Autorización de apertura y funcionamiento de entidades de distribución de medicamentos de uso humano

Actualizado el 21 de mayo de 2020
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La actividad de distribución mayorista de medicamentos para uso humano a oficinas y servicios de farmacia que llevan a cabo los almacenes de distribución de medicamentos, así como el almacenaje por contrato de medicamentos, está sometida a la vigilancia y inspección de las autoridades sanitarias de las comunidades autónomas. En Cataluña, las personas físicas o jurídicas que se dediquen a la distribución de medicamentos para uso humano, así como a su almacenaje por contrato, deben solicitar previamente al inicio de la actividad la autorización de apertura y funcionamiento a la Dirección General de Ordenación Professional y Regulación Sanitaria del Departamento de Salud. También deben solicitar la autorización y/o comunicar cualquier modificación de las condiciones en las que se concedió inicialmente la autorización, así como el cese de la actividad.

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A quién va dirigido

A las personas físicas y jurídicas que se dediquen a la distribución de medicamentos para uso humano a oficinas y servicios de farmacia, o a otros distribuidores de medicamentos, así como también a aquellas que se dediquen al almacenaje de medicamentos por contrato.

Organismo responsable

Solicitar la autorización y/o comunicar las modificaciones posteriores o el cese de la actividad

Plazos

La comunicación de modificaciones que afecten a la denominación del almacén de distribución, la dirección por motivos administrativos y la decisión de cerrar el almacén se debe hacer de manera inmediata o como muy tarde diez días después de que se haya producido la modificación.
La solicitud de autorización del cambio de titularidad del almacén y de las modificaciones estructurales como son el traslado, la ampliación y/o la redistribución de las instalaciones donde se lleva a cabo la actividad, así como el cambio del tipo de medicamentos que se distribuyen, de almacenes contratados (adición o supresión) o de director técnico o directora técnica, han de ser objeto de autorización previa. Por tanto, no se puede iniciar la actividad en las instalaciones modificadas o que se han trasladado, no se pueden distribuir nuevos tipos de medicamentos ni utilizar nuevos almacenes contratados ni actuar un nuevo director técnico o directora técnica hasta que esta autorización no se haya concedido. El plazo para resolver estas solicitudes es de noventa días hábiles, a contar desde la fecha en que la solicitud haya tenido entrada en el Registro de la oficina de gestión empresarial (OGE), excepto en el caso de la adición o la supresión de un almacén contratado, que es de treinta días.

Transcurrido el plazo establecido sin que se haya notificado la resolución expresa, la solicitud se entenderá estimada y se procederá a la inscripción en el Registro de empresas fabricantes, comercializadoras y distribuidoras de medicamentos, productos cosméticos y sanitarios y laboratorios de investigación preclínica con estos productos.

Documentación

Documentación que se debe adjuntar a la comunicación:

  • Cambio de localización de las instalaciones:
    Planos detallados de las instalaciones en los que se identifiquen las diferentes zonas administrativas y de almacenaje y los equipos disponibles en cada zona, expedidos y firmados per personal técnico competente. En caso de obra nueva, el plano deberá estar visado. Puede presentarse en soporte digital (formato PDF).
  • Cambio del tipo de entidad de  distribución:
    • Manual de calidad adaptado a la nueva actividad.
    • En el caso de ampliar la actividad a almacén mayorista de distribución de medicamentos, hay que presentar los procedimientos de trabajo referentes a la verificación de la legalidad de los clientes, proveedores y medicamentos distribuidos, así como el plan de empresa detallado en el cual se describan las actuaciones previstas para dar cumplimento a lo establecido en el artículo 68.2 de la Ley 29/2006, en relació con la función prioritaria y esencial de los almacenes de distribución de medicamentos.
  • Cambio de almacén contratado:
    Copia del contrato establecido con el titular del almacén contratado. Adicionalmente y en caso de que el almacén contratado esté ubicado fuera de Cataluña, una copia de la autorización emitida por la autoridad sanitaria de la comunidad autónoma donde esté ubicado.
  • Cambio de la persona que ocupa la dirección técnica:          
    • Documentación para acreditar la formación y experiencia de la persona nombrada como director técnico o directora técnica de la entidad de distribución en las buenas prácticas de distribución de medicamentos.
    • Título que habilita para la supervisión de instalaciones radioactivas, si corresponde.

Requisitos

Las personas físicas o jurídicas con instalaciones ubicadas en Cataluña que quieran realizar la actividad de distribución de medicamentos a oficinas y servicios de farmacia, así como a otros almacenes de distribución de medicamentos, o el almacenaje de medicamentos para terceros, han de cumplir los requisitos establecidos en el Real decreto 782/2013, de 11 de octubre, sobre distribución de medicamentos para uso humano, y los artículos 70 y 71 de la Ley 29/2006, de 26 de julio, de garantías y uso racional de los medicamentos y productos sanitarios.

Otros requisitos
La persona física titular de una entidad de distribución de medicamentos, de acuerdo con lo que establece el artículo 3 de la Ley 29/2006, en la redacción que le ha dado la Ley 10/2013, no puede ser un farmacéutico en ejercicio profesional en una oficina de farmacia, en un establecimiento comercial detallista, en entidades o agrupaciones ganaderas o en un servicio de farmacia hospitalaria u otras estructuras asistenciales, dado que es incompatible. Asimismo y en el caso que se trate de una persona jurídica, en la sociedad que la conforma no puede participar ningún farmacéutico o farmacéutica en ejercicio profesional en alguna de les entidades citadas anteriormente.

Tasas

Tasas para las entidades de distribución de medicamentos para uso humano:

1. Por la tramitació de la solicitud de autorización y/o comunicación de las modificaciones posteriores: 200 euros.
2. Modificaciones estructurales que requieren visita de inspección como son  el traslado, ampliación y/o la redistribución de las instalaciones donde se realiza la actividad, cambio del tipo de medicamentos que se distribuyen: 391,50 euros/por día de inspección.
3. En caso de traslado o ampliación de las inslalaciones por cambio de dirección, emisión de oficio del nuevo certificado de  cumplimento de las buenas prácticas de distribución de medicamentos de uso humano actualizado: 103,50 euros.

El pago de la tasa se puede realizar:

• Por Internet, a través de la página de Línia Oberta con tarjeta de crédito o débito de cualquier entidad bancaria.

• Mediante la red de cajeros automáticos "Servicaixa": en este caso el pago se puede realizar con tarjeta de crédito o débito de cualquier entidad bancaria, o si se dispone, con una libreta o una cuenta corriente de "La Caixa"/CaixaBank.



Otras informaciones

El traslado de las instalaciones donde se lleva a cabo la actividad y los cambios estructurales en las instalaciones de almacenaje de medicamentos para uso humano que presupongan la ampliación, la redistribución o la reestructuración de las instalaciones, así como el cambio del tipo de medicamentos que se distribuyen, del tipo de entidad de distribución,  de almacenes contratados (adición o supresión) o de director técnico o directora técnica, requieren la autorización previa de la Dirección General de Ordenación Profesional y Regulación Sanitaria antes de hacerse efectivos. El cambio de titularidad está sujeto, también, a autorización previa.
Los cambios de denominación de la entidad de distribución, del domicilio social, de la dirección por motivos administrativos, y la decisión de cerrar el almacén deben comunicarse a la Dirección General de Ordenación Profesional y Regulación Sanitaria.

Presencialmente


Puntos de tramitación

La solicitud y documentación requerida, en su caso, se pueden presentar directamente ante las oficinas de gestión empresarial (OGE), y se recomienda que se realice así de forma preferente.

De acuerdo con lo que dispone el artículo 25 de la Ley 26/2010, de 3 de agosto, de régimen jurídico y de procedimiento de las administraciones públicas de Cataluña, las comunicaciones se pueden presentar ante el órgano administrativo competente de acuerdo con la ubicación del establecimiento industrial o, si no dispone de instalaciones, de acuerdo con el domicilio social. Puede informarse de las oficinas de registro propias y de las concertadas de la Generalitat de Cataluña llamando al 012 o consultando la página web Cercador d'oficines de registre.

Asimismo, también se pueden presentar a través de cualquiera de los medios que prevé el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común.

Solicitar la autorización inicial de apertura y funcionamiento

Plazos

La solicitud de la autorización de apertura y funcionamiento de una entidad de distribución de medicamentos (almacén de distribución o almacén por contrato) debe realizarse previamente al inicio de la actividad. Esta no se pueda iniciar hasta que no de disponga de la correspondiente autorización de la Dirección General de Ordenación Profesional y Regulación Sanitaria.

Documentación

Documentación que debe adjuntarse a la solicitud:

  1. Organigrama de la empresa.
  2. Lista del personal técnico con indicación de su formación, experiencia y capacitación.
  3. Descripción de las funciones de todo el personal.
  4. Plan de empresa detallado en el cual se describan las actuaciones previstas para dar cumplimiento a lo establecido en el artículo 68.2 de la Ley 29/2006, en relación con la función prioritaria y esencial de los almacenes de distribución de medicamentos.
  5. Manual de calidad de la empresa
  6. Copia de aquellos procedimientos de trabajo que describan las actividades siguientes:
    • Verificación de la legalidad de los clientes, proveedores y medicamentos distribuidos
    • Recepción, almacenaje y distribución de medicamentos termolábiles y estupefacientes
    • Gestión de las devoluciones
    • Control de caducidades
    • Retirada del mercado de medicamentos defectuosos, ilegales o falsificados
    • Transporte de medicamentos a los clientes
    • Autoinspecciones
  7. Plano detallado de las instalaciones que especifique las diferentes zonas del almacén y los equipos disponibles en cada zona, expedido y firmado por el técnico o técnica competente. En caso de obra nueva, el plano deberá estar visado. Puede presentarse en soporte digital (formato PDF).
  8. En el caso de los almacenes contratados, una copia del contrato establecido con el titular de cada uno de los almacenes contratados. Adicionalmente y en el caso de que el almacén contratado esté ubicado fuera de Cataluña, una copia de la autorización emitida por la autoridad sanitaria de la comunidad autónoma donde esté ubicado.
  9. Copia de la licencia para la supervisión de instalaciones radioactivas (sólo en el caso en que el almacén disponga de instalaciones radioactivas).
  10. Documentación para acreditar la formación y experiencia de la persona nombrada como director técnico o directora técnica de la entidad de distribución en las buenas prácticas de distribución de medicamentos.

Requisitos

Las personas físicas o jurídicas con instalaciones ubicadas en Cataluña que quieran realizar la actividad de distribución mayorista de medicamentos a oficinas y servicios de farmacia, así como a otros almacenes de distribución de medicamentos, o el almacenaje de medicamentos por contrato, han de cumplir los requisitos establecidos en el Real decreto 782/2013, de 11 de octubre, sobre distribución de medicamentos de uso humano, y los artículos 70 y 71 de la Ley 29/2006, de 26 de julio, de garantías y uso racional de los medicamentos y productos sanitarios.

Otros requisitos


La persona física titular de una entidad de distribución de medicamentos, de acuerdo con lo que establece el artículo 3 de la Ley 29/2006, en la redacción que le ha dado la Ley 10/2013, no puede ser un farmacéutico en ejercicio profesional en una oficina de farmacia, en un establecimiento comercial detallista, en entidades o agrupaciones ganaderas o en un servicio de farmacia hospitalaria u otras estructuras asistenciales, dado que es incompatible. Asimismo y en el caso de que se trate de una persona jurídica, en la sociedad que la conforma no puede participar ningún farmacéutico en ejercicio profesional en alguna de les entidades citadas anteriormente.

Tasas

Tasas para las entidades de distribución de medicamentos para uso humano:

1. Solicitud de autorización inicial de obertura y funcionamiento: 375 euros.
2. Comprovación del cumplimento de las buenas prácticas de distribución de medicamentos de uso humano (visita de inspección): 391,50 euros/dia.
3. Emisión del certificado de cumplimento de las buenas prácticas de distribución de medicamentos de uso humano, que se genera de oficio: 103,50 euros.

El pago de la tasa se puede realizar:

• Por Internet, a través de la página de Línia Oberta con tarjeta de crédito o débito de cualquier entidad bancaria.

• Mediante la red de cajeros automáticos "Servicaixa": en este caso el pago se puede realizar con tarjeta de crédito o débito de cualquier entidad bancaria, o si se     dispone, con una libreta o una cuenta corriente de "La Caixa"/CaixaBank.


Otras informaciones

  1. Los datos comunicados a la Administración se incorporan al Registro de empresas fabricantes, comercializadoras y distribuidoras de medicamentos, productos cosméticos y sanitarios y laboratorios de investigación preclínica con estos productos, que mantiene el Servicio de Control Farmacéutico y Productos Sanitarios. Los datos registrados de cada empresa tienen validez indefinida mientras no haya cambios en los datos comunicados.
  2. Los datos identificativos de estos almacenes (número de inscripción en el Registro, nombre, dirección y población donde están ubicadas las instalaciones del almacén) se publicarán en la página web del Departamento de Salud.
  3. Ninguna entidad de distribución de medicamentos (almacén mayorista de distribución o almacén por contrato) puede iniciar su actividad ni se incluirá en el Registro de empresas fabricantes, comercializadoras y distribuidoras de medicamentos, productos cosméticos y sanitarios y laboratorios de investigación preclínica con estos productos hasta que la Dirección General de Ordenación Profesional y Regulación Sanitaria no haya verificado que cumple los requisitos establecidos y se haya otorgado la autorización correspondiente. El proceso de verificación comporta la inspección de las instalaciones, tanto las de la sede social como las de almacenaje, y la revisión de la documentación y registros de que se debe disponer de acuerdo con la normativa aplicable.

Sanciones

Las infracciones relacionadas con la distribución al por mayor de medicamentos de uso humano son sancionables de conformidad con lo establecido en el artículo 111 del Real Decreto legislativo 1/2015, de 24 de julio, por el cual se aprueba el Texto refundido de la Ley de garantías y uso racional de los medicamentos y productos sanitarios.


Oficinas de la administración

Institut de Recerca de L'Energia de Catalunya (IREC)

Otros Jardins de Les Dones de Negre 1, 08930, Sant Adrià de Besòs

Consorci de Comerç, Artesania I Moda de Catalunya

Calle Provença 339, 08037, Barcelona

Grupo de Asisténcia Sanitária y Social (SAGESSA)

Avenida Dr. Josep Laporte 2, 43204, Reus

Consorci Per a la Normalització Lingüística (CPNL)

Calle Mallorca 272, 08037, Barcelona

Tel. 932723100

Consorci Hospitalari de Vic

Calle Francesc Pla, el Vigatà 1, 08500, Vic

Tel. 938891111

Fundación Privada Centro de Investigación en Salud Internacional de Barcelona (CRESIB)

Calle Rosselló 132, 08036, Barcelona

Tel. 932275706

Institut D'Investigacions Biomèdiques August Pi I Sunyer (IDIBAPS)

Calle Rosselló 149-153, 08036, Barcelona

Escola D'Administració Pública de Catalunya (EAPC)

Carrer Girona 20, 08010, Barcelona

Consorci del Parc Fluvial del Llobregat

Otros Torre de L'Amo de Viladomiu Nou s/n, 08680, Gironella

Tel. 938250689

Cataluña Radio

Avinguda Diagonal 614-616, 08021, Barcelona

Institut Català de Ciències del Clima (IC3)

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