Ayuntamiento de Zaragoza

  • DESCRIPCIÓN

    Las referencias normativas efectuadas en otras disposiciones al texto articulado de la Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial, aprobado por el Real Decreto Legislativo 339/1990, de 2 de marzo, se entenderán efectuadas a los preceptos correspondientes del Real Decreto Legislativo 6/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial.

    La DEV (Dirección Electrónica Vial) es un buzón electrónico a través del que los titulares de permisos de circulación y/o conducción, tanto personas jurídicas como personas físicas, pueden recibir vía Internet las notificaciones de procedimientos sancionadores de la DGT y de las Administraciones con competencias sancionadoras en materia de tráfico (como el Ayuntamiento de Zaragoza).

    Con la DEV sólo llegarán a su buzón electrónico las notificaciones de tráfico y seguridad vial de los emisores suscritos al sistema con competencias en materia de tráfico. En el momento de darse de alta en la DEV está autorizando a recibir notificaciones, sólo y exclusivamente por esta vía electrónica, de la Dirección General de Tráfico, de la Dirección de Tráfico del Gobierno Vasco, del Servicio Catalán de Tráfico y de los Ayuntamientos adscritos al sistema.

    La DEV es gratuita y completamente voluntaria para los ciudadanos (persona físicas) y obligatoria para las personas jurídicas. El artículo 60 del texto refundido de la ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a motor y Seguridad vial, establece que se asignará a todos los titulares de una autorización administrativa para conducir o para circular una Dirección Electrónica Vial, y que esta asignación, que también alcanza a los arrendatarios a largo plazo, es obligatoria para las personas jurídicas.

    Para poder darse de alta en la DEV, poder consultar las notificaciones, darse de baja, etc., debe tener instalado previamente un certificado digital en su navegador o bien instalado e insertado el DNI- e en el lector de tarjetas inteligentes de su ordenador.

    El envío de la notificación al buzón electrónico se complementa con un aviso a su correo electrónico y, si lo desea, con un SMS a su teléfono móvil.

    En la DEV recibe notificaciones de la DGT y de otras Administraciones con competencias sancionadoras. El pago de la multa deberá realizarlo en la página web u oficina del emisor de la notificación. Ejemplo: Si recibe una multa del Ayuntamiento de Zaragoza, para realizar el pago por internet debe acceder a la página web del Ayuntamiento de Zaragoza. Igual si quiere interponer pliego de alegaciones, recurso de reposición o identificar al conductor en el momento de la infracción, dichos trámites los deberá de hacer desde la página web del Ayuntamiento de Zaragoza.

    ACCESO A LA DEV (DGT)

    SI TIENE PROBLEMAS CON EL ACCESO A LA DEV contacte con

    Dirigido a Personas Físicas, Personas Jurídicas

    Normativas

    Plazo Presentación

    Desde el momento en el que la notificación se pone a disposición del interesado en su buzón electrónico, este dispone de 10 días naturales para su lectura. Si no procediera a su lectura o rechazo mediante firma electrónica, en ese plazo, la notificación pasaría al estado de caducada continuando el procedimiento.

    Ya sea leído, rechazado o caducado, a partir de ese momento dispondrá del plazo legalmente establecido, según el momento procedimental del documento a notificar, para realizar las actuaciones que considere oportunas: veinte días naturales para alegar o pagar con bonificación si lo notificado ha sido un inicio de expediente sancionador, un mes para presentar recurso de reposición o interponer recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses ante la notificación de resolución sancionadora, etc...

    FORMAS DE TRAMITACIÓN

    Por Internet

    INICIAR TRÁMITE CON CERTIFICADO

    PROCESO:

    Para consultar las notificaciones recibidas en su DEV, deberá acceder al buzón electrónico asociado, siendo su titular el único que podrá:

    • Acceder al buzón electrónico. Donde encontrará todas las notificaciones recibidas.
    • Leer o rechazar la correspondencia. Antes de consultar sus notificaciones, se podrá decidir si leerlas o rechazarlas. En cualquier caso, esta decisión se enviará validada con su firma electrónica y fechada electrónicamente.
    • No hacer nada, es decir, no leer ni rechazar la notificación. En este caso, una vez transcurridos 10 días naturales, la notificación caduca, a partir de este momento cuenta con 20 días naturales para realizar actuaciones (pagar, presentar alegaciones...).
      Una vez caducada la notificación, puede acceder a su contenido sin necesidad de firmarla electrónicamente.
    • Organizar su correspondencia. Personalizando el orden de las notificaciones y su clasificación con etiquetas personales o borrándolas una vez leídas o rechazadas.

    ESTADOS

    Una notificación puede encontrarse en uno de los siguientes estados:

    • Pendiente, cuando el destinatario ha recibido la notificación en su buzón electrónico y está disponible para su aceptación y lectura, o rechazo.
    • Leída, si el destinatario ha accedido a la notificación y ha procedido a su lectura mediante firma electrónica.
    • Rechazada, si el destinatario ha decidido rechazar esa notificación de forma expresa mediante firma electrónica.
    • Caducada, transcurrido el plazo de 10 días naturales desde la puesta a disposición sin que haya leído o rechazado expresamente la notificación.

    Órgano Gestor

    Oficina de Trafico
    Avda. de la Policia Local, 2 - Zaragoza 50007

    • Tfno: 976 724 136 - Pago telefónico 976 723 523 (8,30 a 13, 30 h)
    • Fax: 976 723 519
    • E-mail: plz-multastrafico@zaragoza.es
    • Horario: De 8 a 14 h.(en días laborables)

  • DESCRIPCIÓN

    La obligación de pagar este impuesto nace como consecuencia de la realización, dentro del término municipal de Zaragoza, de cualquier construcción, instalación u obra para la que se exija la obtención de la correspondiente Licencia de obras o urbanística.

    Dirigido a Personas Físicas, Personas Jurídicas

    Normativas

    Pago

    Periodo de pago: El artículo 11.1a) de la vigente Ordenanza Fiscal nº 10 dispone que "cuando se conceda la licencia, los sujetos pasivos están obligados a practicar y abonar la autoliquidación por el impuesto, en el plazo de un mes a partir del momento en que le haya sido concedida la licencia."

    Base imponible, tipo de gravamen y cuota: La cuota tributaria o importe a pagar equivale al 4% del Presupuesto de Ejecución Material (P.E.M) expresado en Proyecto Técnico (excluída la partida "Seguridad y Salud") más el Presupuesto contenido en el Proyecto de Instalación, en su caso.
    Sin embargo, en aquellos casos en los que el Presupuesto de Ejecución Material sea inferior al Coste de Referencia; serán éstos últimos los que integren la base imponible del impuesto.

    Formas de pago:

    • En la Caja del Servicio de Recaudación. Edificio Seminario, planta baja, horario 08:30 a 13:30 horas. Se admite dinero en efectivo, tarjeta de crédito o débito (VISA o MASTERCARD) o cheque conformado a nombre del Ayuntamiento de Zaragoza.
    • En las siguientes Entidades Bancarias: Ibercaja, Bantierra, BBVA, Banco Santander y Caixa Bank, tanto de Zaragoza capital como de cualquier otro municipio.
    • No se admite la transferencia bancaria.

    FORMAS DE TRAMITACIÓN

    Presencial

    DOCUMENTACIÓN:

    Este impuesto se gestiona en régimen de autoliquidación, lo que implica dos cosas:

    • 1.El Ayuntamiento no envía al interesado carta de pago o factura alguna en concepto de este impuesto.
    • 2.El contribuyente ha de personarse, dentro del plazo previsto, en las ventanillas de Ingresos Urbanísticos y aportar debidamente rellenado el modelo 100. En el mismo acto se le proporcionará carta de pago que deberá abonar antes de que expire el plazo que se indica en el mismo documento.
    LUGAR DE PRESENTACIÓN:

    Sección de Ingresos Urbanísticos
    Vía Hispanidad, 20, Planta B - Zaragoza 50071

    Impresos relacionados

    Órgano Gestor

    Sección de Ingresos Urbanísticos
    Vía Hispanidad, 20, Planta B - Zaragoza 50071

  • DESCRIPCIÓN

    El pago de la Tasa por Obra Mayor se exige como requisito previo a la solicitud de Licencia de Obra Mayor.

    En aquellos casos en los que la Licencia a tramitar sea Urbanística y de Actividad o Apertura, el pago de ambas tasas se realizará conjuntamente en un mismo Modelo de Autoliquidación Tasas Urbanísticas en línea.

    Dirigido a Personas Físicas, Personas Jurídicas

    Normativas

    Pago

    Base Imponible, tipo de gravamen y cuota:

    La cuota tributaria o importe a pagar equivale al 1% del Presupuesto de Ejecución Material expresado en Proyecto Técnico (excluída la partida "Seguridad y Salud"). Sin embargo, en aquellos casos en los que la cuantía de los Costes de Referencia sea mayor que el P.E.M., el 1% se calculará sobre dichos Costes y no sobre el Presupuesto.

    Formas de Pago:

    • En la Caja del Servicio de Recaudación. Edificio Seminario, planta baja, horario 08:30 a 13:30 horas. Se admite dinero en efectivo, tarjeta de crédito o débito (VISA o MASTERCARD) o cheque conformado a nombre del Ayuntamiento de Zaragoza.
    • En la siguientes Entidades Bancarias: Ibercaja, Bantierra, BBVA, Banco Santander y Caixa Bank, tanto de Zaragoza capital como de cualquier otro municipio.
    • No se admite la transferencia bancaria.

    FORMAS DE TRAMITACIÓN

    Por Internet

    INICIAR TRÁMITE SIN CERTIFICADO

    INICIAR TRÁMITE CON CERTIFICADO

    PROCESO:

    Si dispone del DNI electrónico o de otro certificado electrónico admitido por el Ayuntamiento de Zaragoza (Fábrica Nacional de Moneda y Timbre ; Camerfirma) puede tramitar sus procedimientos por medios electrónicos, siguiendo los siguientes pasos:

    1. Que documentación tiene que enviar:
      • Si existe un impreso especifico (formato PDF) en el apartado "Impresos Relacionados" de la ficha descriptiva del Trámite, cumpliméntelo y guárdelo en su ordenador siguiendo las instrucciones para almacenar los impresos.
      • Si es necesario presentar alguna documentación adicional (ver apartado "Documentación" en la ficha descriptiva del Trámite) que está en soporte papel escanéela, preferiblemente en formato PDF, y guárdela también en su ordenador.
    2. Iniciar el procedimiento, seleccionar la opción realizar trámite con certificado electrónico (ver en la cabecera de la ficha descriptiva de trámite) y accederá a una instancia general, en la que deberá completar sus datos e indicar si quiere que las notificaciones se le hagan en "Mi Carpeta", es decir en un espacio de acceso restringido del que dispondrá en esta sede electrónica del Ayuntamiento de Zaragoza, o si prefiere que se le remitan en soporte papel.
      • Incorpore a la Instancia el impreso y la documentación adicional, si la hubiera, y pulse la opción Enviar.
      • A continuación, se le pedirá que firme su presentación y se pondrá a su disposición el correspondiente justificante, que podrá conservar en su ordenador, imprimir o consultar en su espacio "Mi Carpeta".
    DOCUMENTACIÓN:

    1. Modelo de Solicitud de Licencias Urbanísticas y otras solicitudes (Modelo 450).
    2. Presupuesto de Ejecución Material (PEM)
    3. Ficha de Costes de Referencia: descargue los modelos en el apartado de Impresos relacionados

    Presencial

    PROCESO:

    Advertencia: antes de realizar cualquier pago de tributos urbanísticos debe resolver sus dudas en el Servicio de Información y Atención al Ciudadano de Urbanismo.

    Nota: Las autoliquidaciones confeccionadas online, por los propios contribuyentes, no producen efecto alguno hasta el momento del pago. Lo que permite, en caso de error, elaborar una nueva autoliquidación. E incluso, utilizar este procedimiento como prueba para calcular el montante total de las tasas que se habrán de abonar por la tramitación de un concreto tipo de licencia. Independientemente de que, finalmente, se opte por acudir en persona a nuestras ventanillas de atención al público.

    DOCUMENTACIÓN:

    1. Modelo de Solicitud de Licencias Urbanísticas y otras solicitudes (Modelo 450).
    2. Presupuesto de Ejecución Material (PEM)
    3. Ficha de Costes de Referencia: descargue los modelos en el apartado de Impresos relacionados

    LUGAR DE PRESENTACIÓN:

    Sección de Ingresos Urbanísticos
    Vía Hispanidad, 20, Planta B - Zaragoza 50071

    Impresos relacionados

    Órgano Gestor

    Sección de Ingresos Urbanísticos
    Vía Hispanidad, 20, Planta B - Zaragoza 50071

  • DESCRIPCIÓN

    1. Tasa Urbanística por Obra Menor

    El control administrativo de las obras menores, de cuya realización es informado el Ayuntamiento a través de las comunicaciones y declaraciones responsables de los ciudadanos, conlleva el pago de la correspondiente tasa.

    Dicha tasa es una cuota fija cuyo importe está expresado en la Ordenanza Fiscal vigente en cada ejercicio.


    2. Impuesto sobre Construcciones en Obras Menores

    La obligación de pagar este impuesto nace como consecuencia de la realización, dentro del término municipal de Zaragoza, de cualquier construcción, instalación u obra para la que se exija la obtención de la correspondiente licencia de obras o urbanística.

    En el caso de las obras menores, el impuesto se ha de abonar con carácter previo a la comunicación o declaración responsable que realiza el ciudadano y mediante la cual éste informa al Ayuntamiento de su intención de ejecutar una determinada obra menor.

    La cuota tributaria resulta de aplicar a la base imponible el tipo de gravamen (4%). La base imponible está constituída por el presupuesto de la obra, salvo que el valor del Coste de Referencia fuera mayor; en cuyo caso será éste importe el que sirve de base para el cálculo de la cuota a ingresar.

    La autoliquidación que debe pagar el contribuyente comprende tanto la tasa por tramitación como el impuesto.

    Dirigido a Personas Físicas, Personas Jurídicas

    Normativas

    Pago

    • En la Caja del Servicio de Recaudación. Edificio Seminario, planta baja, horario 08:30 a 13:30 horas. Se admite dinero en efectivo, tarjeta de crédito o débito (VISA o MASTERCARD) o cheque conformado a nombre del Ayuntamiento de Zaragoza.
    • En las siguientes Entidades Bancarias: Ibercaja, Bantierra, BBVA, Banco Santander y Caixa Bank, tanto de Zaragoza capital como de cualquier otro municipio.
    • No se admite la transferencia bancaria.

    FORMAS DE TRAMITACIÓN

    Por Internet

    INICIAR TRÁMITE SIN CERTIFICADO

    INICIAR TRÁMITE CON CERTIFICADO

    PROCESO:

    Si dispone del DNI electrónico o de otro certificado electrónico admitido por el Ayuntamiento de Zaragoza (Fábrica Nacional de Moneda y Timbre ; Camerfirma) puede tramitar sus procedimientos por medios electrónicos, siguiendo los siguientes pasos:

    1. Que documentación tiene que enviar:
      • Si existe un impreso especifico (formato PDF) en el apartado "Impresos Relacionados" de la ficha descriptiva del Trámite, cumpliméntelo y guárdelo en su ordenador siguiendo las instrucciones para almacenar los impresos.
      • Si es necesario presentar alguna documentación adicional (ver apartado "Documentación" en la ficha descriptiva del Trámite) que está en soporte papel escanéela, preferiblemente en formato PDF, y guárdela también en su ordenador.
    2. Iniciar el procedimiento, seleccionar la opción realizar trámite con certificado electrónico (ver en la cabecera de la ficha descriptiva de trámite) y accederá a una instancia general, en la que deberá completar sus datos e indicar si quiere que las notificaciones se le hagan en "Mi Carpeta", es decir en un espacio de acceso restringido del que dispondrá en esta sede electrónica del Ayuntamiento de Zaragoza, o si prefiere que se le remitan en soporte papel.
      • Incorpore a la Instancia el impreso y la documentación adicional, si la hubiera, y pulse la opción Enviar.
      • A continuación, se le pedirá que firme su presentación y se pondrá a su disposición el correspondiente justificante, que podrá conservar en su ordenador, imprimir o consultar en su espacio "Mi Carpeta".
    DOCUMENTACIÓN:

    Presencial

    PROCESO:

    Advertencia: antes de realizar cualquier pago de tributos urbanísticos debe resolver sus dudas en el Servicio de Información y Atención al Ciudadano de Urbanismo.

    Nota: Las autoliquidaciones confeccionadas online, por los propios contribuyentes, no producen efecto alguno hasta el momento del pago. Lo que permite, en caso de error, elaborar una nueva autoliquidación. E incluso, utilizar este procedimiento como prueba para calcular el montante total de las tasas que se habrán de abonar por la tramitación de un concreto tipo de licencia. Independientemente de que, finalmente, se opte por acudir en persona a nuestras ventanillas de atención al público.

    DOCUMENTACIÓN:
    LUGAR DE PRESENTACIÓN:

    Sección de Ingresos Urbanísticos
    Vía Hispanidad, 20, Planta B - Zaragoza 50071

    Impresos relacionados

    Órgano Gestor

    Sección de Ingresos Urbanísticos
    Vía Hispanidad, 20, Planta B - Zaragoza 50071

  • DESCRIPCIÓN

    Desde el 1.02.2019 los SUJETOS OBLIGADOS A RELACIONARSE CON MEDIOS ELECTRÓNICOS CON LAS ADMINISTRACIONES PUBLICAS, conforme al art. 14 de la Ley 39/ 2015, que son:

    • Las personas jurídicas.
    • Las entidades sin personalidad jurídica.
    • Quienes ejerzan una actividad profesional para la que se requiera colegiación obligatoria, para los trámites y actuaciones que realicen con las Administraciones Públicas en ejercicio de dicha actividad profesional. En todo caso, dentro de este colectivo se entenderán incluidos los notarios y registradores de la propiedad y mercantiles.
    • Quienes representen a un interesado que esté obligado a relacionarse electrónicamente con la Administración.

    NOTA: Si las obras menores afectan a edificios o conjuntos urbanos incluidos en el Catálogo de Edificios Urbanos Protegidos del Plan General, edificios declarados Bien de Interés Cultural o dentro de su entorno, están sujetas a procedimiento de LICENCIA DE OBRA MENOR. La documentación es la misma que en el procedimiento de comunicación previa/declaración responsable, pero no podrán iniciarse las obras en tanto se autoricen las obras expresamente por el Ayuntamiento.

    La comunicación previa es aquel documento mediante el que los interesados ponen en conocimiento de la Administración municipal urbanística competente sus datos identificativos y demás requisitos exigibles para el ejercicio de un derecho o el inicio de una actividad, de acuerdo con lo establecido en el artículo 69 de la Ley 30/2015, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

    Están sujetas a comunicación previa la ejecución de obras menores, caracterizadas por su sencillez técnica y escasa entidad constructiva y económica, consistiendo normalmente en pequeñas obras de simple reparación, decoración, ornato o cerramiento, que no precisen proyecto técnico ni presupuesto elevado.

    En ningún caso suponen alteración de volumen o superficie construida, del uso permitido, reestructuración, distribución o modificación sustancial de elementos estructurales, arquitectónicos o comunes de un inmueble, del número de viviendas y locales, ni afectan a la estructura (pilares, vigas, etc.), o al diseño exterior o a las condiciones de habitabilidad o seguridad en el edificio o instalación, sino que se presentan como obras interiores o exteriores de pequeña importancia: enlucidos, pavimentación del suelo, revocos interiores, azoteas, terminaciones de fachada o elementos puntuales de urbanización (reposiciones de pavimentación, etc.) y otras similares.

    En particular, son obras menores comunicadas:

    • Obras menores de conservación y mantenimiento en las que concurran las circunstancias siguientes:
      • No precisen la colocación de andamios.
      • No se trate de edificaciones fuera de ordenación, o de edificios y conjuntos protegidos.
      • Se entenderán comprendidas en este apartado las obras de sustitución por otros idénticos de los edificios o de patios o medianeras que no den a la vía pública.

      • Obras de acondicionamiento menor en viviendas y locales:
        • En viviendas: obras de reforma parcial no estructural, reparación, renovación, modificación o sustitución de solados, techos, paredes, escayolas, chapados, instalación de fontanería, electricidad, calefacción, saneamiento y otros, pintura, estucado y demás revestimientos y carpintería interior, supresión de barreras arquitectónicas que permitan convertir las viviendas en accesibles o practicables, en las que concurran las circunstancias siguientes:
          • No impliquen la modificación sustancial de uso de vivienda o del número de unidades de viviendas.
          • No afecten, modifiquen o incidan en elementos comunes especialmente estructura y conductos generales, ni en el aspecto exterior de las edificaciones; ni se sobrepasen las sobrecargas con las que fueron calculadas.
          • No se trate de edificaciones fuera de ordenación o de edificios y conjuntos protegidos.
        • En locales: obras de modificación, reparación, renovación o sustitución en suelos, techos y paredes, revestimientos, instalaciones de fontanería, electricidad, calefacción, saneamiento, carpintería, etc. que no afectan a su distribución interior, ni estructura, ni a conductos generales, ni modificación de uso, ni impliquen una reducción de las condiciones de seguridad contra incendios, en relación con el cumplimiento de la normativa vigente (estabilidad y resistencia al fuego de elementos constructivos, instalaciones de detección, alarma y extinción, alumbrado de emergencia, etc.), por requerir en estos supuestos licencia de obras de acondicionamiento, en las que concurran las circunstancias siguientes:
          • No se trate de edificaciones fuera de ordenación, o de edificios y conjuntos protegidos.
          • No precisen la colocación de vallas o andamios.
          • No se trate de actividad clasificada, ni sujeta a la ley de espectáculos.
          • No sean considerados como pública concurrencia.
      • Obras exteriores que no afecten a elementos estructurales ni se refieran a la modificación general de fachada, como reparaciones parciales en paramento exterior de edificios (fachadas, balcones, elementos salientes) y otros elementos relativos a infraestructuras de los edificios. Deberán concurrir las siguientes circunstancias:
        • No precisen la colocación de andamios.
        • No afecten a edificios o conjuntos protegidos incluidos en el Catálogo de Edificios Urbanos Protegidos del Plan General.
        • No supongan cambio de los materiales de acabado de la fachada.
        • No impliquen riesgo para la seguridad y salud de los trabajadores y requieran Estudio Básico de Seguridad y Salud

        A título enumerativo comprende: reparación de portadas; canalizaciones e infraestructuras menores interiores de radiodifusión sonora, televisión, telefonía básica y otros servicios por cable en edificios; cambio de puertas y ventanas exteriores; en ningún caso, cierre de balcones, manteniendo la totalidad de las características; revocado, estucado y pintado de fachadas; reparación e impermeabilización de azoteas.

        En locales de planta baja, las obras que afecten al aspecto exterior no implicarán modificación de la fachada ni de los elementos comunes.

      • Acondicionamiento de espacios libres de parcela consistentes en ajardinamiento, pavimentación, implantación de bordillos, así como las instalaciones necesarias para su uso o conservación en espacios libres de dominio privado, salvo que se trate de parcelas incluidas en áreas o elementos protegidos siempre que no se afecte con las obras a ningún uso, servicio o instalación pública.
      • Limpieza, desbroce y nivelación de solares, con las mismas limitaciones del apartado anterior, y no se altere el nivel natural del terreno, ni la tala de árboles.
      • Reparación de pasos o badenes autorizados en aceras para facilitar el acceso de vehículos.
      • Cualesquiera otras obras de pequeña entidad no especificadas en los apartados anteriores, siempre que no supongan modificaciones arquitectónicas exteriores del edificio, modificaciones estructurales de los inmuebles, o reforma integral de locales, por tener éstas la calificación de obras mayores.

    Dirigido a Personas Físicas, Personas Jurídicas, Empresas

    Normativas

    Pago

    Según marcan las siguientes Ordenanzas Fiscales:

    • Ordenanza Fiscal 13 sobre Tasas Urbanísticas. AVISO: Exención de la tasa de 8,20 euros al realizarla telemáticamente, salvo sujetos obligados a relacionarse con la Administración de forma telemática.
    • Ordenanza Fiscal 10 sobre el Impuesto sobre Construcciones, Instalaciones y Obras (4% del presupuesto presentado de la obra sin IVA)

    Plazo Resolución

    Las comunicaciones previas producirán los efectos que se determinen en cada caso por la legislación correspondiente y permiten el reconocimiento o ejercicio de un derecho, desde el día de su presentación, sin perjuicio de las facultades de comprobación, control e inspección que tengan atribuidas las Administraciones Públicas. Las obras menores deberán realizarse en el plazo de seis meses desde la fecha de la comunicación; transcurrido este plazo se entienden caducadas, salvo que el interesado solicite prórroga o aplazamiento para la ejecución de las obras interrumpiendo el cómputo del plazo. Este procedimiento concluirá con la resolución quedando enterado de la comunicación, trasladando al interesado un documento descriptivo de las mismas.

    FORMAS DE TRAMITACIÓN

    Por Internet

    INICIAR TRÁMITE CON CERTIFICADO

    PROCESO:

    Si dispone del DNI electrónico o de otro certificado electrónico admitido por el Ayuntamiento de Zaragoza (Fábrica Nacional de Moneda y Timbre ; Camerfirma) puede tramitar sus procedimientos por medios electrónicos, siguiendo los siguientes pasos:

    1. Que documentación tiene que enviar:
      • Si existe un impreso especifico (formato PDF) en el apartado "Impresos Relacionados" de la ficha descriptiva del Trámite, cumpliméntelo y guárdelo en su ordenador siguiendo las instrucciones para almacenar los impresos.
      • Si es necesario presentar alguna documentación adicional (ver apartado "Documentación" en la ficha descriptiva del Trámite) que está en soporte papel escanéela, preferiblemente en formato PDF, y guárdela también en su ordenador.
    2. Iniciar el procedimiento, seleccionar la opción realizar trámite con certificado electrónico (ver en la cabecera de la ficha descriptiva de trámite) y accederá a una instancia general, en la que deberá completar sus datos e indicar si quiere que las notificaciones se le hagan en "Mi Carpeta", es decir en un espacio de acceso restringido del que dispondrá en esta sede electrónica del Ayuntamiento de Zaragoza, o si prefiere que se le remitan en soporte papel.
      • Incorpore a la Instancia el impreso y la documentación adicional, si la hubiera, y pulse la opción Enviar.
      • A continuación, se le pedirá que firme su presentación y se pondrá a su disposición el correspondiente justificante, que podrá conservar en su ordenador, imprimir o consultar en su espacio "Mi Carpeta".
    Procedimiento
    DOCUMENTACIÓN:
    • Instancia-formulario normalizada (Modelo 430).
    • Fotocopia del NIF / DNI / NIE
    • Acreditación de representación, en su caso, tanto a título particular, legal o profesional.
    • Justificación de pago electrónico o copia de documento de ingreso de la autoliquidación de tasa e I.C.I.O (Ordenanzas Fiscales 10 y 13).
    • Memoria / descripción de la actuación a realizar. (Plano de emplazamiento referido a PGOUZ (aplicación SIGGURZ en web: zaragoza.es), en el caso de que no se disponga de asignación de calle y nº en el callejero oficial).
    • Presupuesto detallado por partidas, incluyendo materiales y mano de obra y, en su caso, Modelo 5 de Costes de Referencia de obras en viviendas que no requieren técnico.
    • Fotografía en color de la zona de actuación (excepto en interior de viviendas). En los locales se añadirá fotografía del exterior.

    Presencial

    PROCESO:
    • Cumplimentar la solicitud de Comunicación Previa (modelo 430)
    • Autoliquidación de las tasas en linea e ICIO. (puede realizarla desde estas páginas).
    • Pago de la autoliquidación de la tasa e ICIO. Puede abonarse en Caja (El horario es de 8:30 a 13:00 h) o en cualquier entidad bancaria
    • Entrega de documentación.
    DOCUMENTACIÓN:
    • Instancia-formulario normalizada (Modelo 430).
    • Fotocopia del NIF / DNI / NIE
    • Acreditación de representación, en su caso, tanto a título particular, legal o profesional.
    • Justificación de pago electrónico o copia de documento de ingreso de la autoliquidación de tasa e I.C.I.O (Ordenanzas Fiscales 10 y 13).
    • Memoria / descripción de la actuación a realizar. (Plano de emplazamiento referido a PGOUZ (aplicación SIGGURZ en web: zaragoza.es), en el caso de que no se disponga de asignación de calle y nº en el callejero oficial).
    • Presupuesto detallado por partidas, incluyendo materiales y mano de obra y, Modelo 5 de Costes de Referencia de obras en viviendas que no requieren técnico.
    • Fotografía en color de la zona de actuación (excepto en interior de viviendas). En los locales se añadirá fotografía del exterior.

    LUGAR DE PRESENTACIÓN:

    Información Municipal de Urbanismo
    Vía Hispanidad, 20, Planta B - Zaragoza 50071

    • Tfno: Atención presencial
    • Fax: 976 721074
    • E-mail: informacionurbanismo@zaragoza.es
    • Horario:
      • Información General de Urbanismo: de 08:30 a 14:00 h. (La solicitud de turno para atención presencial finaliza a las 13:30)
      • Información Técnica de Urbanismo: Cita Previa
      • Registro de Urbanismo: 08:30 a 13:30 h.
      • Ingresos urbanísticos (caja): de 8,30 a 13 h.

    Impresos relacionados

    Órgano Gestor

    Servicio de Información y Atención al Ciudadano
    Vía Hispanidad, 20, Planta 0 - Zaragoza 50071

    • Tfno: Información presencial
    • Fax: 976 721 074
    • E-mail: informacionurbanismo@zaragoza.es
    • Horario: Lunes a viernes: de 8,30 a 14 h. (Solicitud de turno para atención presencial hasta las 13,30 h.)

  • DESCRIPCIÓN

    NOTA: Si las obras menores afectan a edificios o conjuntos urbanos incluidos en el Catálogo de Edificios Urbanos Protegidos del Plan General, edificios declarados Bien de Interés Cultural o dentro de su entorno, están sujetas a procedimiento de LICENCIA DE OBRA MENOR. La documentación es la misma que en el procedimiento de comunicación previa/declaración responsable, pero no podrán iniciarse las obras en tanto se autoricen las obras expresamente por el Ayuntamiento.

    La declaración responsable es el documento suscrito por un interesado en el que manifiesta, bajo su responsabilidad, que cumple con los requisitos establecidos en la normativa vigente para acceder al reconocimiento de un derecho o facultad o para su ejercicio, que dispone de la documentación que así lo acredita y que se compromete a mantener su cumplimiento durante el periodo de tiempo inherente a dicho reconocimiento o ejercicio. Estos requisitos estarán recogidos de manera expresa y clara en la correspondiente declaración responsable.

    Las declaraciones responsables producirán los efectos que se determinen en cada caso por la legislación correspondiente y permiten el reconocimiento o ejercicio de un derecho, desde el día de su presentación, sin perjuicio de las facultades de comprobación, control e inspección que tengan atribuidas las Administraciones Públicas.

    Están sujetas a declaración responsable:

    1. La ejecución de obras menores, que conlleven condiciones de seguridad o protección, por necesitar colocación de andamios (que deberán tramitarse conjuntamente), tratarse de edificaciones fuera de ordenación, o requerir a juicio de los servicios técnicos dirección facultativa o justificaciones técnicas. A título enunciativo, son obras menores sujetas a declaración responsable:
      • En viviendas: obras de reforma parcial no estructural, reparación, renovación, modificación o sustitución de solados, techos, paredes, escayolas, chapados, instalación de fontanería, electricidad, calefacción, saneamiento y otros, pintura, estucado y demás revestimientos y carpintería interior, supresión de barreras arquitectónicas que permitan convertir las viviendas en accesibles o practicables, en las que concurran las circunstancias siguientes:
        • No impliquen la modificación sustancial de uso de vivienda o del número de unidades de viviendas.
        • No afecten, modifiquen o incidan en elementos comunes especialmente estructura y conductos generales, ni en el aspecto exterior de las edificaciones; ni se sobrepasen las sobrecargas con las que fueron calculadas,que puedan afectar al aspecto exterior (como cambio de carpinterías), o que requieran informe previo de Patrimonio e instalaciones de aire acondicionado, cumpliendo la normativa urbanística vigente.
      • En locales las obras de modificación, reparación, renovación o sustitución en suelos, techos y paredes, revestimientos, instalaciones de fontanería, electricidad, calefacción, saneamiento, carpintería, etc. que no afectan a su distribución interior, ni estructura, ni a conductos generales, ni modificación de uso, ni impliquen una reducción de las condiciones de seguridad contra incendios, en relación con el cumplimiento de la normativa vigente (estabilidad y resistencia al fuego de elementos constructivos, instalaciones de detección, alarma y extinción, alumbrado de emergencia, etc.), por requerir en estos supuestos licencia de obras de acondicionamiento. Siempre que no afecten al aislamiento acústico, que precisen vallas y/o andamios, o se traten de actividades clasificadas o sujetas a ley de espectáculos o pública concurrencia, o tengan por objeto la supresión de barreras arquitectónicas.
      • Obras exteriores: las obras de acondicionamiento menor que no afecten a elementos estructurales ni se refieran a la modificación general de fachada, como reparaciones parciales en paramento exterior de edificios (fachadas, balcones, elementos salientes) y otros elementos relativos a infraestructuras de los edificios, que precisen andamios, o necesiten Estudio Básico de Seguridad y Salud (como reparación de aleros, con o sin canalón, revocado, estucado y pintado de fachadas, balcones y cuerpos salientes); reparación y sustitución de bajantes de agua; pequeños anuncios luminosos en fachada; armaduras para sostener toldos; reparación de marquesinas; retejado de cubierta (las obras de restauración del tejado no supondrán el cambio de la estructura, distribución del mismo, pendiente o materiales existentes), etc.
    2. Supresión de barreras arquitectónicas e instalación de ayudas técnicas que no afecten a elementos estructurales (sillas salvaescaleras en dominio privado y obras en zaguanes) siempre que se justifique el cumplimiento de la normativa vigente relativa a supresión de barreras arquitectónicas (DB-SUA Seguridad de utilización y accesibilidad del CTE), que no afectan estructuralmente al edificio, no modifican la distribución existente y no menoscaban las condiciones de seguridad preexistentes conforme DB-SI (Seguridad en caso de incendio) del CTE.
    3. Realización de sondeos y prospecciones en terrenos de dominio privado u otros trabajos previos y ensayos a las obras de construcción, bajo dirección facultativa, consistentes en la realización de ensayos para el conocimiento del comportamiento estructural de una edificación.
    4. Apertura de zanjas y catas en terrenos privados para la exploración de cimientos que se realicen bajo dirección facultativa. La obtención de autorización de las que se realicen en terreno de dominio público se ajustará a lo establecido en su regulación específica.
    5. Cerramiento, vallado de obras, fincas o solares con postecillos y mallas, sin perjuicio del cumplimiento de la normativa específica.
    6. Elementos auxiliares y complementarios de la construcción:
      • Aparatos elevadores de materiales, silos, casetas de obra para trabajadores, etc. se situarán preferentemente en el interior del edificio o solar. Excepcionalmente y en caso de imposibilidad, se situará en vía pública dentro de la valla de protección, justificando esta circunstancia por el técnico director de obra.
      • Plataformas elevadoras y andamios eléctricos, dentro de la valla de protección.

    Desde el 1.02.2019 los SUJETOS OBLIGADOS A RELACIONARSE CON MEDIOS ELECTRÓNICOS CON LAS ADMINISTRACIONES PUBLICAS, conforme al art. 14 de la Ley 39/ 2015, que son:

    • Las personas jurídicas.
    • Las entidades sin personalidad jurídica.
    • Quienes ejerzan una actividad profesional para la que se requiera colegiación obligatoria, para los trámites y actuaciones que realicen con las Administraciones Públicas en ejercicio de dicha actividad profesional. En todo caso, dentro de este colectivo se entenderán incluidos los notarios y registradores de la propiedad y mercantiles.
    • Quienes representen a un interesado que esté obligado a relacionarse electrónicamente con la Administración.

    Dirigido a Personas Físicas, Personas Jurídicas, Empresas

    Normativas

    Pago

    • Tasa según Ordenanza Fiscal 13. AVISO: Exención de la tasa de 8,20 euros al realizarla telemáticamente, salvo sujetos obligados a relacionarse con la Administración de forma telemática.
    • Impuesto sobre Construcciones, Instalaciones y Obras (4% del presupuesto presentado de la obra sin IVA) según Ordenanza Fiscal 10.

    Plazo Resolución

    Las declaraciones responsables producirán los efectos que se determinen en cada caso por la legislación correspondiente y permiten el reconocimiento o ejercicio de un derecho, desde el día de su presentación, sin perjuicio de las facultades de comprobación, control e inspección que tengan atribuidas las Administraciones Públicas.

    Las obras menores deberán realizarse en el plazo de seis meses desde la fecha de la comunicación; transcurrido este plazo se entienden caducadas, salvo que el interesado solicite prórroga o aplazamiento para la ejecución de las obras interrumpiendo el cómputo del plazo.

    Este procedimiento concluirá con la resolución quedando enterado de la declaración, trasladando al interesado un documento descriptivo de las mismas.

    FORMAS DE TRAMITACIÓN

    Por Internet

    INICIAR TRÁMITE CON CERTIFICADO

    PROCESO:

    Si dispone del DNI electrónico o de otro certificado electrónico admitido por el Ayuntamiento de Zaragoza (Fábrica Nacional de Moneda y Timbre ; Camerfirma) puede tramitar sus procedimientos por medios electrónicos, siguiendo los siguientes pasos:

    1. Que documentación tiene que enviar:
      • Si existe un impreso especifico (formato PDF) en el apartado "Impresos Relacionados" de la ficha descriptiva del Trámite, cumpliméntelo y guárdelo en su ordenador siguiendo las instrucciones para almacenar los impresos.
      • Si es necesario presentar alguna documentación adicional (ver apartado "Documentación" en la ficha descriptiva del Trámite) que está en soporte papel escanéela, preferiblemente en formato PDF, y guárdela también en su ordenador.
    2. Iniciar el procedimiento, seleccionar la opción realizar trámite con certificado electrónico (ver en la cabecera de la ficha descriptiva de trámite) y accederá a una instancia general, en la que deberá completar sus datos e indicar si quiere que las notificaciones se le hagan en "Mi Carpeta", es decir en un espacio de acceso restringido del que dispondrá en esta sede electrónica del Ayuntamiento de Zaragoza, o si prefiere que se le remitan en soporte papel.
      • Incorpore a la Instancia el impreso y la documentación adicional, si la hubiera, y pulse la opción Enviar.
      • A continuación, se le pedirá que firme su presentación y se pondrá a su disposición el correspondiente justificante, que podrá conservar en su ordenador, imprimir o consultar en su espacio "Mi Carpeta".
    Procedimiento
    DOCUMENTACIÓN:
    • Instancia-formulario normalizada (Modelo 440).
    • Fotocopia del NIF / DNI / NIE
    • Acreditación de representación, en su caso, tanto a título particular, legal o profesional.
    • Justificación de pago electrónico o copia de documento de ingreso de la autoliquidación de tasa e I.C.I.O (Ordenanzas Fiscales 10 y 13)
    • Memoria / descripción de la actuación a realizar. (Plano de emplazamiento referido a PGOUZ (aplicación SIGGURZ en web: zaragoza.es), en el caso de que no se disponga de asignación de calle y nº en el callejero oficial).
    • Presupuesto detallado por partidas, incluyendo materiales y mano de obra y, en su caso, Modelo 5 de Costes de Referencia de obras en viviendas que no requieren técnico.
    • Fotografía en color de la zona de actuación (excepto en interior de viviendas). En los locales se añadirá fotografía del exterior.
    • Estudio Básico de Seguridad y Salud en aquellas obras con riesgo de trabajo en altura.

    DOCUMENTACIÓN ESPECÍFICA:

    Presencial

    PROCESO:
    DOCUMENTACIÓN:
    • Instancia-formulario normalizada (Modelo 440).
    • Fotocopia del NIF / DNI / NIE
    • Acreditación de representación, en su caso, tanto a título particular, legal o profesional.
    • Justificación de pago electrónico o copia de documento de ingreso de la autoliquidación de tasa e I.C.I.O (Ordenanzas Fiscales 10 y 13)
    • Memoria / descripción de la actuación a realizar. (Plano de emplazamiento referido a PGOUZ (aplicación SIGGURZ en web: zaragoza.es), en el caso de que no se disponga de asignación de calle y nº en el callejero oficial).
    • Presupuesto detallado por partidas, incluyendo materiales y mano de obra y, Modelo 5 de Costes de Referencia de obras en viviendas que no requieren técnico.
    • Fotografía en color de la zona de actuación (excepto en interior de viviendas). En los locales se añadirá fotografía del exterior.
    • Estudio Básico de Seguridad y Salud en aquellas obras con riesgo de trabajo en altura.

    DOCUMENTACIÓN ESPECÍFICA:

    LUGAR DE PRESENTACIÓN:

    Información Municipal de Urbanismo
    Vía Hispanidad, 20, Planta B - Zaragoza 50071

    • Tfno: Atención presencial
    • Fax: 976 721074
    • E-mail: informacionurbanismo@zaragoza.es
    • Horario:
      • Información General de Urbanismo: de 08:30 a 14:00 h. (La solicitud de turno para atención presencial finaliza a las 13:30)
      • Información Técnica de Urbanismo: Cita Previa
      • Registro de Urbanismo: 08:30 a 13:30 h.
      • Ingresos urbanísticos (caja): de 8,30 a 13 h.

    Impresos relacionados

    Órgano Gestor

    Servicio de Información y Atención al Ciudadano
    Vía Hispanidad, 20, Planta 0 - Zaragoza 50071

    • Tfno: Información presencial
    • Fax: 976 721 074
    • E-mail: informacionurbanismo@zaragoza.es
    • Horario: Lunes a viernes: de 8,30 a 14 h. (Solicitud de turno para atención presencial hasta las 13,30 h.)

  • DESCRIPCIÓN

    Resulta necesario fijar un procedimiento general, con los criterios generales y determinaciones básicas, para la tramitación de las autorizaciones que se refieren a las actuaciones musicales protagonizadas, habitualmente, por personas que individualmente o en grupo y sin constituir aquella una actividad comercial, interpretan sus canciones en espacios de titularidad o uso público, y que no se integran en las fiestas patronales o eventos especiales, que tienen su propia tramitación y autorización específica.

    Igualmente dicho procedimiento debe hacerse extensible a aquellas actuaciones de carácter artístico, tales como mimo, esculturas vivientes, títeres y marionetas, teatro, malabares, caricaturistas, retratistas, y otras análogas, que pretendan llevarse a cabo en el dominio público municipal, tanto de forma individualizada como en grupo.

    Asimismo se establecerá un procedimiento especial que atenderá, de forma excepcional, a aquellas actuaciones, tanto artísticas como musicales que, en los mismos términos que las anteriores, su solicitud demande otras zonas (especialmente en zonas peatonales de barrios), y puedan presentarse de forma extemporánea y por un periodo de duración igual o inferior al año. Dichas solicitudes deberán presentarse con una antelación, de al menos 20 días, a la fecha en la que está prevista su celebración.

    El objetivo y propósito de tales procedimientos es conciliar las manifestaciones artísticas y musicales que aportan colorido, animación y diversión a nuestras calles, con la convivencia y el derecho al descanso del resto de los vecinos, promoviendo para ello unos requisitos estándares mínimos de calidad de los participantes, la preservación de los niveles sonoros ambientales, y evitando prácticas nocivas y molestas para el ciudadano como la mendicidad encubierta, ruidos excesivos o dificultando el tránsito de viandantes por las aceras y espacios peatonales en espacios no apropiados, que en ocasiones poco o nada tienen que ver con la música o actuaciones artísticas.

    MÁS INFORMACIÓN

    • En el Decreto que aparece en el apartado de Normativa

    Dirigido a Personas Físicas

    Requisitos

    Las licencias se otorgarán a los solicitantes que reúnan las condiciones siguientes:

    • a) Ser persona física
    • b) No estar incurso en causa de incapacidad o incompatibilidad establecida en la Ley
    • c) En el caso de extranjeros, estar en posesión de los correspondientes permisos de residencia
    • d) Acreditar la solvencia económica, mediante la constitución del depósito previo de la tasa que se refiere el apartado SEXTO del Decreto
    • e) Acreditar la solvencia profesional mediante la documentación contenida en la MEMORIA DESCRIPTIVA en los términos a que se refiere el apartado QUINTO (5.3) del Decreto.

    Normativas

    Pago

    • Según tasa establecida en el epígrafe 25.5.3.2 de la Ordenanza Fiscal 25 y y el apartado Sexto del Decreto

    Plazo Presentación

    • El plazo para la presentación del modelo normalizado que figura en el ANEXO IV del Decreto será de treinta días naturales contados desde la publicación del presente Decreto en el Boletín Oficial de la Provincia de Zaragoza (BOPZ).
    • Publicado en el BOPZ nº 296, de 27.12.2018

    FORMAS DE TRAMITACIÓN

    Presencial

    DOCUMENTACIÓN:

    Los interesados en obtener licencia para el año 2019, que autorice la realización de actuaciones musicales o artísticas en las zonas definidas en el epígrafe TERCERO del Decreto, deberán presentar la solicitud conforme a las siguientes prescripciones:

    • Modelo de solicitud (descargable en el apartado de Impresos relacionados). En la solicitud reseñada el interesado deberá indicar sus datos personales (nombre y apellidos, DNI, domicilio), actuación musical o artística en la que solicita participar, señalando obligatoriamente como medios, a efectos de comunicaciones con la Administración, teléfono de contacto (móvil), dirección electrónica (email) y/o fax. La omisión y/o error en la designación de dichos medios dará lugar a la inadmisión de las solicitudes presentadas.
    • Por cada domicilio solamente se admitirán como máximo dos solicitudes.
    • D.N.I. en vigor del solicitante, que deberá ser persona física.
    • Memoria Descriptiva:
      • Descripción del tipo de actuación musical que se realiza (género, repertorio etc), con indicación del número y modalidad de instrumentos a utilizar.
      • Número de integrantes del grupo musical, en su caso, con su nombre, apellidos y DNI.
      • Fotografía del solista o grupo
      • Periodo ANUAL, para el que se solicita la autorización.
      • Indicación de la zona para la que se solicita la autorización y superficie ocupada.

    Si se comprobase que alguna de las solicitudes no aporta la documentación antes señalada, se requerirá al interesado para que en un plazo de DIEZ DIAS HÁBILES acompañe los documentos preceptivos, con indicación de que si así no lo hiciera, se le tendrá por desistido de su petición archivándose en la forma establecida en el art. 68 de la Ley 39/2015 de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.)

    LUGAR DE PRESENTACIÓN:

    Oficina de Registro Plaza del Pilar
    Pza. del Pilar , 18, Planta B - Zaragoza 50003

    • Tfno: 976 721234 - 010
    • Horario:
      • De lunes a viernes: de 8,30 a 13,00 h.
      • Días inhábiles para 2019: cerrado los sábados, domingos y los declarados festivos. En concreto: 1, 7 y 29 enero, 5 marzo, 18, 19 y 23 abril, 1 mayo, 15 agosto, 12 octubre, 1noviembre, 6, 9 y 25 diciembre.

    Oficina de Registro Seminario
    Vía Hispanidad, 20, Planta B - Zaragoza 50071

    • Tfno: 976 721234 - 010
    • Horario:
      • De lunes a viernes: de 8,30 a 14,30 h. y de 16,10 a 18,50
      • Días inhábiles para 2019: cerrado los sábados, domingos y los declarados festivos. En concreto: 1, 7 y 29 enero, 5 marzo, 18, 19 y 23 abril, 1 mayo, 15 agosto, 12 octubre, 1 noviembre, 6, 9 y 25 diciembre.

    Impresos relacionados

    Órgano Gestor

    Coordinación General del Area de Servicios Publicos
    Pza. del Pilar , 18, Planta 2 - Zaragoza 50003

    • Tfno: 976 721124
    • Fax: 976 724827

  • DESCRIPCIÓN

    Los servicios que presta son los siguientes:

    • Información al contribuyente de forma presencial, telefónica y telemática sobre los tributos municipales (impuestos y tasas), dónde y cómo se tramitan, así como la forma, el lugar y el plazo de pago.
    • Asistencia personalizada en consultas tributarias e información al contribuyente sobre su situación fiscal.

    Trámites municipales:

    Dirigido a Personas Físicas, Personas Jurídicas, Empresas

    FORMAS DE TRAMITACIÓN

    Por Internet

    INICIAR TRÁMITE SIN CERTIFICADO

    Presencial

    LUGAR DE PRESENTACIÓN:

    Atención al Contribuyente
    Vía Hispanidad, 20, Planta 1ª - Zaragoza 50071

    Órgano Gestor

    Departamento de Hacienda y Economia
    Pza. del Pilar , 18 - Zaragoza 50003

    • Tfno: 976 721130
    • Fax: 976 721113

  • DESCRIPCIÓN

    Es una oficina de gestión administrativa que realiza funciones relacionadas con materias urbanísticas de la Ciudad y sus Barrios. Dispone de medios informáticos y tecnológicos adecuados a las necesidades del ciudadano, permitiendo la atención presencial, telefónica, por fax y correo electrónico con el fin de adaptarse a las necesidades particulares.

    • Información general relativa a la Gerencia de Urbanismo
    • Información técnica
    • Registro General de Urbanismo
    • Actuaciones de Gestión:
      • Recepción y comprobación de solicitudes de licencias; comunicaciones previas y declaraciones responsables.
      • Tramitación de comunicaciones previas y declaraciones responsables de obra menor, y vallas y andamios.
    • Gestión de cita previa.

    Dirigido a Personas Físicas, Personas Jurídicas

    FORMAS DE TRAMITACIÓN

    Presencial

    LUGAR DE PRESENTACIÓN:

    Información Municipal de Urbanismo
    Vía Hispanidad, 20, Planta B - Zaragoza 50071

    • Tfno: Atención presencial
    • Fax: 976 721074
    • E-mail: informacionurbanismo@zaragoza.es
    • Horario:
      • Información General de Urbanismo: de 08:30 a 14:00 h. (La solicitud de turno para atención presencial finaliza a las 13:30)
      • Información Técnica de Urbanismo: Cita Previa
      • Registro de Urbanismo: 08:30 a 13:30 h.
      • Ingresos urbanísticos (caja): de 8,30 a 13 h.

    Por Teléfono

    Teléfono: 976 721075
    Fax: 976 721074

    Por Correo

    Dirección: Correo electrónico

    Órgano Gestor

    Servicio de Información y Atención al Ciudadano
    Vía Hispanidad, 20, Planta 0 - Zaragoza 50071

    • Tfno: Información presencial
    • Fax: 976 721 074
    • E-mail: informacionurbanismo@zaragoza.es
    • Horario: Lunes a viernes: de 8,30 a 14 h. (Solicitud de turno para atención presencial hasta las 13,30 h.)

  • DESCRIPCIÓN

    Existen tantas tasas como trámites urbanísticos se pueden realizar.

    La autoliquidación en línea le permite al contribuyente, no sólo cumplimentar las tasas hasta ahora explicadas, sino también otras muchas. De entre ellas destacamos, por su frecuencia, las siguientes:

    • Tasa por Licencia de Ocupación.
    • Tasa por Licencia de Badenes.
    • Tasa por Parcelaciones.
    • Tasa por Expedición de Certificados Urbanísticos.
    • Tasa por Alineaciones y Rasantes.

    Para otro tipo de tasas, consultar en la ventanilla de Ingresos Urbanísticos.

    Dirigido a Personas Físicas, Personas Jurídicas

    Normativas

    Pago

    • En la Caja del Servicio de Recaudación. Edificio Seminario, planta baja, horario 08:30 a 13:30 horas. Se admite dinero en efectivo, tarjeta de crédito o débito (VISA o MASTERCARD) o cheque conformado a nombre del Ayuntamiento de Zaragoza.
    • En las siguientes Entidades Bancarias: Ibercaja, Bantierra, BBVA, Banco Santander y Caixa Bank, tanto de Zaragoza capital como de cualquier otro municipio.
    • No se admite la transferencia bancaria.

    FORMAS DE TRAMITACIÓN

    Por Internet

    INICIAR TRÁMITE SIN CERTIFICADO

    INICIAR TRÁMITE CON CERTIFICADO

    PROCESO:

    Si dispone del DNI electrónico o de otro certificado electrónico admitido por el Ayuntamiento de Zaragoza (Fábrica Nacional de Moneda y Timbre ; Camerfirma) puede tramitar sus procedimientos por medios electrónicos, siguiendo los siguientes pasos:

    1. Que documentación tiene que enviar:
      • Si existe un impreso especifico (formato PDF) en el apartado "Impresos Relacionados" de la ficha descriptiva del Trámite, cumpliméntelo y guárdelo en su ordenador siguiendo las instrucciones para almacenar los impresos.
      • Si es necesario presentar alguna documentación adicional (ver apartado "Documentación" en la ficha descriptiva del Trámite) que está en soporte papel escanéela, preferiblemente en formato PDF, y guárdela también en su ordenador.
    2. Iniciar el procedimiento, seleccionar la opción realizar trámite con certificado electrónico (ver en la cabecera de la ficha descriptiva de trámite) y accederá a una instancia general, en la que deberá completar sus datos e indicar si quiere que las notificaciones se le hagan en "Mi Carpeta", es decir en un espacio de acceso restringido del que dispondrá en esta sede electrónica del Ayuntamiento de Zaragoza, o si prefiere que se le remitan en soporte papel.
      • Incorpore a la Instancia el impreso y la documentación adicional, si la hubiera, y pulse la opción Enviar.
      • A continuación, se le pedirá que firme su presentación y se pondrá a su disposición el correspondiente justificante, que podrá conservar en su ordenador, imprimir o consultar en su espacio "Mi Carpeta".
    DOCUMENTACIÓN:

    Aquella que sea necesaria para determinar, en cada caso, el tipo de tasa.

    Presencial

    DOCUMENTACIÓN:

    Aquella que sea necesaria para determinar, en cada caso, el tipo de tasa.

    LUGAR DE PRESENTACIÓN:

    Sección de Ingresos Urbanísticos
    Vía Hispanidad, 20, Planta B - Zaragoza 50071

    Órgano Gestor

    Sección de Ingresos Urbanísticos
    Vía Hispanidad, 20, Planta B - Zaragoza 50071

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Empresa participante en Cuatrecasas ACELERA en colaboración con Telefónica Open Future.