Unha parella de feito é a unión de dúas persoas, con independencia da súa opción sexual, a fin de convivir de forma estable, nunha relación de afectividade análoga á conxugal.
Mediante este trámite farase a inscrición no rexistro municipal de parellas de feito.
A parella deberá estar empadroada no Concello de Vigo e residir no mesmo domicilio.
NOTA: Pode consultar os solicitantes obrigados a relacionarse coa administración de maneira electrónica.
Deberá comparecer a parella interesada na oficina do Servizo de Participación Cidadá cos documentos requeridos a fin de proceder a súa inscrición.
Días: Martes e Venres; Horario: 9:00 13:30 horas.
Para calquera outra información relacionada:
Centro Municipal de Información dos Dereitos da Muller:
C/ Romil 20
Tel: 986 29 39 63
Oficina de Información ao Inmigrante e Emigrante:
Rúa Martínez Garrido, 21. Interior
Correo Electrónico: ofi.inmigracion@vigo.org
Tel: 986 44 23 56
Concello de Vigo
Praza do Rei 1 - Planta 2ª
Teléfonos: 986 810 157 / 986 810 290
Fax: 986 810 263
Correo electrónico: ofi.pcidada@vigo.org // ofi.acidada@vigo.org
Horario: De 9:00 a 13:30 horas.
O Rexistro da Propiedade serve para inscribir e dar publicidade á propiedade dos bens inmobles e dos dereitos que recaen sobre os mesmos.
Nota Simple: A nota simple ten valor puramente informativo e non da fe do contido dos asentos, sen prexuízo da responsabilidade do Registrador.
Certificación: As certificaciones son copias, transcricións ou traslados, literales ou en relación, do contido do Rexistro, que -previo o seu tratamento profesional polo Registrador-, constitúen o medio de acreditar fehacientemente a situación hipotecaria das leiras e dereitos.
Os Rexistros son públicos para quen teñan interese coñecido en pescudar o estado dos bens inmobles ou dereitos reais inscritos. O interese presúmese en toda autoridade, empregado ou funcionario público que actúe por razón do seu cargo ou oficio.
NOTA: Pode consultar os solicitantes obrigados a relacionarse coa administración de maneira electrónica.
Existen dous medios de solicitar, e obter, unha nota simple ou unha certificación:
- Por escrito en soporte papel. Solicitándoa en persoa, no Rexistro da Propiedade correspondente.
- Por Internet.
Pode encontrar mais información na páxina web do Colexio de Rexistradores da Propiedade e Mercantís de España
Co obxectivo de potenciar as capacidades e habilidades das persoas maiores para un bo avellentamento e unha prevención da dependencia, a Concellería de Política Social organiza diversas actividades lúdico-formativas ao longo do ano.
Están dirixidas a grupos de 20 a 25 persoas e son impartidas nas oficinas municipais de distrito, asociacións veciñais ou de persoas maiores que o soliciten e aos que se lles conceda.
Consisten en sesións de unha hora ou ben unha hora e media de duración, un día á semana de mañá ou de tarde, durante todo o ano agás do 15 de xuño ao 15 de setembro.
Ás asociacións veciñais, de persoas maiores ou oficinas municipais de distrito interesadas na organización dun obradoiro.
NOTA: Pode consultar os solicitantes obrigados a relacionarse coa administración de maneira electrónica.
Enviando a solicitude e documentación requirida ao Rexistro Xeral do Concello a través da carpeta cidadá.
O principal obxectivo dos obradoiros é a prevención da dependencia.
Unha vez concedido, o mesmo obradoiro impartirase como máximo dous anos seguidos no mesmo centro ou asociación.
Organización:
As instalacións onde se desenvolva o obradoiro deberán ser cómodas, seguras e accesibles.
A aula deberá ter un tamaño suficiente para acoller a un grupo de 25 participantes e dispoñer dunha iluminación axeitada, ventilación, calefacción, etc.
Os obradoiros impartiranse un día cada semana dende o primeiro trimestre do ano ata decembro (con vacacións dende o 15 de xuño ao 15 de setembro) cunha duración dunha hora ou unha hora e media.
A xestión das altas e baixas nos obradoiros corresponde á Concellería de Política Social. Nin os centros nin os monitores poderán autorizar a participación de novas persoas.
Toda a documentación (carteis, fichas, debuxos, etc.) que fagan referencia aos obradoiros subvencionados pola Concellería de Política Social deberán levar o logo do Concello.
O departamento de Pólitica de Benestar vai realizar diversas actividades ao longo do ano co obxectivo de potenciar as capacidades e habilidades nas persoas maiores para un bo avellentamento e unha prevención da dependencia.
O avellentamento é unha etapa máis da vida. Nesta etapa igual que noutras prodúcense cambios físicos, psicolóxicos e sociais.
Aínda que durante moito tempo equiparouse o avellentamento a un período de perdas, comprobouse que hai funcións ou capacidades que mantañen a súa actividade ou incluso poden chegar a mellorar gracias á posta en práctica de determinados estilos de vida.
Poden participar as personas con 65 anos ou máis con autonomía total para realizar o taller solicitado, empadroadas no Concello de Vigo independentemente de que sexan socios ou non do centro no que se imparte o taller.
As persoas interesadas en participar presentarán a súa solicitude, xunto coa documentación requirida, no Rexistro Xeral do Concello.
Durante todo o ano ata o mes de setembro.
Obxectivo dos talleres: O principal obxcetivo é a prevención da dependencia.
- En cada taller participarán un número máximo de 25 persoas. En ocasións o monitor, e para o bo desenvolvemento do taller, poderá axustar o grupo.
- Realizaranse de mañá ou de tarde un día á semana, nun tempo máximo de hora e media.
- A duración será dende o primeiro trimestre do ano ata decembro con vacacións dende o 15 de xuño ao 15 de setembro.
- Corresponde ao Departamento de Pólitica de Benestar facer a selección dos participantes.
No caso de que existan máis solicitudes que prazas será a técnica da Concellería de Política de Benestar a responsable de facer a selección dos participantes, tendo en conta o seguinte orden de criterios:
1ª Ingresos do solicitante: Priorizaranse os ingresos mensuais brutos por orden inverso á contía, é dicir terán preferencia as contías mais baixas.
2º A idade do solicitante: Neste apartado primará a maior idade
3ª En caso de empate: Terase en conta a data e hora da solicitude no rexistro xeral do concello
En caso de que o solicitante e a súa parella queiran participar na actividade, farase a media dos ingresos mensuais brutos e da idade.
Altas, baixas e listas de espera de cada taller.
Corresponde ao Departamento de Politica de Benestar a xestión das baixas e altas nos talleres; nin os centros nin os monitores poderán autorizar a participación nos talleres de novas persoas.
Concello de Vigo
Praza do Rei 1
36202 - Vigo
Horario: De luns a venres de 9:00 a 13:30 horas
El Banco del Tiempo es una entidad donde se intercambian bienes, con conocimientos y servicios. La forma de pago es la hora, que se contabiliza mediante cheques de tiempo. No se trata de un intercambio directo entre dos personas, sino entre una red comunitaria en la que cada uno ofrece y demanda lo que le interesa.
Una persona deposita unas horas de tiempo, ofreciendo un servicio, con conocimiento o bien, y a cambio puede pedir tiempo de otras personas para resolver algunas necesidades del día a día.
Al Banco del Tiempo puede acudir cualquier persona sin exclusión y sin vergüenza. A partir de los 18 años puede apuntarse cualquier persona.
NOTA: Puede consultar los solicitantes obligados a relacionarse con la administración de manera electrónica.
Todas las personas interesadas deberán dirigirse al Centro Municipal más próximo para darse de alta. Allí recibirán toda la información que precisen y podrán inscribirse, facilitando los datos necesarios para darse de alta e indicando el servicio que ofertan o demandan. Asimismo, podrán ver las ofertas ya existentes y los posibles talleres que se pueden realizar a través del servicio del Banco del Tiempo.
Las actividades dependen directamente de las capacidades y habilidades propias de las personas usuarias. Van desde la enseñanza de diferentes materias (inglés, informática, matemáticas, química,...) hasta pintar un vallado, hacer compañía, o intercambiar bienes o actividades demandadas.
Si ya eres miembro, conéctate a la aplicación con tu usuario y contraseña, si aún no lo eres, anímate e infórmate en el Centro Municipal más próximo. Seguro que tienes mucho que aportar!
No olvides visitar nuestro blog , con las novedades y posibles eventos donde poder participar.
Ayuntamiento de Vigo
Plaza del Rey 1 - Planta 2ª
Teléfonos: 986 810 157 / 986 810 290
Fax: 986 810 263
Correo electrónico: ofi.pcidada@vigo.org // ofi.acidada@vigo.org
Horario: De 9:00 a 13:30 horas.
El voluntariado es una forma de participación de la sociedad en la atención de necesidades en la cual confluyen la libertad de actuación, la solidaridad y el altruismo.
Se entiende por voluntariado el conjunto de actividades desarrolladas en áreas de interés general siempre que se realicen:
- De manera altruista, desinteresada y solidaria.
- Con carácter voluntario y libre, sin que tengan por causa una obligación personal o deber jurídico.
- Sin contraprestación económica.
- Por medio de entidades públicas o privadas estables y democráticas sin ánimo de lucro y de acuerdo con concretos programas o proyectos de interés general.
Quedan excluidas del concepto de voluntariado las actividades:
- Desarrolladas como consecuencia de una relación laboral, mercantil o funcionarial de cualquier tipo.
- Aisladas, esporádicas o realizadas por razones de benevolencia, amistad o buena vecindad.
Ser mayor de edad. Los mayores de 16 años podrán acceder con consentimiento de los padres o tutores legales.
NOTA: Puede consultar los solicitantes obligados a relacionarse con la administración de manera electrónica.
Los impresos deberán cubrirse personalmente en la Oficina del Voluntariado del Ayuntamiento de Vigo . Estos impresos son:
1.Acuerdo de colaboración o compromiso de incorporación a programas de voluntariado de a OMV.
2.Seguro que cubre los riesgos de accidentes derivados del ejercicio de la actividad voluntaria y en los desplazamientos in intinere para el desempeño de dicha actividad.
3.Cuestionario para la elaboración del perfil de la persona voluntaria (datos personales, áreas de actuación en las que le gustaría colaborar, formación, experiencia en voluntariado, disponibilidad, etc.)
La persona voluntaria tiene los siguientes derechos:
a. Recibir la orientación, formación y apoyo necesarios para el ejercicio de su actividad.
b. Ser tratado/a sin discriminación, respetando su libertad, dignidad, intimidad y creencias.
c. Participar activamente en la entidad, de acuerdo con sus estatutos y normas de actuación.
d. Estar asegurado/a por los riesgos que puedan derivar del ejercicio de la actividad voluntaria.
e. Ser reembolsado/a de los gastos que realice en el desarrollo de sus actividades.
f. Disponer de una acreditación que le identifique como voluntario/a.
g. Realizar su actividad en las debidas condiciones de seguridad y higiene.
h. Recibir certificación de su particiación en los progaramas y proyectos de voluntariado, que podrán, si es el caso servir cómo reconocimiento de su valor social o ser objeto de valoración en su currículo.
i. Cesar libremente en su condición de personas voluntarias.
La persona voluntaria tiene los siguientes deberes:
a. Cumplir los compromisos adquiridos con la entidad, respetando sus fines y normativa.
b. Guardar confidencialidad de la información recibida y conocida en el desarrollo de su actividad voluntaria.
c. Rechazar cualquier prestación material que pudiera recibir, bien del beneficiario/a, bien de otras personas relacionadas con su acción.
d. Respetar los derechos de los/las beneficiarios/las de su actividad voluntaria. Actuar de forma diligente y solidaria.
e. Participar en las tareas formativas previstas por la entidad, tanto específicas de la actividad voluntaria, como generales del voluntariado.
f. Seguir las instrucciones idóneas a los fines de la acción, impartidas en el desarrollo de las actividades enconmendadas.
g. Utilizar debidamente la acreditación y distintivos de la entidad.
h. Respetar y cuidar los recursos materiales que ponga a su disposición la entidad.
Para más información consulte la página web de Voluntariado Municipal.
Ayuntamiento de Vigo
Plaza del Rey 1
36202 Vigo
Teléfono: 986 810 213
Email: ofi.voluntariado@vigo.org
Horario: De 9:00 a 13:30 horas.
La Sociedad adquiere plena capacidad jurídica, cuando se inscribe en el Registro Mercantil.
El representante legal de la empresa.
NOTA: Puede consultar los solicitantes obligados a relacionarse con la administración de manera electrónica.
Para constituir una sociedad mercantil, el primer trámite a realizar es la solicitud del certificado negativo de denominación social (ver trámite relacionado). Este certificado sirve para acreditar que el nombre elegido para la sociedad no coincide con el de otra existente. Este trámite debe realizarse obligatoriamente en el Registro Mercantil Central, no puede hacerse en los provinciales.
Una vez realizado este trámite y los posteriores (elaboración de estatutos, escritura de constitución ante notario, pago del Impuesto de Transmisiones, etc.), la Sociedad se inscribirá, presentando la documentación requerida, en el Registro Mercantil Provincial que corresponda con el domicilio social de la Sociedad.
Los empresarios individuales o autónomos (salvo el naviero) no tienen obligación de inscribirse en el Registro Mercantil, si bien pueden hacerlo de forma voluntaria.
Una pareja de hecho es la unión de dos personas, con independencia de su opción sexual, con el fin de convivir de forma estable, en una relación de afectividad análoga a la conyugal.
Mediante este trámite se hará la inscripción en el registro municipal de parejas de hecho.
La pareja deberá estar empadronada en el Ayuntamiento de Vigo y residir en el mismo domicilio.
NOTA: Puede consultar los solicitantes obligados a relacionarse con la administración de manera electrónica.
Deberá comparecer la pareja interesada en la oficina del Servicio de Participación Ciudadana con los documentos requeridos con el fin de proceder a su inscrición.
Días: Martes y Viernes; Horario: 9:00 13:30 horas.
Para cualquiera otra información relacionada:
Centro Municipal de Información de los Derechos de la Mujer:
C/ Romil 20
Tel: 986 29 39 63
Oficina de Información a el Inmigrante y Emigrante:
Rúa Martínez Garrido, 21. Interior
Correo Electrónico: ofi.inmigracion@vigo.org
Tel: 986 44 23 56
Ayuntamiento de Vigo
Plaza del Rey 1 - Planta 2ª
Teléfonos: 986 810 157 / 986 810 290
Fax: 986 810 263
Correo electrónico: ofi.pcidada@vigo.org // ofi.acidada@vigo.org
Horario: De 9:00 a 13:30 horas.
El Registro de la Propiedad sirve para inscribir y dar publicidad a la propiedad de los bienes inmuebles y de los derechos que recaen sobre los mismos.
Nota Simple: La nota simple tiene valor puramente informativo y no da fe del contenido de los asientos, sin perjuicio de la responsabilidad del Registrador.
Certificación: Las certificaciones son copias, transcripciones o traslados, literales o en relación, del contenido del Registro, que -previo su tratamiento profesional por el Registrador-, constituyen el medio de acreditar fehacientemente la situación hipotecaria de las fincas y derechos.
Los Registros son públicos para quienes tengan interés conocido en averiguar el estado de los bienes inmuebles o derechos reales inscritos. El interés se presume en toda autoridad, empleado o funcionario público que actúe por razón de su cargo u oficio.
NOTA: Puede consultar los solicitantes obligados a relacionarse con la administración de manera electrónica.
Existen dos medios de solicitar, y obtener, una nota simple o una certificación:
- Por escrito en soporte papel. Solicitándola en persona, en el Registro de la Propiedad correspondiente.
- Por Internet.
Puede encontrar más información en la página web del Colegio de Registradores de la Propiedad y Mercantiles de España
Con el objetivo de potenciar las capacidades y habilidades de las personas mayores para un buen envejecimiento y una prevención de la dependencia, la Concejalía de Política Social organiza diversas actividades lúdico-formativas a lo largo del año.
Están dirigidas a grupos de 20 a 25 personas y son impartidas en las oficinas municipales de distrito, asociaciones vecinales o de personas mayores que lo soliciten y a las que se les conceda.
Consisten en sesiones de una hora o bien una hora y media de duración, un día a la semana de mañana o de tarde, durante todo el año excepto de 15 de junio a 15 de septiembre.
A las asociaciones vecinales, de personas mayores u oficinas municipales de distrito interesadas en la organización de un taller.
NOTA: Puede consultar los solicitantes obligados a relacionarse con la administración de manera electrónica.
Enviando la solicitud y documentación requerida al Registro General del Ayuntamiento a través de la carpeta ciudadana.
El principal objetivo de los talleres es la prevención de la dependencia.
Una vez concedido, el mismo taller se impartirá como máximo dos años seguidos en el mismo centro o asociación.
Organización:
Las instalaciones donde se desarrolle el taller deberán ser cómodas, seguras y accesibles.
El aula deberá tener un tamaño suficiente para acoger a un grupo de 25 participantes y disponer de una iluminación idónea, ventilación, calefacción, etc.
Los talleres se impartirán un día cada semana desde el primer trimestre del año hasta diciembre (con vacaciones desde el 15 de junio a 15 de septiembre) con una duración de una hora o una hora y media.
La gestión de las altas y bajas en los talleres corresponde a la Concejalía de Política Social. Ni los centros ni los monitores podrán autorizar la participación de nuevas personas.
Toda la documentación (carteles, fichas, dibujos, etc.) que hagan referencia a los talleres subvencionados por la Concejalía de Política Social deberán llevar el logo del Ayuntamiento.