Históricas cerradas
Inicio: 23 junio 2017 | Fin: 06 julio 2017
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29/08/2017 | Relación definitiva de admitidos y excluidos con indicación de la puntuación (Ver listados en el apartado Información relacionada, en la columna derecha de esta ficha) | |
10/07/2017 | Relación provisional de admitidos y excluidos (Ver listados en el apartado Información relacionada, en la columna derecha de esta ficha) | * Reclamaciones: Hasta el 17 de julio de 2017. (Ver modelo de alegaciones en el apartado Gestión/listados en la columna derecha de esta ficha) |
22/06/2017 | Modificación del Anexo I de la Resolución de 22 de marzo de 2017 en la especialidad de Tecnología Resolución de 9 de junio de 2017 (BOCM nº 147, de 22 de junio) | * Nuevo plazo de presentación de solicitudes: Del 23 de junio al 6 de julio de 2017 * Nota: El plazo se abre exclusivamente para aquellos interesados que, poseyendo la titulación de Licenciado en Ciencias Ambientales y no habiendo presentado la solicitud con anterioridad, deseen participar en esta convocatoria, en la especialidad de Tecnología, debiendo cumplir el resto de requisitos establecidos. |
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Consejería de Educación y Juventud
D. G. de Recursos Humanos
Listados (10)
Plazo indefinido
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Puede presentar su solicitud en cualquiera de las Oficinas de Registro de la Comunidad de Madrid, de la Administración General del estado, de otras Comunidades autónomas, de Ayuntamientos de la Comunidad de Madrid adheridos a la Red de Oficinas Integradas de Atención al Ciudadano, Oficinas de Correos y Representaciones diplomáticas u Oficinas Consulares de España en el extranjero.
Consejería de Vivienda y Administración Local
D. G. de Administración Local
La Oficina Regional de Coordinación de Trasplantes (ORCT) se encarga de la coordinación de centros y actividades en materia de donación y trasplante en la Comunidad de Madrid.
Servicios que presta:
- Coordinación de las actividades de donación y trasplante de órganos, tejidos y progenitores hematopoyéticos en el ámbito de la Comunidad de Madrid.
- Información a público y profesionales sobre Donación y Trasplantes.
- Elaboración de informes técnicos relacionados con la planificación y organización de las actividades de donación y trasplante.
- Recogida, análisis, elaboración y difusión de datos sobre la actividad de extracción y trasplante de órganos, tejidos y progenitores hematopoyéticos.
- Elaboración y difusión de la Memoria Anual de Trasplantes de la Comunidad de Madrid.
- Formación de profesionales relacionados con la donación y el trasplante.
- Información telefónica sobre donación y trasplante.
- Promoción de la donación de órganos y tejidos:
1.- Personalización y distribución de la Tarjeta de Donante de la Comunidad de Madrid.
2.- Elaboración y difusión de material audiovisual.
3.- Organización y desarrollo de Seminarios divulgativos.
4.- Organización y desarrollo del Programa de Promoción de la Donación en la Escuela.
Si desea ampliar esta información puede hacerlo:
- A través del teléfono 91 426 59 11 (Horario de información telefónica: de lunes a viernes de 9:00 a 14:00 h)
- O a través del correo electrónico: orct@salud.madrid.org
- Puede acceder a la información sobre la donación de órganos y trasplantes, en el apartado de Información relacionada, en la columna de la derecha de esta ficha.
* Orden 949/1992, de 15 de diciembre, por la que se crea la Oficina Regional de Coordinación de Trasplantes de la Comunidad de Madrid.
* Real Decreto 2070/1999, de 30 de diciembre, por el que se regulan las actividades de obtención y utilización clínica de órganos humanos y la coordinación territorial en materia de clonación y trasplante de órganos y tejidos.
* Real Decreto 1301/2006, de 10 de noviembre, por el que se establecen las normas de calidad y seguridad para la donación, la obtención, la evaluación, el procesamiento, la preservación, el almacenamiento y la distribución de células y tejidos humanos y se aprueban las normas de coordinación y funcionamiento para su uso en humanos.
* Orden 950/1992, de 15 de diciembre, sobre autorización y acreditación de los servicios de extracción y trasplante de órganos de la Comunidad de Madrid.
* Orden 1980/1998, de 28 de octubre, de la Consejería de Sanidad y Servicios Sociales, sobre autorización y acreditación de las actividades relativas a la utilización de tejidos humanos en la Comunidad de Madrid.
Será el fijado por la norma reguladora del correspondiente procedimiento.Cuando las normas reguladoras de los procedimientos no fijen el plazo máximo, éste será de tres meses.
Efecto del silencio administrativo: estimatorio, excepto en determinados supuestos, entre los que se encuentran la resolución de los recursos administrativos.
RECURSO DE ALZADA:
Plazo de interposición: un mes, si el acto fuera expreso. Si el acto no fuera expreso, a partir del día siguiente a aquel en que se produzca el silencio administrativo.
Plazo máximo para dictar y notificar la resolución: tres meses.
RECURSO EXTRAORDINARIO DE REVISIÓN:
Plazo de interposición: dentro de los cuatro años si al dictarlos se hubiera incurrido en un error de hecho, o tres meses, según la normativa reguladora.
Plazo máximo para dictar y notificar la resolución: tres meses.
POTESTATIVAMENTE EN REPOSICIÓN:
Plazo para la interposición del recurso: un mes, si el acto fuera expreso. Si el acto no fuera expreso, en cualquier momento a partir del día siguiente a aquel en que se produzca el acto presunto.
Plazo máximo para dictar y notificar la resolución: un mes.
RECURSO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO:
Plazo para la interposición del recurso: dos meses, si fuera expreso. Si no lo fuera, seis meses a partir del día siguiente a aquel en que se produzca el acto presunto.
La Oficina Regional de Coordinación de Trasplantes (ORCT) se encarga de la coordinación de centros y actividades en materia de donación y trasplante en la Comunidad de Madrid.
Servicios que presta:
- Coordinación de las actividades de donación y trasplante de órganos, tejidos y progenitores hematopoyéticos en el ámbito de la Comunidad de Madrid.
- Información a público y profesionales sobre Donación y Trasplantes.
- Elaboración de informes técnicos relacionados con la planificación y organización de las actividades de donación y trasplante.
- Recogida, análisis, elaboración y difusión de datos sobre la actividad de extracción y trasplante de órganos, tejidos y progenitores hematopoyéticos.
- Elaboración y difusión de la Memoria Anual de Trasplantes de la Comunidad de Madrid.
- Formación de profesionales relacionados con la donación y el trasplante.
- Información telefónica sobre donación y trasplante.
- Promoción de la donación de órganos y tejidos:
1.- Personalización y distribución de la Tarjeta de Donante de la Comunidad de Madrid.
2.- Elaboración y difusión de material audiovisual.
3.- Organización y desarrollo de Seminarios divulgativos.
4.- Organización y desarrollo del Programa de Promoción de la Donación en la Escuela.
Si desea ampliar esta información puede hacerlo:
- A través del teléfono 91 426 59 11 (Horario de información telefónica: de lunes a viernes de 9:00 a 14:00 h)
- O a través del correo electrónico: orct@salud.madrid.org
- Puede acceder a la información sobre la donación de órganos y trasplantes, en el apartado de Información relacionada, en la columna de la derecha de esta ficha.
* Orden 949/1992, de 15 de diciembre, por la que se crea la Oficina Regional de Coordinación de Trasplantes de la Comunidad de Madrid.
* Real Decreto 2070/1999, de 30 de diciembre, por el que se regulan las actividades de obtención y utilización clínica de órganos humanos y la coordinación territorial en materia de clonación y trasplante de órganos y tejidos.
* Real Decreto 1301/2006, de 10 de noviembre, por el que se establecen las normas de calidad y seguridad para la donación, la obtención, la evaluación, el procesamiento, la preservación, el almacenamiento y la distribución de células y tejidos humanos y se aprueban las normas de coordinación y funcionamiento para su uso en humanos.
* Orden 950/1992, de 15 de diciembre, sobre autorización y acreditación de los servicios de extracción y trasplante de órganos de la Comunidad de Madrid.
* Orden 1980/1998, de 28 de octubre, de la Consejería de Sanidad y Servicios Sociales, sobre autorización y acreditación de las actividades relativas a la utilización de tejidos humanos en la Comunidad de Madrid.
Será el fijado por la norma reguladora del correspondiente procedimiento.Cuando las normas reguladoras de los procedimientos no fijen el plazo máximo, éste será de tres meses.
Efecto del silencio administrativo: estimatorio, excepto en determinados supuestos, entre los que se encuentran la resolución de los recursos administrativos.
RECURSO DE ALZADA:
Plazo de interposición: un mes, si el acto fuera expreso. Si el acto no fuera expreso, a partir del día siguiente a aquel en que se produzca el silencio administrativo.
Plazo máximo para dictar y notificar la resolución: tres meses.
RECURSO EXTRAORDINARIO DE REVISIÓN:
Plazo de interposición: dentro de los cuatro años si al dictarlos se hubiera incurrido en un error de hecho, o tres meses, según la normativa reguladora.
Plazo máximo para dictar y notificar la resolución: tres meses.
POTESTATIVAMENTE EN REPOSICIÓN:
Plazo para la interposición del recurso: un mes, si el acto fuera expreso. Si el acto no fuera expreso, en cualquier momento a partir del día siguiente a aquel en que se produzca el acto presunto.
Plazo máximo para dictar y notificar la resolución: un mes.
RECURSO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO:
Plazo para la interposición del recurso: dos meses, si fuera expreso. Si no lo fuera, seis meses a partir del día siguiente a aquel en que se produzca el acto presunto.
Históricas cerradas
Empresas admitidas (Publicado el 06 julio 2015 10:30)
Ofertas económicas (Publicado el 06 julio 2015 10:31)
Plazo indefinido ckFechas
Establecimiento de los requisitos necesarios para el ejercicio de las competencias de ejecución referidas a estos funcionarios con Habilitación de carácter Estatal atribuidos a la Dirección General de Administración Local.
1. Encontrarse en uno de los supuestos previstos paa el ejercicio de las competencias de ejecución referidas a estos funcionarios con Habilitación de carácter Estatal atribuidos a las Comunidades Autónomas por el Real Decreto 1732/1994, de 29 de julio, de Provisión de puestos de trabajo reservados a Funcionario con Habilitación de carácter Estatal.
2. Estar incluido dentro del ámbito de aplicación establecido por el Decreto 25/2008, de 10 de abril; Decreto 77/2008, de 3 de julio, y Decreto 102/2008, de 17 de julio.
1. Solicitud, Ver apartado Gestión en la columna derecha de esta ficha.
2. La establecida en cada caso para cada uno de los casos previstos por el Decreto 1732/1994, de 29 de julio, de Provisión de puestos de trabajo reservados a Funcionarios con Habilitación de carácter Estatal.
Si la presentación de solicitudes se realiza vía registro telemático, se pueden anexar a la solicitud copias digitalizadas de los documentos requeridos, cuya fidelidad con el original se garantizará mediante la utilización de firma electrónica avanzada. Con carácter excepcional, se podrá requerir al particular la exhibición del documento o de la información original. La aportación de tales copias implica la autorización a la Administración para que acceda y trate la información personal contenida en tales documentos, acuerdo con el artículo 35.2 de la Ley 11/2007, de 22 de junio, de acceso electrónico de los ciudadanos a los Servicios Públicos.
Se ajustará a lo establecido en cada caso para cada uno de los casos previstos por el Decreto 1732/1994, de 29 de julio, de Provisión de puestos de trabajo reservados a Funcionarios con Habilitación de carácter Estatal.
En la solicitud, se posibilita la opción de recibir las notificaciones vía telemática, siempre y cuando el usuario esté dado de alta en el Sistema de Notificaciones Telemáticas de la Comunidad de Madrid, y a autorizar la consulta de determinados documentos, eximiéndole de la obligatoriedad de su presentación.
Una vez registrada la solicitud, queda habilitado el servicio de "consulta de expedientes", desde donde podrá aportar documentos y enviar comunicaciones referidas a su solicitud.
b) Presencial
Puede presentar su solicitud en cualquiera de las Oficinas de Registro de la Comunidad de Madrid, de la Administración General del estado, de otras Comunidades autónomas, de Ayuntamientos de la Comunidad de Madrid adheridos a la Red de Oficinas Integradas de Atención al Ciudadano, Oficinas de Correos y Representaciones diplomáticas u Oficinas Consulares de España en el extranjero.
* Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local. (BOE nº 80, de 3 de abril)
* Real Decreto Legislativo 781/1986, de 18 de abril, por el que se aprueba el Texto Refundido de Disposiciones Legales vigentes en materia de Régimen local. (BOE nº 96, de 22 de abril)
* Real Decreto 1174/1987, de 18 de septiembre, de Régimen Jurídico de los Funcionarios de la Administración Local con habilitación de carácter Nacional. (BOE nº 233, de 29 de septiembre)
* Real Decreto 1732/1994, de 29 de julio, de Provisión de puestos de trabajo reservados a Funcionarios con Habilitación de carácter Nacional. (BOE nº 189, de 9 de agosto)
* Decreto 68/2002, de 25 de abril, del Consejo de Gobierno, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Justicia y Administraciones Públicas. ( BOCM nº 101, de 30 de abril )
* Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público.
* Decreto 25/2008, de 10 de abril; Decreto 77/2008, de 3 de julio, y Decreto 102/2008, de 17 de julio.
Será el fijado por la norma reguladora del correspondiente procedimiento.Cuando las normas reguladoras de los procedimientos no fijen el plazo máximo, éste será de tres meses.
Efecto del silencio administrativo: estimatorio, excepto en determinados supuestos, entre los que se encuentran la resolución de los recursos administrativos.
RECURSO DE ALZADA:
Plazo de interposición: un mes, si el acto fuera expreso. Si el acto no fuera expreso, a partir del día siguiente a aquel en que se produzca el silencio administrativo.
Plazo máximo para dictar y notificar la resolución: tres meses.
RECURSO EXTRAORDINARIO DE REVISIÓN:
Plazo de interposición: dentro de los cuatro años si al dictarlos se hubiera incurrido en un error de hecho, o tres meses, según la normativa reguladora.
Plazo máximo para dictar y notificar la resolución: tres meses.
POTESTATIVAMENTE EN REPOSICIÓN:
Plazo para la interposición del recurso: un mes, si el acto fuera expreso. Si el acto no fuera expreso, en cualquier momento a partir del día siguiente a aquel en que se produzca el acto presunto.
Plazo máximo para dictar y notificar la resolución: un mes.
RECURSO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO:
Plazo para la interposición del recurso: dos meses, si fuera expreso. Si no lo fuera, seis meses a partir del día siguiente a aquel en que se produzca el acto presunto.
Solicitud
Históricas cerradas
Inicio: 13 febrero 2017 | Fin: 13 febrero 2018
Una vez registrada la solicitud, queda habilitado el servicio de "consulta de expedientes", desde donde podrá aportar documentos y enviar comunicaciones referidas a su solicitud.
b) Presentación en oficinas de asistencia en materia de registro.
Además, puede presentar su solicitud en cualquiera de las oficinas de asistencia en materia de registro de la Comunidad de Madrid, de la Administración General del Estado, de otras Comunidades Autónomas, de Entidades Locales, oficinas de correos y representaciones diplomáticas u oficinas consulares de España en el extranjero
Consejería de Educación y Juventud
D. G. de Educación Concertada Becas y Ayudas al Estudio
Plazo indefinido
¿Quién puede?
La notificación se realizará por medios electrónicos, a través del servicio de Notificaciones Telemáticas de la Comunidad de Madrid, para lo cual previamente deberá estar dado de alta en el Sistema de Notificaciones Telemáticas (NOTE) de la Comunidad de Madrid.
Una vez registrada la solicitud, queda habilitado el servicio de "consulta de expedientes", desde donde podrá aportar documentos y enviar comunicaciones referidas a su solicitud.
b) Presencial
En el registro del Tribunal Administrativo de Contratación Pública de la Comunidad de Madrid, sin que quepa la presentación en cualquier otro Registro de la Administración o en las oficinas de Correos a efectos del cómputo del plazo de presentación. En tales casos, se entenderá interpuesto el día en que tenga su entrada en el Registro del Tribunal.
Dirección del Tribunal Administrativo de Contratación Pública de la Comunidad de Madrid:
Carrera de San Jerónimo, 13, 1ª planta
28014-Madrid
Horario de registro:
De lunes a viernes de 9:00h. a 14:00h.
Si desea ampliar esta información puede hacerlo:
A través del teléfono: 917206346
A través del siguiente enlace.
* Resolución de 10 de febrero de 2017, del Tribunal Administrativo de la Contratación Pública de la Comunidad de Madrid, por la que se publican los modelos de los impresos correspondientes a los procedimientos de: Recurso Especial en materia de Contratación Pública, Cuestión de Nulidad regulada en el Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, aprobado por el Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, Reclamación en Procedimientos de Adjudicación de Contratos de Sectores Especiales y Cuestión de Nulidad regulada por la Ley 31/2007, de 30 de octubre, sobre Procedimientos de Contratación en los Sectores del Agua, la Energía, los Transportes y los Servicios Postales.(BOCM nº 57, de 8 de marzo)
* Ley 31/2007, de 30 de octubre, sobre procedimientos de contratación en los sectores del agua, la energía, los transportes y los servicios postales.
Texto consolidado
Consejería de Hacienda y Función Pública
Tribunal Administrativo de Contratación Pública de la Comunidad de Madrid (con independencia funcional)
Plazo indefinido
¿Quién puede?
La notificación se realizará por medios electrónicos, a través del servicio de Notificaciones Telemáticas de la Comunidad de Madrid, para lo cual previamente deberá estar dado de alta en el Sistema de Notificaciones Telemáticas (NOTE) de la Comunidad de Madrid.
Una vez registrada la solicitud, queda habilitado el servicio de "consulta de expedientes", desde donde podrá aportar documentos y enviar comunicaciones referidas a su solicitud.
b) Presencial
En el registro del Órgano de Contratación o ante el Tribunal Administrativo de Contratación Pública de la Comunidad de Madrid, sin que quepa la presentación en cualquier otro Registro de la Administración o en las oficinas de Correos a efectos del cómputo del plazo de presentación. En tales casos, se entenderá interpuesto el día en que tenga su entrada en el Registro del Tribunal o del órgano de contratación.
Dirección del Tribunal Administrativo de Contratación Pública de la Comunidad de Madrid:
Carrera de San Jerónimo, 13, 1ª planta
28014-Madrid
Horario de registro:
De lunes a viernes de 9:00h. a 14:00h.
Si desea ampliar esta información puede hacerlo:
A través del teléfono: 917206346
A través del siguiente enlace
* Resolución de 10 de febrero de 2017, del Tribunal Administrativo de la Contratación Pública de la Comunidad de Madrid, por la que se publican los modelos de los impresos correspondientes a los procedimientos de: Recurso Especial en materia de Contratación Pública, Cuestión de Nulidad regulada en el Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, aprobado por el Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, Reclamación en Procedimientos de Adjudicación de Contratos de Sectores Especiales y Cuestión de Nulidad regulada por la Ley 31/2007, de 30 de octubre, sobre Procedimientos de Contratación en los Sectores del Agua, la Energía, los Transportes y los Servicios Postales.(BOCM nº 57, de 8 de marzo)
* Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, aprobado por Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre.
Texto consolidado
Consejería de Hacienda y Función Pública
Tribunal Administrativo de Contratación Pública de la Comunidad de Madrid (con independencia funcional)
Plazo indefinido
¿Quién puede?
Se podrá consultar guía informativa, modelo de curso de actualización y formación, en el apartado Información relacionada, en la columna derecha de esta ficha.
Si desea ampliar esta información puede hacerlo:
- Dirigiéndose al Servicio de Registros Oficiales de Salud Pública.
- A través de los teléfonos: 91 370 20 11 / 19
- Para más información pinche en el siguiente enlace (Portal Salud)
* Real Decreto 865/2003, de 4 de julio, por el que se establecen los criterios higiénicos-sanitarios para la prevención y control de la legionelosis (BOE de 18 de julio de 2003).
* Orden SCO/317/2003, de 7 de febrero, por el que se regula el procedimiento para la homologación de los cursos de formación del personal que realiza las operaciones de mantenimiento higiénico-sanitario de instalaciones objeto del Real Decreto 865/2003, de 4 de julio (BOE nº 171, de 18 de julio de 2003).
Consejería de Sanidad
D. G. de Salud Pública
Efecto del silencio administrativo: desestimatorio.
RECURSO DE ALZADA:
Plazo de interposición: un mes, si el acto fuera expreso. Si el acto no fuera expreso, a partir del día siguiente a aquel en que se produzca el silencio administrativo.
Plazo máximo para dictar y notificar la resolución: tres meses.
RECURSO EXTRAORDINARIO DE REVISIÓN:
Plazo de interposición: dentro de los cuatro años si al dictarlos se hubiera incurrido en un error de hecho, o tres meses, según la normativa reguladora.
Plazo máximo para dictar y notificar la resolución: tres meses.
POTESTATIVAMENTE EN REPOSICIÓN:
Plazo para la interposición del recurso: un mes, si el acto fuera expreso. Si el acto no fuera expreso, en cualquier momento a partir del día siguiente a aquel en que se produzca el acto presunto.
Plazo máximo para dictar y notificar la resolución: un mes.
RECURSO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO:
Plazo para la interposición del recurso: dos meses, si fuera expreso. Si no lo fuera, seis meses a partir del día siguiente a aquel en que se produzca el acto presunto.
Tasas (2)
Plazo indefinido
¿Qué es? >
¿Quién puede? >
¿Qué necesitas presentar? >
¿Cómo lo solicito? >
Normativa Aplicable >
Órgano Responsable >
Consejería de Economía, Empleo y Competitividad
Organismo Autónomo Instituto Regional de Seguridad y Salud en el Trabajo (IRSST)