Ayuntamiento de Zaragoza

  • ## Descripción Hace referencia a lugares destinados a ser habitados por un grupo de personas no basado en lazos familiares,como conventos,cuarteles,residencias de ancianos,pensiones o viviendas destinadas a alquiler por habitaciones. ## Formas de tramitación ### Por internet [Iniciar trámite con certificado o Cl@ve](https://www.zaragoza.es/regTelematico/RT2_1NuevaEntInteresado.faces?codProc=41295) #### Documentación 1. Documentación acreditativa de la identidad del solicitante y,en caso de actuar en representación de otra persona,también del representado. 2. Documentación acreditativa de la representación con que actúe,en su caso. 3. Documentación justificativa de la propiedad de la vivienda o título por el cual gestiona el destino de esa vivienda (Ej. Escritura de propiedad,nota simple del Registro,Contrato de cesión del derecho de explotación del inmueble (1),autorización del propietario para solicitar el uso colectivo (2),etc). 4. Se indicarán dirección de email y teléfono de contacto. Se presentará copia de todos los documentos anteriores. *(1) En caso de cambiar la empresa encargada de la gestión de los arrendamientos,se deberá actualizar,comunicando dicho cambio y aportando la documentación indicada,referida a la nueva empresa,a través de Instancia presentada por Registro General,dirigida a la Unidad de Padrón municipal y Gestión de Datos de Población,indicando en Asunto:"Modificación de la Gestión de vivienda colectiva".Teléfono de contacto 976 72 17 77 / 16 40.* *(2) Se podrá revocar la autorización mediante Instancia presentada por Registro General,dirigida a la Unidad de Padrón municipal y Gestión de Datos de Población,indicando en Asunto:"Modificación de la Gestión de vivienda colectiva". Teléfono de contacto 976 72 17 77 / 16 40.* #### Proceso. * El propietario / gestor de la vivienda solicitará,mediante Instancia dirigida a la *Unidad de Padrón municipal y Gestión de Datos de población,* el cambio de calificación de la vivienda a uso colectivo,a fin de destinarla a alquiler de habitaciones. * Indicará el nombre de la persona/entidad que autorizará los eventuales contratos de arrendamiento de habitación que se suscriban. * Asimismo,indicará si la vivienda se encuentra vacía o,en caso de existir alguien empadronado en ella,si debe mantenerse o no su inscripción padronal. * Y adjuntará escaneados los documentos a que hace referencia el apartado Documentación. Si durante la tramitación se observa la necesidad de subsanación,esta le será requerida por correo electrónico,dándole un plazo de 10 días hábiles para ello. Transcurridos sin haber subsanado en la forma indicada,se le entenderá desistido de su petición y se procederá al archivo del expediente. Si el expediente está completo y es conforme,se comunicará al interesado por correo electrónico,en un plazo máximo de tres meses a contar desde la fecha de su solicitud,la calificación del centro / vivienda como colectivo/a. *Se recuerda,que están obligados a relacionarse a través de medios electrónicos con las Administraciones Públicas:las personas jurídicas,las entidades sin personalidad jurídica,quienes ejerzan una actividad profesional para la que se requiera colegiación obligatoria,para los trámites y actuaciones que realicen con las Administraciones Públicas en ejercicio de dicha actividad profesional y quienes representen a un interesado que esté obligado a relacionarse electrónicamente con la Administración (artículo 14.2 de la Ley 39/2015,de 1 de octubre,del Procedimiento Administrativo Común).* ### Presencial #### Lugar de Presentación **Oficina de Registro Seminario** * Direccion:Vía Hispanidad,20 50071 * **Horario** * Lunes a viernes de 8:30 a 13,30h. **Oficina de Registro Plaza del Pilar** * Direccion:Pza. del Pilar,18 50071 * **Horario** * Lunes a viernes de 8:30 a 13:30 h. (excepto festivos) * Lunes y Jueves y el primer y último viernes de cada mes de 16 a 19 h. En las [Juntas Municipales](https://www.zaragoza.es/sede/servicio/equipamiento/category/90) y [Juntas Vecinales](https://www.zaragoza.es/sede/servicio/equipamiento/category/91) #### Documentación 1. Documentación acreditativa de la identidad del solicitante y,en caso de actuar en representación de otra persona,también del representado. 2. Documentación acreditativa de la representación con que actúe,en su caso. 3. Documentación justificativa de la propiedad de la vivienda o título por el cual gestiona el destino de esa vivienda (Ej. Escritura de propiedad,nota simple del Registro,Contrato de cesión del derecho de explotación del inmueble (1),autorización del propietario para solicitar el uso colectivo (2),etc). 4. Se indicarán dirección de email y teléfono de contacto. Se presentará copia de todos los documentos anteriores. *(1) En caso de cambiar la empresa encargada de la gestión de los arrendamientos,se deberá actualizar,comunicando dicho cambio y aportando la documentación indicada,referida a la nueva empresa,a través de Instancia presentada por Registro General,dirigida a la Unidad de Padrón municipal y Gestión de Datos de Población,indicando en Asunto:"Modificación de la Gestión de vivienda colectiva".Teléfono de contacto 976 72 17 77 / 16 40.* *(2) Se podrá revocar la autorización mediante Instancia presentada por Registro General,dirigida a la Unidad de Padrón municipal y Gestión de Datos de Población,indicando en Asunto:"Modificación de la Gestión de vivienda colectiva". Teléfono de contacto 976 72 17 77 / 16 40.* #### Proceso * A través de las *Oficinas de Registro General*,el propietario / gestor de la vivienda solicitará mediante Instancia dirigida a la *Unidad de Padrón municipal y Gestión de Datos de población,* el cambio de calificación de la vivienda a uso colectivo a fin de destinarla a alquiler de habitaciones * Indicará el nombre de la persona/entidad que autorizará los eventuales contratos de arrendamiento de habitación que se suscriban. * Asimismo,indicará si la vivienda se encuentra vacía o,en caso de existir alguien empadronado en ella,si debe mantenerse o no su inscripción padronal. * Adjuntará fotocopiados los documentos a que hace referencia el apartado Documentación. * Indicará dirección de email y teléfono de contacto. Si durante la tramitación se observa la necesidad de subsanación,esta le será requerida por correo electrónico,dándole un plazo de 10 días hábiles para ello. Transcurridos sin haber subsanado en la forma indicada,se le entenderá desistido de su petición y se procederá al archivo del expediente. Si el expediente está completo y es conforme,se comunicará al interesado por correo electrónico,en un plazo máximo de tres meses a contar desde la fecha de su solicitud,la calificación del centro / vivienda como colectivo/a. Descarga:[Datos Abiertos](https://www.zaragoza.es/sede/portal/datos-abiertos/servicio/catalogo/289)

  • ## Resumen Este trámite permite registrar una vivienda como de uso colectivo en el padrón municipal, específicamente para aquellas destinadas al alquiler de habitaciones. ## Quién puede usar este servicio El propietario o gestor de la vivienda. ## Cómo hacerlo El proceso se puede realizar de forma online o presencial. ### Online 1. Accede al trámite online a través de este enlace: [Iniciar trámite con certificado o Cl@ve](https://www.zaragoza.es/regTelematico/RT2_1NuevaEntInteresado.faces?codProc=41295) 2. Adjunta la documentación requerida. ### Presencial 1. Dirígete a una de las Oficinas de Registro General (Plaza del Pilar o Seminario) o a las Juntas Municipales y Vecinales. 2. Presenta la documentación requerida. ## Lo que necesitas ### Documentos requeridos * Documento de identidad del solicitante (y del representado, si aplica). * Documento que acredite la representación, si aplica. * Documento que justifique la propiedad de la vivienda o el título por el cual se gestiona el destino de la vivienda (ej: escritura, nota simple, contrato de cesión, autorización del propietario). * Dirección de email y teléfono de contacto. **Nota:** Se debe presentar copia de todos los documentos. ## Después de hacerlo * Si la solicitud es correcta, se comunicará la calificación de la vivienda como colectiva en un plazo máximo de tres meses. * Si se requiere subsanación, se notificará por correo electrónico y se dará un plazo de 10 días hábiles para corregir. ## Ayuda * Teléfono de contacto: 976 72 17 77 / 16 40 * Órgano gestor: Observatorio de Estadística Municipal, C/ Domingo Miral , 1 - 50009. Horario: De lunes a viernes de 8:30 a 13:30 h * Datos Abiertos: [Datos Abiertos](https://www.zaragoza.es/sede/portal/datos-abiertos/servicio/catalogo/289)

  • ## Descripción Puede tener uno de estos documentos: * [Boletín de denuncia](https://www.zaragoza.es/sede/servicio/tramite/3906#proces1) * [Ticket Zona Horaria](https://www.zaragoza.es/sede/servicio/tramite/3906#proces2) * [Carta de pago](https://www.zaragoza.es/sede/servicio/tramite/3906#proces3) * [Requerimiento conductor](https://www.zaragoza.es/sede/servicio/tramite/3906#proces4) ## Descripción del trámite Para realizarlo debe de tener o una carta de pago o el boletín de denuncia (copia rosa). Las referencias normativas efectuadas en otras disposiciones al texto articulado de la Ley sobre Tráfico,Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial,aprobado por el Real Decreto Legislativo 339/1990,de 2 de marzo,se entenderán efectuadas a los preceptos correspondientes del Real Decreto Legislativo 6/2015,de 30 de octubre,por el que se aprueba el texto refundido de la Ley sobre Tráfico,Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial. Todas las denuncias,excepto las infracciones previstas en el art. 77.h),j),n),ñ),o),p),q) y r),podrán hacerse efectivas,siempre que dicho pago se efectúe durante los 20 días naturales siguientes a la notificación del inicio del procedimiento por el propio policía o por el instructor de dicho expediente,con una reducción del 50% sobre la cuantía correspondiente que se haya consignado correctamente. El abono anticipado con la reducción señalada implica el seguimiento del procedimiento sancionador abreviado y,en caso de no hacerlo,el procedimiento sancionador ordinario. Una vez realizado el pago voluntario de la multa en el plazo establecido y con la reducción del 50% citada,se tendrá por concluido el procedimiento sancionador con las siguientes **consecuencias:** * La renuncia a formular alegaciones. En el caso de que fuesen formuladas se tendrán por no presentadas. * La terminación del procedimiento,sin necesidad de dictar resolución expresa,el día en que se realice el pago. * El agotamiento de la vía administrativa siendo recurrible únicamente ante el orden jurisdiccional contencioso-administrativo. * La firmeza de la sanción en la vía administrativa desde el momento del pago,produciendo plenos efectos desde el día siguiente. * La sanción no computará como antecedente en el Registro de Conductores e Infractores,siempre que se trate de infracciones graves que no lleven aparejada pérdida de puntos. **Plazo de Presentación:** En todo caso las multas que no hayan sido abonadas durante el procedimiento deberán hacerse efectivas dentro de los quince días naturales siguientes a la fecha de la firmeza de la sanción. ## Impresos relacionados * [Escrito de alegaciones para multas de tráfico](https://www.zaragoza.es/contenidos/tramites/impresos/multastra.pdf) ## Normativas * [Decreto de Alcaldía sobre la aprobación de las cuantías correspondientes a Infracciones en materia de Tráfico (Multas) - (Para infracciones cometidas desde el 25.05.2010 hasta el 08.05.2014)](https://www.zaragoza.es/sede/servicio/normativa/155) * [Decreto de Alcaldía sobre la aprobación de las cuantías correspondientes a Infracciones en materia de Tráfico (Multas). (Para infracciones cometidas a partir de 09.05.2014)](https://www.zaragoza.es/sede/servicio/normativa/5103) * [Ley 29/1998,de 13 de julio,reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa.](https://www.boe.es/eli/es/l/1998/07/13/29) * [Real Decreto 1398/1993 Reglamento de procedimiento para el Ejercicio de la Potestad Sancionadora ](https://www.zaragoza.es/cont/paginas/tramites/trafico/rgto_sancio.pdf) * [Real Decreto 1428/2003,de 21 de noviembre,por el que se aprueba el Reglamento General de Circulación para la aplicación y desarrollo del texto articulado de la Ley sobre tráfico,circulación de vehículos a motor y seguridad vial,aprobado por el Real Decreto Legislativo 339/1990,de 2 de marzo.](https://www.boe.es/eli/es/rd/2003/11/21/1428/con) * [Real Decreto 320/1994,de 25 de febrero,por el que se aprueba el Reglamento de procedimiento sancionador en materia de tráfico,circulación de vehículos a motor y seguridad vial.](https://www.boe.es/eli/es/rd/1994/02/25/320) * [Real Decreto Legislativo 6/2015,de 30 de octubre,por el que se aprueba el texto refundido de la Ley sobre Tráfico,Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial.](https://www.boe.es/diario_boe/txt.php?id=BOE-A-2015-11722) ## Pago * Fuera de este plazo,consultar el trámite [Pago en Periodo Ejecutivo](https://www.zaragoza.es/sede/servicio/tramite/3713). ## Formas de tramitación ### Por internet Por Internet #### Proceso. Para la realización de estos trámites en línea **no** se necesita el **certificado electrónico**. ### Boletín de denuncia (copia rosa) * Este sistema únicamente es aplicable a denuncias formuladas por policías locales,con copia rosa del boletín de denuncia. No sirve para pagar con los tickes de denuncia de las zonas de estacionamiento regulado. * La sanción a pagar debe de estar en período voluntario. * El importe debe de ser el que aparece en la casilla "Euros" del boletín de denuncia. El sistema calculará automáticamente las reducciones aplicables. Si paga la sanción en el plazo de 20 días naturales desde que la denuncia le fue notificada,el importe de la sanción se reduce en un 50%. * El importe de la sanción es el consignado por la persona que efectúa el pago. DE NO CORRESPONDERSE CON EL IMPORTE CORRECTO DE LA MULTA se le comunicará por parte de la Oficina de Tráfico para que abone la diferencia hasta el importe total de la misma,quedando lo abonado como pago a cuenta,y constando el expediente SIN PAGAR hasta que la totalidad de la multa quede satisfecha. Es obligatorio consignar un teléfono de contacto y/o una dirección de correo electrónico por si desde la Oficina de Tráfico se tuviesen que poner en contacto con quien realiza el pago. * En el caso de seleccionar la opción **"Crear Recibo"**,tras consignar todos los datos correctamente se generará un recibo con el que podrá efectuar el pago. Se recomienda imprimir o guardar en un archivo del PC el recibo que se genere,pudiendo con el mismo abonar la multa,durante el periodo de pago que se fija en el documento cobratorio,en las siguientes **Entidades Bancarias:** Ibercaja,Bantierra,BBVA,Banco Santander y Caixa Bank. * En el caso de seleccionar la opción** "Crear Recibo y Realizar Pago"**,tras consignar todos los datos correctamente se generará un recibo y se redirigirá a una pasarela para realizar el pago de manera telemática. Necesitará disponer de una tarjeta de crédito o débito para realizar el pago,pudiendo así mismo realizarlo a través de **Bizum**. [Iniciar trámite **SIN Certificado**](https://www.zaragoza.es/pagoweb/mulpreDetail.faces) ### Ticket Zona horaria Este tipo de documento no se puede pagar por este medio. [Información sobre cómo pagar este tipo de denuncias](https://www.zaragoza.es/sede/servicio/tramite/37015) ### Carta de pago Si quiere realizar el pago vía web acceda al trámite [Pago con Tarjeta de Crédito o con Bizum](https://www.zaragoza.es/consultaRecibosWeb/consultaReciboPdf.faces) o [Pago a través de Entidades Financieras](https://www.zaragoza.es/sede/servicio/tramite/26920) Puede realizar también el pago,a través de **Bizum**. ### Requerimiento Conductor Debe de seguir el proceso que se describe en el trámite de [Comunicación de datos del conductor](https://www.zaragoza.es/sede/servicio/tramite/3903) ### Presencial Presencial #### Lugar de Presentación **Oficina de Trafico** * Direccion: Avda. de la Policia Local,2 50021 * [plz-multastrafico@zaragoza.es](mailto:plz-multastrafico@zaragoza.es) * 976724100,4136 - Pago telefónico 976723523 (8,30 a 13,30 h) y 976724200 * 976723519 * **Horario** De 8 a 14 h.(en días laborables) #### Proceso Pago en la Oficina del órgano gestor mediante tarjeta bancaria (presencial). Presentación del recibo emitido de Pago en entidad bancaria colaboradora. **Pagos en** IBERCAJA,BANTIERRA,BBVA,BANCO SANTANDER o CAIXABANK. **NOTA ACLARATORIA:** No se admitirá el pago en efectivo en la oficina del órgano gestor. ### Por teléfono Teléfono **976 723 523** (Horario de 8:30 a 13:30) #### Proceso Pago en la Oficina del órgano gestor mediante tarjeta bancaria (telefónicamente). Llamar al 976 723 523 ## Preguntas Frecuentes * [¿Cuáles son las consecuencias económicas y/o legales en el pago de una multa de tráfico fuera del período voluntario? ](https://www.zaragoza.es/sede/servicio/tramite/3906#pregunta-5220) Las cuotas no satisfechas en período voluntario,entran al día siguiente en período ejecutivo,con la consiguiente exigencia de recargos e intereses de demora,en función de cuándo satisfaga la deuda dentro del período ejecutivo: * Si abona la totalidad de la deuda no ingresada en período voluntario,antes de la notificación de la Providencia de Apremio,**el recargo ejecutivo aplicable será del 5%.** * Si abona la totalidad de la deuda no ingresada en período voluntario después de la notificación de la Providencia de Apremio,se le aplicará un Recargo de Apremio,que podrá ser Recargo de Apremio Reducido del 10% o Recargo Ordinario de Apremio del 20%,según en qué fecha ingrese la deuda: Se aplicará el **Recargo de Apremio Reducido del 10%**: Si la notificación de la providencia se realiza entre los días 1 y 15 de cada mes y se abona la deuda desde la fecha de recepción de la notificación hasta el día 20 de dicho mes o,si éste es inhábil,hasta el inmediato hábil siguiente. Si la notificación de la Providencia se realiza entre los días 16 y último de cada mes y se abona desde la fecha de recepción de la notificación hasta el día 5 del mes siguiente o si éste fuera inhábil,hasta el inmediato hábil siguiente. Se aplicará el **Recargo de Apremio Ordinario del 20%**:si no se abona la deuda no satisfecha en período voluntario,en los plazos anteriores. En este caso,se pueden exigir también los Intereses de Demora devengados desde el inicio del período ejecutivo.

  • ## Descripción **DISTRIBUCIÓN DE AYUDAS:APROBACIÓN PROVISIONAL** * [Lote 1](https://www.zaragoza.es/contenidos/ayudasysubvenciones/ayuda-tributos-lote1-21.pdf) * [Rectificación de errores del Lote 1](https://www.zaragoza.es/contenidos/ayudasysubvenciones/ayuda-tributos-lote1-recti-21.pdf) * [Lote 2](https://www.zaragoza.es/contenidos/ayudasysubvenciones/ayuda-tributos-lote2-21.pdf) * [Lote 3](https://www.zaragoza.es/contenidos/ayudasysubvenciones/ayuda-tributos-lote3-21.pdf) Aquellas personas a las que se les haya realizado una resolución positiva (concesión total o parcial de los solicitado),que no hayan entregado la **FICHA DE TERCEROS ORIGINAL CON ANTERIORIDAD** en el Servicio de Tesorería (Edificio Seminario) o en la Oficina de Ayudas para Tributos (edificio Morlanes),para que se les haga efectivo el pago de la ayuda concedida deberán proceder a: 1) Entregar la FICHA DE TERCEROS ORIGINAL DEBIDAMENTE CUMPLIMENTADA a nombre de la persona beneficiaria. La pueden entregar de forma presencial (no es necesario que lo haga el beneficiario de la ayuda) en el *Servicio de Tesorería* (horario de lunes a viernes de 8:30h a 13:00 h) o enviarla por correo postal,ordinario o certificado,a dicho Servicio (Servicio de Tesorería,Edificio Seminario,Vía hispanidad,20 50071,Zaragoza). **NO SE ADMITEN FIRMAS ESCANEADAS O FOTOCOPIADAS,NI ENMIENDAS NI TACHADURAS EN LOS DOCUMENTOS**. 2) O bien:Remitir al correo [serviciodetesoreria@zaragoza.es](mailto:serviciodetesoreria@zaragoza.es) un certificado bancario electrónico con la firma electrónica del banco a nombre del beneficiario,el cual deberá ser validado antes de su registro en el Sistema de información Contable del Ayuntamiento de Zaragoza. 3) O bien:Acudir personalmente el beneficiario de la ayuda al anteriormente citado *Servicio de Tesorería*,provisto de su documento original de identidad en vigor,con objeto de recibir en metálico el pago de la ayuda concedida en horario de lunes a viernes de 8:30h a 13:00h. La finalidad de estas ayudas es promover la equidad y paliar las situaciones de desventaja económica y social que puedan afectar a la ciudadanía de Zaragoza. Corresponde esta Convocatoria a la linea estrategia nº1,de Acción Social,del III Plan Estratégico de Subvenciones 2020-2023,aprobado por el Gobierno de Zaragoza el 21 de febrero de 2020 actualizado para 2021 mediante acuerdo de 26 de marzo de 2021. **¿A QUÉ TRIBUTOS AFECTAN?** **- VIVIENDA:** Impuesto de Bienes Inmuebles (IBI) **de la vivienda habitual**. **- VEHÍCULOS:** **Impuesto sobre Vehículos de Tracción Mecánica (Impuesto de Circulación).** Se podrá subvencionar el impuesto de aquellos coches que no superen los 15,99 Caballos Fiscales,y el de aquellas motos o motocicletas que no superen los 250 cc. Una Unidad de Convivencia podrá beneficiarse de ayuda para dos vehículos (siempre que uno sea coche y el otro moto o ciclomotor). **- CEMENTERIO:** las tasas por prestación de servicios o aprovechamientos especiales del Cementerio de Torrero. Se subvencionará un único nicho por Unidad de Convivencia. No se subvencionarán panteones o capillas. Puede solicitarse ayuda para **uno o más de los tributos** anteriormente señalados,siempre que hayan sido pagados previamente. **PARA MÁS INFORMACIÓN** * Consulte **Bases** de la convocatoria (disponibles en el apartado de *Normativa*). ## Más información Pueden beneficiarse las Unidades Económicas de Convivencia **(UEC)**,**conjunto de personas que conviven en un mismo domicilio**,que cumplan las siguientes **condiciones**: **1ª.** Todos los miembros de la Unidad Económica de Convivencia deberán estar empadronados en el mismo domicilio (que constituye la vivienda habitual) en el termino municipal de Zaragoza,en el momento de la publicación de esta Convocatoria en la Web Municipal. **2ª.** Los ingresos de todos los miembros de la Unidad de Convivencia durante el año 2020 (excepto las rentas legalmente exentas de tributación) no deben exceder del Salario Mínimo Interprofesional anual vigente (14 pagas) multiplicado por 1,5 para Unidades Económicas de Convivencia de uno o dos miembros; para Unidades de Convivencia de tres o más miembros esta cantidad se irá incrementando en un 20% por cada miembro adicional,tal como se indica a continuación: Ingresos por integrantes en la unidad de convivencia (2020) | Nº de componentes de la UEC | Límite de ingresos brutos en euros | | :--------------------------- | :--------------------------------- | | **1,2** | 19.950 ? | | **3** | 23.940 ? | | **4** | 27.930 ? | | **5** | 31.920 ? | A los efectos anteriores se computarán como ingresos: * Solicitantes con declaración de IRPF:la suma de la Base imponible General (MOD-100,casilla 435) y la Base Imponible del Ahorro (MOD-100,casilla 460),menos la Cuota resultante de la autoliquidación (MOD-100,casilla 595). * Solicitantes sin declaración de IRPF:ingresos manifestados en Declaración jurada. **3ª.** Los tributos para los que se solicita la ayuda han debido ser efectivamente pagados,y deben estar a nombre de alguno de los miembros que conforman la Unidad Económica de Convivencia. **4ª.** La suma de los valores catastrales de las posesiones de todos los miembros de la Unidad de Convivencia (ponderada cada una de ellas por la proporción de posesión que cada miembro posea de la misma) no superará los 120.000,00 ?. En relación con estas propiedades catastrales se tendrán en cuenta las siguientes especificaciones: * a) Dentro del valor catastral de la vivienda habitual se incorporarán (tanto para el cálculo de su valor como para el de la ayuda a conceder) las referencias catastrales de mayor valor de un garaje y un trastero por vivienda,en el caso de que sean propiedad de alguno de los miembros de la Unidad de Convivencia. ## Plazo de Presentación El plazo para la presentación de solicitudes será de **treinta días naturales**,a contar desde el siguiente al de su publicación en la **Web Municipal.** * **Publicado en la Web:** el 7 de septiembre de 2021. * **Plazo de presentación**:desde el **8 de septiembre** hasta el **7 de octubre de 2021.** ## Formas de tramitación Presencial Presencial #### Lugar de Presentación **Oficina de Registro Seminario** * Direccion:Vía Hispanidad,20 50071 * Horario * Lunes a viernes de 8:30 a 13,30h. **Oficina de Registro Plaza del Pilar** * Direccion:Pza. del Pilar,18 50071 * Horario * Lunes a viernes de 8:30 a 13:30 h. (excepto festivos) #### Documentación La solicitud será efectuada según el Modelo que figura en el **Anexo I** de esta Convocatoria,y deberá ser suscrita por alguno de los miembros de la Unidad de Convivencia. Además de cumplimentar este impreso en todos sus apartados,deberá aportarse la siguiente documentación: * **Declaración Responsable** del solicitante,por la que se acredita que se reúne los requisitos establecidos para el acceso a estas ayudas. Se hará especial mención al hecho de encontrarse al corriente de las obligaciones fiscales con el Ayuntamiento de Zaragoza. **Esta Declaración queda realizada con la firma del Impreso de solicitud de la ayuda (Anexo I).** * **Fotocopia del DNI/NIE** del solicitante o documento identificativo y,en todo caso,de aquel o aquellos miembros de la Unidad de Convivencia a cuyo nombre se encuentre el tributo o tributos para los que se solicita la ayuda. * **La Ficha de Terceros**,a nombre de la persona solicitante,en la que conste el IBAN completo. No será necesario presentar la Ficha de Terceros si se cumplen las dos condiciones siguientes:que la cuenta no haya variado (mismo titular y mismo IBAN),y que se hubiera ingresado en dicha cuenta alguna cantidad en concepto de ayuda al pago de tributos en alguna Convocatoria anterior. * **Copia del recibo o recibos de los tributos para los que se solicita ayuda**,con la prueba fehaciente de que han sido efectivamente pagados a fecha del registro de la solicitud. #### Proceso Las solicitudes deberán presentarse en el Registro General del Ayuntamiento,en los Registros Auxiliares,o por cualquiera de los medios previstos en el Art.16 de la Ley 39/2015,de 1 de octubre,de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. Podrán,asimismo,presentarse a través de los medios telemáticos existentes.

  • ## Resumen Este trámite ofrece ayudas para el pago de ciertos impuestos municipales en Zaragoza, buscando apoyar a personas en situación de desventaja económica. **¿Quién puede solicitarlo?** Unidades Económicas de Convivencia (UEC) que cumplan con los requisitos de ingresos y empadronamiento. ## Lo que necesitas * **Documentos requeridos:** * Solicitud (Anexo I) * Fotocopia del DNI/NIE del solicitante y de los miembros de la UEC a nombre de quien esté el tributo. * Ficha de Terceros (si no se ha presentado antes o la cuenta ha cambiado). * Copia de los recibos pagados de los tributos para los que se solicita la ayuda. * Autorización para que el Ayuntamiento recabe información (Anexo II). * Declaración responsable de ingresos (Anexo III), si no se presenta declaración de la renta. * **Requisitos:** * Estar empadronado en Zaragoza. * Cumplir con los límites de ingresos establecidos. * Estar al corriente de las obligaciones fiscales con el Ayuntamiento de Zaragoza. * Los tributos deben estar a nombre de algún miembro de la UEC. * **Costes:** * Este trámite no tiene coste. * **Plazos:** * El plazo de presentación de solicitudes fue del 8 de septiembre al 7 de octubre de 2021. ## Cómo hacerlo 1. **Preparar la documentación:** Reúne todos los documentos necesarios mencionados en la sección "Lo que necesitas". 2. **Presentar la solicitud:** Puedes presentar la solicitud de forma presencial en el Registro General del Ayuntamiento, en los Registros Auxiliares, Juntas Municipales y Vecinales, o por medios telemáticos. ## Después de hacerlo * El Ayuntamiento revisará la solicitud y la documentación presentada. * Se emitirá una resolución indicando si la ayuda ha sido concedida, denegada o concedida parcialmente. * Si la ayuda es concedida, se realizará el pago mediante transferencia bancaria a la cuenta indicada en la Ficha de Terceros, o en metálico en el Servicio de Tesorería. ## Ayuda * **Contacto:** * Servicio de Tesorería: Edificio Seminario, Vía Hispanidad, 20 50071, Zaragoza. Correo electrónico: serviciodetesoreria@zaragoza.es * **Recursos adicionales:** * Bases de la convocatoria (disponibles en el apartado de *Normativa*). * Derechos Sociales * Ayudas Económicas y Subvenciones * **Impresos relacionados:** * Certificado Bancario para Pagos (Ficha de Terceros) * I. Ayudas al Pago de Tributos: Solicitud (2021) * II. Ayudas al Pago de Tributos: Prestaciones de Servicios Sociales municipales. Documento de consentimiento informado (2021) * III. Ayudas al Pago de Tributos: Declaración responsable de ingresos (2021)

  • ## Descripción 1. Expendedores Z+M:**Hasta las 24:00 horas del día en curso** desde la imposición de la denuncia podrá paralizar la tramitación de la denuncia realizando el pago indicado en cualquiera de los expendedores.Más información 2. Policía local: * **Presencialmente:** Puedes acudir únicamente a la Oficina de Tráfico de Policia Local de Zaragoza,en Avda. Policía Local,n.º 2 (desvío Puerto Venecia) en Zaragoza,con el Documento y abonar directamente en caja la denuncia (exclusivamente con tarjeta). * En este tipo de denuncia se va a enviar al domicilio del titular del vehículo la notificación del inicio del expediente,con su correspondiente carta de pago para que pueda abonar en entidad bancaria,por teléfono en el 976 72 35 23,en horario de 8:30 a 13:30 en días laborales o a través de internet . ## Formas de tramitación ### Presencial Puedes acudir únicamente a la Oficina de Tráfico de Policia Local de Zaragoza,en Avda. Policía Local,n.º 2 (desvío Puerto Venecia) en Zaragoza,con el Documento y abonar directamente en caja la denuncia (exclusivamente con tarjeta). En este tipo de denuncia se va a enviar al domicilio del titular del vehículo la notificación del inicio del expediente,con su correspondiente carta de pago para que pueda abonar en entidad bancaria,por teléfono en el 976 72 35 23,en horario de 8:30 a 13:30 en días laborales o a través de internet . ### Por teléfono 976 72 35 23 en horario de 8:30 a 13:30 en días laborales

  • ## Resumen Paga tus recibos del Ayuntamiento de Zaragoza online a través de las entidades financieras colaboradoras durante el período de pago indicado en el documento de cobro. **Quién puede usar este servicio:** * Personas físicas * Personas jurídicas ## Cómo hacerlo 1. **Accede a la página web de tu banco:** Elige una de las siguientes entidades financieras con las que el Ayuntamiento tiene acuerdo: * [IBERCAJA](https://www.zaragoza.es/ciudad/encasa/hacienda/pagos/ibercaja.htm) * [RURALVÍA](https://www.zaragoza.es/ciudad/encasa/hacienda/pagos/bantierra.htm) (Caja Rural de Aragón) * [BBVA](https://www.zaragoza.es/ciudad/encasa/hacienda/pagos/bbva.htm) * [BANCO SANTANDER](https://www.zaragoza.es/ciudad/encasa/hacienda/pagos/banco-santander.htm) * [CAIXA BANK](https://www.zaragoza.es/ciudad/encasa/hacienda/pagos/caixa.htm) 2. **Identifícate:** Entra con tus claves de cliente. 3. **Busca la opción de pago de recibos:** Sigue las instrucciones de la entidad para realizar el pago. **AVISO IMPORTANTE:** Si pagas el último día del plazo, ten en cuenta que algunas entidades cierran sus operaciones entre las 15:00 y las 24:00. ### Tramitación online * Puedes iniciar el trámite online con certificado digital o Cl@ve a través de [este enlace](https://www.zaragoza.es/consultaWeb/miCarpetaFiscal.faces). ## Información Adicional * [Datos Abiertos](https://www.zaragoza.es/sede/portal/datos-abiertos/servicio/catalogo/289) * [JSON](/es/ayuntamiento-de-zaragoza/pagos-al-ayuntamiento-a-traves-de-entidades-financieras-tramites-y-servicios-ayuntamiento-de-zaragoza.json) * [XML](/es/ayuntamiento-de-zaragoza/pagos-al-ayuntamiento-a-traves-de-entidades-financieras-tramites-y-servicios-ayuntamiento-de-zaragoza.xml) * [CSV](/es/ayuntamiento-de-zaragoza/pagos-al-ayuntamiento-a-traves-de-entidades-financieras-tramites-y-servicios-ayuntamiento-de-zaragoza.csv) ## Órgano Gestor **Unidad Técnica de Gestión Recaudatoria** Vía Hispanidad, 20 - 50071

  • ## Descripción Todos los recibos emitidos por el Ayuntamiento de Zaragoza pueden ser pagados con tarjeta de crédito o débito por Internet a través del **TPV** (Terminal de Punto de Venta) virtual del Ayuntamiento. Si accede **con certificado** electrónico puede consultar y pagar sus recibos a través de la **Carpeta Ciudadana**. Para pagar **SIN certificado** electrónico puede entrar al **TPV virtual del Ayuntamiento** y rellenar la información del formulario. También puede realizar el pago de los recibos a través de la aplicación móvil Android | iOS (Apple) ## Formas de tramitación Por internet Por Internet Iniciar trámite **con certificado o Cl@ve** Iniciar trámite **sin certificado**

  • ## Resumen Paga tus recibos del Ayuntamiento de Zaragoza de forma online utilizando tu tarjeta de crédito o débito. Puedes hacerlo con o sin certificado digital. * **Quién puede usar este servicio:** Cualquier persona física o jurídica que deba realizar un pago al Ayuntamiento de Zaragoza. ## Cómo hacerlo ### Pago con certificado digital 1. Accede a la Carpeta Ciudadana. 2. Identifícate con tu certificado electrónico o Cl@ve. 3. Consulta y paga tus recibos. ### Pago sin certificado digital 1. Accede al TPV virtual del Ayuntamiento. 2. Rellena el formulario con la información solicitada. 3. Realiza el pago con tu tarjeta. ### Pago a través de la app móvil 1. Descarga la aplicación Android | iOS (Apple) 2. Sigue los pasos indicados en la aplicación para realizar el pago. ## Órgano gestor **Unidad Técnica de Gestion Recaudatoria** * Vía Hispanidad, 20 - 50071

  • ## ¿Qué es el período ejecutivo? Las cuotas no satisfechas en período voluntario,entran al día siguiente en **período ejecutivo**,con la consiguiente exigencia de recargos e intereses de demora,en función de cuándo satisfaga la deuda dentro del período ejecutivo: * Si abona la totalidad de la deuda no ingresada en período voluntario,antes de la notificación de la Providencia de Apremio,**el recargo ejecutivo aplicable será del 5%.** 1. Se aplicará el **Recargo de Apremio Reducido del 10%**: * Si la notificación de la providencia se realiza entre los días 1 y 15 de cada mes y se abona la deuda desde la fecha de recepción de la notificación hasta el día 20 de dicho mes o,si éste es inhábil,hasta el inmediato hábil siguiente. * Si la notificación de la Providencia se realiza entre los días 16 y último de cada mes y se abona desde la fecha de recepción de la notificación hasta el día 5 del mes siguiente o si éste fuera inhábil,hasta el inmediato hábil siguiente. 2. Se aplicará **el Recargo de Apremio Ordinario del 20%**:si no se abona la deuda no satisfecha en período ejecutivo,en los plazos anteriores. En este caso,se exigirán también los Intereses de Demora devengados desde el inicio del período ejecutivo. ### Impresos relacionados * [Autorización de Representación para temas de Recaudación / Pagos](https://www.zaragoza.es/contenidos/tramites/impresos/autorizacion-representacion.pdf) ### Normativas * [Ley 58/2003,de 17 de diciembre,General Tributaria.](https://www.boe.es/eli/es/l/2003/12/17/58/con) ## Formas de tramitación ### Por internet Por Internet [Iniciar trámite **con certificado o Cl@ve**](https://www.zaragoza.es/consultaWeb/miCarpetaFiscal.faces) [Iniciar trámite **sin certificado**](https://www.zaragoza.es/consultaRecibosWeb/consultaReciboPdf.faces) #### Proceso. Para pagar **SIN certificado electrónico** puede realizarlo de 3 maneras: **A. PAGO CON TARJETA DE CRÉDITO O DÉBITO** * A través de la **TPV virtual del Ayuntamiento** (clicando en el Botón rojo de *Iniciar Trámite*),y rellenar la información del formulario. En el caso de que el periodo voluntario haya acabado,se calculará el recargo y los intereses correspondientes,se le permitirá el pago. * [A través de la aplicación móvil Zaragoza Tributos](http://www.zaragoza.es/sede/servicio/aplicacion/1542882807216/) **B. PAGO A TRAVÉS DE ENTIDADES FINANCIERAS** * [Consulte Trámite](https://www.zaragoza.es/sede/servicio/tramite/26920) Si dispone del **DNI electrónico** o de **otro Certificado Electrónico** admitido por el Ayuntamiento de Zaragoza (Fábrica Nacional de Moneda y Timbre ; Camerfirma) puede tramitar sus procedimientos por medios electrónicos,siguiendo los siguientes **PASOS**: * Haga clic en el **Botón rojo** de *Iniciar Trámite* * Será dirigido a su **Carpeta ciudadana** desde donde podrá efectuar el pago accediendo a la pestaña *Pagos pendientes*. * El pago se realizara a través del TPV virtual del Ayuntamiento,marcando los recibos a abonar y clicando en el Botón rojo de *Pagar recibos*. * En el caso de que el periodo voluntario haya acabado,se calculará el recargo y los intereses correspondientes y se permitirá el pago. ### Presencial Presencial #### Lugar de Presentación **Oficina de Recaudación** * Direccion:Vía Hispanidad,20 50071 * 976 721115 * **Horario** * De lunes a viernes en horario de 08:00 a 14:00 h. (solicitud de turno para Atención presencial hasta 13:15 h.) #### Proceso Durante el periodo ejecutivo se puede pagar de forma presencial en: * Cualquiera de las *entidades bancarias* colaboradoras (Ibercaja,Caja Rural de Aragón,BBVA,Banco Santander y CaixaBank) tanto en sus oficinas como en los cajeros automáticos. El pago podrá realizarlo con mediante tarjeta de cualquier entidad. * *Las Oficinas de Recaudación Municipal* en Vía Hispanidad,20 de Zaragoza (Antiguo Seminario). Se admite dinero en metálico,tarjeta de crédito o débito (VISA o MASTERCARD) o cheque conformado a nombre del Ayuntamiento de Zaragoza. * En* Caja de Recaudación* no podrán pagarse en metálico operaciones por recibos o deudas de importe igual o superior a 1.000 euros ### Por teléfono Teléfono #### Proceso **Telepago con Tarjeta de Crédito:** Recibos en Periodo Ejecutivo:**976 721115** Opción 1 (de 8,00 a 13,45h) En cumplimiento de la Ley de Protección de datos no puede facilitarse,telefónicamente,información de carácter tributario. La cual sólo se facilitará,personalmente,al contribuyente o persona autorizada

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