Subvencions per a activitats que fomentin la recerca, conservació i difusió del patrimoni etnològic de Catalunya

Actualizado el 12 de agosto de 2020
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Són subvencions per contribuir al finançament d?activitats que fomentin la recerca, la conservació i la difusió del patrimoni etnològic de Catalunya.

Tipologia d'activitats subvencionables

  • a) Les activitats d?identificació, captació, assessorament i coordinació d?iniciatives i projectes d?interès etnològic, tant en l?àmbit territorial català com en l?àmbit temàtic específic de l?entitat.
  • b) Les activitats que estimulen i potencien la recerca etnològica a Catalunya o dins l?àmbit temàtic específic de l?entitat.
  • c) Les activitats i projectes que fomentin el treball en xarxa comú.
  • d) Les activitats de difusió del patrimoni etnològic.

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Plazo de solicitud: del 5 al 18 de abril de 2016.

A quién va dirigido

  • A ajuntaments de Catalunya i ens públics vinculats o dependents, inclosos els consorcis.
  • A entitats privades sense finalitat de lucre amb domicili social a Catalunya.

Per poder optar a aquestes subvencions les entitats han de tenir la condició de membres de la xarxa territorial de l?Observatori del Patrimoni Etnològic i Immaterial.

No es poden presentar en aquesta línia de subvenció les federacions d'entitats.

Organismo responsable

Normativa

Documentación relacionada

Solicitar la subvención

Plazos

El plazo para presentar las solicitudes es del 5 al 18 de abril 2016.

Documentación

Documentación que hay que adjuntar a la solicitud:

  1. Proyecto de actividad o actuación según las pautas del modelo, si hay, de la línea de subvenciones correspondiendo. Este proyecto tiene que incluir la información complementaria que determine el modelo, cuando sea necesario para acreditar los requisitos que prevén las bases específicas o para valorar el proyecto.
  2. Presupuesto completo y detallado del proyecto en el cual figuren todos los gastos y los ingresos, la cuantía de la ayuda que se solicita y el detalle de las fuentes de financiación previstas, según las pautas del modelo, si hay, de la línea de subvenciones correspondiendo.

Requisitos

  1. Realizar la actividad subvencionada dentro del año natural de concesión de la subvención o lo que determinen las bases específicas.
  2. Realizar la actividad subvencionada en el ámbito territorial de Cataluña o lo que determinen las bases específicas.
  3. No encontrarse en ninguna de las circunstancias con que prevé el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones (BOE nº. 276, de 18.11.2003).
  4. Estar al corriente de las obligaciones tributarias con la Generalitat de Catalunya, con el Estado y con la Seguridad Social.
  5. Cumplir el requisito que establece el artículo 36.4 de la Ley 1/1998, de 7 de enero, de política lingüística, con respecto a los centros laborales y, en las empresas que tengan establecimientos abiertos al público en Cataluña, cumplir los requisitos que establecen los artículos 32.1 y 32.3 de la Ley mencionada.
  6. En caso de que disponga de una plantilla igual o superior a 50 personas, dar ocupación, al menos, a un 2% de trabajadores o trabajadoras con disminución sobre la plantilla total, o bien aplicar las medidas alternativas de acuerdo con lo que disponen el artículo 38 de la Ley 13/1982, de 7 de abril, de integración social de minusválidos (BOE nº. 103, de 30.4.1982); el Real decreto 364/2005, de 8 de abril (BOE nº. 94, de 20.4.2005), y el Decreto 322/2011, de 19 de abril (DOGC nº. 5864, de 21.4.2011).
  7. En caso de que tenga una plantilla igual o superior a 25 personas, disponer de medios para prevenir y detectar casos de acoso sexual y de acoso en razón de sexo, y para intervenir en sus centros de trabajo, de acuerdo con los agentes sociales, y utilizarlos adecuadamente, de conformidad con los artículos 5 y 29 de la Ley 5/2008, de 24 de abril, del derecho de las mujeres a erradicar la violencia machista.
  8. Cuándo para la realización de la actividad objeto de la subvención se utilice cualquier elemento susceptible de generar derechos de autor, cumplir lo que dispone la normativa sobre propiedad intelectual.
  9. En el caso de las fundaciones, haber cumplido el deber de presentar las cuentas anuales delante del protectorado, de acuerdo con el artículo 336-3 del libro tercero del Código Civil de Cataluña, aprobado para la Ley 4/2008, de 24 de abril.
  10. Para poder optar a estas subvenciones las entidades destinatarias tienen que tener la condición de miembros de la red territorial del Observatorio para la Investigación Etnológica en Cataluña.
  11. En el caso de proyectos que comporten investigación etnológica, ésta se tiene que llevar a cabo de acuerdo con los criterios marcados por la dirección general competente en materia de cultura popular y tradicional que se pueden consultar a http://cultura.gencat.cat/dgcpaac/publicacions/colleccions
  12. En caso de que la subvención otorgada sea para llevar a cabo un proyecto de investigación, durante el año posterior al de la concesión de la subvención los beneficiarios tendrán que entregar en la Oficina de Apoyo a la Iniciativa Cultural una copia en formato digital del resultado final de esta investigación.
  13. En caso de que el proyecto de investigación subvencionado se haga público, se tiene que hacer constar la colaboración del Departamento de Cultura y, si se edita en formato papel, el solicitante tiene que entregar dos ejemplares al Departamento mencionado en el plazo máximo de un mes desde la fecha de la edición.

Tasas

No hay tasas asociadas a este trámite.

Otras informaciones

Criterios de valoración

La valoración del proyecto de actividades se tiene que hacer de acuerdo con los criterios siguientes:

a) El interés de las actividades y proyectos de investigación etnológica llevados a cabo por el mismo solicitante (hasta 3 puntos).

b) El interés de las actividades y proyectos de investigación etnológica y de conservación y difusión del patrimonio etnológico que se desarrollen en el territorio o dentro del ámbito temático específico de la entidad solicitante, y en los que esta participe mediante fórmulas como la identificación, la captación, el asesoramiento, la coordinación, el estímulo, la potenciación u otras iniciativas similares (hasta 1,5 puntos).

c) La coordinación y la participación en los programas del Observatorio del Patrimonio Etnológico e Inmaterial o en actividades o proyectos desarrollados en común con otras entidades del Observatorio (hasta 3,5 puntos).

d) La participación en proyectos o iniciativas de carácter etnológico de otras entidades y grupos dedicados al patrimonio etnológico no pertenecientes al Observatorio del Patrimonio Etnológico e Inmaterial (hasta 1 punto).

e) La difusión en el territorio de los servicios, actividades, publicaciones, etc. a través de webs y redes sociales propias o compartidas en el marco del Observatorio del Patrimonio Etnológico e Inmaterial (hasta 1 punto).


Comisión de valoración

Los nombres de las personas que forman parte de la comisión de valoración se publicaran en breve.

Esta línea de subvenciones es de tramitación telemática obligatoria.

Plazos

Del05.04.2016al 18.04.2016


Por internet


Oficinas de la administración

Institut de Recerca de L'Energia de Catalunya (IREC)

Otros Jardins de Les Dones de Negre 1, 08930, Sant Adrià de Besòs

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Avenida Dr. Josep Laporte 2, 43204, Reus

Consorci Per a la Normalització Lingüística (CPNL)

Calle Mallorca 272, 08037, Barcelona

Tel. 932723100

Consorci Hospitalari de Vic

Calle Francesc Pla, el Vigatà 1, 08500, Vic

Tel. 938891111

Fundación Privada Centro de Investigación en Salud Internacional de Barcelona (CRESIB)

Calle Rosselló 132, 08036, Barcelona

Tel. 932275706

Institut D'Investigacions Biomèdiques August Pi I Sunyer (IDIBAPS)

Calle Rosselló 149-153, 08036, Barcelona

Escola D'Administració Pública de Catalunya (EAPC)

Carrer Girona 20, 08010, Barcelona

Consorci del Parc Fluvial del Llobregat

Otros Torre de L'Amo de Viladomiu Nou s/n, 08680, Gironella

Tel. 938250689

Cataluña Radio

Avinguda Diagonal 614-616, 08021, Barcelona

Institut Català de Ciències del Clima (IC3)

Calle Doctor Trueta 203, 08005, Barcelona

Autoritat Territorial de la Mobilitat (ATM). Àrea de Girona

Plaza Pompeu Fabra 1, 17002, Girona

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