Autorización inicial de los establecimientos de óptica y de las secciones de óptica de las oficinas de farmacia y de las modificaciones posteriores
Con el fin de poder garantizar la protección de la salud ocular de las personas, los establecimientos de óptica y las secciones de óptica de las oficinas de farmacia ubicadas en Cataluña tienen que disponer de la autorización de apertura y funcionamiento que otorga el Departamento de Salud, una vez se ha verificado que la persona titular del establecimiento cumple los requisitos tecnicosanitarios establecidos en la normativa que regula dichos establecimientos.
A quién va dirigido
A las personas físicas o jurídicas titulares de establecimientos de óptica y de las de oficinas de farmacia con sección de óptica.
Organismo responsable
Solicitar l'autorización o comunicar modificaciones posteriores
Plazos
Las modificaciones que requieren autorización (modificaciones estructurales: modificaciones que afectan al emplazamiento de las instalaciones y los cambios de titularidad del establecimiento de óptica o de la sección de óptica de una oficina de farmacia) han de solicitarse al órgano competente que tendrá que autorizarlas antes de que se pongan en funcionamiento o sean efectivas.
En el caso de las modificaciones sujetas a comunicación (modificaciones no estructurales: modificaciones que no afectan al emplazamiento de las instalaciones y no supongan un cambio de titularidad del establecimiento o de la sección) se pueden llevar a cabo una vez presentada esta comunicación sin tener que esperar la respuesta de la Administración.
Documentación
Documentación que hay que adjuntar al modelo de solicitud
Modificaciones por traslado, ampliación y/o redistribución de las instalaciones del establecimiento de óptica o sección de óptica de una oficina de farmacia:
- Plano detallado del establecimiento de óptica o de la sección de óptica de una oficina de farmacia, donde se indique la superficie de cada zona y los equipos disponibles en cada una de ellas, expedido y firmado por el técnico o técnica competente.
- Copia del justificante de ingreso bancario acreditativo de haber realizado el pago de la tasa correspondiente. La cuenta bancaria donde ingresar la tasa varia en función de si se trata de un establecimiento de óptica o de una sección de óptica de farmacia:
- Establecimiento de óptica: el ingreso se realiza a nombre del Colegio de Ópticos Optometristas y Ópticas Optometristas de Cataluña en la cuenta de la Caixa ES70-2100-0923-7602-00204391, y como concepto se ha de hacer constar: solicitud de autorización de funcionamiento de óptica.
- Secciones de óptica de una oficina de farmacia: el ingreso se realiza a nombre de la Generalitat de Cataluña en la cuenta de la Caixa ES82-2100-1031-4402-0000-4112, y como concepto se ha de hacer constar: solicitud de autorización de funcionamiento de sección de óptica.
En el caso de cambio de titularidad
- Copia del justificante de ingreso bancario acreditativo de haber realizado el pago de la tasa correspondiente. La cuenta bancaria donde ingresar la tasa varia en función de si se trata de un establecimiento de óptica o de una sección de óptica de farmacia:
- Establecimiento de óptica: el ingreso se realiza a nombre del Colegio de Ópticos Optometristas y Ópticas Optometristas de Cataluña en la cuenta de la Caixa ES70-2100-0923-7602-00204391, y como concepto se ha de hacer constar: solicitud de autorización de funcionamiento de óptica.
- Secciones de óptica de una oficina de farmacia: el ingreso se realiza a nombre de la Generalitat de Cataluña en la cuenta de la Caixa ES82-2100-1031-4402-0000-4112, y como concepto se ha de hacer constar: solicitud de autorización de funcionamiento de sección de óptica.
En el caso de cambio de la persona que ejerce la dirección técnica:
- Copia de la titulación académica que habilita a la persona que ejerce la dirección técnica del establecimiento de óptica o de la sección para llevar a cabo las funciones propias de esta responsabilidad:
- Tener la diplomatura en óptica y protésica ocular (Decreto de 22 de junio de 1956).
- Ser beneficiaria de la disposición transitoria del Decreto 1387/1961, de 20 de julio.
- Tener la diplomatura en óptica (Decreto 2842/1972, de 15 de septiembre).
- Tener la diplomatura en óptica emitido por las escuelas de Óptica Oftálmica y Acústica Audiométrica de la Universidad de Barcelona y de Óptica y Acústica Audiométrica de la Universidad de Santiago de Compostela (órdenes ministeriales de 18 de febrero de 1975).
- Tener la diplomatura en óptica y optometría (Real decreto 1419/1990, de 26 de octubre).
- Tener el grado en óptica y optometría (Real decreto 1393/2007, de 29 de octubre).
- Tener titulaciones de origen extranjero que hayan obtenido de las autoridades académicas españolas competentes la equiparación con la diplomatura en óptica (Decreto 2842/1972, de 15 de septiembre) o con la diplomatura en óptica y optometría (Real decreto 1419/1990, de 26 de octubre).
Respecto al resto de modificaciones (cambio de denominación del establecimiento de óptica, cambio de domicilio del establecimiento o de la sección por motivos administrativos o cambio de domicilio social), no es necesario adjuntar ninguna documentación.
Requisitos
En el caso de los establecimientos de óptica y las secciones de óptica de las oficinas de farmacia, hay que cumplir los requisitos técnicos y sanitarios recogidos en el artículo 6 del Decreto 126/2003, de 13 de mayo.
Tasas
Para solicitar la autorización de modificaciones estructurales (ampliación de las instalaciones, traslado de los locales, reestructuración del establecimiento o cambio de titularidad del establecimiento): 263,50 euros. El pago se ha de efectuar de forma previa a la solicitud.
La cuenta bancaria donde ingresar la tasa varia en función de si se trata de un establecimiento de óptica o de una sección de óptica de farmacia:
- Establecimiento de óptica: el ingreso se realiza a nombre del Colegio de Ópticos Optometristas y Ópticas Optometristas de Cataluña en la cuenta de la Caixa : ES70-2100-0923-7602-00204391 y como concepto se ha de hacer constar: solicitud de autorización de funcionamiento de óptica.
- Secciones de óptica de una oficina de farmacia: el ingreso se realiza a nombre de la Generalitat de Cataluña en la cuenta de la Caixa ES82-2100-1031-4402-0000-4112, y como concepto se ha de hacer constar: solicitud de autorización de funcionamiento de sección de óptica.
Para comunicar modificaciones no estructurales (cambio de denominación del establecimiento de óptica, cambio en la dirección del establecimiento por motivos administrativos, cambio en la razón social o cambio de director técnico o directora técnica: no se aplica tasa.
El pago de la tasa se puede realizar:
- Por Internet, a través de la página de Línia Oberta con tarjeta de crédito o débito de cualquier entidad bancaria.
- Mediante la red de cajeros automáticos "Servicaixa": en este caso el pago se puede realizar con tarjeta de crédito o débito de cualquier entidad bancaria, o si se dispone, con una libreta o una cuenta corriente de "La Caixa"/CaixaBank.
Otras informaciones
Es necesario solicitar la autorización administrativa previa a la Dirección General de Ordenación y Regulación Sanitarias cuando se quieran realizar modificaciones de las condiciones en que se concedió la autorización de apertura y funcionamiento de un establecimiento de óptica o sección de óptica de una oficina de farmacia que supongan:
- Ampliación de las instalaciones.
- Traslado de los locales.
- Reestructuración y/o redistribución del establecimiento o de la sección donde se presta el servicio.
- Cambio de titularidad del establecimiento o de la oficina de farmacia en la cual está la sección de óptica.
Se han de comunicar a la Dirección General de Ordenación y Regulación Sanitarias las modificaciones de las condiciones en que se concedió la autorización de apertura y funcionamiento de un establecimiento de óptica o de una sección de óptica de una oficina de farmacia cuando estas no afecten al emplazamiento de la instalación o no supongan el cambio de titularidad. Las modificaciones que se tienen que comunicar son:
- Cambio de denominación del establecimiento de óptica.
- Cambio de dirección del establecimiento o de la sección por motivos administrativos (cambio de nombre o de numeración de la calle, etc.).
- Cambio de dirección social.
- Cambio de director/a técnico/a.
Presencialmente
Puntos de tramitación
- Oficina de Gestió Empresarial a Barcelona
- Oficina de Gestió Empresarial de Girona
- Oficina de Gestió Empresarial de Lleida
- Oficina de Gestió Empresarial de Tarragona
- Oficina de Gestió Empresarial de les Terres de l'Ebre
- OGE - Cambra Badalona
- OGE - Cambra Barcelona
- OGE - Cambra Berga
- OGE - Cambra Girona
- OGE - Cambra Granollers
- OGE - Cambra Igualada
- OGE - Cambra Manresa
- OGE - Cambra Mataró
- OGE - Cambra Reus
- OGE - Cambra Sabadell
- OGE - Cambra Sant Feliu de Llobregat
- OGE - Cambra Terrassa
- OGE - Cambra Tortosa
- OGE - Cambra Vic
- OGE - Cambra Vilafranca del Penedès
- OGE - Cambra Vilanova i la Geltrú
- OGE - Cambra l'Hospitalet de Llobregat
Estas solicitudes se han de presentar ante la red de oficinas de gestión empresarial (OGE). Para consultar la oficina más cercana pueden llamar al teléfono de información de la Generalitat de Catalunya (012), o bien visitar la página web www.gencat.cat/canalempresa/.
En el caso de que la solicitud corresponda a una sección de óptica de una oficina de farmacia, hay que presentarla directamente, y de forma preferente, ante la Subdirección General de Farmacia y Productos Sanitarios de la Dirección General de Ordenación y Regulación Sanitarias del Departamento de Salud (Travessera de les Corts, 131-159, pabellón Ave Maria, 08028 Barcelona), sin perjuicio de lo que dispone el artículo 25 de la Ley 26/2010, de 3 de agosto.
De acuerdo con lo que dispone el artículo 25 de la Ley 26/2010, de 3 de agosto, de régimen jurídico y de procedimento de las administraciones públicas de Cataluña, también se pueden presentar en cualquier registro de la Administración de la Generalidad, de los organismos y de las entidades públicas vinculados o que dependen. Os podeis informar de las oficinas de registro propias y las concertadas de la Generalitat de Catalunya llamando al 012 o consultando la página web: http://www14.gencat.cat/sacgencat/AppJava/registre.jsp (buscador de oficinas).
Así mismo, también se pueden presentar a través de cualquiera de los medios previstos en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimento administrativo común.
Comunicar el cese de la actividad
Plazos
Se ha de presentar en el momento en que el establecimiento de óptica o la sección de óptica de una oficina de farmacia deje de llevar a cabo la actividad.
Tasas
Para comunicar el cese de la activitat no se aplica tasa.
Presencialmente
Puntos de tramitación
- Oficina de Gestió Empresarial a Barcelona
- Oficina de Gestió Empresarial de Girona
- Oficina de Gestió Empresarial de Lleida
- Oficina de Gestió Empresarial de Tarragona
- Oficina de Gestió Empresarial de les Terres de l'Ebre
- OGE - Cambra Badalona
- OGE - Cambra Barcelona
- OGE - Cambra Berga
- OGE - Cambra Girona
- OGE - Cambra Granollers
- OGE - Cambra Igualada
- OGE - Cambra Manresa
- OGE - Cambra Mataró
- OGE - Cambra Reus
- OGE - Cambra Sabadell
- OGE - Cambra Sant Feliu de Llobregat
- OGE - Cambra Terrassa
- OGE - Cambra Tortosa
- OGE - Cambra Vic
- OGE - Cambra Vilafranca del Penedès
- OGE - Cambra Vilanova i la Geltrú
- OGE - Cambra l'Hospitalet de Llobregat
Estas comunicaciones se han de presentar ante la red de oficinas de gestión empresarial (OGE). Para consultar la oficina más cercana pueden llamar al teléfono de información de la Generalitat de Catalunya (012), o bien visitar la página web www.gencat.cat/canalempresa/.
En el caso de que la solicitud corresponda a una sección de óptica de una oficina de farmacia, hay que presentarla directamente, y de forma preferente, ante la Subdirección General de Farmacia y Productos Sanitarios de la Dirección General de Ordenación y Regulación Sanitarias del Departamento de Salud (Travessera de les Corts, 131-159, pabellón Ave Maria, 08028 Barcelona), sin perjuicio de lo que dispone el artículo 25 de la Ley 26/2010, de 3 de agosto.
De acuerdo con lo que dispone el artículo 25 de la Ley 26/2010, de 3 de agosto, de régimen jurídico y de procedimento de las administraciones públicas de Cataluña, también se pueden presentar en cualquier registro de la Administración de la Generalidad, de los organismos y de las entidades públicas vinculados o que dependen. Os podeis informar de las oficinas de registro propias y las concertadas de la Generalitat de Catalunya llamando al 012 o consultando la página web: http://www14.gencat.cat/sacgencat/AppJava/registre.jsp (buscador de oficinas).
Así mismo, también se pueden presentar a través de cualquiera de los medios previstos en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimento administrativo común.
Solicitar la autorización de apertura y funcionamiento
Plazos
La autorización se puede solicitar en cualquier momento, pero se tiene que obtener antes de iniciar la actividad.
Documentación
Documentación que hay que adjuntar al modelo de solicitud:
- Una copia de la titulación académica que habilita a la persona que ejerce la dirección técnica a llevar a cabo las funciones propias de esta responsabilidad, y/o para el resto de situaciones que se indican en el artículo 4 del Decreto 126/2003:
- Diplomatura en óptica y protésica ocular (Decreto de 22 de junio de 1956)
- Documento que le acredite como beneficiario de la disposición transitoria del Decreto 1387/1961, de 20 de julio.
- Diplomatura en óptica (Decreto 2842/1972, de 15 de setiembre).
- Diplomatura en óptica emitida por las escuelas de Óptica Oftálmica y Acústica Audiométrica de la Universidad de Barcelona y de Óptica y Acústica Audiométrica de la Universidad de Santiago de Compostela (ordenes ministeriales de 18 de febrero de 1975).
- Diplomatura en óptica y optometría (Real decreto 1419/1990, de 26 de octubre).
- Grado en óptica y optometría (Real decreto 1393/2007, de 29 de octubre).
- Titulaciones de origen extranjero que ha obteni
Trámites relacionados
Oficinas de la administración
Institut de Recerca de L'Energia de Catalunya (IREC)
Otros Jardins de Les Dones de Negre 1, 08930, Sant Adrià de Besòs
Consorci de Comerç, Artesania I Moda de Catalunya
Calle Provença 339, 08037, Barcelona
Grupo de Asisténcia Sanitária y Social (SAGESSA)
Avenida Dr. Josep Laporte 2, 43204, Reus
Consorci Per a la Normalització Lingüística (CPNL)
Calle Mallorca 272, 08037, Barcelona
Tel. 932723100
Consorci Hospitalari de Vic
Calle Francesc Pla, el Vigatà 1, 08500, Vic
Tel. 938891111
Fundación Privada Centro de Investigación en Salud Internacional de Barcelona (CRESIB)
Calle Rosselló 132, 08036, Barcelona
Tel. 932275706
Institut D'Investigacions Biomèdiques August Pi I Sunyer (IDIBAPS)
Calle Rosselló 149-153, 08036, Barcelona
Escola D'Administració Pública de Catalunya (EAPC)
Carrer Girona 20, 08010, Barcelona
Consorci del Parc Fluvial del Llobregat
Otros Torre de L'Amo de Viladomiu Nou s/n, 08680, Gironella
Tel. 938250689
Cataluña Radio
Avinguda Diagonal 614-616, 08021, Barcelona
Institut Català de Ciències del Clima (IC3)
Calle Doctor Trueta 203, 08005, Barcelona
Autoritat Territorial de la Mobilitat (ATM). Àrea de Girona
Plaza Pompeu Fabra 1, 17002, Girona
Tel. 902627781
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