Autorizaciones de actividades y Registro de OMG de Cataluña

Actualizado el 18 de diciembre de 2019
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Para poder utilizar organismos modificados genéticamente (OMG) en Cataluña, las actividades realizadas han de autorizar y registrar.
En este sentido, cualquier centro o entidad de Cataluña que quiera trabajar con OMG en condiciones de utilización confinada o quiera realizar una liberación voluntaria sin finalidad comercial (ensayo de campo) con OMG deberá presentar una comunicación o solicitud de autorización a el órgano competente correspondiente (Ley 9/2003, de 25 de abril). En caso de que la competencia corresponda a la Generalidad de Cataluña, la Comisión Catalana de Bioseguridad es el órgano competente para el ejercicio de las funciones en materia de OMG tal y como establece el Decreto 62/2015, de 28 de abril . Según establece este Decreto, todos estos usos de OMG en Cataluña se inscribirán en el Registro de OMG de Cataluña.

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A quién va dirigido

  • A las personas físicas o jurídicas que quieran utilizar por primera vez instalaciones específicas para la utilización confinada de OMG y que quieren realizar actividades de utilización confinada con OMG.
  • También va dirigido a personas físicas o jurídicas que quieran realizar una introducción al medio ambiente, con finalidad distinta a la comercialización (ensayo de campo), de un OMG o de una combinación de OMG.

Comunicar modificaciones de datos o la baja del Registro de OMG de Catalunya

Plazos

Este trámite se puede solicitar en cualquier momento.

Documentación

La documentación a adjuntar es:

  • Acreditación de la representación por cualquier medio válido en derecho que deje constancia.
  • Copia de las escrituras y / o estatutos registrados de la entidad solicitante, si procede. Si esta documentación está disponible en el Registro de Entidades Jurídicas, se verificará de oficio.
  • Otros: Cualquier documento que los titulares consideren oportuno aportar para justificar el cumplimiento de la normativa en materia de OMG de esta comunicación.

Únicamente será necesario aportar esta documentación en caso de no autorizar a la Generalidad de Cataluña para obtenerla: 

  • Copia DNI / NIF / NIE del solicitante o representante.

Tasas

No hay tasas asociadas a este trámite.

Presencialmente

Puntos de tramitación

Solicitar autoritzación de utilitzación confinada de OMG (Tipos 3 i 4)

Plazos

Este trámite se puede solicitar en cualquier momento.

Documentación

La documentación a adjuntar:

  • Acreditación de la representación por cualquier medio válido en derecho que deje constancia.
  • Copia de las escrituras y / o estatutos registrados de la entidad solicitante, si procede. Si esta documentación está disponible en el Registro de Entidades Jurídicas, se verificará de oficio.
  • Otros: Cualquier documento que los titulares consideren oportuno aportar para justificar el cumplimiento de la normativa en materia de OMG de esta solicitud.

Adicionalmente, para el primer uso de una instalación de Tipo 3 y 4:

  • Notificación de primer uso de instalaciones para realizar actividades de utilización confinada con organismos modificados genéticamente (Formulario B: Instalación) (A1078-DO7).

Adicionalmente, para actividades de Tipo 3 y 4:

  • Notificación de operaciones de utilización confinada de organismos modificados genéticamente (OMG) de tipo 2, 3 y 4 (Formulario A: Actividades) (A1078-DO6).
  • Evaluación del riesgo de actividades de utilización confinada de organismos modificados genéticamente (Formulario C: Evaluación de riesgo ambiental (ARMA)) (A1078-DO8).

Únicamente será necesario aportar esta documentación en caso de no autorizar a la Generalidad de Cataluña para obtenerla:

  • Copia DNI / NIF / NIE del solicitante o representante.

Se recomienda ponerse en contacto con el Servicio de Ordenación Agrícola del DAAM para recibir asesoramiento al respecto de la cumplimentación de documentación y del procedimiento de tramitación antes de presentar la solicitud.

Tasas

  • Por autorización de primera utilización de instalaciones para actividades confinadas de riesgo bajo (Tipo 2) o moderado (Tipo 3): 441,85 €.
  • Por autorización de actividades con OGM de riesgo bajo (Tipo 2) o moderado (Tipo 3) en instalaciones previamente autorizadas por actividades de estos riesgos o superiores: 662,70 €.
  • Por autorización de primera utilización de instalaciones para actividades confinadas con riesgo alto (Tipo 4):883,45 €.
  • Por autorización de actividades con OGM de alto riesgo (Tipo 4) en instalaciones previamente autorizadas por actividades de este riesgo:1.509,05 €.

Otras Informaciones

Espacio web de organismos modificados genéticamente en la web del DAAM: OMG

A modo de información de qué documentación y cómo rellenarla, así como el órgano competente correspondiente, descargue el siguiente documento: Guía de utilización confinada (en castellano) A1078-AN1.

Presencialmente

Comunicar la utilitzación confinada de OMG (Tipo 2)

Plazos

Este trámite se puede hacer en cualquier momento.

Documentación

Los documentos a presentar son:

  • Acreditación de la representación por cualquier medio válido en derecho que deje constancia.
  • Copia de las escrituras y / o estatutos registrados de la entidad solicitante, si procede. Si esta documentación está disponible en el Registro de Entidades Jurídicas, se verificará de oficio.
  • Otros: Cualquier documento que los titulares consideren oportuno aportar para justificar el cumplimiento de la normativa en materia de OMG de esta comunicación.

Adicionalmente, para el primer uso de una instalación de Tipo 2:

  • Notificación de primer uso de instalaciones para realizar actividades de utilización confinada con organismos modificados genéticamente (Formulario B: Instalación) (A1078-DO7).

Adicionalmente, para actividades de Tipo 2:

  • Notificación de operaciones de utilización confinada de organismos modificados genéticamente (OMG) de tipo 2, 3 y 4 (Formulario A: Actividades) (A1078-DO6).
  • Evaluación del riesgo de actividades de utilización confinada de organismos modificados genéticamente (Formulario C: Evaluación de riesgo ambiental (ARMA)) (A1078-DO8).

Únicamente será necesario aportar esta documentación en caso de no autorizar a la Generalidad de Cataluña para obtenerla:

  • Copia DNI / NIF / NIE del solicitante o representante.

Se recomienda ponerse en contacto con el Servicio de Ordenación Agrícola del DAAM para recibir asesoramiento al respecto de la cumplimentación de documentación y del procedimiento de tramitación antes de presentar la comunicación.

Tasas

  • Por comunicación de primera utilización de instalaciones para actividades confinadas de riesgo bajo (Tipo 2) o moderado (Tipo 3):  441,85 €.
  • Por comunicación de actividades con OGM de riesgo bajo (Tipo 2) o moderado (Tipo 3) en instalaciones previamente autorizadas por actividades de estos riesgos o superiores: 662,70 €.

Otras informaciones

Espacio web de organismos modificados genéticamente en la web del DAAM: OMG
A modo de información de qué documentación y cómo rellenarla, así como el órgano competente correspondiente, descargue el siguiente documento (Guía de utilización confinada (en castellano) (A1078-AN1).

Presencialmente

Puntos de tramitación

Solicitar autoritzación de liberación voluntaria de OMG sin finalidad comercial

Plazos

Este trámite se puede solicitar en cualquier momento.

Documentación

La documentación a adjuntar es:

  • Acreditación de la representación por cualquier medio válido en derecho que deje constancia.
  • Copia de las escrituras y / o estatutos registrados de la entidad solicitante, si procede. Si esta documentación está disponible en el Registro de Entidades Jurídicas, se verificará de oficio.
  • Otros: Cualquier documento que los titulares consideren oportuno aportar para justificar el cumplimiento de la normativa en materia de OMG de esta solicitud.

Adicionalmente, para el caso de liberaciones voluntarias de plantas superiores modificadas genéticamente (PSMG) (Gimnospermas y angiospermas):

  • Estudio técnico (A1078-D10): información especificada en el Anexo V del Real Decreto 178/2004, de 30 de enero.
  • Evaluación del Riesgo para la salud humana y el medio ambiente (A1078-D11): contendrá las conclusiones exigidas en la sección D del Anexo IV del Real Decreto 178/2004 de 30 de enero.
  • Resumen (en lengua oficial) (A1078-D12): ajustado al modelo para PSMG establecido por la Decisión 2002/813 / CE del Consejo, de 3 de octubre.
  • Resumen (snif, en inglés) (A1078-D13): ajustado al modelo para PSMG establecido por la Decisión 2002/813 / CE del Consejo, de 3 de octubre.
  • Resultados de la liberación de PSMG (en lengua oficial) (A1078-D14): Si se han realizado liberaciones voluntarias previos con este OMG, se deberá enviar información de los resultados según el modelo de informe establecido en el anexo XI del Real Decreto 178/2004, de 30 de enero.
  • Resultados de la liberación de PSMG (en inglés) (A1078-D15): Si se han realizado liberaciones voluntarias previos con este OMG, se deberá enviar información de los resultados según el modelo de informe establecido en el Anexo XI del Real Decreto 178/2004, de 30 de enero.

Adicionalmente, para el caso de de liberaciones voluntarias de OMG diferentes de plantas:

  • Estudio técnico (A1078-D16): información especificada en el Anexo V del Real Decreto 178/2004, de 30 de enero.
  • Evaluación del Riesgo para la salud humana y el medio ambiente (A1078-D17): contendrá las conclusiones exigidas en la sección D del Anexo IV del Real Decreto 178/2004 de 30 de enero.
  • Resumen (en lengua oficial) (A1078-D18): ajustado al modelo establecido por la Decisión 2002/813 / CE del Consejo, de 3 de octubre.
  • Resumen (en inglés) (A1078-D19): ajustado al modelo establecido por la Decisión 2002/813 / CE del Consejo, de 3 de octubre.

Únicamente será necesario aportar esta documentación en caso de no autorizar a la Generalidad de Cataluña para obtenerla:

  • Copia DNI / NIF / NIE del solicitante o representante.

Se recomienda ponerse en contacto con el Servicio de Ordenación Agrícola del DAAM para recibir asesoramiento al respecto de la cumplimentación de documentación y del procedimiento de tramitación antes de presentar la solicitud.

Tasas

La tasa por este trámite es de 1.464,90 €.

Otras informaciones

  • Espacio web de organismos modificados genéticamente en la web del DAAM: OMG.
  • Para el caso de las liberaciones voluntarios de plantas superiores modificadas genéticamente (PSMG) (Gimnospermas y angiospermas), a modo de información de qué documentación y cómo rellenarla, así como el órgano competente correspondiente, descargue el siguiente documento (guía práctica para la remisión de solicitudes para quitar a caboensayos de liberación voluntaria de plantas superior modificadas genéticamente (PSMG)) (gimnospermas y angiospermas (en castellano) (A1078-AN2)). Para otros casos, consultar la secretaría de la Comisión Catalana de Bioseguridad.

Oficinas de la administración

Institut de Recerca de L'Energia de Catalunya (IREC)

Otros Jardins de Les Dones de Negre 1, 08930, Sant Adrià de Besòs

Consorci de Comerç, Artesania I Moda de Catalunya

Calle Provença 339, 08037, Barcelona

Grupo de Asisténcia Sanitária y Social (SAGESSA)

Avenida Dr. Josep Laporte 2, 43204, Reus

Consorci Per a la Normalització Lingüística (CPNL)

Calle Mallorca 272, 08037, Barcelona

Tel. 932723100

Consorci Hospitalari de Vic

Calle Francesc Pla, el Vigatà 1, 08500, Vic

Tel. 938891111

Fundación Privada Centro de Investigación en Salud Internacional de Barcelona (CRESIB)

Calle Rosselló 132, 08036, Barcelona

Tel. 932275706

Institut D'Investigacions Biomèdiques August Pi I Sunyer (IDIBAPS)

Calle Rosselló 149-153, 08036, Barcelona

Escola D'Administració Pública de Catalunya (EAPC)

Carrer Girona 20, 08010, Barcelona

Consorci del Parc Fluvial del Llobregat

Otros Torre de L'Amo de Viladomiu Nou s/n, 08680, Gironella

Tel. 938250689

Cataluña Radio

Avinguda Diagonal 614-616, 08021, Barcelona

Institut Català de Ciències del Clima (IC3)

Calle Doctor Trueta 203, 08005, Barcelona

Autoritat Territorial de la Mobilitat (ATM). Àrea de Girona

Plaza Pompeu Fabra 1, 17002, Girona

Tel. 902627781

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