Obtención de Licencia para la realización de Actuaciones Musicales o Artísticas en el dominio público de Zaragoza (2019)

Actualizado el 21 de mayo de 2020
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DESCRIPCIÓN

Resulta necesario fijar un procedimiento general, con los criterios generales y determinaciones básicas, para la tramitación de las autorizaciones que se refieren a las actuaciones musicales protagonizadas, habitualmente, por personas que individualmente o en grupo y sin constituir aquella una actividad comercial, interpretan sus canciones en espacios de titularidad o uso público, y que no se integran en las fiestas patronales o eventos especiales, que tienen su propia tramitación y autorización específica.

Igualmente dicho procedimiento debe hacerse extensible a aquellas actuaciones de carácter artístico, tales como mimo, esculturas vivientes, títeres y marionetas, teatro, malabares, caricaturistas, retratistas, y otras análogas, que pretendan llevarse a cabo en el dominio público municipal, tanto de forma individualizada como en grupo.

Asimismo se establecerá un procedimiento especial que atenderá, de forma excepcional, a aquellas actuaciones, tanto artísticas como musicales que, en los mismos términos que las anteriores, su solicitud demande otras zonas (especialmente en zonas peatonales de barrios), y puedan presentarse de forma extemporánea y por un periodo de duración igual o inferior al año. Dichas solicitudes deberán presentarse con una antelación, de al menos 20 días, a la fecha en la que está prevista su celebración.

El objetivo y propósito de tales procedimientos es conciliar las manifestaciones artísticas y musicales que aportan colorido, animación y diversión a nuestras calles, con la convivencia y el derecho al descanso del resto de los vecinos, promoviendo para ello unos requisitos estándares mínimos de calidad de los participantes, la preservación de los niveles sonoros ambientales, y evitando prácticas nocivas y molestas para el ciudadano como la mendicidad encubierta, ruidos excesivos o dificultando el tránsito de viandantes por las aceras y espacios peatonales en espacios no apropiados, que en ocasiones poco o nada tienen que ver con la música o actuaciones artísticas.

MÁS INFORMACIÓN

  • En el Decreto que aparece en el apartado de Normativa

Dirigido a Personas Físicas

Requisitos

Las licencias se otorgarán a los solicitantes que reúnan las condiciones siguientes:

  • a) Ser persona física
  • b) No estar incurso en causa de incapacidad o incompatibilidad establecida en la Ley
  • c) En el caso de extranjeros, estar en posesión de los correspondientes permisos de residencia
  • d) Acreditar la solvencia económica, mediante la constitución del depósito previo de la tasa que se refiere el apartado SEXTO del Decreto
  • e) Acreditar la solvencia profesional mediante la documentación contenida en la MEMORIA DESCRIPTIVA en los términos a que se refiere el apartado QUINTO (5.3) del Decreto.

Normativas

Pago

  • Según tasa establecida en el epígrafe 25.5.3.2 de la Ordenanza Fiscal 25 y y el apartado Sexto del Decreto

Plazo Presentación

  • El plazo para la presentación del modelo normalizado que figura en el ANEXO IV del Decreto será de treinta días naturales contados desde la publicación del presente Decreto en el Boletín Oficial de la Provincia de Zaragoza (BOPZ).
  • Publicado en el BOPZ nº 296, de 27.12.2018

FORMAS DE TRAMITACIÓN

Presencial

DOCUMENTACIÓN:

Los interesados en obtener licencia para el año 2019, que autorice la realización de actuaciones musicales o artísticas en las zonas definidas en el epígrafe TERCERO del Decreto, deberán presentar la solicitud conforme a las siguientes prescripciones:

  • Modelo de solicitud (descargable en el apartado de Impresos relacionados). En la solicitud reseñada el interesado deberá indicar sus datos personales (nombre y apellidos, DNI, domicilio), actuación musical o artística en la que solicita participar, señalando obligatoriamente como medios, a efectos de comunicaciones con la Administración, teléfono de contacto (móvil), dirección electrónica (email) y/o fax. La omisión y/o error en la designación de dichos medios dará lugar a la inadmisión de las solicitudes presentadas.
  • Por cada domicilio solamente se admitirán como máximo dos solicitudes.
  • D.N.I. en vigor del solicitante, que deberá ser persona física.
  • Memoria Descriptiva:
    • Descripción del tipo de actuación musical que se realiza (género, repertorio etc), con indicación del número y modalidad de instrumentos a utilizar.
    • Número de integrantes del grupo musical, en su caso, con su nombre, apellidos y DNI.
    • Fotografía del solista o grupo
    • Periodo ANUAL, para el que se solicita la autorización.
    • Indicación de la zona para la que se solicita la autorización y superficie ocupada.

Si se comprobase que alguna de las solicitudes no aporta la documentación antes señalada, se requerirá al interesado para que en un plazo de DIEZ DIAS HÁBILES acompañe los documentos preceptivos, con indicación de que si así no lo hiciera, se le tendrá por desistido de su petición archivándose en la forma establecida en el art. 68 de la Ley 39/2015 de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.)

LUGAR DE PRESENTACIÓN:

Oficina de Registro Plaza del Pilar
Pza. del Pilar , 18, Planta B - Zaragoza 50003

  • Tfno: 976 721234 - 010
  • Horario:
    • De lunes a viernes: de 8,30 a 13,00 h.
    • Días inhábiles para 2019: cerrado los sábados, domingos y los declarados festivos. En concreto: 1, 7 y 29 enero, 5 marzo, 18, 19 y 23 abril, 1 mayo, 15 agosto, 12 octubre, 1noviembre, 6, 9 y 25 diciembre.

Oficina de Registro Seminario
Vía Hispanidad, 20, Planta B - Zaragoza 50071

  • Tfno: 976 721234 - 010
  • Horario:
    • De lunes a viernes: de 8,30 a 14,30 h. y de 16,10 a 18,50
    • Días inhábiles para 2019: cerrado los sábados, domingos y los declarados festivos. En concreto: 1, 7 y 29 enero, 5 marzo, 18, 19 y 23 abril, 1 mayo, 15 agosto, 12 octubre, 1 noviembre, 6, 9 y 25 diciembre.

Impresos relacionados

Órgano Gestor

Coordinación General del Area de Servicios Publicos
Pza. del Pilar , 18, Planta 2 - Zaragoza 50003

  • Tfno: 976 721124
  • Fax: 976 724827

Oficinas de la administración

JUNTA MUNICIPAL OLIVER-VALDEFIERRO

Antonio Leyva, 87, Zaragoza

Tel. 976 726 096

Horario: Lunes a viernes de 8,30 a 13 h.

JUNTA MUNICIPAL DELICIAS

Mompeón Motos, 12-14, Zaragoza

Tel. 976 726 058

Horario: Lunes a viernes de 8,30 a 13 h.

JUNTA MUNICIPAL ACTUR-REY FERNANDO

María Zambrano, 56, Zaragoza

Tel. 976 726 085

Horario: Lunes a viernes de 8,30 a 13 h.

JUNTA MUNICIPAL CENTRO

Pº Hernán Cortés, 31-33, Zaragoza

Tel. 976 726 110

Horario: Lunes a viernes de 8,30 a 13 h.

JUNTA MUNICIPAL SANTA ISABEL

Avda. Santa Isabel, 100, Zaragoza

Tel. 976 726 024

Horario: Lunes a viernes de 8,30 a 13 h.

JUNTA MUNICIPAL CASCO HISTÓRICO

San Pablo, 37, Zaragoza

Tel. 976 721 482

Horario: Lunes a viernes de 8,30 a 13 h.

JUNTA MUNICIPAL SAN JOSÉ

Pza. Mayor, 2, Zaragoza

Tel. 976 726 062 / 60

Horario: Lunes a viernes de 8,30 a 13 h.

JUNTA MUNICIPAL LA ALMOZARA

Avda. Puerta de Sancho, 28, Zaragoza

Tel. 976 726 104

Horario: Lunes a viernes de 8,30 a 13 h.

JUNTA MUNICIPAL LAS FUENTES

Florentino Ballesteros, s/n, Zaragoza

Tel. 976 724 058 / 57

Horario: Lunes a viernes de 8,30 a 13 h.

JUNTA MUNICIPAL MIRALBUENO

Calle del Pilón, 147, Zaragoza

Tel. 976 328 241

Horario: Lunes a viernes de 8,30 a 13 h.

REGISTRO GENERAL

Vía Hispanidad, 20, Planta B. Zaragoza

Tel. 976 724 588

Horario: Lunes a viernes de 8,30 a 14,30 y de 16,10 a 18,30 h; sábado de 9,10 a 13,30 h. Julio y agosto de 8,30 a 13,30 h.

JUNTA MUNICIPAL CASABLANCA

Viñedo Viejo, 1, Zaragoza

Tel. 976 726 007

Horario: Lunes a viernes de 8,30 a 13 h.

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