Trámite para hacer notificaciones o cambios en la información recogida en el Registro Municipal de Animales Potencialmente Peligrosos.
Personas con animales registrados en el Registro Municipal de Animales Potencialmente Peligrosos.
NOTA: Puede consultar los solicitantes obligados a relacionarse con la administración de manera electrónica.
Cubrir el impreso de solicitud y enviarlo, junto con la documentación requerida, si es el caso, al Registro General del Ayuntamiento de Vigo, a través de la Carpeta del Ciudadano.
Esta opción no es válida en el caso de notificación de Baja por Muerte o Sacrificio, ya que es imprescindible el certificado original del veterinario o autoridad competente.
Cubrir el impreso de solicitud y entregarlo, junto con la documentación requerida, si es el caso, en el Registro General del Ayuntamiento de Vigo.
Ayuntamiento de Vigo
Praza do Rei 1
2ª Planta
36202 - Vigo
Teléfonos: 986 810 210 ; 986 810 204
Horario: De 9:00 a 13:30 horas.
Pode consultar o estado de tramitación dos seus expedientes e documentos presentados no Rexistro Xeral, o Rexistro de Urbanismo ou no Rexistro de Queixas e suxestións
NOTA: Pode consultar os solicitantes obrigados a relacionarse coa administración de maneira electrónica.
Para poder consultar o estado de todos os expedientes dos que é titular debe ter conta na Carpeta do Cidadán.
Para os expedientes de Urbanismo rexistrados dende o 01/01/2002 e dende o 01/05/2003 para expedientes do Concello.
As actas son documentos nos que descríbese de forma escrita o sucedido, tratado ou acordado na xunta de diferentes organismos.
NOTA: Pode consultar os solicitantes obrigados a relacionarse coa administración de maneira electrónica.
Pulsando no botón "Tramitar por internet" vostede poderá consultar as actas do Pleno Municipal, Xunta de Goberno Local e da Xerencia de Urbanismo desde o ano 2004, a fin de informarlles das decisións e actuacións acordadas neste Concello.
Puede consultar e imprimir los planos a diversas escalas y la información catastral de una parcela, a partir de su situación (Calle y número) o referencia catastral de la misma. Esta información se obtiene directamente de la Oficina del Catastro.
NOTA: Puede consultar los solicitantes obligados a relacionarse con la administración de manera electrónica.
Introduzca la referencia catastral en el campo del formulario tal y como se indica
Las actas son documentos en los que se describe de forma escrita lo sucedido, tratado o acordado en la junta de diferentes organismos.
NOTA: Puede consultar los solicitantes obligados a relacionarse con la administración de manera electrónica.
Pulsando en el botón "Tramitar por internet" usted podrá consultar las actas del Pleno Municipal, Junta de Gobierno Local y de la Gerencia de Urbanismo desde el año 2004, a fin de informarles de las decisiones y actuaciones acordadas en este Ayuntamiento.
Mediante este trámite usted podrá consultar su inscripción en el censo electoral para ejercer su derecho al voto en las próximas elecciones.
Cualquier persona.
NOTA: Puede consultar los solicitantes obligados a relacionarse con la administración de manera electrónica.
Para saber dónde tiene que votar y comprobar sus datos pulse en el siguiente botón
Cambio del titular del contrato de servicio de agua a que se refiera.
El Pleno del Excelentísimo Ayuntamiento de Vigo, reunido en sesión extrórdinaria el día 25 de octubre de 1990, adjudicó a Seragua FCC Vigo UTE la concesión para la explotación del Servicio Municipal de Aguas de Vigo por un período de veinticinco años. A finales de 2002, Seragua pasó a denominarse Aqualia.
El cliente entrante.
NOTA: Puede consultar los solicitantes obligados a relacionarse con la administración de manera electrónica.
Pagando las tasas correspondientes de formalización y acercando la documentación necesaria a las oficinas de Aqualia.
Pagos que debe realizar:
- Derechos de alta: 16,07
- Fianza: en función del calibre del contador y del uso al que se destina (ver "Altas").
- Recibo de Liquidación (consumo desde la última lectura hasta el día de la baja).
- Déuda por recibos anteriores, en caso de existir.
El pago se realizará si no está domiciliado, en efectivo en las oficinas de Aqualia y si está domiciliado se transfiere a su cuenta bancaria.
Atención al cliente: 900 813 357
Direcciones:
Oficina Principal
C/ Cantabria s/n
36206 VIGO
Horario: 8:30 - 13:30 de lunes a viernes
Oficina en el Centro
C/ Venezuela nº 4
36203 VIGO
Horario: 8:30 - 13:30 de lunes a viernes
Resolución: Durante el mes de Julio se comunicará a todas las entidades la resolución definitiva de su solicitud.
A quien está dirigido A todas las entidades que quieran introducir sus escuelas deportivas en el Programa Municipal de Escuelas Deportivas.Requisitos mínimos de los Proyectos Educativos: Identificación de la Entidad Deportiva SolicitanteNombre de la Entidad. Domicilio, teléfono, y-mail, cif.Datos del presidente y cargos responsables de la entidae.Datos de referencia de la Entidad (año de creación, nº de deportistas, equipos y póliza de responsabilidad civil de la entidad)Proyecto de la Escuela Deportiva en la modalidad deportiva que pretende desarrollar, con los siguientes apartados: Objetivos a desarrollar en la escuela deportiva. Especificación de los contenidos a desarrollar al largo del curso, distribuidos por edades y categorías. Metodología de trabajo, procesos de evaluación, etc.Solicitud de instalacions, horarios y días para la actividad o descripción de la dispoñibilidade de medios propios.Personal titulado que desarrollará el programa docente, y que firma el proyecto docente.Encontrarse al corrente con las obligaciones tributarias de la Seguridad Social, Agencia Tributaria, la Consejería de Hacienda de la Xunta de Galicia y el Ayuntamiento de Vigo
NOTA: Puede consultar los solicitantes obligados a relacionarse con la administración de manera electrónica.
Enviando la documentación requerida a través del registro general del Ayuntamiento.
Todas las solicitudes deben presentarse en el Registro del Ayuntamiento desde el 20 de mayo hasta el 10 de junio (inclusive).
Avda. de Castrelos 1
Horario: De 8:30 a 13:00 horas del 1 de Junio hasta el 31 de Agosto.
De 9:00 a 14:30 horas el resto del año.
A adquisición da propiedade e a súa consolidación, a constitución, modificación ou adquisición da titularidade dunha concesión administrativa e dos dereitos de usufruto e de superficie, así como as variacións na cota de participación que corresponda a cada un dos cónxuxes nos bens inmobles comúns, ou na composición interna e na cota de participación de cada un dos comuneiros, membros e partícipes nos supostos de concorrencia de varios titulares ou de existencia de entidades sen personalidade xurídica.
Aos titulares de concesión administrativa sobre bens inmobles o sobre os servizos públicos aos que se achen afectos, de dereitos reais de superficie, de usufruto ou propietarios de bens inmobles.
NOTA: Pode consultar os solicitantes obrigados a relacionarse coa administración de maneira electrónica.
As declaracións catastrais presentaranse preferentemente de forma electrónica a través da Sede Electrónica da Dirección Xeral do Catastro: Como resultado deste proceso de cumprimentación, xerarase unha predeclaración identificada polo seu número de referencia ou código.
Cando se dispoña dos medios de identificación e sinatura electrónica, dita predeclaración poderá presentarse a través da Sede Electrónica da Dirección Xeral do Catastro.
No caso de carecer dos devanditos medios de identificación e sinatura electrónica, dita predeclaración poderá imprimirse e presentarse nos lugares establecidos para a presentación presencial.
A presentación electrónica das declaracións será obrigatoria cando as formulen:
As Administracións, entidades e organismos públicos que se relacionan no artigo 17.2.d) do texto refundido da Lei do Catastro Inmobiliario.
As persoas xurídicas
As comunidades de bens, herdanzas xacentes ou entidades sen personalidade xurídica que estean constituídas e identificadas electronicamente de acordo coa normativa tributaria
Quen exerza unha actividade profesional para a que se requira colexiación obrigatoria, no exercicio de dita actividade
Quen represente a un interesado que estea obrigado a relacionarse electronicamente coa Administración
Enchendo o modelo de declaración correspondente: MODELO 900D e seleccionando a opción 1 no apartado OBXECTO DA DECLARACIÓN, segundo o tipo de alteración declarada.
Poderá presentarse no Concello en cuxo termo municipal estea situado o ben inmoble a que se refire a declaración, nas Xerencias ou Unidades locais do Catastro, nas Delegacións de Economía e Facenda en que se integran. Nos demais órganos e oficinas que se relacionan no artigo 16.4 da Lei 39/2015, de 1 de outubro, do Procedemento Administrativo Común das Administracións Públicas.
A declaración deberá presentarse no prazo de dous meses contados a partir do día seguinte á data da escritura pública ou, no seu caso, documento en que se formalice a alteración.
Se declararán en un único modelo la adquisición de la titularidad de varios bienes inmuebles siempre que la transmisión de todos ellos se haya formalizado en un mismo documento (escritura, contrato privado, etc). También se podrán declarar en un mismo modelo cualquiera de los hechos, actos o negocios enumerados en el apartado: OBJETO DE LA DECLARACIÓN del MODELO 900D cuando se hayan producido en unidad de acto.
No hay obligación de declarar la adquisición o consolidación de la propiedad o la adquisición o constitución de los derechos de usufructo, superficie o de una concesión administrativa, ya se refieran a la totalidad del inmueble o a una cuota indivisa del mismo previamente incorporada en el Catastro, cuando se cumplan los siguientes requisitos:
Que el acto o negocio se formalice en escritura pública o bien se tenga solicitada su inscripción en el Registro de la Propiedad.
Que se haya acreditado la referencia catastral del inmueble mediante alguno de los siguientes medios: Certificación catastral obtenida en la Sede Electrónica del Catastro, escritura pública o información registral, último recibo justificante del pago del Impuesto sobre Bienes Inmuebles o bien certificado u otro documento expedido por la Gerencia del Catastro.
Cuando en el plazo establecido para presentar la correspondiente declaración, el transmitente del derecho, haya presentado una solicitud de baja de titularidad catastral.
Plaza del Rey nº 1 planta baja - 36202 Vigo
ofi.xcatastral@vigo.org
Teléfonos: 986810201 ? 98681000 (ext: 1492, 2294)
Horario: De 9 a 13:30 y 15 a 17:30 de lunes a jueves. De 9 a 13:30 viernes. Horario de verano (de 1 de julio a 31 de agosto de 9 a 13:30)
C/ Lalín n.º 2 1º - 36209 Vigo.
gerencia.pontevedra@catastro.minhafp.es
Teléfono: 986 86 83 11
Horario: Horario: 9 a 14 horas
C/ Andrés Muruais n.º 4 - 36001 Pontevedra
gerencia.pontevedra@catastro.minhafp.es
Teléfono: 986 86 83 11
Horario: Horario: De 9 a 17:30 de lunes a jueves. De 9 a 14 viernes.
Horario de verano (de 16 de junio a 15 de septiembre de 9 a 14).
La adquisición de la propiedad y su consolidación, la constitución, modificación o adquisición de la titularidad de una concesión administrativa y de los derechos de usufructo y de superficie, así como las variaciones en la cuota de participación que corresponda a cada uno de los cónyuges en los bienes inmuebles comunes, o en la composición interna y en la cuota de participación de cada uno de los comuneros, miembros y partícipes en los supuestos de concurrencia de varios titulares o de existencia de entidades sin personalidad jurídica.
Los titulares de concesión administrativa sobre bienes inmuebles o sobre los servicios públicos a los que se hallen afectos, de derechos reales de superficie, de usufructo o propietarios de bienes inmuebles.
NOTA: Puede consultar los solicitantes obligados a relacionarse con la administración de manera electrónica.
Las declaraciones catastrales se presentarán preferentemente de manera electrónica a través de la Sede Electrónica de la Dirección General del Catastro: Como resultado de este proceso de cumplimentación, se generará una predeclaración identificada por su número de referencia o código.
Cuando se disponga de los medios de identificación y firma electrónica, dicha predeclaración podrá ser presentada a través de la Sede Electrónica de la Dirección General del Catastro.
En caso de carecer de dichos medios de identificación y firma electrónica, dicha predeclaración podrá imprimirse y presentarse en los lugares establecidos para la presentación presencial.
La presentación electrónica de las declaraciones será obligatoria cuando las formulen:
Las Administraciones, entidades y organismos públicos que se relacionan en el artículo 17.2.d) del texto refundido de la Ley del Catastro Inmobiliario
Las personas jurídicas
Las comunidades de bienes, herencias yacentes o entidades sin personalidad jurídica que estén constituidas e identificadas electrónicamente conforme a la normativa tributaria
Quienes ejerzan una actividad profesional para la que se requiera colegiación obligatoria, en el ejercicio de dicha actividad
Quienes representen a un interesado que esté obligado a relacionarse electrónicamente con la Administración
Cumplimentando el modelo de declaración correspondiente MODELO 900D, seleccionando la opción 1 en el apartado OBJETO DE LA DECLARACIÓN.
Podrá presentarse en el Ayuntamiento en cuyo término municipal se ubique el bien inmueble a que se refiere la declaración, en las Gerencias o Unidades locales del Catastro, en las Delegaciones de Economía y Hacienda en que se integran. También se puede presentar en los demás órganos y oficinas que se relacionan en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
La declaración deberá presentarse en el plazo de dos meses contados a partir del día siguiente a la fecha de la escritura pública o, en su caso, documento en que se formalice la alteración.
Se declararán en un único modelo la adquisición de la titularidad de varios bienes inmuebles siempre que la transmisión de todos ellos se haya formalizado en un mismo documento (escritura, contrato privado, etc). También se podrán declarar en un mismo modelo cualquiera de los hechos, actos o negocios enumerados en el apartado: OBJETO DE LA DECLARACIÓN del MODELO 900D cuando se hayan producido en unidad de acto.
No hay obligación de declarar la adquisición o consolidación de la propiedad o la adquisición o constitución de los derechos de usufructo, superficie o de una concesión administrativa, ya se refieran a la totalidad del inmueble o a una cuota indivisa del mismo previamente incorporada en el Catastro, cuando se cumplan los siguientes requisitos:
Que el acto o negocio se formalice en escritura pública o bien se tenga solicitada su inscripción en el Registro de la Propiedad.
Que se haya acreditado la referencia catastral del inmueble mediante alguno de los siguientes medios: Certificación catastral obtenida en la Sede Electrónica del Catastro, escritura pública o información registral, último recibo justificante del pago del Impuesto sobre Bienes Inmuebles o bien certificado u otro documento expedido por la Gerencia del Catastro.
Cuando en el plazo establecido para presentar la correspondiente declaración, el transmitente del derecho, haya presentado una solicitud de baja de titularidad catastral.
Plaza del Rey nº 1 planta baja - 36202 Vigo
ofi.xcatastral@vigo.org
Teléfonos: 986810201 ? 98681000 (ext: 1492, 2294)
Horario: De 9 a 13:30 y 15 a 17:30 de lunes a jueves. De 9 a 13:30 viernes. Horario de verano (de 1 de julio a 31 de agosto de 9 a 13:30)
C/ Lalín n.º 2 1º - 36209 Vigo.
gerencia.pontevedra@catastro.minhafp.es
Teléfono: 986 86 83 11
Horario: Horario: 9 a 14 horas
C/ Andrés Muruais n.º 4 - 36001 Pontevedra
gerencia.pontevedra@catastro.minhafp.es
Teléfono: 986 86 83 11
Horario: Horario: De 9 a 17:30 de lunes a jueves. De 9 a 14 viernes.
Horario de verano (de 16 de junio a 15 de septiembre de 9 a 14).