio

Avinguda Diagonal 614-616, 08021, Barcelona

Institut Català de Ciències del Clima (IC3)

Calle Doctor Trueta 203, 08005, Barcelona

Autoritat Territorial de la Mobilitat (ATM). Àrea de Girona

Plaza Pompeu Fabra 1, 17002, Girona

Tel. 902627781

Cinco Días
Expansión
EFE Emprende
CuatroCasas Telefonica

Empresa participante en Cuatrecasas ACELERA en colaboración con Telefónica Open Future.