Contratación de Titulado Superior (Biología)
Referencia
1291552
¿Qué es? >
* Fecha de publicación en los tablones de anuncios
28 de marzo de 2017.
* Titulado Superior: Grupo I, Nivel 9, Área B.
* Modalidad del contrato: Contrato temporal por obra o servicio determinado.
* Proceso selectivo: Concurso, previa prueba de aptitud.
* Titulación: Grado o licenciatura en Biología o licenciatura en Ciencias (Sección Biológicas, Sección Ciencias Naturales y División Biología) o Licenciatura en Ciencias Biológicas (en todas sus especialidades). Grado o licenciatura en química, licenciatura en Ciencias (Seccción Quimica). Licenciatura en Ciencias Químicas (en todas sus especialidades). Ingeniero Agrónomo o Título Universitario Oficial. Ingeniero de Montes o Título Universitario Oficial
* Destino: IMIDRA. Finca El Encín (Alcalá de Henares).
* Plazas convocadas: 1.Calendario de Actuaciones
22/06/2017 Resolución de convocatoria
(Ver listados en la columna derecha de esta ficha)20/06/2017 Candidato seleccionado
(Ver listados en la columna derecha de esta ficha)20/06/2017 Relación definitiva con calificaciones
(Ver listados en la columna derecha de esta ficha)08/06/2017 Relación provisional con calificaciones
(Ver listados en la columna derecha de esta ficha)* Reclamaciones: Hasta el 15 de junio de 2017 02/06/2017 Relación definitiva de admitidos y excluidos
Realización prueba de aptitud
- Día: 7 de junio de 2017, a las 9:30 h.
- Lugar: Finca el Encín sita en Ctra. A2 KM 38,200, Alcalá de Henares
(Ver listados en la columna derecha de esta ficha)22/05/2017 Relación provisional de admitidos y excluidos
(Ver listados en la columna derecha de esta ficha)* Reclamaciones: Hasta el 29 de mayo de 2017 12/04/2017 Corrección de errores de las bases de la convocatoria y nuevo plazo de presentación de solicitudes
¿Quién puede? >
- 1.
Nacionalidad
: deberá concurrir alguna de las siguientes circunstancias:
- Tener la nacionalidad española.
- Ser nacional de cualquier otro Estado Miembro de la Unión Europea.
- Cualquiera que sea su nacionalidad, el cónyuge de los españoles y de los nacionales de otros Estados Miembros de la Unión Europea, siempre que no estén separados de derecho.
Asimismo, con las mismas condiciones podrán participar sus descendientes y los de su cónyuge, menores de veintiún años o mayores de dicha edad dependientes.
- Las personas incluidas en el ámbito de aplicación de los Tratados Intemacionales celebrados por la Unión Europea y ratificados por España en los que sea de aplicación la libre circulación de trabajadores.
- Los extranjeros que, no estando incluidos en los párrafos anteriores, se encuentren con residencia legal en España.
2. Tener cumplidos dieciséis años de edad, y no exceder, en su caso, la edad máxima de jubilación forzosa.
3. Poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas.
4. No haber sido separado, mediante expediente disciplinario, del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas o de los órganos constitucionales o estatutarios de las Comunidades Autónomas, ni hallarse en inhabilitación absoluta o especial para el desempeño de las funciones públicas.
En el caso de ser nacional de otro Estado, además del requisito citado en el párrafo anterior, no hallarse inhabilitado o en situación equivalente ni haber sido sometido a sanción disciplinaria o equivalente que impida, en su Estado, en los mismos términos, el acceso al empleo público.
5. Estar en posesión de cualquiera de las titulaciones académicas, que se detalla en el Anexo I (Ver apartado Información relacionada, en la columna derecha de esta ficha), así como reunir la experiencia profesional mínima especificada en el mismo.
En el supuesto de candidatos con titulaciones obtenidas en el extranjero, se deberá estar en posesión de la credencial que acredite su homologación o convalidación, en su caso.
Los requisitos establecidos en las presentes bases deberán poseerse en el momento de la finalización del plazo de presentación de solicitudes y mantenerse durante todo el proceso de selección y durante la vigencia del contrato.
Programa >
Se podrá consultar en el apartado Información relacionada, en la columna derecha de esta ficha.
¿Qué necesitas presentar? >
- 1.
Solicitud,
Ver apartado Gestión, en la columna derecha de esta ficha.
2. Documentación requerida que figura en la solicitud.
Conforme regula el artículo 28.7, de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas Los interesados se responsabilizarán de la veracidad de los documentos que presenten.
¿Cómo lo solicito? >
- Trámite no disponible, fuera de plazo.
En el apartado Gestión" de esta página se encuentran el formulario de solicitud y los impresos requeridos que podrá cumplimentar en línea y guardar en su equipo o imprimir
a) Presentación por Internet (ver cómo tramitar)
Para presentar la solicitud y documentación por Internet, a través del registro electrónico de la Consejería, es necesario disponer de DNI electrónico o de uno de los Certificados electrónicos reconocidos por la Comunidad de Madrid
Dentro del apartado Gestión" de esta página, se encuentran la solicitud y los impresos que debe cumplimentar para presentarlos en el registro electrónico.
Cuando tenga preparada toda la documentación, pulse internet, acceda al registro electrónico y siga las indicaciones
Para recibir las notificaciones por medios electrónicos, deberán estar dados de alta en el servicio de Notificaciones Telemáticas de la Comunidad de Madrid.Una vez registrada la solicitud, queda habilitado el servicio de "consulta de expedientes", desde donde podrá aportar documentos y enviar comunicaciones referidas a su solicitud.
b) Presentación en oficinas de asistencia en materia de registro.
Además, puede presentar su solicitud en cualquiera de las Oficinas de Asistencia en Materia de Registro de la Comunidad de Madrid, de la Administración General del Estado, de otras Comunidades Autónomas, de Entidades Locales, oficinas de correos y representaciones diplomáticas u oficinas consulares de España en el extranjero.
- * Resolución de 11 de abril de 2017 por la que se publica corrección de errores de la Resolución de 21 de marzo de 2017 del Director Gerente del Instituto Madrileño de Investigación y Desarrollo Rural, Agrario y Alimentario (IMIDRA) por la que se aprueban las bases de la convocatoria para la contratación a tiempo cierto en la modalidad de contrato por obra o servicio determinado y por el procedimiento de urgencia, de un Titulado Superior (Grupo I, Nivel 9, Área B), En el citado organismo. (Ver documento "
Corrección bases
", en el apartado Información relacionada, en la columna derecha de esta ficha).
* Resolución de 21 de marzo de 2017, del Director Gerente del Instituto Madrileño de Investigación y Desarrollo Rural, Agrario y Alimentario (IMIDRA) por la que se aprueban las bases de la convocatoria para la contratación a tiempo cierto en la modalidad de contrato por obra o servicio determinado y por el procedimiento de urgencia, de un Titulado Superior (Grupo I, Nivel 9, Área B), En el citado organismo. (Ver documento "Bases", en el apartado Información relacionada, en la columna derecha de esta ficha).
Normativa Aplicable >
Órgano Responsable >
- Consejería de Medio Ambiente y Ordenación del TerritorioOrganismo Autónomo Instituto Madrileño de Investigación y Desarrollo Rural, Agrario y Alimentario (IMIDRA)
Plazos y efectos del silencio administrativo >
- PLAZO MÁXIMO EN EL QUE DEBE NOTIFICARSE LA RESOLUCIÓN EXPRESA:
Será el fijado por la norma reguladora del correspondiente procedimiento.Cuando las normas reguladoras de los procedimientos no fijen el plazo máximo, éste será de tres meses.
Efecto del silencio administrativo: estimatorio, excepto en determinados supuestos, entre los que se encuentran la resolución de los recursos administrativos.
RECURSO DE ALZADA:Plazo de interposición: un mes, si el acto fuera expreso. Si el acto no fuera expreso, a partir del día siguiente a aquel en que se produzca el silencio administrativo.
Plazo máximo para dictar y notificar la resolución: tres meses.
RECURSO EXTRAORDINARIO DE REVISIÓN:Plazo de interposición: dentro de los cuatro años si al dictarlos se hubiera incurrido en un error de hecho, o tres meses, según la normativa reguladora.
Plazo máximo para dictar y notificar la resolución: tres meses.
POTESTATIVAMENTE EN REPOSICIÓN:Plazo para la interposición del recurso: un mes, si el acto fuera expreso. Si el acto no fuera expreso, en cualquier momento a partir del día siguiente a aquel en que se produzca el acto presunto.
Plazo máximo para dictar y notificar la resolución: un mes.
Trámites relacionados
Oficinas de la administración
Intervención Delegada de la C. de Medio Ambiente, Admon. Local y Ord. del Territorio
Calle Alcala 16, 3ª PLANTA, 28014, Madrid
Tel. 914382275
D.G. de Industria, Energía y Minas
Calle Cardenal Marcelo Spinola 14, 28016, Madrid
Tel. 915802100
Consejería de Cultura, Turismo y Deportes
Calle Caballero de Gracia 32, 28013, Madrid
Tel. 917208002
Intervención Delegada de Políticas Sociales y Familia
Calle O'Donnell 50, 28009, Madrid
Tel. 913925526
D.G. de Trabajo
Calle Princesa 5, 28008, Madrid
D.G. de Administración Local (CABRERA)
Avenida De la Cabrera 36, 28751, Cabrera, La
Centros Docentes del Area Territorial Madrid Oeste
Carretera De la Granja 4, 28400, Collado Villalba
D.G. de Vivienda y Rehabilitación
Calle Braganza S/N, 28025, Madrid
Tel. 915804474
D.G. de Transportes
Calle Orense 60, 28020, Madrid
Tel. 915802898
D.G. de Calidad de los Servicios y Atención al Ciudadano
Calle Gran Vía 43, 28013, Madrid
D.G. de Función Pública
Plaza Conde de Valle de Suchill 20, 28015, Madrid
D.G. de Emergencias
Avenida De los Bomberos 2, 28232, Rozas de Madrid, Las
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