Inscripción en el Registro Mercantil

Actualizado el 18 de diciembre de 2019
Ver en la web de la administración

La Sociedad adquiere plena capacidad jurídica, cuando se inscribe en el Registro Mercantil.

A quién está dirigido

El representante legal de la empresa.

Cómo hacerlo

NOTA: Puede consultar los solicitantes obligados a relacionarse con la administración de manera electrónica.

Presencialmente

Para constituir una sociedad mercantil, el primer trámite a realizar es la solicitud del certificado negativo de denominación social (ver trámite relacionado). Este certificado sirve para acreditar que el nombre elegido para la sociedad no coincide con el de otra existente. Este trámite debe realizarse obligatoriamente en el Registro Mercantil Central, no puede hacerse en los provinciales.

Una vez realizado este trámite y los posteriores (elaboración de estatutos, escritura de constitución ante notario, pago del Impuesto de Transmisiones, etc.), la Sociedad se inscribirá, presentando la documentación requerida, en el Registro Mercantil Provincial que corresponda con el domicilio social de la Sociedad.

Documentación requerida

  • Escritura de constitución de la sociedad
  • Liquidación del impuesto de transmisiones patrimoniales
    Impreso modelo 600 cumplimentado.

Observaciones

Los empresarios individuales o autónomos (salvo el naviero) no tienen obligación de inscribirse en el Registro Mercantil, si bien pueden hacerlo de forma voluntaria.

Más información

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