Información al consumidor sobre ingredientes alergénicos en alimentos

Actualizado el 18 de diciembre de 2019
Ver en la web de la administración

      ¿Qué es? >

    • Información para aquellas personas que padecen alergias alimentarias o intolerancias alimentarias y para facilitar que puedan adquirir con seguridad alimentos que no contengan las sustancias que les afectan.
    • Tipos de riesgos >


      Los cuerpos de las personas afectadas reaccionan de forma adversa al ingerir ciertos ingredientes y otras sustancias que se encuentran habitualmente en los alimentos.
      - La alergia alimentaria constituye un tipo de reacción adversa a los alimentos, con una respuesta anormal atribuida a la ingesta, contacto o inhalación de una sustancia presente en los que tiene su origen en un mecanismo inmunológico. 
        Asociación madrileña de alergias alimentarias (HISTASAN)

      - La intolerancia alimentaria consiste en una reacción adversa a una sustancia presente en los alimentos debido a otros mecanismos, como pueden ser enzimáticos o farmacológicos. Un caso particular es la celiaquía, que es la intolerancia al gluten (proteína presente en algunos cereales como el trigo). 
        Asociación de celiacos y sensibles al gluten de Madrid
      Efectos y tratamiento>

      Las alergias e intolerancias alimentarias afectan a la vida de muchas personas, provocándoles enfermedades en algunos casos benignas, pero en otros potencialmente mortales.
      No existe un tratamiento efectivo para las alergias y las intolerancias alimentarias. El evitar totalmente la exposición a los productos alimenticios que las causan es la forma más adecuada de prevenir consecuencias en la salud de este grupo de población.
      Los alérgenos alimentarios más corrientes se encuentran en la leche de vaca, las frutas, las leguminosas (en particular el cacahuete y la soja), los huevos, el pescado, los crustáceos, las nueces, las hortalizas (p.e. el apio), el trigo y otros cereales. Estos alérgenos forman parte de la composición de una gran variedad de alimentos así como en múltiples alimentos procesados.
      Información complementaria >
      Con el fin de ofrecer la mejor información al consumidor sobre ingredientes alergénicos en alimentos desde el día 13 de diciembre de 2014 han entrado en vigor los aspectos del Reglamento UE 1169/2011 que se refieren a la información que hay que facilitar al consumidor sobre 14 ingredientes alergénicos en los productos alimenticios.
      Una de las grandes novedades es que estos cambios no sólo afectan a los alimentos envasados sino que también se debe informar al consumidor sobre los alérgenos en alimentos no envasados o a granel, es decir, en establecimientos como cafeterías, restaurantes, comercios minoristas o establecimientos de restauración social.

      Plazos y efectos del silencio administrativo >

    • PLAZO MÁXIMO EN EL QUE DEBE NOTIFICARSE LA RESOLUCIÓN EXPRESA:

      Será el fijado por la norma reguladora del correspondiente procedimiento.Cuando las normas reguladoras de los procedimientos no fijen el plazo máximo, éste será de tres meses.

      Efecto del silencio administrativo: estimatorio, excepto en determinados supuestos, entre los que se encuentran la resolución de los recursos administrativos.

      RECURSO DE ALZADA:

      Plazo de interposición: un mes, si el acto fuera expreso. Si el acto no fuera expreso, a partir del día siguiente a aquel en que se produzca el silencio administrativo.

      Plazo máximo para dictar y notificar la resolución: tres meses.

      RECURSO EXTRAORDINARIO DE REVISIÓN:

      Plazo de interposición: dentro de los cuatro años si al dictarlos se hubiera incurrido en un error de hecho, o tres meses, según la normativa reguladora.

      Plazo máximo para dictar y notificar la resolución: tres meses.

      POTESTATIVAMENTE EN REPOSICIÓN:

      Plazo para la interposición del recurso: un mes, si el acto fuera expreso. Si el acto no fuera expreso, en cualquier momento a partir del día siguiente a aquel en que se produzca el acto presunto.

      Plazo máximo para dictar y notificar la resolución: un mes.

      RECURSO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO:

      Plazo para la interposición del recurso: dos meses, si fuera expreso. Si no lo  fuera, seis meses a partir del día siguiente a aquel en que se produzca el acto presunto.

        ¿Qué es? >

      • Información para aquellas personas que padecen alergias alimentarias o intolerancias alimentarias y para facilitar que puedan adquirir con seguridad alimentos que no contengan las sustancias que les afectan.
      • Tipos de riesgos >


        Los cuerpos de las personas afectadas reaccionan de forma adversa al ingerir ciertos ingredientes y otras sustancias que se encuentran habitualmente en los alimentos.
        - La alergia alimentaria constituye un tipo de reacción adversa a los alimentos, con una respuesta anormal atribuida a la ingesta, contacto o inhalación de una sustancia presente en los que tiene su origen en un mecanismo inmunológico. 
          Asociación madrileña de alergias alimentarias (HISTASAN)

        - La intolerancia alimentaria consiste en una reacción adversa a una sustancia presente en los alimentos debido a otros mecanismos, como pueden ser enzimáticos o farmacológicos. Un caso particular es la celiaquía, que es la intolerancia al gluten (proteína presente en algunos cereales como el trigo). 
          Asociación de celiacos y sensibles al gluten de Madrid
        Efectos y tratamiento>

        Las alergias e intolerancias alimentarias afectan a la vida de muchas personas, provocándoles enfermedades en algunos casos benignas, pero en otros potencialmente mortales.
        No existe un tratamiento efectivo para las alergias y las intolerancias alimentarias. El evitar totalmente la exposición a los productos alimenticios que las causan es la forma más adecuada de prevenir consecuencias en la salud de este grupo de población.
        Los alérgenos alimentarios más corrientes se encuentran en la leche de vaca, las frutas, las leguminosas (en particular el cacahuete y la soja), los huevos, el pescado, los crustáceos, las nueces, las hortalizas (p.e. el apio), el trigo y otros cereales. Estos alérgenos forman parte de la composición de una gran variedad de alimentos así como en múltiples alimentos procesados.
        Información complementaria >
        Con el fin de ofrecer la mejor información al consumidor sobre ingredientes alergénicos en alimentos desde el día 13 de diciembre de 2014 han entrado en vigor los aspectos del Reglamento UE 1169/2011 que se refieren a la información que hay que facilitar al consumidor sobre 14 ingredientes alergénicos en los productos alimenticios.
        Una de las grandes novedades es que estos cambios no sólo afectan a los alimentos envasados sino que también se debe informar al consumidor sobre los alérgenos en alimentos no envasados o a granel, es decir, en establecimientos como cafeterías, restaurantes, comercios minoristas o establecimientos de restauración social.

        Plazos y efectos del silencio administrativo >

      • PLAZO MÁXIMO EN EL QUE DEBE NOTIFICARSE LA RESOLUCIÓN EXPRESA:

        Será el fijado por la norma reguladora del correspondiente procedimiento.Cuando las normas reguladoras de los procedimientos no fijen el plazo máximo, éste será de tres meses.

        Efecto del silencio administrativo: estimatorio, excepto en determinados supuestos, entre los que se encuentran la resolución de los recursos administrativos.

        RECURSO DE ALZADA:

        Plazo de interposición: un mes, si el acto fuera expreso. Si el acto no fuera expreso, a partir del día siguiente a aquel en que se produzca el silencio administrativo.

        Plazo máximo para dictar y notificar la resolución: tres meses.

        RECURSO EXTRAORDINARIO DE REVISIÓN:

        Plazo de interposición: dentro de los cuatro años si al dictarlos se hubiera incurrido en un error de hecho, o tres meses, según la normativa reguladora.

        Plazo máximo para dictar y notificar la resolución: tres meses.

        POTESTATIVAMENTE EN REPOSICIÓN:

        Plazo para la interposición del recurso: un mes, si el acto fuera expreso. Si el acto no fuera expreso, en cualquier momento a partir del día siguiente a aquel en que se produzca el acto presunto.

        Plazo máximo para dictar y notificar la resolución: un mes.

        RECURSO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO:

        Plazo para la interposición del recurso: dos meses, si fuera expreso. Si no lo  fuera, seis meses a partir del día siguiente a aquel en que se produzca el acto presunto.


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