Históricas cerradas
Inicio: 29 marzo 2017 | Fin: 11 abril 2017
¿Qué es? >
* Fecha de publicación en los tablones de anuncios
28 de marzo de 2017.
* Oficial Agropecuario: Grupo III, Nivel 4, Área B.
* Modalidad del contrato: Contrato de relevo para la sustitución de jubilado parcial.
* Proceso selectivo: Concurso, mediante la valoración de méritos.
* Titulación: Formación Profesional de Grado Superior, Familia Profesional Agraria, de Técnico Superior en Gestión Forestal y del Medio Natural, o, Técnico Superior en Gestión y Organización de los Recursos Naturales y Paisajísticos. (Ver Anexo I, en el apartado Información relacionada, en la columna derecha de esta ficha)
* Destino: IMIDRA. CTT La Chimenea. Aranjuez.
* Plazas convocadas: 1.Calendario de actuaciones
:
07/06/2017 | Resolución de convocatoria (Ver listado en el apartado información relacionada, en la columna derecha de esta ficha) |
31/05/2017 | Relación definitiva de admitidos y excluidos con puntuación (Ver listado en el apartado información relacionada, en la columna derecha de esta ficha) |
11/05/2017 | Relación provisional de admitidos y excluidos con puntuación (Ver listado en el apartado información relacionada, en la columna derecha de esta ficha) | * Reclamaciones: Hasta el 19 de mayo de 2017 |
- 1.
Nacionalidad
: deberá concurrir alguna de las siguientes circunstancias:
a) Tener la nacionalidad española.
b) Ser nacional de cualquier otro Estado Miembro de la Unión Europea.
c) Cualquiera que sea su nacionalidad, el cónyuge de los españoles y de los nacionales de otros Estados Miembros de la unión Europea, siempre que no estén separados de derecho. Asimismo, con las mismas condiciones podrán participar sus descendientes y los de su cónyuge, menores de 21 años o mayores de dicha edad dependientes.
d) Las personas incluidas en el ámbito de aplicación de los Tratados Internacionales celebrados por la Unión Europea y ratificados por España en los que sea de aplicación la libre circulación de trabajadores.
e) Los extranjeros que, no estando incluidos en los párrafos anteriores, se encuentren con residencia legal en España.
2. Tener cumplidos 16 años de edad, y no exceder, en su caso, la edad máxima de jubilación forzosa.
3. Poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas.
4. No haber sido separado, mediante expediente disciplinario, del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas o de los Órganos Constitucionales o Estatutarios de las Comunidades Autónomas, ni hallarse en inhabilitación absoluta o especial para el desempeño de las funciones públicas.
En el caso de ser nacional de otro Estado, además del requisito antes citado, no hallarse inhabilitado o en situación equivalente ni haber sido sometido a sanción disciplinaria o equivalente que impida, en su estado, en los mismos términos, el acceso al empleo público.
5. Estar en posesión de cualquiera de las titulaciónes académicas que se detalla en el Anexo I (Ver apartado Información relacionada, en la columna derecha de esta ficha). No obstante, en defecto de dichas titulaciones, podrán participar quienes reunan el requisito de experiencia sustitutoria en los términos establecidos a tal efecto en el citado Anexo.
En el supuesto de candidatos con titulaciones obtenidas en el extranjero, se deberá estar en posesión de la credencial que acredite su homologación o convalidación, en su caso.
6. Encontrarse en situación legal de desempleo, en los términos dispuestos en la base 2.2. de la presente convocatoria
Los requisitos establecidos en las presentes bases deberán poseerse en el momento de la finalización del plazo de presentación de solicitudes y mantenerse durante todo el proceso de selección y durante la vigencia del contrato, a excepción del requisito contemplado en el punto 6 que habrá de cumplirse en el momento de la formalización del correspondiente contrato.
Baremo (Anexo II) >
Se podrá consultar en el apartado Información relacionada, en la columna derecha de esta ficha.
¿Qué necesitas presentar? >
- Trámite no disponible, fuera de plazo.
En el apartado Gestión" de esta página se encuentran el formulario de solicitud y los impresos requeridos que podrá cumplimentar en línea y guardar en su equipo o imprimir.
a) Presentación por Internet (ver cómo tramitar)
Para presentar la solicitud y documentación por Internet, a través del registro electrónico de la Consejería, es necesario disponer de DNI electrónico o de uno de los Certificados electrónicos reconocidos por la Comunidad de Madrid
Dentro del apartado Gestión" de esta página, se encuentran la solicitud y los impresos que debe cumplimentar para presentarlos en el registro electrónico.
Cuando tenga preparada toda la documentación, pulse internet, acceda al registro electrónico y siga las indicaciones
Para recibir las notificaciones por medios electrónicos, deberán estar dados de alta en el servicio de Notificaciones Telemáticas de la Comunidad de Madrid.Una vez registrada la solicitud, queda habilitado el servicio de "consulta de expedientes", desde donde podrá aportar documentos y enviar comunicaciones referidas a su solicitud.
b) Presentación en oficinas de asistencia en materia de registro.
Además, puede presentar su solicitud en cualquiera de las Oficinas de Asistencia en Materia de Registro de la Comunidad de Madrid, de la Administración General del Estado, de otras Comunidades Autónomas, de Entidades Locales, oficinas de correos y representaciones diplomáticas u oficinas consulares de España en el extranjero.
Normativa Aplicable >
- * Resolución de 22 de marzo de 2017, del Director Gerente del Instituto Madrileño de Investigación y Desarrollo Rural, Agrario y Alimentario (IMIDRA) por la que se aprueban las bases de la convocatoria para la cobertura temporal en la modalidad de contrato de relevo y por el procedimiento de urgencia, de un Oficial Agropecuario (Grupo III, Nivel 4, Área B) en el citado organismo (Ver documento "Bases", en el apartado Información relacionada, en la columna derecha de esta ficha).
Consejería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio
Organismo Autónomo Instituto Madrileño de Investigación y Desarrollo Rural, Agrario y Alimentario (IMIDRA)
Históricas cerradas
Inicio: 17 abril 2017 | Fin: 28 abril 2017
¿Qué es? >
* Fecha de publicación en los tablones de anuncios
28 de marzo de 2017.
* Titulado Superior: Grupo I, Nivel 9, Área B.
* Modalidad del contrato: Contrato temporal por obra o servicio determinado.
* Proceso selectivo: Concurso, previa prueba de aptitud.
* Titulación: Grado o licenciatura en Biología o licenciatura en Ciencias (Sección Biológicas, Sección Ciencias Naturales y División Biología) o Licenciatura en Ciencias Biológicas (en todas sus especialidades). Grado o licenciatura en química, licenciatura en Ciencias (Seccción Quimica). Licenciatura en Ciencias Químicas (en todas sus especialidades). Ingeniero Agrónomo o Título Universitario Oficial. Ingeniero de Montes o Título Universitario Oficial
* Destino: IMIDRA. Finca El Encín (Alcalá de Henares).
* Plazas convocadas: 1.Calendario de Actuaciones
22/06/2017 | Resolución de convocatoria (Ver listados en la columna derecha de esta ficha) |
20/06/2017 | Candidato seleccionado (Ver listados en la columna derecha de esta ficha) |
20/06/2017 | Relación definitiva con calificaciones (Ver listados en la columna derecha de esta ficha) |
08/06/2017 | Relación provisional con calificaciones (Ver listados en la columna derecha de esta ficha) | * Reclamaciones: Hasta el 15 de junio de 2017 |
02/06/2017 | Relación definitiva de admitidos y excluidos Realización prueba de aptitud - Día: 7 de junio de 2017, a las 9:30 h. - Lugar: Finca el Encín sita en Ctra. A2 KM 38,200, Alcalá de Henares (Ver listados en la columna derecha de esta ficha) |
22/05/2017 | Relación provisional de admitidos y excluidos (Ver listados en la columna derecha de esta ficha) | * Reclamaciones: Hasta el 29 de mayo de 2017 |
12/04/2017 | Corrección de errores de las bases de la convocatoria y nuevo plazo de presentación de solicitudes |
- 1.
Nacionalidad
: deberá concurrir alguna de las siguientes circunstancias:
- Tener la nacionalidad española.
- Ser nacional de cualquier otro Estado Miembro de la Unión Europea.
- Cualquiera que sea su nacionalidad, el cónyuge de los españoles y de los nacionales de otros Estados Miembros de la Unión Europea, siempre que no estén separados de derecho.
Asimismo, con las mismas condiciones podrán participar sus descendientes y los de su cónyuge, menores de veintiún años o mayores de dicha edad dependientes.
- Las personas incluidas en el ámbito de aplicación de los Tratados Intemacionales celebrados por la Unión Europea y ratificados por España en los que sea de aplicación la libre circulación de trabajadores.
- Los extranjeros que, no estando incluidos en los párrafos anteriores, se encuentren con residencia legal en España.
2. Tener cumplidos dieciséis años de edad, y no exceder, en su caso, la edad máxima de jubilación forzosa.
3. Poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas.
4. No haber sido separado, mediante expediente disciplinario, del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas o de los órganos constitucionales o estatutarios de las Comunidades Autónomas, ni hallarse en inhabilitación absoluta o especial para el desempeño de las funciones públicas.
En el caso de ser nacional de otro Estado, además del requisito citado en el párrafo anterior, no hallarse inhabilitado o en situación equivalente ni haber sido sometido a sanción disciplinaria o equivalente que impida, en su Estado, en los mismos términos, el acceso al empleo público.
5. Estar en posesión de cualquiera de las titulaciones académicas, que se detalla en el Anexo I (Ver apartado Información relacionada, en la columna derecha de esta ficha), así como reunir la experiencia profesional mínima especificada en el mismo.
En el supuesto de candidatos con titulaciones obtenidas en el extranjero, se deberá estar en posesión de la credencial que acredite su homologación o convalidación, en su caso.
Los requisitos establecidos en las presentes bases deberán poseerse en el momento de la finalización del plazo de presentación de solicitudes y mantenerse durante todo el proceso de selección y durante la vigencia del contrato.
Programa >
Se podrá consultar en el apartado Información relacionada, en la columna derecha de esta ficha.
¿Qué necesitas presentar? >
- Trámite no disponible, fuera de plazo.
En el apartado Gestión" de esta página se encuentran el formulario de solicitud y los impresos requeridos que podrá cumplimentar en línea y guardar en su equipo o imprimir
a) Presentación por Internet (ver cómo tramitar)
Para presentar la solicitud y documentación por Internet, a través del registro electrónico de la Consejería, es necesario disponer de DNI electrónico o de uno de los Certificados electrónicos reconocidos por la Comunidad de Madrid
Dentro del apartado Gestión" de esta página, se encuentran la solicitud y los impresos que debe cumplimentar para presentarlos en el registro electrónico.
Cuando tenga preparada toda la documentación, pulse internet, acceda al registro electrónico y siga las indicaciones
Para recibir las notificaciones por medios electrónicos, deberán estar dados de alta en el servicio de Notificaciones Telemáticas de la Comunidad de Madrid. Una vez registrada la solicitud, queda habilitado el servicio de "consulta de expedientes", desde donde podrá aportar documentos y enviar comunicaciones referidas a su solicitud.
b) Presentación en oficinas de asistencia en materia de registro.
Además, puede presentar su solicitud en cualquiera de las Oficinas de Asistencia en Materia de Registro de la Comunidad de Madrid, de la Administración General del Estado, de otras Comunidades Autónomas, de Entidades Locales, oficinas de correos y representaciones diplomáticas u oficinas consulares de España en el extranjero.
Normativa Aplicable >
- * Resolución de 11 de abril de 2017 por la que se publica corrección de errores de la Resolución de 21 de marzo de 2017 del Director Gerente del Instituto Madrileño de Investigación y Desarrollo Rural, Agrario y Alimentario (IMIDRA) por la que se aprueban las bases de la convocatoria para la contratación a tiempo cierto en la modalidad de contrato por obra o servicio determinado y por el procedimiento de urgencia, de un Titulado Superior (Grupo I, Nivel 9, Área B), En el citado organismo. (Ver documento "
Corrección bases
", en el apartado Información relacionada, en la columna derecha de esta ficha).
* Resolución de 21 de marzo de 2017, del Director Gerente del Instituto Madrileño de Investigación y Desarrollo Rural, Agrario y Alimentario (IMIDRA) por la que se aprueban las bases de la convocatoria para la contratación a tiempo cierto en la modalidad de contrato por obra o servicio determinado y por el procedimiento de urgencia, de un Titulado Superior (Grupo I, Nivel 9, Área B), En el citado organismo. (Ver documento "Bases", en el apartado Información relacionada, en la columna derecha de esta ficha).
Consejería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio
Organismo Autónomo Instituto Madrileño de Investigación y Desarrollo Rural, Agrario y Alimentario (IMIDRA)
Plazos y efectos del silencio administrativo >
PLAZO MÁXIMO EN EL QUE DEBE NOTIFICARSE LA RESOLUCIÓN EXPRESA:
Será el fijado por la norma reguladora del correspondiente procedimiento.Cuando las normas reguladoras de los procedimientos no fijen el plazo máximo, éste será de tres meses.
Efecto del silencio administrativo: estimatorio, excepto en determinados supuestos, entre los que se encuentran la resolución de los recursos administrativos.
RECURSO DE ALZADA:
Plazo de interposición: un mes, si el acto fuera expreso. Si el acto no fuera expreso, a partir del día siguiente a aquel en que se produzca el silencio administrativo.
Plazo máximo para dictar y notificar la resolución: tres meses.
RECURSO EXTRAORDINARIO DE REVISIÓN:
Plazo de interposición: dentro de los cuatro años si al dictarlos se hubiera incurrido en un error de hecho, o tres meses, según la normativa reguladora.
Plazo máximo para dictar y notificar la resolución: tres meses.
POTESTATIVAMENTE EN REPOSICIÓN:
Plazo para la interposición del recurso: un mes, si el acto fuera expreso. Si el acto no fuera expreso, en cualquier momento a partir del día siguiente a aquel en que se produzca el acto presunto.
Plazo máximo para dictar y notificar la resolución: un mes.
RECURSO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO:
Plazo para la interposición del recurso: dos meses, si fuera expreso. Si no lo fuera, seis meses a partir del día siguiente a aquel en que se produzca el acto presunto.
Históricas cerradas
Inicio: 21 abril 2016 | Fin: 03 mayo 2016
¿Qué es? >
-
* Fecha de publicación en los tablones de anuncios
20 de abril de 2016.
* Titulado Superior, Ingeniero de Caminos, Canales y Puertos (Grupo I, Nivel 9, Área B).
* Modalidad del contrato: Contrato de interinidad.
* Proceso selectivo: Concurso, previa prueba de aptitud eliminatoria.
* Titulación: Ingeniero de Caminos, Canales y Puertos o Título de Máster Universitario que habilite para el ejercicio de esa profesión.
* Número de puesto de trabajo: 67168
* Destino: Consorcio Regional de Transportes de Madrid. (Pza. Descubridor Diego de Ordás, 3. 28003 Madrid).
* Plazas convocadas: 1. -
Calendario de actuaciones
31/10/2016 | Valoración definitiva candidatos admitidos (Ver listados, en el apartado Gestión en la columna derecha) |
14/10/2016 | Relación defintiva de admitdos y excluidos (Ver listados, en el apartado Gestión en la columna derecha) |
14/09/2016 | Relación provisional de admitidos y excluidos (Ver listados en el apartado Gestión, en la columna derecha) | Plazo para reclamar: Del 15 al 20 de septiembre de 2016 |
¿Quién puede? >
¿Qué necesitas presentar? >
- 1.
Solicitud,
Ver apartado Gestión en la columna derecha de esta ficha.
2. Original y fotocopia, o fotocopia compulsada, del D.N.I., Pasaporte o equivalente, y, en su caso, de demás documentación que fuera precisa a efectos de acreditar el cumplimiento del requisito de nacionalidad en los términos de la base segunda.
3. Original y fotocopia, o fotocopia compulsada, del Título exigido para el desempeño del puesto o de la certificación académica que acredite haber realizado y aprobado los estudios completos correspondientes para la expedición de dicho título, junto a la acreditación del pago de la tasa correspondiente a la expedición del mismo o, en defecto de la titulación académica requerida para acceder a la categoría objeto de convocatoria.
En el supuesto de titulaciones obtenidas en el extranjero, deberá presentarse original y fotocopia, o fotocopia compulsada, de la documentación acreditativa de su homologación o convalidación, en su caso.
4. Documentación acreditativa de cada uno de los méritos que se quieren hacer valer como experiencia profesional desarrollada (requisitos mínimos de experiencia, descritos en el Anexo I) y formación específica de los candidatos, de conformidad con el baremo establecido en el Anexo II (ver apartado Información relacionada, en la columna derecha de esta ficha).
No obstante, la documentación señalada podrá ser presentada en copia simple, no siendo necesaria la compulsa de los documentos que hayan de ser presentados en fotocopia, siempre que el interesado adjunte la declaración responsable sobre la autenticidad de la misma, cumplimentando, a tal efecto, el Anexo V, sin perjuicio de que, en cualquier momento, el Tribunal de Selección o, en su caso, el órgano de contratación, pueda requerir a los candidatos que acrediten la veracidad de las circunstancias y documentos que hayan sido aportados.
¿Cómo lo solicito? >
- Trámite no disponible, fuera de plazo.
* Obtención de solicitudes
Ver apartado Gestión, en la columna derecha de esta ficha.
* Presentación de solicitudes y documentación:
Las solicitudes podrán presentarse preferentemente en el Registro del Consorcio Regional de Transportes (Plaza del Descubridor Diego de Ordás, número 3, planta baja) o en cualquier Registro, ya sea de la Comunidad de Madrid, de la Administración General del Estado, de otras Comunidades autónomas, de Ayuntamientos de la Comunidad de Madrid adheridos al Convenio Marco Ventanilla Única, en Oficinas de Correos y en Representaciones diplomáticas u Oficinas Consulares de España en el extranjero.
Normativa Aplicable >
- * Resolución de 19 de abril de 2016, de la Dirección Gerencia del Consorcio Regional de Transportes Públicos Regulares de Madrid (CRTM) por la que se aprueban las bases de la convocatoria para la contratación laboral temporal, en la modalidad de contrato de interinidad, y por el procedimiento de urgencia, de un Titulado Superior, Ingeniero de Caminos, Canales y Puertos (Grupo I, Nivel 9, Área B), en el citado organismo (Ver documento "Bases", en el apartado Información relacionada, en la columna derecha de esta ficha).
-
Consejería de Transportes, Movilidad e Infraestructuras
Organismo autónomo Consorcio Regional de Transportes Públicos Regulares de Madrid
Gestión
Listados (3)
Históricas cerradas Fin:15 septiembre 2016
Estado de la licitación
Resuelta Tipo Publicación
Convocatoria anunciada a licitación Objeto del contrato
Contratación del diseño, redacción de proyectos y dirección de las obras para la nueva imagen de la estación de Metro Chueca. Código CPV
71220000-6, 71541000-2Compra pública innovadora
No Número de expediente
2000001688-1 Referencia
829610 Tipo de contrato
Servicios Entidad adjudicadora
Consejería de Transportes, Movilidad e Infraestructuras ? Empresa Pública de Metro de Madrid, S.A. Código NUTS
ES300 Procedimiento Adjudicación
Abierto Valor estimado sin I.V.A
35.000 euros Presupuesto base licitación (sin impuestos)
35.000 euros Presupuesto base licitación. Importe total
42.350 euros
Gestión
Actas de las mesas, licitadores y documentación complementaria (2)
Anuncio de licitación (Publicado el 15 julio 2016 10:00)
Pliegos de condiciones (1)
Históricas cerradas Fin:14 diciembre 2016
Estado de la licitación
Resuelta Tipo resolución
Desierto Tipo Publicación
Convocatoria anunciada a licitación Objeto del contrato
Contrato de un seguro de responsabilidad civil/patrimonial para la Dirección General de Inspección y Ordenación y la Dirección General de Salud Pública de la Consejería de Sanidad Código CPV
66516500-5Compra pública innovadora
No Número de expediente
107/2016 (P/SER-009556/2016) Referencia
1077735 Tipo de contrato
Servicios Entidad adjudicadora
Consejería de Sanidad Código NUTS
ES300 Procedimiento Adjudicación
Abierto Valor estimado sin I.V.A
102.434,94 euros Contrato desierto el
02 enero 2017 Presupuesto base licitación (sin impuestos)
68.289,96 euros Presupuesto base licitación. Importe total
68.289,96 euros
Duración del contrato
24 Meses Fecha límite de presentación
14 diciembre 2016 14:00 Fecha publicación de la licitación en el BOCM
29 noviembre 2016
* Obtención de información:
- Consejería de Sanidad. Área de Contratación (Secretaría General Técnica). C/ Aduana, 29, 28013 Madrid. Tfno 91 586 70 42 / 91 426 56 10. Fax 91 586 76 84. Hasta las 14:00 h.
* Presentación de ofertas o de solicitudes de participación: - Registro General de la Consejería de Sanidad. C/ Aduana, 29. Madrid.
* Apertura de ofertas:
- Consejería de Sanidad. C/ Aduana, 29. Día 20 de diciembre de 2016, a las 12:00 h.
-
RESULTADOS DE LA LICITACIÓN |
Nºlote | Nºofertas | Resultado | NIF adjudicatario | Nombre o razón social adjudicatario | Importe adjudicación (sin IVA) | Importe adjudicación (con IVA) |
0 | Desierto |
Gestión
Pliegos de condiciones (2)
Composición de la Mesa de Contratación
Publicación de la licitación en el BOCM
Procedimiento desierto (Publicado el 02 enero 2017 10:01)
Plazo indefinido
-
Procedimiento para solicitar la suscripción del Convenio Especial para la Prestación de Asistencia Sanitaria para personas que residan en España y no sean aseguradas o beneficiarias del Sistema Nacional de Salud (SNS). -
Contenido
.
Incluye la cartera común básica de servicios asistenciales del SNS.
. No se incluye la cartera común complementaria (prestaciones farmacéuticas, ortoprotésicas ni productos dietéticos prescritos de forma ambulatoria).
-
1. Personas que residan en la Comunidad de Madrid y no tengan reconocido el derecho a la asistencia sanitaria del Sistema Nacional de Salud.
2. Cada miembro
de una misma familia deberá presentar una solicitud diferente.
3. Para la suscripción de este Convenio se habrá de abonar la cantidad establecida en la norma vigente (RD 576/2013, de 26 de julio, en su artículo 6):
a. Si el suscriptor tiene menos de 65 años: cuota mensual de 60 euros.
b. Si el suscriptor tiene 65 o más años: cuota mensual de 157 euros.
La cuota establecida se revisará en función de la evolución del coste de las prestaciones de la cartera común básica de servicios asistenciales del SNS
¿Qué necesitas presentar? >
-
En el apartado Gestión" de esta página se encuentran el formulario de solicitud y los impresos requeridos que podrá cumplimentar en línea y guardar en su equipo o imprimir
a) Presentación por Internet (ver cómo tramitar)
Para presentar la solicitud y documentación por Internet, a través del registro electrónico de la Consejería, es necesario disponer de DNI electrónico o de uno de los Certificados electrónicos reconocidos por la Comunidad de Madrid
Dentro del apartado Gestión" de esta página, se encuentran la solicitud y los impresos que debe cumplimentar para presentarlos en el registro electrónico.
Cuando tenga preparada toda la documentación, pulse internet, acceda al registro electrónico y siga las indicaciones
Para recibir las notificaciones por medios electrónicos, deberán estar dados de alta en el servicio de Notificaciones Telemáticas de la Comunidad de Madrid. Una vez registrada la solicitud, queda habilitado el servicio de "consulta de expedientes", desde donde podrá aportar documentos y enviar comunicaciones referidas a su solicitud.
b) Presentación en oficinas de asistencia en materia de registro.
Además, puede presentar su solicitud en cualquiera de las oficinas de asistencia en materia de registro de la Comunidad de Madrid, de la Administración General del Estado, de otras Comunidades Autónomas, de Entidades Locales, oficinas de correos y representaciones diplomáticas u oficinas consulares de España en el extranjero.
-
- En el plazo de un mes se emitirá resolución de la Directora General de Planificación, Investigación y Formación por la que se estima la procedencia de suscripción del Convenio Especial de Asistencia.
- Para la formalización del Convenio Especial el interesado dispondrá de un plazo de tres meses, contados a partir del día siguiente a aquél en que tuvo lugar la notificación de la resolución.
- Dentro del mencionado plazo de tres meses, el interesado deberá ponerse en contacto con la Subdirección General de Planificación Sanitaria y Aseguramiento de la Dirección General de Planificación, Investigación y Formación, a través de los teléfonos que, a estos efectos, le hayan sido facilitados.
- El Convenio Especial será firmado por duplicado ejemplar. Se entregará al interesado uno de los dos ejemplares.
- La suscripción del Convenio Especial no conlleva expedición de la tarjeta sanitaria Individual.
- A los efectos de la necesaria identificación y gestión de sus datos clínicos, al/la suscriptor/a de Convenio Especial se le asignará un código de identificación personal (CIP-SNS) único y común para todos los Servicios de Salud del Sistema Nacional de Salud, que irá asociado a su información clínica.
- Se imprimirá, a través de SIP-Cibeles, el Documento para Asistencia Sanitaria-Convenio Especial RD 576/2013, en el que figurarán los datos personales del suscriptor/a, así como los profesionales y centros sanitarios asignados.
-
* Ley 16/2003, de 28 de mayo, de cohesión y calidad del Sistema Nacional de Salud, en los términos introducidos por el Real Decreto-ley 16/2012, de 20 de abril, de medidas urgentes para garantizar la sostenibilidad del Sistema Nacional de Salud y mejorar la calidad y seguridad de sus prestaciones.
* RD 1192/2012, de 3 de agosto, por el que se regula la condición de asegurado y de beneficiario a efectos de la asistencia sanitaria en España, con cargo a fondos públicos, a través del Sistema Nacional de Salud.
* RD 576/2013, de 26 de julio, por el que se establecen los requisitos básicos del convenio especial de prestación de asistencia sanitaria a personas que no tengan la condición de aseguradas ni de beneficiarias del Sistema Nacional de Salud y se modifica el Real Decreto 1192/2012, de 3 de agosto, por el que se regula la condición de asegurado o de beneficiario a efectos de la asistencia sanitaria en España, con cargo a fondos públicos, a través del Sistema Nacional de Salud.
* Resolución 41/2010, de 22 de enero, de la Dirección General de Atención Primaria, por la que se habilita al Registro Telemático de la Consejería de Sanidad para la realización de trámites telemáticos durante la tramitación del expediente del procedimiento denominado Solicitud de tarjeta sanitaria (BOCM nº 34, de 10 de febrero). * Resolución de 12 de diciembre de 2013, del Director General de Atención Primaria, por la que se ordena la publicación del impreso normalizado de solicitud de suscripción de Convenio Especial de Prestación de Asistencia Sanitaria (BOCM nº 25, de 30 de enero)
-
A tener en cuenta
1) Para acceder a las prestaciones y servicios sanitarios del Sistema Madrileño de Salud, la persona interesada deberá mostrar el Documento facilitado, junto al documento identificativo del titular, cuando así sea requerido.
2) Cuando el/la suscriptor del CE se desplace temporalmente a otras comunidades o ciudades autónomas, tendrá derecho a recibir en ese territorio las prestaciones de la cartera común básica de servicios asistenciales del Sistema Nacional de Salud.
3) Siempre que el interesado cambie de domicilio, teléfono u otros datos aportados es necesario que lo comunique:
- de forma presencial, en el Centro de Salud asignado.
- a través del procedimiento telemático con certificado digital o DNI electrónico.
4) Los datos personales recogidos para la suscripción de este Convenio serán incorporados y tratados en el fichero Sistema de Información Poblacional y Gestión de Tarjeta Sanitaria, inscrito en el Registro de Datos Personales de la Agencia de Protección de Datos, y no podrán ser cedidos, salvo las cesiones previstas en la Ley.
5) La validez es indefinida en tanto no se extinga. Las causas de extinción son las establecidas en el artículo 7.1 del Real Decreto 576/2013, de 26 de julio.
Para ampliar esta información puede hacerlo:
- correo electrónico: sanidadinforma@salud.madrid.org
El contenido de la información recogida en este documento tiene carácter orientativo y no vinculante, por lo que se recomienda consultar las publicaciones oficiales (v. Decreto 21/2002, de 24 de enero, por el que se regula la atención al ciudadano en la Comunidad de Madrid, artículo 1.
Gestión
Históricas cerradas Inicio: 30 noviembre 2016 | Fin: 12 enero 2017
¿Qué es? >
- Proyectos formativos en colaboración con asociaciones, se pretende apoyar a asociaciones interesadas en la organización de acciones formativas para la capacitación tanto de sus integrantes como de los jóvenes en general.
¿Quién puede? >
- Asociaciones juveniles legalmente reconocidas de la Comunidad de Madrid, preferentemente de ámbito regional.
- Asociaciones legalmente reconocidas en la Comunidad de Madrid que cuenten con sección juvenil
- Asociaciones de la Comunidad de Madrid que presentan proyecto formativo cuyos destinatarios sean los jóvenes y trabajen de manera continuada con ellos.
¿Qué necesitas presentar? >
- 1. Solicitud de proyecto.
2. Anexo I debidamente cumplimentado en el que figuran los datos relativos al proyecto o acción formativa que se presenta, firmado por el/la Presidente/a de la asociación que presenta el proyecto. En el caso de presentar un proyecto conjunto por parte de varias asociaciones se deberá presentar Anexo I, firmado por cada una de las asociaciones que formen parte del proyecto.
3. El proyecto o acción formativa.
¿Cómo lo solicito? >
- Trámite no disponible, fuera de plazo.
La tramitación se realizará exclusivamente por medios electrónicos, a través de internet.
(
ver cómo tramitar)
Para presentar la solicitud y documentación por Internet, a través del registro electrónico de la Consejería, es necesario disponer de DNI electrónico o de uno de los Certificados electrónicos reconocidos por la Comunidad de Madrid.
Dentro del apartado Gestión" de esta página, se encuentran la solicitud y los impresos que debe cumplimentar para presentarlos en el registro electrónico.
Cuando tenga preparada toda la documentación, pulse internet, acceda al registro electrónico y siga las indicaciones.
Las notificaciones se realizarán igualmente por medios electrónicos, por lo que deberá estar dado de alta en el servicio de Notificaciones Telemáticas de la Comunidad de Madrid.
Una vez registrada la solicitud, queda habilitado el servicio de "consulta de expedientes", desde donde podrá aportar documentos y enviar comunicaciones referidas a su solicitud.
Normativa Aplicable >
- Ver Bases de la Convocatoria de acciones formativas en colaboración con asociaciones de la Comunidad de Madrid, en el apartado de información relacionada, en la columna de la derecha.
Órgano Responsable >
-
Vicepresidencia, Consejería de Deportes, Transparencia y Portavocía del Gobierno
D.G de Planificación, Coordinación, Investigación y Formación de la Actividad Física y Deporte
Gestión
Históricas cerradas Inicio: 30 noviembre 2016 | Fin: 12 enero 2017
¿Qué es? >
- Proyectos formativos para apoyar los planes y estrategias de trabajo en materia de juventud de los municipios de la Comunidad de Madrid, a través del desarrollo de acciones y proyectos formativos, jornadas, encuentro.
¿Quién puede? >
- Municipios, agrupaciones de municipios y mancomunidades de la Comunidad de Madrid a través de sus Concejalías de Juventud. Se podrán presentar también proyectos a través de servicios de Cultura, Servicios Sociales, y de las Agencias de Empleo y Desarrollo Local, siempre que haya una coordinación directa con los responsables en materia de Juventud del municipio.
¿Qué necesitas presentar? >
- 1. Solicitud de proyecto.
2. Anexo I debidamente cumplimentado en el que figuran los datos relativos al proyecto o acción formativa que se presenta, firmado por el/la Concejal/a de Juventud y con el sello del Ayuntamiento. En el caso de presentar un proyecto conjunto por parte de una agrupación de municipios se deberá presentar Anexo I, firmado por cada una de los municipios que formen parte del proyecto.
3. El proyecto o acción formativa.
¿Cómo lo solicito? >
- Trámite no disponible, fuera de plazo.
La tramitación se realizará exclusivamente por medios electrónicos, a través de internet.
(
ver cómo tramitar)
Para presentar la solicitud y documentación por Internet, a través del registro electrónico de la Consejería, es necesario disponer de DNI electrónico o de uno de los Certificados electrónicos reconocidos por la Comunidad de Madrid.
Dentro del apartado Gestión" de esta página, se encuentran la solicitud y los impresos que debe cumplimentar para presentarlos en el registro electrónico.
Cuando tenga preparada toda la documentación, pulse internet, acceda al registro electrónico y siga las indicaciones.
Las notificaciones se realizarán igualmente por medios electrónicos, por lo que deberá estar dado de alta en el servicio de Notificaciones Telemáticas de la Comunidad de Madrid.
Una vez registrada la solicitud, queda habilitado el servicio de "consulta de expedientes", desde donde podrá aportar documentos y enviar comunicaciones referidas a su solicitud.
Normativa Aplicable >
- Ver Bases de la Convocatoria de acciones formativas en colaboración con municipios de la Comunidad de Madrid, en el apartado de información relacionada, en la columna de la derecha.
Órgano Responsable >
-
Vicepresidencia, Consejería de Deportes, Transparencia y Portavocía del Gobierno
D.G de Planificación, Coordinación, Investigación y Formación de la Actividad Física y Deporte
Gestión
Plazo indefinido
¿Qué es? >
- Provisión definitiva de puestos de trabajo reservados a funcionarios de Administración local con habilitación de carácter nacional, en Diputaciones Provinciales, Cabildos, Consejos Insulares, Ayuntamientos de capitales de Comunidades Autónomas o de provincia y de aquéllos municipios con población superior a 100.000 habitantes, siempre que en la relación respectiva tengan asignado nivel 30 de complemento de destino.
¿Quién puede? >
-
1. Corporación Local interesada
¿Qué necesitas presentar? >
- 1. Solicitud, ver apartado Gestión en la columna derecha de esta ficha.
2. Documentación requerida que figura en la solicitud.
Conforme regula el artículo 28.7, de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas Los interesados se responsabilizarán de la veracidad de los documentos que presenten".
Tramitación
1. Recepción de la solicitud en la Dirección General.
2. Por parte de la Dirección General se podrá requerir la información o documentación complementaria que se considere necesaria para la comprensión o evaluación de la solicitud.
¿Cómo lo solicito? >
-
* Obtención y presentación solicitudes documentación
En el apartado Gestión" de esta página se encuentran el formulario de solicitud y los impresos requeridos que podrá cumplimentar en línea y guardar en su equipo o imprimir.
a) Por Internet (Ver cómo tramitar)
Para presentar la solicitud y documentación por Internet, a través del registro electrónico, es necesario disponer de DNI electrónico o uno de los Certificados electrónicos reconocidos por la Comunidad de Madrid.
Tenga preparada toda la documentación que vaya a presentar, antes de acceder a gestión.
En la solicitud, se posibilita la opción de recibir las notificaciones vía telemática, siempre y cuando el usuario esté dado de alta en el Sistema de Notificaciones Telemáticas de la Comunidad de Madrid, y a autorizar la consulta de determinados documentos, eximiéndole de la obligatoriedad de su presentación.
Una vez registrada la solicitud, queda habilitado el servicio de "consulta de expedientes", desde donde podrá aportar documentos y enviar comunicaciones referidas a su solicitud.
b) Presencial Puede presentar su solicitud en cualquiera de las Oficinas de Registro de la Comunidad de Madrid, de la Administración General del estado, de otras Comunidades autónomas, de Ayuntamientos de la Comunidad de Madrid adheridos a la Red de Oficinas Integradas de Atención al Ciudadano, Oficinas de Correos y Representaciones diplomáticas u Oficinas Consulares de España en el extranjero.
Normativa Aplicable >
- * Decreto 58/2018, de 21 de mayo, del Presidente de la Comunidad de Madrid, por el que se establece el número y la denominación de las consejerías de la comunidad de Madrid (BOCM nº121, de 22 de mayo de 2018).
* RD 128/2018, de 16 de marzo, por el que se regula el régimen jurídico de los funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter nacional (BOE nº 67, de 17 de marzo de 2018).
* Texto Refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, aprobado por RD 5/2015, de 30 de octubre (BOE nº 261, de 31 de octubre)
* Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. (BOE nº 236, de 2 de octubre de 2015)
* Decreto 194/2015, de 4 de agosto, del Consejo de Gobierno, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Medio Ambiente, Administración Local y Ordenación del Territorio (BOCM 185, 6 de agosto de 2015)
* Ley 27/2013, de 27 de diciembre, de racionalización y sostenibilidad local (BOE nº312, de 30 de diciembre)
* Ley 2/2003, de 11 de marzo de administración Local de la Comunidad de Madrid (BOE nº 65, de 18 de marzo y BOE nº128, de 29 de marzo)
* Reglamento General de Ingreso del personal al servicios de la administración General del Estado y de provisión de Puestos de trabajo y Promoción Profesional de los Funcionarios Civiles de la administración General del Estado, aprobado por el Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo (BOE 10 de abril de 1995)
* RD 781/1986, de 18 de abril, por el que se aprueba el Texto Refundido de las disposiciones Legales vigentes en materia de régimen local (BOE nº96, de 22 de abril)
* Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local (BOE nº 80, de 3 de abril).
* Ley 30/1984, de 2 de agosto, de medidas para la reforma de la función Pública (BOE 3 de agosto de 1984)
Plazos y efectos del silencio administrativo >
- PLAZO MÁXIMO EN EL QUE DEBE NOTIFICARSE LA RESOLUCIÓN EXPRESA:
Será el fijado por la norma reguladora del correspondiente procedimiento. Cuando las normas reguladoras de los procedimientos no fijen el plazo máximo, éste será de tres meses
.
Efecto del silencio administrativo: Desestimatorio.
RECURSO DE ALZADA:
Plazo de interposición: un mes, si el acto fuera expreso. Si el acto no fuera expreso, a partir del día siguiente a aquel en que se produzca el silencio administrativo.
Plazo máximo para dictar y notificar la resolución: tres meses.
RECURSO EXTRAORDINARIO DE REVISIÓN:
Plazo de interposición: dentro de los cuatro años si al dictarlos se hubiera incurrido en un error de hecho, o tres meses, según la normativa reguladora.
Plazo máximo para dictar y notificar la resolución: tres meses.
POTESTATIVAMENTE EN REPOSICIÓN:
Plazo para la interposición del recurso: un mes, si el acto fuera expreso. Si el acto no fuera expreso, en cualquier momento a partir del día siguiente a aquel en que se produzca el acto presunto.
Plazo máximo para dictar y notificar la resolución: un mes.
RECURSO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO:
Plazo para la interposición del recurso: dos meses, si fuera expreso. Si no lo fuera, seis meses a partir del día siguiente a aquel en que se produzca el acto presunto.
Gestión
Históricas cerradas
Inicio: 28 septiembre 2016 | Fin: 10 octubre 2016
¿Qué es? >
- Procedimiento para cubrir las posibles necesidades de las especialidades de los Cuerpos de Profesores Técnicos de Formación Profesional, Profesores de Escuelas Oficiales de Idiomas y Profesores de Música y Artes Escénicas, que no se puedan cubrir con las listas de aspirantes a interinidad del curso escolar 2016-2017.
* Fecha de publicación en el BOCM
27 de septiembre de 2015.
* Proceso selectivo: Baremo y prueba práctica.
* Especialidades convocadas: Ver en el apartado Información relacionada, en la columna derecha de esta ficha.
- Plazo de presentación de solicitudes para la convocatoria extraordinaria: Del 28 septiembre 2016 al 07 octubre 2016 - Plazo de presentación de solicitudes solo para las especialidades a las que afecta la Resolución complementaria: Del 30 septiembre 2016 al 10 octubre 2016 |
-
Calendario de actuaciones
01/02/2017 | Corrección de errores del baremo definitivo de admitidos y excluidos (Ver listados en el apartado Gestión en la columna de la derecha) |
31/01/2017 | Nota informativa sobre corrección de errores baremo definitivo (Ver en el apartado Gestión/listados en la columna de la derecha) |
30/01/2017 | Baremo definitivo de admitidos y excluidos (Ver listados en el apartado Gestión en la columna de la derecha) |
21/12/2016 | Baremo provisional de admitidos y excluidos Ver listados en el apartado Gestión en la columna de la derecha | * Reclamaciones: del 22 al 28 de diciembre de 2016. De conformidad con lo previsto en la Disposición Transitoria Tercera de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, el sábado 24 de diciembre se considera día hábil a los efectos del cómputo de plazos en este procedimiento. |
17/11/2016 | Publicación del contenido y estructura de las pruebas, la composición de las comisiones de valoración y el lugar y fecha de realización de las mismas para cada especialidad (Ver apartado Gestión/listados en la columna derecha de esta ficha) |
15/11/2016 | Relación provisional de admitidos y excluidos Ver listados en el apartado Gestión en la columna de la derecha | * Plazo para presentar alegaciones: Del 16 al 21 de noviembre de 2016 Ver modelo de subsanación de alegaciones en el apartado Gestión en la columna de la derecha de esta ficha |
¿Quién puede? >
- 1. De conformidad con lo establecido en el artículo 8 del Decreto 42/2013, de 9 de mayo, para ocupar puestos docentes en régimen de interinidad, los aspirantes deberán reunir los requisitos generales y específicos establecidos en el Real Decreto 276/2007, de 23 de febrero, por el que se aprueba el reglamento de ingreso, accesos y adquisición de nuevas especialidades en los Cuerpos docentes a que se refiere la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación.
2. Para cada especialidad, los participantes deberán acreditar alguna de las titulaciones
recogidas en el Anexo I de la Resolución de la Dirección General de Recursos Humanos, de 12 de mayo de 2016, por la que se regula la formación de las listas de aspirantes a desempeñar puestos docentes en régimen de interinidad en el Cuerpo de Profesores de Enseñanza Secundaria, Profesores Técnicos de Formación Profesional, Profesores de Escuelas Oficiales de Idiomas, Profesores de Música y Artes Escénicas y Profesores y Maestros de Taller de Artes Plásticas y Diseño, para el curso escolar 2016-2017. (Ver apartado Información relacionada, en la columna derecha de esta ficha).
3. Igualmente será requisito de participación en esta convocatoria, no ser funcionario docente de carrera.
¿Qué necesitas presentar? >
- 1.
Solicitud
, ver apartado Información relacionada en la columna derecha de esta ficha.
2. Documentación requerida que figura en la solicitud.
Si la presentación de solicitudes se realiza vía registro telemático, se pueden anexar a la solicitud copias digitalizadas de los documentos requeridos, cuya fidelidad con el original se garantizará mediante la utilización de firma electrónica avanzada. Con carácter excepcional, se podrá requerir al particular la exhibición del documento o de la información original. La aportación de tales copias implica la autorización a la Administración para que acceda y trate la información personal contenida en tales documentos, acuerdo con el artículo 35.2 de la Ley 11/2007, de 22 de junio, de acceso electrónico de los ciudadanos a los Servicios Públicos.
Se podrá consultar el baremo para la valoración de méritos (Anexo II), en el apartado Información relacionada, en la columna derecha de esta ficha.
Prueba práctica
Los participantes deberán realizar una prueba relacionada con el temario de las especialidades, que será valorada entre 0 y 10 puntos. Quienes no se presenten a la prueba serán excluidos del procedimiento. El contenido, fecha y lugar de realización de las pruebas serán publicados con suficiente antelación.
¿Cómo lo solicito? >
- Trámite no disponible, fuera de plazo.
* Obtención de solicitudes
- La solicitud deberá cumplimentarse exclusivamente a través de la siguiente aplicación informática.
* Presentación de solicitudes y documentación:
La presentación de las solicitudes puede hacerse de forma telemática o imprimiéndolas para su presentación material.
a) Por Internet:
Para presentar la solicitud y documentación por Internet, a través del Registro Telemático de la Consejería, es necesario disponer de uno de los Certificados Electrónicos reconocidos por la Comunidad de Madrid.
En el apartado Gestión de esta página, se encuentra la opción de Internet que le permite cumplimentar en línea el impreso de solicitud y anexar documentos, que serán enviados, de forma inmediata, a la Unidad Administrativa correspondiente para su tramitación.
b) Presencial:
- En el Registro de la Consejería de Educación, Juventud y Deporte.
- En el Registro Auxiliar de la Consejería de Educación, Juventud y Deporte.
- En los Registros de cualquiera de las Direcciones de Área Territorial.
- En cualquiera de las Oficinas de Registro de la Comunidad de Madrid, de la Administración General del Estado, de otras Comunidades autónomas, de Ayuntamientos de la Comunidad de Madrid adheridos a la Red de Oficinas Integradas de Atención al Ciudadano, Oficinas de Correos y en Representaciones diplomáticas u Oficinas Consulares de España en el extranjero.
Normativa Aplicable >
- * Resolución de 26 de septiembre de 2016, de la Dirección General de Recursos Humanos, complementaria a la convocatoria extraordinaria de 21 de septiembre, para la selección de aspirantes a ocupar puestos docentes en régimen de interinidad en determinadas especialidades de los Cuerpos de Profesores Técnicos de Formación Profesional, Profesores de Escuelas Oficiales de Idiomas y Profesores y Maestros de Taller de Artes Plásticas y Diseño, para el curso escolar 2016-2017 (BOCM nº 233, de 29 de septiembre).
* Resolución de 21 de septiembre de 2016, de la Dirección General de Recursos Humanos, por la que se realiza una convocatoria extraordinaria para la selección de aspirantes a ocupar puestos docentes en régimen de interinidad en determinadas especialidades de los Cuerpos de Profesores Técnicos de Formación Profesional, Profesores de Escuelas Oficiales de Idiomas y Profesores y Maestros de Taller de Artes Plásticas y Diseño, para el curso escolar 2016-2017 (BOCM nº 231, de 27 de septiembre).
Gestión
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