Obra Menor: Tasa Urbanística e Impuesto sobre Construcciones, Instalaciones y Obras.

Actualizado el 17 de febrero de 2025
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Información Rápida

Objetivo

Permite el control administrativo de obras menores mediante el pago de la tasa urbanística y el impuesto sobre construcciones,instalaciones y obras.

¿Quién puede solicitarlo?

Personas físicas o jurídicas que realicen obras menores en el término municipal de Zaragoza.

Requisitos principales

  • Presentar la comunicación previa o declaración responsable.
  • Abonar la tasa urbanística y el impuesto sobre construcciones.
  • Disponer del presupuesto de la obra.
  • En su caso,presentar el modelo de costes de referencia.

Duración del trámite

Variable,depende de la tramitación y la obra.

Descripción

1. Tasa Urbanística por Obra Menor

El control administrativo de las obras menores,de cuya realización es informado el Ayuntamiento a través de las comunicaciones y declaraciones responsables de los ciudadanos,conlleva el pago de la correspondiente tasa.

Dicha tasa es una cuota fija cuyo importe está expresado en la Ordenanza Fiscal vigente en cada ejercicio.

2. Impuesto sobre Construcciones en Obras Menores

La obligación de pagar este impuesto nace como consecuencia de la realización,dentro del término municipal de Zaragoza,de cualquier construcción,instalación u obra para la que se exija la obtención de la correspondiente licencia de obras o urbanística.

En el caso de las obras menores,el impuesto se ha de abonar con carácter previo a la comunicación o declaración responsable que realiza el ciudadano y mediante la cual éste informa al Ayuntamiento de su intención de ejecutar una determinada obra menor.

La cuota tributaria resulta de aplicar a la base imponible el tipo de gravamen (4%). La base imponible está constituída por el presupuesto de la obra,salvo que el valor del Coste de Referencia fuera mayor; en cuyo caso será éste importe el que sirve de base para el cálculo de la cuota a ingresar.

La autoliquidación que debe pagar el contribuyente comprende tanto la tasa por tramitación como el impuesto.

Impresos relacionados

Normativas

Pago

  • En la Caja del Servicio de Recaudación. Edificio Seminario,planta baja,horario 08:30 a 13:30 horas. Se admite dinero en efectivo,tarjeta de crédito o débito (VISA o MASTERCARD) o cheque conformado a nombre del Ayuntamiento de Zaragoza.
  • En las siguientes Entidades Bancarias:Ibercaja,Bantierra,BBVA,Banco Santander y Caixa Bank,tanto de Zaragoza capital como de cualquier otro municipio.
  • No se admite la transferencia bancaria.

Formas de tramitación

Por internet

Por Internet

Iniciar trámite con certificado o Cl@ve

Iniciar trámite sin certificado

Documentación

Proceso.

Si dispone del DNI electrónico o de otro certificado electrónico admitido por el Ayuntamiento de Zaragoza (Fábrica Nacional de Moneda y Timbre ; Camerfirma) puede tramitar sus procedimientos por medios electrónicos,siguiendo los siguientes pasos:

  1. Que documentación tiene que enviar:
  • Si existe un impreso especifico (formato PDF) en el apartado "Impresos Relacionados" de la ficha descriptiva del Trámite,cumpliméntelo y guárdelo en su ordenador siguiendo las instrucciones para almacenar los impresos.
  • Si es necesario presentar alguna documentación adicional (ver apartado "Documentación" en la ficha descriptiva del Trámite) que está en soporte papel escanéela,preferiblemente en formato PDF,y guárdela también en su ordenador.
  1. Iniciar el procedimiento,seleccionar la opción realizar trámite con certificado electrónico (ver en la cabecera de la ficha descriptiva de trámite) y accederá a una instancia general,en la que deberá completar sus datos e indicar si quiere que las notificaciones se le hagan en "Mi Carpeta",es decir en un espacio de acceso restringido del que dispondrá en esta sede electrónica del Ayuntamiento de Zaragoza,o si prefiere que se le remitan en soporte papel.
  • Incorpore a la Instancia el impreso y la documentación adicional,si la hubiera,y pulse la opción Enviar.
  • A continuación,se le pedirá que firme su presentación y se pondrá a su disposición el correspondiente justificante,que podrá conservar en su ordenador,imprimir o consultar en su espacio "Mi Carpeta".

Presencial

Presencial

Lugar de Presentación

Sección de Ingresos Urbanísticos

Documentación

Proceso

Advertencia:antes de realizar cualquier pago de tributos urbanísticos debe resolver sus dudas en el Servicio de Información y Atención al Ciudadano de Urbanismo.

Nota:Las autoliquidaciones confeccionadas online,por los propios contribuyentes,no producen efecto alguno hasta el momento del pago. Lo que permite,en caso de error,elaborar una nueva autoliquidación. E incluso,utilizar este procedimiento como prueba para calcular el montante total de las tasas que se habrán de abonar por la tramitación de un concreto tipo de licencia. Independientemente de que,finalmente,se opte por acudir en persona a nuestras ventanillas de atención al público.


Preguntas frecuentes


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Lunes a viernes de 8,30 a 13 h.

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